2. ¿Qué es el Derecho del Trabajo?
•Derecho del Trabajo es el
conjunto de normas
jurídicas que regulan u
ordenan las relaciones de
trabajo en una sociedad
específica.
3. DEFINICIONES DE JORNADA DE TRABAJO
La jornada de trabajo o jornada
laboral es el tiempo que cada
trabajador dedica a la ejecución del
trabajo por el cual ha sido contratado.
Es el tiempo en el cual el trabajador
debe prestar el servicio prometido.
Se denomina así, al tiempo del día
durante el cual el trabajador está en la
empresa. La jornada de trabajo se
divide en tiempo de trabajo necesario
y tiempo de trabajo adicional.
4. JORNADA DE TRABAJO
Artículo 31:
Artículo 30:
El día se divide en los
siguientes periodos de
trabajo:
1. Diurno: de 6
a.m. a 6 p.m. y
2. Nocturno: de 6
p.m. a 6 a.m.
5. Artículo 32: Artículo 33:
Jornada de trabajo es
todo el tiempo que el
trabajador no puede
utilizar libremente por
estar a disponibilidad
del empleador.
6.
7. DESCANSOS ENTRE JORNADAS
Artículo 39:
La jornada de trabajo tendrá
un periodo de descanso
no menor de media hora
ni mayor de dos horas.
Sin embargo en caso de
jornadas nocturnas dichos
descansos, sin exceder los
límites de la jornada
correspondiente, de
manera que no se
interrumpa la producción.
8. DESCANSO SEMANAL Y EN DIA DE FIESTA
O DUELO NACIONAL
Artículo 40:
• El día del descanso es
un derecho y un deber
del trabajador.
Artículo 41:
• El descanso semanal
obligatorio debe darse
de preferencia los
domingos.
9. Artículo 42:
• Las empresas y establecimientos permanecerán cerrados los
domingos y días de fiesta o duelo nacional, con las siguientes
excepciones:
10. •El Órgano Ejecutivo con la aprobación
unánime del Consejo de Gabinete, por
duelo nacional, podrá ordenar el cierre
de las empresas y establecimientos con
excepción de los contemplados en los
ordinales 1º., 2º.,3º.,5º., y 6º. Del
artículo anterior.
Articulo
44
•El descanso en días de fiesta o duelo
nacional, y de duelo nacional decretado
por el Órgano Ejecutivo, se remunerara
como jornada ordinaria de trabajo
Articulo
45
12. Vacaciones
Artículo 53:
El derecho a vacaciones
existe aunque el contrato
no exija trabajar todas
las horas de las jornadas
ordinarias o todos los
días de la semana.
13. Artículo 54:
• 1. Treinta días por once meses continuos de trabajos, a razón de un día por cada once
días al servicio de su empleador.
• 2. Pago de un mes de salario cuando la remuneración se hubiere convenido por mes, y
de cuatro semanas y un tercio cuando se hubiere pactado por semana.
• 3. Cuando se trate de trabajadores pagados por hora o por día se dividirá el total de la
remuneración ordinaria y extraordinaria.
• 4. Para los efectos del computo del tiempo servido que da derechos a vacaciones se
contara la duración de los descansos semanales, días de fiesta o duelo nacional,
licencia por enfermedad
• 5. Las sumas que debe recibir el trabajador le serán liquidadas y pagadas con tres días
de anticipación respecto de la fecha en que comience a disfrutar del descanso anual.
• 6. se le pagaran en efectivo los días de vacaciones proporcionales a que tenga derecho
a razón de un día por cada once días de trabajos y
• 7. Cumplido el periodo de vacaciones el trabajador tiene derecho a que se le
reincorpore en su puesto.
15. Artículo 58:
Cuando trabajen en una empresa dos miembros de una
familia, el empleador procurara, en lo posible, a petición
de parte señalarles la época del goce de sus vacaciones en
un mismo periodo.
. Articulo 59:
Las vacaciones se conceden para que el trabajador disfrute
de descanso, y no se permitirá su renuncia a cambio de una
remuneración o compensación.
16. Articulo 60
• Bajo pena de nulidad, el empleador no podrá,
durante el tiempo en que el trabajador permanezca
incapacitado o disfrutando de sus vacaciones, iniciar,
adoptar, ni comunicarle ninguna de las medidas,
sanciones y acciones previstas en este código.
Articulo 61
• La violación de cualquier disposición de este
capítulo dará lugar a que se imponga al
empleador una multa de veinticinco a
doscientos cincuenta dólares.