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D E R E C H O I N T E R N A C I O N A L P U B L I C O
MECANISMOS DE
SOLUCIÓN
PACÍFICA DE
CONTROVERSIAS
1. ¿Qué podemos entender cómo mecanismos de solución
pacífica en el derecho internacional? ¿En qué ocasiones
son relevantes? Ejemplifique.
Como señala la autora Ana Villalta “Una controversia ha sido
definida, de acuerdo a la Corte Permanente de Justicia
Internacional, como un desacuerdo sobre un punto de derecho o,
de hecho, una contradicción, una oposición de tesis jurídicas o de
intereses entre dos personas”.
De acuerdo a lo señalado anteriormente, podemos entender que
una de las soluciones pacíficas en el derecho internacional vendría a
ser la controversia, por lo que se considera como un término para
tratar algunas disputas o conflictos en materia internacional y
oponen entre sí a dos Estados o dos sujetos de derecho.
Por ejemplo: Esta controversia se originará cuando se haya
vulnerado una norma Internacional, y se busque otorgar la
responsabilidad a alguien, con la finalidad de reparar los daños
causados. Además, esta vendría de una obligación erga omnes que
surge de la prohibición del uso de la fuerza. Finalmente, esta será
de libre de elección de los medios para llegar al mejor acuerdo
entre las partes.
2. ¿Cuáles son los mecanismos políticos de solución
pacífica? ¿En qué se diferencias de los mecanismos
jurisdiccionales? Defina brevemente, tratando de
hacer una diferencia entre los mismos.
Partiendo de lo que veníamos discutiendo en, los mecanismos
de solución pacífica hacen justicia precisamente al término que
se les da, ya que lo que se busca es que haya una solución a
estos problemas o eventos que puedan surgir, bajo estos
parámetros se refiere a qué dos o más Estados pueden optar
por someter a arbitraje las controversias que puedan existir u
otras que pertenezcan a rangos diferentes respecto a las
disputas que puedan surgir entre ellos, en todo caso que no
puedan ser resueltas por medio de acuerdos o tratados
directos. Son relevantes porque permiten negociar y llegar a
acuerdos para no desatar, por así decirlo, el caos. Un ejemplo
sería que dos países cercanos tuvieran problemas por la
delimitación de sus fronteras, en ese caso pueden llegar a un
acuerdo y así, evitar que se agrave.
3. ¿Qué podría ocurrir cuando los mecanismos de solución
pacífica no son efectivos en el Derecho Internacional?
Cuando las vías de solución pacífica como la negociación directa, los
buenos oficios, la mediación, la investigación internacional, la
conciliación, entre otras, no logran resolver los conflictos políticos o
jurídicos, nos encontramos en la terrible situación de un estado de
guerra. La guerra suspende los tratados bilaterales existentes entre los
beligerantes y los que regulan sus relaciones pacíficas. Así, las normas
del derecho internacional de la paz dejan de aplicarse entre ellos
mientras dure el enfrentamiento, siendo sustituidas única y
exclusivamente por las normas del derecho de la guerra. Es importante
precisar finalmente que los países se asumen y consideran neutrales
desde el principio y no participan en el conflicto. Los principios que
rigen la guerra, que no se observan necesariamente, pero que
pretenden ser la norma, son que las acciones militares solo deben
dirigirse a los combatientes y no a los civiles, los medios de combate no
deben causar sufrimiento ni ofender el honor de la guerra como en el
caso de la traición o la lealtad; Pero tras no encontrar una solución,
utilizan la fuerza como último recurso.
Integrantes:
ANDREA CORDOVA
MOLINA
LISBETH SUSAN SAUÑE
CHIPANA

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  • 1. D E R E C H O I N T E R N A C I O N A L P U B L I C O MECANISMOS DE SOLUCIÓN PACÍFICA DE CONTROVERSIAS
  • 2. 1. ¿Qué podemos entender cómo mecanismos de solución pacífica en el derecho internacional? ¿En qué ocasiones son relevantes? Ejemplifique. Como señala la autora Ana Villalta “Una controversia ha sido definida, de acuerdo a la Corte Permanente de Justicia Internacional, como un desacuerdo sobre un punto de derecho o, de hecho, una contradicción, una oposición de tesis jurídicas o de intereses entre dos personas”. De acuerdo a lo señalado anteriormente, podemos entender que una de las soluciones pacíficas en el derecho internacional vendría a ser la controversia, por lo que se considera como un término para tratar algunas disputas o conflictos en materia internacional y oponen entre sí a dos Estados o dos sujetos de derecho. Por ejemplo: Esta controversia se originará cuando se haya vulnerado una norma Internacional, y se busque otorgar la responsabilidad a alguien, con la finalidad de reparar los daños causados. Además, esta vendría de una obligación erga omnes que surge de la prohibición del uso de la fuerza. Finalmente, esta será de libre de elección de los medios para llegar al mejor acuerdo entre las partes.
  • 3. 2. ¿Cuáles son los mecanismos políticos de solución pacífica? ¿En qué se diferencias de los mecanismos jurisdiccionales? Defina brevemente, tratando de hacer una diferencia entre los mismos. Partiendo de lo que veníamos discutiendo en, los mecanismos de solución pacífica hacen justicia precisamente al término que se les da, ya que lo que se busca es que haya una solución a estos problemas o eventos que puedan surgir, bajo estos parámetros se refiere a qué dos o más Estados pueden optar por someter a arbitraje las controversias que puedan existir u otras que pertenezcan a rangos diferentes respecto a las disputas que puedan surgir entre ellos, en todo caso que no puedan ser resueltas por medio de acuerdos o tratados directos. Son relevantes porque permiten negociar y llegar a acuerdos para no desatar, por así decirlo, el caos. Un ejemplo sería que dos países cercanos tuvieran problemas por la delimitación de sus fronteras, en ese caso pueden llegar a un acuerdo y así, evitar que se agrave.
  • 4. 3. ¿Qué podría ocurrir cuando los mecanismos de solución pacífica no son efectivos en el Derecho Internacional? Cuando las vías de solución pacífica como la negociación directa, los buenos oficios, la mediación, la investigación internacional, la conciliación, entre otras, no logran resolver los conflictos políticos o jurídicos, nos encontramos en la terrible situación de un estado de guerra. La guerra suspende los tratados bilaterales existentes entre los beligerantes y los que regulan sus relaciones pacíficas. Así, las normas del derecho internacional de la paz dejan de aplicarse entre ellos mientras dure el enfrentamiento, siendo sustituidas única y exclusivamente por las normas del derecho de la guerra. Es importante precisar finalmente que los países se asumen y consideran neutrales desde el principio y no participan en el conflicto. Los principios que rigen la guerra, que no se observan necesariamente, pero que pretenden ser la norma, son que las acciones militares solo deben dirigirse a los combatientes y no a los civiles, los medios de combate no deben causar sufrimiento ni ofender el honor de la guerra como en el caso de la traición o la lealtad; Pero tras no encontrar una solución, utilizan la fuerza como último recurso.