El documento establece modificaciones al presupuesto general de gastos de la provincia de Río Negro para el año fiscal en curso. Se modifican los cálculos de recursos, el resumen de gastos por organismo y objetivo del gasto, y el presupuesto general de gastos de acuerdo a los detalles provistos en tres planillas anexas. También se modifica el manual de clasificadores presupuestarios para incorporar nuevos códigos y clasificaciones.
Este documento establece las directrices para la financiación de gastos en el marco del presupuesto provincial para 2013. Se financiarán los gastos con rentas generales y recursos específicos de cada jurisdicción. Se priorizarán gastos en personal, educación, salud, niñez y seguridad con rentas generales. Los recursos específicos se usarán para otros gastos y obras públicas según la ley de presupuesto. También se habilita el proceso de revisión extraordinaria de tarifas de desagües cloacales en San Carlos de Bar
La resolución aprueba el uso del Formulario F-110 v.3, el Módulo Formulario Electrónico F-110 v.3 FACILITO, el Módulo Agente de Retención RC-IVA FACILITO y el aplicativo QRquincho. Establece los procedimientos para el llenado y presentación del Formulario F-110 v.3 por contribuyentes en relación de dependencia, contribuyentes directos del RC-IVA, contribuyentes del IUE y el tratamiento de la información por los agentes de retención.
Este documento presenta el Código Tributario Boliviano. Establece normas sustantivas y materiales sobre los tributos en Bolivia. Define conceptos clave como sujetos de la relación jurídica tributaria, hechos generadores, base imponible, deuda tributaria y garantías. Además, regula los procedimientos tributarios, recursos administrativos, ilícitos tributarios y procesos para recurrir decisiones de la Superintendencia Tributaria.
Teniendo en cuenta que, a través del decreto 394/2016, del 22/2/2016, se incrementaron a partir del 1/1/2016 los importes de las deducciones personales (ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial) previstas en la ley de impuesto a las ganancias, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido la resolución general 3898 (31/5/2016).
Este documento presenta modificaciones a la Ley No 29623 sobre financiamiento a través de facturas comerciales y amplía el plazo para acogerse al Fondo de Garantía Empresarial. Se modifican artículos relacionados al contenido y transferencia de facturas negociables, así como plazos de pago. También se incorporan nuevos artículos y se amplía el plazo para acceder al Fondo de Garantía Empresarial, con el objetivo de facilitar el financiamiento a micro, pequeñas y medianas empresas.
La resolución modifica y agrega sanciones a la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0033-16 sobre clasificación de sanciones por incumplimiento de deberes formales. Se modifican las sanciones para agentes de información que presenten información fuera de plazo o incompleta, y se agregan sanciones para proveedores que no presenten contratos de comisión o información a tiempo. También se incorpora una disposición sobre aplicación de multas por presentación fuera de plazo.
Este documento resume los requisitos y procedimientos para la rendición de cuentas de los candidatos del Partido Cambio Radical para las elecciones del 9 de marzo de 2014. Los candidatos deben presentar los formularios 5B y anexos con los soportes contables antes del 17 de marzo. El partido debe consolidar esta información y presentarla junto con un dictamen de la auditoría.
Este documento reglamenta la implementación del Sistema de Facturación Virtual (SFV) en Bolivia. El SFV permite la emisión de facturas de forma electrónica u otras modalidades a través de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales. Se establecen disposiciones generales, definiciones, alcance, exclusiones y otros aspectos técnicos, formales y legales relacionados con la emisión y registro de facturas a través del sistema. El objetivo es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y
Este documento establece las directrices para la financiación de gastos en el marco del presupuesto provincial para 2013. Se financiarán los gastos con rentas generales y recursos específicos de cada jurisdicción. Se priorizarán gastos en personal, educación, salud, niñez y seguridad con rentas generales. Los recursos específicos se usarán para otros gastos y obras públicas según la ley de presupuesto. También se habilita el proceso de revisión extraordinaria de tarifas de desagües cloacales en San Carlos de Bar
La resolución aprueba el uso del Formulario F-110 v.3, el Módulo Formulario Electrónico F-110 v.3 FACILITO, el Módulo Agente de Retención RC-IVA FACILITO y el aplicativo QRquincho. Establece los procedimientos para el llenado y presentación del Formulario F-110 v.3 por contribuyentes en relación de dependencia, contribuyentes directos del RC-IVA, contribuyentes del IUE y el tratamiento de la información por los agentes de retención.
Este documento presenta el Código Tributario Boliviano. Establece normas sustantivas y materiales sobre los tributos en Bolivia. Define conceptos clave como sujetos de la relación jurídica tributaria, hechos generadores, base imponible, deuda tributaria y garantías. Además, regula los procedimientos tributarios, recursos administrativos, ilícitos tributarios y procesos para recurrir decisiones de la Superintendencia Tributaria.
Teniendo en cuenta que, a través del decreto 394/2016, del 22/2/2016, se incrementaron a partir del 1/1/2016 los importes de las deducciones personales (ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial) previstas en la ley de impuesto a las ganancias, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido la resolución general 3898 (31/5/2016).
Este documento presenta modificaciones a la Ley No 29623 sobre financiamiento a través de facturas comerciales y amplía el plazo para acogerse al Fondo de Garantía Empresarial. Se modifican artículos relacionados al contenido y transferencia de facturas negociables, así como plazos de pago. También se incorporan nuevos artículos y se amplía el plazo para acceder al Fondo de Garantía Empresarial, con el objetivo de facilitar el financiamiento a micro, pequeñas y medianas empresas.
La resolución modifica y agrega sanciones a la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0033-16 sobre clasificación de sanciones por incumplimiento de deberes formales. Se modifican las sanciones para agentes de información que presenten información fuera de plazo o incompleta, y se agregan sanciones para proveedores que no presenten contratos de comisión o información a tiempo. También se incorpora una disposición sobre aplicación de multas por presentación fuera de plazo.
Este documento resume los requisitos y procedimientos para la rendición de cuentas de los candidatos del Partido Cambio Radical para las elecciones del 9 de marzo de 2014. Los candidatos deben presentar los formularios 5B y anexos con los soportes contables antes del 17 de marzo. El partido debe consolidar esta información y presentarla junto con un dictamen de la auditoría.
Este documento reglamenta la implementación del Sistema de Facturación Virtual (SFV) en Bolivia. El SFV permite la emisión de facturas de forma electrónica u otras modalidades a través de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales. Se establecen disposiciones generales, definiciones, alcance, exclusiones y otros aspectos técnicos, formales y legales relacionados con la emisión y registro de facturas a través del sistema. El objetivo es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y
Este documento proporciona información sobre el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú, incluyendo la definición del RUC, la obligación de inscribirse, los tipos de actividades económicas, los procedimientos para la inscripción de personas naturales, jurídicas y otros, así como trámites relacionados como la declaración de establecimientos anexos y cambios a la fecha de inicio de actividades.
Este documento proporciona información sobre el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú, incluyendo la definición del RUC, la obligación de inscribirse, los tipos de actividades económicas registradas, los procedimientos para inscribirse como persona natural, sociedad conyugal o sucesión indivisa, y los requisitos para modificar la información registrada.
Resolución de 26 de febrero de 2016, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado, por la que se modifican los modelos establecidos en la Orden
JUS/206/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban nuevos modelos para
la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos
obligados a su publicación, y se da publicidad a las traducciones a las lenguas
cooficiales propias de cada comunidad autónoma.
El documento establece el nuevo sistema de facturación virtual vigente desde enero de 2016. Describe siete modalidades de facturación, incluyendo facturación manual, preimpresa, computarizada, a través de la oficina virtual y sistemas de facturación. También cubre los procedimientos de dosificación y inactivación de facturas, y obligaciones tributarias para diferentes tipos de contribuyentes como asalariados, profesionales independientes y propietarios de inmuebles de alquiler.
El documento establece que las empresas cuyos ingresos anuales sean iguales o excedan los 3,000 UIT deben presentar estados financieros auditados a la SMV según normas internacionales de información financiera. Además, se aprueban normas sobre la presentación de estados financieros auditados para diferentes tipos de empresas según el monto de sus ingresos, estableciendo fechas límite para la presentación en los años 2012, 2013, 2014 y 2015. Finalmente, se detallan sanciones para las empresas que no presenten la información financiera
La RND 10-0030-15 establece el sistema Facilito para que los contribuyentes puedan llenar de forma más fácil la información tributaria a partir de enero de 2016. Facilito ofrece servicios como inscripción y modificación de información biométrica, presentación de declaraciones juradas, y consultas de situación y extracto tributario.
Este documento describe los requisitos y tasas para varios trámites relacionados con licores en una jurisdicción municipal, incluyendo el sellado de libros, renovación y otorgamiento de licencias para la venta de bebidas alcohólicas, permisos temporales, modificaciones a licencias, y el cese de actividades de venta de licores. Se especifican documentos requeridos como cédulas de identidad, recibos de pago, y permisos de otras autoridades, así como tasas administrativas que van de 2 a 150 unidades tributarias depend
1) Se modifican diversos aspectos relacionados con inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura para PYMES. 2) Se actualizan las pautas del Convenio Multilateral sobre regímenes de recaudación de impuestos. 3) Se incrementa la alícuota de percepción del impuesto sobre ingresos brutos en la Ciudad de Buenos Aires al 2%.
Por el cual se adiciona un título 5, denominado Normas de Información Financiera para Entidades
que no CUrT)plen la Hipótesis de Negocio en Marcha, a la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 2420 de
2015, Unico Reglamentario de las Normas de Contabilidad, Información Financiera y de
Aseguramiento de la Información, y se dictan otras disposiciones.
Tomado de la siguiente pagina:
http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO
El documento describe las bases legales y procedimientos para el Fondo Negro Primero en Venezuela. Estipula que los organismos públicos deben aportar el 3% de contratos mayores a 2,500 UT al fondo, el cual distribuirá los fondos a proyectos sociales del ejecutivo (60%), organismos públicos (37%) y gastos operativos (3%).
Ley impositiva 2014 separata i brutos y detalle referenciasRoberto A. Pérsico
Este documento establece las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicables a diferentes actividades económicas en la provincia de Mendoza para el año 2014. Se detallan las alícuotas específicas para hoteles, restaurantes, transporte, comercio y otros servicios, así como importes mínimos mensuales para diferentes rubros. También se incluye un régimen simplificado para pequeños contribuyentes con facturación anual menor a $144.000.
Este documento resume varias normas tributarias recientes en Perú. Modifica el reglamento del impuesto a la renta para introducir nuevas reglas sobre deducciones. Aprueba un reglamento sobre el intercambio automático de información financiera con otros países como parte de la OCDE. Y resume varios informes de la SUNAT sobre temas tributarios como exoneraciones en la Amazonía y el momento de pago del impuesto a la renta cuando una retribución se recibe en varios años.
Deberes Formales de los Expendedores de Bebidas Alcoholicas en el municipio S...angelesdecharlys
El documento resume las obligaciones de quienes expenden bebidas alcohólicas en un municipio de Venezuela, incluyendo registrarse en un registro único, solicitar una licencia detallando información como el tipo de expendio y documentos de propiedad, y renovar anualmente la licencia presentando documentos fiscales y de inspección. También cubre permisos temporales para eventos.
Este documento es un decreto presidencial que establece un nuevo arancel de aduanas para Venezuela de acuerdo con los acuerdos del Mercosur. El decreto adopta la Nomenclatura Arancelaria Común del Mercosur y establece las tarifas aplicables a las importaciones en un cronograma de cuatro años. También establece excepciones y regímenes preferenciales para ciertos bienes de acuerdo con otros acuerdos internacionales. El decreto codifica los regímenes legales aplicables a la importación, exportación y tránsito
Este documento describe el impuesto sobre los ingresos brutos en la provincia de Mendoza. Define las actividades gravadas como el ejercicio habitual de comercio, industria, profesiones u otros negocios o servicios a título oneroso. Establece que la base imponible será los ingresos brutos devengados por las actividades gravadas durante el período fiscal. También enumera ciertos conceptos que no forman parte de la base imponible, como impuestos, reintegros de capitales, subsidios estatales y otros ingresos exentos
Este documento regula los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2015 en España. Se establecen los requisitos para declarar cada impuesto, incluyendo las exenciones y deducciones aplicables, así como los plazos y métodos para presentar las declaraciones. Además, se especifican las competencias de las comunidades autónomas respecto a ciertos aspectos de estos impuestos.
This document summarizes research on using smartphone technology to increase income stability among fish farmers in Senegal. It discusses how fish farming is a major industry in Senegal but many fish farmers live in poverty. The study explores implementing smartphone apps to help farmers track finances and market opportunities. A survey was conducted of students to understand their smartphone use, finding most use social media and financial apps and feel the latter helps manage their money. The document reviews related literature on ICT use in Senegal and income diversification strategies for farmers.
I'm from a place where people work hard and help their neighbors. We take pride in our community and support each other through good times and bad. Though we don't have much, we have love for each other and that is more than enough.
Este documento proporciona información sobre el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú, incluyendo la definición del RUC, la obligación de inscribirse, los tipos de actividades económicas, los procedimientos para la inscripción de personas naturales, jurídicas y otros, así como trámites relacionados como la declaración de establecimientos anexos y cambios a la fecha de inicio de actividades.
Este documento proporciona información sobre el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en Perú, incluyendo la definición del RUC, la obligación de inscribirse, los tipos de actividades económicas registradas, los procedimientos para inscribirse como persona natural, sociedad conyugal o sucesión indivisa, y los requisitos para modificar la información registrada.
Resolución de 26 de febrero de 2016, de la Dirección General de los Registros
y del Notariado, por la que se modifican los modelos establecidos en la Orden
JUS/206/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban nuevos modelos para
la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos
obligados a su publicación, y se da publicidad a las traducciones a las lenguas
cooficiales propias de cada comunidad autónoma.
El documento establece el nuevo sistema de facturación virtual vigente desde enero de 2016. Describe siete modalidades de facturación, incluyendo facturación manual, preimpresa, computarizada, a través de la oficina virtual y sistemas de facturación. También cubre los procedimientos de dosificación y inactivación de facturas, y obligaciones tributarias para diferentes tipos de contribuyentes como asalariados, profesionales independientes y propietarios de inmuebles de alquiler.
El documento establece que las empresas cuyos ingresos anuales sean iguales o excedan los 3,000 UIT deben presentar estados financieros auditados a la SMV según normas internacionales de información financiera. Además, se aprueban normas sobre la presentación de estados financieros auditados para diferentes tipos de empresas según el monto de sus ingresos, estableciendo fechas límite para la presentación en los años 2012, 2013, 2014 y 2015. Finalmente, se detallan sanciones para las empresas que no presenten la información financiera
La RND 10-0030-15 establece el sistema Facilito para que los contribuyentes puedan llenar de forma más fácil la información tributaria a partir de enero de 2016. Facilito ofrece servicios como inscripción y modificación de información biométrica, presentación de declaraciones juradas, y consultas de situación y extracto tributario.
Este documento describe los requisitos y tasas para varios trámites relacionados con licores en una jurisdicción municipal, incluyendo el sellado de libros, renovación y otorgamiento de licencias para la venta de bebidas alcohólicas, permisos temporales, modificaciones a licencias, y el cese de actividades de venta de licores. Se especifican documentos requeridos como cédulas de identidad, recibos de pago, y permisos de otras autoridades, así como tasas administrativas que van de 2 a 150 unidades tributarias depend
1) Se modifican diversos aspectos relacionados con inversiones en bienes de capital nuevos y obras de infraestructura para PYMES. 2) Se actualizan las pautas del Convenio Multilateral sobre regímenes de recaudación de impuestos. 3) Se incrementa la alícuota de percepción del impuesto sobre ingresos brutos en la Ciudad de Buenos Aires al 2%.
Por el cual se adiciona un título 5, denominado Normas de Información Financiera para Entidades
que no CUrT)plen la Hipótesis de Negocio en Marcha, a la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 2420 de
2015, Unico Reglamentario de las Normas de Contabilidad, Información Financiera y de
Aseguramiento de la Información, y se dictan otras disposiciones.
Tomado de la siguiente pagina:
http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO
El documento describe las bases legales y procedimientos para el Fondo Negro Primero en Venezuela. Estipula que los organismos públicos deben aportar el 3% de contratos mayores a 2,500 UT al fondo, el cual distribuirá los fondos a proyectos sociales del ejecutivo (60%), organismos públicos (37%) y gastos operativos (3%).
Ley impositiva 2014 separata i brutos y detalle referenciasRoberto A. Pérsico
Este documento establece las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicables a diferentes actividades económicas en la provincia de Mendoza para el año 2014. Se detallan las alícuotas específicas para hoteles, restaurantes, transporte, comercio y otros servicios, así como importes mínimos mensuales para diferentes rubros. También se incluye un régimen simplificado para pequeños contribuyentes con facturación anual menor a $144.000.
Este documento resume varias normas tributarias recientes en Perú. Modifica el reglamento del impuesto a la renta para introducir nuevas reglas sobre deducciones. Aprueba un reglamento sobre el intercambio automático de información financiera con otros países como parte de la OCDE. Y resume varios informes de la SUNAT sobre temas tributarios como exoneraciones en la Amazonía y el momento de pago del impuesto a la renta cuando una retribución se recibe en varios años.
Deberes Formales de los Expendedores de Bebidas Alcoholicas en el municipio S...angelesdecharlys
El documento resume las obligaciones de quienes expenden bebidas alcohólicas en un municipio de Venezuela, incluyendo registrarse en un registro único, solicitar una licencia detallando información como el tipo de expendio y documentos de propiedad, y renovar anualmente la licencia presentando documentos fiscales y de inspección. También cubre permisos temporales para eventos.
Este documento es un decreto presidencial que establece un nuevo arancel de aduanas para Venezuela de acuerdo con los acuerdos del Mercosur. El decreto adopta la Nomenclatura Arancelaria Común del Mercosur y establece las tarifas aplicables a las importaciones en un cronograma de cuatro años. También establece excepciones y regímenes preferenciales para ciertos bienes de acuerdo con otros acuerdos internacionales. El decreto codifica los regímenes legales aplicables a la importación, exportación y tránsito
Este documento describe el impuesto sobre los ingresos brutos en la provincia de Mendoza. Define las actividades gravadas como el ejercicio habitual de comercio, industria, profesiones u otros negocios o servicios a título oneroso. Establece que la base imponible será los ingresos brutos devengados por las actividades gravadas durante el período fiscal. También enumera ciertos conceptos que no forman parte de la base imponible, como impuestos, reintegros de capitales, subsidios estatales y otros ingresos exentos
Este documento regula los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2015 en España. Se establecen los requisitos para declarar cada impuesto, incluyendo las exenciones y deducciones aplicables, así como los plazos y métodos para presentar las declaraciones. Además, se especifican las competencias de las comunidades autónomas respecto a ciertos aspectos de estos impuestos.
This document summarizes research on using smartphone technology to increase income stability among fish farmers in Senegal. It discusses how fish farming is a major industry in Senegal but many fish farmers live in poverty. The study explores implementing smartphone apps to help farmers track finances and market opportunities. A survey was conducted of students to understand their smartphone use, finding most use social media and financial apps and feel the latter helps manage their money. The document reviews related literature on ICT use in Senegal and income diversification strategies for farmers.
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Senior Analyst Programmer (contract) - Revenue Information Management System ...Brad Tyler
This document summarizes a senior analyst programmer contract role providing technical support for Brisbane City Council's Revenue Information Management System from October 2004 to July 2005. The RIMS system manages rates and utility charges, levies, and receipting, using technologies like Centura, Java, PL/SQL, UNIX scripts, and Oracle 9i. In this role, the individual demonstrated an ability to work under pressure and meet deadlines, served as the primary PL/SQL developer for multiple projects, and assisted others in tuning PL/SQL code for performance.
The document describes the capabilities of Salesforce's Real-Time Cloud platform, including:
- Unlimited customization in real-time
- Real-time workflows and approvals
- Programmable user interfaces and cloud logic
- Real-time deployment to websites and mobile
- Analytics and integration of 750+ applications
- Certified security and proven scalability
- Real-time query optimization, sandboxes, and upgrades
Young people should read more because it has many cognitive, emotional, and social benefits. Reading improves communication skills, relaxes the body, and fights depression and Alzheimer's. While some books are left unread, reading is accessible through various formats like ebooks, audiobooks, and magazines. Picking up a book provides a mental break and can help secure one's future.
This document discusses behavior problems in children and whether they could indicate a learning disability. It explains that problem behaviors have multiple causes related to both environmental factors and individual conditions. Behaviors serve functions like gaining attention or avoiding tasks. Learning disabilities are neurological and affect how information is processed, not intelligence. Common types include difficulties with reading, writing, math, language, visual processing, and auditory processing. Warning signs may include poor grades and somatic complaints. The document provides information on evaluating children who show problem behaviors or suspected learning disabilities and getting them appropriate support services.
TripAdvisor es el sitio web de viajes más grande del mundo que ayuda a los viajeros a planificar y aprovechar al máximo sus viajes. Ofrece consejos de cientos de millones de viajeros sobre 6.8 millones de alojamientos, restaurantes y atracciones. Los visitantes pueden encontrar opciones de viaje, hacer reservas de hoteles, leer reseñas y comentarios de otros viajeros, y recibir recomendaciones personalizadas.
Heidi Coleman is a data scientist at MoneyGram International whose team uses Splunk to detect and anticipate fraud attacks. Prior to using Splunk, MoneyGram had to reactively investigate fraud after it occurred, but now Splunk generates alerts when suspicious activity is detected, allowing MoneyGram to proactively contact agents. Leveraging Splunk's search capabilities and ability to join multiple log types has helped MoneyGram identify anomalous patterns and geolocate suspicious entities. This has significantly reduced MoneyGram's fraud losses since implementing Splunk.
Este documento modifica el Sistema de Datos Personales del Sistema de Radio y Televisión Digital del Gobierno del Distrito Federal para incentivar la participación ciudadana en los programas transmitidos. Se realizan cambios en la información recabada de los participantes para cumplir con la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal. La modificación del sistema de datos se publica en la Gaceta Oficial para su debida observancia.
El documento resume las nuevas resoluciones 3685 y 3686 de la AFIP que establecen un nuevo régimen informativo de compras y ventas y actualizan el régimen de almacenamiento electrónico de comprobantes. Los sujetos obligados a informar compras, ventas y otros datos deben hacerlo hasta la fecha de vencimiento de la declaración jurada de IVA. El régimen entra en vigencia a partir de enero de 2015.
Subvención del impefe fomento trabajo autónomomiciudadreal
Este documento anuncia una convocatoria de subvenciones del Instituto Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo de Ciudad Real para apoyar el trabajo autónomo y el empleo. La convocatoria incluye subvenciones para la cuota de autónomos, la tasa de licencia de apertura y la contratación laboral. Los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos como estar desempleados, empadronados en Ciudad Real y darse de alta como trabajadores autónomos. El plaz
Este documento contiene información sobre varias leyes y decretos de la provincia de La Rioja, Argentina. Incluye resúmenes de dos leyes (Ley 9.476 y 9.477), un decreto vetando parcialmente la Ley 9.477, y detalles sobre publicaciones en el Boletín Oficial de la provincia como licitaciones y registros de propiedad intelectual. El documento proporciona información legal y administrativa relevante para la provincia de La Rioja.
Este decreto establece los mecanismos de control interno y externo para los fondos constituidos con las contribuciones parafiscales del sector agropecuario y pesquero en Colombia. Designa a la auditoría interna como responsable de supervisar el manejo de los recursos de los fondos y establece que el Ministerio de Agricultura verificará que los fondos cumplan con sus objetivos. También regula los gastos administrativos que pueden cubrirse con los recursos de los fondos.
1. El documento establece los requisitos para expedir un documento equivalente a la factura por parte de responsables del régimen común a personas naturales no comerciantes o en el régimen simplificado. 2. También describe varios artículos del Estatuto Tributario relacionados con obligaciones de llevar contabilidad, el Registro Único Tributario, la presentación de declaraciones de impuestos y los requisitos de las facturas. 3. Finalmente, indica que el Director de Impuestos puede solicitar información a personas para efectuar estudios y cruces de datos
Este documento establece las regulaciones sobre los comprobantes de venta, retención y documentos complementarios en Ecuador. Define los diferentes tipos de comprobantes de venta y documentos autorizados, así como los requisitos para su emisión y autorización. También especifica las obligaciones de emisión de comprobantes para sujetos pasivos y agentes de retención.
Procedimiento y normas administrativas que constituirán el marco legal para el tratamiento de los remanentes provinciales y nacionales, acumulados, que se verifiquen al último día hábil del ejercicio fiscal anterior, cuando la ley de presupuesto vigente, así lo disponga.
1) El documento es una resolución de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que aprueba el procedimiento operativo para el retiro extraordinario y facultativo de fondos del sistema privado de pensiones establecido por la Ley No 31478.
2) La resolución establece los plazos, canales, montos y procedimientos para que los afiliados puedan solicitar el retiro de hasta cuatro unidades impositivas tributarias de sus fondos de pensiones.
3) También modifica el manual
Este documento establece una norma de control para la calificación y supervisión de las compañías y organizaciones de servicios auxiliares del sector financiero popular y solidario en Ecuador. La norma detalla los requisitos para la calificación de estas empresas y organizaciones, así como sus obligaciones en términos de reporte de información, cumplimiento de normativas y prestación de servicios de calidad.
El documento establece las cláusulas de un convenio entre el Ministerio y la Fundación. Se comprometen a mantener el personal asignado a la Casita de General Roca y a que la Fundación rinda los fondos recibidos según su destino y normativas. El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014 y podrá prorrogarse, pudiendo rescindirse con 30 días de anticipación.
El documento es un extracto del Diario Oficial de Colombia que incluye decretos relacionados con el saneamiento contable en el sector público. El decreto 1282 de 2002 reglamenta la Ley 716 de 2001 sobre saneamiento contable en el sector público y dicta disposiciones en materia tributaria. Establece que las entidades públicas deben depurar sus cuentas contables para eliminar valores con estado de cobro o pago incierto y crea comités técnicos de saneamiento contable.
Este documento presenta el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios en Ecuador. Establece los tipos de comprobantes de venta y documentos complementarios que los sujetos pasivos deben emitir, así como los comprobantes de retención que deben emitir los agentes de retención. También especifica los requisitos para la emisión, autorización e impresión de estos documentos, y las obligaciones de los sujetos pasivos y agentes de retención relacionadas con su emisión.
El documento presenta extractos de varios artículos del Estatuto Tributario de Colombia relacionados con obligaciones tributarias como llevar registros contables, presentar declaraciones de impuestos, requisitos de facturación y facultades de la administración tributaria para solicitar información con fines de control y fiscalización.
Reglamento de comprobante de venta mayo 2020Marco Moya
Este documento presenta el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios del Ecuador. Establece que los comprobantes de venta incluyen facturas, notas de venta, liquidaciones de compra y tiquetes de máquinas registradoras. También define los documentos complementarios como notas de crédito, notas de débito y guías de remisión. Además, especifica los requisitos para la emisión, autorización y vigencia de los comprobantes de venta y retención.
Ordenanza de actividades economicas 2014Manuel Marin
Este documento presenta una ordenanza municipal que regula las actividades económicas en el Municipio Bolivariano de San José de Guaribe, Venezuela. Establece que cualquier persona que desee realizar actividades económicas en el municipio debe obtener una licencia de la Dirección de Administración Tributaria. Define actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios. Detalla los procedimientos para solicitar, modificar o retirar una licencia de actividades económicas.
Estas tres resoluciones del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro (EPRE) imponen sanciones económicas a tres distribuidoras eléctricas - CEB, CEARC y EDERSA - por incumplimiento de normas de seguridad pública. Se declaran formalmente admisibles o no los descargos de las empresas, y se les aplican multas de entre $449,81 y $237.232,19, las cuales deberán ser descontadas de sus ajustes tarifarios trimestrales. El dinero recaudado se destinará a
Este decreto modifica el presupuesto general de la provincia de Río Negro para el año 2016. Se realizan cambios en los cálculos de recursos, el resumen de gastos por organismo y objetivo, y el presupuesto operativo del Instituto Provincial del Seguro de Salud. También se crean nuevas categorías programáticas y se modifica el manual de clasificadores presupuestarios para incluir dos nuevas instituciones.
Este documento habla sobre las notas de crédito, que son documentos que modifican comprobantes de pago previamente emitidos debido a descuentos, devoluciones u otros ajustes. Explica que las notas de crédito deben cumplir con ciertos requisitos como identificar el comprobante original que modifican y ser firmadas por el comprador. También indica que deben registrarse en los libros de ventas y compras y que se emiten en casos de ajustes al impuesto bruto o crédito fiscal de acuerdo a la ley.
El documento presenta las modificaciones presupuestarias aprobadas mediante Decreto 198 para el año 2018. Se modifican los cálculos de recursos, el resumen de gastos por organismo y objetivo del gasto, y el presupuesto general de gastos. Además, se incorpora el presupuesto del Instituto Universitario Patagónico de las Artes y nuevas categorías programáticas en el manual de clasificadores presupuestarios.
Res 66/18: “Reconocimiento Tarifario por Variación del Costo Laboral 2017 Distribuidora CEB
Res 69/18: Ajuste Costo de Abastecimiento - May.17 / Jul.17 Distribuidora CEB
Res 70/18: Solicitud de Revisión Tarifaria Extraordinaria por Mayores Costos Laborales Año 2016 - CEARC
Res 72/18: Ajuste Costo de Abastecimiento - Ago. 17/ Oct, 17 - Distribuidora EDERSA
El documento presenta tres resoluciones de diferentes organismos de la provincia de Río Negro, Argentina. La primera autoriza el funcionamiento de una asociación civil y aprueba su estatuto social. La segunda declara eficaz una asamblea general ordinaria y reforma del estatuto de otra asociación civil. La tercera reconoce mayores costos laborales de una distribuidora eléctrica y establece nuevos valores tarifarios.
Res 31-18: Actualización Tarifaria Nov.17 / Ene.18 Distribuidora EDERSA
Res 48-18: 4º Revisión Tarifaria Quinquenal de la Distribuidora EdERSA Período 2017/2021
Res 63-18: Reglamentación de Generación Distribuida
Este documento contiene tres resoluciones de un ente regulador de electricidad en la provincia de Río Negro, Argentina. La primera aprueba las tarifas de electricidad para noviembre de 2017 y diciembre 2017-enero 2018. La segunda corrige errores en los anexos de la primera resolución. Y la tercera prorroga el período de transición para la aplicación de un nuevo régimen tarifario hasta el 31 de marzo de 2018.
Res EPRE 251/17: “Reclamo Sr. Lezcano Diego Alberto S/Resarcimiento por Daños C/EdERSA. Multa: $588
Res EPRE 252/17: Reclamo Usuarios de Catriel, Mónica Duarte y otros C/EdERSA S/Resarcimiento por daños Multa: $16.080
Res EPRE 253/17: “Reclamo Usuaria Edith
Arratia C/EdERSA S/Resarcimiento Por Daños. Multa: $1.072
Res EPRE 254/17: Reclamo Sr. Muñoz Daniel Natael S/Resarcimiento por daños C/EdERSA. Multa: $2.312
Res EPRE 247-17: “Reclamo Sra. Laura Valdebenito S/Resarcimiento por daños C/EdERSA. Multa: $5360.
Res EPRE 248-17: Reclamo Sr. Bruschini Mauricio S/Resarcimiento por daños C/EdERSA. Multa: $5780.
Res EPRE 249-17: “Reclamo Sr. José Valdebenito C/EdERSA S/Resarcimiento por daños y excesivo consumo. Multa: $5360.
Res EPRE 250-17: “Reclamo Sr. Serrano Juan Carlos S/Excesivo Consumo C/EdERSA. Multa: $2890.
Res EPRE 245/17: Reclamo Vecinos Acceso Aeroclub de Allen S/Falta de Suministro C/EdERSA. Multa: $2840.
Res EPRE 246/17: Reclamo Sr. González Valentín S/Falta de Suministro C/EdERSA Multa: $2840.
Este documento contiene varios decretos que ratifican convenios de colaboración, otorgan pensiones graciables, aprueban contratos de locación de servicios y realizan traslados y promociones de agentes públicos en diferentes ministerios y organismos del gobierno de la provincia de Río Negro.
Este documento establece sanciones monetarias para la Distribuidora Cooperativa de Electricidad y Anexos de Río Colorado Ltda. por incumplir con los parámetros de calidad del servicio durante dos semestres de control. Se le imponen multas por perturbaciones en la red, por no entregar información a tiempo y se ordena acreditar parte de las multas a los usuarios afectados o descontarlas del costo de abastecimiento. También se incorporan anexos con detalles de los casos penalizados.
Las Resoluciones 171-174 del Ente Provincial Regulador de la Electricidad imponen sanciones económicas a distribuidoras eléctricas por incumplimiento de parámetros de calidad técnica y plazos de entrega de información. Se ordena acreditar las multas a usuarios a través de bonificaciones en las facturas y descontar los montos de las sanciones de los costos de abastecimiento de las distribuidoras.
Res 171-17: Semestre 27° - Índices Calidad Producto Técnico - Distrib. CEB multa por $ 196.035,84
Res 172-17: Indices Producto Técnico CEARC - 13° Semestre Período Mayo/13 - Octubre/13 Etapa III multa por $ 41.760
El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) sancionó a la Distribuidora Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB) por incumplir parámetros de calidad durante dos semestres de control. Las sanciones incluyeron multas que deberán ser descontadas de los costos de abastecimiento o acreditadas a los usuarios afectados. Además, el EPRE ordenó a la CEB notificar a los usuarios sobre las sanciones aplicadas.
La resolución sanciona a la distribuidora CEB por incumplir con los índices de calidad de servicio durante dos períodos de control. Se fija una multa total de $488,655.07 que deberá ser descontada del costo de abastecimiento y bonificada a los usuarios afectados. Además, se instruye al área técnica a verificar el cumplimiento de las sanciones.
Res 163-17: Casos de Fuerza Mayor e Índices de Calidad de Servicio Técnico - 26° Semestre - Feb/15 - Jui/15 - DIST. CEB multa por $ 390.719,69
Res 164-17: Indices Producto Técnico Ceb - 23° Semestre Periodo Agosto/13 – Enero/14 Etapa III CEB multa por $ 86.695,32
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
1. 4
Viedma, 26 de Mayo de 2016BOLETIN OFICIAL N° 5462
a) Disponer de inmediato la suspención de la venta, el día que reciba la
comunicación de invalidación.
b) Publicar por dos veces como mínimo en el diario de mayor circulación
en la Provincia la invalidación de la emisión y la forma y plazo en que
se efectuará la devolución de importes a los tenedores de certificados.
La devolución de importes percibidos por venta de números,
contemplará su actualización automática en función del índice de
precios minoristas publicados por el INDEC o el organismo oficial
competente, entre el mes anterior a su percepción y el mes anterior al
que se efectúe la devolución.
c) Labrar simultáneamente acta ante Escribano Público, haciendo constar:
1. Total de certificados no vendidos y vendidos.
2. Su obligación de devolver a los adquirientes recurrentes, el importe
respectivo hasta treinta días después de la fecha que se había fijado
para el sorteo, siendo personal responsable del cumplimiento de
esta obligación el Presidente, Secretario y Tesorero de la entidad en
cuyo beneficio se hubiera autorizado la emisión.-
La circunstancia contemplada en el presente artículo será tenida en
consideración como antecedente en oportunidad de requerirse una nueva
autorización por la entidad organizadora.-
Art. 49. - Cuando el sorteo no se realice por cualquier causa, se procederá
conforme al artículo anterior.
Art. 50. - Queda prohibida la publicación, circulación y enajenación de
los juegos objeto de la presente reglamentación, sin la autorización de la
lotería y en las que no se haya dado cumplimiento a las exigencias de la
presente reglamentación, aunque hayan sido aprobadas en otras jurisdicciones,
o en las que se invoque una autorización que no hubiere sido otorgada en la
forma determinada por esta reglamentación. En ambos casos la Policía, a
petición de Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río
Negro, procederá al secuestro de los certificados, premios en exhibición,
propaganda y demás elementos, labrando las actuaciones pertinentes.
Art. 51. - Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río
Negro podrá realizar inspecciones, auditorías y cuantos actos estimare
pertinentes para facilitar el cumplimiento de las obligaciones establecidas
por la presente. Asimismo podrá solicitar declaraciones juradas e información
acerca de cualquier sistema que se emplee en la operatoria.-
También podrá realizar todas las verificaciones necesarias para garantizar
la corrección de los procedimientos que se lleven a cabo, tanto en la forma
de participación del público como en la selección de los ganadores; y cuando
más actos sean procedentes para garantizar la fe pública y el cumplimiento
de las normas que rigen la materia.-
Toda aquella Declaración Jurada que requiera la Lotería de Río Negro
deberá ser presentada con firma certificada por Escribano Público y en su
caso debidamente legalizada por el Colegio Profesional respectivo.
Art. 52. - Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río
Negro actúa como Autoridad de Aplicación del presente Reglamento, pudiendo
resolver cualquier situación no contemplada en el mismo, y quedando
facultado para interpretar y aclarar los casos de duda que puedan suscitar-
se.
Art. 53. - Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Ne-
gro, es el órgano de competencia natural y exclusiva para determinar la mo-
dalidad de juego en que debe encuadrarse la autorización de certificados sor-
teables que se presente a consideración (rifas, bingos, promociones comer-
ciales y de estímulo de comercialización de productos y servicios, etc.).
———oOo———
DECRETO Nº 591
Viedma, 16 de mayo de 2016.
Visto, el Expte. Nº 11518-SSP-16, del Registro del Ministerio de
Economía, la Ley N° 5.096 de Presupuesto General para la Administración
Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5096 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones
dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de Presupuesto,
debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legislativo;
Que en virtud de ello y a solicitud de las distintas Jurisdicciones
Administrativas, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio
de Economía, debe adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el
Presupuesto vigente, en el marco de las facultades conferidas por el Art. 15
de la Ley H N° 3186;
Que es necesario modificar el Manual de Clasificadores Presupuestarios
para uso del Sector Público Provincial, aprobado por Decreto N° 1254/10;
Que en el presente Decreto es de aplicación la Resolución Nº 119/13
de la Fiscalía de Estado y la Nota Nº 1.309/12 "CG" de la Contaduría General
de la Provincia;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del
Ministerio de Economía;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art.
181. Inc. 1) de la Constitución Provincial.
Por ello,
El Gobernador
de la Provincia de Río Negro
DECRETA:
Artículo 1º - Modifícase el Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle
obrante en Planilla Anexa N° I, que forma parte del presente.
Art. 2º - Modifícase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto del
Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N° II, que forma parte
del presente.
Art. 3º - Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al
detalle obrante en Planilla Anexa N° III, que forma parte del presente.
Art. 4º - Creánse las Categorías Programáticas correspondientes a las
distintas Jurisdicciones Administrativas detalladas en la Planilla Anexa Nº
IV, que forma parte del presente.
Art. 5º - Modifícase el Manual de Clasificadores Presupuestarios para
uso del Sector Público Provincial, aprobado mediante Decreto N° 1254/
10, conforme el siguiente detalle:
Incorpórase al Clasificador de los Recursos por Rubros:
Código Oficial Denominación
34665 Remanente Recurso 11778 FONAPE, 5% Ley 4801
Incorpórase al Clasificador Económico de los Recursos y su pertinente
Metodología de Correspondencia de Clasificadores de Recursos:
Correspondencia
Clasificador con el Clasificador
Económico Denominación por Rubro
1353111 Incrementos de Resultados Acumulados 34665
Art. 6º - El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha del
mismo.
Art. 7º - Comuníquese al Poder Legislativo las modificaciones
presupuestarias.
Art. 8º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de
Economía.
Art. 9º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al
Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- I. Kremer.
——————————
PLANILLA ANEXA Nº I, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 591
TOTAL DE RECURSOS
CÓDIG O DETALLE ORG ANISM O M ONTO EN PESOS TO TAL OR G ANISM O EN PESOS
30,624,768.97
2,066,874.20
30,624,768.97
787,609.67
1,279,264.53
18111
23111
12911
34513
DE LA ADM INIS TRACION CENTRAL P ROVINCIAL
DE LA ADM INIS TRACION CENTRAL P ROVINCIAL
O TRO S INGRESO S NO TRIBUTARIOS
REM RE C 12924 ASISTENCIA A DESO CUPA DO S
00
00
02
32
-7,412,735.47
38,037,504.44
787,609.67
1,279,264.53
TOTAL DE REN TAS GEN ERALES
TOTAL DE REC URSO S ADM INISTRACIO N CENTR AL Y PODERES
1,400,800.51
45,375.00
24,343.00
1,331,082.51
12711
12318
16121
18115
34436
34458
M ULTAS, INFRACCIONES Y /O PRODUCIDO S POR DECOM ISOS
VE NTA DE PLIE GO S
INTE RE SES P OR DEPO SITOS INTE RNOS
DE LA ADM INISTRA CION CENTRAL (RE C. P ROPIOS)
REM REC 12911 OTRO S INGRESOS NO TRIBUTARIOS
REM REC 12222 FO NDO CE NTRO DE AUTO RIZA CION
44
54
54
59
59
59
45,375.00
7,700.00
16,643.00
758,400.00
28,576.00
544,106.51
TOTAL DE RECU RSO S ADM INISTRACIO N DESCENTRALIZAD A
TOTAL DE RECU RSO S 34,092,443.68 34,092,443.68
2. 5
Viedma, 26 de Mayo de 2016 BOLETIN OFICIAL N° 5462
——————————
PLANILLA ANEXA Nº III, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 591
PLANILLA ANEXA Nº II, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 591
RESUMEN DE GASTOS POR ORGANISMO Y OBJETO DEL GASTO
– En Pesos –
ORGANISMO GRUPO 100 GRUPO 200 GRUPO 300 GRUPO 400 GRUPO 500 GRUPO 600 GRUPO 700 GRUPO 900 TOTALGRUPO 800
01
02
08
11
16
17
22
25
26
27
28
30
31
32
35
36
38
41
42
43
44
45
52
54
56
59
61
PODER JUDICIAL
PODER LEGISLATIVO
SECRETARIA DE TRABAJO
MINISTERIO DE TURISMO, CULTURA Y
DEPORTE
MINISTERIO DE EDUCACION Y DERECHOS
HUMANOS
MINISTERIO DE GOBIERNO
SECRETARIA GENERAL
JEFATURA DE POLICIA DE LA PCIA. DE RIO
NEGRO
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA
SECRETARIA DE ENERGIA
MINISTERIO DE ECONOMIA
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA
FISCALIA DEL ESTADO
OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
DIRECCION DE VIALIDAD RIONEGRINA
INST. DE PLANIF. Y PROMOCION DE LA
VIVIENDA
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA
CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION
INSTITUTO DE DESARROLLO DEL VALLE
INFERIOR
ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE
ELECTRICIDAD
AGENCIA PROVINCIAL DE DESARROLLO
RIONEGRINO
INSTITUTO PCIAL. DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA
AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-158,945.89
0.00
158,945.89
0.00
0.00
0.00
191,099.50
-341,860.64
0.00
0.00
109,556.40
0.00
0.00
0.00
334,585.55
-400,226.02
0.00
7,700.00
0.00
0.00
0.00
100,000.00
0.00
0.00
0.00
500.00
92,000.00
0.00
1,770,000.00
0.00
0.00
0.00
17,743,000.00
0.00
344,000.00
0.00
0.00
0.00
152,905.00
0.00
12,000.00
42,875.00
-1,952,855.00
90,000.00
14,192.00
-2,000.00
0.00
0.00
-100,000.00
787,609.67
0.00
-152,905.00
-500.00
-95,000.00
-934,300.00
-1,770,000.00
0.00
-1,107,076.25
0.00
178,000.00
0.00
-1,092,400.00
0.00
-5,500.00
-2,500,000.00
0.00
0.00
-80,000.00
2,500.00
-2,797,145.00
-100,000.00
0.00
-123,000.00
786,976.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
954,300.00
0.00
0.00
107,076.25
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
5,500.00
0.00
38,037,504.44
0.00
68,000.00
0.00
0.00
10,000.00
177,496.00
0.00
544,106.51
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
3,000.00
-20,000.00
0.00
0.00
1,000,000.00
0.00
-2,243,000.00
0.00
1,269,264.53
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-2,750,000.00
0.00
-175,045.00
425,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-300,000.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-43,715,504.44
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
152,905.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
758,400.00
0.00
0.00
30,578,709.18
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
787,609.67
0.00
0.00
0.00
0.00
-158,945.89
0.00
158,945.89
0.00
0.00
15,678,000.00
191,099.50
937,403.89
0.00
0.00
-15,527,238.86
38,190,409.44
0.00
0.00
379,960.55
-7,900,226.02
0.00
24,343.00
0.00
1,331,082.51
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
-99,145.21 18,406,617.00 -9,102,740.58 39,903,983.20 -2,490,780.47 -300,000.00 -43,715,504.44 31,490,014.18 34,092,443.680.00
TOTALES: -99,145.21 18,406,617.00 -9,102,740.58 39,903,983.20 -2,490,780.47 -300,000.00 -43,715,504.44 31,490,014.18 34,092,443.680.00
ORG AN.. FINANCIAM IENTO CONCEPTO IM PORTEPROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV-
OBRA
PARTIDA
01
02
08
11
16
17
11
11
11
11
11
11
11
11
11
12
12
12
12
12
12
24
24
24
24
24
12
12
01
01
33
33
33
33
33
33
01
01
01
14
14
14
14
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
14
14
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
00
01
01
01
03
03
03
51
51
01
01
01
02
02
03
03
02
02
02
02
02
02
02
05
05
01
01
01
01
01
01
01
01
13
01
01
01
01
351
355
399
351
355
399
255
331
345
399
399
399
399
355
399
111
114
115
116
131
361
912
372
379
221
223
235
243
331
349
514
517
251
211
222
234
237
12243
12243
12223
12243
12243
12223
10
10
12911
12911
12911
12911
12911
34436
34436
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
34593
34593
34593
34593
TRANSPORTE
COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
TRANSPORTE
COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES
DE CAPACITACION
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
RETRIBUCION DEL CARGO
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS
CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION
APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL
ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS
PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS
CONTRIBUCIONES A INST.DESC.DE LA PCIA.
VIATICOS
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
HILADOS Y TELAS
CONFECCIONES TEXTILES
LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS
CUBIERTAS Y CAMARAS DE AIRE
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
AYUDAS SOCIALES A PERSONAS
TRANSF.A OTRAS INSTIT. CULT. Y SOC. SIN FINES DE LUCRO
COMPUESTOS QUIMICOS
ALIMENTOS PARA PERSONAS
PRENDAS DE VESTIR
PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON
ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES
-1,302.02
-337.70
-1,200.00
1,302.02
337.70
1,200.00
100,000.00
-100,000.00
8,650.15
143,224.28
629,715.29
1,415.67
4,604.28
3,000.00
-3,000.00
-1,400,000.00
100,000.00
600,000.00
500,000.00
200,000.00
-152,905.00
152,905.00
-5,000.00
5,000.00
1,000.00
-500.00
-4,000.00
4,000.00
-3,500.00
3,000.00
-200,000.00
200,000.00
615.00
-20,000.00
-15,000.00
-25,000.00
186,000.00
3. 9
Viedma, 26 de Mayo de 2016 BOLETIN OFICIAL N° 5462
ORGAN.. FINANCIAMIENTO CONCEPTO IMPORTEPROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV-
OBRA
PARTIDA
45 01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
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01
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01
03
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04
04
04
12
12
12
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12
12
12
12
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12
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05
05
05
05
05
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09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
04
03
03
07
07
01
01
01
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01
01
01
01
01
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113
113
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117
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124
125
127
131
131
121
122
124
125
126
127
256
294
332
349
153
371
372
211
379
111
111
111
113
113
114
114
117
117
121
131
10
10
10
10
10
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10
10
10
10
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10
10
10
10
10
10
10
10
34544
34544
34544
34544
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
10
RETRIBUCION DEL CARGO
ADICIONALES
ADICIONALES
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS
COMPLEMENTOS
RETRIBUCION DEL CARGO
CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION
APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL
OTRAS CONTRIBUCIONES PATRONALES
ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS
ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS
RETRIBUCION DEL CARGO
ADICIONALES
CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION
APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL
COMPLEMENTOS
OTRAS CONTRIBUCIONES PATRONALES
COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES
UTENSILIOS DE COCINA Y COMEDOR
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
SEGUROS DE RIESGO DEL TRABAJO
PASAJES
VIATICOS
ALIMENTOS PARA PERSONAS
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
RETRIBUCION DEL CARGO
RETRIBUCION DEL CARGO
RETRIBUCION DEL CARGO
ADICIONALES
ADICIONALES
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS
COMPLEMENTOS
COMPLEMENTOS
RETRIBUCION DEL CARGO
ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS
-58,449.10
-400,000.00
-46,114.00
-14,007.10
-63,529.30
500,000.00
100,000.00
100,000.00
5,000.00
-9,000.00
100.00
100,000.00
200,000.00
15,000.00
10,000.00
100,000.00
1,000.00
-5,000.00
5,000.00
-5,000.00
5,000.00
-500,000.00
-35,000.00
-57,000.00
67,140.00
64,855.00
-1,000,000.00
-29,449.35
-25,541.01
-37,197.18
-33,790.77
-7,555.95
-7,124.76
-26,168.67
-24,028.83
-631,100.00
-14,220.00
45
52
54
12
14
14
14
18
18
18
18
18
18
25
25
28
28
28
28
11
11
11
11
01
01
01
01
01
01
01
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01
01
11
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13
13
13
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00
01
01
05
05
03
03
03
03
03
03
03
03
03
03
04
05
01
01
04
04
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
131
152
256
351
121
122
124
125
126
127
234
293
211
572
351
291
256
436
222
334
112
114
115
116
118
121
161
233
432
481
131
321
393
233
481
519
519
10
10
34619
34619
10
10
10
10
10
10
11781
11781
34544
10
10
10
10
10
10
10
12121
12121
12121
12121
12121
12121
12318
16121
12121
12121
12121
12121
12121
11522
11522
11522
16121
ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS
RECONOCIMIENTO DE ALQUILER DE VIVIENDAS
COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES
TRANSPORTE
RETRIBUCION DEL CARGO
ADICIONALES
CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION
APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL
COMPLEMENTOS
OTRAS CONTRIBUCIONES PATRONALES
PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON
UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS
ALIMENTOS PARA PERSONAS
OTRAS TRANSFERENCIAS A MUNICIPALIDADES
TRANSPORTE
ELEMENTOS DE LIMPIEZA
COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES
EQUIPO PARA COMPUTACION
PRENDAS DE VESTIR
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VIAS DE COMUNICACION
RETRIBUCIONES A PERSONAL DIRECTIVO Y DE CONTROL
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS
CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION
APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL
OTRAS CONTRIBUCIONES PATRONALES
RETRIBUCION DEL CARGO
BENEFICIOS Y COMPENSACIONES VARIAS
PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS
EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCION Y ELEVACION
ACTIVOS INTANGIBLES VARIOS
ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS
ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES
SERVICIOS DE VIGILANCIA
PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS
ACTIVOS INTANGIBLES VARIOS
TRANSFERENCIAS A EMPRESAS PRIVADAS
TRANSFERENCIAS A EMPRESAS PRIVADAS
-4,050.00
200,000.00
20,000.00
-20,000.00
250,000.00
400,000.00
25,000.00
20,000.00
500,000.00
5,000.00
15,000.00
-15,000.00
-39,995.00
-2,750,000.00
-2,750,000.00
-2,000,000.00
-10,000.00
10,000.00
100,000.00
-100,000.00
184,747.00
9,090.00
18,590.00
7,228.00
2,146.00
-349,201.00
7,700.00
3,900.00
40,000.00
-40,000.00
127,400.00
-3,000.00
3,000.00
5,146.00
88,748.00
-93,894.00
12,743.00
4. 11
Viedma, 26 de Mayo de 2016 BOLETIN OFICIAL N° 5462
PLANILLA ANEXA Nº IV, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 591
ENTIDADES AUTOFINANCIADAS
ENTIDAD 71 - INSTITUTO PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
FINANCIAMIENTO DENOMINACION IMPORTEPROGRAMA SUBPROG. PROYECTO ACT/OBRA PARTIDA
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
17
17
17
17
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08
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09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
09
01
01
01
04
299
117
141
143
144
211
223
231
232
233
258
263
276
293
296
299
321
321
327
331
333
333
354
383
391
393
435
436
437
815
815
819
811
12911
12911
12911
12911
12911
13212
13212
12911
12911
13212
13212
13212
13212
13212
12911
13212
12911
13212
12911
12911
12911
13212
12911
12911
12911
13212
12911
12911
12911
13212
13212
13212
13212
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
COMPLEMENTOS
RETRIBUCIONES EXTRAORDINARIAS
CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION
APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL
ALIMENTOS PARA PERSONAS
CONFECCIONES TEXTILES
PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON
PAPEL PARA COMPUTACION
PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS
PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO
ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS
PRODUCTOS DE VIDRIO, LOZA Y PORCELANA
UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS
REPUESTOS Y ACCESORIOS
OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE
ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES
ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES
ALQUILER DE VIVIENDAS
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y
EQUIPO
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y
EQUIPO
PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS
DERECHOS Y TASAS
SERVICIOS DE CEREMONIAL
SERVICIOS DE VIGILANCIA
EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO
EQUIPO PARA COMPUTACION
EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES
POR PROVISION DE MEDICAMENTOS
POR PROVISION DE MEDICAMENTOS
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
POR ASISTENCIA MEDICA
40,000.00
-820,000.00
410,000.00
205,000.00
205,000.00
2,000.00
2,000.00
5,000.00
-60,000.00
-163,000.00
51,000.00
9,000.00
1,000.00
97,000.00
15,000.00
1,000.00
30,000.00
864,000.00
-40,000.00
45,000.00
15,000.00
8,000.00
-10,000.00
-20,000.00
-20,000.00
33,000.00
10,000.00
-75,000.00
65,000.00
-6,050,000.00
-905,000.00
6,036,000.00
14,000.00
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
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17
17
17
17
17
17
17
17
17
17
02
02
02
02
02
03
03
03
03
03
03
05
05
06
06
07
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08
08
08
08
08
08
08
08
09
09
09
10
10
10
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07
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815
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816
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819
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811
819
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811
819
819
13112
13112
13212
13112
13212
13112
13112
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13112
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13212
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13112
13112
13112
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13212
13112
13112
13112
13112
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13112
13212
POR SERVICIOS ODONTOLOGICOS
POR PROVISION DE MEDICAMENTOS
POR PROVISION DE MEDICAMENTOS
POR SERVICIOS DE RADIOLOGIA
POR SERVICIOS DE RADIOLOGIA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR OPTICA, ORTOPEDIA Y PROTESIS
POR ASISTENCIA MEDICA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR SERVICIOS DE RADIOLOGIA
POR SERVICIOS DE RADIOLOGIA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR GASTOS SANATORIALES
POR GASTOS SANATORIALES
POR ASISTENCIA MEDICA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR OPTICA, ORTOPEDIA Y PROTESIS
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
POR ASISTENCIA MEDICA
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
POR ASISTENCIA MEDICA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
POR ASISTENCIA MEDICA
POR ASISTENCIA MEDICA
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES
500,000.00
-8,000,000.00
-500,000.00
500,000.00
500,000.00
-2,090,000.00
1,800,000.00
20,000.00
160,000.00
60,000.00
50,000.00
-500,000.00
500,000.00
50,000.00
-50,000.00
1,000,000.00
-6,100,000.00
-1,000,000.00
800,000.00
3,600,000.00
1,000,000.00
200,000.00
300,000.00
100,000.00
100,000.00
7,000,000.00
400,000.00
-400,000.00
4,750,000.00
-400,000.00
-4,750,000.00
400,000.00
5. 12
Viedma, 26 de Mayo de 2016BOLETIN OFICIAL N° 5462
PLANILLA ANEXA Nº V,
QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 591
JURISDICCION
FINALIDAD
PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO ACTIVIDAD / OBRA FUNCION
31
38
42
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
OBLIGACIONES A CARGO
DEL TESORO
INST. DE PLANIF. Y
PROMOCION DE LA VIVIENDA
55
99
19
27
OBRAS FONDO FEDERAL
SOLIDARIO - DTO. NAC. Nº 206/09
CREDITOS PARA ATENDER
OBLIGACIONES FINANCIERAS
CASA PROPIA
HABITAR RIO NEGRO
00
00
00
02
--
--
--
OPERATORIA
EMERGENCIA
03
00
02
04
05
05
OBRAS FONDO FEDERAL SOLIDARIO
III
--
CASA PROPIA II
CASA PROPIA IV
CASA PROPIA V
CONSTRUCCION DE VIVIENDA NUEVA
II
84
14
78
97
71
62
CONSTR EDIF ECIS "GALPON AMARILLO"
VIEDMA (*)
TRANSFERENCIAS A LA ADMINISTRACION
PROVINCIAL (*)
6 VIV EN ING JACOBACCI (*)
8 VIV. EN CHICHINALES (*)
1 VIV. CASA PROPIA SIERRA COLORADA
(*)
CONSTRUCCION SEIS (6) VIVIENDAS
NUEVA EN LA LOC ING HUERGO (*)
3-20
1-39
3-71
3-71
3-71
3-71
———
(*) = Estructura Programática creada.
———oOo———
DECRETOSSINTETIZADOS
–—
DECRETO Nº 462.- 25-04-2016.- Aceptar, a partir del 1 de marzo de 2016,
la renuncia del Sr. Fernando Héctor López, DNI. Nº 11.617.341, al cargo
de Vocal Gubernamental del Consejo Provincial de Educación.
DECRETO Nº 464.- 2-05-2016.- Designar, a partir del 2 de mayo de 2016,
al Sr. Oscar Raúl Cifuentes, DNI. Nº 13.047.067, en el cargo de Vocal
Gubernamental del Consejo Provincial de Educación.
DECRETO Nº 584.- 16-05-2016.- Designar, a partir del día 16 de mayo de
2016, al Sr. Mariano Sebastián Zacharonok, DNI. Nº 26.368.386, en el
cargo de Subsecretario de Empleo y Capacitación, dependiente de la
Secretaría de Trabajo.
DECRETO Nº 586.- 16-05-2016.- Otórgase un aporte no reintegrable, por
la suma total de pesos trescientos once mil doscientos ($ 311.200,00), a
favor de la fundación denominada “Fundación Padre César Rondini”
(Cuit Nº 33-70799307-9), de la ciudad de Villa Regina, destinado a solventar
los gastos que demanda la construcción de la 3ra. Etapa del Instituto
Secundario Niño Jesús G-036, en dicha ciudad.- Expte. Nº 033356-SP-
2016.
DECRETO Nº 587.- 16-05-2016.- Autorizar el pago de un aporte no
reintegrable, en los términos del Decreto Nº 134/10, a la Asociación de
Bomberos Voluntarios de Río Colorado, por la suma de pesos trescientos
mil ($ 300.000,00), destinado a la culminación de la obra del salón de
usos múltiples.- Expte. Nº 101.100-MSyJ-2015.
DECRETO Nº 588.- 16-05-2016.- Otórgase un aporte no reintegrable por
la suma total de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000,00), a favor
de la asociación civil denominada “Alen - Asociación de Padres y Allegados
de Personas Ciegas y Disminuidas Visuales del Valle Medio” (Cuit Nº 30-
70753245-5), destinado a solventar los gastos de funcionamiento, y de
esta forma, dar continuidad a las actividades que se desarrollan en dicha
institución.- Expte. Nº 155.641-CPPD-2015.
DECRETO Nº 589.- 16-05-2016.- Aceptar la renuncia presentada por la
Sra. Nadia Magdalena Hernández (Cuil Nº 27-25465834-6), Legajo Nº
031425/0, con situación de revista en la Categoría 09 Agrupamiento
Administrativo, de la Ley L Nº 1844 - Planta Permanente - Jurisdicción
22, Programa 11.00.00.01 - Secretaría de Medios, dependiente de la
Secretaría General, a partir del día 12 de marzo de 2016, en los términos
del Art. 86, Inc. c) de la Ley L Nº 3487.- Por el Departamento de
Sueldos, de la Secretaría General, efectuar la liquidación final de haberes
y sueldo anual complementario, no teniendo licencia pendiente alguna
que usufructuar (Art. 29 Ley L Nº 3487).- Expte. Nº 001286-DRH-
2016.
DECRETO Nº 590.- 16-05-2016.- Designar, a partir de la firma
del presente, al Sr. Jerónimo David Abel San Pedro, Documento Nacional
de Identidad número 25.681.550, en el cargo de Director de Seguridad
Ciudadana, perteneciente al Programa Río Negro Emergencia, creado
por Decreto Nº 123/15, dependiente del Ministerio de Seguridad y Jus-
ticia.
DECRETO Nº 592.- 16-05-2016.- Aprobar en todos sus términos, el Contrato
de Locación de Servicios suscripto entre la Secretaría de Trabajo y el
agente Santiago Fernández, DNI. Nº 35.591.595 - Cuil Nº 20-35591595-
7, quien realizará tareas administrativas en la Secretaría de Trabajo.-
Expte. Nº 141.112-ST-2016.
DECRETO Nº 593.- 16-05-2016.- Aprobar en todos sus términos, el Contrato
de Locación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Desarrollo
Social, representado por el Sr. Ministro, Héctor Fabián Galli, DNI. Nº
20.793.294 y la Sra. María Lorena Morales, DNI. Nº 29.826.622, quien
desempeñará tareas en el Ministerio de Desarrollo Social.- Expte. Nº
155.225-DRH-2015.
DECRETO Nº 594.- 16-05-2016.- Aprobar en todos sus términos, el Contrato
de Locación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Desarrollo
Social, representado por el Sr. Ministro, Héctor Fabián Galli, DNI. Nº
20.793.294 y la Sra. Verónica Paola Intrieri, DNI. Nº 34.666.267, quien