Este documento describe los conceptos fundamentales de la teoría del delito y el sistema penal, incluyendo principios como legalidad, culpabilidad, proporcionalidad, y límites a la intervención penal. Explica cómo estas garantías constitucionales influyen en elementos como la tipicidad, antijuricidad y punibilidad. También analiza la evolución histórica del sistema del hecho punible y conceptos clave como acción, riesgo, imputación objetiva y tipicidad subjetiva.
Este documento presenta una introducción a los elementos estructurales básicos y complementarios de los delitos en derecho penal. Explica los componentes de un delito como sujeto activo, sujeto pasivo, objeto material y objeto jurídico, así como variantes como la plurisujetividad y delitos pluriofensivos. También describe elementos estructurales complementarios como circunstancias de modo, tiempo y lugar, así como medios de comisión e instrumentos. Finalmente, distingue entre tipos penales cerrados, abiertos y en blanco.
El documento trata sobre la tipicidad como categoría del delito. Explica que la tipicidad ha evolucionado de ser una categoría meramente objetiva a incorporar aspectos subjetivos. También describe los elementos del tipo objetivo como la acción, relación de causalidad y resultado, así como las teorías de causalidad. Finalmente, distingue entre elementos descriptivos y normativos del tipo.
ENJ-300 Teoría del Delito: Cocepto. Categorías. La Tipicidad. El Tipo Objetiv...ENJ
Este módulo se centra en la teoría del delito, en particular la tipicidad. Se explica que la tipicidad implica que una conducta se ajuste a lo descrito en la ley. El módulo analiza conceptos como acción, resultado, imputación objetiva y tipos penales. Los estudiantes aprenderán a identificar los elementos del tipo objetivo y aplicarlos para determinar si una conducta es típica. El módulo incluye lecturas, foros, exámenes y tareas para lograr los objetivos de enseñar concept
Este documento presenta una introducción sobre conceptos teóricos y doctrinarios de la teoría del delito, incluyendo tipicidad, atipicidad, error de tipo, antijuricidad y causas de justificación. Explica elementos objetivos y subjetivos del tipo penal, así como clasificaciones de tipos penales. También analiza la teoría causalista y finalista, y concluye resaltando la importancia del derecho penal y sus teorías para limitar el uso irracional del poder punitivo del Estado.
Este documento define conceptos clave relacionados con la tipicidad penal como acción típica, sujetos, resultado, formas de tipicidad, elementos descriptivos y normativos, y elementos esenciales y accidentales del tipo. También explica conceptos como conspiración, tentativa, autoría, causalidad e imputación objetiva en relación con la relación entre la acción y el resultado en delitos.
El documento trata sobre el concepto de derecho penal y el sistema de la teoría del delito, incluyendo los principios constitucionales como la legalidad y culpabilidad que influyen en el sistema. Explica conceptos como tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y punibilidad, así como la evolución histórica del sistema del hecho punible.
El documento describe los principios de tipicidad, culpabilidad, proporcionalidad y humanidad de las penas en el derecho penal. El principio de tipicidad establece que solo conductas claramente descritas en la ley pueden ser consideradas delitos. Los principios de culpabilidad y proporcionalidad establecen que la pena debe estar justificada por la gravedad del delito y ajustarse a la culpabilidad del ofensor. Finalmente, el principio de humanidad prohíbe las penas crueles, inhumanas o degradantes.
a) La teoría del delito estudia todos los elementos que lo constituyen para comprenderlo como una unidad total. Estos elementos son la acción, tipicidad, culpabilidad y punibilidad.
b) El delito tiene sujetos como el pasivo y activo, y objetos como el material y jurídico, que es la norma o interés violado.
c) La tipicidad es el encuadramiento de la conducta al tipo penal, la culpabilidad son las circunstancias del autor, y la punibilidad caracteriza la acción delictiva.
Este documento presenta una introducción a los elementos estructurales básicos y complementarios de los delitos en derecho penal. Explica los componentes de un delito como sujeto activo, sujeto pasivo, objeto material y objeto jurídico, así como variantes como la plurisujetividad y delitos pluriofensivos. También describe elementos estructurales complementarios como circunstancias de modo, tiempo y lugar, así como medios de comisión e instrumentos. Finalmente, distingue entre tipos penales cerrados, abiertos y en blanco.
El documento trata sobre la tipicidad como categoría del delito. Explica que la tipicidad ha evolucionado de ser una categoría meramente objetiva a incorporar aspectos subjetivos. También describe los elementos del tipo objetivo como la acción, relación de causalidad y resultado, así como las teorías de causalidad. Finalmente, distingue entre elementos descriptivos y normativos del tipo.
ENJ-300 Teoría del Delito: Cocepto. Categorías. La Tipicidad. El Tipo Objetiv...ENJ
Este módulo se centra en la teoría del delito, en particular la tipicidad. Se explica que la tipicidad implica que una conducta se ajuste a lo descrito en la ley. El módulo analiza conceptos como acción, resultado, imputación objetiva y tipos penales. Los estudiantes aprenderán a identificar los elementos del tipo objetivo y aplicarlos para determinar si una conducta es típica. El módulo incluye lecturas, foros, exámenes y tareas para lograr los objetivos de enseñar concept
Este documento presenta una introducción sobre conceptos teóricos y doctrinarios de la teoría del delito, incluyendo tipicidad, atipicidad, error de tipo, antijuricidad y causas de justificación. Explica elementos objetivos y subjetivos del tipo penal, así como clasificaciones de tipos penales. También analiza la teoría causalista y finalista, y concluye resaltando la importancia del derecho penal y sus teorías para limitar el uso irracional del poder punitivo del Estado.
Este documento define conceptos clave relacionados con la tipicidad penal como acción típica, sujetos, resultado, formas de tipicidad, elementos descriptivos y normativos, y elementos esenciales y accidentales del tipo. También explica conceptos como conspiración, tentativa, autoría, causalidad e imputación objetiva en relación con la relación entre la acción y el resultado en delitos.
El documento trata sobre el concepto de derecho penal y el sistema de la teoría del delito, incluyendo los principios constitucionales como la legalidad y culpabilidad que influyen en el sistema. Explica conceptos como tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y punibilidad, así como la evolución histórica del sistema del hecho punible.
El documento describe los principios de tipicidad, culpabilidad, proporcionalidad y humanidad de las penas en el derecho penal. El principio de tipicidad establece que solo conductas claramente descritas en la ley pueden ser consideradas delitos. Los principios de culpabilidad y proporcionalidad establecen que la pena debe estar justificada por la gravedad del delito y ajustarse a la culpabilidad del ofensor. Finalmente, el principio de humanidad prohíbe las penas crueles, inhumanas o degradantes.
a) La teoría del delito estudia todos los elementos que lo constituyen para comprenderlo como una unidad total. Estos elementos son la acción, tipicidad, culpabilidad y punibilidad.
b) El delito tiene sujetos como el pasivo y activo, y objetos como el material y jurídico, que es la norma o interés violado.
c) La tipicidad es el encuadramiento de la conducta al tipo penal, la culpabilidad son las circunstancias del autor, y la punibilidad caracteriza la acción delictiva.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
Este documento describe el poder punitivo del estado y el sistema penal. Explica que el poder punitivo no resuelve conflictos reales sino que solo suspende conflictos de manera vertical. También señala que el sistema penal opera de manera selectiva criminalizando a los más vulnerables de la sociedad y aumentando la victimización de estos grupos. Finalmente, critica las perspectivas bélicas que justifican el uso excesivo de la fuerza por parte del estado en nombre de la seguridad.
El documento resume los conceptos de antijuridicidad formal y material, y explica la relación entre el tipo penal y la antijuridicidad. También describe el contenido de la antijuridicidad en términos del desvalor de la acción y del resultado. Finalmente, explica las causas de justificación, sus efectos como eximir de responsabilidad, y que un error sobre sus presupuestos objetivos excluye el dolo.
La Ciencia que estudia el conjunto de normas jurídicas que definen determinadas conductas como infracciones (delitos o faltas) y dispone la aplicación de sanciones (penas y medidas de seguridad) a quienes lo cometen. Para determinar si hubo un delito, se debe establecer si hubo una conducta típica, antijurídica y culpable. Primero se analiza si hubo una conducta, luego si está tipificada en la ley penal, y por último si fue antijurídica y culpable.
Este documento resume diferentes teorías sobre la tipicidad penal. Define la tipicidad como el conjunto de elementos que caracterizan un comportamiento contrario a la norma y que individualizan conductas merecedoras de pena. Explica que la tipicidad cumple una función de garantía y delimita lo penalmente prohibido. Además, clasifica los diferentes tipos de tipos penales y explica su relación con la antijuridicidad.
1) El documento presenta información sobre elementos del delito como la acción u omisión, sujetos, tipos penales y tipicidad. 2) Define el delito según Carrara como la infracción de la ley estatal resultante de un acto externo del hombre, imputable y dañoso. 3) Explica que para que exista un delito se requiere de un sujeto que realice la acción delictiva y analiza elementos como la antijuricidad, tipicidad, imputabilidad y culpabilidad.
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJPENJ
Este documento presenta un resumen del Módulo II sobre la Tipicidad del curso de Teoría del Delito. Explica que la tipicidad establece una relación entre el hecho y la norma, y se compone de tipicidad objetiva, que analiza la correspondencia de la acción con la norma, y tipicidad subjetiva, que analiza el conocimiento y voluntad del autor. También describe las clases de delitos, elementos de la autoría, teorías causales e implicaciones de la imputación objetiva.
El documento habla sobre la teoría del delito y los elementos que lo componen. Explica que la antijuricidad, que es uno de estos elementos, puede ser formal o material. La antijuricidad formal se refiere a una conducta que va en contra de la ley, mientras que la material implica una lesión a bienes jurídicos tutelados. También discute la teoría funcionalista moderada de Claus Roxín, quien diferencia la antijuricidad del concepto de "injusto" y sostiene que la antijuricidad
Este documento resume los primeros y segundos elementos positivos del derecho penal según la autora Karina Silva. Brevemente describe la acción, tipicidad, sus teorías y clasificaciones, así como las causas de ausencia de tipicidad.
El documento trata sobre el concepto de tipicidad como elemento constitutivo del delito. Explica que la tipicidad requiere que la conducta se adecue a lo descrito en la ley penal. También describe las funciones de la tipicidad como garantizar la seguridad jurídica e indicar la antijuricidad de un acto. Finalmente, discute las teorías causalista y finalista sobre la naturaleza objetiva y subjetiva de la tipicidad.
1) La acción y la tipicidad son los dos elementos fundamentales del delito. La acción es una conducta voluntaria que puede ser positiva o negativa, mientras que la tipicidad se refiere a la adecuación de un hecho a su descripción legal.
2) Existen diversas teorías sobre la relación de causalidad entre la acción y el resultado, y circunstancias como el sueño o la fuerza irresistible pueden generar ausencia de acción y responsabilidad penal.
3) Los tipos penales clasifican los delitos y describen
El documento presenta una teoría del delito que analiza una conducta a través de varios niveles (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad) para determinar si constituye un delito o no. Explica cada uno de estos niveles detallando conceptos como la tipicidad objetiva y subjetiva, la antijuridicidad, la culpabilidad e imputabilidad, las formas de participación criminal y las consecuencias de los concursos de delitos.
La tipicidad se refiere a la adecuación de un hecho a la descripción legal de ese hecho en el código penal. Los elementos objetivos de un delito incluyen sujetos, conducta, bien jurídico tutelado, objeto material, circunstancias, medios comisivos y resultado. Los elementos subjetivos son el dolo y la culpa. Los delitos pueden clasificarse según su resultado, conducta, relación con el bien jurídico y si causan lesión o peligro.
1) El documento habla sobre la atipicidad de la conducta, que ocurre cuando un comportamiento humano no se adecua a un tipo legal establecido. 2) Explica que la atipicidad puede ser absoluta, cuando la conducta no está descrita como punible, o relativa, cuando falta algún elemento del tipo legal. 3) Analiza casos de atipicidad relativa por ausencia de elementos objetivos o subjetivos requeridos, y errores sobre circunstancias atenuantes o agravantes.
1. La teoría del delito propone formular reglas generales que sirvan para imputar cualquier hecho punible a las personas responsables, sin afectar las particularidades de cada caso.
2. Se explican los presupuestos que deben cumplirse para que una determinada acción sea punible, ya que todos los delitos comparten las mismas características esenciales.
3. La teoría del delito debe deducirse de la ley positiva y ser armónica y generar consecuencias político-criminales útiles para la sociedad.
Este documento resume diferentes teorías del delito en derecho penal. Explica que el delito requiere tres características específicas: tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. También describe la evolución de las teorías, desde los enfoques objetivo-subjetivo de Hegelianos y von Liszt hasta el neokantismo y las teorías de von Weber y Welzel sobre el tipo complejo y la culpabilidad normativa.
La teoría de la imputación objetiva busca determinar si un resultado puede ser atribuido a la conducta de un individuo. Para ello, se debe establecer si dicha conducta creó un riesgo jurídicamente desaprobado que se materializó en el resultado. No hay imputación cuando no se creó un riesgo relevante, el riesgo creado estaba permitido, o el resultado no está cubierto por la norma que se busca proteger. La teoría fue desarrollada por autores alemanes como Roxin y se utiliza cada vez más en la
Evolucion Del Derecho Penal (Informatica)sandraespinel
1. El documento describe las diferentes etapas de evolución del derecho penal, desde la venganza privada hasta la etapa científica del siglo XVIII. 2. Explica conceptos como tipicidad, sujeto activo, pasivo, conducta punible, tentativa y participación. 3. Resume los principios de validez temporal y espacial del derecho penal.
El documento presenta una teoría general del delito, definiendo sus elementos básicos en 3 oraciones o menos. Explica que la teoría del delito clasifica los elementos comunes a todos los delitos, como la acción voluntaria, el sujeto activo y pasivo, y el resultado. También distingue entre teorías causalistas y finalistas de la acción, e introduce conceptos como la ausencia de acción, legítima defensa, culpa y sus formas.
El documento presenta una introducción a la teoría del derecho impartida por el profesor Roberto Muñoz Torres a un grupo de 5 estudiantes. Explica que la teoría del delito es el resultado de la doctrina jurídico-penal y constituye la manifestación más elaborada de la dogmática del derecho. Luego define el delito, los sujetos del delito, los elementos positivos y negativos, y la prelación lógica de los elementos del delito.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito. Explica conceptos clave como sujetos del delito, objetos del delito, elementos positivos y negativos del delito, nexo causal, resultado, objeto jurídico y objeto material. También describe teorías del delito como la teoría absolustista, teorías relativas de la pena como las teorías preventivas y teorías mixtas. Finalmente, presenta un breve artículo sobre las penas y medidas de seguridad de acuerdo al Código Penal Federal.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
Este documento describe el poder punitivo del estado y el sistema penal. Explica que el poder punitivo no resuelve conflictos reales sino que solo suspende conflictos de manera vertical. También señala que el sistema penal opera de manera selectiva criminalizando a los más vulnerables de la sociedad y aumentando la victimización de estos grupos. Finalmente, critica las perspectivas bélicas que justifican el uso excesivo de la fuerza por parte del estado en nombre de la seguridad.
El documento resume los conceptos de antijuridicidad formal y material, y explica la relación entre el tipo penal y la antijuridicidad. También describe el contenido de la antijuridicidad en términos del desvalor de la acción y del resultado. Finalmente, explica las causas de justificación, sus efectos como eximir de responsabilidad, y que un error sobre sus presupuestos objetivos excluye el dolo.
La Ciencia que estudia el conjunto de normas jurídicas que definen determinadas conductas como infracciones (delitos o faltas) y dispone la aplicación de sanciones (penas y medidas de seguridad) a quienes lo cometen. Para determinar si hubo un delito, se debe establecer si hubo una conducta típica, antijurídica y culpable. Primero se analiza si hubo una conducta, luego si está tipificada en la ley penal, y por último si fue antijurídica y culpable.
Este documento resume diferentes teorías sobre la tipicidad penal. Define la tipicidad como el conjunto de elementos que caracterizan un comportamiento contrario a la norma y que individualizan conductas merecedoras de pena. Explica que la tipicidad cumple una función de garantía y delimita lo penalmente prohibido. Además, clasifica los diferentes tipos de tipos penales y explica su relación con la antijuridicidad.
1) El documento presenta información sobre elementos del delito como la acción u omisión, sujetos, tipos penales y tipicidad. 2) Define el delito según Carrara como la infracción de la ley estatal resultante de un acto externo del hombre, imputable y dañoso. 3) Explica que para que exista un delito se requiere de un sujeto que realice la acción delictiva y analiza elementos como la antijuricidad, tipicidad, imputabilidad y culpabilidad.
ENJ-2-301: Presentación Módulo II: La Tipicidad Curso Teoría del Delito AJPENJ
Este documento presenta un resumen del Módulo II sobre la Tipicidad del curso de Teoría del Delito. Explica que la tipicidad establece una relación entre el hecho y la norma, y se compone de tipicidad objetiva, que analiza la correspondencia de la acción con la norma, y tipicidad subjetiva, que analiza el conocimiento y voluntad del autor. También describe las clases de delitos, elementos de la autoría, teorías causales e implicaciones de la imputación objetiva.
El documento habla sobre la teoría del delito y los elementos que lo componen. Explica que la antijuricidad, que es uno de estos elementos, puede ser formal o material. La antijuricidad formal se refiere a una conducta que va en contra de la ley, mientras que la material implica una lesión a bienes jurídicos tutelados. También discute la teoría funcionalista moderada de Claus Roxín, quien diferencia la antijuricidad del concepto de "injusto" y sostiene que la antijuricidad
Este documento resume los primeros y segundos elementos positivos del derecho penal según la autora Karina Silva. Brevemente describe la acción, tipicidad, sus teorías y clasificaciones, así como las causas de ausencia de tipicidad.
El documento trata sobre el concepto de tipicidad como elemento constitutivo del delito. Explica que la tipicidad requiere que la conducta se adecue a lo descrito en la ley penal. También describe las funciones de la tipicidad como garantizar la seguridad jurídica e indicar la antijuricidad de un acto. Finalmente, discute las teorías causalista y finalista sobre la naturaleza objetiva y subjetiva de la tipicidad.
1) La acción y la tipicidad son los dos elementos fundamentales del delito. La acción es una conducta voluntaria que puede ser positiva o negativa, mientras que la tipicidad se refiere a la adecuación de un hecho a su descripción legal.
2) Existen diversas teorías sobre la relación de causalidad entre la acción y el resultado, y circunstancias como el sueño o la fuerza irresistible pueden generar ausencia de acción y responsabilidad penal.
3) Los tipos penales clasifican los delitos y describen
El documento presenta una teoría del delito que analiza una conducta a través de varios niveles (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad) para determinar si constituye un delito o no. Explica cada uno de estos niveles detallando conceptos como la tipicidad objetiva y subjetiva, la antijuridicidad, la culpabilidad e imputabilidad, las formas de participación criminal y las consecuencias de los concursos de delitos.
La tipicidad se refiere a la adecuación de un hecho a la descripción legal de ese hecho en el código penal. Los elementos objetivos de un delito incluyen sujetos, conducta, bien jurídico tutelado, objeto material, circunstancias, medios comisivos y resultado. Los elementos subjetivos son el dolo y la culpa. Los delitos pueden clasificarse según su resultado, conducta, relación con el bien jurídico y si causan lesión o peligro.
1) El documento habla sobre la atipicidad de la conducta, que ocurre cuando un comportamiento humano no se adecua a un tipo legal establecido. 2) Explica que la atipicidad puede ser absoluta, cuando la conducta no está descrita como punible, o relativa, cuando falta algún elemento del tipo legal. 3) Analiza casos de atipicidad relativa por ausencia de elementos objetivos o subjetivos requeridos, y errores sobre circunstancias atenuantes o agravantes.
1. La teoría del delito propone formular reglas generales que sirvan para imputar cualquier hecho punible a las personas responsables, sin afectar las particularidades de cada caso.
2. Se explican los presupuestos que deben cumplirse para que una determinada acción sea punible, ya que todos los delitos comparten las mismas características esenciales.
3. La teoría del delito debe deducirse de la ley positiva y ser armónica y generar consecuencias político-criminales útiles para la sociedad.
Este documento resume diferentes teorías del delito en derecho penal. Explica que el delito requiere tres características específicas: tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. También describe la evolución de las teorías, desde los enfoques objetivo-subjetivo de Hegelianos y von Liszt hasta el neokantismo y las teorías de von Weber y Welzel sobre el tipo complejo y la culpabilidad normativa.
La teoría de la imputación objetiva busca determinar si un resultado puede ser atribuido a la conducta de un individuo. Para ello, se debe establecer si dicha conducta creó un riesgo jurídicamente desaprobado que se materializó en el resultado. No hay imputación cuando no se creó un riesgo relevante, el riesgo creado estaba permitido, o el resultado no está cubierto por la norma que se busca proteger. La teoría fue desarrollada por autores alemanes como Roxin y se utiliza cada vez más en la
Evolucion Del Derecho Penal (Informatica)sandraespinel
1. El documento describe las diferentes etapas de evolución del derecho penal, desde la venganza privada hasta la etapa científica del siglo XVIII. 2. Explica conceptos como tipicidad, sujeto activo, pasivo, conducta punible, tentativa y participación. 3. Resume los principios de validez temporal y espacial del derecho penal.
El documento presenta una teoría general del delito, definiendo sus elementos básicos en 3 oraciones o menos. Explica que la teoría del delito clasifica los elementos comunes a todos los delitos, como la acción voluntaria, el sujeto activo y pasivo, y el resultado. También distingue entre teorías causalistas y finalistas de la acción, e introduce conceptos como la ausencia de acción, legítima defensa, culpa y sus formas.
El documento presenta una introducción a la teoría del derecho impartida por el profesor Roberto Muñoz Torres a un grupo de 5 estudiantes. Explica que la teoría del delito es el resultado de la doctrina jurídico-penal y constituye la manifestación más elaborada de la dogmática del derecho. Luego define el delito, los sujetos del delito, los elementos positivos y negativos, y la prelación lógica de los elementos del delito.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito. Explica conceptos clave como sujetos del delito, objetos del delito, elementos positivos y negativos del delito, nexo causal, resultado, objeto jurídico y objeto material. También describe teorías del delito como la teoría absolustista, teorías relativas de la pena como las teorías preventivas y teorías mixtas. Finalmente, presenta un breve artículo sobre las penas y medidas de seguridad de acuerdo al Código Penal Federal.
El documento describe la evolución de la teoría del delito a lo largo del siglo XX. Comenzó con el sistema clásico basado en el naturalismo, luego evolucionó al sistema neoclásico basado en valores, y luego a la teoría final de la acción basada en la filosofía ontológica. Más recientemente, se ha adoptado una síntesis neoclásico-finalista que distingue entre lo injusto y la culpabilidad, y enfatiza los juicios de valor. El funcionalismo propone atribuir nuevos contenidos a los
Este documento presenta un resumen de las principales teorías del delito. Expone conceptos como tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y diferentes teorías como el causalismo, causalismo valorativo, irracionalismo y finalismo. También describe las garantías penales y procesales de un Estado democrático como la legalidad, necesidad y culpabilidad.
El documento presenta conceptos fundamentales del derecho penal como el delito, la teoría del delito, el control social, la política criminal, la inflación penal, la emergencia penal, el minimalismo y el abolicionismo. Explica que el derecho penal castiga conductas desviadas mediante penas para garantizar el cumplimiento de la ley y proteger bienes jurídicos. Define el delito como una acción típica, antijurídica y culpable, y presenta diferentes teorías del delito como el causalismo, el neokantismo y el finalismo.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitolachita2810
El documento resume los elementos y estructura del concepto de delito según la teoría general del derecho penal. Explica que un delito consta de dos juicios: uno de antijuricidad sobre el acto y otro de culpabilidad sobre el autor. La antijuricidad incluye elementos como la acción u omisión, medios, objetos y resultado, mientras que la culpabilidad considera la imputabilidad y conocimiento del autor. Para que exista un delito debe haber tanto antijuricidad como culpabilidad. Además, el hecho debe adecuarse
Este documento define y analiza el concepto de acción como el primer elemento del delito desde una perspectiva del derecho penal. Explica que la acción es una manifestación voluntaria de una conducta externa que puede ser positiva o negativa y que causa un cambio en el mundo exterior conocido como resultado. También analiza los conceptos de tipicidad y atipicidad, definiendo la tipicidad como la adecuación de un hecho a la descripción legal de ese hecho en la ley penal. Finalmente, examina las causas que pueden dar lugar a la ausencia
El documento presenta una introducción a la teoría general del delito, describiendo sus principales elementos y sistemas de análisis. Define el delito como una conducta típica, antijurídica y culpable, y explica los sistemas causal, finalista y funcionalista para analizar su estructura. Además, analiza conceptos como tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad según diferentes enfoques teóricos.
Este documento presenta una introducción a conceptos fundamentales de la teoría del delito en derecho penal. Explica brevemente las diferentes teorías del delito que se han desarrollado a lo largo del tiempo, como el causalismo, el neokantismo, el finalismo y el funcionalismo, destacando los elementos que cada una considera para definir el delito y la culpabilidad.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito. Resume los diferentes niveles de análisis de la teoría del delito y las escuelas o corrientes de la teoría del delito. También define conceptos clave como la conducta humana, la acción, la omisión y la tipicidad.
Este documento presenta un resumen de los principales conceptos y teorías sobre el delito en derecho penal. Explica que el delito requiere de una conducta típica, antijurídica y culpable. Además, describe las principales teorías que han tratado de explicar el delito, como la teoría causalista, finalista y funcionalista. Finalmente, ofrece definiciones legales, teóricas y positivas de lo que constituye un delito.
El documento resume las teorías sobre los elementos del delito. Brevemente describe que el primer elemento del delito es la acción voluntaria humana y las causas que pueden excluir una acción como caso fortuito o fuerza irresistible. Luego analiza las teorías sobre la relación de causalidad, incluyendo la teoría de la última condición y la teoría de la condición más eficaz. Finalmente, clasifica los tipos penales según la conducta, el daño y el resultado.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito desde diferentes perspectivas. Explica conceptos clave como tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad e imputabilidad. También describe las escuelas clásica y positivista, así como el sistema causalista de Franz Von Liszt, que analiza el delito como una estructura integrada por elementos objetivos y subjetivos. Finalmente, define conceptos como dolo, culpa, preterintencionalidad e inculpabilidad.
Este documento presenta un resumen de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como base para explorar un problema. Luego, describe las principales escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito como la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos centrales de la teoría del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad y culp
El documento presenta una introducción a la teoría del delito desde diferentes perspectivas. Aborda conceptos como tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad y culpabilidad. También describe las escuelas clásica y positivista, así como el sistema causalista de Franz Von Liszt, que analiza el delito como una estructura integrada por elementos como la acción, resultado y nexo causal. Finalmente, define brevemente conceptos como atipicidad, causas de justificación e inimputabilidad.
Este documento presenta un resumen de varios conceptos clave de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como punto de partida para estudiar un problema. Luego describe las diferentes escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito, incluyendo la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos fundamentales del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imp
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Expone brevemente tres teorías principales: el causalismo, el neokantianismo y el funcionalismo. Cada teoría propone una conceptualización diferente de los elementos constitutivos del delito, como la acción, la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad. El documento también menciona distintas corrientes y autores dentro de cada teoría.
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Expone brevemente tres teorías principales - el causalismo, el neokantianismo y el funcionalismo - y cómo cada una aborda los elementos constitutivos del delito (acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad). También menciona algunos autores representativos de cada teoría y cómo han evolucionado los enfoques a lo largo del tiempo.
El documento explica los conceptos fundamentales de la tipicidad en derecho penal, incluyendo la tipicidad objetiva y subjetiva, las clases de tipos penales según cómo se define la acción prohibida, y las teorías causales relevantes para determinar la relación entre la acción y el resultado en un delito. También resume los elementos y niveles que deben considerarse para comprobar la tipicidad objetiva de una conducta de acuerdo con la ley.
El documento resume las principales etapas en el desarrollo histórico del derecho internacional público. Sus orígenes se remontan al derecho romano aplicado a los ciudadanos no romanos. Durante la Edad Media no existía una comunidad internacional organizada debido al feudalismo. En la Edad Moderna surgieron los primeros acuerdos y tratados entre Estados soberanos. La Paz de Westfalia en 1648 es considerada un hito al romper los vínculos entre los Estados y el Imperio. En la Edad Contemporánea, sucesos como
Concepto y fuentes del Derecho Internacional Publico Del Trabajo
Concepto de Derecho Internacional Público del Trabajo
Normas elaboradas por conferencias gubernamentales especiales auspiciadas por la O.I.T.
Normas elaboradas por la ONU
Normas elaboradas por organismos regionales
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Este documento trata sobre las fuentes del derecho internacional privado. Explica que existen múltiples métodos para estudiar las fuentes, como los métodos inductivo, deductivo y analítico. Además, describe las diferentes clasificaciones de las fuentes, incluyendo las fuentes formales e informales, y las fuentes internas e internacionales. Finalmente, analiza en detalle las principales fuentes como la ley, los tratados internacionales, la jurisprudencia y la doctrina.
Este documento presenta una lección sobre el Derecho Tributario impartida por el Dr. Rubén Sanabria Ortiz. En la lección, el Dr. Sanabria Ortiz discute las conceptualizaciones del Derecho Tributario, su autonomía y legitimidad, sus divisiones y su relación con otras ramas del Derecho. Al final de la clase, los estudiantes podrán explicar estas características fundamentales del Derecho Tributario.
Este documento presenta una introducción al derecho tributario, incluyendo definiciones de conceptos clave como tributo, impuesto, tasa, contribución especial, precio público y exacción parafiscal. Explica los principios de legalidad tributaria, hecho generador, obligación tributaria, exención tributaria y régimen sancionatorio. Además, describe la administración tributaria y sus funciones de percepción e investigación de tributos.
El documento presenta una introducción al concepto de derecho mercantil. Explica que el derecho mercantil es un derecho privado que regula las relaciones entre particulares en el ámbito comercial. Luego define los sujetos del derecho mercantil como las personas naturales y jurídicas que realizan actos de comercio. Finalmente, resume algunas características clave del derecho mercantil como su naturaleza consuetudinaria, su tendencia a la internacionalización y su énfasis en principios como la buena fe y la seguridad en
El documento resume las relaciones entre el derecho penal y el derecho del trabajo. Explica algunos tipos penales relacionados con el derecho individual del trabajo como la falta de probidad, las vías de hecho y las injurias graves. También describe delitos como el hurto, robo con fuerza y violencia que pueden constituir faltas de probidad si se cometen en el lugar de trabajo.
El documento describe el derecho mercantil como la rama del derecho que regula la actividad comercial. Define los elementos clave como las empresas, los actos de comercio y los comerciantes. Explica las características de las empresas mercantiles, incluidas las sociedades mercantiles como la sociedad anónima y de responsabilidad limitada. También cubre temas como la quiebra y la extinción de las sociedades mercantiles.
Es una rama del Derecho público, dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común. Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la homogeneidad de su regulación, ha adquirido un tratamiento sustantivo.
El documento trata sobre los derechos de propiedad intelectual y su impacto en las comunidades indígenas y campesinas. Explica que los derechos de propiedad intelectual favorecen el monopolio y limitan el libre intercambio de semillas. Como ejemplo, presenta la patente sobre variedades de quinua obtenida por una universidad estadounidense, la cual afecta los derechos de las comunidades andinas. También describe las características del conocimiento tradicional de los pueblos y los riesgos que enfrentan ante
El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.
El Derecho tributario o Derecho fiscal es una rama del Derecho público, dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común. Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la homogeneidad de su regulación, ha adquirido un tratamiento sustantivo.
Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.
El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.
Este documento presenta una lección sobre el Derecho Tributario impartida por el Dr. Rubén Sanabria Ortiz. En la lección, el Dr. Sanabria Ortiz explica las conceptualizaciones del Derecho Tributario, su autonomía y legitimidad, sus divisiones e interrelación con otras ramas del Derecho. Al final, propone preguntas para evaluar la comprensión de los estudiantes sobre los temas cubiertos.
Este documento trata sobre el derecho de sucesiones. Explica conceptos como la sucesión, los herederos, los legatarios y la indignidad. Define la sucesión como la transmisión de los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Describe los diferentes tipos de herederos y legatarios, así como los fundamentos y elementos de la sucesión. Finalmente, detalla aspectos como la apertura de la sucesión, la capacidad para suceder y las causales de exclusión por indignidad.
Este documento describe la evolución de los órganos judiciales españoles en materia mercantil antes y después de la reforma concursal de 2003. Antes de la reforma, los juzgados de primera instancia tenían jurisdicción sobre asuntos mercantiles. Después de la reforma, se crearon juzgados mercantiles uniprovinciales y tribunales especializados en marcas comunitarias, aunque el panorama de órganos sigue siendo heterogéneo. La reforma también enfatizó la especialización de magistrados y fiscales en dere
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
8. Explicación fundamental de los principios y las garantías constitucionales que influyen
en el sistema de la teoría del delito
LEGALIDAD CULPABILIDAD PRINC. DE ACTO PROPORC. MIN. INTERV.
exigencia de que la
descripción de las acciones
amenazadas con pena esté
contenida en la ley.
Este principio ha sido
expresado por Anselm von
Feuerbach: nullum crimen,
nulla poena, sine lege
praevia (no hay delito, no
hay sanción, sin ley previa.
UNo de los logros más
reconocibles del
movimiento intelectual y
político revolucionario
francés.
La garantía se encuentra
reconocida también en el
derecho internacional de los
derechos humanos. En
nuestro derecho positivo
constitucional el principio se
encuentra receptdo en el
art. 18 de la C.N. y
complementado en el art.
19 en su manifestación de
“reserva de ley”.
No hay crimen sin culpa:
uno de los cimientos
ideológicos del derecho
penal liberal.
El sujeto activo debe
haber tenido la
posibilidad de optar
entre la infracción de la
norma y la motivación a
favor del ordenamiento
jurídico.
El sujeto ha debido tener
la posibilidad de elegir
entre lo ilícito y lo no
lícito. No hay posibilidad
de imputación en casos
de responsabilidad
meramente objetiva,
caso fortuito, o ausencia
de dolo o imprudencia.
Las normas tienden a
una función de
comunicación y
motivación
Se exige que la
intervenciòn del derecho
penal se manifieste
siempre frente a sucesos
que expresan un
comportamiento y con
ello exceden del ámbito
de lo interno del sujeto.
Aquello que no sea una
acción no puede ingresar
al ámbito de la regulación
jurídico penal.
Hay una relación que
debe ser respetada en
todo el sistema y que
remite a que lo más
grave (en términos de
importancia del bien
jurídico e intensidad
de la lesión) debe
merecer más pena.
Ello incluso marca un
criterio de
organización
dosimétrica de la pena
y define el ámbito de
actuación de los tipos
penales.
El derecho penal es
una herramienta que
debe ser utilizada
socialmente de
modo acotado. Es un
valor en el tejido
social que el control
jurídico penal no se
exponga con gran
protagonismo. De
ello se deriva una
preocupación por los
límites del derecho
penal y una
interpretación
restrictiva de las
normas imperativas.
9. El papel de las garantías constitucionales en el sistema de la teoría del delito
10. La lectura en clave garantista del sistema de la teoria del delito
11. ¿En qué lugares sistemáticos influyen las garantías
constitucionales?
• Principio de acto
• Principio de legalidad
• Principio in dubio pro libertate
• Principio de culpabilidad
• Principio de proporcionalidad
• Principio de lesividad
• Principo Exclusiva Protección
de Bienes Jurídicos.
Accion-Tipicidad
Tipicidad-Antijuricidad-Punibilidad
Tipicidad-Antijuricidad-Punibilidad
Tipicidad-Antijuricidad
Culpabilidad
Punibilidad-Atribuibilidad
Tipicidad
12. EL CAMINO DE INTERPRETACIÓN EN EL
TRABAJO CON CASOS
TEXTO DE LA LEY:
El artículo que
Corresponda del Código
Penal
INTERPRETACIÓN:
Descomposición de los
elementos esenciales de la
descripción de la acción que
regula la norma
TIPO PENAL
13. ACCIÓN TIPICIDAD ANTIJURICIDAD CULPABILIDAD PUNIBILIDAD SANCIÓN
PENAL
NO NO
SI NO NO
SI SI NO NO
SI SI SI NO NO
SI SI SI SI NO NO
SI SI SI SI SI SI
EL SISTEMA DE COMPROBACIÓN DE LAS CONDICIONS DE LA
PENA EXPUESTO DE MODO GRÁFICO
14. LAS EXIGENCIAS SISTEMÁTICAS DE CADA CATEGORÍA DEL SISTEMA DEL
HECHO PUNIBLE
Hay acción Si no se comprueba fuerza física irresistible,
un acto reflejo o un estado de absoluta
inconsciencia
Hay tipicidad
Si, en el plano de la tipicidad objetiva, se comprueba la
presencia de la totalidad de los elementos descriptivos
y normativos del tipo penal y, en plano de la tipicidad
subjetivo de un delito doloso, se comprueba la presencia
del conocimiento y la voluntad de realizar la acción
descripta en el tipo (cuando no hay un error de tipo)
Hay antijuricidad
Si no se verifica la presencia objetiva y subjetiva de una
Causa de justificación
Hay culpabilidad
Si no hay ninguna causal de inimputabilidad (minoridad
o incapacidad genérica de culpabilidad por razones
clínicas) y si no se verifica un caso de error de
prohibición
Hay punibilidad Si no hay ninguna excusa absolutoria o si se verifica la
presencia de la condición objetiva exigible en el caso
15. LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL SISTEMA DEL HECHO PUNIBLE
ETAPA EPOCA DE INFUENCIA PRINCIPALES
CARACTERÍSTICAS
PRINCIPALES
REPRESENTANTES
SISTEMA CLÁSICO 1906/1930 Neutralidad axiológica del
tipo.
Ilícito objetivo y culpabilidad
subjetiva.
Teoría de la culpabilidad
psicológica. Sistema de
tratamiento del unificado
del error
Ernst BELING-Franz V. LISZT
(antecedentes anteriores en
Stubel y Luden)
SISTEMA NEO-CLÁSICO 1930/1940 Influencia neokantiana
Perspectivas valorativas y
teleológicas
Edmund MEZGER
SISTEMA FINALISTA 1940/1970 Compromiso son puntos de
partida óntico-naturales
Elementos subjetivos en el
ilìcito
Hans WELZEL-Armin
KAUFMANN-Günther
STRATENWERTH
SISTEMA NORMATIVISTA 1970 hasta la actualidad Orientación out-put del
sistema.
Cierto compromiso polìtico-
criminal
Lleva el normativismo a las
últimas consecuencias
Claus ROXIN-Günther
JAKOBS
17. LA TIPICIDAD, COMO CATEGORÍA, SE COMPONE
DE DOS DIMENSIONES FUNDAMENTALES
Tipicidad objetiva:
En esta etapa se analiza si la
acción objetivamente
considerada se corresponde con
exactitud con aquello que de
modo abstracto se regula en la
norma.
Tipicidad subjetiva:
En esta etapa se analiza si el
autor ha tenido conocimiento y
voluntad de realizar aquello que
ha realizado y que se encontraba
descripto en la norma (Dolo).
18. La categoría de la tipicidad
expresa las exigencias del
principio de legalidad para el
funcionamiento del derecho
penal (nullum crimen sine lege
praevia, scrita, stricta)
Ello significa básicamente
Que no es posible analizar la
tipicidad de conducta alguna frente a
normas consuetudinarias (lex scrita)
Que no es posible concluir en la
tipicidad de una conducta a partir de
procedimientos analógicos o de
interpretación extensiva.
21. Clases de tipos penales según el
modo de definición de la acción
prohibida o mandada
Delitos de lesión o de peligro: según el tipo
penal esté definido como exigencia de un
Resultado lesivo o de un riesgo. Delitos de
Peligro concreto: se exige la demostración
en el caso del peligro individual. Delitos de
Peligro abstracto: el peligro sólo se
Predica de una clase de acciones, sin
Exigencia de verificación en el caso
Individual.
Delitos de resultado o de mera actividad:
según sea verificable una acción
independiente del resultado o ya el mismo
desarrollo de la acción implique en forma
contemporánea el resultado lesivo
22. Instancias que deben comprobarse en la
tipicidad objetiva
Tipo objetivo
Elementos especiales
de la autoría
Elementos descriptivos
y normativos particulares
de cada tipo penal
Relación de imputación
entre acción y resultado
Resultado
Acción
23. Comprobación de la presencia de la
acción
Circunstancias que
excluyen la acción
Fuerza física
irresistible
Acto reflejo
Estado de absoluta
inconsciencia
24. Elementos de la autoría
Clases de tipos penales según
las características del
autor
Delitos especiales propios: requieren una
característica en el sujeto activo (como
ser funcionario público) que si no se
verifica la conducta no es típica
Delitos especiales impropios: requieren una
característica en el sujeto activo (por
ejemplo, relación familiar entre autor y
víctima) que califica especialmente la
punibilidad (atenuándola o agravándola)
25. Teorías
causales
Equivalencia de
las condiciones o
teoría de la
condición
De la causalidad
adecuada
De la relevancia
típica
Introducida por Glaser y
desarrollada por v. Buri.
“Toda condición es
equivalentemente causa, si al
suprimirla hipotéticamente, el
resultado desaparece
Fundada por v. Kries.
“La condición debe ser
adecuada al resultado
según la experiencia
general”.
Desarrollada por Mezger
“Se centra no en la
esencia meramente
causal, sino en la
relevancia típica de la
condición que se analiza e
imputa al autor”
Evolución de las teorías causales
26.
27. Niveles de la
teoría de la
imputación
objetiva
Creación de un
riesgo jurídico-
penalmente
relevante
Imputación del
Resultado al riesgo
relevante
Corrección político
criminal de la
imputación
•Riesgo
•Elevación del Riesgo
•Elevación del Riesgo por
encima de la franja del riesgo
permitido
•Principio de confianza
•Ambito de protección de
la norma
•Comportamiento
alternativo conforme al
derecho
•Prohibición de regreso
•Imputación a la víctima
(consentimiento, asunción
del riesgo, dominio del
hecho por parte de la
víctima e imprudencia de
la víctima).
•Insignificancia
•Adecuación social
Dimensiones de la imputación en la tipicidad
objetiva: la teoría de la imputación objetiva
28. RIESGO: Lo primero reside en saber si la acción ha creado,
básicamente, un riesgo. Sin riesgo como perjuicio mínimo o
de base, no hay tipicidad
ELEVACIÓN DEL RIESGO: no hay imputación objetiva si el sujeto
ha generado un riesgo menor a efectos de suplantar un riesgo
mayor latente en el caso de la vida real. Este gambito
beneficioso no puede implicar estar dentro del ámbito de lo
prohibido. Es por ello que la segunda exigencia consiste en que
la acción no sólo genere un riesgo, sino que este riesgo
implique un aumento del nivel de riesgo latente
RIESGO PERMITIDO: Todavía existen casos en los cuales una
acción genera un riesgo, este riesgo se eleva por encima del
nivel de riesgo latente, pero el comportamiento se expresa en
el marco de un margen de permisión normativa dentro del
umbral de riesgo permitido
SI TODOS ESTOS REQUISITOS SE CUMPLEN LA ACCIÓN SE
ENCUENTRA LEGITIMADA PARA LA POSIBLE IMPUTACIÓN DEL
RESULTADO, SI NO HAY OBSTÁCULOS EN EL SEGUNDO JUICIO
DE IMPUTACIÓN
29. Juicio de imputación “estricto sensu” Descripción
Principio de confianza No forma parte de la imputación la
actuación correcta del sujeto en la
confianza de que su interlocutor
coyuntural o planificado respetará su
deber objetivo de cuidado
Comportamiento alternativo
conforme a derecho
Prohibición de regreso
Ambito de protección de la
norma
Imputación a la víctima
33. EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PENAL SE
COMPONE DE DOS TIPOS DE NORMAS
Normas imperativas:
Son las normas “principales” del
sistema normativo del derecho penal
y las que definen o estipulan un
deber de actuar (cuya lesión da lugar
a los delitos de omisión) o de omitir
(cuya lesión da lugar a los delitos de
comisión). La infracción de esas
normas se analiza en la tipicidad.
Normas permisivas:
Son las normas que definen un
permiso o facultad para actuar, aún
cuando ese ejercicio o facultad
implique la lesión de una norma
imperativa. En la teoría del delito
estas normas dan lugar a las
eximentes denominadas “causas de
justificación”
34. Las normas imperativas surgen
con exclusividad del
ordenamiento jurídico penal
En cambio, las normas
permisivas pueden
Provenir del código penal sustantivo,
como sucede con las causas de
justificación más clásicas (ej.
Legítima defensa)
Provenir de sectores externos al
derecho penal, como sucede con los
permisos que provienen del derecho
procesal penal, del derecho
administrativo, del derecho civil, etc.
Provenir de leyes Especiales
que regulan ámbitos específicos
del derecho penal
35. Los principios justificantes
Se trata de aquellos puntos de partida axiológicos que permiten
explicar los fundamentos de las causas de justificación. A este
respecto existen dos teorías
Teorías
sobre el
fundamento
axiológico de
las causas de
justificación
Teorías
monistas
Teorías pluralistas
Con un único punto de vista pretenden
fundamentar todas las causas de
justificación (“bien preponderante” o
“más utilidad que daño social”).
Parten de la base de que no hay un
solo presupuesto para explicar los
permisos justificantes (“idea de
ponderación de bienes”, “idea del
fin”, “ausencia de interés”, etc.)
Los fundamentos axiológicos de las
causas de justificación
36. El efecto sistemático de las causas de justificación
• Excluyen la antijuricidad.
• La exclusión de la antijuricidad del comportamiento del autor, se
traslada y beneficia al partícipe.
• Es muy discutido si las causas de justificación tienen efectos
universales desde el punto de vista jurídico.
37. Primer nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la
comprobación del tipo objetivo de los permisos justificantes
En el tipo objetivo de las causas de justificación se comprueba que se
encuentren presentes en la realidad todos los extremos que el legislador
ha definido como presupuestos ineludibles de la existencia del permiso.
Segundo nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la
comprobación del tipo subjetivo de los permisos justificantes
En el tipo subjetivo de las causas de justificación se comprueba que el
sujeto tenga conocimiento de la presencia de los elementos ya verificados
en el tipo objetivo y que tenga voluntad de actuar en el marco del permiso
(conocimiento y voluntad).
38. Causas de
justifica-
ción más
tradiciona
les
Legítima
defensa
Estado de
necesidad
Conflicto de
deberes
-agresión ilegítima, falta
de provocación,
necesidad racional del
medio empleado.
-Conflicto de males o
bienes (situación de
necesidad de
sacrificar un bien)
ajenidad frente al
conflicto, evitación
del mal mayor.
-Existencia de dos
deberes de diferente
o similar jerarquía,
imposibilidad de
cumplimiento de
ambos, haber sido
ajeno al conflicto,
cumplimiento del
deber de mayor
importancia.
CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN:
requisitos
41. Clase de error Elemento
sobre el que
recae
Efectos
Teoría de la
culpabilidad
estricta
Efectos
Teoría de la
culpabilidad
limitada
Error de tipo Circunstancias
relevantes del
tipo objetivo
(i) Excluye dolo y
la imprudencia.
(e) Subsiste la
imprudencia
Igual
Error de
prohibición
Antijuricidad o
justificación
(i) Excluye
culpabilidad
(e) Reduce
culpabilidad
Sobre los P.O. de
una causa de
Justificaciòn, igual
a un error de tipo
Error de
Punibilidad
Atribuibilidad-
Culpabilidad-
Punibilidad
Excluye la pena Excluye la pena
SISTEMA DE LA TEORÍA DEL ERROR
42.
43. Reglas esenciales para la solución de
casos a través de la teoría del delito
Reglas para la solución
de casos
Cada nivel analítico requiere un proceso de subsunción
particular
Cada nivel analítico supone la comprobación exitosa de
las exigencias de los niveles anteriores
Cada nivel analítico exige que se determine un supuesto
de hecho particular.
El intérprete debe tomar la decisión de optar por
alguno de los sistemas analíticos posibles
Se deben dejar en claro los problemas teóricos
y prácticos que se encuentran en la base de
las decisiones fundamentales del caso que se
analiza
44. Concurso
Verdadero Ideal:
Una sola acción.
El tipo más grave
desplaza al menos
grave (absorción)
Real:
Varias acciones.
Las penas se
acumular de un
modo particular
(acumulaciòn)
Aparente Especialidad:
Un tipo penal
contiene todos los
elementos de otro
y alguno
caracterizador
(basico-agravado;
basico-atenuado).
Lex especialis
derogat lex
generalis
Consunción:
Todo el desvalor
de un tipo penal
ya es tomado en
cuenta en el otro
(tentaiva-
consumación)
Subsidiarie
dad expresa:
La misma norma,
por puras razones
polìtico-
criminales,
establece que no
es aplicable si otra
más relevante lo
es.
Teoría del concurso de delitos
45. Etapas del proceso de determinación de la pena
1) Determinación del supuesto de hecho de la
D.J.P.
2) Determinación de la escala del caso puntual.
3) Delimitación de la circunstancias a tener en
cuenta.
4) Puesta en evidencia de la orientación valorativa
de las circunstancias.
5) Pena puntual
46. Etapas del proceso de determinación de la pena
1) Determinación del supuesto de hecho de la D.J.P.
2) Determinación de la escala del caso puntual.
3) Delimitación de la circunstancias a tener en cuenta.
4) Puesta en evidencia de la orientación valorativa de las circunstancias
Agravantes y
5) Atenuanantes
6) Pena puntual
47. Criterios para la determinación judicial de la pena
1) Extensión del daño.
2) Grado de participaciòn en el hecho
3) Circunstancias de modo, lugar y tiempo
4) Imprudencia de la víctima
5) Reparabilidad del daño
6) Penal natural
7) Vulnerabilidad del autor
8) Grado de culpabilidad del autor.
9) Motivos del hecho.
48. Según el grado de desarrollo Según el grado de peligro
Acabada: según el plan del
autor se han dado todos los
pasos para la producción del
resultado
Idónea: el despliegue del
curso lesivo es apto para la
producciòn del resultado
Inacabada: según el plan del
autor aún quedan pasos para
lograr la producción del
resultado
Inidònea: ya sea por el medio
empleado, por las
caracterìsticas del sujeto
pasivo o por las caracterìsticas
del sujeto activo, el resultado
es imposible de lograr
mediante la tentativa.
EL DELITO TENTADO
49. FORMAS DE AUTORIA DESCRIPCIÓN
AUTORIA DIRECTA El sujeto domina en forma exclusiva o auto
explicable la conducción del suceso
COAUTORIA Más de un sujeto contribuyen al dominio
del hecho por parte del conjunto
AUTORIA MEDIATA Un sujeto utiliza como instrumento a otro
que no es punible y por esa razón es
permeable a ceder el dominio del hecho en
el que está detrás
AUTORIA POR DOMINIO DE LA
ORGANIZACIÓN
Un sujeto domina la voluntad de un
aparato de poder y por ello se asegura la
ejecución del acto, más allá de la distancia
bucrocrática
FORMAS DE AUTORIA
50. TEORÍA PUNTOS DE
PARTIDA
PRINCIPALES
REPRESENTANTES
FORMAL-OBJETIVA Quien ejecuta por sí mismo
el tipo penal.
BELING-V.LISZT
MATERIAL-OBJETIVA Necesidad del aporte
causal.
Supremacía del autor.
“Simultaneidad de la
cooperación”.
BIRKMEYER; DAHM, R.
SCHMIDT.
SUBJETIVA Querer el hecho para uno
mismo o quererlo para
otro.
BINDING, NAGLER, V.
BURI, BOCKELMANN,
DOMINIO DEL HECHO Tener peno dominio del
hecho, tener “las riendas
de la conducción del curso
lesivo”.
HEGLER, WELZEL,
MAURACH, GALLAS,
LANGE, ROXIN
INFRACCIÓN DEL DEBER Quien tiene el deber y lo
incumple, en forma
independiente de que la
forma de su
incumplimiento sea activa
u omisiva
ROXIN
JAKOBS
TEORÍAS DE LA AUTORÌA
51. TIPO DE
ACCESORIEDAD
CONSECUENCIAS TESIS SOBRE
ACCESORIEDAD
INTERNA
EXTERNA Para que el partícipe sea
punible, el autor debe
comenzar la ejecución.
INTERNA Ciertas circunstancias
eximentes del autor son
trasladables al partícipe.
Mínima: solo la
atipicidad es trasladable.
Limitada: es trasladable
hasta la justificaciòn
(eventualmente
atribuibilidad).
Máxima: se trsslada
hasta la inculpabilidad.
Hiperaccesoriedad:
Incluso la falta de
punibilidad es
trasladable.
52. Formas de participación Descripción
Instigación Creación del dolo en cabeza
del autor
Complicidad primaria Presta al autor o coautor una
ayuda sin la cual el hecho no
se hubiera podido cometer
Complicidad secundaria Presta una ayuda que
colabora con el hecho, pero
no llega a tener la importancia
de la que caracteriza a la
complicidad primaria
LA PARTICIPACIÓN PUNIBLE
53. REQUISITOS TIPICOS DESCRIPCIÓN
Acción Comportamiento exterior que satisfaga
las exigencias del principio de acto
constitucional
Creación de un riesgo jurídico-
penalmente relevante –violación del
deber objetivo de cuidado a través de la
violación de las reglas específicas de la
actividad.
Primer juicio de imputación objetiva.
Legitimidad de la acción para la
imputación del resultado.
Manifestación del riesgo en el resultado
–imputación objetiva stricto sensu-
Segundo juicio de imputación. Si fracasa
no hay imputación del resultado y no
hay tipicidad
Conocimiento y voluntad del tipo de
peligro y de la contrariedad
antirreglamentaria.
Sólo verificable en la culpa consciente.
Culpa inconsciente: un claro caso de
responsabilidad objetiva violatoria del
principio de culpabilidad.
DELITO IMPRUDENTE
54. DELITO DE OMISIÓN
Requisitos del ilícito omisivo Breve descripción
Omisión propia Sanción a meros deberes de solidaridad.
El omitente no tiene una relación especial
con el bien jurídico o el peligro
Situación geneadora del deber de actuar. Por ser garante de bienes o de riesgos
Capacidad de cumplir con el mandato de
auxilio
Sin riesgo personal
Incumplimiento del mandato de auxilio Sólo aquella acción que tiene las mayores
chances de salvataje es la obligada.
Omisión impropia (más): Una relación especial con el bien o el
peligro. Tan legisladas como las omisiones
propias.
Posición de garante Fuente: acción precedente, relación vital,
relación contractual, comunidad de
riesgos, etc.
Imputación objetiva del resultado Curso hipotético
Resultado La lesión que se petende evitar.