Este decreto legislativo regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas privadas que generan rentas de tercera categoría. Establece porcentajes específicos de participación en las utilidades para diferentes industrias, con un límite máximo de 18 remuneraciones mensuales por trabajador. También crea un fondo para capacitación y empleo con cualquier excedente restante, y entró en vigencia el 1 de enero de 1997.