El documento habla sobre las nuevas responsabilidades de los municipios mexicanos derivadas de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Explica que la Ley de Transparencia del Estado de México y los municipios necesita ser actualizada para cumplir con los estándares de la ley federal, la cual establece nuevos conceptos y obligaciones como la creación de un sistema nacional de transparencia. También compara las obligaciones comunes y específicas de la ley local con las de la ley federal, señalando que la ley local sólo cont
Presentación Ley General de Transparencia comparada con Ley de Transparencia ...Ernesto Iturbe
Presentación Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública comparada con Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública el Estado de Jalisco y sus Municipios
Ley de Baja California vs Ley General de TransparenciaErnesto Iturbe
La ley de transparencia de Baja California requiere varias modificaciones para armonizarse con la Ley General de Transparencia mexicana. Se necesita incorporar nuevos conceptos, obligaciones, capítulos y definiciones establecidos en la ley nacional, así como ajustar los principios, sujetos obligados y competencias del organismo garante estatal para cumplir con los estándares nacionales.
El documento describe las principales modificaciones a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a la ley local derivadas de dicha reforma. Se amplían los sujetos obligados, se crea un nuevo organismo garante federal autónomo y sus resoluciones son vinculatorias. También se establecen nuevas obligaciones de transparencia para los sujetos obligados y se regula el procedimiento para denunciar incumplimientos.
El documento resume los antecedentes internacionales y nacionales sobre la legislación de acceso a la información, incluyendo convenciones, leyes y decretos. También destaca aspectos relevantes del proyecto de ley boliviano como la definición de información pública, los principios, los medios de difusión y los costos. Por último, identifica tareas clave para la implementación de la ley como clasificar la información, crear formatos de solicitud y capacitar funcionarios y ciudadanos.
La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Perú tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho al acceso de la información. Obliga a todas las entidades públicas a designar funcionarios responsables de brindar información a cualquier persona que la solicite y publicarla en portales de transparencia. Estos portales deben contener datos presupuestales, de adquisiciones, remuneraciones y más con el fin de garantizar el derecho de acceso a la información pública.
Las organizaciones políticas en Ecuador están obligadas por la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) a difundir cierta información en sus páginas web, presentar informes anuales a la Defensoría del Pueblo, y publicar informes sobre el uso de fondos públicos. También deben atender solicitudes de información pública de acuerdo con los procedimientos establecidos en la LOTAIP.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, con excepción de datos personales sensibles. También crea un Consejo para la Transparencia encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
Presentación Ley General de Transparencia comparada con Ley de Transparencia ...Ernesto Iturbe
Presentación Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública comparada con Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública el Estado de Jalisco y sus Municipios
Ley de Baja California vs Ley General de TransparenciaErnesto Iturbe
La ley de transparencia de Baja California requiere varias modificaciones para armonizarse con la Ley General de Transparencia mexicana. Se necesita incorporar nuevos conceptos, obligaciones, capítulos y definiciones establecidos en la ley nacional, así como ajustar los principios, sujetos obligados y competencias del organismo garante estatal para cumplir con los estándares nacionales.
El documento describe las principales modificaciones a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a la ley local derivadas de dicha reforma. Se amplían los sujetos obligados, se crea un nuevo organismo garante federal autónomo y sus resoluciones son vinculatorias. También se establecen nuevas obligaciones de transparencia para los sujetos obligados y se regula el procedimiento para denunciar incumplimientos.
El documento resume los antecedentes internacionales y nacionales sobre la legislación de acceso a la información, incluyendo convenciones, leyes y decretos. También destaca aspectos relevantes del proyecto de ley boliviano como la definición de información pública, los principios, los medios de difusión y los costos. Por último, identifica tareas clave para la implementación de la ley como clasificar la información, crear formatos de solicitud y capacitar funcionarios y ciudadanos.
La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Perú tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho al acceso de la información. Obliga a todas las entidades públicas a designar funcionarios responsables de brindar información a cualquier persona que la solicite y publicarla en portales de transparencia. Estos portales deben contener datos presupuestales, de adquisiciones, remuneraciones y más con el fin de garantizar el derecho de acceso a la información pública.
Las organizaciones políticas en Ecuador están obligadas por la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) a difundir cierta información en sus páginas web, presentar informes anuales a la Defensoría del Pueblo, y publicar informes sobre el uso de fondos públicos. También deben atender solicitudes de información pública de acuerdo con los procedimientos establecidos en la LOTAIP.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, con excepción de datos personales sensibles. También crea un Consejo para la Transparencia encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, con excepción de datos personales sensibles. También crea el Consejo para la Transparencia encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, entre otros aspectos, con el fin de facilitar el acceso de la ciudadanía a los asuntos públicos. También crea un Consejo de Transparencia encargado de velar por
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, entre otros aspectos, con el fin de facilitar el acceso de la ciudadanía a los asuntos públicos. También crea un Consejo de Transparencia encargado de velar por
El documento resume los principales aspectos relacionados con el derecho humano de acceso a la información pública según la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Política de Guatemala. También describe qué información se considera pública, quiénes deben publicarla, bajo qué principios y con qué frecuencia debe actualizarse.
El documento presenta una introducción a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en México. Resume la evolución histórica del derecho de acceso a la información en tratados internacionales y en la legislación mexicana desde 1977 hasta la actual Ley General de 2015. Explica los principales conceptos y disposiciones de la Ley, incluyendo los sujetos obligados a transparentar información, las obligaciones de transparencia, los procedimientos de acceso a la información y clasificación de información.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero...secof
Lic. Elizabeth Patrón Osorio
Directora General de Transparencia y Acceso a la Información
Presentación de la XXV Reunión de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales. 23 de septiembre de 2010.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También crea el Instituto Federal de Acceso a la Información para supervisar la aplicación de la ley y promover la transparencia. La ley busca garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y mejorar la rendición de cuentas del gobierno.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También define la información que debe hacerse pública, como estructuras organizativas, presupuestos y contratos. Además, especifica la información que puede ser reservada por razones de seguridad nacional o privacidad.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También crea el Instituto Federal de Acceso a la Información para supervisar la aplicación de la ley y promover la transparencia. La ley busca garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y mejorar la rendición de cuentas del gobierno.
Este documento describe la ley de transparencia y acceso a la información pública en el Perú. Resume que la ley establece el derecho de los ciudadanos a solicitar y recibir información del gobierno, con el objetivo de promover la transparencia y combatir la corrupción. Sin embargo, aún existen barreras como la cultura del secreto en el sector público y el cumplimiento limitado de las medidas para publicar información en portales del gobierno. El documento concluye que se han logrado avances, pero quedan desafíos pendientes para est
La iniciativa de ley propone reformar la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California para ampliar el acceso a la información pública de los ciudadanos. Algunas de las principales propuestas son ampliar la definición de sujetos obligados a proveer información, crear un Instituto de Transparencia como órgano garante, e implementar procedimientos más ágiles para la revisión de solicitudes de información. El objetivo general es garantizar una mayor rendición de cuentas por parte
Ley federal de transparencia y acceso a la información pública 14 julio 2014Richard Pastor Hernandez
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. Establece que toda la información gubernamental es pública y que las personas tendrán derecho a acceder a ella, a menos que se clasifique como reservada por razones de seguridad nacional, relaciones internacionales u otros motivos. También obliga a los sujetos gubernamentales a publicar activamente cierta información como su estructura, presupuesto y contrataciones, y establece procedimientos para que el público solicite y ob
Este documento es el decreto 149 de la Sexagésima Legislatura del estado de Zacatecas, México, que aprueba una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado. El decreto describe el proceso legislativo para aprobar la ley, incluyendo la presentación de la iniciativa, su turno a comisiones, modificaciones propuestas y aprobadas. Finalmente, el decreto enlista las razones por las cuales la transparencia y acceso a la información son derechos fundamentales para la democracia y el
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública
DECRETO SUPREMO Nº 072-2003-PCM
(*) El Anexo del presente Decreto Supremo, se publicó el 13-08-2003.
México, D.F., a 30 de octubre de 2015
INAI/175/15
LEY GENERAL AMPLÍA RESPONSABILIDADES A CONTADORES PÚBLICOS PARA RENDIR CUENTAS A LA SOCIEDAD: XIMENA PUENTE DE LA MORA
Este documento es una ley chilena de 2008 sobre el acceso a la información pública. Establece el derecho de acceso de cualquier persona a la información de los órganos de la administración del estado, con excepciones. Requiere que los organismos públicos mantengan su información de forma pública y actualizada en sus sitios web, incluyendo su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites y presupuesto. También establece principios como la transparencia, libertad de información y no discriminación para
Este documento presenta un resumen de tres oraciones de una ley chilena sobre acceso a la información pública. La ley establece el principio de transparencia en el gobierno y el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública, a menos que se apliquen excepciones. También requiere que las agencias gubernamentales publiquen información como su estructura, personal, contratos, subsidios y presupuestos en sus sitios web de forma accesible y actualizada. Los ciudadanos pueden presentar quejas ante un conse
Este documento describe la obligación legal de las municipalidades de proporcionar información pública de acuerdo con la Constitución, la Ley de Acceso a la Información Pública y el Código Municipal. Establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de las municipalidades sobre sus actividades, finanzas y procesos. Asimismo, las municipalidades deben crear unidades de información y portales electrónicos para facilitar el acceso a la información de manera proactiva.
La ley N°20.285 establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Introdujo los conceptos de transparencia activa y pasiva, y creó un Consejo para la Transparencia para resolver solicitudes de información. Aplica a organismos del Estado y algunas empresas públicas. Evaluaciones muestran niveles altos de cumplimiento aunque se necesitan mejoras, especialmente a nivel municipal. El Consejo ha interpretado la ley de forma de favorecer la máxima publicidad de información posible.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de México. La ley tiene como objetivo garantizar el derecho de acceso a la información pública en poder de autoridades y entidades federales, y establece la obligación de estas de transparentar y permitir el acceso a la información, excepto cuando ésta puede ser clasificada como reservada temporalmente por razones de interés público o seguridad nacional. La ley también define los sujetos obligados a aplicarla y sus responsabilidades para cumplir con
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, con excepción de datos personales sensibles. También crea el Consejo para la Transparencia encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, entre otros aspectos, con el fin de facilitar el acceso de la ciudadanía a los asuntos públicos. También crea un Consejo de Transparencia encargado de velar por
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, entre otros aspectos, con el fin de facilitar el acceso de la ciudadanía a los asuntos públicos. También crea un Consejo de Transparencia encargado de velar por
El documento resume los principales aspectos relacionados con el derecho humano de acceso a la información pública según la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos y la Constitución Política de Guatemala. También describe qué información se considera pública, quiénes deben publicarla, bajo qué principios y con qué frecuencia debe actualizarse.
El documento presenta una introducción a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en México. Resume la evolución histórica del derecho de acceso a la información en tratados internacionales y en la legislación mexicana desde 1977 hasta la actual Ley General de 2015. Explica los principales conceptos y disposiciones de la Ley, incluyendo los sujetos obligados a transparentar información, las obligaciones de transparencia, los procedimientos de acceso a la información y clasificación de información.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero...secof
Lic. Elizabeth Patrón Osorio
Directora General de Transparencia y Acceso a la Información
Presentación de la XXV Reunión de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales. 23 de septiembre de 2010.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También crea el Instituto Federal de Acceso a la Información para supervisar la aplicación de la ley y promover la transparencia. La ley busca garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y mejorar la rendición de cuentas del gobierno.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También define la información que debe hacerse pública, como estructuras organizativas, presupuestos y contratos. Además, especifica la información que puede ser reservada por razones de seguridad nacional o privacidad.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También crea el Instituto Federal de Acceso a la Información para supervisar la aplicación de la ley y promover la transparencia. La ley busca garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y mejorar la rendición de cuentas del gobierno.
Este documento describe la ley de transparencia y acceso a la información pública en el Perú. Resume que la ley establece el derecho de los ciudadanos a solicitar y recibir información del gobierno, con el objetivo de promover la transparencia y combatir la corrupción. Sin embargo, aún existen barreras como la cultura del secreto en el sector público y el cumplimiento limitado de las medidas para publicar información en portales del gobierno. El documento concluye que se han logrado avances, pero quedan desafíos pendientes para est
La iniciativa de ley propone reformar la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California para ampliar el acceso a la información pública de los ciudadanos. Algunas de las principales propuestas son ampliar la definición de sujetos obligados a proveer información, crear un Instituto de Transparencia como órgano garante, e implementar procedimientos más ágiles para la revisión de solicitudes de información. El objetivo general es garantizar una mayor rendición de cuentas por parte
Ley federal de transparencia y acceso a la información pública 14 julio 2014Richard Pastor Hernandez
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. Establece que toda la información gubernamental es pública y que las personas tendrán derecho a acceder a ella, a menos que se clasifique como reservada por razones de seguridad nacional, relaciones internacionales u otros motivos. También obliga a los sujetos gubernamentales a publicar activamente cierta información como su estructura, presupuesto y contrataciones, y establece procedimientos para que el público solicite y ob
Este documento es el decreto 149 de la Sexagésima Legislatura del estado de Zacatecas, México, que aprueba una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado. El decreto describe el proceso legislativo para aprobar la ley, incluyendo la presentación de la iniciativa, su turno a comisiones, modificaciones propuestas y aprobadas. Finalmente, el decreto enlista las razones por las cuales la transparencia y acceso a la información son derechos fundamentales para la democracia y el
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública
DECRETO SUPREMO Nº 072-2003-PCM
(*) El Anexo del presente Decreto Supremo, se publicó el 13-08-2003.
México, D.F., a 30 de octubre de 2015
INAI/175/15
LEY GENERAL AMPLÍA RESPONSABILIDADES A CONTADORES PÚBLICOS PARA RENDIR CUENTAS A LA SOCIEDAD: XIMENA PUENTE DE LA MORA
Este documento es una ley chilena de 2008 sobre el acceso a la información pública. Establece el derecho de acceso de cualquier persona a la información de los órganos de la administración del estado, con excepciones. Requiere que los organismos públicos mantengan su información de forma pública y actualizada en sus sitios web, incluyendo su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites y presupuesto. También establece principios como la transparencia, libertad de información y no discriminación para
Este documento presenta un resumen de tres oraciones de una ley chilena sobre acceso a la información pública. La ley establece el principio de transparencia en el gobierno y el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública, a menos que se apliquen excepciones. También requiere que las agencias gubernamentales publiquen información como su estructura, personal, contratos, subsidios y presupuestos en sus sitios web de forma accesible y actualizada. Los ciudadanos pueden presentar quejas ante un conse
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Este documento presenta un resumen de tres oraciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de México. La ley tiene como objetivo garantizar el derecho de acceso a la información pública en poder de autoridades y entidades federales, y establece la obligación de estas de transparentar y permitir el acceso a la información, excepto cuando ésta puede ser clasificada como reservada temporalmente por razones de interés público o seguridad nacional. La ley también define los sujetos obligados a aplicarla y sus responsabilidades para cumplir con
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Leyes magistrales
1. El Acceso a la Información en el
Municipio Mexicano
Responsabilidades nuevas derivadas de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública
Mtro. Javier Martínez Cruz
Comisionado
2. Reforma Constitucional
CPEUM. ARTÍCULO 6……..
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna,
así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por
cualquier medio de expresión.
DOF el 07 de febrero del 2014, se modifica la fracción I, IV, V y la VIII
(Autonomía del IFAI) del apartado A :
I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo
de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos
políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral
o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el
ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada
temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos
que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio
de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que
derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los
supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la
información. disponibles, información completa y actualizada, de sus indicadores de
gestión y ejercicio de sus recursos públicos.
3. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de México y Municipios
FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA
LEY.
30 de abril del 2004.
1ª REFORMA 28 de diciembre del 2004
2ª REFORMA 29 de diciembre del 2006
3ª REFORMA 1 de febrero del 2007
4ª REFORMA 24 de julio del 2008
5ª REFORMA 02 de agosto de 2011
6ª REFORMA 31 de agosto del 2012
7ª REFORMA 29 de julio del 2013
4. Publicación de la LGT
La Ley General de Transparencia fue publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015, la cual establece en
su artículo quinto transitorio que: “El Congreso de la Unión, las
legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal, tendrán un plazo de hasta un año, contado a partir de la
entrada en vigor del presente Decreto, para armonizar las leyes
relativas”
Nuestra Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de México y Municipios, requiere de varias modificaciones
para armonizarse con los estándares que establece la LGT, debido a
dicha Ley se han establecido nuevos conceptos, y obligaciones que
se deberán incorporar, incluso capítulos adicionales como los
relativos al Sistema Nacional de Transparencia y Gobierno Abierto.
5. Estructura de la LGT
TÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO SEGUNDO: RESPONSABLES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y
ACCESO A LA INFORMACIÓN.
TÍTULO TERCERO: PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA.
TÍTULO CUARTO: CULTURA DE TRANSPARENCIA Y APERTURA
GUBERNAMENTAL .
TÍTULO QUINTO: OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA.
TÍTULO SEXTO: INFORMACIÓN CLASIFICADA.
TÍTULO SÉPTIMO: PROCEDIMIENTOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA.
TÍTULO OCTAVO: DE LOS PROCEDIMIENTOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA
DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
TÍTULO NOVENO: MEDIDAS DE APREMIO Y SANCIONES
6. Aspectos a resaltar de la LGT
Obligaciones de los Sujetos Obligados.
Entre otras:
• Constituir el Comité de Transparencia y las Unidades de Transparencia
(Antes Unidades de Información)
• Los titulares, preferentemente, deben contar con experiencia en la materia;
• Constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión
documental, conforme a la normatividad aplicable;
• Promover que la información esté en Formatos Abiertos y Accesibles;
• Fomentar el uso de tecnologías de la información;
• Dar atención a las recomendaciones de los Organismos garantes.
7. Unidad de Transparencia
LTAIP
TITULO CUARTO. DEL ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Capítulo II. De las Unidades de Información (artículo 32 al artículo 38)
LGT
TITULO SEGUNDO. RESPONSABLES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA
INFORMACION PUBLICA
Capítulo IV. De las Unidades de Transparencia (artículo 45 y artículo 46)
(LTAIP) artículo 34. El responsable de la Unidad de Información deberá tener el perfil adecuado
para el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de la presente Ley.
(LGT) artículo 45. Los sujetos obligados designarán al responsable de la Unidad de Transparencia
que tendrá las siguientes funciones:
I. Recabar y difundir la información a que se refieren los Capítulos II, III, IV y V del Título Quinto de esta Ley,
así como la correspondiente de la Ley Federal y de las Entidades Federativas y propiciar que las Áreas la
actualicen periódicamente, conforme la normatividad aplicable. (LTAIP. Recabar, difundir y actualizar).
II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información.
III. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso,
orientarlos sobre los sujetos obligados (lugar) competentes conforme a la normatividad aplicable.
IV. Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información.
V. Efectuar las notificaciones a los solicitantes (particulares).
8. Unidad de Transparencia
(LTAIP) artículo 34. El responsable de la Unidad de Información deberá tener el perfil adecuado
para el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de la presente Ley.
(LGT) artículo 45. Los sujetos obligados designarán al responsable de la Unidad de Transparencia
que tendrá las siguientes funciones:
VI. Proponer al Comité de Transparencia los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la
gestión (atención) de las solicitudes de acceso a la información, conforme a la normatividad aplicable.
VII. Proponer personal habilitado que sea necesario (en cada unidad administrativa) para recibir y dar trámite a
las solicitudes de acceso a la información.
VIII. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de
reproducción y envío.
IX. Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad.
X. Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado.
XI. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las
obligaciones previstas en la presente Ley y en las demás disposiciones aplicables, y
Los sujetos obligados promoverán acuerdos con instituciones públicas especializadas que pudieran
auxiliarles a entregar las repuestas a solicitudes de información, en la lengua indígena, braille o
cualquier formato accesible correspondiente, en forma más eficiente.
9. Unidad de Transparencia
Cuando alguna Área de los sujetos obligados se negara a colaborar con la
Unidad de Transparencia, ésta dará aviso al superior jerárquico para que le
ordene realizar sin demora las acciones conducentes.
Cuando persista la negativa de colaboración, la Unidad de Transparencia lo
hará del conocimiento de la autoridad competente para que ésta inicie, en su caso,
el procedimiento de responsabilidad respectivo.
Artículo 46 (LGT)
10. Aspectos a resaltar de la LGT
Obligaciones comunes.
(Aquellas que deben cumplir
todos los sujetos obligados)
11. Obligaciones Comunes
Obligación prevista en la LGT
(artículo 70)
¿Regulada en
la Ley Local
(artículo 12)?
Observaciones significativas que deberán
consideradas en la elaboración de la Ley Local
Marco normativo ✓ Sin observación
Estructura Orgánica X Ahora será de todos los servidores públicos y no
únicamente de mandos medios y superiores.
Facultades de cada Área X Deberá agregarse a la Ley Local.
Indicadores de interés público
o trascendencia social
✓ Se debe modificar para ajustarla con los fines
propuestos
Metas y Objetivos de Cada
Área
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Indicadores que permitan
rendir cuentas y objetivos
X Se debe modificar para ajustarla con los fines
propuestos
Directorio de Servidores
Públicos
X Se debe modificar para ajustarla con los fines
propuestos.
Remuneración y prestaciones ✓ Incluye a todos los servidores públicos y todo tipo
de percepciones y/o prestaciones
Gastos de representación y
viáticos
X Deberá agregarse a la Ley Local.
12. Obligación prevista en la LGT
(artículo 70)
¿Regulada en
la Ley Local
(artículo 12)?
Observaciones significativas que deberán
consideradas en la elaboración de la Ley Local
Número total de plazas X Deberá agregarse a la Ley Local.
Contratación de servicios
profesionales
✓ Especificar que se trata de contratos en esta
modalidad
Versión Pública de las
Declaraciones de los Servidores
Públicos
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Domicilio de la Unidad de
Transparencia
✓ Sin Observación.
Programas de subsidio y apoyo X Deberá agregarse a la Ley Local.
Condiciones Generales de
Trabajo, Contratos o Convenios
que regulen relaciones laborales
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Información curricular X Deberá agregarse a la Ley Local, además deben
agregarse las sanciones administrativas que se
les haya impuesto.
Obligaciones Comunes
Las convocatorias a concurso
para ocupar cargos públicos y
sus resultados
X Deberá agregarse a la Ley Local.
13. Obligación prevista en la LGT
(artículo 70)
¿Regulada en la
Ley Local
(artículo 12)?
Observaciones significativas que
deberán consideradas en la
elaboración de la Ley Local
Servicios, trámites y formatos ✓ Sin Observación
Presupuesto asignado y deuda pública ✓ Sin Observación
Montos de comunicación social y
publicidad
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Informe de resultados de auditorias ✓ Sin Observación
Estados Financieros ✓ Sin Observación
Montos, criterios y listado de personas
a las que se les asigna recursos
públicos
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Concesiones, licitaciones, licencias y
permisos
✓ Se deberán publicar más datos y
documentos de los que actualmente se
divulgan.
Obligaciones Comunes
14. Obligación prevista en la LGT
(artículo 70)
¿Regulada en la Ley Local
(artículo 12)?
Observaciones significativas que
deberán consideradas en la
elaboración de la Ley Local
Informes y Estadísticas ✓ Sin Observación
Padrón de proveedores y
contratistas
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Convenios de coordinación ✓ Sin observación.
Inventario de bienes muebles e
inmuebles
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Recomendaciones recibidas en
materia de derechos humanos
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Resoluciones y laudos emitidos en
forma de juicios
X Deberá agregarse a la Ley Local.
Mecanismos de participación
ciudadana
✓ Sin observación.
Actas y resoluciones del Comité de
Transparencia
✓ Contenida de un modo más
general.
Obligaciones Comunes
15. Obligación prevista en la LGT
(artículo 70)
¿Regulada en la Ley Local
(artículo 12)?
Observaciones significativas
que deberán consideradas en
la elaboración de la Ley Local
Evaluaciones y encuestas
financiados con recursos públicos
X Deberá agregarse a la Ley
Local.
Listado de Jubilados y
pensionados
X Deberá agregarse a la Ley
Local.
Ingresos recibidos por cualquier
concepto
X Deberá agregarse a la Ley
Local.
Donaciones hechas a terceros X Deberá agregarse a la Ley
Local.
Cualquier otra información que
sea de utilidad o que responda a
preguntas frecuentes del público
X Deberá agregarse a la Ley
Local.
Obligaciones Comunes
16. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Estado de México y Municipios
contiene:
El 33 por ciento de las obligaciones, es decir que sólo
tiene 16 rubros de la Ley General de Transparencia:
2 de forma total, y 14 parcialmente.
Omite 32.
Obligaciones Comunes
17. Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Estado de México:
Información Pública de Oficio (artículo 12)
XXIII fracciones.
La especifica del municipio (tres fracciones
más), desarrollo de obras, PDM, Protección
Civil.
Obligaciones Específicas
18. Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública.
I. En el caso del Poder Ejecutivo Federal, los poderes ejecutivos de los estados, el
Órgano Ejecutivo del Distrito Federal y los municipios:
• El Plan Nacional de Desarrollo, los planes estatales de desarrollo o el
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda;
• El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos
otorgados;
Información Pública Común (artículo 70) XLVIII fracciones.
Artículo 71; además de lo señalado en el artículo anterior de la presente ley, los
sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades
Federativas y municipales deberán poner a disposición del público y actualizar
la siguiente información:
Obligaciones Específicas
19. • El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas, que incluya cuando menos la fecha de
expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;
• El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a
los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos
respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las
disposiciones fiscales;
• Los listados de las personas que han recibido exenciones, cancelaciones y condonaciones en
materia tributaria, vinculando nombre y monto;
• Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como corredores y notarios
públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de
otorgamiento de la patente, y las sanciones que se les hubieran aplicado; y
• La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento
territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas
por los gobiernos municipales.
• Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con
el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se
trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la
disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas
disposiciones.
Obligaciones Específicas
20. Adicionalmente, en el
caso de los municipios:
El contenido de las gacetas municipales,
las cuales deberán comprender los
resolutivos y acuerdos aprobados por
los ayuntamientos; y
Las actas de sesiones de cabildo, los
controles de asistencia de los integrantes
del Ayuntamiento a las sesiones de
cabildo y el sentido de votación de los
miembros del cabildo sobre las
iniciativas o acuerdos
Obligaciones Específicas
21. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios
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