El documento establece una asignación no remunerativa de $5000 para todos los trabajadores del sector privado, pagadero en dos cuotas en diciembre de 2018 y febrero de 2019. También requiere que los empleadores informen con 10 días de anticipación al Ministerio de Producción y Trabajo sobre cualquier despido sin justa causa hasta marzo de 2019. El objetivo es mantener los estándares salariales ante la inflación y regular los despidos.
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
Ley Nº 20.922 Sector Municipal BCN-MóvilNelson Leiva®
La Ley Nº 20.922 del Sector Municipal, publicada en el Diario Oficial del 25.05.2016, este ejemplar es editado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Manual de Remuneraciones Salud Municipal 2016Nelson Leiva®
La Contraloría General ha elaborado el “Manual de Remuneraciones Atención Primaria de Salud Municipal Ley N° 19.378”, en el que se efectúa un análisis de los componentes remuneratorios aplicables a los servidores que se rigen por dicha normativa.
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
Ley Nº 20.922 Sector Municipal BCN-MóvilNelson Leiva®
La Ley Nº 20.922 del Sector Municipal, publicada en el Diario Oficial del 25.05.2016, este ejemplar es editado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Manual de Remuneraciones Salud Municipal 2016Nelson Leiva®
La Contraloría General ha elaborado el “Manual de Remuneraciones Atención Primaria de Salud Municipal Ley N° 19.378”, en el que se efectúa un análisis de los componentes remuneratorios aplicables a los servidores que se rigen por dicha normativa.
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
Presentación de la Sra Doris Durán, Abogada Asesora de la Subdere , realizó esta presentación (08.06.2016), en el Teatro Municipal de San Felipe, ante 155 funcionarios participantes en las Jornadas Municipales realizadas en San Felipe
Este documento editado por el conocido profesional Abogado Felipe Hazbún, realiza un análisis de este importante reforma municipal, que hoy en día se aplica y que genera diversas aristas de interpretación que hoy la CGR, lo ha traducido en la serie de dictámenes , los que reconocieron derechos adquiridos de los funcionarios (as) a Contrata.
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y AsignacionesNelson Leiva®
Asignación de mejoramiento de la gestión municipal debe reliquidarse respecto del personal que fue beneficiario del incremento de grado previsto en el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.922, no así las de antigüedad y de horas extraordinarias.
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio Nelson Leiva®
La Revista Más Municipio , de Agosto del 2016, editada por la Unión de Funcionarios Municipales de Chile (UFEMUCH), la cual es presidida por Dn. Victor Mora Astroza, organización que en los próximos días (06.09) celebrará su cumpleaños número 3, a la cual saludamos desde San Felipe.
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Plantas MunicipalesNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR reconoce el derecho a ser encasillados para funcionarios que ascendieron por mérito propio durante el año 2015 y hasta la fecha de publicación de la Ley N° 20922.
La abogada de la Subdere Sra Doris Durán, realizó esta presentación en el marco del Seminario Nacional de Funcionarios Municipales, realizado entre el día 03 al 05 de Mayo en la ciudad de Tomé
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada SubdereNelson Leiva®
Esta presentación ha sido realizada por la Abogada de la Subdere Sra. Rosa Huerta en el Seminario Taller efectuado el día 09.06.2015 por la Federación Regional de FF.MM de la Araucanía perteneciente a Ufemuch.
Modificación a la Ley de Impuestos a las Ganancias. Elevación del monto mínimo imponible. Deducciones
Ley 27.346
Sancionada el 22 de Diciembre de 2016
Boletín oficial, 27 de Diciembre de 2016
Id SAIJ: NV16098
SINTESIS
Modificación a la Ley de Impuestos a las Ganancias. Trabajadores en relación de dependencia. Cálculo sobre el valor de horas extras por los servicios prestados en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana. Elevación del monto mínimo imponible. Deducciones. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Impuesto específico sobre la realización de apuestas. Impuesto Indirecto sobre Apuestas On Line. Creación del Impuesto Extraordinario a las Operaciones Financieras Especulativas (Dólar Futuro). Responsables sustitutos de sujetos residentes o domiciliados en el exterior, del Impuesto al Valor Agregado.
Dictamen N° 17923 del 17.05.2017 Sobre Ley 20922Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR que señala funcionarios(as) que al 1 de enero de 2015, se encontraban ubicados entre los grados 10º al 20º, tienen derecho al incremento de uno o dos grados, según corresponda, a partir del que posean a la fecha de publicación de la ley 20.922 (25/05/2016) y el 1 de enero de 2017. Independiente de los incrementos de sus respectivos grados como consecuencia de un ascenso o promoción.
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
Presentación de la Sra Doris Durán, Abogada Asesora de la Subdere , realizó esta presentación (08.06.2016), en el Teatro Municipal de San Felipe, ante 155 funcionarios participantes en las Jornadas Municipales realizadas en San Felipe
Este documento editado por el conocido profesional Abogado Felipe Hazbún, realiza un análisis de este importante reforma municipal, que hoy en día se aplica y que genera diversas aristas de interpretación que hoy la CGR, lo ha traducido en la serie de dictámenes , los que reconocieron derechos adquiridos de los funcionarios (as) a Contrata.
Dictamen 45002 Sobre Incremento de Grado y AsignacionesNelson Leiva®
Asignación de mejoramiento de la gestión municipal debe reliquidarse respecto del personal que fue beneficiario del incremento de grado previsto en el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.922, no así las de antigüedad y de horas extraordinarias.
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio Nelson Leiva®
La Revista Más Municipio , de Agosto del 2016, editada por la Unión de Funcionarios Municipales de Chile (UFEMUCH), la cual es presidida por Dn. Victor Mora Astroza, organización que en los próximos días (06.09) celebrará su cumpleaños número 3, a la cual saludamos desde San Felipe.
Dictamen N° 3036 del 27.01.2017 Plantas MunicipalesNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR reconoce el derecho a ser encasillados para funcionarios que ascendieron por mérito propio durante el año 2015 y hasta la fecha de publicación de la Ley N° 20922.
La abogada de la Subdere Sra Doris Durán, realizó esta presentación en el marco del Seminario Nacional de Funcionarios Municipales, realizado entre el día 03 al 05 de Mayo en la ciudad de Tomé
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada SubdereNelson Leiva®
Esta presentación ha sido realizada por la Abogada de la Subdere Sra. Rosa Huerta en el Seminario Taller efectuado el día 09.06.2015 por la Federación Regional de FF.MM de la Araucanía perteneciente a Ufemuch.
Modificación a la Ley de Impuestos a las Ganancias. Elevación del monto mínimo imponible. Deducciones
Ley 27.346
Sancionada el 22 de Diciembre de 2016
Boletín oficial, 27 de Diciembre de 2016
Id SAIJ: NV16098
SINTESIS
Modificación a la Ley de Impuestos a las Ganancias. Trabajadores en relación de dependencia. Cálculo sobre el valor de horas extras por los servicios prestados en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana. Elevación del monto mínimo imponible. Deducciones. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Impuesto específico sobre la realización de apuestas. Impuesto Indirecto sobre Apuestas On Line. Creación del Impuesto Extraordinario a las Operaciones Financieras Especulativas (Dólar Futuro). Responsables sustitutos de sujetos residentes o domiciliados en el exterior, del Impuesto al Valor Agregado.
Dictamen N° 17923 del 17.05.2017 Sobre Ley 20922Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR que señala funcionarios(as) que al 1 de enero de 2015, se encontraban ubicados entre los grados 10º al 20º, tienen derecho al incremento de uno o dos grados, según corresponda, a partir del que posean a la fecha de publicación de la ley 20.922 (25/05/2016) y el 1 de enero de 2017. Independiente de los incrementos de sus respectivos grados como consecuencia de un ascenso o promoción.
Dic. Contraloría sobre Reajuste y Asignaciones del Sector Público 2014Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR Imparte instrucciones para la aplicación de las normas contenidas en la ley N° 20.799, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica.
LEY REGULADORA DE LA PRESTACION ECONOMICA POR RENUNCIA VOLUNTARIAElContadorPublico.com
Decreto Legislativo 592 -2013
LEY REGULADORA DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR RENUNCIA VOLUNTARIA
Art. 3.- La renuncia voluntaria deberá constar por escrito, debidamente firmada por el trabajador
o trabajadora, y acompañada de copia de su documento único de identidad, y constar en hojas
proporcionadas por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión
Social, o sus dependencias departamentales, o en hojas proporcionadas por los jueces de primera instancia
con jurisdicción en materia laboral, en las que se hará constar la fecha de expedición y siempre que hayan
sido utilizadas el mismo día o dentro de los diez días siguientes a esa fecha, o en documento privado
autenticado.
http://elcontadorpublico.com/
Dictamen CGR Monto de Pensiones a GendarmeríaNelson Leiva®
La CGR emite este dictamen el 09.06.2016, para referirse al límite de imponiblidad de las pensiones del personal de Gendarmería de Chile adscritos a Dipreca
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
Examen de inglés en la EVAU para alumnos en castellano
El decreto del bono de 5.000 pesos
1. República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
Proyecto de decreto
Número:
Referencia: EX-2018-57564077-APN-DGDMT#MPYT
VISTO el Expediente N° EX-2018-57564077-APN-DGDMT#MPYT, las Leyes N° 14.250 (t.o. 2004), N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, N° 23.546 (t.o. 2004), N° 24.013 y sus modificatorias y N° 27.345,
y
CONSIDERANDO:
Que a través del régimen de convenciones colectivas de trabajo del sector privado, regulado por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004) y según el procedimiento establecido por la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), se llevaron
adelante las negociaciones colectivas correspondientes al año en curso.
Que en dicho marco normativo se realizaron las negociaciones salariales entre los representantes de los
trabajadores y de los empleadores de cada actividad, sector o empresa, arribándose a las distintas fórmulas
de aumento salarial, plasmadas en los respectivos instrumentos de efectividad convencional.
Que sobre los citados convenios y acuerdos se practicaron los controles de legalidad y de no vulneración del
interés general, expresamente contenidos en los artículos 4° y 7° de la citada norma.
Que las recientes mediciones efectuadas por el organismo estatal competente han arrojado una variación
coyuntural del nivel general del índice de inflación de precios al consumidor (cfr. INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y CENSOS, Informes Técnicos, Volumen 2, N° 195, índice de precios
Volumen 2, N° 31, disponible en https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/ipc_10_18.pdf ).
Que ante el impacto socio-económico producido por dicho fenómeno, resulta urgente y necesario adoptar
las medidas pertinentes para que, con la celeridad del caso, se mantengan los estándares adquisitivos de las
remuneraciones que han sido considerados por las partes colectivas al momento de celebrar los citados
acuerdos.
Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente establecer una asignación no remunerativa para los
trabajadores del sector privado, dejándose constancia que ello no implica una afectación del derecho
constitucional de negociación colectiva, el cual mantiene plena vigencia con los niveles y alcances que
determinen las partes en cada caso.
Que asimismo corresponde establecer un procedimiento por el cual los empleadores, antes de disponer
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 9 de Noviembre de 2018
IF-2018-57749113-APN-DGD#MPYT
2. despidos sin justa causa, deban comunicar de manera fehaciente la decisión al MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO con una anticipación no menor a DIEZ (10) días hábiles de hacerla efectiva.
Que tal acción resulta concordante con los parámetros fijados por el legislador en la Ley N° 24.013 y sus
modificatorias para y regular los efectos negativos que distintas situaciones provoquen en los niveles de
empleo.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la situación expuesta configura una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites
ordinarios previstos por la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 3, de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
CAPÍTULO I ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA
ARTÍCULO 1°.- Establécese, a partir del 1° de Noviembre de 2018, una asignación no remunerativa para
todos los trabajadores en relación de dependencia del Sector Privado, que ascenderá a la suma de PESOS
CINCO MIL ($ 5000), la cual será otorgada por los empleadores de la siguiente forma: a) CINCUENTA
POR CIENTO (50%) con los salarios del mes de Noviembre de 2018, pagaderos en el mes de Diciembre de
2018 y b) CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante con los salarios del mes de Enero de 2019,
pagaderos en el mes de Febrero de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional,los
trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación
previstos en el convenio colectivo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo, representantes de los
trabajadores y empleadores, en ejercicio de su autonomía colectiva, podrán adecuar la implementación de
lo dispuesto en el presente decreto en materia de plazos y montos para aquellas actividades o sectores que
se encuentren especialmente en crisis o declinación productiva.
ARTÍCULO 4°.- Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hubiesen pactado
colectivamente un incremento sobre los ingresos de los trabajadores, en concepto de revisión salarial de la
pauta oportunamente acordada en la negociación colectiva del año 2018, podrán compensar aquél aumento
con la suma total de la asignación establecida en el artículo 1° del presente hasta su concurrencia, salvo que
acuerden expresamente su no absorción.
Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo podrán establecer que las sumas referidas en el
artículo 1 se computen hasta dicho monto, a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial
de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del año 2018
3. Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos de los
trabajadores a partir del 1 de enero de 2018, podrán compensarlos hasta su concurrencia con la suma total
de la asignación establecida en el artículo 1° del presente.
En los supuestos que se instrumenten, según corresponda, la incorporación, compensación o absorción
salarial de la asignación establecida en el artículo 1° del presente decreto, la misma adquirirá carácter
remunerativo.
ARTÍCULO 5°.- Quedan excluidos de los alcances del presente decreto los trabajadores del sector público
nacional, provincial y municipal, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral
aplicable.
También se encuentran excluidos del presente decreto los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario,
regulado por la Ley N° 26.727, y del Régimen Especial de Casas Particulares, regulado por la Ley N°
26.844, sin perjuicio de lo que puedan establecer sus órganos competentes.
CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO PREVIO DE COMUNICACIÓN
PARA DESPIDOS SIN JUSTA CAUSA
ARTÍCULO 6°.- Establécese, hasta el 31 de marzo de 2019, un procedimiento por el cual los empleadores,
antes de disponer despidos sin justa causa en contratos de trabajo por tiempo indeterminado, deberán
comunicar la decisión al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO con una anticipación no menor a
DIEZ (10) días hábiles de hacerla efectiva.
ARTÍCULO 7°.- El MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de oficio o a petición de parte,
podrá convocar al empleador y al trabajador junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar
durante el plazo fijado en el artículo 6°, las audiencias que estime necesarias para considerar las
condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción.
ARTÍCULO 8°.- El incumplimiento de lo establecido en el presente capítulo dará lugar a la aplicación de
las sanciones previstas en el Anexo II de la Ley N° 25.212 y sus modificatorias.
ARTICULO 9°.- Exceptuase del procedimiento establecido en el presente capítulo, al personal de la
Industria de la Construcción, contratado en los términos de la Ley N° 22.250.
CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 10.- El MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, en su carácter de autoridad de
aplicación, queda facultado para dictar las normas complementarias y aclaratorias del presente.
ARTÍCULO 11.- Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
ARTÍCULO 12.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese.
4. Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT 30715117564
Date: 2018.11.09 17:14:46 -03'00'
María Florencia Amante
Directora
Dirección de Gestión Documental
Ministerio de Producción y Trabajo
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA -
GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, c=AR,
o=MINISTERIO DE MODERNIZACION, ou=SECRETARIA DE
MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serialNumber=CUIT
30715117564
Date: 2018.11.09 17:14:48 -03'00'