LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
La Universidad en el EcuadorHistoria Años 60  politización buscarLa ley de educación en el EcuadorUniversidades más importantes del país: tiempo, méritos. patentesAportes al conocimientos mundial.
LOESHistoria.Por qué.Proyectos Base.Conflictos.Quita autonomía / Alteridad de género  y posicionesEnrique Ayala y Samaniego
EntrevistasCarlos MontufarReinaldo Valarazo
BASES DEL SISTEMA DE Educación Superior
PRINCIPIOSEl sistema de educación superior se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, y autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento en el marco del dialogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica y global.
Art. 17.- Reconocimiento de la autonomía responsableEl Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República.
FIN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Aportar con el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo previsto en la Constitución y en el Plan Nacional de Desarrollo
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Vigente del 2009 al 2013. Período Presidencial. Instrumento del Gobierno Nacional para articular las políticas públicas con la gestión y la inversión pública.Plantea nuevos retos orientados hacia la materialización y radicalización del proyecto de cambio de la Revolución Ciudadana.¿?
ORGANISMOSArt. 166.- Consejo de Educación Superior.-Es el organismo de derecho público, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedadEcuatoriana y no podrá conformarse por representantes de las instituciones.PODER Art. 168
ConformaciónA) 4 representantes del ejecutivo.B) 6 académicos elegidos por concurso públicoC) 1 representante de las y los estudiantes que participará en las sesiones con voz.
¿Qué piensan ustedes sobre esa composición?
Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior  Funcionará en coordinación con el Consejo de Educación Superior. Tendrá facultad regulatoria y de gestión. No podrá conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulación ni por aquellos que tengan intereses en las áreas que vayan a ser reguladas.
Art. 173 Las universidades, escuelas politécnicas, institutossuperiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes yconservatorios superiores del país, tanto públicos como particulares, sus carreras y programas, deberán:Evaluación interna
Evaluación externa
Acreditación
Clasificación académica
Aseguramiento de la calidad.ConformaciónA) 3 representantes académicos elegidos por concurso público.B) 3 académicos nombrados por el Presidente de la República.
Órganos Consultoresa) La Asamblea del Sistema de Educación Superior; y,b) Los Comités Regionales Consultivos de Planificación de la Educación Superior
Asambleaa)  Rectores de las universidades y escuelas politécnicas públicas y particularesb)1profesor titular por cada universidad PARTICULARES c) 2   por las universidades y escuelas politécnicasPÚBLICASd) Seis representantes de las y los estudiantes, distribuidosde la siguiente forma: 2 representantes de las y los  estudiantes de las universidades públicas 2 representantes de las y los estudiantes de las escuelas politécnicas públicas.2  representantes de las y los  estudiantes de las universidades y escuelas politécnicas particulares;e) Ocho rectores representantes de los institutos superiores.f) Dos representantes de las y los servidores y las y los trabajadores universitarios y politécnicos del Ecuador.
Excepciones de la leyLas pertenecientes a los ámbitosMilitares Tienen su propio órgano regulatorioModus Vivendi Tienen su propio órgano regulatorioEstatales Las dirige el ejecutivo de manera directiva En oposición a los mandatos que si rigen a las instituciones públicas y particulares
UNIVERSIDADES PÚBLICASArt. 11.- Responsabilidad del Estado Central.- El Estado Central deberá proveer los medios y recursos únicamente para las instituciones públicas que conforman el Sistema deEducación Superior.Art. 23
PUBLICASART. 28 Las instituciones de educación superior públicas gozarán de los beneficios y exoneraciones en materia tributaria y arancelaria, vigentes en la Ley para el resto de instituciones públicas, siempre y cuando esos ingresos sean destinados exclusivamente y de manera comprobada a los serviciosantesreferidos.Art. 34.- Endeudamiento público de las instituciones deeducación superior públicas.- Las instituciones deeducación superior públicas pueden contraer endeudamiento público cumpliendo las disposiciones de la Constitución y la Ley correspondiente. El endeudamiento únicamente puede ser usado para programas y proyectos de inversión, para infraestructura y equipamiento, con criterios de mejoramiento de la calidad.
PRIVADAS
Requisitos para ser profesor
Eleccion de AutoridadesDecanos
Pros contraQue no puedes elegir a nadieQue se crea burocraciaDecanosEl concurso publico
Estudiantes
PREGUNTAS
CONCLUSIONES
ESTUDIANTES
Juanito vive en el exterior y quiere estudiar
¿Qué le ofrece el Sistema Universitario?
Si decide estudiar en el extranjeroArt. 126.- Reconocimiento, homologación y revalidación de títulos.-
Si decide estudiar en el EcuadorArt. 82 Títulos de bachilleres obtenidos en el extranjeroArt. 72Garantía de acceso universitario para los ecuatorianos en el exterior.Puede ingresar alas universidades, escuelas politécnicas públicas y particulares, institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores.
¿Qué necesita para ingresar?Art. 82.- Requisito para el ingreso a las instituciones del Sistema de Educación Superiora) Poseer título de bachiller o su equivalente.b) Para el ingreso de las y los estudiantes a los conservatorios superiores e institutos de artes, se requiere además del título de bachiller, poseer un título de las instituciones de música o artes.Rendir un exámen de ingreso planteado por cada institución.
¿Qué programas le ofrece el sistema?Los programas podrán ser en modalidad de estudios: 			Art. 183 Presencial, semipresencial, a distancia, virtual, en línea y otros.Las carreras que contiene se basan en:Art. 107.- Principio de pertinencia.      Art. 165.- Articulación con los parámetros del Plan Nacional de Desarrollod) Identificar carreras y programas considerados de interés público y priorizarlas de acuerdo con el plan nacional de desarrollo.La creación y financiamiento de nuevas carreras universitarias públicas se supeditarán a los requerimientos del desarrollo nacional.En función de la tipología se establecerán qué tipos de carreras o programas podrán ofertar cada una de estas instituciones.Tecnología no es considerado titulo de tercer nivel.
Durante su vida universitaria el sistema le ofrece:Para su desarrollo personal:Art. 86.- Unidad de bienestar estudiantil: .Art. 124.- Formación en valores y derechos..Art. 125.- Programas y cursos de vinculación con la sociedad.
Para su desarrollo político-social:Participación Estudiantil:Art. 75.- Políticas de participación.- Las instituciones del Sistema de Educación Superior adoptarán políticas y  mecanismos específicos para promover y garantizar una participación equitativa de las mujeres y de aquellos grupos históricamente excluidos en todos sus niveles e instancias, en particular en el gobierno de las instituciones de educación superior.Art. 60.- Participación de las y los estudiantes.- La participación de las y los estudiantes en los organismos colegiados de cogobierno de las universidades y escuelas politécnicas públicas y privadas, en ejercicio de su autonomía responsable, será del 10% al 25% por ciento total del personal académico con derecho a voto, La participación de los graduados en los organismos colegiados de cogobierno de las universidades y escuelas politécnicas públicas y privadas, en ejercicio de su autonomía responsable, será del 1% al 5% del personal académico con derecho a voto.  Los graduados deberán tener como requisito haber egresado por lo menos cinco años antes de ejercer la mencionada participación. La elección de representantes estudiantiles y de los graduados ante los órganos colegiados se realizará por votación universal, directa y secreta.
Desarrollo académico y de conocimiento:Profesores a tiempo completo con doctorado.Apoyo a la Investigación:8f) Fomentar y ejecutar programas de investigación.Art. 35.- Asignación de recursos para investigación, ciencia y tecnología e innovación.Art. 165  g) Establecer desde el gobierno nacional, políticas de investigación científica y tecnológica de acuerdo con las necesidades del desarrollo del país y crear los incentivos para que las universidades y escuelas politécnicas puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus políticas internas.Art. 136.- Trabajos realizados por investigadores y expertos extranjeros en una sola base de datos.
Beneficios Económicos del SistemaArt. 73.- Cobro de arancelesArt, 73 derechos de grado ni por otorgar el titulo.Art. 77.- Becas y ayudas económicasArt. 78.-  En ningún caso se podrá devengar la beca o ayuda económica con trabajo.
Elige una Universidad Pública
Art. 80.- Gratuidad de la educación superior públicaSe garantiza la gratuidad de la educación superior pública hasta el tercer nivel.Será para los y las estudiantes regulares que se matriculen en por lo menos el sesenta por ciento de todas las materias o créditos que permite su malla curricular en cada período, ciclo o nivel.No se cubrirán las segundas ni terceras matrículas, tampoco las consideradas especiales o extraordinarias.Se prohíbe el cobro de rubros por utilización de laboratorios, bibliotecas, acceso a servicios informáticos e idiomas, utilización de bienes y otros, correspondientes a la escolaridad de los y las estudiantes universitarios y politécnicos;financiará una sola carrera o programa académico de tercer nivel por estudiante.

Final ley educación

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    LA NUEVA LEYORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
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    La Universidad enel EcuadorHistoria Años 60 politización buscarLa ley de educación en el EcuadorUniversidades más importantes del país: tiempo, méritos. patentesAportes al conocimientos mundial.
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    LOESHistoria.Por qué.Proyectos Base.Conflictos.Quitaautonomía / Alteridad de género y posicionesEnrique Ayala y Samaniego
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    BASES DEL SISTEMADE Educación Superior
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    PRINCIPIOSEl sistema deeducación superior se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, y autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento en el marco del dialogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica y global.
  • 7.
    Art. 17.- Reconocimientode la autonomía responsableEl Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República.
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    FIN DE LAEDUCACIÓN SUPERIOR Aportar con el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo previsto en la Constitución y en el Plan Nacional de Desarrollo
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    PLAN NACIONAL DEDESARROLLO Vigente del 2009 al 2013. Período Presidencial. Instrumento del Gobierno Nacional para articular las políticas públicas con la gestión y la inversión pública.Plantea nuevos retos orientados hacia la materialización y radicalización del proyecto de cambio de la Revolución Ciudadana.¿?
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    ORGANISMOSArt. 166.- Consejode Educación Superior.-Es el organismo de derecho público, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedadEcuatoriana y no podrá conformarse por representantes de las instituciones.PODER Art. 168
  • 11.
    ConformaciónA) 4 representantesdel ejecutivo.B) 6 académicos elegidos por concurso públicoC) 1 representante de las y los estudiantes que participará en las sesiones con voz.
  • 12.
    ¿Qué piensan ustedessobre esa composición?
  • 13.
    Consejo de Evaluación,Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Funcionará en coordinación con el Consejo de Educación Superior. Tendrá facultad regulatoria y de gestión. No podrá conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulación ni por aquellos que tengan intereses en las áreas que vayan a ser reguladas.
  • 14.
    Art. 173 Lasuniversidades, escuelas politécnicas, institutossuperiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes yconservatorios superiores del país, tanto públicos como particulares, sus carreras y programas, deberán:Evaluación interna
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    Aseguramiento de lacalidad.ConformaciónA) 3 representantes académicos elegidos por concurso público.B) 3 académicos nombrados por el Presidente de la República.
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    Órganos Consultoresa) LaAsamblea del Sistema de Educación Superior; y,b) Los Comités Regionales Consultivos de Planificación de la Educación Superior
  • 20.
    Asambleaa) Rectoresde las universidades y escuelas politécnicas públicas y particularesb)1profesor titular por cada universidad PARTICULARES c) 2 por las universidades y escuelas politécnicasPÚBLICASd) Seis representantes de las y los estudiantes, distribuidosde la siguiente forma: 2 representantes de las y los estudiantes de las universidades públicas 2 representantes de las y los estudiantes de las escuelas politécnicas públicas.2 representantes de las y los estudiantes de las universidades y escuelas politécnicas particulares;e) Ocho rectores representantes de los institutos superiores.f) Dos representantes de las y los servidores y las y los trabajadores universitarios y politécnicos del Ecuador.
  • 21.
    Excepciones de laleyLas pertenecientes a los ámbitosMilitares Tienen su propio órgano regulatorioModus Vivendi Tienen su propio órgano regulatorioEstatales Las dirige el ejecutivo de manera directiva En oposición a los mandatos que si rigen a las instituciones públicas y particulares
  • 22.
    UNIVERSIDADES PÚBLICASArt. 11.-Responsabilidad del Estado Central.- El Estado Central deberá proveer los medios y recursos únicamente para las instituciones públicas que conforman el Sistema deEducación Superior.Art. 23
  • 23.
    PUBLICASART. 28 Lasinstituciones de educación superior públicas gozarán de los beneficios y exoneraciones en materia tributaria y arancelaria, vigentes en la Ley para el resto de instituciones públicas, siempre y cuando esos ingresos sean destinados exclusivamente y de manera comprobada a los serviciosantesreferidos.Art. 34.- Endeudamiento público de las instituciones deeducación superior públicas.- Las instituciones deeducación superior públicas pueden contraer endeudamiento público cumpliendo las disposiciones de la Constitución y la Ley correspondiente. El endeudamiento únicamente puede ser usado para programas y proyectos de inversión, para infraestructura y equipamiento, con criterios de mejoramiento de la calidad.
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    Pros contraQue nopuedes elegir a nadieQue se crea burocraciaDecanosEl concurso publico
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    Juanito vive enel exterior y quiere estudiar
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    ¿Qué le ofreceel Sistema Universitario?
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    Si decide estudiaren el extranjeroArt. 126.- Reconocimiento, homologación y revalidación de títulos.-
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    Si decide estudiaren el EcuadorArt. 82 Títulos de bachilleres obtenidos en el extranjeroArt. 72Garantía de acceso universitario para los ecuatorianos en el exterior.Puede ingresar alas universidades, escuelas politécnicas públicas y particulares, institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores.
  • 36.
    ¿Qué necesita paraingresar?Art. 82.- Requisito para el ingreso a las instituciones del Sistema de Educación Superiora) Poseer título de bachiller o su equivalente.b) Para el ingreso de las y los estudiantes a los conservatorios superiores e institutos de artes, se requiere además del título de bachiller, poseer un título de las instituciones de música o artes.Rendir un exámen de ingreso planteado por cada institución.
  • 37.
    ¿Qué programas leofrece el sistema?Los programas podrán ser en modalidad de estudios: Art. 183 Presencial, semipresencial, a distancia, virtual, en línea y otros.Las carreras que contiene se basan en:Art. 107.- Principio de pertinencia. Art. 165.- Articulación con los parámetros del Plan Nacional de Desarrollod) Identificar carreras y programas considerados de interés público y priorizarlas de acuerdo con el plan nacional de desarrollo.La creación y financiamiento de nuevas carreras universitarias públicas se supeditarán a los requerimientos del desarrollo nacional.En función de la tipología se establecerán qué tipos de carreras o programas podrán ofertar cada una de estas instituciones.Tecnología no es considerado titulo de tercer nivel.
  • 38.
    Durante su vidauniversitaria el sistema le ofrece:Para su desarrollo personal:Art. 86.- Unidad de bienestar estudiantil: .Art. 124.- Formación en valores y derechos..Art. 125.- Programas y cursos de vinculación con la sociedad.
  • 39.
    Para su desarrollopolítico-social:Participación Estudiantil:Art. 75.- Políticas de participación.- Las instituciones del Sistema de Educación Superior adoptarán políticas y mecanismos específicos para promover y garantizar una participación equitativa de las mujeres y de aquellos grupos históricamente excluidos en todos sus niveles e instancias, en particular en el gobierno de las instituciones de educación superior.Art. 60.- Participación de las y los estudiantes.- La participación de las y los estudiantes en los organismos colegiados de cogobierno de las universidades y escuelas politécnicas públicas y privadas, en ejercicio de su autonomía responsable, será del 10% al 25% por ciento total del personal académico con derecho a voto, La participación de los graduados en los organismos colegiados de cogobierno de las universidades y escuelas politécnicas públicas y privadas, en ejercicio de su autonomía responsable, será del 1% al 5% del personal académico con derecho a voto.  Los graduados deberán tener como requisito haber egresado por lo menos cinco años antes de ejercer la mencionada participación. La elección de representantes estudiantiles y de los graduados ante los órganos colegiados se realizará por votación universal, directa y secreta.
  • 40.
    Desarrollo académico yde conocimiento:Profesores a tiempo completo con doctorado.Apoyo a la Investigación:8f) Fomentar y ejecutar programas de investigación.Art. 35.- Asignación de recursos para investigación, ciencia y tecnología e innovación.Art. 165 g) Establecer desde el gobierno nacional, políticas de investigación científica y tecnológica de acuerdo con las necesidades del desarrollo del país y crear los incentivos para que las universidades y escuelas politécnicas puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus políticas internas.Art. 136.- Trabajos realizados por investigadores y expertos extranjeros en una sola base de datos.
  • 41.
    Beneficios Económicos delSistemaArt. 73.- Cobro de arancelesArt, 73 derechos de grado ni por otorgar el titulo.Art. 77.- Becas y ayudas económicasArt. 78.- En ningún caso se podrá devengar la beca o ayuda económica con trabajo.
  • 42.
  • 43.
    Art. 80.- Gratuidadde la educación superior públicaSe garantiza la gratuidad de la educación superior pública hasta el tercer nivel.Será para los y las estudiantes regulares que se matriculen en por lo menos el sesenta por ciento de todas las materias o créditos que permite su malla curricular en cada período, ciclo o nivel.No se cubrirán las segundas ni terceras matrículas, tampoco las consideradas especiales o extraordinarias.Se prohíbe el cobro de rubros por utilización de laboratorios, bibliotecas, acceso a servicios informáticos e idiomas, utilización de bienes y otros, correspondientes a la escolaridad de los y las estudiantes universitarios y politécnicos;financiará una sola carrera o programa académico de tercer nivel por estudiante.