El documento trata sobre la hipoacusia ocupacional. En 3 oraciones resume:
La exposición prolongada al ruido en el trabajo puede causar hipoacusia o pérdida auditiva, siendo este el problema de salud ocupacional más común reportado en Perú. La hipoacusia afecta principalmente a hombres entre 50-65 años que trabajan en minería, construcción y otras industrias con altos niveles de ruido. El documento analiza los casos de hipoacusia reportados en varios países e industrias, así como los sectores más a
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MAESTRIA EN CIENCIAS MENCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL MINERA
Docente: Dr. M. Sc. Ing. Ricardo Ángel Yuli Posadas.
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ENFERMEDADES PROFESIONALES U OCUPACIONALES
LA HIPOCUSIA
INTRODUCCIÓN
Según la Dirección General de Salud Ambiental (2005: 7): “La Organización Internacional del
Trabajo (OIT), informa en el año 2002, que cada año en el mundo 270 millones de asalariados
son víctimasde accidentesde trabajo, y 160 millones contraen enfermedades profesionales”.
Se entiende que es inevitable la existencia de peligros en las instalaciones de una planta
industrial,yaque tantolos trabajadores, máquinas e instalaciones se encuentran expuestos a
una serie de agentes (físicos, químicos, biológicos, mecánicos, ergonómicos, psicosociales,
eléctricos, locativos, de tránsito, naturales y otros) que generan riesgos en el ambiente de
trabajo y la probabilidad de ocasionar accidentes o enfermedades ocupacionales.
El ruido es el contaminante ambiental más frecuente en el conjunto de todos los sectores de
actividad, como reiteradamente encuentra la III, IV y la ultima V Encuesta Nacional de
Condiciones de Trabajo. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT, V
Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo, última edición publicada por el INSHT el año
2004).
La exposición a ruido es la causa de alrededor de un tercio de los 28 millones de casos de
sorderaenEstados Unidos,y el National Institute for Occupational Safety and Health (NIOSH)
informa que el 14 % de los trabajadores norteamericanos está expuesto a niveles de sonido
potencialmente peligrosos,esdecirporencimade los90 decibelios(dB).(Marcel-André Boillat,
Enciclopedia OIT).
ANTECEDENTES
CHILE
Según datos de 2006 de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), la exposición a
ruidorepresentael 80%de lasincapacidadespermanentesporenfermedadesprofesionales.La
mismaACHSinformabapara el año 2001 que latasa de incapacidadporhipoacusiallegabaa 16
de cada 100 trabajadores. El problema se deriva de la exposición al ruido industrial que
produce daño irreversible en trabajadores expuestos a ruidos sobre 85 decibeles, en una
jornadadiariade ocho horas y sin una protección auditiva adecuada. El perfil de los pacientes
que lleganatenerproblemasde audiciónporruidosonprincipalmentehombres, de entre 50 y
65 años, que trabajan cerca de sierras, pulidoras, lijadoras, motosierras, motores, turbinas y
aserradoras. En general, los trabajos de fábricas que generan ruidos con decibeles
considerados peligrosos.
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Entre losgruposde riesgo,están las personas que, por su actividad, sufren el ruido producido
por armas de fuego, como es el caso de los miembros de las Fuerzas Armadas, cazadores,
quienes practican el tiro al blanco; también están los trabajadores vinculados al sector de
transportes, los motoristas, automovilistas, el personal que trabaja en aeropuertos y de
aviación;lossectoresde la minería, construcción y metalmecánica; colegios, músicos, etc. Los
ruidos fuertes pueden dañar las células del órgano de Corti del oído interno y el nervio
acústico, denominándose pérdida neurosensorial de la audición.
ESPAÑA
Al escribir las características médico legales en casos de Hipoacusia Profesional
evaluados en consultoría de Otorrinolaringología del Equipo de Valoración de Incapacidades
del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid, durante los años 2008 y 2009.
Métodos: Se revisaron 49 expedientes médico administrativos ingresados como Hipoacusia
profesional. Se encontraron 30 casos con Resolución Administrativa final de Hipoacusia
Profesional.Se excluyeron19 casospor enfermedadcomúnyaccidentesde trabajo.Resultados
y Conclusiones: Edad promedio de 51,7 años. Tiempo promedio de exposición al ruido de 26
años. En 15 casos contaron con Informe de Higiene Industrial. La clasificación administrativa
final fue de Lesiones Permanentes No Incapacitantes en el 93% de casos. Hubo 2 casos de
Incapacidad Permanente Total al coexistir inestabilidad postural
Actualmente se ha determinado que la exposición ocupacional al ruido influye de
maneradeterminante enlasaludyla calidad de vida de las personas y muy especialmente en
su trabajo interfiriendo en la comunicación y en el desempeño de las tareas.
El ruidopuede darlugara efectostantosobre el receptordel sonido(efectosauditivos)
como de tipo fisiológico y comportamental, (efectos extrauditivos) provocando malestar,
disminuciónointerrupciónde laatención,alterandolacapacidadde concentración, el sueño y
el rendimientoasícomoinduciendocomportamientos psicológicos alterados, incrementando
el riesgo de accidentes de trabajo, y provocando alteraciones fisiológicas en el sistema
cardiovascular.SegúnlaOrganizaciónMundial de la Salud (OMS) solamente se ha encontrado
evidenciasignificativaparaefectosextra-auditivosrelacionadosconlahipertensiónarterial.(3-
9)
Gráfico Nº1: Distribuciónde de los trabajadores con Hipoacusia Profesional evaluado
por el Equipode Valoraciónde Incapacidades(EVI)del InstitutoNacionalde laSeguridad Social
(INSS) de Madrid durante los años 2008 y 2009, Según profesión
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CUBA
En la mina-planta de zeolita de Tasajeras, perteneciente al municipio de Ranchuelo,
provinciade VillaClara,se realizóunestudioobservacional de tipo descriptivo en el año 2002,
con el objetivode valorarlautilidaddel mapade riesgolaboral enel diagnósticode saludde los
trabajadores de la empresa. Identificados y clasificados los riesgos presentes en el ámbito
laboral y conocido su indicador negativo de control, se procedió a calcular el grado de
peligrosidad,yse hallóque el ruidoindustrialy el polvomineral fueron los de mayor gravedad
(1 000 puntos).
MTPE: Empleo de personas con sordera es labor de empresas y Estado
El ministerioinformóque de agosto2011 a julio2014 se logrócapacitar y colocar laboralmente
a aproximadamente dos mil personas con discapacidad en general.
Para promover la inserción laboral de las personas con discapacidad auditiva es necesario el
trabajo articulado entre el Estado, la sociedad civil y las empresas, sostuvo el Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Asimismoinformó que de agosto 2011 a julio 2014 se logró capacitar y colocar laboralmente a
aproximadamente dos mil personas con discapacidad en general, mediante sus programas
laborales y la bolsa de trabajo.
LA HIPOACUSIA (pérdida de la función auditiva parcial inducida por ruido) es oficialmente
el problema de salud ocupacional más frecuente en Perú.
Advierten que los trastornos del oído y las sorderas traumáticas como la causa número uno
de enfermedad laboral.Sostienenque el RUIDOconsiste en un SONIDO molesto y no deseado
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que interfiere con el sueño, el trabajo, el descanso, y lesiona, tanto física como
psicológicamente al trabajador.
Explicanque el nivel mínimopuede encontrarseenunlaboratorio,a10 decibeles (dB),seguido
de zonas rurales, a 30 dB, e ir ascendiendo, como las exposiciones a una calle con tráfico
intenso,que corresponde a 80 dB, que es el límite; un taller de metal o concierto de rock, 110
dB, hasta llegar a un avión despegando, 140 dB, que produce dolor.
ENTRE lasactividadesque conducenaunaltogrado de hipoacusiaestán entre ellas la minería
construcción,laagriculturay los trabajos que involucran música o maquinaria a alto volumen.
Los más afectados son hombres que trabajan como peones de carga en la industria
manufacturera, mineros, operadores de maquinaria, soldadores, electricistas entre otros.
Tendencias conceptuales y metodológicas de salud colectiva en el Perú
El concepto de trabajo y de trabajador ha evolucionado en recientes años, orientando la
actividad humana hacia la obtención de valor, diseño, decisión, autonomía y cooperación,
dejandoatrásla concepcióndel trabajadorcomooperadorfinal,enoficiosydestrezas clásicas,
monofuncional y con tareas localizadas en un área típica de trabajo.
En el Perú,el registrode enfermedadesprofesionalesesaúnincompleto,parcial y con el sesgo
del sub-registro,tal comolo evidencia la información disponible por la autoridad de trabajo y
las autoridades sectoriales. Por esta razón la aplicación de herramientas en epidemiologia
ocupacional no se pueden aun estimar ni la mortalidad ni la morbilidad, por lo que aún no se
demostraríala necesidadde contarcon estrategiasnacionalesde prevenciónde enfermedades
profesionales, explicando asimismo por qué la mayor parte de los casos registrados de
enfermedadprofesional,culminanenreclamaciones legales por parte de los trabajadores, los
cuales realizan sendos juicios por la vía civil a sus empleadores.
Es conocido sin embargo, que en varios sectores industriales de alta dinamicidad, como es el
caso de la mineríaocurrenaltas tasasde accidentabilidad,esperando la ocurrencia de una alta
prevalencia de enfermedad profesional, sin embargo esto último no es notorio por algunas
consideracionesque es importante de remarcar. La primera de ellas se refiere a que en estos
sectoreseconómicos,lasaludocupacional crece yse desarrollaareflejodelimportanteespacio
de la seguridad, es decir de la prevención de accidentes de trabajo en lo que a medidas
específicas visibles en el lugar de trabajo se refiere.
Por laalta rotación se determinaunamenorconcentraciónde factoresde vulnerabilidad física
en la población de trabajadores. A pesar de esta posible explicación, sin embargo es la
Hipoacusia Ocupacional y los Trastornos musculo esqueléticos y Efectos asociados al Estrés y
Fatiga los que constituyen los principales problemas de salud percibidos por los médicos
ocupacionalesypersonal que realizalasevaluacionesmédicoocupacionalesennuestromedio.
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ENFERMEDADES DEL TRABAJADOR EN UNA EMPRESA PERUANA EN APLICACIÓN DE LA LEY DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Objetivo: Identificar las enfermedades más frecuentes, según área laboral.
La población de estudio se agrupó en dos: obreros y administrativos. La edad media de la
población fue 37,48 años y el sexo masculino representó el 83,5%. Las características
patológicas más frecuentes fueron: Dislipidemia (Hipertrigliceridemia 66,9%,
Hipercolesterolemia 64,5%), ametropía no corregida 37,2% e hipoacusia Leve 36,8% y
sobrepeso 57%. Según el área laboral: el personal obrero, presentó mayor frecuencia de
problemas auditivos, dislipidemia, sobrepeso e hipertensión arterial (HTA). El personal
administrativotuvomayorafectaciónde dislipidemia,ametropíanocorregida,obesidad gradoI
y sobrepeso.
Conclusiones:Lasenfermedadesmásfrecuentes enlasdos áreasocupacionalessegúnel grupo
I: ametropía e hipoacusia; en el grupo II: la dislipidemia y el sobrepeso.
Tabla 2. Características Clínicas, según sexo y área laboral de los trabajadores de una fábrica,
Lima 2013
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NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES LABORALES AL MINISTERIO DE TRABAJO.
PERÚ 2010-2014 Christian R. Mejia, Matlin M. Cárdenas, Raúl Gomero-Cuadra
Con el objetivo de determinar las tendencias de los accidentes y enfermedades laborales
notificadas al Ministerio de Trabajo del Perú, se realizó un estudio descriptivo de datos
secundarios,conlosreportesextraídosde losboletinesmensualesdesdeseptiembre de 2010 a
diciembre de 2014. Se notificaronanivel nacional 54 596 accidenteslaborales no mortales, las
tasas de los accidentes laborales no mortales por millón de habitantes aumentaron en el
período 2011- 2013 (296,5 el 2011, 955,9 el 2012 y 1176,3 el 2013), disminuyendo en el 2014
(878,9). Hubo 674 accidentes mortales, cuyas tasas se incrementaron entre el 2011-2012 y se
redujeron entre el 2013-2014. Se reportaron 346 enfermedades laborales, las más frecuentes
fueronloscasosde hipoacusia(77), enfermedades por posturas inadecuadas (57) y dermatitis
alérgica (44); los reportes se redujeron de 6,9 en el 2011 a 2,3 en el 2014. Los reportes de
enfermedades laborales fueron disminuyendo, lo que podría indicar una sub notificación
importante.
BASE LEGAL
Ley Nº 29783. Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Ley Nº 30222.
D. S. Nº 005 – 2012 Reglamento de la Ley 29873: Ley de seguridad y Salud en el trabajo
Decreto Supremo-005-2012 TR •RM- 312: Protocolos de exámenes médicos ocupacionales y
guías de diagnostico de los exámenes médicos obligatorios por actividad.
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D. S. Nº 006 – 2014 - TR
Ley N° 26790. Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Ley N° 27657. Ley del Ministerio de Salud.
Ley N° 27813. Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud.
Decreto Supremo N° 009-97-TR que aprueba el Reglamento de la Ley de Modernización de la
Seguridad Social en Salud.
DecretoSupremoN°003-98-SA/DM. ApruebalasNormasTécnicasdel Seguro Complementario
de Trabajo de Riesgo.
La Ley General de Salud N° 26842, en el capítulo VII "De la Higiene y Seguridad en los
Ambientes de Trabajo",
Lineamiento de Inspección del Trabajo en Materia de Seguridad y Salud Ocupacional en el
Sector de Construcción Civil” RM348-2007-TR
Reglamento De La Ley General De Inspección Del Trabajo DS -019-2007-TR
Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería D.S. N° 055-2010-EM
Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo DS N° 003-98-SA (14 abril
1998)
Reglamento de Seguridad Radiológica. D.S. N° 009-97-EM
Reglamento de Prevención y Control del Cáncer Profesional D.S. N° 039-93-PCM(11/06/93) y
su modificatoria D.S. N° 007-93-TR (23/07/93)
Lineamientos de Clasificación Radiográfica de la OIT para evaluación y diagnóstico de la
Neumoconiosis. R.S. N° 014-93-TR.
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HIPOACUSIA
Cuando se habla de Hipoacusia, se trata de una de las enfermedades profesionales u
ocupacionalesmásextendidasenel ámbitoindustrial,yaque sueleafectarprincipalmente alos
trabajadores que se encuentran expuestos a fuentes de ruido de manera repetida, lo que
ocasionael desarrollode cuadrosde hipoacusiaprogresiva,conformevayantranscurriendo los
años.Básicamente esta pérdida de la audición se inicia en el aspecto extra conversacional, lo
que impide que sea percibida por el paciente, ya que generalmente el único síntoma que se
presentaenuninicioesel acufeno,que noesmás que un pequeñozumbidoopitidoque suele
escuchar el paciente, usualmente finalizando su jornada laboral.
Es así comola Hipoacusia inducida por el ruido – HIR es un problema muy delicado, ya que en
el transcurso del tiempo ha tenido un alarmante incremento, ya que por sus características,
aumentaconforme avanzael desarrolloindustrial, debido a que las plantas industriales suele
emplearequiposque producenruidosde altaintensidad,ocasionando inicialmente trastornos
que impiden una comunicación oral de manera normal entre los trabajadores, a lo cual se le
denomina con el termino de socioacusia.
Es importante considerar que entre los factores que provocan una hipoacusia en el medio
laboral. Nosoloestánlosque estánrelacionadosconlaexposiciónanivelesaltosde ruido,sino
también aquellos que se producen a causa de distintos productos tóxicos como el tolueno,
arsénico, anhídrido carbónico, entre otros. Incluso se debe considerar los pacientes que
enfermaron en ambientes militares, donde existe la emisión de ruido por el uso de material
militar.
Por eso se dice que la Hipoacusia inducida por el ruido es la enfermedad que provoca una
disminución sustancial de la capacidad auditiva ya sea en uno o ambos oídos, lo cual suele
ocurrir parcial o totalmente,que ademáspuede serpermanentey acumulativa, provocado por
la exposiciónaaltosniveles de ruido en el ambiente laboral, lo que puede resultar peligroso,
independientemente si el ruido es continuo o intermitente, y además tenga una intensidad
mayor a los 85 dB, y además los riesgos aumentan cuando la exposición es por periodos
considerables, lo que conlleva a producir hipoacusias sensorio neurales, las cuales son de
carácter irreversible, pero si pueden ser prevenidas.
Comunidad de Madrid, Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo CONSEJERIA DE
EMPLEO Y MUJER Este estudiohasidorealizadoporlosTécnicosSuperiores de Prevención del
Servicio de Medicina del Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada del I.R.S.S.T.:
Prevención de la Hipoacusia
La mejor manera de prevenir esta enfermedad es investigando sobre los antecedentes
laborales del personal, para lo cual puede realizarse también una exploración otoscópica, así
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como realizarde maneraperiódicalamedicióndelnivel auditivode cadaunode lostrabajador,
mediante audiometrías pre laborales, a partir de las cuales se podrá verificar el correcto
funcionamientodel oído,descartando cualquier lesión previa, para de esa manera establecer
las medidas apropiadas, que permitan prevenir las lesiones auditivas, en especial de los
trabajadores que van a laborar expuestos a ambientes con niveles de ruido considerables.
Es importante también desarrollar audiometrías periódicas a los trabajadores afectados, para
tenerunavisiónmuyclara sobre laevoluciónde lahipoacusiacontraída,yaque mediante estas
pruebasse puede determinarlapérdidade audición y la aparición de acufenos o zumbidos en
el oído durante o al final cada jornada. La gestión para la prevención de este tipo de lesiones,
también es muy importante, ya que esto permitirá implementar programas que ayuden
aprevenireste tipo de lesiones, Estos programas incluyen una detallada evaluación del ruido
existente,parapoderimplementar los métodos más idóneos que permitan controlar el ruido
ya sea en la fuente o en el medio de transmisión, capacitando asimismo al personal en el
correcto uso de protectores auditivos durante cada jornada laboral.1
El ruido es un contaminante ambiental extendido en casi todos los ámbitos de actividad. Se
estima que más de la mitad de los ciudadanos de la Unión Europea viven en zonas en las que
no se les puede asegurar un mínimo de confort acústico. No debe olvidarse la contribución al
daño producidoporel ruidoque tiene laexposiciónno profesional,porejemplo, los locales de
reunión con música muy alta. En la Unión Europea, durante las horas de día, un 40 % de la
poblaciónestáexpuestaaruidoprocedente de tráficoque equivale a nivel de presión acústica
superioralos 55 dB (A),yun 20 % de la población está expuesta a niveles superiores de 65 dB
(A).Durante lanoche más del 30 % de losciudadanosestáexpuesto anivelesde presiónsonora
que superan los 55 dB (A), con la consiguiente perturbación del descanso nocturno.
El diagnóstico de sordera profesional debía basarse en la suma de los siguientes criterios:
– Historia laboral, concordante con una exposición laboral a ruido. Estudio de los
síntomas que presenta el trabajador. Exploración de los signos clínicos y exploración
audiométrica.
– Eliminación,yexclusión,de otrasposiblescausasde sorderaque noestán relacionadas
con la actividad laboral, por ejemplo: Edad, Ototóxicos no laborales.
NORMATIVA INTERNACIONAL
En la Norma ISO 1999:90, recogida en UNE-74023-91, se estima la pérdida auditiva inducida
por el ruido en función de la edad y de los años de exposición, observando que:
En una población de personas de 50 años de edad, expuestas durante 30 años a un nivel de
ruido continuo diario equivalente de:
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– 85 dB (A),el 50% de la poblacióntendráundéficitauditivo total (debido a la edad y al ruido)
igual o superior a 15,2 dB cuando se promedien los déficit a las frecuencias de 2.000, 3.000 y
4.000 Hz y se toma la base de datos A de la Norma.
– 95 dB (A),el 50 % de lapoblacióntendráundéficitauditivototal (debido a la edad y al ruido)
igual o superior a 29,1 dB cuando se promedien los déficit a las frecuencias de 2.000, 3.000 y
4.000 Hz y se toma la base de datos A de la Norma.
– 100 dB (A), el 50 % de la población tendrá un déficit auditivo total (debido a la edad y al
ruido) igual osuperiora 40 dB cuandose promedienlosdéficitalasfrecuencias de 2.000, 3.000
y 4.000 Hz y se toma la base de datos A de la Norma.
Presentamosel dañoauditivo para ISO 1999:90 en la Tabla 1. Este cuadrante debe entenderse
como riesgo:diferenciaentre el porcentaje de personas con la capacidad auditiva disminuida
enun grupo expuestoaruidoyel porcentaje de personasconlacapacidad auditiva disminuida
en un grupo no expuesto (pero equivalente en todos los demás aspectos al primero).
Tabla 1
INCREMENTO DEL DAÑO AUDITIVO CON EL NUMERO DE AÑOS DE EXPOSICIÓN A RUIDO QUE
SUFRE UN TRABAJADOR. ISO 1999:90:
En la norma ISO se hacen dos advertencias:
– A partir de ciertonivel de ruidocontinuodiarioequivalente y durante un número de años de
exposición determinado, del total de individuos expuestos a una fuente de ruido la pérdida
auditiva la puede padecer un determinado porcentaje, del total de las personas expuestas,
variando en función de los años de exposición y el nivel de ruido equivalente.
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– Las personaspueden padecer pérdida auditiva con un nivel de ruido que no corresponde al
umbral considerado como perjudicial.
El daño auditivo se incrementa con el número de años de exposición a ruido que sufre un
trabajador;la normaISO 1999:90 da una relaciónentre laexposiciónlaboral a ruido expresada
entérminosde presiónacústica medida en dB ponderados de la escala A, en la duración de la
semana laboral normal y con una proporción estimada de trabajadores que mostrarán una
pérdida auditiva según el nivel de ruido y los años de exposición.
La sorderade origenprofesional se produce progresivamente,peroel dañoauditivoocurre por
etapas.
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DEL RUIDO
Sonidoestodasensaciónauditivaque tienepororigenunaonda acústica que proviene de una
vibraciónque se propagaenun medioelástico,produzca o no, sensación audible. La vibración
la produce una energía, por ejemplo: la que ejerce al pulsar una cuerda de guitarra.
Entendemos por ruido un sonido inarticulado y confuso más o menos fuerte; todo sonido no
deseado, incluyendo tanto las características físicas de la señal como las psicofisiológicas del
receptor.
El ruidoesun conjuntode sonidosyviene definidoporlasmismascaracterísticasque el sonido.
Se caracteriza por:
– La amplitud del sonido que está definida por la presión acústica, la intensidad acústica o la
potencia acústica.
– La frecuencia del sonido.
La intensidadeslafuerzade esavibración,laalteraciónque se produce en el aire; la medimos
en decibelios (dB).
La magnitudde amplituddel sonidoestádefinidaporlapresiónacústica,laintensidad acústica
o la potencia acústica. La más usada es la presión acústica. El nivel de presión acústica es el
nivel de variación de presión del sonido. Se mide en micropascales, μPa. Para abarcar los
diferentes niveles de presión que pueden ser oídos por un ser humano se manejarían cifras
desde 20 a 100.000.000 de unidades. Unidades que son poco manejables.
Para solucionarlo se utiliza el decibelio, dB. El decibelio no es una medida absoluta. Es una
relación entre una medida y un nivel de referencia acordado. La escala de dB es logarítmica y
utilizael umbral auditivode 20 μPa como nivel de referencia. También se utiliza la medida de
ergios por segundo a través de un centímetro cuadrado, también se mide en W/m2.
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Actualmente las empresas se encuentran en un contexto que demanda mayor cuidado en
temas de seguridad y salud: localmente según el D.S. Nº 009–2005–TR todas las empresas del
sectorprivadotienenlaobligaciónde implementarun Sistemade Gestiónde SeguridadySalud
en el Trabajo; mientras que internacionalmente es más amplia la normatividad establecida,
destacando la serie de Normas OHSAS 18000.
Un adecuado Sistema de Gestión de Seguridad y Salud busca mantener los riesgos en niveles
tan bajoscomo seaposible,evitandoperjudicarlaproductividadoperacional y financiera en la
empresa, logrando un efecto positivo global (para trabajadores y empresarios) cuidando la
seguridad y salud laboral, la continuidad de las operaciones y se podrían ahorrar los altos
costos que generan los accidentes y enfermedades ocupacionales.
Seguridad: Ocupacional, Del Trabajo, Industrial
Se define la seguridad como “…todas aquellas acciones y actividades que permiten al
trabajadorlaborar encondicionesde noagresióntantoambientalescomo personales…”(MTPE
2007: 11), mientras que la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) precisa por
SeguridadOcupacional a“…unaparte de la Salud Ocupacional,que comprende un conjunto de
actividadesde ordentécnico,legal, humanoyeconómico, para la protección del trabajador, la
propiedadfísicade laempresamediante laprevenciónyel control de lasacciones del hombre,
de las máquinas y del medio ambiente de trabajo, con la finalidad de prevenir y corregir las
condiciones y actos inseguros que pueden causar accidentes” (2005: 30). Ambas coinciden en
que, para considerar como seguro un lugar de trabajo, no deben existir condiciones ni
producirse actos que pongan en riesgo límite la vida del trabajador o la infraestructura de la
empresa.
Salud ocupacional
Según Chinchilla (2002: 41), se puede entender la “salud en los centros laborales, tal como lo
plantealaOrganizaciónMundial de laSalud(Op.cit.,Consejode Salud Ocupacional, 1993, p.5):
La salud se desarrolla y se mantieneporuna acción reciproca entre el genotipo y el medio total.
Como el medio ambiente de trabajo constituye una parte importante del medio total en que
vive el hombre, la salud depende en gran medida de las condiciones del trabajo”.
De manera similar, según Marín y Pico (2004: 16) se especifica que «el Comité Mixto de la
Organización Internacional del Trabajo y la Organización Mundial de la Salud, definen la salud
ocupacional como “el proceso vital humano no sólo, limitado a la prevención y control de los
accidentes y las enfermedades ocupacionales dentro y fuera de su labor, sino enfatizado en el
reconocimiento y control de los agentes de riesgo en su entorno biopsicosocial” (Acosta et al
1991: 23)».
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Específicamente para el caso del ruido, Cortés (2007: 429) indica que se le define como un
sonidonodeseadoproducido por una vibración que se propaga mediante el aire. También se
debe considerarque puede tenerefectosauditivospor exposición directa, con la consecuente
pérdida de audición en diversos niveles dependiendo de la intensidad y el tiempo de
exposición,entre losque se pueden considerarlahipoacusiayla sordera profesional, así como
consecuenciasno auditivascomoalteracionesfisiológicasypsicológicasproducidasporel ruido
como agente estresante, como pueden ser efectos fisiológicos (aumento del ritmo cardíaco,
aceleración del ritmo respiratorio, disminución de la actividad de los órganos digestivos,
reducción de la actividad cerebral y su efecto sobre el rendimiento), efectos psicológicos
(interferencia con el sueño, agresividad, ansiedad, disminución de la atención), entre otros
(ITACA 2006: 32-35).
La Ley N° 26790 establece lacreacióndel Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo SCTR,
que otorga Prestacionesde SaludyPensiónde Invalidez;parapodercumplirconlo indicado,en
loconcerniente a la calificación, la Comisión Técnica Médica presenta el Documento Técnico:
Evaluación y Calificación de la Invalidez por Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales, que requiere de uncontextoclaroyespecifico. Laincapacidadlaboral concebida
por el SCTR, reclama una atención concreta, pues su planteamiento ha de discurrir por
causales,que nosolamente estánligadosaconceptos comola deficienciaórgano - funcional,la
incapacidad, en una consideración genérica.
Dado el carácter progresivo e incurable de la sordera profesional, la única medida eficaz para
evitarla es la prevención mediante medida de higiene y ambiental, que en relación con el
origen del ruido eviten o disminuyan el nivel en los puestos de trabajo.
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Docente: Dr. M. Sc. Ing. Ricardo Ángel Yuli Posadas.
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CONCLUSIÓN
1. Si bien en los primeros años hubo un leve incremento en las notificaciones de los
accidentesmortales,estosdisminuyeronenlosúltimosdosaños,ellopuede deberseal
aumentode latecnologíaindustrial,de maneraque muchosprocedimientos riesgosos
para el trabajador han disminuido notablemente.
2. Además, las empresas y el Estado están implementando estrategias para aminorar el
riesgo, impartiendo capacitaciones a los trabajadores, brindándole material de
seguridad, realizando inspecciones por parte de la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral (SUNAFIL), entre los más destacables. Aún no se ha llegado a
generar una completa equidad de la salud y seguridad en el trabajo, pero este es un
procesoque espaulatino,sobre tododependiente de losactoresprincipales(el estado,
las empresas y los trabajadores), ya que incluso algunos países desarrollados, y con
tecnologíade punta,todavía reportanfluctuacionesensus reportes seculares de tasas
de accidentesmortalesynomortales.Porlo que se debenseguirgenerandoevidencias
que contribuyan a la mejora del statu quo en este rubro.
3. Por último, en el reporte de enfermedades laborales se halló una disminución en la
tendencia mensual y en sus tasas anuales, con una cantidad de reportes menor a la
esperado, incluso para enfermedades laborales tan comunes como la hipoacusia, las
enfermedadesgeneradaspor posturas inadecuadas y las de origen psicosocial; lo que
contrasta con diversasinvestigaciones nacionales e internacionales, que muestran un
número bastante superior a lo reportado a nivel nacional en los casi cinco años de
revisión.Estasituaciónpuededeberse a una sub notificación, que parte desde la base
de no tener adecuadas definiciones o por un inadecuado uso de la lista de
enfermedades profesionales.
4. Se observó que el MINTRA notifica como enfermedades algunos síntomas o signos
patológicosespecíficos;asícomola superposiciónde enfermedadesespecíficas y otras
que engloban a un grupo de ellas. Se sugiere que para evitar esto, se deben generar
normas claras y concisas, basadas en la realidad nacional, como los realizados por
algunos países vecinos.
5. Se concluye que latendenciade lasnotificacionesde accidentes laborales no mortales
se ha incrementado desde hace algunos años. Los accidentes laborales mortales han
aumentado ligeramente en su notificación mensual. Además, las enfermedades
laborales son reportadas en una mínima frecuencia y con tendencia a la disminución.
Se recomiendagenerarmétodosde vigilanciade lasnotificaciones,yaque nobasta con
promulgarunaley,sinoademás,velarporsu cumplimientoyconstatar que se realicen
los reportes.
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BIBLIOGRAFÍA (scielo)
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CONSEJERIA DE EMPLEO Y MUJER
2. Christian R. Mejia, Matlin M. Cárdenas, Raúl Gomero-Cuadra. NOTIFICACIÓN DE
ACCIDENTES Y ENFERMEDADES LABORALES AL MINISTERIO DE TRABAJO. PERÚ 2010-
2014. Rev Perú Med Exp Salud Pública 2015; 32(3):526-31.
3. Guillermo López Espinosa, Isis Yeras Alos, Mavel Beltrán González, Grisel Aparicio
Manresa, Mariela ValdésMora y Edimilvia Hernández González. Rev Cubana Med Gen
Integr v.20 n.2 Ciudad de La Habana mar.-abr. 2004.
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5. LuisOrtega Muñoz,FonoaudiólogoResponsablede Calidad,FormaciónyAudiología en
GAES Chile.
6. Mario Christian Carrasco González. PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA
DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN EL ÁREA DE INYECCIÓN DE
UNA EMPRESA FABRICANTE DE PRODUCTOS PLÁSTICOS Tesis para optar por el Título
de Ingeniero Industrial.
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ANEXOS
CASO DENUNCIA POR DAÑO POR HIPOACUSIA
LIMA
ABRAHAM CONSTANTINO
BERRIOS LIENDO
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 8 días del mes de agosto de 2013, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional,
integrada por los magistrados Mesía Ramírez, Calle Hayen y Eto Cruz, pronuncia la siguiente
sentencia
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Abraham Constantino
Berrios Liendo contra la resolución expedida por la Séptima Sala Civil de la Corte Superior de
Justicia de Lima, de fojas 317, su fecha 5 de setiembre de 2012, que declara improcedente la
demanda de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha9 de juliode 2007, el recurrente interpone demanda de amparo contra la Oficina de
Normalización Previsional (ONP), con el objeto de que se declare inaplicable la Resolución
6813-2006-ONP/DC/DL 18846 del 31 de octubre de 2006, y que,enconsecuencia, se le otorgue
pensiónvitaliciade conformidadconel DecretoLey18846 y su norma sustitutorialaLey 26790,
concordante con el Decreto Supremo 003-98-SA, por haber contraído la enfermedad
profesional de hipoacusia neurosensorial bilateral.Asimismo,solicita el pago de devengados e
intereses legales.
La ONPdeduce lasexcepcionesde faltade legitimidadparaobrar y de prescripción extintiva, y
contestando la demanda sostiene que el demandante no ha acreditado cuándo contrajo la
enfermedad de hipoacusia, por lo que solicita se declare infundada la demanda.
Mediante Resolución del 08 de agosto de 2007 (f.52), el Vigésimo Juzgado Civil de la Corte
Superior de Justicia de Lima declara infundadas las excepciones y saneado el proceso,
resolución que es apelada por la ONP; y por Resolución de fecha 8 de abril de 2008 (f. 77),
requiere al demandante para que presente en calidad de pericia el dictamen o certificado
médicoexpedidoporunaComisiónMédicade Essalud, o del Ministerio de Salud o de una EPS
enel plazode 60 días hábiles,bajoapercibimientode resolverseconlosactuadosque obran en
autos.
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Por resolución de fecha 13 de agosto de 2008 (f. 84), el Vigésimo Juzgado Civil de la Corte
Superiorde Justiciade Limadeclaraimprocedentelademanda,porestimarque el demandante
no ha cumplido con acreditar que padece de enfermedad profesional con el dictamen o
certificadomédicoexpedidopor unaComisión Médica de EsSalud, o del Ministerio de Salud o
de una EPS.
La Sétima Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declara nula la apelada, por
considerar que el a quo debió solicitar información al demandante y/o
a Southern Perú Copper Corporation a fin de que precise con quién contrató la cobertura del
SeguroComplementariode Trabajode Riesgo, si con la ONP o con una aseguradora particular.
Por Resolución de fecha 8 de setiembre de 2010, fojas 176, se integra como litisconsorte
necesario pasivo a “El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.” en mérito a la
información remitida por la empresa Southern PerúCopper Corporation.
Emplazada válidamente El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., deduce las
excepciones de convenioarbitral yde prescripción, y contestando la demanda sostiene que la
discapacidad del actor no sólo es producto de la hipoacusia, sino de la suma de otras
enfermedades, y que no se ha aportado prueba de la causalidad de la hipoacusia como
enfermedad profesional.
El Decimonoveno Juzgado Civil de Lima, con fecha 24 de febrero de 2012, declara
improcedentelademandaporestimarque si bien el actor adolece de hipoacusia bilateral, no
está probada la existencia de un nexo o relación de causalidad entre el trabajo y la
enfermedad que padece, ni que el origen de la hipoacusia se hubiese producido como
consecuenciade laexposición a factores de riesgo inherentes a su actividad laboral, debido a
que desde el cese hasta el diagnóstico han transcurrido más de ocho años.
La Sala Superior competente, revocando la apelada, declara fundada la excepción de falta de
legitimidadpasivae infundadalaexcepciónde prescripcióndeducidasporlaONP,yconfirmala
apelada considerando que no se ha acreditado el nexo de causalidad, por similares
fundamentos.
FUNDAMENTOS
1. Delimitación del petitorio
El recurrente interpone demanda de amparo contra la ONP, con el objeto de que se declare
inaplicable la Resolución 6813-2006-ONP/DC/DL 18846, expedida el 31 de octubre de 2006, y
que,enconsecuencia, se le otorgue pensiónvitalicia de conformidad con el Decreto Ley 18846
y su norma sustitutoria la Ley 26790, concordante con el Decreto Supremo 003-98-SA, por
haber contraído la enfermedad profesional. Asimismo, solicita el pago de devengados e
intereses legales.
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En el fundamento 37. b) de la STC 01417-2005-PA/TC, publicada en el diario oficial El
Peruano el 12 de julio de 2005, este Tribunal ha señalado que forman parte del contenido
esencial directamente protegido por el derecho fundamental a la pensión las disposiciones
legales que establecen los requisitos para el disfrute de tal derecho, y que la titularidad del
derecho invocado debe estar suficientemente acreditada para que sea posible emitir
pronunciamiento.Enconsecuencia,lapretensióndel recurrente se encuentra comprendida en
el supuestoprevistoenel citadofundamento,motivoporel cual corresponde analizarel fondo
de la cuestión controvertida.
2. Sobre la afectación del derecho a la pensión (artículo 11 de la Constitución)
2.1. Argumentos del demandante
Manifiesta haber laborado en la empresa minero metalúrgica
Southern Perú Copper Corporation - sucursal del Perú, como obrero en un centro de
producción minera, desde el 3 de junio de 1963 hasta el 8 de noviembre de 1999, expuesto a
los riesgos de toxicidad, peligrosidad, insalubridad e intensos ruidos, habiendo adquirido la
enfermedad profesional de Hipoacusia N-S Bilateral, Gonartrosis, Hipertensión Arterial y
Cataratas AO, con un menoscabo total en su salud de 80%, debiendo ordenarse el
otorgamiento de su pensión de invalidez vitalicia por enfermedad profesional dentro de los
alcances del Decreto Ley 18846, Ley 26790 y sus normas complementarias.
2.2. Argumentos de la demandada
El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., sostiene que la discapacidad
del actor no sólo es producto de la enfermedad profesional hipoacusia, sino de la suma de
otras enfermedadesque noloson, y que no se ha precisado el grado de menoscabo a la salud
que corresponde ala enfermedadprofesional de hipoacusia, no habiéndose aportado prueba
referida a la existencia de un nexo de causalidad entre la enfermedad que padece el
demandante y las labores realizadas.
Agregaque el actor no cumple conlos requisitosparaaccederala pensiónque solicita,
toda vez que no se ha demostrado de manera fehaciente la relación causa-efecto entre la
supuesta enfermedad que padece y las labores que realizó, más aún cuando el certificado
médicoconel cual pretende acreditarlaenfermedadprofesionalhasidoexpedido después de
9 años de haber cesado en su actividades laborales.
2.3. Consideraciones del Tribunal Constitucional
2.3.1. Mediante el precedente vinculante recaído en el fundamento 14 de la
STC 02513-2007-PA/TC, este Tribunal ha ratificado el precedente relativo a la
acreditación de la enfermedad profesional, reiterando que únicamente podrá
efectuarse mediante unexamenodictamenmédicoemitido por una Comisión Médica
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Evaluadora de Incapacidades del Ministerio de Salud, de EsSalud o de una EPS,
conforme lo señala el artículo 26 del Decreto Ley 19990.
2.3.2. En el presente caso, queda acreditada la enfermedad profesional de
hipoacusia con el dictamen médico emitido por una Comisión Médica Evaluadora de
Incapacidadesdel Ministeriode Salud(f.90y 95), a partirde lafecha de su diagnóstico,
9 de abril de 2008, que dictamina una incapacidad global del 80%, como consecuencia
de padecerHipoacusiaN-SBilateral, Gonartrosis,Hipertensión Arterial y Cataratas AO.
2.3.3. No obstante resulta pertinente precisar que a efectos de determinar si
una enfermedadesproductode laactividadlaboral,se requiere de laexistenciade una
relacióncausa-efectoentre lascondicionesde trabajoy laenfermedad,salvo en lo que
se refiere a la neumoconiosis en los términos previstos por este Tribunal en la STC
2513-2007-PA/TC.
2.3.4. De ahí que en cuanto a la enfermedad profesional de hipoacusia, este
Tribunal ha señalado en la sentencia mencionada en el fundamento 2.3.1. supra, que
para establecer si la hipoacusia es de origen ocupacional, es necesario acreditar la
relación de causalidad entre las condiciones de trabajo y la enfermedad. Para ello se
deberá tener en cuenta las funciones que desempeñaba el demandante, el tiempo
transcurrido entre la fecha de cese y la fecha de determinación de la enfermedad,
ademásde las condicionesinherentes al propio lugar de trabajo; ello quiere decir que
la relación de causalidad en esta enfermedad no se presume, sino que se tiene que
probar, dado que la hipoacusia se produce por la exposición repetida y prolongada al
ruido.
2.3.5. En el caso de autos, de la Declaración Jurada del Empleador expedida
por la EmpresaSouthern PerúCopperCorporation -Sucursaldel Perú, (f.4),se advierte
que el actor laboró en Centro de Producción Minera, Metalúrgica y Siderúrgica en la
división/departamento/sección de Mecánica de Minas/Tornos y Mecánica de
Mina/Rep. Motores como Ayudante de Taller, Reparador 2ª; Reparador 1ª, Mecánico
3ª; Mecánico 2ª; Mecánico 1ª; y Sub Capataz 1ª, desde el 3 de junio de 1963 hasta el 8
de noviembre de 1999.
2.3.6. Sin embargo,del mencionadodocumento no es posible concluir que el
demandante durante larelaciónlaboral estuvoexpuesto a ruidos permanentes que le
hubieran podido causar la enfermedad de hipoacusia neurosensorial bilateral.
Asimismo, se advierte que cesó en sus actividades en el año 1999, mientras que la
enfermedad profesional de hipoacusia neurosensorial bilateral que padece le fue
diagnosticadael 9 de abril de 2008, conforme consta en el certificado médico de fojas
90 y 95; esto es, después de más de 9 años de haber cesado, por lo que no resulta
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posible determinar objetivamente la existencia de la relación de causalidad antes
referida.
2.3.7. Respecto a las enfermedades de gonartrosis, hipertensión arterial y
cataratas AO, actualmente, la Ley 26790 y el Decreto Supremo 003-98-SA, ha incluido
enel listadode enfermedadesprofesionalescubiertas por el Seguro las actividades de
riesgo comprendidas en el Anexo 5 del referido decreto supremo; sin embargo, el
demandante tampoco ha demostrado el nexo causal, es decir, que las enfermedades
que padece seande origenocupacional oque deriven de la actividad laboral de riesgo
realizada.
2.3.8. Siendo así, aun cuando el demandante adolece, entre otras
enfermedades, de hipoacusia neurosensorial bilateral, no se ha acreditado que dicha
enfermedad sea consecuencia de la exposición a factores de riesgo inherentes a su
actividad laboral, motivo por el cual la demanda debe ser desestimada.
2.3.9. En consecuencia, no se ha acreditado la vulneración del derecho a la
pensión del recurrente.
Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le
confiere la Constitución Política del Perú
HA RESUELTO
Declarar INFUNDADAlademanda,porno haberse acreditadola vulneración del derecho
a la pensión.
Publíquese y notifíquese. SS. MESÍA RAMÍREZ CALLE HAYEN ETO CRUZ
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HIPOACUSIA OCUPACIONAL
Es un daño del oído interno por ruido o vibraciones debido a ciertos tipos de trabajos.
Causas
Con el tiempo,laexposiciónrepetidaalamúsicay los ruidosfuertespuede causar hipoacusia.
Los sonidosque estánporencimade los80 decibeles(dBeslamedidade laintensidadofuerza
de la vibración de un sonido) pueden ocasionar vibraciones tan intensas que lesionan el oído
interno. Es aun más probable que esto suceda si los sonidos son prolongados.
90 decibeles: un camión grande a 5 yardas (4.5 m) de distancia (las motocicletas, las
motos de nieve y otros motores similares emiten entre 85 y 90 dB)
100 decibeles: algunos conciertos de rock
120 decibeles: un martillo neumático a unos 3 pies (90 cm) de distancia
130 decibeles: una turbina de jet a unos 100 pies (30 m) de distancia
Una regla general dice que si esnecesariogritarparaser escuchado,el sonidoestáen un rango
en que puede dañar la audición.
Algunos trabajos conllevan un alto riesgo de hipoacusia como:
El mantenimiento terrestre de aeronaves
La construcción
La agricultura
Los trabajos que involucran música o maquinaria a alto volumen
En losEstados Unidos,lasleyesdeterminanlaexposiciónmáximaaruidoenel trabajoque está
permitida. Se presta atención tanto al período de exposición al ruido como al nivel de
decibeles.Si el ruidoestáenopor encimade los niveles máximos recomendados, usted debe
tomar medidas para proteger su audición.
Síntomas
El principal síntoma es la hipoacusia parcial o completa. La pérdida auditiva probablemente
empeorará con el tiempo si hay exposición continua.
Un ruido en el oído (tinnitus) puede acompañar la pérdida de audición.
Pruebas y exámenes
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En la mayoría de los casos, un examen físico no muestra ningún cambio específico. Los
exámenes que se pueden realizar incluyen:
Audiología/audiometría
Tomografía computarizada de la cabeza
Resonancia magnética del cerebro
Tratamiento
La hipoacusia muy a menudo es permanente. Los objetivos del tratamiento son:
Prevenir la pérdida auditiva mayor
Mejorar la comunicación con lo que quede de audición
Desarrollar habilidades para hacer frente al problema (como la lectura de labios)
El uso de un audífono puede ayudarle a entender el habla. También puede utilizar otros
dispositivos para ayudar con la pérdida de la audición.
Una parte fundamental del tratamiento es la protección de los oídos de cualquier daño y
pérdida auditiva mayores. Proteja sus oídos cuando esté expuesto a ruidos fuertes. Use
taponespara losoídosu orejeraspara protegerse contrael dañocausadopor equiposruidosos.
Sea consciente de los riesgos asociados con actividades recreativas tales como disparar un
arma de fuego, conducir motos de nieve u otras actividades similares.
Aprenda a protegerse los oídos cuando escucha música en la casa o en los conciertos.
Expectativas (pronóstico)
La hipoacusia a menudo es permanente. La pérdida auditiva puede empeorar si no se toman
medidas para prevenir daños mayores.
Cuándo contactar a un profesional médico
Llame a su proveedor de atención médica si:
Presenta hipoacusia
La hipoacusia empeora
Aparecen síntomas nuevos
Prevención
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Proteja los oídos cuando esté expuesto a ruidos muy fuertes. Utilice tapones para los
oídos u orejeras cuando esté cerca de equipos ruidosos.
Sea consciente de los riesgos para la audición de actividades recreativas tales como
disparar un arma, conducir motos de nieve.
No escuche música a alto volumen por períodos prolongados, incluso si está usando
auriculares.
Nombres alternativos
Pérdida de la audición a causa del trabajo; Hipoacusia inducida por el ruido
Referencias
Lonsbury-Martin BL, Martin GK. Noise-induced hearing loss. In: Cummings CW, Flint PW,
HaugheyBH, etal, eds. Otolaryngology:Head &NeckSurgery.5th ed.Philadelphia,PA:Elsevier
Mosby; 2010:chap 151.
Actualizado 8/4/2014
Versión en inglésrevisadapor: AshutoshKacker, MD, BS, Professor of Clinical Otolaryngology,
Weill Cornell Medical College,andAttendingOtolaryngologist,New York-PresbyterianHospital,
NewYork,NY. ReviewprovidedbyVeriMedHealthcare Network.AlsoreviewedbyDavidZieve,
MD, MHA, Isla Ogilvie, PhD, and the A.D.A.M. Editorial team.
Traducción y localización realizada por: DrTango, Inc.
HIPOACUSIAS INDUCIDAS POR EL RUIDO
09/03/2012
Según la Gemo 003 en la guía de evaluación por exposición a ruido: las hipoacusia inducidas
por ruidosonproducidaspor laexposiciónagudaoprolongadaanivelespeligrososde ruido en
el trabajo. Su compromiso es sensorial por lesión de las células ciliadas externas, también se
han encontradoalteracionesenmuchamenorproporciónanivel de lascélulasciliadasinternas
y en las fibras del nervio auditivo.
Según el protocolo de diagnóstico y evaluación médica para las hipoacusias inducidas por
ruido
La hipoacusia inducida por ruido (HIR) es una enfermedad del oído interno producida por la
acción del ruidolaboral,siendoel dañogradual,indoloro,irreversible yreal,que surge durante
y como resultado de una ocupación laboral con exposición habitual a ruido perjudicial.
Al igual que todaslas hipoacusiassensorioneurales,se tratade una afección irreversible, pero
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a diferenciade éstas,laHIRpuede serprevenida(Torres F.A. Ruido e hipoacusia. Conferencia.
Diplomado de Audiología, Centro de Neurociencias de Cuba, Noviembre 2002 Marzo 2003).
Importancia
La HipoacusiaInducidaporRuido(HIR),representaennuestromedio uno de los problemas de
saludprevalentes,comoresultadode lacontaminaciónSonora ambiental y ruido ocupacional,
que deja graves secuelas en el órgano de la audición, con sorderas profundas, trastornos del
lenguaje y severas limitaciones Sociales.
Antecedentes
La referencia más antigua sobre el efecto del ruido en la audición, es una observación
registradaenel sigloIde n.e.porPlinioEl Viejoensu“Historianatural”, cuando menciona que
la gente que vivíacerca de lascataratas del Nilo“quedabasorda”.A finalesdel siglo XIX, con el
advenimientode lamáquinade vaporyla iniciaciónde laeraindustrial, aparece el ruido como
un importante problema de salud pública. En esta etapa comienza a documentarse la sordera
de los trabajadores expuestos, como los forjadores y los soldadores. Fosbroke en 1831,
mencionó la sordera de los herreros y Wittmarck hizo lo propio en 1907, al mostrar el efecto
histológico del ruido en el oído.
Desde 1980, este periodose hadenominadola“revoluciónposindustrial”. Este nuevo sistema
se caracteriza por el uso de equipo moderno, plaguicidas y otras sustancias químicas que
conducen, por un lado, a una mayor productividad y por el otro, a problemas de salud y
contaminación ambiental.
Factores causales
Se deben considerar dos: la exposición a niveles altos de ruido ambiental y a diferentes
productos tóxicos (Ej. anhídrido carbónico, arsénico, tolueno etcétera).
Factores de riesgo asociados
Características Individuales del Trabajador:
Antecedentesmédicos:Otitismediarecurrente,otitismedia supurativa crónica, otitis,
externa crónica, Parálisis facial, tumores del sistema nervioso central, Hipertensión
arterial, diabetes, hipotiroidismo, insuficiencia, renal crónica, enfermedades
autoinmunes.
Antecedentes Quirúrgicos: Cirugía de oído (timpanoplastia, mastoidectomía,
estapedectomía).
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Antecedentes farmacológicos: Consumo previo o actual de medicamentos como:
cisplatino,aminoglucósidos,aspirina,furosemida,antineoplásicosyenel tratamientos
de la tuberculosis.
Antecedentes traumáticos: Traumatismos craneoencefálicos (TEC), traumatismos
directos en el oído.
AntecedentesToxico-alérgicos: Consumo de cigarrillo o exposición a otras sustancias:
solventesorgánicos(tolueno,xileno,disulfurode carbono),otrosquímicosindustriales
(plomo, mercurio, monóxido de carbono) y los plaguicidas organofosforados y
piretroides.
Exposición a vibración continúa.
Exposición a ruido en otras actividades: Práctica de caza o tiro al blanco, asistencia
frecuente a discotecas o bares, recreativa (uso de auriculares) o dentro de una
actividad previa.
EPIDEMIOLOGÍA No se cuentacon epidemiologiaactualizadareferente,loque indica la
falta de interés por la Salud de los trabajadores a nivel mundial.
La OPS refiere una prevalencia promedio de hipoacusia del 17 % para América Latina, en
trabajadores con jornadas de 8 h diarias, durante 5 días a la semana con una exposición que
varía entre 10 a 15 años. En los Estados Unidos de América, la pérdida auditiva inducida por
exposición al ruido de origen industrial es una de las enfermedades ocupacionales más
frecuentes.EnEuropa se estima que alrededor de 35 millones de personas están expuestas a
niveles de ruidos perjudiciales.
A nivel Nacional no se cuenta con estadísticas (Según CEPRIT LIMA 1997-2002) sobre los
efectos de ruido sobre el oídos interno en los trabajadores se presentaron un cuadro de
prevalencia de 61.2 % ocupando el primer lugar de enfermedades ocupacionales en nuestro
país.
Cuadro clínico
La HIR requiere cuidadosoestudio de toda la información disponible, desde la anamnesis y la
exploraciónclínica y los datos obtenidos en mediciones radiométricas. La anamnesis, no solo
debe incluir información médica y física del sujeto sino también una cuidadosa investigación
sobre exposición personal al ruido.
Síntomas
Efectos auditivos: Tinnitus, Hipoacusia.
Efectos no auditivos: La exposición a ruidos de elevada intensidad puede tener otros
efectos en el ser humano.
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Se considera factor condicionante de: hipertensión arterial, taquicardia, taquipnea,
hiperacidez,disminucióndel apetito.Interfiere con una eficaz comunicación hablada y
puede causar distracción o fastidio.
Mayor propensión a sufrir accidentes de trabajo.
Posible disminución en el desempeño laboral.
Puede incrementar el nivel personal de estrés.
Además originar irritabilidad y alteraciones del sueño.
Signos: Examen otoscópico normal.
Exámenes y pruebas diagnósticas
Audiometría tonal liminar, deben realizarse 2 audiometrías con una separación mínima entre
ellas de una semana. De producirse más de 10 dB de diferencia en los promedios auditivos
encontradosentre unexamenyotro,deberá de realizarse una tercera prueba. En los casos en
los que el examen audiométrico no fuera suficiente para realizar un diagnóstico exacto del
daño auditivo, de origen ocupacional, deberá complementarse con otros exámenes
audiológicos.
Prevención y control
Está basado en un sistema de gestión laboral que incluye y compromete no solo a los
empleadores también al empleado
Programa de monitoreo de evaluación ambiental y evaluación de riesgos
Señalamiento de las áreas de alto nivel de ruido
Mecanismos de control de ruido de ingeniería o administrativos.
Protección auditiva (tapones u orejeras) a exposición a ruido mayor o igual a 80 db.
Vigilancia médica a través del control audiométrico eficaz: Estos son los exámenes
ocupacionales de línea base y los periódicos (asistir de forma obligatoria).
Capacitación y entrenamiento, la parte de educación en cada uno de los trabajadores
es muy importante, la concientización sobre la enfermedad, uso correcto de los
protectores auditivos, entre otros.
Tratamiento y rehabilitación
Las Lesiones Otológicas producidas por El Ruido no tiene Tratamiento, una vez
instaurada, la hipoacusia no tiene ninguna posibilidad de remisión.
27. UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN
MAESTRIA EN CIENCIAS MENCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL MINERA
Docente: Dr. M. Sc. Ing. Ricardo Ángel Yuli Posadas.
27
Alumno: Ramiro Ernesto De la Cruz Ferruzo
Últimosestudiossobre laprevenciónterapéuticade lashipoacusiasinducidosporruido
realizadoporSCHEIBE F,H HAUPT, ISINGH. Tituladoefectopreventivo de suplemento
de magnesiosobre el ruidoinducidoporlapérdidade audiciónenel conejillode indias.
Eur. Arco Otorhinolaryngol del año2000 se comprobóque el magnesioesunnovedoso
agente natural y biológico efectivo para la prevención y posible tratamiento del daño
inducido por ruido en humanos.
Otro estudio QUARANTA A, SCARINGI A, BARTOLI R, MARGARITO MA, QUARANTA N.
Titulado Los efectos de la vitamina "supra-fisiológica" la administración de vitamina
B12 en el desplazamiento temporal del umbral. Int J audio. 2004;
Ambos estudios muy novedosos pero solo realizados en animales y no en seres
humanos.
Últimosestudiossobre laprevenciónterapéuticade lashipoacusiasinducidosporruido
han idoen fracaso (como por ejemplo el consumo en el complemento alimenticio de
magnesio,VitaminaB12y otros) ya que estossolofueron estudiados en animales y no
en seres humanos.
La rehabilitaciónauditivaconvencional dondeintervieneel rehabilitador audiológico y
los pacientes afectados de hipoacusia, se propone ser reemplazada por una nueva estrategia
rehabilitadoraindividualizadaconformadapor 3 componentes: Incremento del conocimiento,
Educación y consejo con la habilidad de focalizar el problema de la comunicación con el
compañero, Motivación de cambio mediante grupos de discusión y conversación reflexiva.