Este documento describe los hongos alucinógenos, incluyendo que contienen sustancias psicoactivas como la psilocibina, fueron usados en rituales antiguos, existen varios géneros que los contienen, los efectos buscados son experiencias sensoriales alteradas pero también pueden causar efectos secundarios como dolor de cabeza, se deben secar para consumirlos y las dosis recomendadas son de 1-3 gramos para dosis baja y 5-7 gramos para dosis alta, y en Argentina son considerados psicot
2. Los hongos stropharios, también llamados hongos
alucinógenos, son hongos que contienen sustancias
psicoactivas como la psilocibina, la psilocina y la baeocistina.
4. Fueron algunas de las primeras drogas empleadas
primitivamente en la historia de la humanidad. en 1600 a. C.
ya se consumía la especie Amanita muscaria en la India. Se ha
asociado al Soma, la droga sagrada de la inmortalidad, a la
ambrosía de los Dioses del Olimpo, a los misterios de Eleus,
también en la antigua Grecia, e incluso a los orígenes del
cristianismo en Roma. Los utilizaban las tribus nómadas de
Siberia en ritos comunales de indulgencia.
6. Existen varios géneros y más de 200 especies que contienen
estas sustancias. Los géneros son, entre
otros: Agrocybe, Conocybe, Copelandia, Galerina,Gerronema,
Gymnopilus, Hypholoma, Inocybe, Mycena, Panaeolus, Pluteu
s y, sobre todo, Psilocybe, género este último al que
pertenecen la mayor parte de las especies que contienen
estas sustancias. Hay quien los usa como una droga
alternativa. Es necesario tener la precaución de no
confundirlos con setas venenosas.
8. Efecto buscado
Con este tipo de hongos se busca el tener una
experiencia que altere la percepción sensorial y alterar
el estado de conciencia, buscando un efecto
placentero y de relajación, incluso en algunos casos
cerca de la disociación entre el cuerpo y la mente.
Efecto Secundario
Puede que la experiencia lleve a una euforia excesiva o
a un aplanamiento físico no buscado. También puede
presentar dolor de cabeza al día siguiente o dificultad
de conciliar el sueño después del consumo, debido al
efecto estimulante de la psilocibina.
10. Todos los hongos presentan un porcentaje muy
elevado de agua, rondando el 90%, por lo que el
consumo, si se desea conseguir los efectos
psicotrópicos debe ser secado y deshidratado, de esta
forma se elimina el agua y se queda la sustancia
activa. Las dosis recomendadas no son altas, para este
hongo son entre 1 gr. y 3 gr. sería una dosis media-
baja y entre 5 y 7 gr. es una dosis alta.
Los efectos duran como máximo cuatro horas y
empieza a producirse a los 35 minutos
aproximadamente.
12. Tanto el ácido lisérgico como la psilocibina son
considerados sustancias que producen fuertes
trastornos de la percepción sensorial, por lo cual la
Argentina los ha categorizado como “psicotrópicos I”.
Ello permite que sean alcanzadas por la Ley Nacional
Nº21.704, que aprueba el “Convenio sobre Sustancias
Psicotrópicas”, adoptado en Viena el 21 de febrero de
1971 por la Conferencia de las Naciones Unidas para
la adopción de un Protocolo sobre sustancias
psicotrópicas.
13. Dicho Convenio internacional, en su artículo 7º
establece:
“En lo que respecta a las sustancias de la Lista I, las
Partes:
a) Prohibirán todo uso, excepto el que con fines
científicos y fines médicos muy limitados hagan
personas debidamente autorizadas en
establecimientos médicos o científicos que estén bajo
la fiscalización directa de sus gobiernos expresamente
aprobados por ellos;
b) Exigirán que la fabricación, el comercio, la
distribución y la posesión estén sometidos a un
régimen especial de licencias o autorización previa;
c) Ejercerán una estricta vigilancia de las actividades y
14. d) Limitarán la cantidad suministrada a una persona
debidamente autorizada a la cantidad necesaria para la
finalidad a que se refiere la autorización;
e) Exigirán que las personas que ejerzan funciones médicas o
científicas lleven registros de la adquisición de las sustancias y
de los detalles de su uso; esos registros deberán conservarse
como mínimo durante dos años después del último uso
anotado en ellos;
f) Prohibirán la exportación e importación excepto cuando
tanto el exportador como el importador sean autoridades
competentes u organismos del país o región exportador e
importador, respectivamente, u otras personas o empresas
que estén expresamente autorizadas por las autoridades
competentes de su país o región para este propósito. Los
requisitos establecidos en el párrafo 1 del artículo 12 para las
autorizaciones de exportación e importación de las sustancias
15. Este Power Point no busca incitar al consumo de dicho
estupefaciente, sino que a informar sobre el mismo