El informe resume las actividades realizadas por la Personería Municipal de Santa Fe de Antioquia entre febrero de 2013 y febrero de 2014, incluyendo la presentación de 115 tutelas, la evaluación de 24 quejas, y la redacción de 102 derechos de petición a solicitud de ciudadanos. También describe las actuaciones de la Personería ante juzgados, fiscalías, la policía e INPEC para garantizar los derechos de la población. Finalmente, resalta temas relevantes como el seguimiento ambiental de una industria y la verific
La Personería Municipal de Guarne se complace en presentar informe de la gestión realizada durante el periodo comprendido entre marzo de 2014 a igual fecha de 2015, en cumplimiento a los lineamientos establecidos por la Constitución y las leyes vigentes que regulan las funciones propias de esta Entidad y que principalmente se concentran y desarrollan en la atención integral para la defensa de los derechos de los habitantes del Municipio, así como una vigilancia permanente a la aplicación de la Constitución y normatividad vigente.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. En Oaxaca aplicarán mano dura contra bloqueadores asegura Rubén Vasconcelos. Urgen a SCT y CAO culminar autopistas a Costa, Istmo y rehabilitar red carretera en pésimas condiciones.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Capacitan en materia de transparencia a ediles
Piden cerrar el paso a la corrupción y la impunidad. Diputados piden informe sobre investigación contra Gabino Cué.
Pedido de informes abuso de autoridad policial sobre madre amamantado en espa...Brest Fabian Dario
El pasado martes 12 de Julio entre las 15hs y 16hs la joven madre de 22 años vecina del distrito, Constanza Santos, fue victima de un hecho de abuso de autoridad policial en la plazoleta ubicada en la intersección de las calles 9 de Julio, Belgrano y Acassuso mientras amamanba a su pequeño hijo.
Megaradioexpress - Sintesis informativa martes 08 de septiembre de 2020megaradioexpress
La informacion mas importante de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Publican ley que prohíbe venta de comida chatarra y entra en vigor en Oaxaca - Contabiliza SSO 14 mil 275 contagios de Covid-19; 412 están activos.
La Personería Municipal de Guarne se complace en presentar informe de la gestión realizada durante el periodo comprendido entre marzo de 2014 a igual fecha de 2015, en cumplimiento a los lineamientos establecidos por la Constitución y las leyes vigentes que regulan las funciones propias de esta Entidad y que principalmente se concentran y desarrollan en la atención integral para la defensa de los derechos de los habitantes del Municipio, así como una vigilancia permanente a la aplicación de la Constitución y normatividad vigente.
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El pasado martes 12 de Julio entre las 15hs y 16hs la joven madre de 22 años vecina del distrito, Constanza Santos, fue victima de un hecho de abuso de autoridad policial en la plazoleta ubicada en la intersección de las calles 9 de Julio, Belgrano y Acassuso mientras amamanba a su pequeño hijo.
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Dictamen por el que se expide la Ley para hacer de la Ciudad de México una Ciudad Abierta, aprobado por unanimidad en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el 28 de abril de 2015.
Informe al Concejo Municipal año 2013 Personería de Santa Fe de Antioquia
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PERSONERÍA MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA
INFORME AL CONCEJO MUNICIPAL
RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS
PERIODO 21 DE FEBRERO DE 2013 AL 27 DE FEBRERO DE 2014
Introducción.
La Personería Municipal de Santa Fe de Antioquia, en cabeza del suscrito
Personero, fiel al cumplimiento estricto de las normas, y con fundamento en la
obligación señalada en el numeral 9 del artículo 178 de la Ley 136 de 1994, de
rendir anualmente informe de la gestión por parte del Personero al Concejo
Municipal, procede a rendir el informe correspondiente a la gestión de la vigencia
comprendida entre el 21 de febrero de 2013 a la fecha de presentación de este
escrito.
“El desempeño ético de las funciones públicas está íntimamente ligado a la
transparencia y a la rendición de cuentas. Todo servidor público, y en particular
quienes detentan cargos de dirección y de responsabilidad superior en la
orientación de las entidades estatales, no solo debe cumplir de manera estricta
con la Constitución y la Ley, sino que su actuar debe estar orientado por los
principios y valores que le subyacen al Estado social de derecho, a los derechos
humanos y a la probidad, eficiencia y eficacia de la gestión pública. Dicho de otra
manera: la ética impone a los servidores públicos no solo cumplir bien con sus
funciones y competencias, sino velar porque dichas acciones contribuyan al
bienestar general, a la vigencia de los derechos humanos y a la consolidación de
los principios de la democracia1
”.
El artículo 2 de la Constitución Política de 1991 establece: “Son fines esenciales
del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución;
facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la
independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia
pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las
personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás
derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del
Estado y de los particulares”.
Aclaración Preliminar.
El presente informe anual, contiene las realizaciones y acciones emprendidas por
la Personería Municipal de Santa Fe de Antioquia, en temas que son de interés
1
Tomado de la guía para la rendición de cuentas de los Personeros municipales 2008-2012, Instituto de
Estudios del Ministerio Público, página 7.
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general para la comunidad de la Ciudad Madre, en ese sentido, no se hace
descripción de las actuaciones de la Personería en casos particulares, ni tampoco
de los trámites internos del despacho que son meramente burocráticos (de los
cuales se tiene el soporte debido en el archivo de la Personería Municipal).
De la normatividad regulatoria de la funciones del Personero.
Las funciones propias del Personero, están normatizadas en un gran número de
Leyes que conforman nuestro ordenamiento jurídico, pero en especial lo están en
el Régimen Municipal, Decreto 1333 de 1986, la Ley 136 de 1994 y la Ley 1551 de
2012.
I. La garantía de la prevalencia del interés general y de los principios del
Estado social de derecho. En este acápite se hace un balance sobre las
funciones del Personero como agente del Ministerio Público.
En este acápite es preciso informar las gestiones realizadas por la Personería en
el ejercicio de la Acción Constitucional de Tutela, para la protección de los
Derechos fundamentales de los ciudadanos.
En ese sentido se han interpuesto ante los jueces con jurisdicción en este
municipio 115 acciones de tutelas, para la protección de los derechos: A la Salud y
a la seguridad social en conexidad con la vida, protección del derecho al mínimo
vital en conexidad con la vida, protección al derecho fundamental de petición y
protección al debido proceso; de estas el 94% corresponden a la protección del
Derecho a la salud en conexidad con el Derecho fundamental a la vida.
Respecto de los incidentes de desacato, cuando las entidades accionadas no han
cumplido lo ornado por el juez dentro del término establecido, desde la Personería
se ha realizado 11 incidentes de desacato.
Amparos de pobreza se han redactado 08.
II. Quejas y Procesos disciplinarios.
En la actualidad la Personería Municipal adelanta en etapa de indagación
preliminar tres (03) procesos disciplinarios respecto de funcionarios públicos del
orden municipal.
Remitidas por la Procuraduría Provincial de Santa Fe de Antioquia, se han recibido
24 quejas para su correspondiente evaluación.
Por competencia se han remitido a otras instancias de carácter disciplinario un
total de 57 quejas, entre ellas la mayoría a la Oficina de Control Disciplinario
Interno de la Alcaldía Municipal de Santa Fe de Antioquia.
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III. Acciones adelantadas para velar por la efectividad del derecho de
petición.
Desde el 21 de febrero de 2013 a la fecha se han redactado, a petición de parte,
un número total de 102 Derechos de Petición.
IV. Actuaciones ante el juzgado promiscuo municipal como agente del
ministerio público en el área penal.
Se ha asistido como agente del ministerio público en el área penal, a las
audiencias notificadas y programadas por el Juzgado.
V. Actuaciones ante la fiscalía local como agente del ministerio público.
En ejercicio de la función de agente del ministerio público, se ha actuado ante la
fiscalía local de Santa Fe de Antioquia, en la revisión de investigaciones penales,
notificación de autos de archivo de investigaciones y como garante de los
Derechos de capturados en el momento en que se dejan a disposición de este
ente por parte de la Policía Nacional.
Así mismo se ha brindado apoyo a la fiscalía general de la nación en su grupo de
investigación de derechos humanos y derecho internacional humanitario.
VI. Actuaciones ante el Juzgado Promiscuo de Familia.
También en el ejercicio de agente del ministerio público, se ha actuado ante el
juzgado promiscuo de familia de Santa Fe de Antioquia, en la notificación de autos
admisorios de demandas y sentencias de este ente judicial en temas de su
competencia.
VII. Actuaciones ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
En calidad de agente del ministerio público, y en garantía del debido proceso, se
me notifican, por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, decisiones
referentes a la protección y restablecimiento de derechos de los menores.
VIII. Actuaciones ante la Policía Nacional.
La Personería Municipal ha realizado acompañamiento permanente a la labor que
realiza la Policía Nacional en nuestra jurisdicción, en especial en algunos
procedimientos respecto de los cuales los miembros de esta institución así lo han
solicitado.
Se ha realizado verificación del estado de idoneidad de las salas de reflexión
(calabozos) de la estación de policía de Santa Fe de Antioquia.
Se realiza verificación de Derechos de las personas capturadas o retenidas
transitoriamente en los calabozos de la Estación de Policía.
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IX. Actuaciones en el Establecimiento Carcelario de Santa Fe de Antioquia.
Se ha realizado acompañamiento al INPEC, en la asistencia a los consejos de
disciplina, en los que el señor director de la cárcel de Santa Fe de Antioquia, ha
evaluado disciplinariamente a algunos internos; igualmente se ha realizado
verificación de derechos a varios internos.
También hemos asistido como Ministerio Público a las reuniones que
mensualmente realiza el comité de Derechos Humanos del Centro Carcelario de
Santa Fe de Antioquia.
El día 12 de agosto de 2013 se realizó una jornada de atención y asesoría jurídica
a los internos del Establecimiento Carcelario de Santa Fe de Antioquia, con el
apoyo de las Personería Municipales de Olaya y Caicedo.
La Personería Municipal en compañía de la Procuraduría Provincial de Santa Fe
de Antioquia, entre los días 10 y 11 de julio de 2013, realizó una acción preventiva
en el E.C. Santa Fe de Antioquia, con la finalidad de verificar, entre otros aspectos
los siguientes: Condiciones Generales del Establecimiento Carcelario, Seguridad,
Capacidad, Control de Visitas, porcentaje de hacinamiento, atención en salud,
alimentación, situación jurídica de los internos.
La capacidad real del E.C. Santa Fe de Antioquia es de cincuenta (50) internos
sindicados, pero para la época de la intervención había ciento un internos (101),
teniendo un porcentaje de hacinamiento del 102%. Si bien esta situación se
mejoró sustancialmente, hasta el punto que para el mes de febrero de 2014, se
tenían aproximadamente 80 internos, en los últimos días, por la problemática que
se vive en la Cárcel de Bella Vista, se han traslado por parte del INPEC un número
considerable de internos, lo cual hace que en la actualidad la población carcelaria
sea de más de 100 internos. La Personería Municipal realizó el correspondiente
llamado de atención a la directora regional del INPEC para que no envíe más
internos a este E.C., y que por el contrario inicie acciones tendientes a acabar con
el hacinamiento.
X. Tramites de victimas de Solicitudes de Inscripción en el Registro único de
Víctimas diligenciados a solicitud de parte (Ley 1448 de 2011) y trámites de
víctimas bajo otras normatividades (Decreto 1290 de 2008).
En total los trámites en materia de nueva ley de víctimas (1448 de 2011),
Solicitudes de Inscripción en el Registro único de Víctimas son:
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HECHOS VICTIMIZANTES
Atentado
Terrorista
Desaparición
Forzada
Desplazamiento
Forzado
Homicidio Hurto
Ganado
Minas
Antipersonal
Delitos
contra la
Libertad
Sexual en
Desarrollo al
Conflicto
Armado
1 2 93 21 1 1 1
TOTAL 120
En materia de víctimas, y dando cumplimiento a la Ley 1448 de 2011 y al Decreto
reglamentario 4800 de 2011, y al protocolo de participación efectivo de las
víctimas, en calidad de secretaría técnica de la mesa municipal de participación de
víctimas, la Personería realizó acompañamiento el día 03 de julio de 2013, a la
instalación y elección de la mesa municipal de participación efectiva de las
víctimas la cual quedó conformado por miembros de la única organización de
víctimas inscripta oportunamente cual es la Asociación de Víctimas de la Violencia
de Santa Fe de Antioquia “ASOVISAN”.
Se hace acompañamiento permanente a la mesa municipal de participación de
víctimas.
La Personería Municipal conforme a sus obligaciones legales, orienta y asesora a
las víctimas del conflicto armado, respecto de los tramites y solicitudes que
adelantan ante la Unidad Especial para la Atención y Reparación Integral a las
Víctimas, tanto los realizados bajo la Ley 1448 de 2011, como los realizados bajo
normatividad anterior, Decreto 1290 de 2008 y ley 387 de 1997, sirviendo de
puente entre la población víctima y la Unidad de Víctimas.
XI. Intervención de la Personería municipal temas más relevantes de interés
municipal.
En total el despacho del personero municipal, expidió en el año 2013, 532 oficios
dirigidos a autoridades del nivel, municipal, departamental y nacional; en el año
2014, a la fecha se han expedido 71 oficios, también a autoridades municipales,
Departamentales y Nacionales. Los temas y problemáticas más relevantes en los
que ha intervenido la Personería Municipal son los siguientes:
Desde el mes de enero del año 2013, la Personería por solicitud de la
comunidad, puso en conocimiento de la autoridad ambiental
CORANTIOQUIA, de establecimiento de una industria para el
procesamiento de tierras para la extracción de oro, en la zona del kilometro
4 o 5 de la antigua vía al mar. Se temía por la presunta contaminación que
esta industria estaría generando a las aguas del río Tonusco. La autoridad
ambiental inició el proceso sancionatorio ambiental, el cual terminó con el
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cierre de dicho establecimiento y multa a sus propietarios. La Personería
realizó seguimiento y acompañamiento al proceso. En este caso también se
puso en conocimiento del señor alcalde municipal.
Desde el mes de enero del año 2013, solicitamos información a la alcaldía
municipal sobre los programas o proyectos de vivienda que realizarían, y en
especial sobre la metodología de inscripción de las personas interesadas y
la selección de beneficiarios. Reiteramos que la Personería realizará el
respectivo seguimiento, por lo que se solicita a la administración municipal
informar sobre el listado de beneficiarios seleccionados y la metodología de
su selección.
En garantía de los Derechos de la población carcelaria de Santa Fe de
Antioquia, intervinimos en la verificación de la suscripción del contrato
correspondiente por parte de la EPS CAPRECOM con la E.S.E Hospital
San Juan de Dios de Santa Fe de Antioquia.
En el mes de febrero de 2013, en conjunto con la Procuraduría Provincial
de Santa Fe de Antioquia, la Personería municipal solicitó a la Directora
Regional del INPEC tomar medidas tendientes a bajar el nivel de
hacinamiento en el E.C. Santa Fe de Antioquia, esta solicitud se envió con
copia al Procurador Regional de Antioquia y a la Procuradora Delegada
Preventiva D.D.H.H. y Asuntos étnicos.
Se realizaron solicitudes respetuosas y recomendaciones a las autoridades
municipales, en especial al señor alcalde, para que emprendieran acciones
tendientes a la protección del espacio público en los diferentes parques del
centro histórico, en especial en el parque principal y en el parque de la
chinca; en el mismo sentido se solicitó tomar medidas en materia de orden
y seguridad ciudadana en el parque de nuestra señora de Chiquinquirá. La
Personería Municipal solicitó visita de la Contraloría General de Antioquia,
para que verificara la situación del espacio público, entidad que dictaminó
una gestión desfavorable.
Conforme a las obligaciones impuestas a los municipios en las leyes 322 de
1996 y 1575 de 2012, se requirió a la administración municipal informar
sobre la suscripción del convenios para la prestación del servicio bomberil
con los bomberos voluntarios de este municipio, pues a la fecha (abril de
2013) no se había realizado efectivamente. Se ha realizado
acompañamiento al cuerpo de Bomberos Voluntarios.
Se solicitó información a la administración municipal e instó al cumplimiento
con las obligaciones impuestas por la Ley 1523 del 24 de abril de 2012, de
gestión del riesgo, en lo que respecta al Plan municipal de gestión del
riesgo, ajuste del plan de desarrollo municipal conforme a lo estipulado en
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la ley de gestión del riesgo y la creación del fondo municipal de gestión del
riesgo. Se requiere verificar la operatividad de este comité municipal.
Instamos a la alcaldía municipal para que se tomaran medidas respecto del
mantenimiento de las unidades deportivas del municipio, por quejas
constantes de la comunidad deportiva.
Conforme a las obligaciones impuestas por la Ley 1480 de 2011 (Estatuto
del Consumidor), se instó a la administración municipal para que se
tomaran medidas en lo que respecta a la efectiva protección de los
Derechos de los Consumidores de Santa Fe de Antioquia; así como la
realización de actividades de vigilancia y control que en esta materia.
Se han realizado acciones para hacer seguimiento al estado del trámite
adelantado ante el Ministerio de Cultura, respecto de la aprobación Plan
Especial de Manejo al Patrimonio “PEMP”, el cual a la fecha aún no ha sido
aprobado por dicho ministerio.
La Personería adelantó el proceso legal para la selección de los tres
representantes de la comunidad ante el comité permanente de
estratificación municipal, proceso que culminó exitosamente, informándole
al señor alcalde de dicha selección para que procediera al nombramiento
de los representantes ante el mencionado comité.
Con forme a las obligaciones impuestas a los entes territoriales por la Ley
1251 de 2008, en lo que respecta a la protección y divulgación de los
Derechos de los adultos mayores, la Personería manifestó su preocupación
por la no suscripción a la fecha (abril de 2013) de convenio con el Centro de
Bienestar del Anciano San Pedro Claver, para la atención de 25 adultos
mayores internos en dicha institución y que dependían directamente del
municipio; se instó al cumplimiento de las obligaciones, todo en garantía de
los Derechos de esta población vulnerable.
Par dar cumplimiento a la función establecida en la Ley 617 de 2000,
artículo 24, numeral 4, respecto del seguimiento de las obras públicas, se
solicitó a la administración municipal, mantener permanentemente
informada a la Personería del inicio de las obras públicas que se adelanten
en el municipio, que se ejecuten con recursos del tesoro municipal o con
recursos que prevengan del sector departamental o nacional.
Se alertó a la comisaría de familia y a la Policía de infancia y adolescencia
de la práctica de boxeo callejero que se estaba realizando a las afueras de
una institución educativa del municipio, por parte de los alumnos. Dichas
autoridades realizaron las intervenciones de su competencia.
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A la secretaría de gobierno municipal se solicitó dar cumplimiento a la Ley
1408 de 2010, la cual en su artículo 11 señala: “Los Secretario de Gobierno
o en su defecto la autoridad de gobierno correspondiente asegurará que en
su jurisdicción no se usarán osarios comunes, ni se destruirán o incinerarán
cuerpos o restos de personas no identificadas y que no se inhumarán sin
acta de levantamiento y examen médico legal. Dichos secretarios o
autoridades informarán anualmente a la Comisión Nacional de Búsqueda
de Personas Desaparecidas sobre el cumplimiento de la norma”.
Se ha instado en varias oportunidades a la administración municipal, en
especial a la secretaría de educación emprender acciones tendientes a
mejorar la problemática que se presenta en el Centro Educativo Rural de la
vereda el plan, el cual está destruido como consecuencia de fallas en el
terreno donde está construido.
La Personería ha realizado seguimiento al proceso de apertura de la vía
hacía la vereda el churimbo de este municipio, solicitando especialmente la
verificación por parte de la autoridad ambiental.
Hemos solicitado a la administración municipal emprender acciones para
dar cumplimiento a la Ley 142 de 1994 (de servicios públicos domiciliarios)
en su artículo 62, inciso 1, respecto a la conformación del comité de
Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios. A la
fecha no se ha conformado.
En garantía y protección de los Derechos de la Población LGTBI, se solicitó
a la administración informar sobre los programas y/o proyectos que
respecto de esta población se han ejecutado. La administración debe
fortalecer el trabajo con esta población.
Ante la Problemática que se estaba presentado por la venta presuntamente
irregular de lotes ejidos, en especial en el barrio llano de bolívar, la
Personería solicitó al señor alcalde convocar a una reunión para buscar
soluciones. La administración está haciendo la intervención y ha iniciado los
procesos legales correspondientes.
Por solicitud de algunos beneficiarios del proyecto de vivienda cañaveral, la
Personería solicitó al señor alcalde reunión para tratar este tema y aclarar
dudas de los beneficiarios.
Por queja interpuesta por un ciudadano respecto de una presunta
Intermediación Laboral que se está realizando en la E.S.E Hospital San
Juan de Dios de Santa Fe de Antioquia, por intermedio de lo que el
denunciante llama “cooperativa integra o sindicato”, la Personería Municipal
puso en conocimiento la situación al Ministerio del trabajo, y se esta
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evaluando la posibilidad de iniciar las averiguaciones disciplinarias a que
haya lugar.
conforme a lo establecido en la Ley 101 de 1993, artículo 61, se solicitó a la
administración municipal operativizar el funcionamiento el Consejo
Municipal de Desarrollo Rural. A la fecha no se tiene conocimiento de si
este consejo está funcionando regularmente.
La Personería municipal realizó seguimiento a la suscripción del nuevo
convenio para la atención en salud de la población “vinculada”, entre el
municipio de Santa Fe de Antioquia y la E.S.E Hospital San Juan de Dios,
pues para le fecha (septiembre de 2013), se estaban presentando
inconvenientes en la atención en salud de estas personas.
Por solicitud de la comunidad y por iniciativa interna, la Personería
Municipal realiza seguimiento al proyecto de construcción de un relleno
sanitario subregional en nuestra jurisdicción. Especialmente se ha solicitado
información a la autoridad ambiental CORANTIOQUIA sobre la concesión
de licencias ambientales al respecto. A la fecha dicha autoridad ambiental
sólo ha expedido un concepto de pre factibilidad.
Respecto de la Inspección de Policía de Santa Fe de Antioquia, la
Personería municipal remite para su conocimiento las quejas y situaciones
que por competencia deben ser tramitadas por dicha dependencia, las
cuales en este periodo son un número considerable. Ya en varias
oportunidades la Personería ha solicitado a la administración municipal
emprender acciones tendientes al fortalecimiento de esta dependencia,
pues hemos constatado que la demanda ciudadana ha desbordado la
capacidad de respuesta oportuna y efectiva por este despacho. Son
innumerables las quejas presentadas por la comunidad por la falta de
atención oportuna a sus problemáticas, en especial a aquellas relacionadas
con la convivencia ciudadana y las relaciones entre vecinos. La estructura
interna de la Inspección de Policía no se compadece con el número de
habitantes de nuestro municipio y la cantidad de problemáticas que debe
conocer el despacho, lo que ha hecho que la atención al ciudadano de una
manera oportuna esté colapsada. Hemos hecho la salvedad en los
diferentes especio que se ha comentado la problemática, que la situación
actual no es producto de la desatención del inspector de Policía y su apoyo,
pues humanamente no es posible dar respuesta a la demanda de
intervención que diariamente se presenta en ese despacho. El señor
alcalde es conocedor de la situación al igual que la secretaria de gobierno.
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XII. Intervención y Seguimiento a los impactos de la minería en nuestro
municipio.
La Personería Municipal ha puesto, por quejas de la comunidad, en conocimiento
de la autoridad ambiental (CORANTIOQUIA) y de las autoridades administrativas
del municipio de Santa Fe de Antioquia, en especial al señor alcalde, a la
secretaria de gobierno, inspector de policía y secretaria de planeación, las
diversas problemáticas que se han presentado en los últimos meses, como
consecuencia de las actividades relacionadas con la minería en nuestro municipio.
Preocupa sobre manera a la Personería la posible contaminación ambiental y su
repercusión en la salud humana, producto de las labores industriales propias de la
minería, tales como el procesamiento de las arenas y tierras de mina, con la
utilización de elementos químicos como el mercurio y el cianuro; así como la
quema de la amalgama producto de la aleación del oro con estos elementos
químicos.
La autoridad ambiental y las autoridades administrativas del municipio de Santa Fe
de Antioquia, tienen conocimiento del establecimiento de en nuestra jurisdicción
de los llamados entables donde se procesa el material de mina y de las compras
de oro con quemadores, establecimientos estos de los cuales se deben realizar la
verificación de cumplimiento de los requisitos de ley para su funcionamiento. En
ese sentido la Personería ha solicitado a las autoridades intervenir dentro del
ámbito de sus competencias, para evitar el funcionamiento irregular de estas
actividades en nuestra jurisdicción, evitando de paso la posible contaminación
ambiental y las consecuencias negativas para la salud de todos los habitantes de
Santa Fe de Antioquia.
En especial hemos solicitado al alcalde municipal y a sus funcionarios, aplicar
estrictamente la normatividad minera, hacer cumplir el Esquema de Ordenamiento
Territorial, en lo que respecta a los usos del suelo permitidos para este tipo de
actividad industrial; también se solicitó dar aplicación a la Ley 1658 de 2013,
llamada Ley del Mercurio, la cual en su artículo 9 establece: “Prohibición de
nuevas plantas de beneficio de minerales preciosos y control de las existentes. Se
prohíbe la ubicación de nuevas plantas de beneficio de oro que usen mercurio y la
quema de amalgama de mercurio y oro, en zonas de uso residencial, comercial,
institucional o recreativo. Parágrafo: Para el desarrollo de obras y actividades
relacionadas con el funcionamiento de las nuevas plantas de beneficio de oro, se
requerirá por parte de la autoridad ambiental competente la respectiva licencia
ambiental dado el deterioro grave que estas actividades generan al ambiente y a
la salud.
En los casos de las plantas de beneficio de oro existentes al momento de la
expedición de la presente ley y que se encuentren en las zonas de uso del suelo
señaladas como prohibidas, tendrán un plazo máximo de tres (3) años para su
reubicación a partir de la promulgación.
Para tal fin las autoridades municipales deberán definir las zonas de uso
compatible para el desarrollo de esta actividad en los Planes de Ordenamiento
Territorial, los Planes Básicos de Ordenamiento Territorial o los Esquemas de
Ordenamiento Territorial según sea el caso. Estas actividades también podrán ser
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realizadas en áreas cobijadas por títulos mineros debidamente inscritos en el
registro nacional minero que cuenten con autorización ambiental para su
desarrollo.
No obstante lo anterior y mientras dure el proceso de reubicación de las
mencionadas plantas, los titulares de las mismas deberán adoptar un plan de
manejo ambiental y reducción de mercurio, el cual será reglamentado por parte del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en un término no mayor de seis (6)
meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, cuyo control y
seguimiento estará a cargo de la autoridad ambiental del área de jurisdicción de la
planta.
Con el fin de identificar las plantas de beneficio existentes antes de la
promulgación de esta ley, que estén ubicadas en las zonas prohibidas, los
alcaldes municipales junto con las autoridades ambientales, sanitarias y mineras
realizarán un censo de las mismas en un término no mayor a un (1) año a partir de
su entrada en vigencia, con el fin de diseñar e implementar un programa
reubicación de las mismas de acuerdo con lo establecido en el presente artículo.
Una vez terminado el plazo previsto, los alcaldes, las autoridades ambientales y
las demás autoridades competentes, procederán al cierre de las plantas de
beneficio de oro que se encuentren en zonas prohibidas o que no cumplan con la
normativa ambiental vigente”.
La Personería Municipal considera que tanto el concejo municipal como la
administración, y todas las autoridades en su conjunto, deben evaluar las
repercusiones del fenómeno de la minería en nuestro municipio en temas tales
como:
Aumento de la población.
Incidencia en la educación
Incidencia en el sistema de salud municipal
Seguridad y orden público
Costo de vida
Microtrafico
Prostitución
Contratos de arrendamiento de vivienda urbana
Establecimientos abiertos al público donde se expende y consume licor
XIII. Participación en comités.
COMITÉ MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO
COMPOS
PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN
CONSEJOS DE SEGURIDAD
CONSEJO DE POLICÍA JUDICIAL
ASAMBLEA DE ASOVISAN
JUSTICIA TRANSICIONAL
COMISIÓN MUNICIPAL PARA LA COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE
PROCESOS ELECTORALES
MESA MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN DE VICTIMAS
COVE MUNICIPAL
12. Carrera 6 No. 9-55 - Santa Fe de Antioquia - Casa de Justicia - teléfonos 8531046 -3105032297 fax.8534701
E-mail: personeria@santafedeantioquia-antioquia.gov.co
COMITÉ DERECHOS HUMANOS CARCEL MUNICIPAL
SEGUIMIENTO AL PROGRAMA MÁS FAMILIAS EN ACCIÓN
COMITÉ DE CUPOS (SECRETARÍA DE EDUCACIÓN)
COMITÉ MUNICIPAL DE SALUD MENTAL
SUBCOMISIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA LA JUSTICIA
TRANSICIONAL
COMITÉ PROVINCIAL DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CONTROL Y
ASUNTOS ELECTORALES.
XIV. Gestión Contractual de la Personería Municipal
En el año 2013, la Personería Municipal de Santa Fe de Antioquia, con fiel apego
a las normas vigentes en materia de contratación estatal, aplicables a los
contratos que realice la Personería, a saber, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007,
Ley 1450 de 2011 (artículo 274), Ley 1474 de 2011 (artículo 94) y Decreto 734 de
2012; suscribió un (01) contrato, para la adquisición de bienes para cumplir con su
obligación legal de suministrar dotación al Secretario del despacho así:
No.
Contrato
Objeto Valor Contratista
PM 001-
2013
Suministro de nueve (09) dotaciones
de Ley que se deben al Secretario de la
Personería Municipal de Santa Fe de
Antioquia.
Dos Millones
Trescientos
Setenta y
Dos Mil
Doscientos
Veinte Pesos
($2.372.220)
ÉXITO BETANCOURT
S.A.S. NIT. 900535324-2.
; Representada
legalmente por el señor
CARLOS ARTURO
BETANCOURT ESTRADA,
identificado con cédula
de ciudadanía número
70108495
Valor total contratado por la Personería de Santa Fe de Antioquia en la vigencia
2013, Dos Millones Trescientos Setenta y Dos Mil Doscientos Veinte Pesos
($2.372.220).
XV. Ejecución presupuestal vigencia 2013.
PRESUPUESTO APROBADO POR EL CONCEJO VIGENCIA 2013 $88.425.000.00
PRESUPUESTO EJECUTADO
RUBRO DESCRIPCION EJECUTADO
2121 GASTOS DE PERSONAL $79.792.948
21211 Servicios personales asociados a la nómina $66.215.682
21102103 Contribuciones inherentes a la nómina $13.577.266
2122 GASTOS GENERALES $5.871.478
21221 Adquisición de bienes $5.871.478
13. Carrera 6 No. 9-55 - Santa Fe de Antioquia - Casa de Justicia - teléfonos 8531046 -3105032297 fax.8534701
E-mail: personeria@santafedeantioquia-antioquia.gov.co
TOTAL EJECUTADO $85.664.426
SALDO SIN EJECUTAR O DISPONIBLE AÑO 2013 $2.760.574
Observaciones: Por mandato legal los gastos de las personerías de municipios de
sexta categoría durante cada vigencia fiscal, no puede superar los 150 SMLMV. Para
Santa Fe de Antioquia, vigencia fiscal 2013, sería la suma de $88.425.000; lo que
significa, que se ha cumplido con la norma en materia de racionalización del gasto
público.
XVI. Personas Atendidas en la Personería Municipal
Según los registros de atención al usuario de la Personería Municipal, desde el 21
de febrero de 2013 a la fecha, se han atendido y realizado trámites en la
Personería a MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO (1.385) personas, a
quienes se les ha brindado asesoría en diferentes temas y áreas, trámites de
victimas, desplazamiento, derechos de petición, solicitudes ante entidades
públicas, tutelas, entre otras actuaciones.
XVII. Temas relevantes de impacto en el municipio.
La Personería Municipal, por el impacto que puedan tener en el municipio,
recomienda y solicita al concejo municipal y a la administración municipal, estudiar
con especial cuidado las siguientes temáticas:
Autopistas para la prosperidad
Impactos de la minería, protección del medio ambiente y la salud humana
Hidroeléctrica cañafisto
Protección del patrimonio arquitectónico
Atentamente,
Edison Alberto Oquendo Morales
Personero Municipal
Gonzalo Méndez López
Secretario