El documento trata sobre los derechos de propiedad intelectual y su impacto en las comunidades indígenas y campesinas. Explica que los derechos de propiedad intelectual favorecen el monopolio y limitan el libre intercambio de semillas. Como ejemplo, presenta la patente sobre variedades de quinua obtenida por una universidad estadounidense, la cual afecta los derechos de las comunidades andinas. También describe las características del conocimiento tradicional de los pueblos y los riesgos que enfrentan ante
Biopiratería. La lucha del Perú contra este malTareas 911
Con cariño para los niños de América Latina. ¿Qué es la biopiratería? ¿Cuáles son los instrumentos legales que protegen nuestros recursos genéticos? Ejemplos de patentes piratas. Para el curso de CTA.
Sobre la relación entre el Software Libre y la agricultura indígena y campesina, y la necesidad de ciclos de conocimiento libre, colectivo y compartido.
Como resultado de la Cumbre del Buen Conocer de Quito (27-30 Mayo 2014), se presentan las propuestas que salieron de la mesa de trabajo sobre sistemas agro-alimentarios abiertos y sostenibles: la propuesta de Patentes Globales Abiertas para semillas criollas aplicadas a las comunas (para incluir en COESC) y la Minga Agro-cientifica, como laboratorios permanentes de intercambio entre cientificos y comunidades. Tambien se propone una Certificadora Nacional de Agricultura Organica.
Experiencia del CITE/SIPAN en la promoción de productos en base a algodón nat...Maximiliano Valencia
Presentación de proyecto de rescate del algodón nativo para lograr que los productos artesanales sean competitivos y económicamente rentables en términos de calidad, cantidad, precios y oportunidades.
El Protocolo de Nagoya, implicaciones para el comercio y la propiedad intelectual: Oportunidades y retos para el Ecuador. Charla impartida por David Vivas Eugui, Oficial para Asuntos Legales de la Unctad.
El saber acumulado por generaciones de poblaciones campesinas a lo largo de la historia permitió el crecimiento de la humanidad. Las semillas no son mercanciías comerciales.
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Experiencia del CITE/SIPAN en la promoción de productos en base a algodón nat...Maximiliano Valencia
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El Protocolo de Nagoya, implicaciones para el comercio y la propiedad intelectual: Oportunidades y retos para el Ecuador. Charla impartida por David Vivas Eugui, Oficial para Asuntos Legales de la Unctad.
El saber acumulado por generaciones de poblaciones campesinas a lo largo de la historia permitió el crecimiento de la humanidad. Las semillas no son mercanciías comerciales.
Concepto y fuentes del Derecho Internacional Publico Del Trabajo
Concepto de Derecho Internacional Público del Trabajo
Normas elaboradas por conferencias gubernamentales especiales auspiciadas por la O.I.T.
Normas elaboradas por la ONU
Normas elaboradas por organismos regionales
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Es una rama del Derecho público, dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común. Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la homogeneidad de su regulación, ha adquirido un tratamiento sustantivo.
El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.
El Derecho tributario o Derecho fiscal es una rama del Derecho público, dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común. Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la homogeneidad de su regulación, ha adquirido un tratamiento sustantivo.
Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.
El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
2. DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
• La esencia de la propiedad
intelectual, es excluir a otros del
uso del producto registrado, a
menos que se pague regalías por su
uso.
• Los derechos de propiedad
intelectual son, por lo tanto,
excluyentes y favorece al monopolio.
3. DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
• En los últimos 50 años, ha cambiado
sustancialmente el rol de la propiedad
intelectual en la sociedad y en las
exportaciones estadounidenses
• Estas tienen un alto contenido de
propiedad intelectual
4. TIPOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
• Marcas
• Indicadores
geográficos
• Diseños industriales
• Señales
decodificadas de
satélites
• Microtrasmisores
• Derechos de autor
• Copyrights
• Derechos de
obtentor
• Patentes
• Secretos
comerciales
6. Derechos de Obtentor
• Es un DPI para nuevas
variedades vegetales
• La variedad debe ser
nueva, homogénea,
estable
• Da derechos
exclusivos al obtentor
7. UPOV 78
• Reconoce el control
sobre la
multiplicación y
ventas de semillas
• Se aplica a un
determinado
número de especies
• No se aplica a
variedades
esencialmente
derivadas
8. Privilegios de los
agricultores
• Es el derecho que
tienen los
agricultores de
conservar semillas
para la estación
siguiente
• De intercambiar
con otros
agricultores
10. UPOV 91
• Esto significa que
quien usa la variedad
protegida debe pagar
un porcentaje
• Del producto de la
cosecha, a más del
pago de regalía
iniciales
11. Impactos de los derechos de
obtentor
•introduce derechos monopólicos en la
alimentación
• aumenta la erosión genética por el uso de
variedades
uniformes
• imposición del pago de regalías a los
agricultores
• reducción del libre intercambio de semillas
•se acopla y promueve la agricultura
industrial
12. LEY DE PROPIEDAD
INTELECTUAL DEL ECUADOR
• Fue aprobada en 1998 luego de una fuerte
presión por parte del Gobierno de Estados
Unidos
• El Ecuador había firmado (pero no ratificado)
un acuerdo bilateral con ese país sobre DPI
• Incluye derechos de obtentor
• Es también una mezcla entre las dos actas
UPOV
13. PATENTES
• Dan derechos
exclusivos al portador
de la patente por 20
años
• Son requisitos que el
invento sea nuevo,
tenga aplicación
industrial y que no esté
en el estado de la
ciencia
15. LAS PATENTES
• hoy son instrumentos
de las transnacionales
para excluir a otros de
su uso
• Para darles derechos
monopólicos
• Lo que se premia es la
inversión
16. PATENTES SOBRE LA VIDA
• La mayoría de
legislaciones reconoce
patentes sobre
microorganismos
• Algunos sobre plantas
• Pocos sobre animales
• Los inventos
biotecnológicos
17. LOS MICROORGANISMOS
• Para fines de patentes,
se entiende como
micro-organismo
cualquier organismo
que pueda ser cultivado
por métodos
microbiológicos
19. Líneas Celulares Humanas
• El "Proyecto de
Diversidad del
Genoma Humano"
• estudia los genes de
pueblos indígenas
• Podrían ser
patentables
20. TLC Y LOS DPI
• Estados Unidos ha dicho que para entrar en
TLC bilaterales, los países deben
homologar con ellos sus leyes de DPI.
• Piden regular las nuevas tecnologías
• No poner ningún tipo de restricciones sobre
el material patentado
• Aumentar el ámbito de las patentes a la vida
21. Patente a la quinua -
Universidad de Colorado
• Le da el control
monopólico a los
machos estériles de
la variedad de
quinoa tradicional
de Bolivia "Apelawa”
• para crear otras
variedades híbridas
de quinoa
22. PATENTE DE LA QUINUA
• La variedad Apelawa debe su
nombre a la comunidad indígena
que la desarrolló, asentada a los
márgenes del Lago Titicaca.
23. PATENTE DE LA QUINUA
•La patente no está limitada a los
machos estériles de Apelawa,
sino que cubre otras variedades
tradicionales que producen
naturalmente machos estériles
24. PATENTE DE LA QUINUA
• Apelawa, 407, Cahuil, Tango, Janco,
Kanchi, Baer, Calcha, Chullpe,
Killuvirgiana, Lihio, Marangani, Isluga,
Sajan, Chuppi, Kanssolla, Blanca de Juli,
Rosada de Junín, Blanca de Junín,Illimani,
Oxfam, Tupizaa, Ccoyto-1, Chewecca,
Real, Pasankalla, Litu, Pichaman, Faro,
Amarillo de Marangani, Dulce De
Quitopamba, Lupoz, Lirio, Rojo de Cuzco,
y Tanso kanta
25. PATENTE DE LA QUINUA
• 7 u 8 de estas variedades son
ampliamente utilizadas en toda la
región andina; la variedad real es la
más utilizada para la exportación; 9
variedades son de Chile, 8 de Perú;
algunas de las especies también
provienen del Ecuador.
26. PATENTE DE LA QUINUA
• De acuerdo a esta patente, los
"inventores" tienen el derecho de
impedir que cualquier otra persona
pueda usar, vender o mejorar
híbridos de quinua derivados del
citoplasma de Apelawa, sin pedirles
permiso y pagarles regalías
27. PATENTE DE LA QUINUA
• El objetivo de la patente es incrementar
la producción de quinua y armonizar con
la producción masiva en los Estados
Unidos.
• Los dueños de la patente dicen que estos
híbridos son tres veces más productivos.
• si se cultiva en Estados Unidos híbridos de
alto rendimiento, el mercado de
exportación de Bolivia decaerá
• los campesinos que utilizan las 35
variedades patentadas, perderán control
sobre sus semillas
28. PATENTE DE LA QUINUA
Las exportaciones de quinua en Bolivia ha
aumentado de:
• 344.508 Kg. en 1990
• 1.509.625 Kg. en 1995-
Las demandas se triplicaron entre 1993
y 1994. Las exportaciones en Perú subieron
de:
• 22.00 Kg en 1990
• 61.000 Kg en 1996.
29. OTROS DPI SOBRE LA
QUINOA
Nestle patente en Estados Unidos sobre un proceso de
tratamiento a las semillas
CEAPRO - Universidad
de Saskatchewan
La patente cubre los compuestos de saponinas y sus
métodos de uso en relación a uso medicinales
como estimuladorinmunológico
CPRO-DLO Certificado de obtentor dado al Gobierno de los Países
Bajo.
Universidad de Lund desarrollo de la quinoa como alimento para
personas alérgicas a ciertos compuestos,
alimentos para niños y forraje animal
Associated British Foods marca registrada sobre la variedad Sandovan
de quinoa
31. Libre intercambio de
biodiversidad y conocimientos
A través de la historia,
• la biodiversidad
• los conocimientos
han sido libremente
intercambiados por
• comunidades indígenas
• Campesinos
• pescadores
• recolectores
32. LOS PUEBLOS Y LA
BIODIVERSIDAD
• han domesticado plantas
• seleccionado las mejores
variedades
• las han usado para el
mejoramiento genético
• las han conservado
• Es decir, han generado
biodiversidad.
33. LA BIODIVERSIDAD HA
CONTRIBUIDO A
• fortalecimiento espiritual,
cultural y económico de las
comunidades
• es fuente de medicina,
alimentación, vivienda
• ha hecho posible
importantes expresiones
de religiosidad y
cosmovisión
34. RELACION ENTRE DIVERSIDAD
BIOLOGICA Y CULTURAL
• La protección de la
biodiversidad debe
estar enmarcada en:
• campo de los
derechos humanos
• de los derechos
colectivos
35. DOS PERCEPCIONES SOBRE LA
BIODIVERSIDAD Y LOS
DERECHOS
• Semillas patrimonio de la humanidad
• Los derechos intelectuales colectivos
36. Patrimonio de la Humanidad al
servicio de los pueblos
• Es una posición
mantenido por la Vía
Campesina
• Es una respuesta a la
apropiación ilegítima de
las semillas
• A los derechos de
propiedad intelectual
• otras formas de control
37. Patrimonio de la Humanidad al
servicio de los pueblos
• Se oponen al
reconocimiento de
cualquier forma de
propiedad
intelectual a
• las semillas
• otras formas de vida
38. Patrimonio de la Humanidad al
servicio de los pueblos
• Los DPI
• limita el libre flujo
de la biodiversidad
• viola un derecho
ancestral
• pone en peligro la
misma biodiversidad
39. DERECHOS
INTELECTUALES
COLECTIVOS
• Ven en este mecanismo
una forma de defensa a
la apropiación comercial
de sus conocimientos y
biodiversidad
• especialmente por parte
de empresas
transnacionales
40. DERECHOS INTELECTUALES
COLECTIVOS
• Quienes se inscriben en
esta tendencia buscan
un reconocimiento legal
a sus derechos
intelectuales
• El mismo que debe evitar
el carácter monopólico
propio de los DPI.
42. EL CONOCIMIENTO
TRADICIONAL ES
INTERGENERACIONAL
• El conocimiento tradicional
ha pasado de una
generación a otras
• En cada generación ha ido
evolucionando
• Tiene que se pasada a las
futuras generaciones
43. EL CONOCIMIENTO
TRADICIONAL ES COLECTIVO
• Pertenece, de
manera diferenciada
a toda la comunidad
• Es compartido entre
comunidades de un
mismo pueblo o
nacionalidad
44. EL CONOCIMIENTO
TRADICIONAL ES COLECTIVO
• Puede ser
compartido por
varios pueblos
• Ese conocimiento
puede rebasar los
límites nacionales y
estar presente en
varios países de
una región
45. EL CONOCIMIENTO
TRADICIONAL ES EMPIRICO
• Se genera por un
proceso de
experimentación
• Es por lo tanto un
conocimiento de utilidad
práctica
• ayuda a resolver
problemas específicos
cotidianos
48. CONOCIMIENTO SAGRADO
• Es un tipo de
conocimientos y
prácticas que está a
cargo de una o dos
personas en la
comunidad
• Se necesita un
poder especial
49. CONOCIMIENTO
ESPECIALIZADO
• Es manejado por un
número mayor de
personas de la comunidad,
pero es aun de carácter
restringido
• Está relacionado con el
uso de las plantas
medicinales
• curanderos y hierbateros
51. CONOCIMIENTOS
GENERALES
• Son conocimientos de
uso general
• Están relacionados con
la cotidianidad
• Son transmitidos de
manera general de una
generación a otra y
entre miembros de la
comunidad
53. En medio de esta complejidad
• las empresas que tienen interés en la biodiversidad
quieren acceder a ella y a los conocimientos
tradicionales asociados
• Aunque ellas plantean que intentan acceder a través
de procesos de consulta, consentimiento informado
previo y repartición de beneficios, generará impactos
negativos en los pueblos indígenas y comunidades
locales