El documento resume la filosofía de Paul Ricœur sobre la rendición de cuentas. Ricœur argumenta que la rendición de cuentas tiene su origen en la búsqueda del agente (quién) de una acción, más que sólo describir la acción (qué/por qué). La intención y el motivo unen la acción con el agente. El agente puede reconocer sus acciones y dar razones por ellas. Esto da origen a la ética y la moral, donde la persona debe actuar correctamente y puede rendir cuentas por sus acciones.
Este documento resume el concepto de justicia desde diferentes perspectivas. Define la justicia como una virtud cardinal que implica dar a cada uno lo que se le debe y comprometerse con el bienestar del prójimo. Explora las nociones bíblicas de justicia como liberar al oprimido y reivindicar a los vulnerables. También examina las visiones de la justicia en Platón, Aristóteles y Jesús como dar a cada cual su derecho y tratar a los demás como a uno mismo.
Este documento trata sobre la teoría del delito. Explica que la teoría del delito analiza los presupuestos jurídicos para determinar si un comportamiento humano es punible o no. Luego describe las diferentes fases del desarrollo de la teoría del delito, incluyendo la concepción clásica, la concepción neoclásica y la concepción finalista. Finalmente, analiza conceptos clave como la acción, la omisión, el sujeto del delito, la tipicidad y el tipo.
Este documento presenta un resumen del capítulo III del libro "La experiencia moral". El capítulo analiza la experiencia humana de la moralidad como la percepción de un valor particular que guía los actos. También muestra cómo la Sagrada Escritura presenta esta experiencia como una llamada de Dios al hombre a actuar de acuerdo con su dignidad. Finalmente, resume brevemente cómo el Antiguo y Nuevo Testamento describen la moral como una respuesta al amor divino manifestado en la liberación del pueblo.
Este documento resume los principales elementos que determinan la moralidad de los actos humanos: el objeto, la intención y las circunstancias. Explica que el objeto de un acto, lo que se elige directamente, es lo que determina principalmente si un acto es bueno o malo. La intención se refiere al fin que se busca. Las circunstancias pueden agravar o disminuir la moralidad pero no hacer bueno un acto malo. También distingue entre efectos directa e indirectamente voluntarios y cómo esto afecta la respons
La teoría del delito cumple una función mediadora entre la ley y los casos concretos. Según la teoría, para imputar un delito a alguien, el hecho debe ser típico, antijurídico y culpable: debe coincidir con la descripción de la ley, no estar justificado, y el autor debe haber actuado con conocimiento de la ilicitud o haber podido conocerla.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito desde diferentes perspectivas. Explica conceptos clave como tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad e imputabilidad. También describe las escuelas clásica y positivista, así como el sistema causalista de Franz Von Liszt, que analiza el delito como una estructura integrada por elementos objetivos y subjetivos. Finalmente, define conceptos como dolo, culpa, preterintencionalidad e inculpabilidad.
Este documento discute el origen de la humanidad. Presenta tres ideas principales:
1. El origen del ser humano es su composición genética, animada por una condición hereditaria de realizarse a sí mismo.
2. La especie humana existe para cumplir una necesidad ecológica en la naturaleza, pero cada individuo tiene la voluntad de reproducirse.
3. Analizando las características constantes en todas las especies, se puede deducir que su causa originaria contiene una naturaleza directiva y una e
Este documento resume el concepto de justicia desde diferentes perspectivas. Define la justicia como una virtud cardinal que implica dar a cada uno lo que se le debe y comprometerse con el bienestar del prójimo. Explora las nociones bíblicas de justicia como liberar al oprimido y reivindicar a los vulnerables. También examina las visiones de la justicia en Platón, Aristóteles y Jesús como dar a cada cual su derecho y tratar a los demás como a uno mismo.
Este documento trata sobre la teoría del delito. Explica que la teoría del delito analiza los presupuestos jurídicos para determinar si un comportamiento humano es punible o no. Luego describe las diferentes fases del desarrollo de la teoría del delito, incluyendo la concepción clásica, la concepción neoclásica y la concepción finalista. Finalmente, analiza conceptos clave como la acción, la omisión, el sujeto del delito, la tipicidad y el tipo.
Este documento presenta un resumen del capítulo III del libro "La experiencia moral". El capítulo analiza la experiencia humana de la moralidad como la percepción de un valor particular que guía los actos. También muestra cómo la Sagrada Escritura presenta esta experiencia como una llamada de Dios al hombre a actuar de acuerdo con su dignidad. Finalmente, resume brevemente cómo el Antiguo y Nuevo Testamento describen la moral como una respuesta al amor divino manifestado en la liberación del pueblo.
Este documento resume los principales elementos que determinan la moralidad de los actos humanos: el objeto, la intención y las circunstancias. Explica que el objeto de un acto, lo que se elige directamente, es lo que determina principalmente si un acto es bueno o malo. La intención se refiere al fin que se busca. Las circunstancias pueden agravar o disminuir la moralidad pero no hacer bueno un acto malo. También distingue entre efectos directa e indirectamente voluntarios y cómo esto afecta la respons
La teoría del delito cumple una función mediadora entre la ley y los casos concretos. Según la teoría, para imputar un delito a alguien, el hecho debe ser típico, antijurídico y culpable: debe coincidir con la descripción de la ley, no estar justificado, y el autor debe haber actuado con conocimiento de la ilicitud o haber podido conocerla.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito desde diferentes perspectivas. Explica conceptos clave como tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad e imputabilidad. También describe las escuelas clásica y positivista, así como el sistema causalista de Franz Von Liszt, que analiza el delito como una estructura integrada por elementos objetivos y subjetivos. Finalmente, define conceptos como dolo, culpa, preterintencionalidad e inculpabilidad.
Este documento discute el origen de la humanidad. Presenta tres ideas principales:
1. El origen del ser humano es su composición genética, animada por una condición hereditaria de realizarse a sí mismo.
2. La especie humana existe para cumplir una necesidad ecológica en la naturaleza, pero cada individuo tiene la voluntad de reproducirse.
3. Analizando las características constantes en todas las especies, se puede deducir que su causa originaria contiene una naturaleza directiva y una e
1) La teoría del delito describe los elementos básicos comunes a todos los delitos, incluyendo la acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.
2) Históricamente ha habido dos enfoques: la teoría causalista que se enfoca en el resultado de la acción, y la teoría finalista que considera la intención.
3) Más recientemente ha surgido la teoría funcionalista como un punto intermedio que también considera el riesgo creado por la conducta.
El documento describe la teoría causalista del delito. Según esta teoría, un delito ocurre cuando hay una relación de causa y efecto entre la acción de una persona y un resultado, independientemente de la intención o propósito de esa persona. El causalismo se caracteriza por su enfoque sencillo de atribuir responsabilidad solo cuando se puede establecer una conexión causal entre la acción y el resultado, sin considerar otros factores subjetivos. La teoría define los elementos que debe cumplir un delito como una acción típica, jurídica y
En 3 oraciones:
1) El documento discute diferentes concepciones de la culpabilidad como categoría dogmática, principio político criminal y elemento legitimador de la pena. 2) Examina las teorías psicológicas, normativas y puramente normativas de la culpabilidad, y cómo éstas conciben la culpabilidad en relación al dolo, la culpa y la ausencia de causas de exculpación. 3) Finalmente, presenta la postura de Bustos sobre la culpabilidad como una teoría autónoma del sujeto responsable y no como
El documento discute la evolución de la categoría de culpabilidad en la teoría del delito. Explica que inicialmente la culpabilidad se basaba en la responsabilidad por el resultado, pero luego se introdujo el concepto de culpa. También describe las diferentes teorías de la culpabilidad, incluidas la teoría sicológica, normativa y normativa ante el finalismo. Define los grados de culpabilidad como dolo, culpa consciente e inconsciente, y culpa con y sin previsión.
1. La teoría del delito propone formular reglas generales que sirvan para imputar cualquier hecho punible a las personas responsables, sin afectar las particularidades de cada caso.
2. Se explican los presupuestos que deben cumplirse para que una determinada acción sea punible, ya que todos los delitos comparten las mismas características esenciales.
3. La teoría del delito debe deducirse de la ley positiva y ser armónica y generar consecuencias político-criminales útiles para la sociedad.
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Expone brevemente tres teorías principales - el causalismo, el neokantianismo y el funcionalismo - y cómo cada una aborda los elementos constitutivos del delito (acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad). También menciona algunos autores representativos de cada teoría y cómo han evolucionado los enfoques a lo largo del tiempo.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del tema "La culpabilidad y el principio de culpabilidad". El documento analiza la evolución del concepto de culpabilidad desde sus orígenes hasta las concepciones actuales, abordando diferentes enfoques como el psicológico, personalizado y normativo. Además, examina la polémica actual sobre el principio de culpabilidad y las posturas que proponen su abandono.
Este documento describe la acción como un comportamiento humano con trascendencia jurídica. Explica las teorías de la causalidad de la acción y las diferentes formas que puede tomar (unisubjetiva, plurisubjetiva, etc.). También analiza las causas de exclusión de la acción como la fuerza física irresistible y los estados de inconsciencia como el sueño profundo o el sonambulismo. Finalmente, señala que el nuevo código penal ubica el dolo y la culpa como formas de culpabilidad vinculadas a la acción tí
El documento presenta una introducción a la teoría general del delito, describiendo sus principales elementos y sistemas de análisis. Define el delito como una conducta típica, antijurídica y culpable, y explica los sistemas causal, finalista y funcionalista para analizar su estructura. Además, analiza conceptos como tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad según diferentes enfoques teóricos.
Este documento discute el concepto de acción en el derecho penal. Explica que la acción es fundamental para estructurar la teoría del delito y sus elementos, como el dolo y la culpa. Sin embargo, los objetivos más ambiciosos de definir la acción han resultado irrealizables, dado que cada delito debe examinarse individualmente. Por lo tanto, el concepto de acción debe ser lo suficientemente amplio como para incluir todas las formas de conducta relevantes, pero no tan amplio que anticipe otros elementos del delito. La acción incluye tanto la actividad posit
El documento discute la importancia de la ética para los trabajadores sociales. Explica que toda acción está motivada por valores subjetivos y objetivos. Los trabajadores sociales a menudo se enfrentan a decisiones éticas al equilibrar los objetivos de las instituciones con los intereses de los clientes. La ética para los trabajadores sociales se basa en relacionar sus acciones con los valores de defender a las personas y las comunidades por encima de valores meramente instrumentales.
1) La culpabilidad ha evolucionado desde el Derecho Romano hasta convertirse en un concepto central pero controvertido en el Derecho Penal moderno. 2) A finales del siglo XIX surgieron las teorías psicológica y normativa de la culpabilidad. 3) En la década de 1940, Karl Engisch cuestionó el fundamento material de la culpabilidad, lo que provocó una crisis en el concepto.
Este documento presenta un resumen de las teorías de la imputación objetiva propuestas por Claus Roxin y Günther Jakobs. Roxin propuso que la imputación objetiva debe basarse en si la conducta del autor creó un riesgo no permitido y si ese riesgo se materializó en el resultado. Jakobs criticó las teorías basadas en la causalidad y propuso que la imputación debe analizarse desde la perspectiva del papel social y contextual de cada persona. Ambos autores desarrollaron criterios como la creación de riesgo no
El documento discute los conceptos de acción, acción final y tipicidad en el derecho penal. 1) La acción implica un movimiento corporal voluntario que causa un resultado, mientras que la omisión implica "no hacer" algo. 2) La acción final debe ser voluntaria y tener un propósito. No hay acción en casos de fuerza irresistible, movimientos reflejos o falta de conciencia. 3) Para que haya tipicidad, la acción debe coincidir con la descripción de un delito en el código penal.
HISTORIA Y TEORIA DE LA CONDUCTA PUNIBLEmitchelonate
HISTORIA Y TEORIAS DE LA CONDUCTA PUNIBLE. TOMADO DE LA INFORMACIÓN BRINDADA Y RECOLECTADA DE UN LIBRO DOCTRINANTE E INTERNET TRABAJO DE JOSE GUTIERREZ. Y EL LIBRO DE FERNANDO VELAZQUEZ.
POR MITCHEL OÑATE UNIVERSIDAD DE SANTANDER UDES.
1) El documento analiza el concepto de pena desde una perspectiva histórica, examinando las obras de Cesare Beccaria, Immanuel Kant y otros pensadores. 2) Se argumenta que el origen de las controversias sobre los fines de la pena se debe a una idea errónea del concepto de pena y que es necesario comprender la pena en su contexto histórico. 3) El análisis concluye que las contribuciones fundamentales de Beccaria al concepto de pena incluyen que su fin no es la expiación sino un contra-motivo, y
Los valores eticos fundamentales,contaminacion,etcMelly Bauji
El documento trata sobre los diferentes significados y tipos de responsabilidad desde diversas perspectivas como la filosófica, ética y social. Explora conceptos como la responsabilidad moral, jurídica, social, política y ambiental. Señala que la responsabilidad implica tanto la capacidad de ser imputable por acciones u omisiones como el deber de asumir las consecuencias de los propios actos.
El documento resume conceptos clave sobre el poder como la capacidad de influir sobre los demás y tomar decisiones. Explica que el poder se puede ejercer de forma positiva cuando se usa para guiar a otros de forma armoniosa y democrática, pero también puede corromper cuando carece de control o busca solo beneficios personales. Finalmente, analiza las diferentes formas en que las personas y líderes buscan el poder, ya sea por naturaleza humana o para controlar su propio destino y el de los demás.
Este documento describe un curso sobre el entendimiento humano y la inteligencia artificial. El curso explorará conceptos como la racionalidad, el lenguaje y la acción, y cómo estas ideas se relacionan con nuestras prácticas sociales. Los estudiantes analizarán textos filosóficos y del libro Racionalidad de Steven Pinker. La evaluación consistirá en reseñas, presentaciones en un seminario alemán sobre los capítulos del libro, y un trabajo final relacionando el tema del curso con su investigación.
El documento describe los primeros dos elementos del delito desde una perspectiva penal: la acción y la tipicidad. Explica que la acción es el comportamiento humano voluntario manifestado a través de una acción u omisión que produce un resultado antijurídico. También analiza teorías como la causalista de Von Liszt. Por otro lado, define la tipicidad como la adecuación de la conducta al tipo penal descrito en la ley. Finalmente, clasifica los tipos penales y ofrece ejemplos de delitos de acción y de mera actividad.
Este documento discute las teorías del egoísmo y el altruismo como explicaciones de la conducta humana. Explica que las teorías egoístas ven a los individuos actuando solo por su propio interés, mientras que las teorías altruistas proponen que los humanos también tienen un impulso innato para ayudar a otros. Sin embargo, critica ambas posiciones por no distinguir claramente entre motivos y razones para actuar, y sugiere que una mejor explicación debe ir más allá de simplemente clasificar las acciones como egoístas o
1) La teoría del delito describe los elementos básicos comunes a todos los delitos, incluyendo la acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.
2) Históricamente ha habido dos enfoques: la teoría causalista que se enfoca en el resultado de la acción, y la teoría finalista que considera la intención.
3) Más recientemente ha surgido la teoría funcionalista como un punto intermedio que también considera el riesgo creado por la conducta.
El documento describe la teoría causalista del delito. Según esta teoría, un delito ocurre cuando hay una relación de causa y efecto entre la acción de una persona y un resultado, independientemente de la intención o propósito de esa persona. El causalismo se caracteriza por su enfoque sencillo de atribuir responsabilidad solo cuando se puede establecer una conexión causal entre la acción y el resultado, sin considerar otros factores subjetivos. La teoría define los elementos que debe cumplir un delito como una acción típica, jurídica y
En 3 oraciones:
1) El documento discute diferentes concepciones de la culpabilidad como categoría dogmática, principio político criminal y elemento legitimador de la pena. 2) Examina las teorías psicológicas, normativas y puramente normativas de la culpabilidad, y cómo éstas conciben la culpabilidad en relación al dolo, la culpa y la ausencia de causas de exculpación. 3) Finalmente, presenta la postura de Bustos sobre la culpabilidad como una teoría autónoma del sujeto responsable y no como
El documento discute la evolución de la categoría de culpabilidad en la teoría del delito. Explica que inicialmente la culpabilidad se basaba en la responsabilidad por el resultado, pero luego se introdujo el concepto de culpa. También describe las diferentes teorías de la culpabilidad, incluidas la teoría sicológica, normativa y normativa ante el finalismo. Define los grados de culpabilidad como dolo, culpa consciente e inconsciente, y culpa con y sin previsión.
1. La teoría del delito propone formular reglas generales que sirvan para imputar cualquier hecho punible a las personas responsables, sin afectar las particularidades de cada caso.
2. Se explican los presupuestos que deben cumplirse para que una determinada acción sea punible, ya que todos los delitos comparten las mismas características esenciales.
3. La teoría del delito debe deducirse de la ley positiva y ser armónica y generar consecuencias político-criminales útiles para la sociedad.
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Expone brevemente tres teorías principales - el causalismo, el neokantianismo y el funcionalismo - y cómo cada una aborda los elementos constitutivos del delito (acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad). También menciona algunos autores representativos de cada teoría y cómo han evolucionado los enfoques a lo largo del tiempo.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del tema "La culpabilidad y el principio de culpabilidad". El documento analiza la evolución del concepto de culpabilidad desde sus orígenes hasta las concepciones actuales, abordando diferentes enfoques como el psicológico, personalizado y normativo. Además, examina la polémica actual sobre el principio de culpabilidad y las posturas que proponen su abandono.
Este documento describe la acción como un comportamiento humano con trascendencia jurídica. Explica las teorías de la causalidad de la acción y las diferentes formas que puede tomar (unisubjetiva, plurisubjetiva, etc.). También analiza las causas de exclusión de la acción como la fuerza física irresistible y los estados de inconsciencia como el sueño profundo o el sonambulismo. Finalmente, señala que el nuevo código penal ubica el dolo y la culpa como formas de culpabilidad vinculadas a la acción tí
El documento presenta una introducción a la teoría general del delito, describiendo sus principales elementos y sistemas de análisis. Define el delito como una conducta típica, antijurídica y culpable, y explica los sistemas causal, finalista y funcionalista para analizar su estructura. Además, analiza conceptos como tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad según diferentes enfoques teóricos.
Este documento discute el concepto de acción en el derecho penal. Explica que la acción es fundamental para estructurar la teoría del delito y sus elementos, como el dolo y la culpa. Sin embargo, los objetivos más ambiciosos de definir la acción han resultado irrealizables, dado que cada delito debe examinarse individualmente. Por lo tanto, el concepto de acción debe ser lo suficientemente amplio como para incluir todas las formas de conducta relevantes, pero no tan amplio que anticipe otros elementos del delito. La acción incluye tanto la actividad posit
El documento discute la importancia de la ética para los trabajadores sociales. Explica que toda acción está motivada por valores subjetivos y objetivos. Los trabajadores sociales a menudo se enfrentan a decisiones éticas al equilibrar los objetivos de las instituciones con los intereses de los clientes. La ética para los trabajadores sociales se basa en relacionar sus acciones con los valores de defender a las personas y las comunidades por encima de valores meramente instrumentales.
1) La culpabilidad ha evolucionado desde el Derecho Romano hasta convertirse en un concepto central pero controvertido en el Derecho Penal moderno. 2) A finales del siglo XIX surgieron las teorías psicológica y normativa de la culpabilidad. 3) En la década de 1940, Karl Engisch cuestionó el fundamento material de la culpabilidad, lo que provocó una crisis en el concepto.
Este documento presenta un resumen de las teorías de la imputación objetiva propuestas por Claus Roxin y Günther Jakobs. Roxin propuso que la imputación objetiva debe basarse en si la conducta del autor creó un riesgo no permitido y si ese riesgo se materializó en el resultado. Jakobs criticó las teorías basadas en la causalidad y propuso que la imputación debe analizarse desde la perspectiva del papel social y contextual de cada persona. Ambos autores desarrollaron criterios como la creación de riesgo no
El documento discute los conceptos de acción, acción final y tipicidad en el derecho penal. 1) La acción implica un movimiento corporal voluntario que causa un resultado, mientras que la omisión implica "no hacer" algo. 2) La acción final debe ser voluntaria y tener un propósito. No hay acción en casos de fuerza irresistible, movimientos reflejos o falta de conciencia. 3) Para que haya tipicidad, la acción debe coincidir con la descripción de un delito en el código penal.
HISTORIA Y TEORIA DE LA CONDUCTA PUNIBLEmitchelonate
HISTORIA Y TEORIAS DE LA CONDUCTA PUNIBLE. TOMADO DE LA INFORMACIÓN BRINDADA Y RECOLECTADA DE UN LIBRO DOCTRINANTE E INTERNET TRABAJO DE JOSE GUTIERREZ. Y EL LIBRO DE FERNANDO VELAZQUEZ.
POR MITCHEL OÑATE UNIVERSIDAD DE SANTANDER UDES.
1) El documento analiza el concepto de pena desde una perspectiva histórica, examinando las obras de Cesare Beccaria, Immanuel Kant y otros pensadores. 2) Se argumenta que el origen de las controversias sobre los fines de la pena se debe a una idea errónea del concepto de pena y que es necesario comprender la pena en su contexto histórico. 3) El análisis concluye que las contribuciones fundamentales de Beccaria al concepto de pena incluyen que su fin no es la expiación sino un contra-motivo, y
Los valores eticos fundamentales,contaminacion,etcMelly Bauji
El documento trata sobre los diferentes significados y tipos de responsabilidad desde diversas perspectivas como la filosófica, ética y social. Explora conceptos como la responsabilidad moral, jurídica, social, política y ambiental. Señala que la responsabilidad implica tanto la capacidad de ser imputable por acciones u omisiones como el deber de asumir las consecuencias de los propios actos.
El documento resume conceptos clave sobre el poder como la capacidad de influir sobre los demás y tomar decisiones. Explica que el poder se puede ejercer de forma positiva cuando se usa para guiar a otros de forma armoniosa y democrática, pero también puede corromper cuando carece de control o busca solo beneficios personales. Finalmente, analiza las diferentes formas en que las personas y líderes buscan el poder, ya sea por naturaleza humana o para controlar su propio destino y el de los demás.
Este documento describe un curso sobre el entendimiento humano y la inteligencia artificial. El curso explorará conceptos como la racionalidad, el lenguaje y la acción, y cómo estas ideas se relacionan con nuestras prácticas sociales. Los estudiantes analizarán textos filosóficos y del libro Racionalidad de Steven Pinker. La evaluación consistirá en reseñas, presentaciones en un seminario alemán sobre los capítulos del libro, y un trabajo final relacionando el tema del curso con su investigación.
El documento describe los primeros dos elementos del delito desde una perspectiva penal: la acción y la tipicidad. Explica que la acción es el comportamiento humano voluntario manifestado a través de una acción u omisión que produce un resultado antijurídico. También analiza teorías como la causalista de Von Liszt. Por otro lado, define la tipicidad como la adecuación de la conducta al tipo penal descrito en la ley. Finalmente, clasifica los tipos penales y ofrece ejemplos de delitos de acción y de mera actividad.
Este documento discute las teorías del egoísmo y el altruismo como explicaciones de la conducta humana. Explica que las teorías egoístas ven a los individuos actuando solo por su propio interés, mientras que las teorías altruistas proponen que los humanos también tienen un impulso innato para ayudar a otros. Sin embargo, critica ambas posiciones por no distinguir claramente entre motivos y razones para actuar, y sugiere que una mejor explicación debe ir más allá de simplemente clasificar las acciones como egoístas o
El documento presenta una introducción a la teoría general del delito. Explica que la teoría del delito analiza los presupuestos jurídicos para establecer la existencia de un delito. Luego discute los diferentes enfoques doctrinales para definir el concepto de delito, incluyendo definiciones filosóficas, sociológicas, formales y mixtas. Finalmente, identifica los cuatro elementos comunes que constituyen un delito según el código penal boliviano: la acción, la tipicidad, la antijuricidad y
Este documento presenta un resumen de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como base para explorar un problema. Luego, describe las principales escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito como la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos centrales de la teoría del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad y culp
El documento presenta una introducción a la teoría del delito desde diferentes perspectivas. Aborda conceptos como tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad y culpabilidad. También describe las escuelas clásica y positivista, así como el sistema causalista de Franz Von Liszt, que analiza el delito como una estructura integrada por elementos como la acción, resultado y nexo causal. Finalmente, define brevemente conceptos como atipicidad, causas de justificación e inimputabilidad.
Este documento presenta un resumen de varios conceptos clave de la teoría del delito. Explica que una teoría permite el conocimiento al servir como punto de partida para estudiar un problema. Luego describe las diferentes escuelas de pensamiento sobre la teoría del delito, incluyendo la escuela clásica, positivista y la posición unitaria y analítica. Finalmente, resume los elementos fundamentales del delito según el sistema causalista de Franz Von Liszt, incluyendo la acción, resultado, nexo causal, tipicidad, antijuridicidad, imp
Este documento describe conceptos clave para realizar un análisis de situación previo a la planificación estratégica. Explica que una situación es la realidad tal como la entiende un actor social desde su perspectiva y acciones. Un problema surge cuando existe una brecha entre la situación actual y la situación deseada. El análisis de situación implica comprender las motivaciones e intereses de los diferentes actores sociales para interpretar el sentido de sus acciones.
Este documento resume los conceptos fundamentales del derecho penal especial, incluyendo la definición de tipo penal, sus elementos objetivos como la acción, resultado y sujeto, y sus funciones. También analiza conceptos como bien jurídico, nexo de causalidad y medios.
Observacion superficial a la relación entre moralidad y técnicaAragon Ictus
Este documento presenta una mirada superficial a la relación entre la moralidad y la técnica. En primer lugar, resume los conceptos de Kant sobre la moralidad y la razón como fundamento de la libertad del arbitrio humano. Luego, plantea una hipótesis sobre el origen evolutivo de la razón y la memoria a largo plazo en los seres humanos, influenciada por las teorías de Konrad Lorenz. Finalmente, sugiere que la memoria a largo plazo permitió el aprendizaje y la adaptación del comportamiento humano a los cambios
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Cada miembro puede crear su perfil de acuerdo a sus intereses, habilidades y así montar sus proyectos de ideas de negocio, para recibir mentorías .
1. 1
LA RENDICIÓN DE CUENTAS DESDE LAFILOSOFÍADE PAUL RICŒUR
Por Jorge Cázares Murillo.
Edad: 22 años.
Carretera transpeninsular al norte, km. 9.5, entre
Escuadrón Aéreo y Durango, col. Chametla.
Cel.: 6121691582.
Correo: jcazares.m97@gmail.com.
Introducción
En lo sucesivo, repararemos en la temática «rendición de cuentas» en su momento
originario, pre-jurídico, relativo a la búsqueda por el quién de la acción, esto es, el
agente que da cuenta de sus actos. Para ello nos basamos en el filósofo francés
Paul Ricœur, quien propone sus análisis desde la filosofía analítica y desde un
enfoque ético-moral.
I.
Partimos del presupuesto de que el agente es el quiénde la acción: ¿quién ha hecho
esto o aquello? Mas el término «agente», en la exclusiva acepción terminológica,
todavía no es una persona concreta que reconozca actos pertenecientes a sí.
Aunado a ello, cuando acudimos a la filosofía analítica (en especial a la «teoría de
la acción») se presenta una dificultad: la ocultación del agente, puesto que ella no
se interesa específicamente en el ejecutor de las acciones. De modo que si ya
habíamos asentado que en la rendición de cuentas búscabamos al quién, la filosofía
2. 2
analítica nos aleja cuando acude al binomio interrogativo ¿qué? y ¿por qué?: ¿qué
acción?, ¿por qué tal acción? Su objetivo se limita a describir acciones mediante
proposiciones. En otros términos, el qué-por qué nos desvía de la pregunta ¿quién
ha hecho eso o aquello? y, por extensión, a la capacidadde la persona de reconocer
acciones como suyas.
No obstante, Paul Ricœur advierte que la filosofía analítica centrada en el qué-
porqué se limita a hablar de movimientos-acontecimientos y no de acciones. Estos
se interesan por la «causa» —de los movimientos—, pertenecientes a un orden
físico, es decir, no relacionados a un sujeto que actúa. Así pues, el movimiento-
acontecimiento que busca la causa es impersonal.
Por otro lado, la acción se distingue por su facultad de «poner en movimiento» y,
por tanto, necesita de un agente que la origine. Además, la acción se vincula con
dos términos fundamentales para la rendición de cuentas: la «intención» o «motivo».
Son estos los que permiten a la persona comprender que tiene poder-de-actuar.
Luego, son los que permiten dar razones del porqué del actuar (explicación del
agente que, como es de inferirse, va dirigido a un otro).
De tal suerte, la intención o motivo unifican acción y agente, en virtud de que «[...]
no puedo enunciar los motivos de mi acción sin vincular estos motivos con la acción
de la cual son el motivo» (Ricœur, 2002, p. 157). Tras la intención y el motivo
siempre se va a buscar a un quién que de razones de porqué ha hecho tal o cual
cosa; es decir, nos enlazan a la persona concreta revestido como el agente.
Sin embargo, se pregunta el filósofo francés: «¿Se podría esperar de un análisis
conceptual de la intención que llevase del binomio ¿qué-por qué? a la pregunta
¿quién?»(Ricœur, 2013, p. 51). El propósito de Paul Ricœur, bajo una primera idea,
3. 3
es demostrar que los conceptos intención y motivo —resguardados de la tendencia
de descripción sin agente— también podemos adecuarlos al qué-porqué que
enlazan a la rendición de cuentas. Este vínculo se puede dar, de acuerdo Ricœur
(2016a), en tanto que a este par «Se le emplea, en general, en los enunciados que
son respuestas a preguntas que tienen la forma: ¿qué hace usted? y ¿por qué lo
hace?» (p. 157), y no en el sentido de ¿qué acción? y ¿por qué sucede esa acción?
Desde este otro ángulo, el qué-porqué bien pueden consolidarse en una sola: ¿por
qué?, exigiendo a un sujeto agente a dar razones por las cuales hace o ha hecho
algo. Esto nos invita a considerar consecuentemente que las preguntas ¿qué-por
qué? dirigidas al agente ponen las acciones en su dominio. Gracias a ellas, ahora
podemos dilucidar que el agente no está implicado en la pregunta «¿quiénha hecho
esto o aquello?» sino también en la cuestión «¿por qué lo realizó?» (Ricœur,
2016a).
II.
Una vez asentado que el qué-porqué puede formularse también en el enfoque de
intención y motivo, se pregunta el filósofo si, a la inversa, la causa (impersonal)
puede relacionarse con el quién (una persona concreta). En este marco se
cuestiona bajo una segunda idea: «¿Se puede decir que un agente es causa de sus
actos?» (Ricœur, 2002, p. 157). Por un lado, la respuesta sería negativa en tanto
que sigamos la distinción entre movimiento-acontecimiento de la acción del ser
humano, puesto que la causa corresponde al orden de movimientos naturales. No
obstante, podemos aseverar desde otra perspectiva que el agente sí es causa de
sus actos si comprendemos que la persona no solo menciona la intencionalidad de
4. 4
sus actos (en sentido psicológico) sino que ella misma es un cuerpo, perteneciente
a la variabilidad de movimientos del mundo. En este sentido, «El hombre es,
precisamente, quien pertenece a la vez al régimen de la causalidad y al de la
motivación, es decir, de la explicación [de la causa] y de la comprensión [del
motivo]» (Ricœur, 2002, p. 159). El agente tiene el poder de intervenir en el mundo
y adscribirse un segmento de movimiento a sí, esto es, verse a sí mismo como la
causa. Y, debido al reconocimiento de acciones como suyas, puede entonces dar
razones que respondan al porqué ha hecho algo. El término de adscripción no es
menor, sino que «[...] subraya el carácter específico de la atribución cuanto ésta
concierna al vínculo entre la acción y el agente, del que se dice también que él la
posee, que es “suya”, que se la apropia» (Ricœur, 2006, p. 131).
III.
Ahora bien, no basta la intervención en el mundo. Otro rasgo fundamental para Paul
Ricœur es que el agente tiene que saber lo que hace, reconocer el poder que tiene
para realizar cambios en su contexto. Por esta razón nos dirá también que «La
explicación causal aplicada a un fragmento de la historia del mundo no se da sin el
reconocimiento, la identificación de un poder perteneciente al repertorio de nuestra
propia capacidad de acción» (Ricœur, 2002, p. 161). Este reconocimiento por medio
de la acción es el nacimiento mismo de la ética —y, por extensión, de la moral y el
campo jurídico—, ya que ella surge como la libertad de actuar del agente. En
específico, el poder-de-actuar se plasma en la ética como un deseo, que orienta las
acciones a un proyecto de vida englobador de la persona, nombrado por Paul
Ricœur como estima de sí. Ella refiere a la atención que pone la persona en sus
5. 5
movimientos intencionales, orientados todos ellos a su propio bien, según la
perspectiva que cada uno tenga como benéfico para sí. Mas la estima de sí no alude
únicamente a la persona misma: ella cuida también al otro en su actuar. Es en la
pluralidad, de hecho, donde la acción se convierte en praxis y la estima de sí se
convierte en una estima del otro.
Por desgracia, en ocasiones el poder-de se desvirtúa, convirtiéndose en un poder-
sobre: «Sobre esta desigualdad de injerta el fenómeno de la violencia en cuanto
que abuso del ejercicio del poder sobre...» (Ricoeur, 2016b, p. 306); asimismo, la
estima de sí se encierra en su mismidad como un amor a sí, en un sentido
peyorativo. Esto acarrea toda forma de maldad, desde las acciones que buscan la
humillación hasta el asesinato, pasando por el acaso, la violación, la tortura, entre
otras formas perversas de acción. El desvío de intencionalidad al mal obliga a pasar
de la ética a la moral, en cuanto que la segunda normativiza y manda a la persona
bajo la figura de imperativos o máximas de acción. En ella se pasa del deseo de
actuar para proyecto de vida al deber de actuar correctamente, para que mis
acciones no afecten a un tercero.
En este segundo campo, en la moralidad, la persona tiene aún la capacidad de
reconocer acciones como suyas. Dicho reconocimiento es lo que posibilita la
rendición de cuentas, denominado por Ricœur (2002) como razón práctica, en
donde «el agente rinde cuentas a otro (o a sí mismo) de su acción» (p. 220). Esta
exigencia surge porque se cuestiona la praxis de la persona bajo las preguntas qué-
por qué: ¿qué haces? ¿por qué, esto es, en vistas de qué? Ante ello, la persona
tiene la facultad moral de explicar sus motivos, puesto que sus movimientos —
libres— fueron originariamente ejecutados con un fin. De ahí que la acción sea
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comunicable, puesto que «[...] podemos decir lo que hacemos y por qué lo
hacemos» (Ricœur, 2002, p. 220). Y, al manifestar dicho motivo, el otro ha de
intentar comprender la intención del primero, pese a que la repruebe.
Conclusión
Como palabras finales, es de notarse que la rendición de cuentas —propio del
campo jurídico— tiene su cimentación en una filosofía de la acción, la cual se
preocupa conceptualmente por la adscripción de movimientos intencionales (sean
buenos o malos) a un agente, una persona quien ha de dar razones de su práctica.
Este tiene la facultad de reconocer acciones como suyas, en cuanto que es un ser
corpóreo que funge como causa de movimientos y, a su vez, es un ser que tiene la
capacidad psíquica de realizar movimientos intencionales, acciones con fines, por
tanto libres, dando origen así a la ética, a la moral y al mismo campo jurídico.
Referencias
Ricœur, Paul. (2002). Del texto a la acción. Ensayos de hermenéutica II. México:
Fondo de Cultura Económica.
Ricoeur, Paul. (2006). Caminos del reconocimiento. Tres estudios. México: Fondo
de Cultura Económica.
Ricœur, Paul. (2013). Sí mismo como otro. México: Siglo XXI editores.
Ricœur, Paul. (2016a). La libertad. En Escritos y conferencias 3: antropología
filosófica. México: Siglo XXI editores.
Ricoeur, Paul. (2016b). Múltiple extrañeza. En Escritos y conferencias 3:
antropología filosófica. México: Siglo XXI editores.