La ley establece el marco legal para el sistema educativo federal en Argentina. Define los derechos y responsabilidades del Estado nacional, las provincias y la ciudad de Buenos Aires en cuanto a la educación. Establece la estructura del sistema educativo, incluyendo la educación inicial, básica, polimodal, superior y cuaternaria. También garantiza la gratuidad de la educación pública en todos los niveles y otorga becas para estudiantes en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
Este documento presenta los principales aspectos de la Ley Orgánica de Educación Intercultural de Ecuador. Establece que la educación es un derecho humano fundamental y define los principios, fines y estructura del Sistema Nacional de Educación. También describe los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, madres/padres y la comunidad en general con respecto a la educación. Además, explica la organización de la Autoridad Educativa Nacional y sus diferentes niveles de gestión a nivel nacional, zonal, distrital y de circuito
Este documento presenta los principales puntos de la Ley de Educación Nacional de Argentina. Establece el derecho a la educación para toda la población y define la estructura del sistema educativo nacional, que incluye la educación inicial, la educación general básica obligatoria de 9 años, la educación polimodal y la educación superior. También describe los objetivos y principios de cada uno de los niveles del sistema educativo.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural establece la educación como un derecho fundamental y obligatorio desde el nivel inicial hasta el bachillerato. Define los objetivos y principios del sistema educativo ecuatoriano, incluyendo el fortalecimiento de la educación intercultural y la preservación de identidades culturales. Asimismo, establece las responsabilidades de la Autoridad Educativa Nacional y los derechos y obligaciones de docentes y estudiantes.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y objetivos generales de la educación en el país, incluyendo garantizar el derecho a la educación para todos los estudiantes y promover la escolarización de aquellos en situaciones de vulnerabilidad. La ley también define los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, padres y la comunidad educativa, y establece el Sistema Nacional de Educación, el Consejo Nacional de Educación y el Instituto Nacional de Evaluación Educativa.
Este documento contiene 46 preguntas sobre los artículos de la Ley General de Educación de México. Las preguntas cubren temas como las responsabilidades de las diferentes autoridades educativas a nivel federal, estatal y municipal; los niveles y tipos de educación reconocidos por la ley; y aspectos como la planeación educativa, evaluación de sistemas y contenidos educativos.
LEY ORGANICA DE EDUCACION LOEI Y REGLAMENTOCARLOS MASSUH
La Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) establece los principios, fines y regulaciones del sistema educativo ecuatoriano, incluyendo el derecho a la educación, la estructura del sistema, la educación intercultural bilingüe, la carrera docente y las instancias de resolución de conflictos. La LOEI promueve una educación basada en valores como la igualdad, interculturalidad, calidad e inclusión.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador. Establece los principios generales de la educación ecuatoriana como el derecho a la educación, la obligatoriedad desde la educación inicial hasta el bachillerato, y el fortalecimiento de la educación intercultural. También describe los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, madres/padres y la comunidad en general respecto a la educación. Finalmente, presenta los objetivos y estructura del Sistema Nacional de Educación del Ecuador.
Este documento presenta los principales aspectos de la Ley Orgánica de Educación Intercultural de Ecuador. Establece que la educación es un derecho humano fundamental y define los principios, fines y estructura del Sistema Nacional de Educación. También describe los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, madres/padres y la comunidad en general con respecto a la educación. Además, explica la organización de la Autoridad Educativa Nacional y sus diferentes niveles de gestión a nivel nacional, zonal, distrital y de circuito
Este documento presenta los principales puntos de la Ley de Educación Nacional de Argentina. Establece el derecho a la educación para toda la población y define la estructura del sistema educativo nacional, que incluye la educación inicial, la educación general básica obligatoria de 9 años, la educación polimodal y la educación superior. También describe los objetivos y principios de cada uno de los niveles del sistema educativo.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural establece la educación como un derecho fundamental y obligatorio desde el nivel inicial hasta el bachillerato. Define los objetivos y principios del sistema educativo ecuatoriano, incluyendo el fortalecimiento de la educación intercultural y la preservación de identidades culturales. Asimismo, establece las responsabilidades de la Autoridad Educativa Nacional y los derechos y obligaciones de docentes y estudiantes.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y objetivos generales de la educación en el país, incluyendo garantizar el derecho a la educación para todos los estudiantes y promover la escolarización de aquellos en situaciones de vulnerabilidad. La ley también define los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, padres y la comunidad educativa, y establece el Sistema Nacional de Educación, el Consejo Nacional de Educación y el Instituto Nacional de Evaluación Educativa.
Este documento contiene 46 preguntas sobre los artículos de la Ley General de Educación de México. Las preguntas cubren temas como las responsabilidades de las diferentes autoridades educativas a nivel federal, estatal y municipal; los niveles y tipos de educación reconocidos por la ley; y aspectos como la planeación educativa, evaluación de sistemas y contenidos educativos.
LEY ORGANICA DE EDUCACION LOEI Y REGLAMENTOCARLOS MASSUH
La Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) establece los principios, fines y regulaciones del sistema educativo ecuatoriano, incluyendo el derecho a la educación, la estructura del sistema, la educación intercultural bilingüe, la carrera docente y las instancias de resolución de conflictos. La LOEI promueve una educación basada en valores como la igualdad, interculturalidad, calidad e inclusión.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador. Establece los principios generales de la educación ecuatoriana como el derecho a la educación, la obligatoriedad desde la educación inicial hasta el bachillerato, y el fortalecimiento de la educación intercultural. También describe los derechos y obligaciones del Estado, estudiantes, docentes, madres/padres y la comunidad en general respecto a la educación. Finalmente, presenta los objetivos y estructura del Sistema Nacional de Educación del Ecuador.
Este documento presenta los principios, fines y estructura de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) de Ecuador. Establece la obligatoriedad de la educación desde el nivel inicial hasta el bachillerato y busca fortalecer la educación para preservar las identidades culturales. Define al Estado como garante del derecho a una educación de calidad e inclusiva para todos. Además, presenta los objetivos y componentes del Sistema Nacional de Educación Intercultural Bilingüe de Ecuador.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Establece 8 capítulos que cubren temas como disposiciones generales, federalismo educativo, equidad en la educación, proceso educativo, educación de particulares, validación de conocimientos, participación social y sanciones. Define las responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y locales, y establece lineamientos sobre cobertura, calidad, financiamiento y evaluación del sistema educativo mexicano.
Este documento presenta los aspectos fundamentales de una Ley Orgánica de Educación Intercultural. Establece el derecho a la educación y las obligaciones del Estado de garantizarla. Define los principios de la educación, como la universalidad y el interés superior de los niños. También describe los derechos y obligaciones de los estudiantes, docentes, padres y la comunidad educativa. Finalmente, presenta la estructura del Sistema Nacional de Educación, incluyendo niveles, modalidades e instituciones educativas.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Describe las diferentes secciones de la ley, incluyendo disposiciones generales sobre la educación, el federalismo educativo, procesos educativos, equidad en la educación, y educación impartida por particulares. La ley establece los requisitos y responsabilidades para las autoridades educativas federales y locales, así como para las instituciones educativas públicas y privadas.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación en el país. Declara que la educación es un derecho humano fundamental y obligatorio desde la educación inicial hasta el bachillerato. Asigna a la Autoridad Educativa Nacional la responsabilidad de formular políticas educativas e implementar un currículo nacional obligatorio en todos los niveles y modalidades que promueva la diversidad cultural. También crea un Sistema Nacional de Educación Intercultural Bilingüe y define la carrera del magisterio, incluy
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación en el país. Declara que la educación es un derecho humano fundamental y obligatorio desde la educación inicial hasta el bachillerato. Asigna a la Autoridad Educativa Nacional la responsabilidad de formular políticas educativas e implementar un currículo nacional obligatorio en todos los niveles y modalidades que promueva la diversidad cultural. También crea un Sistema Nacional de Educación Intercultural Bilingüe y define la carrera docente pública y el escal
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación ecuatoriana en el marco del Buen Vivir y la interculturalidad. Reconoce la educación como un derecho humano fundamental y obligación del Estado de garantizar el acceso universal a lo largo de la vida. Crea el Sistema Nacional de Educación y el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe para respetar la diversidad cultural y lingüística. También determina los derechos y obligaciones de los estudiantes, docentes y otras dispos
Estructura general de la Ley Orgánica de Educación de la República Dominicana
Ley No. 66-97
La cual garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación.
Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley, además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso educativo nacional.
Este documento presenta la Ley 115 de 1994, también conocida como la Ley General de Educación en Colombia. Establece las normas generales para regular el servicio público de educación en el país. Define la estructura de la educación formal en los niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media. También aborda temas como los fines de la educación, la comunidad educativa, el rol de la familia y la sociedad en la educación, y los derechos a la educación.
La Ley General de Educación establece que:
1) Toda persona tiene derecho a la educación obligatoria y gratuita, incluyendo preescolar, primaria, secundaria y media superior.
2) El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará promover la equidad, excelencia y mejora continua en la educación.
3) El Sistema Educativo Nacional comprende a actores, instituciones y procesos educativos públicos y privados reconocidos para impartir educación con criterios democráticos e incl
Este documento propone una serie de reformas a la Ley General de Educación de México. Se proponen cambios a varios artículos, incluyendo modificar o agregar párrafos, fracciones y artículos enteros. El objetivo general es actualizar la ley para mejorar la calidad de la educación, asegurar la participación de todos los involucrados en el proceso educativo y garantizar el derecho a una educación gratuita para toda la población.
El documento resume las reformas a la Ley General de Educación en México, incluyendo establecer la obligación del Estado de proveer educación gratuita y de calidad para todos los niveles, crear un marco curricular común a nivel nacional para la educación media superior, y fortalecer la evaluación educativa y la participación de la sociedad en el sistema educativo.
Este documento propone una serie de reformas a la Ley General de Educación de México. Se modifican o adicionan artículos relacionados con objetivos de la educación, obligaciones del Estado, gratuidad de la educación, criterios para la educación impartida, componentes del sistema educativo nacional, funciones de las autoridades educativas, y atribuciones de la autoridad educativa federal. El propósito general es actualizar la ley para garantizar una educación de calidad e inclusiva que cumpla con los fines del sistema educativo y los derechos de los educandos
Este decreto reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación de México. Las reformas incluyen garantizar la educación de calidad para toda la población, establecer que la educación impartida por el Estado será gratuita, y prohibir el pago de cuotas que condicionen o impidan la prestación del servicio educativo. También se reforman artículos relacionados con los principios orientadores de la educación, las instituciones y autoridades educativas, y sus funciones.
Reforma educativa y leyes secundarias_Coordinación Académica_Básica EstatalMaire J
La reforma educativa de 2013 reformó la Constitución para garantizar la calidad de la educación obligatoria, fortalecer la evaluación educativa y el servicio profesional docente. Se creó el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, responsable de evaluar el sistema educativo. También se estableció que el ingreso y promoción docente se determinarán mediante concursos de oposición.
Este documento presenta el marco legal educativo de Ecuador, incluyendo la Constitución del país, la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General. Define los principios y fines de la educación, los derechos y obligaciones de los estudiantes, docentes y comunidad educativa, y establece el sistema nacional de educación intercultural bilingüe. El marco legal busca garantizar una educación pública, gratuita y laica para todos los ecuatorianos.
Analisis a la ley organica de educacion intercultural biliguekevinguillermo
El documento analiza el reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural Bilingüe de Ecuador. Señala que el reglamento concentra demasiado poder en el Ministerio de Educación al centralizar la toma de decisiones y excluir la participación de otros actores educativos. También contradice la Constitución al no promover la rendición de cuentas, el control social y la autonomía de instituciones como el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. El autor argumenta que se debe revisar el reglamento para asegurar una educación inclus
Este documento presenta un proyecto de ley de educación para la provincia de Neuquén en Argentina. Propone establecer un sistema educativo provincial basado en principios como la educación permanente, gratuidad, coeducación y acceso igualitario. Detalla objetivos como formar ciudadanos con conciencia social y capacitación técnica. También establece obligaciones del estado como proveer educación básica común y jardines maternales, así como derechos de estudiantes, docentes y personal no docente dentro del sistema educativo.
Este documento presenta la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros recientemente aprobada. La ley establece un sistema para reconocer la labor docente y mejorar la calidad de la educación. El sistema tiene como objetivos contribuir al aprendizaje de los estudiantes, la excelencia educativa, mejorar la práctica docente, establecer programas de estímulos e incentivos, y promover el desarrollo profesional de los maestros. La ley aplica a docentes, personal técnico y directivo de
El documento presenta extractos de la Ley General de Educación en México. Establece que el Estado garantizará el derecho a una educación de calidad para todos y evaluará regularmente el desempeño del sistema educativo. También crea un Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación que evaluará la calidad de la educación básica y media superior y dará a conocer los resultados. Por último, la ley establece que las autoridades educativas deberán proporcionar capacitación y actualización continua a los maestros.
Lawn Elements provides commercial landscape maintenance services on Long Island. They offer a variety of year-round services including mowing, fertilizing, planting, irrigation maintenance, snow removal, and problem solving. Their goal is to enhance customers' properties and attract business through high-quality, reliable landscape maintenance performed by trained professionals. They service various commercial properties like office buildings, retail spaces, colleges, and more.
El documento describe varias especies marinas que habitan en una isla, incluyendo delfines, nutrias, cormoranes, lubinas, ballenas blancas, lobos marinos, focas y abalones. Proporciona detalles sobre sus características físicas, hábitats, comportamientos y distribuciones geográficas.
Este documento presenta los principios, fines y estructura de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) de Ecuador. Establece la obligatoriedad de la educación desde el nivel inicial hasta el bachillerato y busca fortalecer la educación para preservar las identidades culturales. Define al Estado como garante del derecho a una educación de calidad e inclusiva para todos. Además, presenta los objetivos y componentes del Sistema Nacional de Educación Intercultural Bilingüe de Ecuador.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Establece 8 capítulos que cubren temas como disposiciones generales, federalismo educativo, equidad en la educación, proceso educativo, educación de particulares, validación de conocimientos, participación social y sanciones. Define las responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y locales, y establece lineamientos sobre cobertura, calidad, financiamiento y evaluación del sistema educativo mexicano.
Este documento presenta los aspectos fundamentales de una Ley Orgánica de Educación Intercultural. Establece el derecho a la educación y las obligaciones del Estado de garantizarla. Define los principios de la educación, como la universalidad y el interés superior de los niños. También describe los derechos y obligaciones de los estudiantes, docentes, padres y la comunidad educativa. Finalmente, presenta la estructura del Sistema Nacional de Educación, incluyendo niveles, modalidades e instituciones educativas.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Describe las diferentes secciones de la ley, incluyendo disposiciones generales sobre la educación, el federalismo educativo, procesos educativos, equidad en la educación, y educación impartida por particulares. La ley establece los requisitos y responsabilidades para las autoridades educativas federales y locales, así como para las instituciones educativas públicas y privadas.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación en el país. Declara que la educación es un derecho humano fundamental y obligatorio desde la educación inicial hasta el bachillerato. Asigna a la Autoridad Educativa Nacional la responsabilidad de formular políticas educativas e implementar un currículo nacional obligatorio en todos los niveles y modalidades que promueva la diversidad cultural. También crea un Sistema Nacional de Educación Intercultural Bilingüe y define la carrera del magisterio, incluy
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación en el país. Declara que la educación es un derecho humano fundamental y obligatorio desde la educación inicial hasta el bachillerato. Asigna a la Autoridad Educativa Nacional la responsabilidad de formular políticas educativas e implementar un currículo nacional obligatorio en todos los niveles y modalidades que promueva la diversidad cultural. También crea un Sistema Nacional de Educación Intercultural Bilingüe y define la carrera docente pública y el escal
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación ecuatoriana en el marco del Buen Vivir y la interculturalidad. Reconoce la educación como un derecho humano fundamental y obligación del Estado de garantizar el acceso universal a lo largo de la vida. Crea el Sistema Nacional de Educación y el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe para respetar la diversidad cultural y lingüística. También determina los derechos y obligaciones de los estudiantes, docentes y otras dispos
Estructura general de la Ley Orgánica de Educación de la República Dominicana
Ley No. 66-97
La cual garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación.
Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley, además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso educativo nacional.
Este documento presenta la Ley 115 de 1994, también conocida como la Ley General de Educación en Colombia. Establece las normas generales para regular el servicio público de educación en el país. Define la estructura de la educación formal en los niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media. También aborda temas como los fines de la educación, la comunidad educativa, el rol de la familia y la sociedad en la educación, y los derechos a la educación.
La Ley General de Educación establece que:
1) Toda persona tiene derecho a la educación obligatoria y gratuita, incluyendo preescolar, primaria, secundaria y media superior.
2) El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará promover la equidad, excelencia y mejora continua en la educación.
3) El Sistema Educativo Nacional comprende a actores, instituciones y procesos educativos públicos y privados reconocidos para impartir educación con criterios democráticos e incl
Este documento propone una serie de reformas a la Ley General de Educación de México. Se proponen cambios a varios artículos, incluyendo modificar o agregar párrafos, fracciones y artículos enteros. El objetivo general es actualizar la ley para mejorar la calidad de la educación, asegurar la participación de todos los involucrados en el proceso educativo y garantizar el derecho a una educación gratuita para toda la población.
El documento resume las reformas a la Ley General de Educación en México, incluyendo establecer la obligación del Estado de proveer educación gratuita y de calidad para todos los niveles, crear un marco curricular común a nivel nacional para la educación media superior, y fortalecer la evaluación educativa y la participación de la sociedad en el sistema educativo.
Este documento propone una serie de reformas a la Ley General de Educación de México. Se modifican o adicionan artículos relacionados con objetivos de la educación, obligaciones del Estado, gratuidad de la educación, criterios para la educación impartida, componentes del sistema educativo nacional, funciones de las autoridades educativas, y atribuciones de la autoridad educativa federal. El propósito general es actualizar la ley para garantizar una educación de calidad e inclusiva que cumpla con los fines del sistema educativo y los derechos de los educandos
Este decreto reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación de México. Las reformas incluyen garantizar la educación de calidad para toda la población, establecer que la educación impartida por el Estado será gratuita, y prohibir el pago de cuotas que condicionen o impidan la prestación del servicio educativo. También se reforman artículos relacionados con los principios orientadores de la educación, las instituciones y autoridades educativas, y sus funciones.
Reforma educativa y leyes secundarias_Coordinación Académica_Básica EstatalMaire J
La reforma educativa de 2013 reformó la Constitución para garantizar la calidad de la educación obligatoria, fortalecer la evaluación educativa y el servicio profesional docente. Se creó el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, responsable de evaluar el sistema educativo. También se estableció que el ingreso y promoción docente se determinarán mediante concursos de oposición.
Este documento presenta el marco legal educativo de Ecuador, incluyendo la Constitución del país, la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General. Define los principios y fines de la educación, los derechos y obligaciones de los estudiantes, docentes y comunidad educativa, y establece el sistema nacional de educación intercultural bilingüe. El marco legal busca garantizar una educación pública, gratuita y laica para todos los ecuatorianos.
Analisis a la ley organica de educacion intercultural biliguekevinguillermo
El documento analiza el reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural Bilingüe de Ecuador. Señala que el reglamento concentra demasiado poder en el Ministerio de Educación al centralizar la toma de decisiones y excluir la participación de otros actores educativos. También contradice la Constitución al no promover la rendición de cuentas, el control social y la autonomía de instituciones como el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. El autor argumenta que se debe revisar el reglamento para asegurar una educación inclus
Este documento presenta un proyecto de ley de educación para la provincia de Neuquén en Argentina. Propone establecer un sistema educativo provincial basado en principios como la educación permanente, gratuidad, coeducación y acceso igualitario. Detalla objetivos como formar ciudadanos con conciencia social y capacitación técnica. También establece obligaciones del estado como proveer educación básica común y jardines maternales, así como derechos de estudiantes, docentes y personal no docente dentro del sistema educativo.
Este documento presenta la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros recientemente aprobada. La ley establece un sistema para reconocer la labor docente y mejorar la calidad de la educación. El sistema tiene como objetivos contribuir al aprendizaje de los estudiantes, la excelencia educativa, mejorar la práctica docente, establecer programas de estímulos e incentivos, y promover el desarrollo profesional de los maestros. La ley aplica a docentes, personal técnico y directivo de
El documento presenta extractos de la Ley General de Educación en México. Establece que el Estado garantizará el derecho a una educación de calidad para todos y evaluará regularmente el desempeño del sistema educativo. También crea un Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación que evaluará la calidad de la educación básica y media superior y dará a conocer los resultados. Por último, la ley establece que las autoridades educativas deberán proporcionar capacitación y actualización continua a los maestros.
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El documento describe varias especies marinas que habitan en una isla, incluyendo delfines, nutrias, cormoranes, lubinas, ballenas blancas, lobos marinos, focas y abalones. Proporciona detalles sobre sus características físicas, hábitats, comportamientos y distribuciones geográficas.
Carlos Coelho has over 30 years of experience working in accounting and finance roles for multinational companies in Portugal. He has extensive experience with US GAAP reporting, statutory and fiscal compliance, internal and external audits, budgeting, and ERP system migrations. Most recently, he served as the Entity Controller for Honeywell Portugal, overseeing all accounting, reporting, auditing, and tax functions for the company and its subsidiaries from 2004 to 2015.
El documento resume los resultados de varios partidos de fútbol de una clausura del año 2016. Detalla los equipos participantes, los goleadores de cada partido y las amonestaciones y expulsiones. Los partidos tuvieron entre 2 y 14 goles y participaron equipos como Mejoral, San Martín FC, Magoya FC, Los Pibes de la 22, La Banda del Nevado y otros.
El documento presenta la segunda jornada del torneo de peñas de fútbol de la temporada 2011/12 en la zona de Guadix. Se juega en la categoría única masculina con 14 equipos, con partidos programados entre el 8 y 9 de octubre de 2011 en diferentes localidades de la zona.
The document summarizes an upcoming conference called "Euro Case Reports 2017" that will take place in Paris, France from September 7-9, 2017. It provides information about the conference themes, topics, speakers, registration details, and venue. The conference aims to advance clinical knowledge and treatment strategies through presentations and discussions of medical case reports.
Este documento presenta el programa para un torneo de fútbol prebenjamín que tendrá lugar el 8 de octubre de 2011 en Boadilla. Habrá 10 equipos divididos en 2 grupos de 5 equipos cada uno. Después de una fase de clasificación, los equipos jugarán partidos de eliminación directa para determinar los ganadores de las medallas de oro, plata, bronce, cobre y estaño. También habrá un torneo de promoción para 5 equipos con formato de liga todos contra todos.
Processo do Algodão des da Plantação até virar tecidoWilliam Pinheiro
1) O documento descreve as etapas do processo produtivo da indústria têxtil, desde o cultivo do algodão até a embalagem do produto final. 2) Inclui etapas como colheita, descaroçamento, fiação, tecelagem, tingimento e acabamento. 3) Também discute a sustentabilidade da produção de algodão e o potencial de outros materiais como o PET reciclado.
Este documento presenta un resumen de la Ley Federal de Educación de Argentina. Establece el derecho a la educación para todos los ciudadanos y define la estructura del sistema educativo argentino, el cual incluye la educación inicial, la educación primaria y secundaria obligatoria, la educación terciaria y universitaria, y otros regímenes especiales. Además, describe los objetivos y principios de cada nivel educativo con el fin de garantizar una educación integral, equitativa y de calidad para toda la población argentina.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Educación Nacional de la Argentina. Describe los principios fundamentales de la ley, como el derecho a la educación y a que sea gratuita e igual para todos. También describe los diferentes niveles del sistema educativo argentino como la educación inicial, primaria, secundaria, técnica, superior y especial. Finalmente, presenta los diferentes tipos de modalidades educativas como la rural, intercultural, en contextos de privación de libertad y educación domiciliaria.
Este documento resume la Ley de Educación Nacional de Argentina. Establece el derecho a la educación para todos los ciudadanos y garantiza la igualdad, equidad y gratuidad de la educación. Describe los cuatro niveles del sistema educativo (inicial, primario, secundario y superior) y las ocho modalidades educativas. También establece objetivos como garantizar la calidad educativa, igualdad de oportunidades y formación integral de los estudiantes.
Este documento presenta un resumen de la Ley Federal de Educación de Argentina. Establece la estructura del sistema educativo nacional, que incluye la educación inicial, básica, polimodal y superior. También cubre principios como el derecho a la educación, la gratuidad, roles de diferentes actores y objetivos de calidad e inclusión.
La ley establece la estructura del sistema educativo argentino, dividiéndolo en etapas como la educación inicial, educación general básica obligatoria de 9 años, educación polimodal, educación superior y cuaternaria. Además, incluye principios como el derecho a la educación, la gratuidad, y la participación de actores como las familias, provincias y municipios.
El documento compara dos navegadores web, Internet Explorer y Mozilla Firefox. Explica que Internet Explorer requiere licencia mientras que Firefox es gratuito. También describe las diferencias entre portales web, que ofrecen varios servicios, y motores de búsqueda, que permiten buscar información sobre temas específicos. Luego, presenta algunos ejemplos de portales y motores de búsqueda. Finalmente, resume parte de la Constitución del Ecuador relacionada con los fines y objetivos del Sistema Nacional de Educación Superior.
El documento compara dos navegadores web, Internet Explorer y Mozilla Firefox. Explica que Internet Explorer requiere licencia mientras que Firefox es gratuito. También describe las diferencias entre portales web, que ofrecen varios servicios, y motores de búsqueda, que permiten buscar información sobre temas específicos. Luego, presenta algunos ejemplos de portales y motores de búsqueda. Finalmente, resume parte de la Constitución del Ecuador relacionada con los fines y objetivos del Sistema Nacional de Educación Superior.
Esta ley establece la Ley General de Educación en Chile. Define los principios y fines de la educación como un derecho para todas las personas y un deber del Estado de garantizar el acceso a una educación de calidad y equitativa. Establece los derechos y deberes de los estudiantes, padres, profesores y del Estado respecto a la educación.
201103050142570.ley n 20370_ley_general_de_educacionRomy Concha
Esta ley establece la Ley General de Educación en Chile. Define los principios y fines de la educación como un derecho para todas las personas que debe ser de calidad, equitativa y permanente a lo largo de la vida. Determina los derechos y deberes del Estado, establecimientos educativos, profesores, alumnos y apoderados para asegurar un sistema educativo de calidad con enfoque en la inclusión, diversidad y autonomía de las instituciones educativas.
Esta ley establece la Ley General de Educación en Chile. Define los principios y fines de la educación como un derecho para todas las personas que debe ser de calidad, equitativa y permanente a lo largo de la vida. Determina los roles del Estado, establecimientos educativos y comunidad en general para garantizar el derecho a la educación y fomentar una educación de calidad e inclusiva para todos.
Esta ley establece el marco legal para el sistema educativo nacional en Argentina. Define la educación como un derecho garantizado por el Estado para todos los ciudadanos. Establece cuatro niveles educativos (inicial, primario, secundario y superior) y ocho modalidades, e indica que la educación inicial y primaria son obligatorias. Además, fija los objetivos y principios de la política educativa nacional para asegurar una educación pública, gratuita y de calidad para todos.
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación en el país, incluyendo la equidad, inclusión y obligatoriedad. Reconoce el derecho a la educación y las obligaciones del Estado de garantizar este derecho. También crea un Sistema Nacional de Educación y un Sistema de Educación Intercultural Bilingüe, además de regular aspectos como la carrera docente, el control y sanciones en el sistema educativo.
La ley establece los principios y objetivos generales de la educación en Argentina. Define al derecho a la educación como un derecho personal y social garantizado por el Estado. Establece que la educación es responsabilidad del Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que deben proveer una educación pública, gratuita y de calidad para todos. Además, crea el Sistema Educativo Nacional y define su estructura, compuesta por los niveles de Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior, así como ocho modal
Ley orgánica de Educación Intercultural del Ecuador.GeovannaCuripoma
La Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador establece los principios y fines de la educación intercultural bilingüe en el país. Reconoce la educación como un derecho humano fundamental y establece la obligatoriedad y gratuidad de la educación pública. Define los roles y responsabilidades del Estado, estudiantes, docentes y del Sistema Nacional de Educación. El objetivo es garantizar una educación de calidad e inclusiva que respete la diversidad cultural del Ecuador.
La ley fundamental de educación de Costa Rica data del año 1957. Se presenta una síntesis de algunas de sus partes relacionadas con la Gestión de Personal.
Este documento establece los principios, fines, derechos y obligaciones de la educación intercultural en Ecuador. Define el sistema educativo ecuatoriano, que incluye niveles como inicial, básico y bachillerato, así como educación formal e informal. También describe los roles de la autoridad educativa nacional y otros actores del sistema, incluyendo estudiantes, docentes, comunidades y gobiernos escolares. El objetivo general es garantizar el derecho a una educación intercultural e inclusiva para toda la población ecuatoriana.
7 ley general de educación el salvador_ley_educacion página 10 currículoAdalberto
Este documento presenta una nueva Ley General de Educación para El Salvador. Establece que la educación es un proceso de formación permanente que se basa en una concepción integral de la persona humana. Define el sistema educativo salvadoreño, que incluye la educación formal, no formal e informal. Describe los diferentes niveles educativos como la educación inicial, parvularia, básica, media y superior, e indica los objetivos de cada nivel.
Este documento presenta la Ley 13.688 de la provincia de Buenos Aires, Argentina. Establece los principios, derechos y estructura del sistema educativo provincial. Define a la educación como un derecho social y un bien público. Asigna a la Dirección General de Cultura y Educación la responsabilidad de proveer, garantizar y supervisar una educación pública, gratuita, inclusiva y de calidad para todos los habitantes de la provincia. Delinea los fines y objetivos de la política educativa provincial, incluyendo brindar una educación integral y de calidad, a
Este documento presenta la Ley 13.688 de la Provincia de Buenos Aires, Argentina. La ley establece los principios, fines y estructura del sistema educativo provincial. Entre sus objetivos principales están garantizar el derecho a una educación pública, gratuita y de calidad para todos los habitantes de la provincia; asegurar la obligatoriedad escolar desde el nivel inicial hasta la finalización de la escuela secundaria; y financiar y supervisar la planificación, organización y funcionamiento del sistema educativo a través de establecimientos de gestión estatal
La ley establece los principios y objetivos generales de la política educativa de la provincia de Buenos Aires. Define a la educación como un derecho social y garantiza el acceso gratuito y de calidad para todos los habitantes. Establece los fines de brindar una educación integral, obligatoria y de calidad; fortalecer la identidad provincial y nacional; y garantizar la igualdad de oportunidades sin discriminación.
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
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Leg ley federal
1. LEY N° 24.195
FEDERAL DE EDUCACION
Sancionada: abril 14 de 1993
Promulgada: abril 29 de 1993
El Senado y la Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
TÍTULO I
Derechos, obligaciones y garantías
Artículo 1°- El derecho constitucional de enseñar y aprender queda regulado, para su
ejercicio en todo el territorio argentino, por la presente ley que, sobre la base de
principios, establece los objetivos de la educación en tanto bien social y responsabilidad
común, instituye las normas referentes a la organización y unidad del Sistema Nacional
de Educación, y señala el inicio y la dirección de su paulatina reconversión para la
continua adecuación a las necesidades nacionales dentro de los procesos de integración.
Artículo 2°- El Estado nacional tiene la responsabilidad principal e indelegable de fijar
y controlar el cumplimiento de la política educativa, tendiente a conformar una sociedad
argentina justa y autónoma, a la vez que integrada a la región, al continente y al mundo.
Artículo 3°- El Estado nacional, las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires, garantizan el acceso a la educación en todos los ciclos, niveles y
regímenes especiales, a toda la población, mediante la creación, sostenimiento,
autorización y supervisión de los servicios necesarios, con la participación de la familia,
la comunidad, sus organizaciones y la iniciativa privada.
Artículo 4°- Las acciones educativas son responsabilidad de la familia, como agente
natural y primario de la educación, del Estado nacional como responsable principal, de
las provincias, los municipios, la Iglesia Católica, las demás confesiones religiosas
oficialmente reconocidas y las organizaciones sociales.
TÍTULO II
Principios Generales
Capítulo I
De la política educativa
Capítulo II
Del sistema educativo nacional
Artículo 6°- El sistema educativo posibilitará la formación integral y permanente del
hombre y la mujer, con vocación nacional, proyección regional y continental y visión
universal , que se realicen como personas en las dimensiones cultural, social, estética,
2. ética y religiosa, acorde con sus capacidades, guiados por los valores de vida, libertad,
bien, verdad, paz, solidaridad, tolerancia, igualdad y justicia. Capaces de elaborar, por
decisión existencial, su propio proyecto de vida. Ciudadanos responsables,
protagonistas críticos, creadores y transformadores de la sociedad, a través del amor, el
conocimiento y el trabajo. Defensores de las instituciones democráticas y del medio
ambiente.
Artículo 7°- El sistema educativo está integrado por los servicios educativos de las
jurisdicciones nacional, provincial y municipal, que incluyen los de las entidades de
gestión privada reconocidas.
Artículo 8°- El sistema educativo asegurará a todos los habitantes del país el ejercicio
efectivo de su derecho a aprender, mediante la igualdad de oportunidades y
posibilidades, sin discriminación alguna.
Artículo 9°- El sistema educativo ha de ser flexible, articulado, equitativo, abierto,
prospectivo y orientado a satisfacer las necesidades nacionales y la diversidad regional.
TÍTULO III
Estructura del sistema educativo nacional
Capítulo I
Descripción general
Artículo 10°- La estructura del sistema educativo, que será implementada en forma
gradual y progresiva, estará integrada por:
a) Educación inicial, constituida por el jardín de infantes para niños/as de 3 a 5 años de
edad; siendo obligatorio el ultimo año. Las provincias y la Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires establecerán, cuando sea necesario, servicios de jardín
maternal para niños/as menores de 3 años y prestarán apoyo a las instituciones de la
comunidad para que estas los brinden y ayuda a las familias que los requieran.
b) Educación General Básica, obligatoria, de 9 años de duración a partir de los 6 años
de edad, entendida como una unidad pedagógica integral y organizada en ciclos,
según lo establecido en el Artículo 15º.
c) Educación Polimodal, después del cumplimiento de la Educación General Básica,
impartida por instituciones específicas de tres años de duración como mínimo.
d) Educación Superior, profesional y académica de grado, luego de cumplida la
Educación Polimodal su duración será determinada por las instituciones
universitarias y no universitarias, según corresponda.
e) Educación Cuaternaria
Artículo 11°- El sistema educativo comprende, también, otros regímenes especiales que
tienen por finalidad atender las necesidades que no pudieran ser satisfechas por la
3. estructura básica, y que exijan ofertas específicas diferenciadas en función de las
particularidades o necesidades del educando o del medio.
Las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires acordarán en el seno
del Consejo Federal de Cultura y Educación, ofertas educativas de menor duración y
con preparación ocupacional específica; para quienes hayan terminado la Educación
General Básica y Obligatoria. Ello no impedirá a los educandos proseguir estudios en
los siguientes niveles del sistema.
Artículo 12°- Los niveles, ciclos y regímenes especiales que integren la estructura del
sistema educativo deben articularse, a fin de profundizar los objetivos, facilitar el pasaje
y continuidad, y asegurar la movilidad horizontal y vertical de los alumnos/as.
En casos excepcionales, el acceso a cada uno de ellos no exigirá el cumplimiento
cronológico de los anteriores sino la acreditación, mediante evaluación por un jurado de
reconocida competencia, de las aptitudes y conocimientos requeridos.
Capitulo V
Educación superior
Artículo 18°- La etapa profesional de grado no universitario se cumplirá en los
institutos de formación docente o equivalentes y en institutos de formación técnica que
otorgarán títulos profesionales y estarán articulados horizontal y verticalmente con la
universidad.
Artículo 19°- Los objetivos de la formación docente son:
a) Preparar y capacitar para un eficaz desempeño en cada uno de los niveles del
sistema educacional y en las modalidades mencionadas posteriormente en esta ley
b) Perfeccionar con criterio permanente a graduados y docentes en actividad en los
aspectos científico, metodológico, artístico y cultural. Formar investigadores y
administradores educativos.
c) Formar al docente como elemento activo de participación en el sistema democrático.
d) Fomentar el sentido responsable de ejercicio de la docencia y el respeto por la tarea
educadora.
Artículo 20°- Los institutos de formación técnica tendrán como objetivo el de brindar
formación profesional y reconversión permanente en las diferentes áreas del saber
técnico y práctico de acuerdo con los intereses de los alumnos y la actual y potencial
estructura ocupacional.
Artículo 21°- La etapa profesional y académica de grado universitario se cumplirá en
instituciones universitarias entendidas como comunidades de trabajo que tienen la
finalidad de enseñar, realizar investigación, construir y difundir bienes y prestar
servicios con proyección social y contribuir a la solución de los problemas argentinos y
continentales.
4. Artículo 22°- Son funciones de las universidades:
a) Formar y capacitar técnicos y profesionales, conforme a los requerimientos
nacionales y regionales, atendiendo las vocaciones personales y recurriendo a los
adelantos mundiales de las ciencias; las artes y las técnicas que resulten de interés
para el país.
b) Desarrollar el conocimiento en el más alto nivel con sentido critico, creativo e
interdisciplinario, estimulando la permanente búsqueda de la verdad.
c) Difundir el conocimiento científico-tecnológico para contribuir al permanente
mejoramiento de las condiciones de vida de nuestro pueblo y la competividad
tecnológica del país
d) Estimular una sistemática reflexión intelectual y el estudio de la cultura y la realidad
nacional, latinoamericana y universal.
e) Ejercer la consultoría de organismos nacionales y privados.
Artículo 23º- Las universidades gozan de autonomía académica y autarquía
administrativa y económico-financiera en el marco de la legislación específica.
Artículo 24°- La organización y autorización de universidades alternativas,
experimentales, de posgrado, abiertas, a distancia, institutos universitarios tecnológicos,
pedagógicos y otros creados libremente por iniciativa comunitaria, se regirán por una
ley específica.
Capítulo VI
Educación cuaternaria
Artículo 25°- La educación cuaternaria estará bajo la responsabilidad de las
universidades y de las instituciones académicas, científicas y profesionales de
reconocido nivel, siendo requisito para quienes se inscriban el haber terminado la etapa
de grado o acreditar conocimiento y experiencia suficientes para el cursado del mismo.
Artículo 26°- El objetivo de la educación cuaternaria es profundizar y actualizar la
formación cultural, docente, científica, artística y tecnológica mediante la investigación,
la reflexión critica sobre la disciplina y el intercambio sobre los avances en las
especialidades.
TÍTULO VI
Gratuidad y asistencialidad
Artículo 39°- El Estado nacional, las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires se obligan, mediante la asignación en los respectivos presupuestos
educativos a garantizar el principio de gratuidad en los servicios estatales, en todos los
niveles y regímenes especiales.
5. El Estado nacional realizará el aporte financiero principal al sistema universitario estatal
para asegurar que ese servicio se preste a todos los habitantes que lo requieran. Las
universidades podrán disponer de otras fuentes complementarias de financiamiento que
serán establecidas por una ley específica, sobre la base de los principios de gratuidad y
equidad.
El Estado nacional, las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
establecerán un sistema de becas para alumnos/as en condiciones socioeconómicas
desfavorables, que cursen ciclos y/o niveles posteriores a la Educación General Básica y
Obligatoria, las que se basarán en el rendimiento académico.
TÍTULO IX
De la calidad de la educación y su evaluación
Artículo 48°- El ministerio de Cultura y Educación de la Nación, las provincias y la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, deberán garantizar la calidad de la
formación impartida en los distintos ciclos, niveles y regímenes especiales mediante la
evaluación permanente del sistema educativo, controlando su adecuación a lo
establecido en esta ley, a las necesidades de la comunidad, a la política educativa
nacional, de cada provincia y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las
concertadas en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación.
A ese fin deberá convocar junto con el Consejo Federal de Cultura y Educación a
especialistas de reconocida idoneidad e independencia de criterio para desarrollar las
investigaciones pertinentes por medio de técnicas objetivas aceptadas y actualizadas.
El Ministerio de Cultura y Educación deberá enviar un informe anual a la Comisión de
Educación de ambas Cámaras del Congreso de la Nación donde se detallen los análisis
realizados y las conclusiones referidas a los objetivos que se establecen en la presente
ley
Artículo 49°- La evaluación de la calidad en el sistema educativo verificará la
adecuación de los contenidos curriculares de los distintos ciclos, niveles y regímenes
especiales a las necesidades sociales y a los requerimientos educativos de la comunidad,
así como el nivel de aprendizaje de los alumnos/as y la calidad de la formación docente.
Artículo 50°- Las autoridades educativas de las provincias y de la Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires evaluarán periódicamente la calidad y el funcionamiento del
sistema educativo en el ámbito de su competencia.
TÍTULO X
Gobierno y administración
Capítulo I
Del Ministerio de Cultura y Educación
6. Artículo 53°- El Poder Ejecutivo Nacional, a través del ministerio específico, deberá:
a) Garantizar el cumplimiento de los principios, objetivos y funciones del Sistema
Nacional de Educación.
b) Establecer, en acuerdo con el Consejo Federal de Cultura y Educación, los objetivos
y contenidos básicos comunes de los currículos de los distintos niveles, ciclos y
regímenes especiales de enseñanza -que faciliten la movilidad horizontal y vertical
de los alumnos/as- dejando abierto un espacio curricular suficiente para la inclusión
de contenidos que respondan a los requerimientos provinciales, municipales,
comunitarios y escolares.
c) Dictar normas generales sobre equivalencia de títulos y de estudios, estableciendo la
validez automática de los planes concertados en el seno del Consejo Federal de
Cultura y Educación.
d) Favorecer una adecuada descentralización de los servicios educativos y brindar a
este efecto el apoyo que requieran las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires.
e) Implementar programas especiales para garantizar el ingreso, permanencia y egreso
de los alumnos/as en todos los ciclos y niveles del sistema educativo nacional, en
coordinación con el Consejo Federal de Cultura y Educación.
f) Desarrollar programas nacionales y federales de cooperación técnica y financiera a
fin de promover la calidad educativa y alcanzar logros equivalentes a partir de las
heterogeneidades locales, provinciales y regionales.
g) Promover y organizar concertadamente en el ámbito del Consejo Federal de Cultura
y Educación, una red de formación, perfeccionamiento y actualización del personal
docente y no docente del sistema educativo nacional.
h) Coordinar y ejecutar programas de investigación y cooperación con universidades y
organismos nacionales específicos.
i) Administrar los servicios educativos propios y los de apoyo y asistencia técnica al
sistema -entre ellos, los de planeamiento y control; evaluación de calidad;
estadística, investigación, información y documentación; educación a distancia,
informática, tecnología, educación satelital, radio y televisión educativas- en
coordinación con las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
j) Alentar el uso de los medios de comunicación social estatales y privados para la
difusión de programas educativos-culturales que contribuyan a la afirmación de la
identidad nacional y regional.
k) Evaluar el funcionamiento del sistema educativo en todas las jurisdicciones, niveles,
ciclos y regímenes especiales, a partir del diseño de un sistema de evaluación y
control periódico de la calidad, concertado en el ámbito del Consejo Federal de
Cultura y Educación.
7. l) Dictar las normas generales sobre revalidación de títulos y certificados de estudios
en el extranjero.
m) Coordinar y gestionar la cooperación técnica y financiera internacional y bilateral.
n) Contribuir con asistencia técnica para la formación y capacitación técnico-
profesional en los distintos niveles del sistema educativo, en función de la
reconversión laboral en las empresas industriales, agropecuarias y de servicios.
o) Elaborar una memoria anual donde consten los resultados de la evaluación del
sistema educativo, la que será enviada al Congreso de la Nación.
Capítulo II
Del Consejo Federal de Cultura y Educación
Artículo 54°- El Consejo Federal de Cultura y Educación es el ámbito de coordinación
y concertación del Sistema Nacional de Educación y está presidido por el ministro
nacional del área e integrado por el responsable de la conducción educativa de cada
jurisdicción y un representante del Consejo Interuniversitario.
Artículo 55°- La misión del Consejo Federal de Cultura y Educación es unificar
criterios entre las jurisdicciones, cooperar en la consolidación de la identidad nacional y
en que a todos los habitantes del país se les garantice el derecho constitucional de
enseñar y aprender en forma igualitaria y equitativa.
Artículo 56°- El Consejo Federal de Cultura y Educación tiene las funciones
establecidas por las normas de su constitución y cumplirá además las siguientes:
a) Concertar dentro de los lineamientos de la política educativa nacional los contenidos
básicos comunes, los diseños curriculares, las modalidades y las formas de
evaluación de los ciclos; niveles y regímenes especiales que componen el sistema.
b) Acordar los mecanismos que viabilicen el reconocimiento y equivalencia de
estudios, certificados y títulos de la educación formal y no formal en las distintas
jurisdicciones.
c) Acordar los contenidos básicos comunes de la formación profesional docente y las
acreditaciones necesarias para desempeñarse como tal en cada ciclo, nivel y régimen
especial.
d) Acordar las exigencias pedagógicas que se requerirán para el ejercicio de la función
docente en cada rama artística en los distintos niveles y regímenes especiales del
sistema.
e) Promover y difundir proyectos y experiencias innovadoras y organizar el
intercambio de funcionarios, especialistas y docentes mediante convenios, la
constitución de equipos técnicos interjurisdiccionales y acciones en común,
tendientes a lograr un efectivo aprovechamiento del potencial humano y de los
recursos tecnológicos disponibles en el sistema educativo nacional.
8. f) Considerar y proponer orientaciones que tiendan a la preservación y desarrollo de la
cultura nacional en sus diversas manifestaciones, mediante la articulación de las
políticas culturales con el sistema educativo en todos sus niveles y regímenes
especiales.
g) Garantizar la participación en el planeamiento educativo de los padres, las
organizaciones representativas de los trabajadores de la educación y de las
instituciones educativas privadas reconocidas oficialmente.
h) Cooperar en materia de normativa educacional y mantener vínculos con el Congreso
de la Nación y con las legislaturas de las provincias y de la Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 57°- El Consejo Federal de Cultura y Educación se compone de los siguientes
órganos:
a) La Asamblea Federal, órgano superior del Consejo, estará integrada por el ministro
del área del Poder Ejecutivo nacional como presidente nato, y por los ministros o
responsables del Area Educativa de las provincias y de la Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires y el representante del Consejo Interuniversitario Nacional.
b) El Comité Ejecutivo, desenvolverá sus actividades en el ramo de las resoluciones
adoptadas por la Asamblea Federal. Estará presidido por el ministro del Poder
Ejecutivo Nacional integrado por los miembros representantes de las regiones que lo
componen, designados por la Asamblea Federal cada dos años.
c) La Secretaría General, tendrá la misión de conducir y realizar las actividades,
trabajos y estudios según lo establezcan la Asamblea Federal y el Comité Ejecutivo.
Su titular será designado cada dos años por la Asamblea Federal.
Artículo 58°- El Consejo de Cultura y Educación tendrá el apoyo de dos consejos
consultivos:
a) El Consejo Económico Social, integrado por representantes de las organizaciones
gremiales empresarias de la producción de los servicios, la Confederación General
del Trabajo y el Consejo Interuniversitario Nacional.
b) El Consejo Técnico Pedagógico estará integrado por especialistas designados por
miembros del Consejo Federal de Cultura y Educación (artículo 54º) y dos
especialistas designados por la organización gremial de trabajadores de la educación
de representación nacional mayoritaria.
TÍTULO XI
Financiamiento
Artículo 60°- La inversión en el sistema educativo por parte del Estado es prioritaria y
se atenderá con los recursos que determinen los presupuestos nacional, provinciales y de
la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, según corresponda.
9. Artículo 61°- La inversión pública consolidada total en educación (base
992:6.120.196.000), será duplicada gradualmente y como mínimo a razón del 20 por
ciento anual a partir del presupuesto 1993; o se considerará un incremento del 50 por
ciento en el porcentaje (base 1992. 4 por ciento) del producto bruto interno (base 1992:
153.004.900.000), destinado a educación en 1992. En cualquiera de los dos casos, se
considerará a los efectos de la definición de los montos la cifra que resultare mayor.
TÍTULO XII
Disposiciones transitorias y complementarias
Artículo 66°- El Ministerio de Cultura y Educación y las autoridades educativas de las
provincias y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, acordarán en el seno
del Consejo Federal de Cultura y Educación, inmediatamente de producida la
promulgación de la presente ley y en un plazo no mayor a un año:
a) La adecuación progresiva de la estructura educativa de las jurisdicciones a la
indicada por la presente ley, determinando sus ciclos, y los contenidos básicos
comunes del nuevo diseño curricular.
b) Las modalidades del Ciclo Polimodal atendiendo a las demandas del campo laboral,
las prioridades comunitarias, regionales y nacionales y la necesaria articulación con
la educación superior.
c) La implementación gradual de la obligatoriedad y la asistencialidad señaladas para
los alumnos/as de la Educación Inicial, la Educación Especial y la Educación
General Básica y Obligatoria.
d) La implementación de programas de formación y actualización para la docencia que
faciliten su adaptación a las necesidades de la nueva estructura.
e) La equivalencia de los títulos docentes y habilitantes actuales en relación con las
acreditaciones que se definan necesarias para la nueva estructura.
Artículo 67°- El presupuesto de la administración pública nacional 1993 con destino a
las Universidades Estatales en su conjunto, no será inferior al Presupuesto 1992, más la
suma anualizada de los incrementos del mencionado año.
Artículo 68°- Las disposiciones de esta ley son aplicables a todos los niveles y
regímenes especiales educativos con excepción de las establecidas en los artículos 48º,
53º, incisos: b), e), 1), k), ll), 54ºy 56º, inciso a) en relación con las universidades,
aspectos que se rigen por la legislación especifica o la que la reemplace.
Artículo 69°- Las provincias se abocarán a adecuar su legislación educativa en
consonancia con la presente ley, y a adoptar los sistemas administrativos de control y de
evaluación, a efectos de facilitar su óptima implementación.
Artículo 70°- Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley
Artículo 71°. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.