Migraciones publicó un detallado informe sobre las condiciones de ingreso y permanencia que impusieron los distintos países con los que Argentina posee mayor tráfico aéreo para que aquellos que decidan viajar tengan una fuente oficial donde consultar.
El Plan Fronteras Protegidas entró en rigor con libertades para los chilenos y extranjeros residentes que tengan el Pase de Movilidad.
Detalles en: https://ohmygeek.net/2021/07/26/resumen-plan-fronteras-protegidas/
VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA EN TIEMPOS DE COVID, SE EVALUA LA EPIDEMIOLOGIA UTILIZADA EN LA PROGRAMACION E INTERPRETACION DE LA EPIDEMIOLOGIA EN ESTA PANDEMIA.
El Gobierno de Navarra ha difundido este viernes una serie de recomendaciones y de resolución de preguntas sobre las medidas sanitarias a seguir y el pasaporte covid
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En apego al reglamento sanitario de la OMS México recibirá cruceros que solic...Pablo Carrillo
Las secretarías de Salud y Turismo del Gobierno de México reiteran el compromiso de respeto a lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional de la Organización Mundial de la Salud (OMS), por lo que se recibirán cruceros en los puertos marítimos del país. En atención a los protocolos de bioseguridad establecidos en los ámbitos nacional e internacional, el Gobierno de México recibirá en sus puertos marítimos a los cruceros que soliciten atracar en nuestro país.
POR FAVOR, SR. MINISTRO, UN VUELO DIARIOCID Gallup
No importa a qué ciudad se dirige – México, Miami, Houston – mientras que sea una donde hay servicio de transporte aéreo al resto del mundo. Se necesita un vuelo diario para personas con necesidades de tratamiento médico que no se ofrece en el país, diplomáticos regresando o llegando, familias separadas, representantes de organizaciones que ayudan a Costa Rica, personas con compromisos en el exterior y otros. Cien personas entrando y saliendo por el Juan Santamaría siguiendo los protocolos máximos frente a la pandemia no causarían un descontrol.
El decreto que busca combatir el coronavirusMara Resio
Se consideran “zonas afectadas” por la pandemia de COVID-19, a los Estados miembros de la Unión Europea, miembros del Espacio Schengen, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Estados Unidos de América, República de Corea, Estado del Japón, República Popular China y República Islámica de Irán.
Importar es la compra de bienes y servicios que provienen de empresas extranjeras. Puede ser cualquier producto o servicio recibido dentro de la frontera de un Estado con propósitos comerciales.
Incentivos tributarios para el sector de la construcciónMara Resio
Se publicó en el Boletín Oficial la ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda que además de diferimiento en el pago de impuestos para quienes inviertan en obras en construcción habilita la normalización (blanqueo) de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la compra de dichos departamentos.
El Gobierno creó un registro en el cual deberán anotarse las personas que posean este tipo de plantas en sus domicilios para los fines autorizados. La medida se anunció a través de la Resolución 800/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
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2. En el marco de la pandemia, muchos países continúan imponiendo restricciones para el ingreso de
extranjeros. Se tratan de medidas sanitarias tendientes a evitar la propagación del COVID-19, que
pueden afectar las posibilidades de ingreso al país de muchos argentinos y argentinas, por ejemplo,
en el caso de tener que realizar alguna escala que incluya a alguno de estos países.
Por esa razón, es recomendable que los argentinos y argentinas con intenciones de viajar consulten
de manera frecuente los sitios de las Embajadas y Consulados del lugar al que pretenden ir para evi-
tar inconvenientes en la planificación de los viajes, así como también es recomendable visitar el sitio
web de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA).
A febrero de 2021, esta es la situación actual respecto a restricciones que presentan los países con
los que Argentina posee mayor tráfico aéreo.
3. Administración de fronteras en el mundo
en el marco de la pandemia
Alemania
Alemania no permite la entrada a su territorio excepto a nativos
y residente de los países de la Comunidad Económica Europea o
Suiza y a sus familiares entre otros casos.
Para el ingreso al país deben tener un certificado médico con un
resultado negativo de la prueba de COVID-19 realizado como máxi-
mo 48 horas antes de la llegada. Las pruebas aceptadas son: prue-
bas de antígeno, PCR, RT-LAMP y TMA.
Los pasajeros y la tripulación de la aerolínea que lleguen desde
países de alto riesgo deben registrarse antes de la salida. Los pa-
sajeros pueden estar sujetos a cuarentena durante 10 días.
A partir del 30 de enero, el gobierno alemán dispuso nuevas restric-
ciones a los pasajeros viajando o conectando desde Brasil. No se
permiten las conexiones aéreas hacia países de la zona Schengen.
Más información en: http://www.bundespolizei.de/Web/DE/04Ak-
tuelles/01Meldungen/2020/03/200317_faq.html.
Brasil
Brasil suspendió los vuelos desde Sudáfrica y el Reino Unido, y no
permite a las personas que hayan estado en los últimos 14 días
en esos dos países el ingreso a su territorio. La única excepción:
nacionales quienes deben hacer una cuarentena de 14 días.
Todas las personas que ingresen o transiten por el país deben pre-
sentar de test PCR negativo realizado 72 horas antes del primer
punto de embarque. Pasajeros/as y tripulación tienen que comple-
tar una DJ para presentarla al arribo en https://formulario.anvisa.
gov.br.
4. Administración de fronteras en el mundo
en el marco de la pandemia
Canadá
Canadá prohibió el ingreso a su territorio nacional a residente, a sus
familiares directos o familia extendida sin síntomas de COVID y a
personas con algún motivo justificado.
Las autoridades establecieron que las restricciones de viaje pue-
den prolongarse según sea necesario por razones de salud pública.
Además, todas las personas que viajen a Canadá deberán presentar
antes de abordar una prueba de PCR negativa con menos de tres
días de antigüedad y deberán someterse a otro prueba de detec-
ción del virus al llegar al aeropuerto. Los viajeros deberán aguardar
los resultados de su prueba durante tres días en un hotel autoriza-
do por el Gobierno. El costo de las pruebas y del hospedaje deberá
ser afrontado por el viajero y ronda los 2.000 dólares canadienses
(unos 1.550 estadounidenses).
El primer ministro de Canadá, Justin Trudeau, anunció que todos
los vuelos a México y el Caribe serán suspendidos a partir del 31/01
y hasta el 30 de abril para frenar la propagación de la enfermedad.
Más información en https://www.canada.ca/en/public-health/ser-
vices/diseases/c%E2%80%A6.
Chile
Chile suspendió vuelos provenientes del Reino Unido y mantiene
restricciones de ingreso para pasajeros que hayan estado en ese
país en las últimas semanas, con excepciones para nacionales y
residentes.
Extranjeros podrán ingresar por un único aeropuerto y, además de
la obligación de contar con un certificado con resultado negativo
de Covid-19, quedarán sujetos a un aislamiento de 14 días y debe-
rán tener un seguro de viaje con cobertura mínima para COVID-19
de USD 30.000.
Más información en:
https://www.minsal.cl/nuevo-coronavirus-2019-ncov/requisi-
tos-sanitarios-para-ingresar-a-chile/.
5. Administración de fronteras en el mundo
en el marco de la pandemia
España
España limitó la circulación a ciudadanos de la Unión Europea para
casos especiales hasta marzo con ciertos requerimientos. En el
caso de otras nacionalidades, se habilita el ingreso sólo en casos
específicos con seguro médico. Además, suspendió los vuelos del
Reino Unido.
Más información en: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/sa-
ludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/spth.htm.
Colombia
Colombia suspendió los vuelos provenientes de Brasil. Aquellos
pasajeros de otras nacionalidades que arriben sin certificado que
indique resultado negativo de prueba PCR de COVID-19 están suje-
tos a test al momento del arribo y/o cuarentena obligatoria.
Más información en: https://colombia.travel/es/informacion-co-
vid-19.
6. Administración de fronteras en el mundo
en el marco de la pandemia
Francia
A partir del 31 de enero de 2021, Francia adoptó restricciones para
el ingreso desde cualquier país fuera de la zona europea, y limitó
la salida de Francia para viajar a un país fuera del espacio europeo
(Unión Europea, Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega,
San Marino, la Santa Sede y Suiza), salvo por algún motivo imperio-
so de índole personal o familiar, una urgencia sanitaria o un impe-
rativo profesional inaplazable.
https://ar.ambafrance.org/Covid-19-Restricciones-de-entra-
da-a-Francia-metropolitana-y-a-los-territorios.
Estados Unidos
Solicita un PCR de 72 hs previas a todos los autorizados a ingre-
sar. Prohíbe el ingreso de personas provenientes de China, Irán,
Espacio Schengen de Europa, Reino Unido, República de Irlanda,
Brasil y Sudáfrica. https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/
travelers/from-other-countries.html.
Los pasajeros que hayan estado o hayan transitado por Brasil en
los últimos 14 días no pueden ingresar ni transitar por el país.
7. Administración de fronteras en el mundo
en el marco de la pandemia
Italia
Italia no permite la entrada de pasajeros hasta el 5 de marzo de
2021, excepto en algunos casos como nacionales de algunos paí-
ses europeos (no incluye a Gran Bretaña); Familiares de naciona-
les y residentes de Suiza o de un Estado miembro de la CEE; entre
otras.
Los pasajeros que hayan estado o hayan transitado por Brasil en
los últimos 14 días no pueden ingresar ni transitar.
Quienes quieran ingresar deben presentar un formulario de auto-
declaración completo antes del embarque. El formulario se puede
obtener en https://www.esteri.it/mae/it/ministero/normativaon-
line/decreto-iorestoacasa-domande-frequenti/focus-cittadini-ita-
liani-in-rientro-dall-estero-e-cittadini-stranieri-in-italia.html. Y de
acuerdo al país del cual ingresas deben realizar autoaislamiento
por 14 días o mostrar un certificado de COVID-19 negativo tomado
en las 48hs previas.
Gran Bretaña
A partir del 29 de enero, Gran Bretaña prohibió el ingreso a los pa-
sajeros que en los últimos 10 días hayan estado en tránsito por
Angola, Argentina, Bolivia, Botswana, Brasil, Burundi, Cabo Verde,
Chile, Colombia, La República Democrática del Congo, Ecuador,
Eswatini, Guayana Francesa, Guyana, Lesotho, Malawi, Mauricio,
Mozambique, Namibia, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Ruan-
da, Seychelles, Sudáfrica, Surinam, Tanzania, Emiratos Árabes Uni-
dos, Uruguay, Venezuela, Zambia o Zimbawe. Quedan eximidos de
esta restricción nativos británicos e irlandeses y residentes en el
Reino Unidos. Más información en https://www.gov.uk/guidance/
travel-advice-novel-coronavirus
8. Administración de fronteras en el mundo
en el marco de la pandemia
México
México no adopta por el momento restricciones para el ingreso de
visitantes y regreso de mexicanos provenientes de otros países. La
Secretaría de Salud se encuentra alerta en los puntos de entrada al
país para atender a personas que manifiesten síntomas asociados
al coronavirus y tomar las medidas correspondientes (https://guia-
delviajero.sre.gob.mx/).
Se debe presentar el “Cuestionario de identificación de factores de
riesgo en viajeros” ante el servicio de inmigración al arribo. El for-
mulario se puede encontrar en https://afac.hostingerapp.com/.
Noruega
A partir del 29 de enero, Noruega no permite la entrada de pasa-
jeros. La medida no aplica para ciudadanos y residentes del país,
ciudadanos no noruegos cuando existen motivos específicos para
permitir que esas personas ingresen al país, ciudadanos no norue-
gos que ejercen derechos de visita con sus hijos, familiares inme-
diatos de personas que residen en Noruega. Ver más excepciones
en http://www.entrynorway.no/
9. Administración de fronteras en el mundo
en el marco de la pandemia
Uruguay
Uruguay no permite el ingreso, ni el tránsito de extranjeros no re-
sidentes, excepto que sean argentinos, brasileros o paraguayos, o
residente en esos países y que estén en tránsito en Montevideo o
Punta del Este.
Pueden ingresar al país uruguayos y extranjeros con residencia,
sólo por Montevideo o PdE y con PCR negativo de hasta 72 hs, ex-
cepto menores de 6 años y quienes el Consulado uruguayo haya
exceptuado del test, el que realizarán en territorio uruguayo.
Están exceptuados de la restricción de ingreso, diplomáticos, tripu-
lantes, prácticos de buques, quienes acrediten reunificación fami-
liar y por razones humanitarias y de trabajo, previa autorización de
la Dirección Nacional de Migración. Más información en: https://
www.gub.uy/ministerio-turismo/.
*Fuente IATA y sitios oficiales de gobierno.
Perú
Perú suspendió hasta el 28/2/21 el ingreso de extranjeros no re-
sidentes provenientes de Europa, Sudáfrica o Brasil, o que hayan
escala en dichos lugares en los últimos 14 días. (Decreto 8/21)
Los peruanos, extranjeros residentes o no residentes que ingresen,
deberán realizar una cuarentena obligatoria de 14 días en el domi-
cilio declarado, previa coordinación con la autoridad sanitaria. Se
debe presentar PCR negativo 72 hs previas.
Los pasajeros deben completar una “Declaración Jurada de Salud
y Autorización de Geolocalización” en https://e-notificacion.migra-
ciones.gob.pe/dj-salud/ 72 horas antes de la partida.