2. Ley orgánica de ciencia tecnología e
innovación
La presente Ley tiene por objeto
desarrollar los principios orientadores que
en materia de ciencia, tecnología e
innovación y sus aplicaciones, establece la
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, organizar el Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación, definir los lineamientos que
orientarán las políticas y estrategias para
la actividad científica, tecnológica, de
innovación y sus aplicaciones, con la
implantación de mecanismos
institucionales y operativos para la
promoción, estímulo y fomento de la
investigación científica, la apropiación
social del conocimiento y la transferencia e
innovación tecnológica, a fin de fomentar
la capacidad para la generación, uso y
circulación del conocimiento y de impulsar
el desarrollo nacional.
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
La constitución de la República, da
origen a un grupo de leyes que
permiten a los venezolanos a
involucrarse con el uso de las nuevas
Tecnologías, así mismo compromete
al gobierno a involucrarse con las
creaciones y cumplimientos de dichas
leyes.
Ley especial contra los delitos
Informáticos
Esta ley tiene como principal objeto la
protección integral de los sistemas que
utilicen tecnologías de información, así
como la prevención y sanción de los
delitos cometidos contra tales sistemas o
cualquiera de sus componentes o los
cometidos mediante el uso de dichas
tecnologías, en los términos previstos en
esta ley.
3. Ley de Infogobierno
Decreto N° 3.390 (Uso del Software
Libre)
La Administración Pública
Nacional, empleará prioritariamente
Software Libre, en sus
sistemas, proyectos y
servicios, informáticos.
Esta ley tiene por objeto
establecer las normas, principios
y lineamientos aplicables a las
tecnologías de información que
generen y utilicen los sujetos a
que se refiere el artículo 4 de esta
ley, con el fin de mejorar la
gestión pública y hacerla
transparente, facilitar el acceso de
los ciudadanos a la información
en sus roles de contralor y
usuario, además de promover el
desarrollo nacional que garantice
la soberanía tecnológica.
Artículo 4: Las disposiciones de esta Ley serán aplicables a:
1. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Nacional
2. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Estadal
3. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los
Distritos Metropolitanos
4. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Municipal y
las demás entidades locales previstas en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
5. Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en las
Dependencias Federales
6. Los institutos autónomos nacionales, estadales, de los distritos metropolitanos y
municipales
7. El Banco Central de Venezuela
[…]
4. VINCULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO
ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN (2007-2013), Y
LOCTI
Se puede resaltar que la segunda área
contempla la educación, investigación e
incorporación de tecnologías para el logro del
desarrollo nacional. En la cuarta se hace
referencia al impulso del desarrollo tecnológico
interno para desarrollar actividades productivas
y de servicios; además, se detalla el rediseño y
estructuración del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación (SNCTI); abordando
seis (6) puntos específicos, que son:
- Fortalecer los centros de investigación y
desarrollo regionales.
- Apoyar las carreras científicas y mejoramiento
docente.
- Conformar redes científicas prioritarias para el
país.
- Vincular los investigadores universitarios con
empresas productivas.
- Velar por el retorno de resultados a
investigadores, a través de indicadores.
- Creación y aplicación de contenidos
programáticos sobre uso de tecnología de
información y comunicación.
El Plan de Desarrollo Económico y Social de la
Nación (2007-2013) es la respuesta del proceso de
evaluación para promover acciones con la
participación protagónica del pueblo; incluyendo el
área de ciencia, tecnología e innovación. Se divide
en siete grandes áreas:
I. Nueva Ética Socialista: refundando la Nación con el
Socialismo y el pensamiento de Simón Bolívar.
II. La Suprema Felicidad Social: construyendo un
nuevo modelo productivo socialista, para lograr
mejorar la calidad de vida.
III. Democracia Protagónica y Revolucionaria:
organización social que convierta la fuerza individual
en colectiva.
IV. Modelo Productivo Socialista: eliminar divisiones
y escalas jerárquicas.
V. Nueva Geopolítico Nacional: definir los estados
por ejes estratégicos que permitan articular el
modelo productivo con un ambiente sustentable.
VI. Venezuela Potencia Energética Mundial: el
petróleo sigue siendo categórico en la captación de
recursos internacionales.
VII. Nueva Geopolítica Internacional: dialogo
fraterno entre los pueblos, justicia
social, solidaridad y garantías de paz.