El documento describe las leyes y normas que regulan la jornada laboral y las condiciones laborales, incluyendo la duración máxima de la jornada laboral para diferentes tipos de trabajos, pagos por horas extras y trabajo nocturno, así como descansos y vacaciones. También cubre temas relacionados con el salario como su cálculo, tipos de salarios, y estructura.
1. LA JORNADA DE TRABAJO Es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado. Se contabiliza por el número de horas en las que el empleado desarrolla su actividad laboral.
3. CONVENIO DE LA OIT SOBRE LAS HORAS DE TRABAJO DE 1919 *Se acordó la constitución del acuerdo como Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre las horas de trabajo -industria- de 1919. *Se estableció el convenio por el que se limitan las horas de trabajo en las industrias a ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales
4. CLASIFICACIÓN DE LAS JORNADAS DE TRABAJO *La jornada imparcial * La jornada a tiempo completo: -Jornada continua -Jornada partida -Trabajos a turnos -Trabajo nocturno -Trabajo en festivos -Horas extraordinarias
5. DURACION MAXIMA DE LAS JORNADAS DIURNO Art. 194 Duración máxima de 8 hrs. Diarias y 48 semanales. NOCTURNO Art. 194 Duración máxima de 7 hrs. Diarias y 42 semanales. MIXTA Art. 196Duración es de 7, 12 horas diarias o 45 hrs. Semanales.
6. INSALUBRE Art. 198 Duración máxima será de 6 hrs. Diarias y 36 semanales. MENORES Art. 123 y 197 - Duración máxima para mayores de 15 pero menores de 18 años: 6 hrs. Diarias y 36 hrs. Semanales; Duración máxima para menores de 12 años: 4 hrs. diarias y 24 hrs. semanales. - Duración máxima para menores que asisten a las escuelas, la jornada se reduce a 2 hrs. diarias. (Ver Art. 121, 122 GUIA Nro. 16).
7. * HORAS EXTRAORDINARIAS (ART 234º). * El trabajo nocturno será pagado con un 30% (treinta por ciento) sobre salario ordinario fijado para el trabajo diurno. * Las horas extraordinarias nocturnas serán pagadas con recargo del 100% (cien por cien) sobre el salario hora ordinario nocturno. -ASIGNACIÓN FAMILIAR (ART. 261º). - AGUINALDO (ART.243º). - AGUINALDO PROPORCIONAL (Art. 244). - LAS VACACIONES (Art. 218).
8. - DE LOS DESCANSOS LEGALES: Todo trabajador tendrá derecho a 1 (un) día de descanso semanal que normalmente será el domingo. las vacaciones comenzarán el día lunes o el siguiente día hábil si aquél fuese feriado. *LA SEGURIDAD SOCIAL (Art. 382). * INCENTIVOS: Son pagos hechos por la organización a sus trabajadores a cambio de contribuciones.
10. Salario Artículo 227º "La remuneración sea cual fuere su denominación o método de calculo que pueda evaluarse en efectivo, debida por un empleador a un trabajador en virtud de los servicios u obras que este haya efectuado o debe efectuar, de acuerdo con lo estipulado en el Contratode Trabajo."
11. CLASES DE SALARIOS: Salario en Moneda Salario en Especie (30%) Pago Mixto Salario Real El salario nominal Individual Familiar Salario mínimo Salario máximo Salario colectivo Salario personal
12. Salario de equipo Por unidad de tiempo Por unidad de obra ESTRUCTURA DE LOS SALARIOS Su puesto Su eficiencia personal Las necesidades del empleado Las posibilidades de la empresa
13. SALARIOS POR DIAS TRABAJADOS ART. 230º DE LA REMUNERACIÓN A JORNAL DEL SALARIO DE MENORES ART. 126 SALARIO PERSONAL DOMESTICO ART. 151 SUELDO SUPLEMENTARIO