El documento describe las funciones y el proceso de elección del personero estudiantil. El personero debe ser un estudiante del último grado de educación básica o media y sus funciones incluyen promover los derechos de los estudiantes, recibir quejas, y apelar decisiones ante el consejo directivo. El personero será elegido por votación secreta dentro de los 30 días después del inicio del año lectivo. También habla brevemente sobre la importancia de que el personero electo cumpla con sus funciones y responsabilidades.