1. “ASPECTOS JURÍDICOS DE LOS
VIDEOJUEGOS”
Curso de Formación Superior Universitaria en
el Sector de las Telecomunicaciones e Internet
Prof. Pablo F. Burgueño
Prof. Pablo Uslé
@pablofb
3. Caso práctico
• Divide un folio en dos partes
iguales con una línea vertical.
• Sección izquierda: desarrolla
un videojuego
• Sección derecha: apunta las
tareas legales que has de
acometer
Imagen cedida por Tecknomano (CC By SA 3.0)
4. Perfiles necesarios para la creación
de un videojuego
• …
• Desarrollador
• …
• Distribuidor
• Fabricante
• Usuario
Imagen cedida por Mel-Arcobaleno (CC By SA 3.0)
5.
6.
7. • Un gerente pesimista, un pobre y un zombi se encuentran
atrapados en un bar de un mundo subterráneo.
• Un artista del tatuaje y una legión de estudiantes estrafalarios
se conocen y se hacen amigos en un pequeño aeropuerto.
8. Idea temática & Idea dramática
Señora Doubtfire (1993)
Quedepeliculas.com blogs.clarin.com/psicoredasistencial/tag/neo
Matrix (1999)
30. Oferta de trabajo para un
desarrollador de videojuegos
• Condiciones laborales
– Indefinido a tiempo completo (17/33.000€/año)
– Localización: Madrid y Barcelona
– Competencias: Creatividad, diseño, programación,
trabajo en equipo, iniciativa, pasión
– Exigen experiencia pero no nivel formativo
– Exigen inglés, Flash, Unity, C++, etc.
– Tecnologías móviles
34. Save point
Silent Hill - Save Point
• Las ideas carecen de protección por PI
• Tres tipos de contratos
• NDA
• Contrato de desarrollo del videojuego
• Cesión de derechos de propiedad intelectual
• Alcance y prohibiciones de las licencias
• Registro de marca
• Registro de Propiedad Intelectual
• Registro de nicknames y dominios
• Acciones por competencia deseal
• Acciones preventivas
37. Explotación de contenidos por
tecnologías móviles
Contenidos Terminales
Jim Trottier (by-sa 2.0) ilamont.com (by 2.0)
38. Cuestiones preliminares
• ¿A qué se debe el boom de
este modelo de negocio?
• ¿Qué sectores son los más
beneficiados?
• ¿Cómo funciona? ¿Cuáles
son los beneficios?
• ¿Existe el riego de una
burbuja en este campo?
401K 2012 (by-sa 2.0)
40. Contenidos móviles en España….
• País con más móviles por
habitante de Europa
• 7 de cada 10 accede a Internet
desde su móvil
• Solo un 10% de las empresas
dispone de una web adaptada
a estos dispositivos.
Fuentes: Tendencias en marketing móvil: el futuro de la
publicidad está en tu teléfono (Red.es), Our Mobile Planet,
Google, III Estudio IAB Spain Mobile Marketing Paz .ca (by 2.0)
41. Impacto de la publicidad en el móvil
(Nota: porcentajes no excluyentes)
•38% Cómodos con los anuncios
– Anuncios relevantes
– Afines a intereses
– Personalizados
– Geolocalizados
•25% Acostumbrado a los anuncios
•59% prefiere ver publicidad a pagar
– 54% dispuesto a ver o escuchar anuncios a
cambio de descuentos del 5% en la factura
del móvil.
Fuentes: InMobi y ComScore, realizado por Nielsen, Tendencias en marketing móvil:
el futuro de la publicidad está en tu teléfono (Red.es)
Robzand (by-sa 2.0)
42. Tendencias
• Personalización
• Geolocalización
– Exterior
– Interiores
• Privacidad y Control
• Vídeo y multimedia
• Realidad Aumentada
• Realidad aumentada
• Monedero móvil
(NFC)
• Microblogging
• Guerra: Aplicaciones
vs HTML5
49. Recuerda…
• Publicidad in app y “appvertisement”
• Repertorio de apps (ingresos):
– Acceso de desarrolladores a KITs de desarrollo
– Acceso a store y mantenimiento de app
– 30% PVP
– % sobre compras in app
• Mercado
– De volumen y sensible al precio
– Fragmentado y diversificado
– Mayores márgenes que en industria del software tradicional
– España: mucho recorrido (especialmente en apps
empresariales)
Fuente: Borja Mascarell Gurumeta (Experienced consultant en Deloitte)
50. • Sistemas
– Regulación propia:
• Alemania
– Autorregulación
formal
• Letonia, Portugal
– Autorregulación
tácita:
• España
– Sistema doble
• Reino Unido
– Sin regulación
• Rumanía, Chipre
Regulación o autorregulación
Imágenes: Ivan Prole (sxc)
51. • Antecedentes:
– Regulaciones heterogéneas o inexistentes
– España: ADESE (2001) Código Ético
• Código ético Comité de seguimiento:
– ADESE
– Instituto Nacional de Consumo
• Inicios: ISFE (2003) PEGI, S.A.
– PEGI: Organización
• Sin ánimo de lucro
• Con finalidad social
– Apoyo de la Comisión Europea
Código PEGI
52. • Código PEGI
– Compromisos sobre
• Clasificación por edades
• Promoción
• Publicidad
– Adhesión voluntaria
– Implantación: 30 países
– Respaldo adicional: Principales Fabricantes de consolas
• Sony
• Microsoft
• Nintendo
Código PEGI
53. • Administración y gestión
PEGI
– ISFE (Federación de Software
Interactivo)
– NICAM (Instituto Holandés
de Clasificación de Medios
Audiovisuales)
– VSC (Consejo de estándares
de vídeo)
• Representa a todos los
sectores de la industria
• Representa a más de 10.000
puntos de venta
Código PEGI
55. 1. EDITOR
1. Adhesión a PEGI (gratuita)
2. Envío de formulario indicando contenido
3. Envío de información completa y contenidos
2. PEGI
1. Asignación de categoría y descriptores provisionales
2. Revisión
1. NICAM: +3 y +7
2. VSC: +12, +16, +18
3. Otorgamiento de licencia (etiqueta + descriptores)
Proceso de clasificación PEGI
56. • Consejo de Administración
– Funciones:
• Administra PEGI
• Da instrucciones al Director Gerente de PEGI
– Composición
• Representantes de editores adheridos
• Vigilantes de PEGI (fabricantes de consolas)
• Promotores de PEGI: asociaciones sectoriales nacionales
• Representantes del Consejo PEGI
• Representantes del Grupo de Expertos de PEGI
Consejos y comités PEGI
57. • Consejo PEGI
– Funciones:
• Enlace entre
– PEGI (Código de conducta)
– Estados (normativa nacional)
– Composición
• Psicólogos
• Expertos en comunicación social
• Funcionarios
• Asesores jurídicos especializados en regulación sobre protección jurídica
de menores en Europa
– Plazo de designación: 2 años
Consejos y comités PEGI
58. • Grupo de expertos
– Funciones:
• Asesorar sobre avances técnicos y contenidos
– Composición multidisciplinar
– Subcomité del grupo de expertos:
• Comisión de Criterios: Adapta cuestionarios y criterios PEGI
• Comité jurídico
– Función: Asesora a ISFE sobre cambios normativos
– Composición: Asesores jurídicos
Consejos y comités PEGI
59. • Consejo de Reclamaciones
– Funciones:
• Resolución de conflictos entre editores y PEGI
– Formas de resolución de conflictos
1. Diálogo, explicación, negociación
2. Consejo de reclamaciones
– 3 miembros escuchan al editor y emiten fallo
– El fallo es vinculante y de obligado cumplimiento
» Incumplimiento del fallo Sanción PEGI
» Cumplimiento garantizado por Comité de Cumplimiento
• Comité de cumplimiento
– Garantiza cumplimiento del código y de los fallos
– Composición:
• 5 editores adheridos
• 5 miembros del consejo
Consejos y comités PEGI
60. • PEGI Online
– Complementa PEGI
– Objetivos:
• Incrementar protección contra contenidos de juego inadecuados
• Incrementar información y concienciación
– Pilares
• POSC (Código de Seguridad PEGI Online) + Contrato Marco
• Logotipo PEGI Online
• Web: www.pegionline.eu
• Proceso independiente de administración, asesoramiento y resolución de conflictos
– Concesión de licencia
• Órgano: Administrador de PEGI Online
• Requisitos del juego online
– Sitio libre de contenido ilegal o enlaces indeseables
– Medidas de protección “in game”
• PEGI OK
– Web con juego gratuito no descargable y “sin descriptores”
PEGI Online
61. • Alemania no usa PEGI
• Norma: Ley de Protección de la Juventud
– Prohíbe venta de videojuegos no clasificados
– Exige clasificación de aparatos de juego en lugares
públicos
• Prohíbe acceso a menores de edad indicada
• Procedimiento administrativo propio
– +0, +6, +12, +16, +18
• Juegos total o parcialmente prohibidos:
– Caso Manhunt
– Caso Dead Rising
– Caso Doom y Doom 2
Caso alemán
62. • USK (Autocontrol del software de
entretenimiento)
– Organización de control
– Centro consultivo Autoevaluación voluntaria a
petición del fabricante
– Mecanismo de protección de la juventud
1. Consejo
2. Testadores
3. Peritos independientes
4. Defensor de la autoridad administrativa OLJB
Caso alemán
63. • Consejo USK
– Función: Primer paso del proceso de examen
– Composición:
• Ministros de cultura de los Länder
• Iglesias
• Asociaciones de juventud
• Ministros de investigación de:
– Estado federal
– Estados federados
• Industria
Caso alemán
64. • Comprobadores técnicos USK
– Función: Examinan el contenido del videojuego
– Composición:
• Testers (Spielester)
– Prueban
• Peritos independientes (Gutachter)
– Clasifican: Edad + Informe
– Composición
» Expertos en pedagogía
» Expertos en ciencias sociales
» Expertos en periodismo y comunicación
Caso alemán
65. • Norma: Ley de prevención de la
delincuencia
• Principios:
– Aceptación de la autorregulación (vg. PEGI)
• Exigencia de sello visible, legible, imborrable
– Mº Interior Potestad para prohibir
– Régimen sancionador:
• Normal: hasta 15.000€
• Agravado: 2 años de prisión o hasta 30.000€
– Cambio de título, artificios de presentación…
Caso francés
Imagen: Brano Hudak
(sxc)
66. • Competencia: Cada Länder
– Consecuencia: 9 leyes
– Prohibición de venta a menores:
• Videojuegos que pongan en peligro su desarrollo
• BuPP (Autoridad federal para la certificación de
juegos de ordenador y de consola)
– Mº Federal de Sanidad, Familia y Juventud
– Desarrolla listado de videojuegos adecuados
• www.bupp.at
– Proceso de recomendación Consejo o comisión:
1.2 peritos / testers
2.1 experto externo
3.2 trabajadores del ministerio
4.1 joven
Caso austríaco
67. • Convivencia:
– PEGI
• Aplicación directa
• VSC (Video Standars Council) 2º admin PEGI
– BBFC (British Board of Film Clasification)
• Clasifica videojuegos con
– Sexo
– Violencia excesiva
• Prohibiciones:
– 1997: Caso Carmageddon
– 2007: Caso Manhunt 2
• Prohibición: suministrar juegos no clasificados
– Multa de cuantía ilimitada
– 2 años de cárcel
Caso Reino Unido
68. • Norma: Act on the Classification of
Audiovisual Programmes
– Punto de partida Videojuegos pueden ser:
• Beneficiosos: Habilidades y destrezas motoras
• Perjudiciales: Contenido para adultos
– Queda fuera de la normativa:
• Videojuegos educativos
• Juegos online
• Juegos descargables
– Prohibiciones (hasta 6 meses de prisión)
• Distribución / exhibición de videojuegos no clasificados
• Venta a menores de la edad indicada
Caso finés
Imagen: foxumon (sxc)
69. • Consejo Finés de Clasificación
– Videojuegos con PEGI Adopción inmediata
• Obligatoriedad (prohibición de venta a menores)
– <18: mera recomendación
– >18 obligación
• Excepciones:
– Sospecha de que contiene material peligroso
– Solicitud del importador / editor
– Videojuegos sin PEGI y excepciones Clasificación
(+3, +7, +11, +13, +15, +18)
• Obligatoriedad (prohibición de venta a menores)
– Total
Caso finés
70. • Ausencia de regulación
estatal
• Administración Central
apoya PEGI
– Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad
con representante en:
• Comité de Reclamaciones PEGI
– Consejo de Consumidores y
Usuarios:
• Consejo Asesor PEGI
Caso español
71. • Normativa autonómica
– Cerca de 20 normas que prohíben:
• Venta
• Alquiler
• Ofrecimiento
• Exhibición
• Acceso a través de Internet
– A menores, de videojuegos
• Violentos o con apología de la delincuencia
• Sexistas
• Con contenido pornográfico
Caso español
72. • Ley 1/1998 (art. 7)
– Prohibición de difusión o publicidad en medios:
• Videojuegos con contenidos contrarios a los derechos
de los menores:
– Discriminatorio
– Sexista
– Pornográfico
– Violencia
• Decreto 25/2007 (art. 13)
– Protección de menores frente a videojuegos con:
apología de la violencia, mensajes racistas,
sexistas, denigrantes…
Andalucía
73. • Ley 12/2001 (art. 42)
– Prohibida la venta y alquiler a menores de
videojuegos con contenido:
• Pornográfico
• Que fomente o incite a la violencia, la xenofobia, la
discriminación sexual o a actividades delictivas
Aragón
74. • Ley 17/2006 (art. 42)
– Prohibida la proyección en locales o espectáculos
con acceso a menores, así como la venta, alquiler,
exhibición y su ofrecimiento a menores de:
• Videojuegos con :
– Pornografía
– Apología de la delincuencia
– Exaltación de (o incitación a) la violencia
• Siempre que vaya contra el ordenamiento o sea
perjudicial para el desarrollo de su personalidad
– En Cibercafés: instalación de mecanismos que
impidan el acceso a los contenidos anteriores
Baleares
75. • Ley 1/1997 (art. 35)
– Prohibida la proyección en locales y espectáculos
con acceso permitido a menores, así como la
venta y el alquiler al menor de videojuegos:
• Con mensajes de carácter violento
• Apología de la delincuencia
• Exhibición pornográfica
• Contrarios a los reconocidos en la Constitución
• Que puedan perjudicar el desarrollo del menor:
– Físico
– Mental
– Moral
Canarias
76. • Ley 14/2002 (art. 32)
– Prohibida la proyección en locales o espectáculos
con acceso permitido a menores, así como la
venta, alquiler y ofrecimiento a menores de
videojuegos con:
• Pornografía
• Apología de (o incitación a) la delincuencia
• Contrario a los derechos establecidos por el
ordenamiento jurídico español
• Que pueda perjudicar el desarrollo de su personalidad
– Se fomenta la autorregulación y el uso de códigos
Castilla y León
77. • Ley 8/1995 (art. 35)
– Prohibición de proyección en locales que admitan
el acceso a niños y adolescentes, así como la
venta y alquiler a niños y adolescentes de
videojuegos:
• Con mensajes contrarios a los derechos y libertades
fundamentales
• Que inciten a la violencia, a la delincuencia o a la
discriminación
• Con pornografía
Cataluña
78. • Ley 7/1994 (art. 17)
– Se plantea la necesidad de crear acciones que
combatan la violencia y las actitudes sexistas y
racistas en el ámbito infantil y juvenil
Valencia
79. • Ley 3/1997
– Art. 16: Prohibida la proyección o difusión en
locales y espectáculos con acceso permito a niños
y adolescentes, así como la venta, exposición y
ofrecimiento a estos de videojuegos:
• Que inciten a la violencia, a la delincuencia o la
discriminación
• Con pornografía
• Que perjudiquen el desarrollo de su personalidad
• Con contenido contrario a los derechos y libertades
reconocidos en las leyes vigentes
– Art. 47: Los responsables son el titular del
establecimiento y las personas infractoras
Galicia
80. • Ley 1/2006
– Art. 24: Prohibida la venta, alquiler, exposición,
proyección y ofrecimiento de videojuegos que:
• Inciten a la violencia, a la delincuencia o a la
discriminación
• Contengan pornografía
– Art. 27: Los cibercafés contarán con programas
que impidan el acceso del menor a contenidos
perjudiciales para su desarrollo integral.
La Rioja
81. • Ley 6/1995 (art. 35)
– Prohibida la proyección en locales o espectáculos
con acceso permitido a menores, así como la
venta y el alquiler a menores de videojuegos:
• Con mensajes contrarios a los Derechos reconocidos en
la Constitución
• Con violencia
• Que fomenten pautas de conducta sexista que
propicien la Violencia de Género
• Apología de cualquier tipo de violencia
• Con pornografía
Madrid
82. • Ley foral 15/2005 (art. 99)
– Son infracciones graves: vender, alquilar, difundir
o proyectar a menores videojuegos que:
• Inciten a la violencia o a la delincuencia o la
discriminación
• Contengan pornografía
• Sean contrarios a los derechos y libertades
fundamentales reconocidos por:
– La Constitución
– El Ordenamiento Jurídico
Navarra
83. • Ley 3/2005
– Art. 30: Prohibida la venta a niños y adolescentes de
videojuegos:
• Que puedan perjudicar el desarrollo de su personalidad
• Con (o que inciten a la) violencia y a la delincuencia
• Con pornografía
• Con explotación en las relaciones personales
• Que reflejen trato degradante
• Que fomenten la insolidaridad o la discriminación
– Art. 31: Prohibida
• La proyección en locales a los que tengan acceso
permitido los menores
• La difusión entre niños y adolescentes
País Vasco
85. • Consecuencia:
– Prohibición pero no clasificación
– Aceptación no formal de PEGI como sistema
oficial
• Tendencia e iniciativas
– Apoyo a PEGI (Apuesta por la autorregulación)
– Refuerzo de acuerdos entre ISPs y ONGs
– Refuerzo de la normativa de protección de datos
– DNIe
– Listas blancas
Caso español