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DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES
DE LA POLICÍA NACIONAL
“SUBDIRECCION DE CONTINGENCIA PENITENCIARIA”
Fortalecer el sistema de
seguridad perimetral de los
Centros de Privación de Libertad
a nivel nacional; además de
apoyar con los operativos de
requisas y traslados de personas
privadas de libertad.
COIP. Art. 678.- las medidas cautelares personales, las penas privativas de libertad, se
cumplirán en los Centros de Privación de Libertad.
TIPOLOGIA DE LOS CENTROS
• Centros de Rehabilitación Social
• Centros de Privación Provisional de
Libertad
• Unidades de Aseguramiento
Transitorio
• Centros de Adolecentes Infractores
(menores)
C.R.S. C.P.P.L.
U.A.T. C.A.I.
 Colaborar y coordinar con el Director del CENTRO DE REHABILITACIÓN
SOCIAL, en lo que concierne a sus funciones específicas y atribuciones de
control y seguridad del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.
 Coordinar con el Director del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL, las
visitas al CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL de altos funcionarios de
Estado, autoridades Diplomáticas y Consulares.
 Delegar y designar, responsabilidades y funciones a los mandos medios y
subalternos encargados de la gestión operativa y administrativa de
seguridad del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.
 Autorizar y ordenar la tramitación de la documentación de acuerdo a las
normas pertinentes.
 Presidir o delegar las reuniones periódicas que se efectuarán cuando lo
creyere conveniente, así como a petición de los oficiales, y personal de
clases y policías a fin de evaluar las actividades del CENTRO DE
REHABILITACIÓN SOCIAL; y buscar un mejoramiento continuo.
 Subrogar al Coordinador de Seguridad Policial en caso de ausencia o
impedimento legal.
 Planificar las operaciones policiales, conjuntamente con los jefes de
gestión del Centro, a corto y mediano plazo, de acuerdo con las
necesidades y/o requerimientos.
 Ejercer la calidad de Jefe Operativo en acciones policiales, comandando
directamente los efectivos en caso de crisis penitenciaria (riñas, reyertas,
motines, evasiones etc.).
 Inspeccionar las instalaciones físicas y a los Servidores Policiales de
servicio cuando considere necesario.
 Coordinar con el servicio de inteligencia y realizar requisas periódicas
cuando la situación lo amerite por iniciativa propia y/o lo solicite la
autoridad competente del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.
 Administrar el Talento Humano Policial llevando el control de asistencia,
permisos, vacaciones, etc. del personal que labora en el CENTRO DE
REHABILITACIÓN SOCIAL.
 Disponer la redacción de la Orden de Servicio diario, cuidando que
consten todas las directivas y disposiciones dictadas, y que sean conocidas
en los diferentes niveles del Centro.
 Programar charlas y talleres con diferentes temáticas relativas a seguridad
que contribuyan a adquirir una verdadera cultura de seguridad y al
mejoramiento continuo y permanente en sus procedimientos.
 Controlar que se cumplan los programas y horarios de instrucción y
capacitación que para el personal policial de reten se haya fijado.
 Controlar al personal de Oficiales Subalternos y Clases y Policías que
laboren en el CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL cuidando que la
disciplina, puntualidad y efectividad se observe en todos los niveles y
actividades, fomentando un efectivo compañerismo.
 Controlar que el personal policial este provisto del equipo o instrumental
necesario entregado en dotación para que cumpla su servicio
eficientemente.
 Supervisar todos los puestos de servicio policiales, exigiendo que se
cumplan los horarios, turnos y disposiciones dictadas al efecto.
 Controlar que se cumplan los programas y horarios de instrucción y
capacitación que para el personal policial de reten se haya fijado.
 El Servicio Policial del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL, se encarga del control, supervisión, la protección y
seguridad del personal e instalaciones, este servicio es designado en forma diaria con personal policial
 Es el primer punto de control para todas las personas y vehículos que ingresan al CENTRO DE REHABILITACIÓN
SOCIAL.
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personas que ingresan a este centro penitenciario, con la finalidad de realizar un
registro corporal minucioso a todas las personas
Sala de espera Registro canino Scanner de Objetos
Arcos detectores
de metal
Registro Corporal
minucioso (hombre /
mujer).
Silla de cavidades
Capsulas de
monitoreo de scanner
electromagnético.
 Permite identificar armas, explosivos, drogas y otros contrabandos en
mochilas, bolsos, maletas, ropa, carga, alimentos, entre otros lugares.
Funcionamiento
Las mochilas, bolsos, maletas, ropa,
carga, alimentos, etc., pasarán por la
maquina, donde el Servidor Policial
podrá verificar en el monitor objetos
o sustancias al interior de los mismos.
 Es una herramienta tecnológica para controlar y evitar el acceso al interior de
personas con objetos que puedan resultar peligrosos como arma blanca, arma de
fuego, explosivos, dispositivos electrónicos, etc.
Funcionamiento
La luz de Listo (verde) indica que la unidad
está en funcionamiento; las luces de
alarma (rojo) y las alarmas audibles se
activan cuando se detecta la cantidad
objetivo de metal; las luces de alarma se
encuentra situadas en la parte superior,
media e inferior del dispositivo
Detecta objetos metálicos escondidos en las cavidades del cuerpo, el sistema permite escanear
efectivamente objetos ocultos en la cavidad oral, abdominal, anal/vaginal, piernas y pies
Funcionamiento
La persona a ser escaneada simplemente
coloca su barbilla sobre el sensor de escaneo
oral y luego procede a sentarse de manera
momentánea en la silla, una alarma visual y
sonora se activará cuando se introduzca metal
en este campo magnético y un led se
encenderá en la pantalla indicando la zona
donde se encuentra el objeto.
 Este dispositivo escanea el cuerpo de una persona y elabora dos radiografías
esquemática y otra mucho más detallada. En ambas se reflejan los bultos que una
persona pueda llevar adheridos al cuerpo (armas, explosivos, teléfonos móviles,
billeteras, etc.).
Funcionamiento
El operador de la máquina, en principio y para
salvaguardar el derecho a la intimidad de las
personas, sólo tiene acceso a la primera
radiografía, pudiendo consultar la segunda si
las circunstancias así lo requirieran.
Registro digital de datos
(prevención y bitácora).
Acceso de Control
Biométrico
(funcionarios).
Arcos detectores de
metales.
Rayos X de objetos.
Silla de cavidades Registro Corporal
minucioso
(hombre/mujer).
Registro de Salida. Dispensario Médico.
• Se prohibirá el ingreso de vehículos no autorizados, aquellos vehículos que ingresan a realizar descarga de productos deben
presentar la autorización correspondiente.
• Indicará al conductor que ingrese una vez abierta la puerta y que en el interior el conductor coloque el vehículo sobre la fosa
de registro inferior y apague el mismo.
• El funcionario que solicitó los documentos se encargará del cierre de la puerta tipo esclusa y registrará los datos del
conductor y del vehículo en un LIBRO DE REGISTRO.
• Una vez realizado el anterior procedimiento los tres Funcionarios Policiales revisaran los productos y partes de la logística
que ingresa realizando una revisión exhaustiva de los mismos.
• Verificarán cualquier tipo de acción ilícita o no permitida que se esté realizando en los sectores, observando además
cualquier actitud que vulnere la seguridad en dicho lugar de control.
Faltas Leves
• Primera falta leve: Amonestación verbal.
• Segunda falta leve: Amonestación escrita y 1 semana sin adquirir productos en el
Economato.
• Tercera falta leve: 1 semana sin visita familiar y 1 semana sin visita íntima.
• Cuarta falta leve: será considerada como 1ra. Falta grave.
Faltas Graves
• Primera falta grave: sin visita familiar e íntima por 2 semanas.
• Segunda falta grave: sin visita familiar e íntima por 4 semanas y sin poder adquirir
productos del Economato durante 1 semana.
• Tercera falta grave: sin visita familiar e íntima por 4 semanas, sin poder adquirir
productos en el Economato durante 2 semanas y hasta 2 días en el Área de Reflexión,
según lo que decida la Junta de Tratamiento y Educación.
• Cuarta falta grave: se considera como 1era falta gravísima.
Faltas Gravísimas
• Estas faltas, por existir graves presunciones de responsabilidad penal, serán
comunicadas a la autoridad penal competente.
EN CASO DE TRASLADOS
• Coordinación con personal de Agentes
de Seguridad Penitenciaria para las
operaciones que se va a realizar.
• Registro documental en los libros de
control que se encuentran en cada
filtro.
• Los Servidores Policiales para el traslado
deberán estar armados y equipados.
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  • 1. DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES DE LA POLICÍA NACIONAL “SUBDIRECCION DE CONTINGENCIA PENITENCIARIA”
  • 2. Fortalecer el sistema de seguridad perimetral de los Centros de Privación de Libertad a nivel nacional; además de apoyar con los operativos de requisas y traslados de personas privadas de libertad.
  • 3. COIP. Art. 678.- las medidas cautelares personales, las penas privativas de libertad, se cumplirán en los Centros de Privación de Libertad. TIPOLOGIA DE LOS CENTROS • Centros de Rehabilitación Social • Centros de Privación Provisional de Libertad • Unidades de Aseguramiento Transitorio • Centros de Adolecentes Infractores (menores) C.R.S. C.P.P.L. U.A.T. C.A.I.
  • 4.
  • 5.  Colaborar y coordinar con el Director del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL, en lo que concierne a sus funciones específicas y atribuciones de control y seguridad del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.  Coordinar con el Director del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL, las visitas al CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL de altos funcionarios de Estado, autoridades Diplomáticas y Consulares.  Delegar y designar, responsabilidades y funciones a los mandos medios y subalternos encargados de la gestión operativa y administrativa de seguridad del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.  Autorizar y ordenar la tramitación de la documentación de acuerdo a las normas pertinentes.  Presidir o delegar las reuniones periódicas que se efectuarán cuando lo creyere conveniente, así como a petición de los oficiales, y personal de clases y policías a fin de evaluar las actividades del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL; y buscar un mejoramiento continuo.
  • 6.  Subrogar al Coordinador de Seguridad Policial en caso de ausencia o impedimento legal.  Planificar las operaciones policiales, conjuntamente con los jefes de gestión del Centro, a corto y mediano plazo, de acuerdo con las necesidades y/o requerimientos.  Ejercer la calidad de Jefe Operativo en acciones policiales, comandando directamente los efectivos en caso de crisis penitenciaria (riñas, reyertas, motines, evasiones etc.).  Inspeccionar las instalaciones físicas y a los Servidores Policiales de servicio cuando considere necesario.  Coordinar con el servicio de inteligencia y realizar requisas periódicas cuando la situación lo amerite por iniciativa propia y/o lo solicite la autoridad competente del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.
  • 7.  Administrar el Talento Humano Policial llevando el control de asistencia, permisos, vacaciones, etc. del personal que labora en el CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.  Disponer la redacción de la Orden de Servicio diario, cuidando que consten todas las directivas y disposiciones dictadas, y que sean conocidas en los diferentes niveles del Centro.  Programar charlas y talleres con diferentes temáticas relativas a seguridad que contribuyan a adquirir una verdadera cultura de seguridad y al mejoramiento continuo y permanente en sus procedimientos.  Controlar que se cumplan los programas y horarios de instrucción y capacitación que para el personal policial de reten se haya fijado.
  • 8.  Controlar al personal de Oficiales Subalternos y Clases y Policías que laboren en el CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL cuidando que la disciplina, puntualidad y efectividad se observe en todos los niveles y actividades, fomentando un efectivo compañerismo.  Controlar que el personal policial este provisto del equipo o instrumental necesario entregado en dotación para que cumpla su servicio eficientemente.  Supervisar todos los puestos de servicio policiales, exigiendo que se cumplan los horarios, turnos y disposiciones dictadas al efecto.  Controlar que se cumplan los programas y horarios de instrucción y capacitación que para el personal policial de reten se haya fijado.
  • 9.
  • 10.  El Servicio Policial del CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL, se encarga del control, supervisión, la protección y seguridad del personal e instalaciones, este servicio es designado en forma diaria con personal policial  Es el primer punto de control para todas las personas y vehículos que ingresan al CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL.
  • 11.  El Servicio Policial en el Filtro 2 se encargara del control, supervisión, de las personas que ingresan a este centro penitenciario, con la finalidad de realizar un registro corporal minucioso a todas las personas
  • 12. Sala de espera Registro canino Scanner de Objetos Arcos detectores de metal Registro Corporal minucioso (hombre / mujer). Silla de cavidades Capsulas de monitoreo de scanner electromagnético.
  • 13.  Permite identificar armas, explosivos, drogas y otros contrabandos en mochilas, bolsos, maletas, ropa, carga, alimentos, entre otros lugares. Funcionamiento Las mochilas, bolsos, maletas, ropa, carga, alimentos, etc., pasarán por la maquina, donde el Servidor Policial podrá verificar en el monitor objetos o sustancias al interior de los mismos.
  • 14.  Es una herramienta tecnológica para controlar y evitar el acceso al interior de personas con objetos que puedan resultar peligrosos como arma blanca, arma de fuego, explosivos, dispositivos electrónicos, etc. Funcionamiento La luz de Listo (verde) indica que la unidad está en funcionamiento; las luces de alarma (rojo) y las alarmas audibles se activan cuando se detecta la cantidad objetivo de metal; las luces de alarma se encuentra situadas en la parte superior, media e inferior del dispositivo
  • 15. Detecta objetos metálicos escondidos en las cavidades del cuerpo, el sistema permite escanear efectivamente objetos ocultos en la cavidad oral, abdominal, anal/vaginal, piernas y pies Funcionamiento La persona a ser escaneada simplemente coloca su barbilla sobre el sensor de escaneo oral y luego procede a sentarse de manera momentánea en la silla, una alarma visual y sonora se activará cuando se introduzca metal en este campo magnético y un led se encenderá en la pantalla indicando la zona donde se encuentra el objeto.
  • 16.  Este dispositivo escanea el cuerpo de una persona y elabora dos radiografías esquemática y otra mucho más detallada. En ambas se reflejan los bultos que una persona pueda llevar adheridos al cuerpo (armas, explosivos, teléfonos móviles, billeteras, etc.). Funcionamiento El operador de la máquina, en principio y para salvaguardar el derecho a la intimidad de las personas, sólo tiene acceso a la primera radiografía, pudiendo consultar la segunda si las circunstancias así lo requirieran.
  • 17. Registro digital de datos (prevención y bitácora). Acceso de Control Biométrico (funcionarios). Arcos detectores de metales. Rayos X de objetos. Silla de cavidades Registro Corporal minucioso (hombre/mujer). Registro de Salida. Dispensario Médico.
  • 18. • Se prohibirá el ingreso de vehículos no autorizados, aquellos vehículos que ingresan a realizar descarga de productos deben presentar la autorización correspondiente. • Indicará al conductor que ingrese una vez abierta la puerta y que en el interior el conductor coloque el vehículo sobre la fosa de registro inferior y apague el mismo. • El funcionario que solicitó los documentos se encargará del cierre de la puerta tipo esclusa y registrará los datos del conductor y del vehículo en un LIBRO DE REGISTRO. • Una vez realizado el anterior procedimiento los tres Funcionarios Policiales revisaran los productos y partes de la logística que ingresa realizando una revisión exhaustiva de los mismos.
  • 19. • Verificarán cualquier tipo de acción ilícita o no permitida que se esté realizando en los sectores, observando además cualquier actitud que vulnere la seguridad en dicho lugar de control.
  • 20. Faltas Leves • Primera falta leve: Amonestación verbal. • Segunda falta leve: Amonestación escrita y 1 semana sin adquirir productos en el Economato. • Tercera falta leve: 1 semana sin visita familiar y 1 semana sin visita íntima. • Cuarta falta leve: será considerada como 1ra. Falta grave. Faltas Graves • Primera falta grave: sin visita familiar e íntima por 2 semanas. • Segunda falta grave: sin visita familiar e íntima por 4 semanas y sin poder adquirir productos del Economato durante 1 semana. • Tercera falta grave: sin visita familiar e íntima por 4 semanas, sin poder adquirir productos en el Economato durante 2 semanas y hasta 2 días en el Área de Reflexión, según lo que decida la Junta de Tratamiento y Educación. • Cuarta falta grave: se considera como 1era falta gravísima. Faltas Gravísimas • Estas faltas, por existir graves presunciones de responsabilidad penal, serán comunicadas a la autoridad penal competente.
  • 21. EN CASO DE TRASLADOS • Coordinación con personal de Agentes de Seguridad Penitenciaria para las operaciones que se va a realizar. • Registro documental en los libros de control que se encuentran en cada filtro. • Los Servidores Policiales para el traslado deberán estar armados y equipados.