Electiva II (Gestión Tecnológica y de la Innovación)
1. Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular Para La Educación
Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”
Cátedra: Electiva II (Gestión Tecnológica y de Innovación)
Escuela de Ingeniería De Sistemas
Numero de Carrera: #47
Realizado Por:
Luisana Pirela, C.I.: 27.304.936
2. Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación (Locti)
Esta Ley tiene por objetivo establecer las normas que permita en el contexto del
Artículo 110 Constitucional, que el Estado, todos en su conjunto, puedan reconocer
el interés público de las actividades de la ciencia, la tecnología e innovación en
procura del desarrollo de los derechos humanos culturales y educativos, así como
su incidencia en lo macroeconómico y social.
A continuación se describirán los aspectos mas resaltantes en base a algunos
artículos que conforman este Decreto-Ley:
Objeto del Decreto-Ley
Articulo 1. El presente Decreto-Ley tiene por objeto desarrollar los principios
orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación, establece la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los lineamientos que
orientarán las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica y de
innovación, con la implantación de mecanismos institucionales y operativos para
la promoción, estímulo y fomento de la investigación científica, la apropiación
social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a fin de
fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento y
de impulsar el desarrollo nacional.
3. Interés público
Artículo 2. Las actividades científicas, tecnológicas y de innovación son de interés público
y de interés general
Sujetos del Decreto-Ley
Articulo 3. Forman parte del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, las
instituciones públicas o privadas que generen y desarrollen conocimientos científicos y
tecnológicos y procesos de innovación, y las personas que se dediquen a la
planificación, administración, ejecución y aplicación de actividades que posibiliten la
vinculación efectiva entre la ciencia, la tecnología y la sociedad
Ámbito de acción
Articulo 4. De acuerdo con este Decreto-Ley, las acciones en materia de ciencia,
tecnología e innovación estarán dirigidas a:
• Formular y promover planes nacionales que en materia de ciencia, tecnología e
innovación, se diseñen a corto, mediano y largo plazo
• Establecer programas de incentivos a la actividad de investigación y desarrollo y a
la innovación tecnológica.
• Impulsar el fortalecimiento de una infraestructura equipada para el apoyo a las
instituciones de investigación-desarrollo de innovación tecnológica
4. • Estimular la capacidad de innovación tecnológica del sector productivo,
empresarial y académico, tanto público como privado
• Concertar y ejecutar las políticas de cooperación internacional requeridas para
apoyar el desarrollo del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
• Promover mecanismos para la difusión e intercambio de los resultados de
investigación y desarrollo y de innovación tecnológica generados en el país.
• Estimular la participación del sector privado, a través de mecanismos que
permitan la inversión de recursos financieros para la ejecución de las actividades
científicas, tecnológicas y de innovación
Actividades de ciencia, tecnología e innovación
Artículo 5. Las actividades de ciencia, tecnología e innovación y la utilización de los
resultados, deben estar encaminadas a contribuir con el bienestar de la humanidad, la
reducción de la pobreza, el respeto a la dignidad y los derechos humanos y la
preservación del ambiente.
Ética, probidad y buena fe
Artículo 6. Los organismos públicos o privados, así como las personas jurídicas y
naturales, deberán ajustar las actuaciones realizadas en el marco del presente
Decreto-Ley a los principios de ética, probidad y buena fe que deben predominar en
su desempeño, en concordancia con los derechos humanos.
5. Principios bioéticos
Artículo 7. El Ejecutivo nacional, mediante los organismos competentes, velará por el
adecuado cumplimiento de los principios bioéticos y ambientales en el desarrollo de la
investigación científica y tecnológica, de conformidad con las disposiciones de carácter
nacional y los acuerdos internacionales suscritos por la República.
Comisiones de ética, bioética y biodiversidad
Artículo 8. El Ministerio de Ciencia y Tecnología propiciará la creación de comisiones
multidisciplinarias de ética, bioética y biodiversidad, que se ocuparán de definir los
aspectos inherentes a los artículos 6 y 7 de este Decreto-Ley, a través de la propuesta
de códigos de ética, bioética y de protección del ambiente, relativos a la práctica
científica, tecnológica y de innovación.
Protección de los conocimiento tradicionales
Artículo 9. El Ministerio de Ciencia y Tecnología apoyará a los organismos competentes
por la materia, en la definición de políticas tendentes a proteger y garantizar la
propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los
pueblos indígenas y los conocimientos tradicionales
6. Norma Covenin 2520-89. Guía de Evaluación de la Gestión
Tecnológica en Organizaciones Industriales
Esta Guía se creo en fundamento a las necesidades que solicita Venezuela de contar
con instrumentos claros y sencillos, que promuevan y faciliten el proceso de elevar la
competitividad de su parque industrial, todo esto con el fin de fortalecer el intercambio
de bienes hacia mercados foráneos y por supuesto hacia nuestro mercado interno
para así generar bienes en cantidad, calidad y a precios competitivos, que contribuyan
a equilibrar la balanzas de pagos y elevar el estándar de vida de los venezolanos
Conscientes de estas necesidades, el Ministerio de Fomento a través de la Dirección
General Sectorial de Tecnología conjuntamente con el instituto Latinoamericano de
Investigaciones Sociales (ILDIS) y FUNDACITE (Centro-Occidente) desarrollaron la Guía
de Evaluación de la Gestión Tecnológica de las Organizaciones Industriales, este
instrumento permitirá inducir y potenciar en los empresarios el proceso de asimilación
y desarrollo tecnológico
Existe la firme convicción de que esta guía se convertirá en un elemento clave para el
desarrollo de nuestra gerencia y perfeccionamiento de las negociaciones y
renegociaciones de transferencia de tecnología,
Instructivo para la Utilización de la Norma:
La misma no fue desarrollada con objetivos de fiscalización, sino exclusivamente,
como un instrumento de orientación al industrial para el proceso de autodiagnostico.
Por esta razón, no se ha establecido ninguna valoración, absoluta o relativa, de cada
uno de los instrumentos propuestos por esta norma
7. Para utilizar esta norma, la persona que dirija el análisis deberá, antes de comenzar
su trabajo, asegurarse de cumplir con las siguientes metas parciales:
• Conocer y comprender efectivamente la norma en relación con aspectos como los
siguientes:
Proceso y contenido de la gestión tecnológica tal como se formulan en la norma
Significado y utilización potencial de cada uno de los instrumentos indicados, no
solamente como herramientas de gestión productiva y gerencial sino,
adicionalmente, como instrumentos potenciadores del aprendizaje
• Conocer exhaustivamente la empresa analizada, particularmente en relación con
aspectos como los siguientes:
Origen y características de la tecnología utilizada
Modalidad de adquisición de la tecnología
Estructura gerencial y operativa de la empresa
Historial operativo y productivo de la empresa
8. Procedimiento de Análisis
Cumplidas estas actividades iniciales, la persona deberá, a través de entrevistas
realizadas a las personas que desempeñan las funciones correspondientes dentro de
la organización, identificar la disponibilidad o carencia de los instrumentos indicados
en la norma. Una vez establecida la existencia de un instrumento, el analista deberá
proceder a establecer o calificar la calidad y utilización del mismo. Se han
contemplado hasta cuatro niveles de calificación para cada uno de los instrumentos
9. La tabla a continuación ilustra las características de valorización que deberá orientar la
calificación de cada uno de los instrumentos
10. Ministerio de Ciencia y Tecnología
El Ministerio de Ciencia y Tecnología es un organismo existente en algunos países,
perteneciente al poder ejecutivo, que se encarga de ejecutar las políticas relacionadas
con la ciencia, la tecnología y la innovación productiva.
Algunos países tienen ministerios exclusivamente de ciencia y tecnología. Otros países
incluyen dicha área en el Ministerio de Educación o el Ministerio de Industria.
Finalmente algunos países no tienen un área administrativa de alto nivel dedicada a la
ciencia y la tecnología
Venezuela
Venezuela tiene un Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCT) desde 1999. En 2009 se
fusionaron los Ministerios de Ciencia y Tecnología, Telecomunicaciones e Informática, y
parte del Ministerio de Industrias y Comercio bajo el nuevo Ministerio del Poder
Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (MCTI), con la intención de
"impulsar procesos de investigación, innovación, producción y transferencia de
conocimiento, con pertinencia a los problemas y demandas fundamentales que afectan
a la sociedad venezolana“. En 2012 el Ministerio regresa al nombre de Ministerio del
Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación. En 2014 pasa a llamarse
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología.
11. Institutos de Investigación y Desarrollo en Venezuela
La década de los años 50 es considerada la época en la que comienza la
institucionalización de la ciencia y el desarrollo de una verdadera política científica en
Venezuela que dio paso a la producción de conocimiento científico sistemático,
financiado, con reconocimiento social y con el apoyo directo del estado venezolano o
de la empresa privada. Durante estos años iniciales la política científica en Venezuela
le dio mayor peso a las ciencias básicas que a las ciencias aplicadas y el desarrollo
tecnológico, de ahí se originaron una gran variedad de institutos orientados en el
campo de desarrollo e investigación
• El Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC): es un organismo
autónomo adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria,
Ciencia y Tecnología (MppEUCT) de la República Bolivariana de Venezuela. El IVIC
tiene como misión generar conocimiento a través de la investigación científica
básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la formación de talento humano de
alto nivel en Venezuela. Durante más de cincuenta años ha servido de fuente de
acopio informativo en el área y es reconocido, nacional e internacionalmente,
como un importante centro de asesoramiento, consulta y facilitador de servicios en
las ramas de las ciencias físicas, químicas, biológicas, médicas, matemáticas,
ciencias sociales, entre otras.
12. • CENDIT, Centro Nacional de Desarrollo e Investigación en Telecomunicaciones: Es
un centro de desarrollo tecnológico e investigación científica que se constituye
como una Fundación del Estado sin fines de lucro. Entre sus principales funciones
está el de promover e impulsar el desarrollo e investigación de las
telecomunicaciones en Venezuela, orientando sus líneas de acción en función de las
directrices establecidas en los planes de desarrollo del país. El CENDIT mantiene
relaciones con otros centros nacionales e internacionales con el fin de intercambiar
experiencias y llevar a cabo proyectos comunes que ayuden a fortalecer los
programas de desarrollo en el sector de las telecomunicaciones
• CIDA, Centro de Investigaciones de Astronomía: La Fundación Centro de
Investigaciones de Astronomía "Francisco J. Duarte" (CIDA) es una institución del
estado venezolano, creada en 1975, que tiene por objeto realizar, promover y
difundir las actividades de observación, investigación y estudios teóricos y
experimentales en el campo de la astronomía; estimular el intercambio técnico y
científico con instituciones similares nacionales o extranjeras; contribuir al
perfeccionamiento de su personal y al de los astrónomos del país; difundir los
resultados de las investigaciones y estudios que realice el Centro y facilitar sus
instalaciones a tales fines.
13. • ABAE, Agencia Bolivariana para Actividades Espaciales: Diseña, coordina y ejecuta
las políticas emanadas del Ejecutivo Nacional relacionadas con el uso pacífico del
espacio ultraterrestre, y actuar como el ente descentralizado especializado en
materia aeroespacial en el país. Es el organismo encargado del Proyecto Estratégico
Satélite Simón Bolívar
• CENDES: La creación de CENDES ocurre en un momento crucial del acontecer
venezolano cuando el país regresa a la vida democrática y se respira un aire
optimista en torno a la necesidad de la Planificación del Desarrollo y en la región se
tenía grandes esperanzas en superar las trabas que imponía el subdesarrollo. El
CENDES inició sus actividades docentes impartiendo cuatro cursos intensivos en
materia de la Planificación del Desarrollo Económico, Programación y Diseño de la
Vivienda Popular y Preparación de Proyectos de Inversión Industrial y Elaboración
de Presupuestos-Programa. Poco tiempo después, se abrió el Primer Curso de
Programación Integral del Desarrollo, siendo el primer postgrado en Ciencias de
Desarrollo impartido en Venezuela y en América Latina. Simultáneamente con las
actividades docentes, se incorpora un relevante programa de investigaciones, el cual
se centró en el análisis del cambio social, económico y espacial en Venezuela y en la
elaboración de métodos de la Planificación. Para la realización de estas
investigaciones, el CENDES contó con la cooperación financiera y técnica de
instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales
14. • FONACIT, Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación: Es la institución
encargada de apoyar financieramente la ejecución de los programas y proyectos
definidos por el ente rector del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, así como
administrar los recursos financieros destinados al funcionamiento integral de la
ciencia, la tecnología y la innovación, velando por su adecuada distribución
• INZIT, Instituto Zuliano de Investigaciones Tecnológicas: Es una Fundación cuya
orientación básica está determinada hacia la generación de conocimientos,
Investigación aplicada y prestación de Servicios Técnicos, Asesoría y Asistencia
Tecnológica, principalmente en las áreas de Ambiente, Carbón, Metalurgia y
Metalmecánica, Química y Petróleo, con la finalidad de atender a los diversos
sectores productivos de la Región Zuliana y del País, sirviendo como Laboratorio
de Referencia al Ejecutivo Regional y Nacional en todas las áreas de su acción,
mediante la realización de todas sus actividades con responsabilidad, ética,
eficiencia profesional, eficacia, capacidad de respuesta inmediata y en función
competitiva, para producir y ofertar servicios tecnológicos de óptima calidad,
mediante acreditaciones y certificaciones nacionales e internacionales, siendo
además un Centro de Docencia para la formación de Recursos Humanos
especializados.
15. • CENDITEL, Centro Nacional de Desarrollo e Investigación en Tecnologías Libres:
Impulsa a escala nacional las tecnologías de información y comunicación con
estándares libres, promoviendo la investigación y el desarrollo de productos
innovadores que conduzcan a la soberanía tecnológica del país.
• CNTQ, Centro Nacional De Tecnología Química: El Centro Nacional de Tecnología
Química: es una fundación del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y la
Tecnología, cuyo objetivo fundamental es generar soluciones tecnológicas a las
necesidades de los sectores químico, petroquímico y de procesos en general para
fortalecer la capacidad tecnoproductiva de la industria nacional, mediante la
promoción de proyectos conjuntos de investigación, desarrollo e innovación, entre
el sector industrial y el académico
16. • Quimbiotec. C.A., Quimbiotec: Es una Empresa sin fines de lucro perteneciente al
Estado Venezolano, cuya misión es la elaboración y comercialización de derivados
sanguíneos y otros productos químicos y biológicos de alta tecnología para
satisfacer las demandas del mercado venezolano y proyectarse hacia la Región
Andina. Sus accionistas son el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas
(IVIC) y el Fondo de Inversiones de Venezuela (FIV)
• ONCTI, Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación: Es la institución
encargada de propiciar estrategias que conviertan la información en oportunidad,
para fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, contribuir a la formulación de
políticas públicas, generar los indicadores de ciencia, tecnología e innovación, y
realizar la búsqueda, detección y seguimiento de la información y el análisis de la
misma.
17. • IDEA, Fundación Instituto de Estudios Avanzados: Es una Fundación Instituto de
Estudios Avanzados (IDEA) Tiene por objetivo la creación de actividades de
investigación, docencia, información y servicios en los diversos campos del saber,
con particular énfasis en sus nexos interdisciplinarios y la aplicación que puedan
tener en los problemas de nuestro país.
• CIEPE, Centro de Investigaciones del Estado para la Producción Experimental
Agroindustrial. El Centro de Investigación del Estado para la Producción
Experimental Agroindustrial es una Institución que ejecuta actividades con énfasis
en los procesos tecnológicos como el acondicionamiento y transformación de 5
productos de origen agrícola a través de la investigación aplicada, capacitación y
asistencia técnica especializada
18. • CODECYT, S.A La Corporación para el Desarrollo Científico y Tecnológico: tiene por
objeto la realización de actividades relacionadas con el fomento, desarrollo,
inversión y promoción del sector tecnológico y científico venezolano, que se hará
extensivo a todas las ramas conexas de la ciencia y la tecnología a los fines de
rescatar, fortalecer, impulsar y asistir al sector productivo y social, asociaciones
cooperativas, instituciones públicas y privadas, universidades y centros de
educación superior, de investigación, desarrollo e innovación y nodos de alta
tecnología, para crear y desarrollar la capacidad nacional tecnológica y científica
con el fin de alcanzar la soberanía tecnológica
• FIDETEL, Fondo de Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones: Cuenta con
carácter de patrimonio separado, dependiente del Ministerio para Ciencia,
Tecnología e Industrias Intermedias, cuyo objetivo primordial es coordinar,
impulsar y facilitar el fortalecimiento de la investigación y el desarrollo de las
telecomunicaciones, garantizando además que todos los esfuerzos estén
orientados a generar impacto positivo en los beneficiarios. El Fondo de
Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones tendrá por finalidad
garantizar el financiamiento de la Investigación y desarrollo en el sector de las
telecomunicaciones. ™
19. • FONACIT, Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación: Es la institución
encargada de apoyar financieramente la ejecución de los programas y
proyectos definidos por el ente rector del Sistema Nacional de Ciencia y
Tecnología, así como administrar los recursos financieros destinados al
funcionamiento integral de la ciencia, la tecnología y la innovación, velando
por su adecuada distribución.
• FUNVISIS, Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas: Es la
institución oficial encargada de realizar y promover, en forma permanente y
de acuerdo con las necesidades del país, investigaciones y estudios
especializados en sismología, ciencias geológicas y de ingeniería sísmica, con
fines de reducción de la vulnerabilidad, así como también de divulgar los
nuevos conocimientos de las ciencias respectivas, participar en la formación
de personal especializado e instalar, operar y mantener las redes sismológica
y acelerográfica nacionales.