Este documento resume la ocupación extranjera de Paraguay luego de la guerra de la Triple Alianza. Brevemente describe el establecimiento de un gobierno provisional paraguayo con el apoyo de los aliados Argentina, Brasil y Uruguay, pero también las desavenencias entre estos países sobre las condiciones de este nuevo gobierno y el futuro de Paraguay.
Laudo arbitral realizado por el Presidente Rutherford Hayes para resolver cuestión de límites entre Paraguay y Argentina. Esta solución pacífica de los conflictos internacionales se realizó en el marco de la cátedra de Derecho Internacional Púbico, a cargo de la Prof. Abg. Silvia Rodríguez de Marecos para la Universidad Privada del Este -Sede Asunción-
Formación del Estado costarricense entre 1821 y 1914 (PARTE A).Gustavo Bolaños
Material para el estudio de la III Unidad de Estudios Sociales de Sétimo Año, para los estudiantes del profesor Gustavo Bolaños, del Liceo de Atenas, Alajuela, Costa Rica.
Laudo arbitral realizado por el Presidente Rutherford Hayes para resolver cuestión de límites entre Paraguay y Argentina. Esta solución pacífica de los conflictos internacionales se realizó en el marco de la cátedra de Derecho Internacional Púbico, a cargo de la Prof. Abg. Silvia Rodríguez de Marecos para la Universidad Privada del Este -Sede Asunción-
Formación del Estado costarricense entre 1821 y 1914 (PARTE A).Gustavo Bolaños
Material para el estudio de la III Unidad de Estudios Sociales de Sétimo Año, para los estudiantes del profesor Gustavo Bolaños, del Liceo de Atenas, Alajuela, Costa Rica.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
3. 1. AMBIENTE DE LA ÉPOCA
La guerra contra los aliados proseguía con toda intensidad y el Mcal. López
iniciaba una nueva época de resistencia en la campaña que se denominó
Pikysyry, las tropas brasileñas ocuparon la abandonada Asunción luego de un
intenso bombardeo, el primero de enero de 1.869 para luego ser sometida a un
escandaloso saqueo. Para entonces López había trasladado la capital del Py a
Luque y cuando ésta comenzó a correr peligro de ser ocupada, se constituyó
la tercera en Piribebuy y por cuarta y última vez en Villa de San Isidro de
Curuguaty. En la Asunción ocupaba, Caxias hizo cantar solemne Tedeum y
declaró terminada la guerra, después se retiró del comando de las tropas,
sustituyéndole un joven príncipe, el Conde D´eu. Los paraguayos que
entraron a Asunción tras los ejércitos aliados, convencidos también del fin del
ejército de López creyeron llegado el momento de constituir un Gobierno
provisorio para asumir la administración del devastado país. Para el efecto,
nombraron una Comisión representativa compuesta de los Señores Carlos
Loizaga, Bernardo Valiente, José Díaz de Bedoya y Félix Eguzquiza, a fin de
gestionar ante los gobiernos aliados la organización del mencionado
4. La tarea, no se presentaba fácil pues entre los paraguayos se habían
constituido dos tendencias bien determinadas: una, encabezada por los
hermanos Decoud conocida como los “lesionados”, integrada por los
baqueanos de los ejércitos aliados que alentaba el propósito de obtener el
concurso de hombres llegados del exterior después de la ocupación de
Asunción, la otra encabezada por don Cándido Bareiro, que había sido alto
exponente de la Administración López y arribo a la capital en los primeros
meses de 1.869.
A este último se unieron rápidamente los antiguos funcionarios en el
extranjero Don Félix Eguzquiza, Don Carlos Saguier, los hermanos Cayos y
Fulgencio Miltos, Juan A. Ayala y F. Rivas, también contaría posteriormente
con los ex jefes y oficiales del Mcal. El grupo de los Decoud no pudo obtener
adhesión de estos mismos compatriotas. Trazados estaban los dos grupos
de opinión que constituirían con el tiempo nuestros partidos tradicionales.
Los “legionarios” de los Decoud constituyeron “el gran club del pueblo” y
los seguidores de Bareiro el PARTIDO POPULAR, del que fue jefe o “club del
pueblo”.
5. Finalmente la comisión reducida a Valiente, Díaz de Bedoya y
Eguzquiza, por renuncia de Loizaga se trasladó a Bs. As. Allí
presentó un petitorio de los vecinos de As, acompañado de una
nota de fecha 29 de abril de 1.869, en la solicitan “De los
Gobiernos Aliados el acuerdo necesario para la Organización
Popular de un Gobierno Provisorio de la RCA. del Paraguay”,
además decía la nota que “los objetivos de este Gobierno eran
especiales como la situación que atraviesa y se limita sus
facultades para cooperar para la conclusión de la guerra: atender
las necesidades administrativas y preparar la reorganización de
la RCA, creando los poderes permanentes que han de celebrar
los tratados necesarios o conducentes a restablecer las buenas
relaciones con las naciones aliadas, bajo el pie de la amistad más
fraternal e inalterable”.
6. 2. DESAVENENCIAS ALIADAS. EXIGENCIAS DE PARANHOS Y RESPUESTA DE
VARELA.
Para considerar el asunto planteado por la Comisión paraguaya se
reunieron en Bs. As., por el Brasil el Consejero José María Da Silva
Paranhos; por la Argentina el Ministro de Relaciones Exteriores Dr.
Mariano Varela, y por el Uruguay el Dr. Adolfo Rodríguez. Paranhos
opinaba que el futuro gobierno provisorio del Paraguay tendría
capacidad para celebrar Tratados de Paz.
En ese sentido dirigió a los Gobiernos Aliados un memorándum de
fecha 30 de abril en el que sostiene que el gobierno provisional
debe aceptar desde luego las condiciones de paz determinadas por
el tratado del 1º de mayo de 1.865 “La Guerra actual fue obra de un
Gobierno que debía la vida a su propia voluntad y que por eso no
tenía más normas de conducta de esa misma voluntad”.
7. El Canciller argentino no compartió la opinión de Paranhos, pues
estimaba que la rogación del Gobierno en el Paraguay, previsto por el
Tratado, aún no había llegado, antes debía haber sido vencido López,
que todavía organizaba resistencia. Los referidos puntos de vistas
fueron consignados en un protocolo de fecha 2 de junio de 1.869. Allí
encontramos que el Plenipotenciario argentino dijo que estaba dispuesto
a concurrir para el establecimiento de un Gobierno paraguayo provisorio
y que la divergencia en el modo de considerar las relaciones de los
Gobiernos aliados con dicho Gobierno no se atribuya sino a un
verdadero celo por el crédito e intereses comunes por la alianza.
El Plenipotenciario uruguayo compartió esta posición y rechazó la idea
de aceptar el compromiso de celebrar con el Gobierno Paraguayo
Provisorio los ajustes definitivos de paz. El Plenipotenciario brasileño,
haciendo “plena justicia a las intenciones de los Gobiernos Aliados”, se
reafirmó en sus anteriores conclusiones.
8. 3. EL GOBIERNO PROVISORIO
Evidente era que la Alianza por los intereses opuestos encontrados
estaba lejos en reconocer que no era posible crear el derecho de
mandato, como tampoco la paz autentica, la paz duradera, puede ser
impuesta por la fuerza; el uno y la otra requirieron el consenso.
Previa discusiones se acordaron las condiciones bajo las cuales se
reconocería al Gobierno Provisorio el derecho a instalarse en el
Paraguay. El 2 de junio de 1.869 se suscribió el Protocolo, en el cual
considera “Que el establecimiento del Gobierno Paraguayo amigo, no
altera, ni los propósitos ni los fines de la
alianza, y deja subsistentes, y con la misma fuerza los derechos de los
beligerantes”, por tanto resuelve autorizar el establecimiento del
Gobierno Provisorio, reconocer y tratarlo como amigo, bajo las
siguientes condiciones:
9. 1. el Gobierno Provisorio del Paraguay, debe ser libremente nombrado por los ciudadanos paraguayos, que
se han libertado del Mcal. López .
2. se constituye con personas que den garantías de estabilidad, paz y perfecta inteligencia con los
Gobiernos Aliados.
3. el Gobierno Provisorio se obligará a proceder de entero acuerdo con los aliados hasta la terminación de
la guerra con arreglo a las prescripciones del referido tratado.
4. el Gobierno Paraguayo no podía tratar con el Mcal. López, porque del mismo modo procederán los
Gobiernos Aliados.
5. los Generales Aliados podrán ocupar los puntos que juzgue necesario y aprovecharse de todos los
recursos del país, salvo la propiedad particular, neutro o amiga, cuyo uso dará derecho a indemnización.
6. el Gobierno Provisorio, a más de su acción política y administrativa, prestará todo el recurso que le sea
posible para las operaciones Militares de los Aliados.
7. la jurisdicción civil y criminal del Gobierno Provisorio no se extenderá a los cuarteles, campamentos, e
individuos pertenecientes a los ejércitos aliados.
8. todos los individuos, navíos, víveres, forrajes y cualquier material pertenecientes a los ejércitos aliados
tendrán entrada y salida por el territorio de la RCA.
10. 4. EL PROBLEMA DE LA VILLA OCCIDENTAL.
El primer decreto de este gobierno; de fecha 17 de agosto, constituyó una
afrenta al heroísmo del pueblo paraguayo. Decía que el primero de los
deberes de todo paraguayo en estos momentos supremos de la patria, es
contribuir para la completa victoria de la RCA y de los Gobiernos Aliados
acreedores a nuestro cordial agradecimiento, y que quienes continuasen
sirviendo “a la ominosa tiranía de Francisco Solano López, serán
considerados y punidos con todo rigor, como traidores de la nación y
enemigos de la humanidad.
Un segundo decreto de la misma fecha, consignaba que el desnaturalizado
paraguayo Francisco S. López, queda fuera de la ley y para siempre arrojado
al suelo paraguayo, como asesino de su patria y enemigo del género
humano”.
11. El Triunvirato trataría de encontrar un escape al compromiso que había
asumido al aceptar el Tratado Secreto de la Triple Alianza, con tratativas
sostenidas en Asunción, del 24 al 31 de mayo de 1.870, con los representantes
de Argentina y Brasil, Gral. Julio de Vedia y Consejeros Paranhos
respectivamente. Lo primero era modificar el protocolo del 2 de junio de 1869,
en un nuevo protocolo que se utilizara como preliminar de la paz entre las
naciones aliadas y el Paraguay.
Los señores Carlos Loizaga y Cirilo A. Rivarola fueron invitados a proponer
las alteraciones convenientes del artículo 2° que expresa la aceptación del
Tratado del 1° de mayo de 1.865, propusieron y fue aceptado por el
Plenipotenciario del Brasil y de modo ad referéndum por el argentino el
artículo 2° que decía que deja al Gobierno Paraguayo la plena libertad para
proponer y sustentar relativamente a los imites, cuando se tratare de los
ajustes definitivos, lo que estime conforme con los derechos de la República,
no pudiendo deducirse que queda resuelta esta importante cuestión territorial
en los términos del Tratado de la Triple Alianza.
12. El plenipotenciario argentino convino en esa salvedad, que el gobierno
argentino no quería usar de su derecho de vencedor para resolver la cuestión
de límites y si ventilaría por un acuerdo amigable y en vista de los títulos de
una y otra parte. El plenipotenciario brasilero confirmo por su parte que no es
la intención de los aliados conquistar territorios por el derecho de la victoria,
sino exigir solamente lo que es de su perfecto derecho, respetando
igualmente la integridad territorial de la República como se declaró en el
Tratado del 1 de mayo de 1.865.
No habiendo podido el plenipotenciario oriental Dr. Adolfo Rodríguez, asistir a
las conferencias del acuerdo a que se refiere este protocolo, se ha convenido
en solicitar al gobierno oriental la confirmación de aquel acto de adhesión, al
dársele conocimiento de dichos arreglos.
Este documento descubre la influencia del Brasil cuyas relaciones con la
Argentina comenzaron a adquirir contornos graves, debido al objetivo de
frenar la expansión territorial argentina hasta sus fronteras al norte del Rio
Apa.
13. 5. EL PROTOCOLO DE PAZ
Las tratativas argentino-brasileñas-paraguayas culminaron, con la firma del
Protocolo del 20 de junio de 1.870 “declarando solemnemente terminada la guerra”
y modificando las estipulaciones del Protocolo del 2 de junio de 1.869 que
establecía:
• Queda establecida la paz entre la Rca. del Paraguay y la Rca. Argentina, el
Imperio del Brasil y la Rca. Oriental.
• El Gobierno paraguayo se reconoce obligado a la celebración de los Tratados a
que se refiere del 1º de mayo de 1.865 estableciendo que la navegación del Alto
Paraná y el Rio Paraguay en aguas de la república de ese nombre, queda
franqueada a los buques de guerra y mercantes de las naciones aliadas.
• Los poderes aliados se complementen a no influir en la organización y elección
del Gobierno Permanente del Paraguay.
• En caso de demorarse la elección del Gobierno Permanente, los Gobiernos se
entenderán entre sí sobre la resolución que deban tomar para concluir los ajustes
definitivos de paz, los cuales no pueden quedar aplazados por mucho tiempo.
14. 6. LA CONSTITUCIÓN DE 1.870.
Entre las medidas adoptadas por el Gobierno Provisorio se cuenta con el
Decreto por el cual se convoca a una Convención Nacional para elaborar la
nueva Constitución Paraguaya. En ocasión de la muerte del Mcal. López en
Cerro Corá, se había lanzado un manifiesto diciendo que “Pronto llegará el
momento en que por elección libre de mandatarios dignos e inspirados en
nuestras desgracias, nos den una Constitución”
La nueva Carta Magna inspirada en la Constitución de la república Argentina
consagrando sus mismos principios liberales. El preámbulo decía que el
Paraguay “Es y será libre e independiente, se constituye en Rca. unitaria e
indivisible y adopta para su Gobierno la forma democrática representativa”.
Sus características esenciales fueron: el Poder Ejecutivo, a cargo de un
Presidente de la República que duraba 4 años en su mandato, el Poder
Legislativo con una Cámara de Diputados y otra de Senadores, y el Poder
Judicial con un Superior Tribunal de Justicia y Juzgados inferiores”.
15. 7. NEGOCIACIONES DE LÍMITES CON EL BRASIL.
Para el Paraguay comenzaba su etapa más difícil de la historia diplomática, cual
era hacer frente a las demandas territoriales ya estipuladas en el Tratado del 1º
de mayo de 1.865.
El Gobierno argentino llegó a proponer al Gobierno del Brasil un proyecto del
Tratado de Paz que impondría al Paraguay en la creencia de que la guerra no
duraría tanto.
El gobierno del Brasil se expidió en fecha 30 de noviembre de 1865 confirmando
la política del mismo en el Rio de la Plata. En cuanto a los limites decía el
Dictamen: "Fuese cual fuese el Gobierno de Argentina siempre tuvo el propósito
de anexionar al Paraguay ya por pacto federativo, ya por alianza o por cualquier
otra manera. Evitarlo fue el pensamiento del Brasil para quien era importante no
solo el mantenimiento de la independencia del Paraguay, sino que este tuviese
el territorio necesario para impedir el contacto inmediato entre la frontera del
Brasil y la Argentina.
16. Además del perjuicio que la pérdida de la importancia e independencia efectiva
del Paraguay ocasiona al Brasil, este sentirá daño en otros conceptos, la
frontera de Coimbra y Miranda solo tenía que temer la invasión paraguaya y de
ahora en más temerá también la invasión argentina.
Lo que al Brasil convenía es que la Argentina no tuviese ningún palmo de costa
en el Paraguay más arriba del Pilcomayo; que desde ahí hasta el Pan de azúcar
perteneciese al Paraguay y que más arriba de este punto fuese atribuida a
Bolivia porque así lo exigen los intereses de la navegación, comercio y
seguridad del Brasil.
El Brasil después de servirse del Gobierno de Bs. As. para destruir al Paraguay,
la intención es traer a Bolivia para contrarrestar las concesiones hechas a
Bolivia. En ambos casos el precio ofrecido son tierras paraguayas.
17. 8. NEGOCIACIONES EN BS. AS.
Los representantes de los Gobiernos Aliados se reunieron en Bs As en
diciembre de 1.870 para discutir las bases de los ajustes de paz y limites con el
Paraguay El Brasil representado por Paranhos, la Argentina por Tejedor y el
Uruguay por el Dr. Rodríguez, lograron coincidir en los siguientes puntos:
• Que los Gobiernos Aliados irán al Paraguay a negociar la paz de acuerdo con
el convenio preliminar del 20 de junio de 1.870. 2.
• Respecto a las cuestiones de límites y la demolición de las fortificaciones de
Humaita, resolver en definitiva después de conocer las pretensiones y títulos
invocados por el Paraguay, y según quedo establecido en el citado acuerdo.
18. 9. NEGOCIACIONES EN ASUNCION: COTEGIPE Y QUINTANA NO PUEDEN
LLEGAR A UN ACUERDO.
De lo resuelto en Bs As, las conferencias se reiniciaron en As recién en
noviembre de 1.871. Represento al Brasil Juan Mauricio de Wanderley, Barón
de Cotegipe y a la Argentina el Dr. Manuel Quintana; la divergencia se mantuvo
en lo referente de límites.
Es este terreno, la Argentina buscaba que el Brasil no se inmiscuyera en la
cuestión de límites con el Paraguay de modo de imponerle los que ya estaban
fijados por el Tratado de la Alianza.
Con ello pasaba definitivamente al olvido la mentada frase de Varela de que “la
victoria no da derecho” Para el plenipotenciario uruguayo sus instrucciones se
limitaban a ofrecer buenos oficios si los otros no pudieran concurrir a una
conciliación amigable.
19. 10. BRASIL SE DESLIGA DE SU COMPROMISO DE NO NEGOCIAR POR
SEPARADO; TRATADO LOIZAGA-COTEGIPE.
El Barón de Cotegipe pasó por alto todas las divergencias sostenidas por el
plenipotenciario argentino, y a pasar de su oposición, que pretendía sostener
con la fuerza colectiva de la Alianza sus pretendidos derechos sobre los
territorios paraguayos reclamados, continuo adelante sus negociaciones.
Efectivamente, el Dr. Quintana se retiró y el Barón de Cotegipe inicio
inmediatamente las negociaciones con el Paraguay. El Tratado de Paz consta
de 23 art. legisla sobre Paz y Amistad perpetua entre ambos países, determina
que los limites serán ajustados y definidos en un Tratado especial;
reconocimiento por parte del Paraguay de la indemnización de los gastos de
la guerra del Imperio; la libertad de navegación de los ríos desde su boca
hasta los puertos habilitados, para navíos mercantes y de guerra de países
ribereños; respeto perpetuo de la independencia, soberanía e integridad del
Paraguay, restitución reciproca de los prisioneros de guerra, etc.
20. El 9 de enero de 1872 se firmó el Tratado final de límites que puso término a la disputa
territorial entre Paraguay y Brasil, uno de los motivos principales de la Guerra de la
Triple Alianza. Los firmantes del documento fueron Carlos Loizaga por Paraguay, y
Arturo Wanderley, Barón de Cotegipe, por Brasil. El artículo Primero quedó redactado
de la siguiente manera: El territorio del Imperio del Brasil se divide con el de la
República del Paraguay por el cauce y canal del río Paraná, desde donde comienzan
las posesiones brasileñas en la boca del Yguazú hasta el Salto Grande de las Siete
Caídas del mismo río Paraná. Del Salto Grande de las Siete Caídas continúa la línea
divisoria por la cumbre de la sierra de Mbaracayú hasta donde ella concluye. De ahí
sigue en línea recta, o que más se le aproxime por los terrenos más elevados a
encontrar la sierra de Amambay. Prosigue por lo más alto de esta sierra, hasta la
naciente principal del río Apa, y baja por el canal de éste, hasta su boca en la margen
oriental del río Paraguay. Todas las vertientes que corren para el norte pertenecen al
Brasil, y las que corren para el sur y oeste pertenecen al Paraguay.
Los límites fijados no fueron otros de los que figuraban en el Tratado Secreto de la
Triple Alianza, cabe resaltar que Paraguay perdió su zona más rica en yerbales, más
allá del Río Apa.
21. Sin embargo la Argentina, agraviada por el Brasil reacciono contra el Paraguay.
En enero de 1.872, el presidente Sarmiento nombro al Gral. Julio de Vedia como
Gobernador del Chaco. Al conocerse en As la mutilación de hecho de que era
objeto la mitad de su territorio, el Gobierno paraguayo elevo el tono de su
protesta anterior en su nota el 18 de febrero que establecía: “El Gobierno del
Paraguay en el deber de salvar sus derechos usurpados por un acto de las
fuerzas de las armas que emplea contra quien no puede resistir hace su
protesta contra el mundo civilizado y ante todas las naciones amigas contra el
proceder incalificable del gobierno argentino”, continua expresando que “en el
territorio del Chaco ha pertenecido por más de tres siglos al Paraguay, sin que
RCA Argentina jamás pretendiese dicho territorio”.
22. 11. LA DISCUSION SOBRE EL ARROYO ESTRELLA.
Las discusiones que se suscitaron sobre el arroyo estrella tuvieron su causa
en un equívoco técnico. En 1.873, al hacerse la demarcación de las fronteras,
se planteó un conflicto entre los comisionados de ambos países en relación
con la horqueta formada por aquel río y el arroyo Estrella, su afluente. La
Comisión Paraguaya sostenía que el brazo norte, debía ser considerado por el
verdadero río APA y que por su curso debía seguir, hasta sus nacientes, la
línea demarcatoria. La comisión del Brasil defendía el brazo Sur, no obstante
la evidencia de que se trataba solamente de un afluente, conocido con el
nombre de Arroyo Estrella. La divergencia se solucionó por el acuerdo del 7 de
enero de 1.874. Y la línea siguió por donde lo quería el Brasil, no por el río
aceptado en el Tratado, sino por el arroyo de última hora.
23. 12. PROPIEDAD DEL SALTO DEL GUAIRA
El Salto del Guaira o Salto Grande de las Siete Caídas como lo llama el Tratado
de 1.872, es un accidente acuático fluvial que se forma cuando el río Paraná que
corre de Norte a Sur es interceptado por la Cordillera del Mbaracayú,
originándose un gran embalse que produce numerosas caídas de aguas, de las
cuales siete son las principales. Casi hasta fine de la década de 1.960 el
Paraguay y el Brasil se disputaron su propiedad en la medida en que avanza la
demarcación de las fronteras hasta ahora inconclusas.
Sobre el punto se produjeron dos tesis: La primera tesis pertenece a Efraín
Cardozo, tesis tradicional basada en los seculares y tratados vigentes con el
Brasil que considera que el dominio territorial y fluvial se extiende sobre el Salto
del Guaira en la medida que será determinada por los resultados de la
demarcación y caracterización de la frontera. Sobre el particular Cardozo
expresaba: “Al firmarse el Tratado de 1.872 la situación posesoria era clara: el
Paraguay estaba en posesión de los de Salto de Guaira”. “Al no convenirse nada
en contrario en el tratado de 1.872, el Paraguay prosiguió en la propiedad entera
24. La segunda tesis: pertenece al Dr. Juan José Soler, quien en cambio sostiene la
copropiedad del Salto. “Tesis aceptada por el Paraguay según instrucciones
cursadas por la Chancillería Nacional da la embajada del Paraguay en Río de
Janeiro el 12 de junio de 1.963. Además, en un mapa de la Constitución Nacional
demarcadora de Límites del año 1.966 de línea roja de la demarcaron ya no llega
a la otra orilla sino que muere en el canal del río a la altura de la primera caída”.
Pero la tesis predominante en el Brasil sigue siendo la de que en Salto del
Guaira le pertenece íntegramente.
25. 13. LAS NEGOCIACIONES PARAGUAYO-BRASILEÑAS
En enero de 1.964 mantuvieron una entrevista en “Tres Marías”, estado de Matto
Grosso, los presidentes Stroessner y Goulart del Paraguay y Brasil
respectivamente resolviendo que era interés para ambos países que la
Comisión Mixta concluyera cuanto antes sus trabajos. Sin embargo en junio de
ese mismo año, un destacamento militar brasileño se instalo en el trecho de 70
Km. de línea de limites no caracterizados aun, cuyos componentes manifestaron
a los miembros de la Comisión Paraguaya de Limites que tenían instrucciones
de instalarse en Puerto Renato.
La Chancillería paraguaya reclamo entonces una nota de fecha 25 de septiembre
de 1.965 diciendo que el contingente militar brasileño no estaba instalado en
Puerto Renato sino en la zona donde la frontera debe ser caracterizada y los
límites fijados mediante los últimos hitos a ser colocados e inaugurados sobre
las cumbres del Mbaracayú.
26. Seguidamente se analiza el contenido del Tratado de límites de 9 de enero de
1.872, los trabajos cumplidos por la Comisión Mixta Demarcadora de Límites
durante 1.872-1.874, recuerda el Tratado de Límites Complementario firmado en
río de Janeiro el 21 de mayo de 1.927 y el Protocolo de Instrucciones para la
demarcación y caracterización de la frontera del 9 de mayo de 1.930 que crea
una comisión mixta de demarcación y delimitación de fronteras, que está en
actividad y que había colocado e inaugurado 846 hitos de los cuales 341
corresponden a las líneas de cumbres del Mbaracayú, enumera los trabajos
cumplidos por la Comisión Mixta y termina reiterando su demanda de que el
gobierno brasileño retire de la zona no demarcada sus fuerzas militares de
ocupación para hacer posible la solución pacífica del diferendo de demarcación,
que la Comisión mixta prosiga normalmente sus trabajos, y que en caso de
desacuerdo de ambos gobiernos se recurra a todos los medios de solución
pacificas de los conflictos internacionales, comenzando por las negociaciones
directas
27. 14. ACTA DE FOZ DE YGUAZU.
La solución del diferendo en lo que al retiro de tropas se refiere, vino con la
entrevista del Canciller Raúl Sapena Pastor y Jaracy Magalhaes en Fóz de
Yguazú, donde se firmo el acta de Fóz el 22 de junio de 1.966 y acordaron en
establecer desde ya que la energía eléctrica eventualmente producida por los
desniveles del río Paraná desde e inclusive el Salto del Guaira hasta la boca del
río Yguazú será dividida en partes iguales entre los dos países. Si bien el Brasil
ha variado en forma radical su posición con respecto a los recursos hidráulicos
del Salto del Guaira, ha mantenido en cambio, su firme posición en el diferendo
sobre demarcación y caracterización de un tramo de la línea fronteriza. Brasil
mantiene las siguientes pretensiones:
1. que la frontera común en esa parte, este demarcada desde 1.874.
2. que la línea de frontera llegue hasta la quinta caída y surca el río Paraná
dejando al norte y al este, es decir al Brasil, el Salto.
3. que el Salto del Guaira es de pertenencia exclusiva del Brasil y se haya
íntegramente situado en el territorio brasileño y sobre el que dice ejercer
posesión desde hace casi un siglo.
28. 15. TRATADO DE ITAIPU.
El 07 de junio de 1.971 se entrevistaron, el Gral. de Ejercito Alfredo Stroessner y el
Pdte. del Brasil Gral. de Ejercito Emilio Garrastazú Médicis, con motivo de inaugurarse
el puente sobre el río APA. Poco después en abril de 1.973 el Pdte. Stroessner visitó
Brasilia correspondiendo a una invitación del Pdte. Garrastazú Médicis, en cuya
oportunidad los Cancilleres del Paraguay y Brasil, Raúl Sapena Pastos y Mario Gibson
Barboza respectivamente firmaron el Tratado de Itaipú el 26 de abril, a pesar de la tenaz
oposición Argentina que en la víspera llego a protestar violentamente contra el Brasil
acusándole de no cumplir con sus compromisos internacionales en torno a la obra de
la represa brasileña de la isla Solteira sobre el río Paraná. Así es como se firma el
Tratado de la construcción de la mayor represa del mundo en itaipú cortando las aguas
del río Paraná.
La bancada Liberal produjo un dictamen en minoría aconsejando rechazar el pedido de
aprobación del Tratado, expresando la zona litigiosa del Salto del Guaira puede
suscitarse situaciones de hecho y conflictivas en perjuicio del legitimo interés
paraguayo. También la prensa independiente opuso numerosos reclamos que fueron
objeto de controversias en el ámbito nacional. No obstante el Poder Ejecutivo
promulgo la Ley Nº 389, del 11 de julio de 1.973y la ratificación de instrumentos se
produjo el 13 de agosto de 1.973. La instalación del ente binacional se produjo en Fóz
29. 16. UN ANALISIS GEOPOLITICO.
El geopolítico, ha tenido relevancia a partir del accionar permanentemente de los ex
aliados sobre los partidos políticos fundados en 1.887. En mayo de 1.941 el Pdte. del
Brasil, el Dr. Getulino Vargas, parecería dar un nuevo giro de la política brasileña al
visitar Asunción, iniciando desde la perspectiva del Novo Estado una visión y un
enfoque diferente sobre la política a seguir con el Paraguay. El Pdte. Vargas traía
numerosos proyectos de acuerdos y convenios que encontraran firmes receptividad en
el Pdte. Higinio Morinigo, firmándose sucesivamente los siguientes: Convención para la
construcción y explotación del ferrocarril de Concepción a Pedro Juan Caballero,
convenio de intercambio cultural, y los convenios sobre intercambios de libros y
publicaciones sobre concesiones de créditos recíprocos destinados a facilitar el
intercambio comercial.
La trascendental visita al Pdte. Vargas cambio un signo geopolítico, a partir de entonces
se inicio el eficiente y semanal servicio del correo aéreo militar brasileño. Desde
Asunción viajaban becarios, funcionarios y turistas de la capital Carioca, nos llegaban
técnicos, diplomáticos y material para el fomento de la educación y la cultura. A partir
de entonces no solo desfilaron en nuestra capital diplomáticos de la categoría de un
Francisco Negrao de Lima (posteriormente canciller de Brasil), sino de alegados
30. 17. LA FUNDACION DE CIUDAD “PUERTO PRESIDENTE STROESSNER”
ACTUAL CIUDAD DEL ESTE.
El 3 de febrero de 1.956, se funda la ciudad bajo la advocación de San Blas
paterno del Paraguay, para prever desarrollo de Caaguazú, Alto Paraná, regiones
por la que cruza la ruta internacional que desemboca en el actual puente
internacional, rompiéndose así las trabas económicas y políticas que oponía el
gobierno de Bs. As. a nuestra única salida portuaria.
31. 18. LA ACTUAL RENEGOCIACION DEL TRATADO DE ITAIPU.
A 17 años de la vigencia del Tratado del Itaipú suscrito el 26 de abril de 1.973,
comenzaron a inquietarse por el supuesto incumplimiento por parte del Brasil
por al demora en el pago de royalties y compensaciones al Paraguay. La
Cámara de Diputados por iniciativa de su comisión de relaciones exteriores se
hizo eco de la inquietud y en una memorable sesión extraordinaria del 21 de
agosto de 1.990 aprobó por consenso una declaración en que insta a la
Chancillería paraguaya para que plantee la renegociación del Tratado
comprometiendo todo su apoyo político el éxito de tan delicada gestión de
interés nacional.
Pero a los 8 días de la declaración parlamentaria el Pdte. Andrés Rodríguez
declaró que no existe necesidad de renegociar el Tratado, cuya negociación en
todo caso, tendría que venir en su oportunidad.