1. El inicio de la vida y de la persona natural
Concebido y persona
Aspectos generales del concebido
Nasciturus
Definición
Teoría de la concepción
Teoría de la anidación
Naturaleza jurídica
El concebido naturaleza jurídica
Tratamiento legal
Derechos obligaciones y representante
En lo que se refiere al fin del concebido
VIDEO
3. La vida humana comienza con la
concepción. El concebido es sujeto
La persona humana es sujeto de de derecho para todo cuanto le
derecho desde su nacimiento. favorece. La atribución de derechos
patrimoniales está condicionada a
que nazca vivo.
5. El que habrá de nacer
CONCEPTUS CONCEPTURUS
Se refiere al Se refiere al
concebido. que habrá de
Es una realidad ser concebido.
biológica y Es una ficción
jurídica. jurídica.
6. JUAN
ESPINOZA
Considera que "el concebido es el ser
humano antes de nacer que, pese a
que depende de la madre para su
subsistencia, está genéticamente
individualizado frente al ordenamiento
jurídico y, como tal, se convierte en un
centro de imputación de los derechos
y deberes (obligaciones) que lo
favorecen. Es por eso que se dice que
es un sujeto de derecho privilegiado."
7. Es la etapa posterior a la
Es la unión del espermatozoide fecundación, en donde el
cigoto, pasa por un
con el ovulo. "proceso de fusión nuclear"
que dura 12 horas
aproximadamente.
En esta etapa todavía no se puede Es después de este proceso
hablar de la existencia de vida. que podemos hablar de vida
humana genéticamente
distinta de la madre.
8. TEORÍA DE LA ANIDACIÓN
Esta Teoría señala que la vida humana empieza cuando el
embrión se fija en el útero de la mujer y éste es un fenómeno
que recién culmina a los 14 días de la relación sexual.
TEORÍA DE LA FORMACIÓN DEL
SISTEMA NERVIOSO CENTRAL
Esta Teoría señala que la vida humana se inicia con la
formación del sistema nervioso central, esto es, la formación del
cerebro.
9. • El concebido es considerado
como un órgano, parte o porción
de la madre.
• En el Corpus Iuris Civilis se
establece : "el feto, mientras
esté‚ en el claustro materno, se
espera a que llegue ser hombre".
(Código, Lib. VII, Tit. V, Ley 14).
10. • Considera al concebido
como persona por nacer.
• No considera al concebido
como persona, puesto que
aún no se ha producido el
hecho del nacimiento.
11. El Art. 1 del CC considera al concebido
como un sujeto de derecho
privilegiado. Esto es, sólo será titular
de derechos y obligaciones en le
favorecen.
12.
13. EN LO QUE SE REFIERE AL FIN DEL CONCEBIDO
Este puede darse, excluyentemente, en cualquiera de estas dos
modalidades:
En el momento mismo
del nacimiento, cuando
Muerte antes del
Nacimiento con vida Muerte del ser humano el ser humano muere
nacimiento,
del ser humano, en formación, dentro de antes de desprenderse
denominada aborto, el
adquiriendo la la cual se admiten dos del cordón umbilical.
cual puede ser
categoría de persona hipótesis, a saber: En ambos casos no
espontáneo o
individual. habrá adquirido la
intencional.
categoría de persona
individual.