Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Establece 8 capítulos que cubren temas como disposiciones generales, federalismo educativo, equidad en la educación, proceso educativo, educación de particulares, validación de conocimientos, participación social y sanciones. Define las responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y locales, y establece lineamientos sobre cobertura, calidad, financiamiento y evaluación del sistema educativo mexicano.
En este cuadro se podrán encontrar las caracteristicas y cambios importantes entre las reformas aplicadas al articulo tercero la constitución mexicana.
Reglamento Interno de la Institucion EducativaUNMSM
Es un documento orientador que contiene las obligaciones, deberes y derechos de los trabajadores o estamentos que integran la institución. Como tal, es un documento extractado de las diversas normas legales sobre la material. En el caso de las entidades particulares, este documento debe ser de conocimiento de la autoridad de trabajo de la jurisdicción, pues es de su competencia cautelar las relaciones de trabajo.
Línea del tiempo de la evolución del sistema educativo mexicano SILVIAMARIANATOLEDOC
El sistema educativo mexicano sufrió muchos cambios a lo largo de la historia, en esta línea del tiempo encontraras los sucesos más importantes de la historia.
En este cuadro se podrán encontrar las caracteristicas y cambios importantes entre las reformas aplicadas al articulo tercero la constitución mexicana.
Reglamento Interno de la Institucion EducativaUNMSM
Es un documento orientador que contiene las obligaciones, deberes y derechos de los trabajadores o estamentos que integran la institución. Como tal, es un documento extractado de las diversas normas legales sobre la material. En el caso de las entidades particulares, este documento debe ser de conocimiento de la autoridad de trabajo de la jurisdicción, pues es de su competencia cautelar las relaciones de trabajo.
Línea del tiempo de la evolución del sistema educativo mexicano SILVIAMARIANATOLEDOC
El sistema educativo mexicano sufrió muchos cambios a lo largo de la historia, en esta línea del tiempo encontraras los sucesos más importantes de la historia.
1. LEY GENERAL
DE EDUCACIÓN
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO V
CAPÍTULO VII
CAPÍTULO VI
CAPÍTULO V
Disposiciones generales
Artículo 1° al 11°
Federalismo Educativo
Artículo 12° al 31°
Equidad de la educación
Artículo 32° al 36°
Proceso educativo
Artículo 37° al 53°
Educación de los particulares
Artículo 54° al 59°
Validez oficial y certificación
de conocimientos
Artículo 60° al 64°
Participación social en la
educación
Artículo 65° al 74°
Infracciones, sanciones y
recursos administrativos
Artículo 75° al 85°
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Reforma 19-Dic-2014
Artículo 1° EstaleyregulalaeducaciónqueimpartaelEstado.
Educaciónsuperiorseregulaporsuspropiasleyes.
Artículo 2°
Artículo 3°
Artículo 4°
Artículo 5°
Artículo 6°
Artículo 7°
Todos tienen derecho a la educación. Todos los habitantes las mismas oportunidades. La
educaciónesunprocesoquepermiteadquirirytransmitircultura.
El Estado está obligado a prestar servicios de calidad.
Todos deber cursar preescolar, primaria y secundaria. Obligación de los padres que sus
hijoscursenhastamediasuperior.
Educación laica.
Educación gratuita. No se puede condicionar.
La educación que imparta el Estado... *Desarrollo integral *Desarrollo de facultades,
observación y análisis *Conciencia nacional y soberanía * Respeto a los derechos
lingüísticos de pueblos indígenas *Derecho a educación en su lengua *Infundir la
democracia *Justicia social, igualdad, legalidad, paz *Fomenta la investigación
*Creación artística *Educación nutrición, física *Solidaridad *Conciencia ambiental
*Desarrollosustentable *Lectura *Derechosydeberes.
Artículo 8°
Basadaenelprogresocientífico,lucharcontraignorancia,fanatismos...
Serádemocrática,nacionalydecalidad.
Promuevelaconvivenciahumana.
Artículo 9° Además de impartir educación, el Estado promoverá la investigación científica.
Artículo 10°
La educación que imparta el Estado (pública y privada) es un servicio público. Es SEN
está formado por: educando, educadores, padres de familia, autoridades educativas,
servicio profesional docente, planes, programas, métodos y materiales educativos,
institucioneseducativas.
Artículo 11°
El cumplimiento de esta ley le corresponde a las autoridades educativas federales, de las
entidades federativas y municipios: SEP (federal), Ejecutivo del Estado, INEE (coordina
el sistema nacional de evaluación educativa, evalúa la calidad del desempeño), autorida-
desescolares.
2. CAPÍTULO
II
Federalismo
educativo
Artículo 12°
Artículo 13°
Artículo 14°
Artículo 15°
Artículo 16°
Artículo 17°
Artículo 18°
Atribuciones de la autoridad educativa federal: *Determina planes y programas de
estudio. *Calendario escolar. *Elaborar libros de texto. *Autorizar el uso de libros de
texto para la educación preescolar, la primaria y la secundaria. *Emitir los programas
de gestión escolar. * Regular un sistema nacional de formación, actualización, capacita-
ción y superación profesional para maestros. *Fijar los requisitos pedagógicos de los
planes y programas de educación inicial que, en su caso, formulen los particulares.
*Regular revalidación y equivalencia. *Coordinar el sistema de educación media
superior. *LineamientosparalaconstituciónyfuncionamientodelosCPS
Corresponde a las autoridades educativas locales: *Prestar servicio de educación inicial,
básico (indígena y especial) y normal. *Proponer contenidos regionales para preescolar,
primaria, secundaria y normales. *Ajustar calendario escolar. *Otorgar, negar o
revocar autorización a particulares. *Coordinar y operar el padrón estatal de alumnos,
docentes,instituciones.
Corresponde a ambas autoridades (federales y locales): *Prestar servicios acordes a
las necesidades regionales, estatales y nacionales. *Realizar evaluaciones para el
ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia. *Programas para la inducción,
actualización, capacitación y superación de maestros de educación media superior.
*Revalidar y otorgar equivalencias de estudios. *Otorgar, negar o retirar validez oficial.
*Editar libros y otros materiales educativos. *Prestar servicio bibliotecario. *Promover
la investigación. *Fomentar y difundir actividades artísticas, culturales, deportivas.
*Uso responsable de la tecnología. *Vigilar cumplimiento de esta ley. *Participar en
realización de exámenes de evaluación a los educandos. *Promover la transparencia de
lasescuelas. *Ofrecersistemadequejasysugerenciasausuarios.
El ayuntamiento de cada municipio... *Promover y prestar servicios educativos de
cualquiertipoymodalidad.
La educación inicial, básica y especial en el D.F. está a cargo del gobierno del distrito
yentidades que establezca. Los servicios de educación normal y de formación para
maestrosseránenelD.Fprestadosporlasecretaria.
Autoridades federales y locales se reunirán periódicamente para analizar opiniones
sobre el desarrollo del SEN, formular recomendaciones. Serán presididas por la
secretaría.
El establecimiento de instituciones educativas y la formulación de planes y programas se
harán en coordinación con la secretaría. Dichas dependencias expedirán constancias,
certificados,diplomas,títulos.
Responsabilidad de la autoridad educativa local distribuir oportunamente libros de texto
ydemásmaterialeseducativos.Artículo 19°
Las autoridades educativas construirán el sistema nacional de formación, actualización,
capacitación y superación profesional: licenciatura, formación continua, programas de
especialización(maestríaydoctorado),desarrollodelainvestigaciónpedagógico.
Artículo 20°
Para ejercer docencia, los maestros deben cubrir requisitos que señale la autoridad
competente. Las autoridades educativas evaluarán el desempeño de los docentes de
escuelas particulares. Maestros de indígena que no tengan licenciatura deberán tomar
capacitación que diseñe la autoridad educativa. *El estado otorgará salario digno. *Las
autoridades educativas determinarán, con lo que establece la LGSPD, la permanencia de
maestros frente a grupo. *Las autoridades educativas estatales otorgarán reconoci-
mientos, distinciones, estímulos y recompensas a educadores (conforme a lo dispuesto
enlaLGSPD).
Artículo 21°
Las autoridades educativas vigilarán la descarga administrativa para alcanzar horas
másefectivasdeclase.Seanteponealapoyotécnicoalosaspectosadministrativos.Artículo 22°
Las empresas o negociaciones están obligadas a sostener escuelas cuando el número de
alumnos sea superior a 20 y quedan bajo dirección administrativa de la autoridad
educativalocal.
Artículo 23°
3. CAPÍTULO
II
Federalismo
educativo
Artículo 24°
Artículo 25°
Artículo 26°
Artículo 27°
Artículo 28°
Artículo 29°
Artículo 30°
Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio
social. Requisito para obtener grado o título. La secretaría establecerá los lineamientos
a los que deberán sujetarse el expendio y distribución de los alimentos y bebidas
preparadosdentrodelaescuela.
El ejecutivo federal y gobierno de cada entidad concurrirán al financiamiento de la
educación pública y de los servicios educativos. El gasto no podrá ser menor del 8% del
PIB. Al menos el 1% de ese PIB debe ser destinado a la investigación científica y al
desarrollotecnológico. Losrecursosfederalesasignadosaunfinnosontransferibles.
El gobierno estatal vigilará que cada ayuntamiento reciba recursos para cumplir con sus
responsabilidades.
El ejecutivo federal y gobierno estatal tomarán en cuenta el carácter prioritario de la
educaciónpública.
SondeinteréssociallasinversionesquerealiceelEstadoenmateriaeducativa.
Las autoridades federal, estatales y municipales ejecutarán programas para fortalecer
laautonomíadelasescuelas.
Corresponde al INEE: *Evaluación del SEN (hasta media superior). *Ser autoridad en
material de evaluación educativa, coordinar el sistema de evaluación educativa y emitir
lineamientos.*Emitirdirectricesapartirdelosresultados.
Las instituciones educativas establecidas por el Estado, otorgarán a las autoridades
educativasyalINEEfacilidadesparalaevaluación.
El INEE y las autoridades educativas darán a conocer a maestros, alumnos y padres de
familia los resultados para medir el desarrollo y avances de la educación nacional y en
cadaentidad.
Artículo 31°
CAPÍTULO
III
De la equidad
de la educación
Artículo 32° Se tomarán medidas para establecer el pleno derecho a la educación de calidad, mayor
equidadeigualdaddeoportunidadesdeaccesoypermanencia.
Para cumplir lo anterior... *Se atenderán las escuelas de localidades aisladas, zonas
urbanas marginadas o comunidades indígenas. *Se desarrollarán programas de apoyo a
los maestros que trabajen en dichos lugares. *Se promoverán centros de desarrollo
infantil, de integración social, internados, albergues escolares. *Se prestarán servicios
educativos a quienes hayan abandonado la escuela y tengan rezago. *Fortalecer la
educación especial e inicial. *Otorgar apoyos pedagógicos a grupos con requerimientos
específicos. *Establecer y fortalecer la educación a distancia. *Realizar campañas
educativas para elevar el nivel cultural y social. *Desarrollar programas de perspectiva
de género para becas y apoyos económicos a quienes tienen dificultad para continuar
estudiando. *Impulsar programas y escuelas para padres para que apoyen mejor a sus
hijos. *Otorgar estímulos a quienes se dediquen a la enseñanza. *Promover la
participación de la sociedad en la educación. *Actividades para mejorar la calidad y la
cobertura. *Establecer de acuerdo a presupuesto escuelas de tiempo completo con
jornadas de 6 y 8 hrs. *Impulsar esquemas para el suministro de alimentos nutritivos a
partirdemicroempresaslocalesenescuelasquelonecesiten.
Artículo 33°
Artículo 34°
El ejecutivo federal llevará programas compensatorios para apoyar a gobiernos
estatalesconmayorrezagoeducativo.
En forma temporal la Secretaría podrá impartir de manera concurrente educación
básicaynormalenlasentidades.
Gobierno federal, del estado y de municipios podrán celebrar convenios para coordinar
las actividadesalasqueserefiereestecapítulo.
Artículo 35°
Artículo 36°
4. CAPÍTULO
IV
Del proceso
educativo
Artículo 37°
Artículo 38°
Artículo 39°
La educación de tipo básicaestá conformadaporpreescolar,primariay secundaria. Eltipo
medio superior es bachillerato, los equivalentes a éste y la educación profesional que no
requiere bachillerato o equivalente. Debe respetar el principio de la diversidad. El tipo
superioreselqueseimpartedespuésdelbachillerato:lic,especialidad,maestría,doctorado.
La EB en sus tres niveles debe adaptarse para responder a las características lingüísticas y
culturales.
En el SEN queda comprendida la educación inicial para menores de 4 años. Incluye
orientaciónapadresparalaeducacióndesushijos.
Artículo 40° La educación inicial busca favorecer el aspecto físico, cognoscitivo y social de los niños
menoresde4años.
Artículo 41°
Artículo 42°
Artículo 43°
Educación especial está destinada a personas con discapacidad transitorio o definitiva, así
como con AS. Atenderá a los alumnos con equidad social incluyente y perspectiva de género.
*Tratándose de menores de edad con discapacidad EE propiciará su integración a planteles
de EB. Para quienes no logren esa integración se procurará la satisfacción de NBA para la
autónoma convivencia social y productiva. *Para la identificación y atención de AS la
autoridad federal establecerá lineamientos para la evaluación diagnóstica, modelos
pedagógicos y mecanismos de acreditación y certificación. *La educación especial incluye
atenciónapadresdefamiliaymaestrosdelaescuela.
En educación para menores de edad se tomarán medidas que lo aseguren para preservar su
integridad física, psicológica y social. Se brindarán cursos a los docentes sobre los
derechos de los educandos y la obligación que tienen al estar encargados de su custodia. Si
conocenalgúnagraviodebencomunicarloalaautoridadcorrespondiente.
La educación para adultos es para personas de 15 años o más que no hayan cursado o
concluido la primaria y secundaria. Esta educación se apoya en la participación y solidaridad
social.
Artículo 44°
En la educación para adultos la autoridad federal podrá prestar los servicios
correspondientes a las autoridades educativas locales. Quien participe voluntariamente
tendránderechoaqueselesacreditecomoserviciosocial.
Artículo 45° La formación para el trabajo procurará la adquisición de conocimientos y habilidades que
permitandesarrollarunaactividadproductiva.
Artículo 46°
Artículo 47°
Artículo 48°
Los contenidos de educación serán definidos por Planes y Programas de estudio. En los
planes de estudio: *Propósitos de formación general. *Contenidos organizados por
asignaturas. *Secuencias que deben respetarse entre asignaturas o unidades de
aprendizaje. *Criterios y procedimientos de evaluación y acreditación. En los programas
de estudio: *Se establecen propósitos específicos de las asignaturas. Pueden incluir
sugerenciassobremétodosyactividades.
Laeducaciónparaeltrabajotienemodalidadesdeescolar,noescolarizadaymixta.
La secretaría determinará los planes y programas considerando opiniones de autoridades
locales. Realizará revisiones y evaluaciones sistemáticas de los mismos. Los que la
secretaríadeterminedeberánserpublicadosenelDOF.
Artículo 49° La educación basada en los principios de libertad y responsabilidad. Se fomentará el uso de
recursostecnológicosydidácticosdisponibles.
Artículo 50° La evaluación de los alumnos comprenderá la medición en lo individual de conocimientos,
habilidadesydestrezasyellogrodelospropósitosdescritosenplanesyprogramas.
Artículo 51°
Artículo 52°
La autoridad federal determinará el calendario oficial aplicable a preescolar, primaria,
secundaria y normales. La autoridad local puede ajustarlo. Si se trabaja más debe ser
remunerado.
Los días escolares y horas laborales se dedican a la práctica docente y a actividades
educativas. Las suspensiones sólo pueden ser autorizadas por la autoridad y deben ser en
casosextraordinarios.Delocontrariosetomaránmedidas.
El calendario debe publicarse en el DOF. En cada entidad en el órgano informativo oficial de
laentidad.Artículo 53°
5. CAPÍTULO
V
De la educación
que impartan los
particulares
Artículo 54° Losparticularespodránimpartirlaentodossustiposymodalidades.
Para autorización y reconocimiento deben contar con: *Personal que acredite
preparación adecuada. *Instalaciones adecuadas. *Con planes y programas de estudio
quelaautoridadconsiderepertinentes.
Artículo 55°
La autoridad estatal publicará el listado de las instituciones que hayan obtenido la
autorizaciónyreconocimientodevalidezoficial. *Publicaránlosnombresdelosdocentes
que obtengan resultados suficientes cuando se apliquen evaluaciones. *La autoridad
educativa debe entregar a las escuelas resultados obtenidos. *Cuando los particulares
expidan documentación deben incluir leyenda que indique su calidad de incorporados,
númeroyfechadeacuerdoylaautoridadqueselootorgó.
Artículo 56°
Los particulares deben: *Cumplir con lo dispuesto en el Art. 3° Const. *Cumplir con
planes y programas de estudio. *Proporcionar mínimo de becas. *Cumplir requisitos del
artículo 55. *Facilitar y colaborar en actividades de evaluación, supervisión de
autoridades.
Artículo 57°
Las autoridades que otorguen validez y reconocimiento deben inspeccionar los servicios.
Paraellodebemostrarseunaorden,haceractacorrespondientealavisita.Artículo 58°
Los particulares que presten servicio sin reconocimiento oficial deben mencionarlo en
documentaciónypublicidad.Artículo 59°
CAPÍTULO
VI
Validez oficial de
estudios y
certificación de
conocimientos
CAPÍTULO
VII
De la
participación
social en la
educación
LosestudiosrealizadosdentrodelSENtienenvalidezentodalaRepública.Artículo 60°
Los realizados fuera del SEN pueden adquirir validez mediante revalidación (si son
equiparables).
Los realizados dentro del SEN podrán declararse equivalentes entre sí por niveles
educativos,gradosescolares,créditosacadémicos,asignaturas.
La secretaría determinará las normas y criterios generales para toda la República a los
queseajustarálarevalidaciónyladeclaracióndeestudiosequivalentes.
Artículo 61°
Artículo 62°
Artículo 63°
La secretaría establecerá procedimientos para expedir certificados, constancias,
diplomasotítulos.Artículo 64°
Son derechos de quien ejerce la patria potestad o tutela... *Obtener inscripción en
escuelas públicas cubriendo los requisitos (preescolar 3 años al 31 de diciembre; primaria
6 años. *Participar en la escuela en cualquier problema relacionado a la educación.
*Colaborar con las autoridades en la superación de los niños y el mejoramiento de la
institución. *Formar parte de las asociaciones de familia y de los CPS. *Los de escuela
particular opinar en las contraprestaciones que la escuela fija. *Conocer la capacidad
profesional de los docentes y el resultado de sus evaluaciones. *Conocer la relación
oficial del personal. *Ser observadores en las evaluaciones de docentes y directivos
(cumpliendo con lineamientos del INEE). *Conocer resultados de las evaluaciones de la
escuela. *Opinar a través de CPS sobre revisiones de planes y programas. *Conocer el
presupuesto asignado a cada escuela, su aplicación y resultados. *Presentar quejas ante
autoridadessobredesempeñodedirectores,docentes,supervisoresyATP.
Artículo 65°
Son obligaciones de tutores... *Hacer que reciban educación preescolar, primaria,
secundaria y media superior. *Apoyar el proceso educativo de sus hijos. *Colaborar en
las actividades de la escuela de sus hijos. *Informar sobre cambios en la conducta y
actitud para determinar posibles causas. *Informa a la autoridad del plantel
irregularidades administrativas o académicas que ocasionen daño o cambio emocional en
sushijos.
Artículo 66°
Objeto de las Asociaciones de padres de familia... *Representar intereses en materia
educativa. *Colaborar para una mejor integración de la comunidad escolar y mejorar los
planteles. *Participar en las cooperaciones voluntarias que no son contraprestaciones
delservicioeducativo.
Artículo 67°
6. CAPÍTULO
VII
De la
participación
social en la
educación
La autoridad educativa promoverá la participación de la sociedad para fortalecer y
elevar la calidad. *La autoridad educativa de cada escuela debe vincularla con la
comunidad.
Artículo 69°
En cada municipio operará un CMPS integrado por autoridades municipales, padres de
familia y representantes de sus asociaciones, maestros distinguidos y directivos de
escuelas, representantes de la organización sindical y de organizaciones de la sociedad
civil.EnelDFlosconsejosseconstituiránporcadadelegaciónpolítica.
En cada entidad federativa funcionará un CEPS como órgano de consulta, orientación y
apoyo.UnórganoanálogoseestableceráenelDF.
La secretaría promoverá el establecimiento y funcionamiento del CNPS como instancia
nacionaldeconsulta,colaboración,apoyoeinformación.
Artículo 70°
Artículo 71°
Artículo 72°
Los CPS se abstienen de intervenir es aspectos laborales y no deberán participar en
cuestionespolíticasnireligiosas.
Los medios de comunicación masiva contribuirán al logro de sus finalidades.
Artículo 73°
Artículo 74°
CAPÍTULO
VIII
De las
infracciones,
sanciones y
el recurso
administrativo
Son infracciones: *Incumplir cualquiera de las obligaciones previstas en el Art. 57 (que
los particulares no cumplan...). *Suspender el servicio educativo sin justificación.
*Suspender clases en días no autorizados por el calendario sin justificación. *No utilizar
los libros de texto. Incumplir lineamientos generales para el uso de material educativo.
Dar a conocer antes de su aplicación exámenes o instrumentos de admisión, acreditación
o evaluación a quienes habrán de presentarlos. *Expedir certificados, constancias... sin
cumplir requisitos. *Realizar o permitir comercialización de productos ajenos al proceso
educativo. *Realizar actividades que pongan en riesgo a los alumnos. *Ocultar a los
padres conductas de los alumnos que deban ser de su conocimiento. *Oponerse a la
evaluación, inspección y vigilancia y no proporcionar información veraz y oportuna.
*Administrar sin prescripción médica y consentimiento informado de los padres
medicamentos psicotrópicos o estupefacientes. *Promover con los alumnos el uso de
medicamentos anteriores. *Expulsar o negar el servicio educativo a quienes presentan
PA o condicionar su aceptación o permanencia a someterse a tratamientos médicos o
presionarapadresparaqueacudanamédicosparaatenderPA.
Artículo 75°
Las infracciones se sancionarán con... *Multas hasta 5 mil veces el salario mínimo
general. Se pueden duplicar ante incidencias. *Revocación del reconocimiento y validez
oficial.
Artículo 76°
También son infracciones... *Ostentarse como plantel incorporado sin estarlo.
*Incumplir con el Art. 59 (no mencionar que no cuentan con reconocimiento oficial).
*Impartireducaciónbásicaynormalsinautorización.
Artículo 77°
Si se considera causa justificada, la autoridad puede revocar la autorización o
reconocimientooficial,dictaráresoluciónalinfractoryconstanciasqueloacrediten.Artículo 78°
Siserevocalaautorizaciónseclausuraelservicio.
Se podrá interponer recurso de revisión dentro de los 15 días hábiles siguientes. También
cuandolaautoridadnoderespuestaen60díashábilessiguientesalanotificación.
Artículo 79°
Artículo 80°
El recurso se interpondrá por escrito ante la autoridad superior de quien emitió la
notificación.
Enelrecursodebenexponersenombreydomiciliodelrecurrenteylosagravios.
Al interponerse el recurso pueden presentarse pruebas, excepto confesión, y
acompañarsededocumentos.
Laautoridadeducativadictaráresolucióndentrode30díashábiles.
Artículo 81°
Artículo 82°
Artículo 83°
Artículo 84°
La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución impugnada en
cuantoalpagodemultas
Artículo 85°