1. Especificación General Administración Delegada – Versión I – 2007 Pág. 1 / 4
Los recuadros de este tipo: se han incorporado para proveer aclaraciones o ejemplos. En ambos casos no adquieren propieda-
des vinculantes para las partes
Administración Delegada
Especificación General
República de Honduras
Edición I - 2007
2. Especificación General Administración Delegada – Versión 1 – 2007 Pág. 2 / 4
ADMINISTRACIÓN DELEGADA
Especificación general, edición I año 2007
República de Honduras
1.- DESCRIPCIÓN:
La Administración Delegada consiste en el mandato de la Supervisión al Contratista para que ejecute deter-
minados trabajos de Mantenimiento Periódico o Rutinario, administrando los recursos empleados. Estos tra-
bajos de Administración Delegada, serán pagados bajo la base de costo más un porcentaje.
Cuando el costo de los trabajos a ejecutarse por Administración Delegada se estima que excederá el 5 % del
total de la estimación del período en que se ejecuten las obras, debe previamente notificarlo al Fondo Vial
para obtener la aprobación correspondiente, en el formato respectivo, mismo que es exigido para efecto del
trámite de pago de estas obras.
1.1.- Actividades Comprendidas:
En la tabla siguiente se describen algunas actividades que se pueden realizar por Administración Delegada,
cuando así se establezca en el contrato.
Tabla 01 ACTIVIDADES BAJO EL PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA
Actividad Descripción
Conformación
de Taludes
El procedimiento constructivo referente a la conformación de los taludes, se debe realizar con el
equipo mecanizado más adecuado.
Se entiende como talud, el localizado a partir de un (1.0) metro arriba del vértice de la cuneta
existente.
Construcción o
Reconstrucción
de Cunetas
El procedimiento a seguir para la construcción o reconstrucción de las cunetas, debe hacerse de
acuerdo al diseño y a las dimensiones de la sección típica especificada, según detalle facilitado
dentro de los documentos contractuales.
• Deben construirse cunetas donde no existan.
• Deben reconstruirse en los sitios donde las cunetas originales estén extremadamente
deformadas y/o no cumplan con las dimensiones indicadas en el detalle de la sección tí-
pica seleccionada.
Todos los desperdicios o materiales sobrantes de la construcción o reconstrucción de las cunetas
deben ser removidos y depositados en los sitios según lo indique la Supervisión, de tal manera,
que no contamine la superficie de rodadura existente, ni causen daños de contaminación ambien-
tal.
Cunetas Ero-
sionadas
Donde existan cunetas erosionadas en contra posición con la profundidad de las cunetas, se de-
ben reconstruir o construir, con el equipo y materiales adecuados.
Durante el proceso constructivo o de reconstrucción de las cunetas erosionadas, el material a
agregarse o reponerse debe humedecerse a la humedad óptima, conformarse, afinarse y compac-
tarse, hasta lograr una densidad mínima del noventa y cinco por ciento (95 %), de la densidad
seca máxima obtenida mediante el método AASHTO T-99 (A).
La especificación complementaria de la presente puede indicar otros rubros que pueden encuadrarse en Ad-
ministración Delegada.
2.- MATERIALES:
No aplica.
3. Especificación General Administración Delegada – Versión 1 – 2007 Pág. 3 / 4
3.- REQUERIMIENTOS CONSTRUCTIVOS:
Los trabajos que se ejecuten bajo este concepto de Administración Delegada, deben encuadrarse dentro de las
especificaciones técnicas generales vigentes y a las órdenes que imparta la Supervisión.
4.- MÉTODO DE MEDICIÓN Y PAGO:
Este sistema de trabajo y pago, se limitará a trabajos contingentes no cubiertos por precios unitarios, sobre los
cuales las partes contratantes no logren ponerse de acuerdo en cuanto a la compensación a base de precios
unitarios negociables. En los casos antes mencionados, la compensación a que tendrá derecho el contratista se
determinará en la forma siguiente:
Tabla 02 MÉTODO DE MEDICIÓN Y PAGO DE ACTIVIDADES BAJO EL PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRA-
CIÓN DELEGADA
Actividad Forma de medición y pago
Mano de Obra
Por la mano de obra y por el capataz directamente encargado de la operación específica, se le
pagará al contratista según los siguientes criterios:
1. El valor real de los sueldos por él pagados, pero a precios que no excedan aquellos paga-
dos por mano de obra similar empleada en el proyecto, determinado por la Supervisión.
2. El valor pagado por todas las prestaciones requeridas por las leyes u ordenanzas del país,
determinándose un factor fijo de l.9365 para este propósito, factor éste que incluye el es-
tricto cumplimiento en el pago de Seguro Social, INFOP, seguro colectivo de accidentes,
preaviso y cesantía, vacaciones, decimotercer mes, decimocuarto mes, séptimo día y sá-
bados por la tarde, licencias y feriados legales, etc.; uso de herramientas menores sin
motor y el transporte del personal solicitado por la Supervisión.
3. Las cantidades reales pagadas por el contratista a causa de un contrato de empleo.
4. De los valores pagados según los incisos anteriores, se reconocerá al contratista un veinte
por ciento (20 %) como gastos de administración y un quince por ciento (15 %) sobre el
costo total.
Materiales
Por todos los materiales aceptados por la Supervisión y usados en la obra, se le pagará al Contra-
tista el valor real de facturación de los mismos, incluyendo gastos de transporte, agregándole a
dicho valor una cantidad igual al veinte por ciento (20 %) como gastos de administración y un
quince por ciento (15 %) sobre el costo total.
Herramientas y
Equipo Espe-
cial o Pesado
Se le pagará al Contratista, alquileres razonables que incluyen el pago de operador, así como de
los combustibles y lubricantes, que se negociasen por escrito, antes del comienzo del trabajo. No
se agregará ningún porcentaje a la tarifa de alquiler de equipo y no se hará concesión alguna por
el uso de herramientas pequeñas y equipo operado a mano o sin motor.
Supervisión
No se hará concesión económica por el costo de la superintendencia del Contratista. Cada día, los
representantes del Contratista y la Supervisión prepararán los registros del trabajo ejecutado a
base de Administración Delegada y se harán copias de estos registros en formularios especial-
mente preparados para tal fin. Ambos representantes los firmarán, quedándose cada uno con su
respectiva copia.
La facturación por trabajos ejecutados a base de Administración Delegada, será preparada por el
contratista y presentada a la Supervisión. Dichas reclamaciones se entregarán a la Supervisión, a
más tardar el día cinco del mes siguiente a aquel durante el cual se verificó el trabajo.
Tabla 03 ALCANCE DEL PAGO DE ACTIVIDADES BAJO EL PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN DELE-
GADA
Actividad Forma de medición y pago
Conformación
de Taludes
El pago de los trabajos de conformación de taludes se hará por horas maquina al precio unitario
del alquiler de equipo que aparece en el contrato.
Reconstrucción
y Construcción
de Cunetas
El pago de la reconstrucción de las cunetas erosionadas, en las cuales se tenga que agregar ma-
terial adicional para completar las cotas indicadas en la Sección Típica especificada, se incluirá en
el pago de servicios mecanizados o por administración delegada, según indique la Supervisión del
Proyecto.
4. Especificación General Administración Delegada – Versión 1 – 2007 Pág. 4 / 4
Comentario: el siguiente título no corresponde a la estructura asignada para las especificaciones, sin embargo, sin numeración se
ha incorporado a los efectos de que cada especificación general, tenga un recordatorio de los elementos que se citan pero requie-
ren una definición específica para el proyecto en cuestión. En forma de tabla se señalan los elementos que necesariamente deben
quedar definidos en la respectiva especificación complementaria.
Complementos de esta Especificación General que Deben Consultarse en: “ADMINISTRACIÓN DELE-
GADA - ESPECIFICACIÓN GENERAL” - ESPECIFICACIÓN COMPLEMENTARIA A LA EDI-
CIÓN I - 2007”:
ELEMENTO QUE DEBE INTEGRAR LA ESPECIFICACIÓN COMPLEMENTARIA
Elemento que debe definirse Comentarios
1.1.- Actividades comprendidas
Pueden indicarse otras actividades, aparte de las señaladas, para realizarse
por administración delegada.