Ley 43 de 1990
Normatividad que regula
en Colombia
La Profesión del
Contador Público
Persona natural que,
mediante la inscripción
acredite su competencia
profesional
Actividades de la ciencia
contable
Organización, revisión y
control de contabilidades
Certificaciones y
dictámenes sobre
estados financieros
Certificaciones en libros
de contabilidad, revisoría
Fiscal y auditoría
La asesoría tributaria,
gerencial, en aspectos
contables y similares
Contador Publico
Facultades
Dar fe pública
Certificación
Acreditar y dar veracidad de
los hechos propios de su
ámbito profesional
Dictamen
Opinión profesional
de los estados
financieros
Inscripción del
contador
Tarjeta Profesional
Junta Central de
Contadores
Vigilancia estatal
Requisitos
Ser Colombiano
Profesional titulado en una
universidad colombiana
autorizada por el gobierno
Inscribir y obtener la
tarjeta profesional
No haber sido
sancionado ni privado
de la libertad
Sociedades de
Contadores
públicos
Prestación de servicios
propios de los mismos y de
las actividades relacionadas
con la ciencia contable
Contabilidad
Principios de contabilidad generalmente
aceptados
Conjunto de conceptos básicos y de reglas que deben ser observados
al registrar e informar contablemente.
Normas de Auditoría generalmente
aceptados
El empleo de su buen juicio en la ejecución
de su examen y en su informe
Normas personales
Profesional en
Contaduría
Pública
Independencia mental
en lo relacionado con
su trabajo
Proceder con
diligencia
profesional
Normas relativas a la ejecución
del trabajo
Debe ser planeado
y supervisado
Debe hacerse un estudio y
una evaluación del sistema
de control interno
Evidencias para el
dictamen de los Estados
Financieros
Normas a la rendición de informes
Expresar claramente la
naturaleza de su relación
con tales estados
Indicar si los estados
financieros están
aplicados los PCGA
Si los PCGA han sido
aplicados en períodos
anteriores
Expresar
salvedades
Normas de
Auditoría
generalmente
aceptados
El empleo de su buen juicio en la
ejecución de su examen y en su
informe
Normas personales
Profesional
en
Contaduría
Pública
Independencia
mental en lo
relacionado con
su trabajo
Proceder
con
diligencia
profesional
Normas relativas a la
ejecución del trabajo
Debe ser
planeado y
supervisado
Debe hacerse un
estudio y una
evaluación del sistema
de control interno
Evidencias para el
dictamen de los
Estados
Financieros
Normas a la
rendición de
informes
Expresar claramente
la naturaleza de su
relación con tales
estados
Indicar si los
estados
financieros
están aplicados
los PCGA
Si los PCGA han sido
aplicados en
períodos anteriores
Expresar
salvedade
s
Ejercicio de la profesión
Normas
Observar normas de ética
profesional
Actuar bajo Normas
de Auditoría
Cumplir con las Normas Legales
Vigente
Vigilar que el registro e
información contable se
fundamente en PCGA
en Colombia
De los Papeles de Trabajo
Dar constancia de las labores
realizadas para emitir su juicio
profesional
Deberán conservarse por un
tiempo no inferior a cinco años
Fe Pública
La atestación o firma de un
Contador Público en los actos
propios de su profesión
Dictamen Profesional
Emitir certificaciones sobre balances
generales y otros estados financieros
Se requiere la Calidad del
contador Público
Por razón del cargo
Funciones de revisor fiscal, auditor
externo o interno
Jefe de Contabilidad
Perito
Decano de la Facultad de
Contaduría
Asesoría
Por razón de la naturaleza
del asunto
Certificar y dictaminar estados
financieros
Para todos los demás casos
que señale la ley.
Organismo de Vigilancia y Dirección
Junta Central de Contadores
Decreto Legislativo No. 2373
de 1956
El tribunal disciplinario de la
profesión
Consejo Técnico de la
Contaduría Pública
Encargado de la orientación técnica-
científica de la profesión, investigación,
creación y aprobación de normas
La Junta Central de Contadores
Miembros
El Ministro de Educación
Nacional o su delegado
El Superintendente de
Valores o su delegado
El Superintendente de
Sociedades o su
delegado
El Superintendente Bancario o su
delegado
El Superintendente Nacional de Salud su
delegado
El Contador General de la
Nación o su delegado
Director de Impuestos
Nacionales o su
delegado
Un representante de la Asociación
Colombiana de Facultades de
Contaduría Pública o la entidad que
la sustituya con su suplente
Dos representantes de los
Contadores Públicos con sus
suplentes
Funciones
Ejercer la inspección y
vigilancia
Efectuar la inscripción, suspensión o
cancelación de Contadores Públicos.
Expedir, a costa del interesado, la
tarjeta profesional y las certificaciones
Denunciar ante las autoridades
competentes a quien se identifique y
firme como Contador Público sin estar
inscrito como tal
Hacer que se cumplan las normas
sobre ética profesional
Establecer juntas seccionales y delegar en
ellas las funciones
Darse su propio reglamento de
funcionamiento interno
Las demás que le
confieran las leyes
Empleados Decisiones
Sujetas a los recursos establecidos en el
Código Contencioso Administrativo, se
adoptarán con el voto favorable de las ¾
partes de sus miembros
Las demás decisiones se aprobarán por
mayoría absoluta de sus miembros.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Miembros
Un representante del
Ministerio de Educación
Nacional
Un representante del
Superintendente de
Sociedades
Un representante del
Superintendente
Bancario
Un representante del Presidente
de la Comisión Nacional de
Valores. ( hoy Superintendencia
Nacional de valores)
Dos representantes de los
decanos de las facultades de
Contaduría del país
Dos representantes de los
Contadores Públicos
Funciones
Adelantar investigaciones técnico-científicas, sobre temas
relacionados con los principios de contabilidad y su aplicación, y las
normas y procedimientos de auditoría.
Estudiar los trabajos técnicos que le sean presentados con el objeto de
decidir sobre su divulgación y presentación en eventos nacionales e
internacionales de la profesión.
Servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares
en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el
ejercicio de la profesión
Pronunciarse sobre la legislación relativa a la aplicación de los
principios de contabilidad y el ejercicio de la profesión
Designar sus propios
empleados.
Darse su propio
reglamento
Los demás que le atribuye las
leyes
Sede
Bogotá
Código de Ética
Profesional
Integridad
Actuar con
rectitud,
probidad,
honestidad,
dignidad y
sinceridad en
cualquier
circunstancia
Objetividad
Ser
imparcial
y actuar
sin
perjuicios
Independencia
Tener y
demostrar
absoluta
independencia
mental y de
criterio
Responsabilida
d
Confianza y
compromis
o
Confidencialidad
Reserva
Profesional
Observacione
s de las
disposiciones
normativas
Cumplir
eficazmente las
disposiciones
profesionales
promulgadas por
el Estado y
observar las
recomendaciones
de los demás
Competencia y
actualización
profesional
Capacidade
s e
idoneidad
necesarias.
Actualizar los
conocimientos
necesarios para su
actuación
profesionalmente
Difusión y
colaboración
Contribuir de
acuerdo con sus
posibilidades
personales, al
desarrollo,
superación y
dignificación de
la
Respeto entre
colegas
Tener una
convivencia
pacífica, amistosa
y cordial de sus
miembros
Conducta
Ética
Abstenerse de
realizar cualquier
acto que pueda
afectar
negativamente la
buena reputación
o repercutir de
alguna forma en
descrédito de la
profesión
De las relaciones del Contador Público
con los Usuarios de sus Servicios
Prohibiciones
No es responsable de los actos
administrativos de las empresas o
personas a las cuales presta sus servicios.
Rehusará la prestación de sus servicios
para actos que sean contrarios a la moral
y a la ética
Se excusará de aceptar o ejecutar
trabajos para los cuales él o sus
asociados no se consideren idóneos
No expondrá al usuario de sus servicios a
riesgos injustificados
No podrá prestar servicios profesionales
a quienes haya auditado o controlado en
su carácter de funcionario público o
revisor fiscal
Rehusará recomendar a las personas con
las cuales hubiere intervenido, y no
influirá para procurar que el caso sea
resuelto favorable o desfavorablemente
Se abstendrá de aceptar designaciones
si tiene vínculos familiares, amistad o
enemistad, intereses comunes
Haya actuado como empleado de una
sociedad rehusará aceptar cargos o
funciones de la misma empresa por lo
menos durante seis meses después de
haber cesado en sus funciones
Interrupción de Prestación de
Servicios
Que el usuario del servicio reciba
la atención de otro profesional
que excluya la suya
Que el usuario del servicio incumpla
con las obligaciones convenidas con
el contador público.
Honorarios
Fijará en conformidad con su capacidad
científica y/o técnica y en relación con la
importancia y circunstancia en cada uno
de los casos

Ley 43

  • 2.
    Ley 43 de1990 Normatividad que regula en Colombia La Profesión del Contador Público Persona natural que, mediante la inscripción acredite su competencia profesional Actividades de la ciencia contable Organización, revisión y control de contabilidades Certificaciones y dictámenes sobre estados financieros Certificaciones en libros de contabilidad, revisoría Fiscal y auditoría La asesoría tributaria, gerencial, en aspectos contables y similares
  • 3.
    Contador Publico Facultades Dar fepública Certificación Acreditar y dar veracidad de los hechos propios de su ámbito profesional Dictamen Opinión profesional de los estados financieros Inscripción del contador Tarjeta Profesional Junta Central de Contadores Vigilancia estatal Requisitos Ser Colombiano Profesional titulado en una universidad colombiana autorizada por el gobierno Inscribir y obtener la tarjeta profesional No haber sido sancionado ni privado de la libertad Sociedades de Contadores públicos Prestación de servicios propios de los mismos y de las actividades relacionadas con la ciencia contable
  • 4.
    Contabilidad Principios de contabilidadgeneralmente aceptados Conjunto de conceptos básicos y de reglas que deben ser observados al registrar e informar contablemente. Normas de Auditoría generalmente aceptados El empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe Normas personales Profesional en Contaduría Pública Independencia mental en lo relacionado con su trabajo Proceder con diligencia profesional Normas relativas a la ejecución del trabajo Debe ser planeado y supervisado Debe hacerse un estudio y una evaluación del sistema de control interno Evidencias para el dictamen de los Estados Financieros Normas a la rendición de informes Expresar claramente la naturaleza de su relación con tales estados Indicar si los estados financieros están aplicados los PCGA Si los PCGA han sido aplicados en períodos anteriores Expresar salvedades
  • 5.
    Normas de Auditoría generalmente aceptados El empleode su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe Normas personales Profesional en Contaduría Pública Independencia mental en lo relacionado con su trabajo Proceder con diligencia profesional Normas relativas a la ejecución del trabajo Debe ser planeado y supervisado Debe hacerse un estudio y una evaluación del sistema de control interno Evidencias para el dictamen de los Estados Financieros Normas a la rendición de informes Expresar claramente la naturaleza de su relación con tales estados Indicar si los estados financieros están aplicados los PCGA Si los PCGA han sido aplicados en períodos anteriores Expresar salvedade s
  • 6.
    Ejercicio de laprofesión Normas Observar normas de ética profesional Actuar bajo Normas de Auditoría Cumplir con las Normas Legales Vigente Vigilar que el registro e información contable se fundamente en PCGA en Colombia De los Papeles de Trabajo Dar constancia de las labores realizadas para emitir su juicio profesional Deberán conservarse por un tiempo no inferior a cinco años Fe Pública La atestación o firma de un Contador Público en los actos propios de su profesión Dictamen Profesional Emitir certificaciones sobre balances generales y otros estados financieros Se requiere la Calidad del contador Público Por razón del cargo Funciones de revisor fiscal, auditor externo o interno Jefe de Contabilidad Perito Decano de la Facultad de Contaduría Asesoría Por razón de la naturaleza del asunto Certificar y dictaminar estados financieros Para todos los demás casos que señale la ley.
  • 7.
    Organismo de Vigilanciay Dirección Junta Central de Contadores Decreto Legislativo No. 2373 de 1956 El tribunal disciplinario de la profesión Consejo Técnico de la Contaduría Pública Encargado de la orientación técnica- científica de la profesión, investigación, creación y aprobación de normas
  • 8.
    La Junta Centralde Contadores Miembros El Ministro de Educación Nacional o su delegado El Superintendente de Valores o su delegado El Superintendente de Sociedades o su delegado El Superintendente Bancario o su delegado El Superintendente Nacional de Salud su delegado El Contador General de la Nación o su delegado Director de Impuestos Nacionales o su delegado Un representante de la Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública o la entidad que la sustituya con su suplente Dos representantes de los Contadores Públicos con sus suplentes Funciones Ejercer la inspección y vigilancia Efectuar la inscripción, suspensión o cancelación de Contadores Públicos. Expedir, a costa del interesado, la tarjeta profesional y las certificaciones Denunciar ante las autoridades competentes a quien se identifique y firme como Contador Público sin estar inscrito como tal Hacer que se cumplan las normas sobre ética profesional Establecer juntas seccionales y delegar en ellas las funciones Darse su propio reglamento de funcionamiento interno Las demás que le confieran las leyes Empleados Decisiones Sujetas a los recursos establecidos en el Código Contencioso Administrativo, se adoptarán con el voto favorable de las ¾ partes de sus miembros Las demás decisiones se aprobarán por mayoría absoluta de sus miembros.
  • 9.
    Consejo Técnico dela Contaduría Pública Miembros Un representante del Ministerio de Educación Nacional Un representante del Superintendente de Sociedades Un representante del Superintendente Bancario Un representante del Presidente de la Comisión Nacional de Valores. ( hoy Superintendencia Nacional de valores) Dos representantes de los decanos de las facultades de Contaduría del país Dos representantes de los Contadores Públicos Funciones Adelantar investigaciones técnico-científicas, sobre temas relacionados con los principios de contabilidad y su aplicación, y las normas y procedimientos de auditoría. Estudiar los trabajos técnicos que le sean presentados con el objeto de decidir sobre su divulgación y presentación en eventos nacionales e internacionales de la profesión. Servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión Pronunciarse sobre la legislación relativa a la aplicación de los principios de contabilidad y el ejercicio de la profesión Designar sus propios empleados. Darse su propio reglamento Los demás que le atribuye las leyes Sede Bogotá
  • 10.
    Código de Ética Profesional Integridad Actuarcon rectitud, probidad, honestidad, dignidad y sinceridad en cualquier circunstancia Objetividad Ser imparcial y actuar sin perjuicios Independencia Tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio Responsabilida d Confianza y compromis o Confidencialidad Reserva Profesional Observacione s de las disposiciones normativas Cumplir eficazmente las disposiciones profesionales promulgadas por el Estado y observar las recomendaciones de los demás Competencia y actualización profesional Capacidade s e idoneidad necesarias. Actualizar los conocimientos necesarios para su actuación profesionalmente Difusión y colaboración Contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la Respeto entre colegas Tener una convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros Conducta Ética Abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercutir de alguna forma en descrédito de la profesión
  • 11.
    De las relacionesdel Contador Público con los Usuarios de sus Servicios Prohibiciones No es responsable de los actos administrativos de las empresas o personas a las cuales presta sus servicios. Rehusará la prestación de sus servicios para actos que sean contrarios a la moral y a la ética Se excusará de aceptar o ejecutar trabajos para los cuales él o sus asociados no se consideren idóneos No expondrá al usuario de sus servicios a riesgos injustificados No podrá prestar servicios profesionales a quienes haya auditado o controlado en su carácter de funcionario público o revisor fiscal Rehusará recomendar a las personas con las cuales hubiere intervenido, y no influirá para procurar que el caso sea resuelto favorable o desfavorablemente Se abstendrá de aceptar designaciones si tiene vínculos familiares, amistad o enemistad, intereses comunes Haya actuado como empleado de una sociedad rehusará aceptar cargos o funciones de la misma empresa por lo menos durante seis meses después de haber cesado en sus funciones Interrupción de Prestación de Servicios Que el usuario del servicio reciba la atención de otro profesional que excluya la suya Que el usuario del servicio incumpla con las obligaciones convenidas con el contador público. Honorarios Fijará en conformidad con su capacidad científica y/o técnica y en relación con la importancia y circunstancia en cada uno de los casos