El documento describe los departamentos administrativos en Colombia, que fueron creados en 1945 para tecnificar servicios especiales y separarlos de la política. Menciona que actualmente los principales departamentos administrativos son: la Presidencia de la República (DAPRE), el Departamento Nacional de Planeación (DNP), el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el Departamento para la Prosperidad Social (DPS), la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y el Dep
La presente Ley Orgánica establece los principios y las normas básicas de
organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo, como parte del Gobierno
Nacional; las funciones, atribuciones y facultades legales del Presidente de la República y del
Consejo de Ministros; las relaciones entre el Poder Ejecutivo y los Gobiernos Regionales y
Locales; la naturaleza y requisitos de creación de Entidades Públicas y los Sistemas
Administrativos que orientan la función pública, en el marco de la Constitución Política del Perú
y la Ley de Bases de la Descentralización.
La presente Ley Orgánica establece los principios y las normas básicas de
organización, competencias y funciones del Poder Ejecutivo, como parte del Gobierno
Nacional; las funciones, atribuciones y facultades legales del Presidente de la República y del
Consejo de Ministros; las relaciones entre el Poder Ejecutivo y los Gobiernos Regionales y
Locales; la naturaleza y requisitos de creación de Entidades Públicas y los Sistemas
Administrativos que orientan la función pública, en el marco de la Constitución Política del Perú
y la Ley de Bases de la Descentralización.
Estructura de Gobierno de la Provincia de Mendoza, actualizada al año 2012, presentado por Integridad Política de la cátedra Administración y gestión del Estado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNC
Estructura de Gobierno de la Provincia de Mendoza, actualizada al año 2012, presentado por Integridad Política de la cátedra Administración y gestión del Estado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNC
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
2.
Fueron creados en la reforma constitucional de 1945
con la intención de tecnificar servicios especiales y
separarlos del ambiente político característico de los
ministerios. Se dice que están en igual jerarquía que
los ministerios pero separados por sus funciones. Los
departamentos administrativos son organismos de la
administración nacional central encargados de dirigir,
coordinar y ejecutar un servicio público de asistencia
técnica administrativa o auxiliar para los demás
organismos del ejecutivo.
Creación D.A.
3.
Estos organismos junto con los ministerios y bajo el
artículo 58 de la Ley 489 de 1998, tiene como objetivos
primordiales la formulación y adopción de las políticas,
planes generales, programas y proyectos del sector
administrativo que dirigen.
4.
Artículo 56º.- Presidencia de la República. Corresponde al
Presidente de la República la suprema dirección y la
coordinación y control de la actividad de los organismos y
entidades administrativos, al tenor del artículo 189 de la
Constitución Política.
La Presidencia de la República estará integrada por el
conjunto de servicios auxiliares del Presidente de la
República y su régimen será el de un Departamento
Administrativo.
Parágrafo.- El Vicepresidente de la República ejercerá las
misiones o encargos especiales que le confíe el Presidente de
la República, de conformidad con lo establecido en la
Constitución Política.
La Vicepresidencia de la República, estará integrada por el
conjunto de servicios auxiliares que señale el Presidente de
la República.
5.
4. Preparar los anteproyectos de planes o programas de
inversiones y otros desembolsos públicos
correspondientes a su sector y los planes de desarrollo
administrativo del mismo.
5. Coordinar la ejecución de sus planes y programas con
las entidades territoriales y prestarles asesoría,
cooperación y asistencia técnica.
6. Participar en la formulación de la política del Gobierno
en los temas que les correspondan y adelantar su
ejecución.
7. Orientar, coordinar y controlar, en la forma
contemplada por las respectivas leyes y estructuras
orgánicas, las superintendencias, las entidades
descentralizadas y las sociedades de economía mixta que
a cada uno de ellos estén adscritas o vinculadas.
8. Impulsar y poner en ejecución planes de
desconcentración y delegación de las actividades y
funciones en el respectivo sector.
6.
9. Promover, de conformidad con los principios
constitucionales, la participación de entidades y personas
privadas en la prestación de servicios y actividades
relacionados con su ámbito de competencia. Frase subrayada
"y personas privadas" declarada exequible Sentencia C 702
de 1999 Corte Constitucional.
10. Organizar y coordinar el Comité Sectorial de Desarrollo
Administrativo correspondiente.
11.Velar por la conformación del Sistema Sectorial de
Información respectivo y hacer su supervisión y seguimiento.
Artículo 60º.- Dirección de los ministerios. La dirección de los
ministerios corresponde al Ministro, quien la ejercerá con la
inmediata colaboración del viceministro o viceministros.
7.
Departamento Administrativo de la Presidencia de la
República -DAPRE-
DNP
DANE
DPS
DNI
Coldeportes
Colciencias
DAFP
DASC
Departamentos administrativos
en la actualidad :
8.
El Departamento Administrativo de Presidencia de la
República fue creado mediante la Ley 3a. de 1898 y
reestructurado mediante el Decreto 3443 de 2010, Decreto 3444
de 2010, el Decreto 3445 de 2010, el Decreto 4679 de 2010, el
Decreto 123 de 2011, el Decreto 1649 de 2014 y el Decreto 2145
de 2015.
La Ley 55 de 1990, dispone que el Departamento
Administrativo de la Presidencia de la República, tenga una
naturaleza especial y le establece las funciones, objeto y
principios de la organización, por lo que cuenta con una
estructura y nomenclatura de sus dependencias y empleos
acorde con la misma.
Tiene regímenes especiales en materia presupuestal, fiscal,
administrativa, contractual, salarial y prestacional, para cumplir
con el objeto y funciones asignadas.
DAPRE: D.A. PRESIDENCIA
DE LA REPUBLICA
9.
Funciones de la Presidencia de la República
Asistir al Presidente de la República, en su condición de Jefe del
Estado, en su labor de velar porque los diferentes órganos del Estado
se colaboren armónicamente para la realización de sus fines.
Organizar, dirigir, coordinar y realizar directamente, si fuere el caso,
las actividades necesarias que demande el Presidente de la
República, para el ejercicio de las facultades constitucionales que le
corresponde ejercer, en relación con los órganos del Estado que
integran las ramas del poder público y los demás órganos estatales,
autónomos e independientes.
Colaborarle al Presidente de la República en su deber de garantizar
los derechos y las libertades de todos los colombianos.
Organizar, asistir y coordinar las actividades necesarias que
demande el Presidente de la República, para el ejercicio de las
facultades constitucionales que le corresponde ejercer como Jefe del
Estado y suprema autoridad administrativa, y disponer lo necesario,
según sus instrucciones, para la eficiente y armónica acción del
Gobierno, representándolo, cuando así lo demande, en la orientación
y coordinación de la administración pública y de sus inmediatos
colaboradores en la acción de Gobierno.
Asistir al Presidente de la República en el cumplimiento de sus
deberes constitucionales y legales.
10.
Divulgar los actos del Gobierno Nacional y coordinar lo
referente a una adecuada difusión de la gestión gubernamental.
Apoyar al Presidente de la República en los diagnósticos,
estudios, análisis y demás actividades que contribuyan a la
formación de criterios, conceptos o formulaciones que éste
desee definir.
Propender por la evaluación del impacto de las políticas de
Gobierno frente a los objetivos estratégicos de cada área y
sugerir los arreglos institucionales que correspondan, verticales
o transversales, encaminados a fortalecer la capacidad de las
entidades del Gobierno Nacional para formular y ejecutar las
políticas públicas de sectores estratégicos.
Asesorar al Presidente de la República en el estudio de la
constitucionalidad, legalidad y conveniencia de los distintos
proyectos de ley, decretos y actos administrativos de
competencia del primer mandatario.
Prestar el apoyo logístico y administrativo que se demande,
para el ejercicio de las facultades y funciones presidenciales.
Coordinar las relaciones entre el Presidente de la República con
los entes territoriales, el sector privado y las organizaciones
sociales.
Hacer las veces de Secretario Ejecutivo en los Consejos, Comités
o demás organismos de consulta, asesoría, coordinación o
apoyo que dependan directamente del Despacho del Presidente
de la República.
11.
El DNP es una entidad eminentemente técnica que
impulsa la implantación de una visión estratégica del
país en los campos social, económico y ambiental, a
través del diseño, la orientación y evaluación de las
políticas públicas colombianas, el manejo y asignación
de la inversión pública y la concreción de las mismas en
planes, programas y proyectos del Gobierno.
http://www.dnp.gov.co/
DNP: Departamento
Nacional de Planeación
13.
En octubre de 1951 mediante el Decreto 2240, se separa la Oficina
Nacional de Estadística de la Contraloría General de la República,
es así como se crea la Dirección Nacional de Estadística,
dependencia directa de la Presidencia de la República.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE,
tendrá, además de las funciones que establece el artículo 59 de la
Ley 489 de 1998, todas las consignadas en el Decreto 262 del 28 de
enero de 2004.
PROPÓSITO SUPERIOR
Contribuir al desarrollo del país produciendo y difundiendo
información confiable, relevante, oportuna y de calidad.
http://www.dane.gov.co/
DANE: Departamento
Nacional de estadística.
15.
Dirección General: Mauricio Perfetti del Corral
Subdirección General: Carlos Felipe Prada Lombo
Secretaría General: Luis Humberto Molina Moreno
Organos adscritos:
Fondo Rotatorio del DANE - FONDANE
Carrera 59 N°26-70 , Bogotá (Colombia)
Conmutador 57-1-5978300
Línea de atención al cliente: 01 8000 912002
correo electrónico de contacto: contacto@dane.gov.co
Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC
Carrera 30 Nº 48-51, Bogotá (Colombia)
Conmutador 57-1-3694000 ó 57-1-3694100
Línea de Atención al Cliente 01-8000-915570 y 57-1-
3683443
correo electrónico de contacto: cig@igac.gov.co
16.
La ley de 1448 de 2011, representó para el País un
avance en términos de reconocimiento y
dignificación de las victimas a través de la
materialización de sus derechos constitucionales,
para lo cual el Gobierno Nacional en un marco de
justicia transicional establece un conjunto de
medidas judiciales, administrativas, sociales y
económicas, individuales y colectivas, en beneficio
de las víctimas de la violencia.
DPS: Departamento
Administrativo para la
Prosperidad Social
17.
Prosperidad Social es la Entidad del Gobierno Nacional que encabeza el Sector
de Inclusión Social y Reconciliación, al cual se encuentran adscritas las
siguientes Entidades:
Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF
Centro de Memoria Histórica
DIRECTORA GENERAL: Tatyana Orozco de la Cruz
SUBDIRECTORA PARA LA SUPERACIÓN DE LA POBREZA: Lina María
Castaño Mesa.
SUBDIRECTOR DE PROGRAMAS Y PROYECTOS: Nemesio Roys Garzón
DIRECTOR DE PROGRAMAS ESPECIALES: José Alejandro Bayona
Chaparro
http://www.prosperidadsocial.gov.co/
DPS:
19.
Decreto de Creación DNI 4179 del 3 de Noviembre de 2011
Objetivo:
La Dirección Nacional de Inteligencia tiene como objeto
desarrollar actividades de inteligencia estratégica y
contrainteligencia para proteger los derechos y libertades de los
ciudadanos y de las personas residentes en Colombia, prevenir y
contrarrestar amenazas internas o externas contra la vigencia del
régimen democrático, el orden constitucional y legal, la
seguridad y la defensa nacional, así como cumplir con los
requerimientos que en materia de inteligencia le hagan el
Presidente de la República y el Alto Gobierno para el logro de
los fines esenciales del Estado, de conformidad con la ley.
http://www.dni.gov.co/index.php?idcategoria=53
DNI: Departamento
Nacional de Inteligencia
21.
El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital,
tiene por objeto orientar y coordinar los procesos de ajuste
organizacional interno de las entidades y organismos
distritales, de personal, manuales de funciones y de
requisitos, sistemas de nomenclatura y salarios; así como
asesorar en el diseño y desarrollo de los programas de los de
bienestar social, mejoramiento del clima laboral, planes de
capacitación, sistema de incentivos, y coordinación con la
Comisión Nacional del Servicio Civil.
http://www.serviciocivil.gov.co
DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DEL
SERVICIO CIVIL
23.
Objetivos Institucionales
Consolidar una gestión pública moderna, eficiente,
transparente y participativa al servicio de los
ciudadanos.
Enaltecer al Servidor Público y su labor.
Consolidar a la Función Pública como un
Departamento eficiente, técnico e innovador.
DAFP: Departamento
Administrativo de la
Función Publica
25.
Colciencias es el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología
e Innovación. Promueve las políticas públicas para fomentar la Ciencia,
Tecnología e Innovación (CT+I) en Colombia. Las actividades
alrededor del cumplimiento de su misión implican concertar políticas
de fomento a la producción de conocimientos, construir capacidades
para CT+I, y propiciar la circulación y usos de los mismos para el
desarrollo integral del país y el bienestar de los colombianos.
Colciencias tiene ahora el reto de coordinar el Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), crear sinergías e
interacciones para que Colombia cuente con una cultura científica,
tecnológica e innovadora; que sus regiones y la población, el sector
productivo, profesionales, y no profesionales, estudiantes y docentes
de básica, media, pregrado y posgrado, hagan presencia en las
estrategias y agendas de investigación y desarrollo.
DIRECCION: Yaneth Yiha Tovar
COLCIENCIAS
26.
El Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la
Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre –
COLDEPORTES tiene como objetivo, dentro del marco de sus
competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar y
ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en
materia el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo
libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de
vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la
cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional y a las
relaciones internacionales, a través de la participación de los
actores públicos y privados.
DIRECTOR: El Director: Andrés Botero Phillipsbourne
http://www.coldeportes.gov.co/coldeportes/
COLDEPORTES