1. UNIVERSIDAD LOS ANGELES DE CHIMBOTE
CURSO: MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION
DE CONFLICTOS
ALUMNO: FREDDY E. CHIRINOS ZEGARRA
PROFESOR: DR. JOSE CHUMAN HUAMAN
TEMA: TEORIA DE LOS CONFLICTOS
2. INTRODUCCION
Los conflictos son hechos inevitables e importantes en
la vida, aun cuando sea dentro de un aspecto familiar
en nuestra existencia.
La existencia del conflicto esta aceptada como una
parte inevitable de la sociedad, aparece individualmente
con su nacimiento, el ser humano debe aprender a vivir
haciendo uso de estrategias de supervivencia, es
imposible vivir la vida sin conflictos, es una utopía.
La importancia del conflicto debe ser vista como una
oportunidad de desarrollo de nuestras habilidades, el
desarrollo humano en sociedad va sucediendo por los
desafíos que presenta el conflicto; el conflicto es un
proceso en la cual se alcanzan nuevas posiciones para
lograr las necesidades y objetivos de la sociedad
3. JUSTIFICACION
Se debe mirar el conflicto desde un punto de vista
moderno y acorde con la situación actual que vive
la sociedad y el ser humano, estamos en la era de
la globalización, donde la base de la teoría de los
conflictos, debe ayudar a mejorar y desarrollar las
relaciones y situaciones que en este se
encuentren.
Los medios alternativos de solución de conflictos
es una herramienta legal reconocida para la
solucion de conflictos, que muchas personas
desconocen su existencia, este trabajo es una
oportunidad para saber mas de el y divulgar sus
bondades, rapidez, eficacia, economía y otros.
4. VIABILIDAD
Si el conflicto social es una lucha por los valores y por el
estatus, el poder y los recursos escasos, en el curso de
la cual los oponentes desean neutralizar, dañar o
eliminar a sus rivales. Un conflicto será social cuando
transciende lo individual y proceda de la propia
estructura de la sociedad y el Derecho es el conjunto de
leyes, resoluciones, reglamentos creadas por un
Estado, que pueden tener un carácter permanente y
obligatorio de acuerdo a la necesidad de cada una y
que son de estricto cumplimiento por todas las personas
que habitan en esa comunidad para garantizar la buena
convivencia social entre estas. En el curso de MASC se
visualiza la estrecha relación que tiene el derecho en la
resolución de conflictos, donde esta disciplina utiliza
herramientas no judiciales en la solución de problemas,
como puede se la mediación, la negociación o el
arbitraje
5. AMBITO DE APLICACION
Existen diferentes tipos de Mecanismos Alternativos en la Resolución de Conflictos (MARCs),
siendo los más conocidos e importantes la conciliación, el arbitraje, la mediación, la negociación,
etc.
En el Perú la Ley de Conciliación esta regida por la LEY Nº26872 promulgada por el Congreso de
la republica el 12 de noviembre de 1997 y publicada el 13 de noviembre de 1997, estableciendo en
su:
CAPITULO I PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 2.- Principios.- La Conciliación propicia una cultura de paz y se realiza siguiendo los
principios éticos de equidad, veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad, neutralidad,
legalidad, celeridad y economía.
CAPITULO II : DE LA CONCILIACION
Artículo 5.- Definición.- La Conciliación Extrajudicial es una institución que se constituye como un
mecanismo alternativo para la solución de conflictos, por el cual las partes acuden ante un Centro
de Conciliación o al Juzgado de Paz Letrado a fin que se les asista en la búsqueda de una
solución consensual al conflicto.
A pesar que la conciliación extrajudicial en el Perú ha sido duramente cuestionada por un
importante sector de abogados, que fundamentan sus cuestionamientos en “sus creencias” y “su
desconocimiento” de la institución y de la realidad, esta ha sido una poderosa herramienta de paz,
creada por las leyes peruanas, que ha hecho que muchos casos no se judicialicen evitando mayor
carga procesal al poder judicial, tiene la ventaja de la celeridad, economía, buena fe y otras
bondades mas.
6. TEORIA DE LOS CONFLICTOS
CONCEPTO:
Etimología del conflicto:
Viene de la voz latina "conflictos" que deriva del verbo
"confluyere" (combatir, luchar, pelear, etc.)
Definición de conflicto:
Circunstancia en la cual dos o más personas perciben tener
intereses mutuamente incompatibles, ya sea total o parcial
contrapuestos y excluyentes, generando un contexto
confrontativo de permanente oposición.
Kenneth Boulding dice que el conflicto es “una situación de
competencia en la que las partes están conscientes de la
incompatibilidad de futuras posiciones potenciales. Cada una
de ellas desea ocupar una posición incompatible con los
deseos de la otra”.
Stephens Robbins lo define como "El proceso que comienza
cuando una parte percibe, que otra parte la ha afectado en
forma negativa, en algo que la primera parte estima”.
7. CLASIFICACIÓN DE LOS CONFLICTOS
Según los distintos parámetros podemos
clasificarlos en:
De acuerdo al campo donde se presenten:
1) Económico
2) Político
3) Social
4) Étnica
5) Geográfico
6) Ambiental
8. CLASIFICACIÓN DE LOS CONFLICTOS
De acuerdo con los sujetos que involucra el
conflicto:
Actores:
1) individuales
2) colectivos
3) terceros excluidos
9. VENTAJAS DEL CONFLICTO
Sirven de válvula de escape permitiendo que se libere
la presión y trayendo a la superficie los problemas más
ocultos, los cuáles pueden afrontarse y resolverse.
El conflicto estimula el análisis crítico. El conflicto
motiva. El conflicto puede estimular un ambiente
competitivo en donde todas las partes demuestran una
voluntad de desarrollar un alto nivel de esfuerzo.
El conflicto es un precursor de cambio. El conflicto
proporciona el desequilibrio inicial que estimula una
búsqueda de alternativas. Se estimula a los individuos a
ser creativos.
El conflicto a veces limpia la atmósfera, puede dar lugar
a una catarsis que reduzca la tensión y que conduzca a
mejores relaciones.
10. DESVENTAJAS DEL CONFLICTO
Las posibles desventajas existen especialmente cuando
el conflicto se sale de control y dura mucho tiempo o se
vuelve demasiado intenso. También cuando se pretende
evadir el conflicto y éste como una bola de nieve se va
convirtiendo en un alud más difícil de manejar.
Los conflictos interpersonales pueden deteriorar la
disponibilidad para la cooperación, ya que a veces
generan un clima de desconfianza que afecta o impide
la coordinación de esfuerzos.
Algunas personas sufren un deterioro de su autoestima,
en otros se afecta su motivación.
El conflicto estimula las emociones en vez de la razón.
Destruye el funcionamiento uniforme de los procesos
organizacionales y crea el caos y el desorden. Es
ineficiente.
11. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
LA MEDIACIÓN
Es un procedimiento no adversarial, pacífico, voluntario, informal
y cooperativo de resolución de conflictos. Su propósito es lograr
un acuerdo rápido y sin los costos en tiempo, dinero y esfuerzo
que llevaría un proceso judicial, se aplica cuando las partes han
agotado sus posibilidades de negociación directa, recurriendo a
un tercero neutral para que les facilite el proceso.
EL MEDIADOR
Lo característico del sistema de mediación es la inclusión de un
tercera parte, "el mediador", que actúa para ayudar a las otras
dos partes "disputantes" a alcanzar un acuerdo.
El mediador escucha atentamente el discurso de las partes,
nutriéndose del conflicto, buscando reconciliar fuerzas opuestas,
transformar la construcción de las realidades que traen las
partes en disputa y modificar la significación del conflicto a fin de
posibilitar el análisis de perspectivas alternativas.
12. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
o LA NEGOCIACIÓN:
o Es aquel medio de resolución de conflictos,
mediante el cual las partes se sientan a conversar
acerca del problema y lo resuelven otorgándose
mutuas concesiones, sin necesidad de la
intervención de
o Es una comunicación de ida y vuelta pensada para
lograr acuerdos cuando tu y aquellos del otro lado
tienen algunos intereses en común y otros
opuestos. Es una manera simple de obtener lo que
quieres de los demás.
13. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EL ARBITRAJE:
Es un método privado para la solución de disputas en el que las partes
interesadas se someten voluntariamente a la tutela de un tercero de su
confianza y que esté desprovisto de la condición de órgano judicial,
llamado “arbitro” para que les escuche y finalmente, resuelva sus
diferencias de criterio, esto es lo que conocemos como “encomendar la
solución a un tercero”.
Ventajas: Es ideal cuando las partes quieren someter su conflicto a la
decisión de un tercero, distinto al órgano jurisdiccional. Es mucho más
simple y económico que un proceso judicial.
Desventajas: Al igual que en todos los otros métodos, las partes deben
estar dispuestas a aceptar el resultado, más aún si se trata de un
arbitraje “no vinculante”, en el cual las partes no renuncian a su derecho
a una acción judicial. Se solucionaría de la misma manera que los
anteriores, aplicándose sólo en aquellos casos en los que las partes
estén dispuestas a aceptar el método sin mayores inconvenientes.
14. CONCLUSIONES
En conclusión, luego de hacer un estudio un poco general acerca de la
Teoría de los Conflictos podemos afirmar qué los métodos alternativos
de resolución de conflictos, son sumamente importantes, sobretodo en
una sociedad minada de problemas de todo tipo, en la cual el acceso a
la justicia se hace sumamente difícil por razones de comodidad,
economía e incluso moralidad, ya que, los mismos se presentan como
una excelente alternativa para resolver de manera pacífica y sencilla
cualquier disputa que se presente.
Sin embargo, estos métodos tienen un problema de fondo de difícil
solución, es necesaria la buena voluntad de las partes, es muy difícil
conseguir una manera de contrarrestar esto porque en términos
generales, si las partes no ponen de su parte los conflictos terminarían
inevitablemente en tribunales o peor aún las partes tomarían justicia por
sus propias manos.
Una solución posible a este hecho, sería que se propagara mayor
información acerca de los centros que presten este tipo de ayuda y que
se asesorara a las partes de manera tal que, pongan de su parte y
comprendan que dichos medios alternativos resultan beneficiosos para
ellos mismos.
15. BIBLIOGRAFIA
ALBAN RAMOS José, "La Conciliación Extrajudicial".
Ankor editores. Trujillo 1994.
FISHER Roger, URY William y PATTON Bruce; "Sí?de
Acuerdo". Santafé de Bogotá-Colombia. Norma. 1993.
ORMACHEA CHOQUE Iván; "Análisis de la Ley de
Conciliación Extrajudicial". Lima-Perú. Cultura Cuzco
1998.
ORMACHEA CHOQUE Iván; "Manual de Conciliación
Extrajudicial". Lima-Perú. Iprecom 1999.
PEÑA GONZALES Oscar "Conciliación Extrajudicial".
Asociación Peruana de Conciliación. Lima 1999.