Guía de apoyo para una clase en el máster de la UC3M sobre teleco, internet y demás, en el módulo de PI.
Estas son las preguntas tipo test propuestas a los alumnos:
Aquí tienes las preguntas:
1) Por el contrato de producción de la obra cinematográfico se presume cedido, entre otros derechos, el siguiente:
a.- El derecho de doblaje de la obra.
b.- El derecho de transformación en sentido amplio de la obra.
c.- El derecho de puesta a disposición para su uso en el ámbito doméstico.
d.- El derecho de comunicación pública a través de radiodifusión.
2) A través del contrato de producción, el derecho de reproducción de las obras audiovisuales se presume cedido:
a.- En forma no exclusiva a los intérpretes y ejecutantes.
b.- En forma exclusiva al director-realizador y al productor.
c.- En forma exclusiva al productor.
d.- En forma no exclusiva al productor.
3) Mediante el contrato de transformación de una obra preexistente que no esté en el dominio público, se presumirá que el autor de la misma cede al productor:
a.- La autoría de la obra.
b.- El derecho a explotarla en forma de edición gráfica.
c.- El derecho de representación escénica.
d.- Ninguno de los anteriores.
4) El derecho moral de los autores podrá ser ejercido:
a.- Sobre las versiones previas y sobre la definitiva de la obra audiovisual.
b.- Solo sobre la versión definitiva de la obra audiovisual.
c.- Sobre las versiones previas, por el director-realizador y el productor.
d.- Ninguna de las anteriores.
Introducción al licenciamiento libre y abierto en la realización audiovisual. Láminas de la charla del 19 de septiembre de 2014 en INJU, en el marco del Primer Ciclo de Cortos Libres organizado por Escafandra Films.
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Creative commons, copyright & copyleft. Licencias de distribución para la doc...soniasoriagaya
Licencias de distribución para la preparación de material didáctico. Ejercicio en el curso de Docencia para la Formación, del certificado profesional del mismo nombre.
En esta presentación, se explica desde qué es un autor y los derechos que adquiere al publicar o hacer una obra, se explica también a cerca de los derechos de autor en Internet.
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Sentencia del caso Anonymous - Stc. 224/2016 Penal nº 3 GijónAbanlex
La sentencia, en el caso en el que Abanlex defiende a uno de los acusados de pertenecer a la cúpula española de Anonymous, concluye como sigue:
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La normativa vigente en España exige conocer el detalle de estos ataques. Si los delincuentes acceden y violan datos personales, la empresa española está obligada a notificar o denunciar, según el caso, los hechos a la Agencia Española de Protección de Datos. Ante ciertos ataques, también es obligatoria la notificación de los hechos a los usuarios afectados. En todos los casos, la empresa tendrá que anotar los detalles del ataque informático sufrido en un documento interno, así como los nuevos mecanismos para bloquearlo. La manera de obtener esta información y de prevenir las intrusiones es contar con un sistema de detección de ataques. La consecuencia por no contar con él puede llegar a ser la imposición de multas de hasta 600.000 euros.
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Realidad
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Ficción
Seleccionada Buscada
Propia
Por iniciativa
propia
Solicitada
Derivada
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4. Un gerente pesimista, un pobre y un zombi se
encuentran atrapados en un bar de un mundo
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Un artista del tatuaje y una legión de estudiantes
estrafalarios se conocen y se hacen amigos en un
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5. Idea temática & Idea dramática
Señora Doubtfire
(1993) Matrix (1999)
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8. Sinopsis argumental
• Personajes (Hang Sing + Trish)
• Historia
• Planteamiento
• Primer punto inflexión
• Desarrollo
• Segundo punto de
inflexión
• Clímax
• Desenlace
18. De la adaptación «estricta» a la «libre»
1
• Adaptación estricta (Sin City - Frank Miller 2005)
2
• Basado en… (Drácula, de Bram Stoker - Francis Ford Coppola 1992)
3
• Inspiración (Romeo + Julieta - Baz Luhrmann 1996)
4
• Recreación (Romeo debe morir - Andrzej Bartkowiak 2000)
5
• Adaptación Libre (Monty Python and the Holy Grail - Terry Gilliam y Terry Jones 1975)
23. Diferencias entre obras y
grabaciones
Obra o Película Cinematográfica
Largometraje
Cortometraje
Obra Audiovisual para televisión
Originales creadas para televisión
Adaptadas o transformadas
Otras
Documentales, incluidos los docudramas
Obra casers para fines personales o domésticos
Grabación Audiovisual
24. Art. 86 - Concepto de obra
cinematográfica y de obra
audiovisual
Obras cinematográficas y demás obras audiovisuales.
entendiendo por tales las:
creaciones
expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con
o sin sonorización incorporada,
que estén destinadas esencialmente a ser mostradas a
través de aparatos de proyección o por cualquier otro
medio de comunicación pública de la imagen y del sonido,
con independencia de la naturaleza de los soportes
materiales de dichas obras.
25. Autores (Art. 87)
Son autores de la obra audiovisual en los términos
previstos en el artículo 7 de esta Ley:
El director-realizador.
Los autores del argumento, la adaptación y los del guion o
los diálogos.
Los autores de las composiciones musicales, con o sin letra,
creadas especialmente para esta obra.
¿Cuál es la diferencia entre…
Son autores de la obra audiovisual…. numerus apertus
(ejemplo: director de fotografía)
Los autores de la obra audiovisual son… numerus
clausus
26. ¿Qué se entiende por
‘productor’?
(120 a 124 LPI)
Es una persona
Que realiza tres actividades simultáneamente:
Financia una obra Audiovisual o cinematográfica o una
grabación audiovisual
Aporta creatividad y conocimientos técnico
Asume la responsabilidad de su realización
Y obtiene derechos a través de:
Contratos diferentes con cada uno de los autores
Cessio legis (ejemplos en la derogada LPI 17/66)
Contrato con presunción de cesión (art. 88 LPI)
27. Contrato de producción de
obra audiovisual
No está definido en la LPI
Es un contrato complejo:
Contrato de obra
De prestación de servicios
De relación laboral
De Protección de datos
De Cesión de derechos de imagen, en su caso
De…
28. Cómo se articula un contrato
de producción
Autores Productor
Presunción de cesión de derechos (art 88 LPI)
Contribución de la creación de la obra
Productor Autores
Remuneración pactada (art 90 LPI)
Medios necesarios
Ventajas para el productor:
Recuperar la inversión
Titular derivativo permite o ayuda a la explotación
29. Tipo de cesión a través de
contrato de producción
La cesión presumida es en EXCLUSIVA (art. 48 LPI)
Derecho a explotar con exclusión de otros
Dentro del concepto “otros” se incluye a los propios
autores
Derecho a otorgar autorizaciones no exclusivas
Legitimación para perseguir violaciones de derecho
Obligación de poner todos los medios necesarios para
la efectividad de la explotación (art. 48.3)
30. Cuál es el alcance de la cesión
por presuncion
La cesión no alcanza:
Modalidades de utilización
Medios de difusión
Cuando estos sean:
Inexistentes
Desconocidos
Al tiempo de la cesión (art. 43.5 LPI)
31. Presunción de cesión en exclusiva y
límites (Art. 88 LPI)
Sin perjuicio de los derechos que corresponden a los autores
por el contrato de producción de la obra audiovisual se
presumirán cedidos
en exclusiva al productor
con las limitaciones establecidas, los derechos de:
Reproducción
Distribución
comunicación pública
doblaje o subtitulado de la obra
32. Presunción de cesión en exclusiva y
límites (Art. 88 LPI)
En las obras cinematográficas será siempre
necesaria
la autorización expresa de los autores para:
puesta a disposición del público de copias en
cualquier sistema o formato, para su utilización en
el ámbito doméstico,
comunicación pública a través de la radiodifusión.
33. ¿Qué derechos se presumen
cedidos?
Reproducción
Distribución y Comunicación Pública
No abarca, para las obras cinematográficas
La puesta a disposición del público de copias para
ser usadas en el ámbito doméstico
La comunicación pública en radiodifusión
Doblaje o subtitulado
34. ¿Cuál es el alcance de los
derechos?
Opción A: Solo el que se indique por contrato
Opción B: Todos, ya que:
Se estableces límites para algunos derechos (art. 88 LPI)
Existe una presunción de cesión del derecho de alquiler
para la grabación audiovisual (art. 90.2)
Opción C: Art. 43.2 LPI
La que se deduzca necesariamente del contrato
Y, además, sea indispensable para cumplir la finalidad
del mismo
35. Alcance de la cesión
Alcance temporal
El establecido por contrato
Presunción
Criterio A: Art. 43 5 años
Criterio B: Máximo permitido por la ley
Alcance territorial:
El establecido por contrato
Presunción: Art. 43 país en el que se realice la cesión
36. Presunción de cesión en exclusiva y
límites (Art. 88 LPI)
Los autores podrán disponer de su aportación en forma
aislada
siempre que no se perjudique la normal explotación de la
obra audiovisual.
Salvo estipulación en contrario.
37. Presunción de cesión en caso de
transformación de obras
preexistentes Art. 89 LPI
Mediante el contrato
de transformación de
una obra preexistente
que no esté en el dominio público
se presumirá que el autor de la misma cede al
productor de la obra audiovisual
los derechos de explotación sobre ella en los términos
previstos en el artículo 88.
38. Presunción de cesión en caso de
transformación de obras
preexistentes Art. 89 LPI
El autor de la obra preexistente conservará sus
derechos a explotarla en forma de
explotarla en forma de edición gráfica
explotarla en forma de representación
disponer de ella para otra obra audiovisual a los quince
años de haber puesto su aportación a disposición del
productor.
Salvo pacto en contrario
39. Transformación (art. 21 LPI)
La transformación de una obra
comprende:
Traducción
Adaptación
y cualquier otra modificación en su forma
Por medio de la transformación se
deriva una obra diferente.
40. Transformación (art. 21 LPI)
Derechos sobre la obra derivada
Corresponden al autor de la obra derivada
El autor de la obra preexistente mantiene el
derecho de autorizar
la explotación de esos resultados en cualquier
forma
y en especial mediante su:
Reproducción
Distribución
Comunicación pública
Nueva transformación
41. Versión definitiva y sus
modificaciones (Art. 92 LPI)
Se considerará terminada la obra audiovisual cuando haya
sido establecida la versión definitiva
de acuerdo con lo pactado en el contrato entre el director-
realizador y el productor.
Cualquier modificación de la versión definitiva
añadido, supresión o cambio
necesitará la autorización previa de quienes hayan acordado
dicha versión definitiva.
42. Derecho moral y destrucción de
soporte original (Art. 93 LPI)
El derecho moral de los autores sólo podrá ser
ejercido sobre la versión definitiva de la obra
audiovisual.
Queda prohibida la destrucción del soporte original
de la obra audiovisual en su versión definitiva.