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Los matrimonios de personas del mismo sexo y la evolución de los derechos
humanos.
Introducción
Es lamentable que en nuestros días, cuando México ha logrado tantos avances en el
tema de Derechos Humanos y con tantos tratados internacionales en la materia suscritos,
aún continuemos pensando que estos derechos no son aplicables para todos los seres
humanos, pues aquí como en todo el mundo, pensamos que los derechos humanos no
son aplicables para los homosexuales, que ellos no tienen los mismos derechos que
tienen las mujeres, los niños, los ancianos y los hombres, aun y cuando por el simple
hecho de ser personas, sin importar sus preferencias u orientaciones sexuales, gozan de
la protección de los mismos.
Si nos remontamos a los tiempos de la antigua Grecia o Roma, las relaciones
homosexuales no eran mal vistas, si no todo lo contrario, eran aceptadas, quizá pese a
ser pueblos antiguos estaban mas avanzados que nosotros, pues tan es así que nuestro
derecho en estos días, se basa de los avances que estas civilizaciones dejaron atrás de
si.
Históricamente en la humanidad las personas con preferencias sexuales diferentes han
sufrido persecuciones y violaciones de sus derechos fundamentales, si bien en México a
las personas homosexuales no se les encarcela por el solo hecho de ser homosexuales y
hasta se han promulgado leyes donde se prohíbe su discriminación, como fue el caso de
las palabras prohibidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (Gay, Joto,
Tortillera, Maricon, por mencionar algunas), estos esfuerzos no han sido suficientes y se
continua estigmatizándolos. La sociedad de México es tremendamente conservadora y
resulta increíble que en toda nuestra historia solo se tenga registro de un gobernante
homosexual, bueno al menos uno que lo reconoce abiertamente, (Presidente Municipal de
Fresnillo, Zacatecas 2013 - 2016), pues es muy sabido que en el poder han existido
gobernantes homosexuales, solo que estos por el temor al escandalo o la discriminación
de la sociedad, han preferido ocultar sus preferencias, que han resultado muy conocidas
por el pueblo y los gobernados.
No olvidemos las pasadas elecciones a la presidencia municipal de Zacatecas, donde al
candidato del partido político PVEM, le acusaron de ser homosexual y de haber contraído
matrimonio en Argentina con su pareja, pareja que este oculta, pues a diferencia del
candidato de Fresnillo que abiertamente ha declarado sus preferencias, este a preferido
no manifestarse al respecto, pues como ya mencionamos el temor a la discriminación es
muy grande y que lamentable que valoremos a las personas mas por sus preferencias
sexuales que por su capacidad para gobernar, quizá por eso nos han tocado los
gobernantes que tenemos.
El presente artículo trata de mirar con ojos imparciales las medidas que México ha
tomado por disminuir la brecha entre el tercer sexo, por poner en un plano de igualdad a
las parejas del mismo sexo y ver si estos esfuerzos han sido suficientes o solo estamos
simulando que tienen las mismas libertades.
Desarrollo
En el Distrito Federal desde el diecisiete de marzo de dos mil siete, existe una Ley de
Convivencia, la cual da reconocimiento legal a los hogares formados por personas que
son del mismo sexo, es decir, los hogares formados exclusivamente por parejas de
hombres o parejas de mujeres. Esta Ley de Convivencia brinda algunos derechos así
como obligaciones para los que por mutuo acuerdo la suscriben, tales como lo son la
sucesión, tutela y el recibir alimentos en caso de necesidad.
Es importante señalar que únicamente en el Distrito Federal se permiten este tipo de
uniones, en ningún estado del territorio mexicano se permiten este tipo de uniones, bueno
si son permitidas, pues nuestra legislación no les prohíbe formar un hogar, pero
solamente en el Distrito Federal, el Estado reconoce este tipo de uniones.
Esta Ley finalmente viene a tratar de dar certidumbre jurídica a las parejas formadas por
personas del mismo sexo, que anteriormente no contaban con un reconocimiento del
Estado y que tampoco podían aspirar a los beneficios que intrínsecamente las parejas
formadas por hombres y mujeres obtienen por el matrimonio o por el concubinato,
desafortunadamente, además de modificar otras leyes, para que esta Ley de Convivencia
pueda surtir los efectos que persigue, como lo son las de seguridad social, también será
necesario modificar las conciencias de la sociedad, que aun en estos días se considera
como una descomposición de la familia, el permitir este tipo de uniones entre personas
del mismo sexo. También nos demuestra la intolerancia que existe en nuestro país, al
solamente contar con este tipo de legislación en el Distrito Federal, si bien algunas
legislaciones estatales tienen avances en la materia, estos avances solo son dados a
conocer en periodos de elecciones y de manera reservada, ante en temor de perder el
apoyo de la mayoría conservadora, pero en el animo de ganar el apoyo de las minorías
beneficiadas con este tipo de legislación.
En este mismo sentido, nuestra Constitución Política establece que el hombre y la mujer
son iguales ante la Ley, pero esto no es del todo cierto, pues de ser así, no tendríamos
que promulgar Leyes de Convivencia que solo aplican a un determinado espacio dentro
del territorio nacional, es decir, el Distrito Federal si reconoce ciertos derechos a los
homosexuales o equipara a las parejas del mismo sexo algunos de los derechos que la
Ley otorga a las parejas conformadas por hombre y mujer, sin embargo, existe una
brecha de derechos en los reconocidos a unas parejas y a las otras.
Las parejas heterosexuales son protegidos por toda una gama de derechos, tan es así,
que no importa si estos suscribieron el contrato del matrimonio, pues el simple paso del
tiempo les otorga el beneficio del concubinato, mientras que para las parejas formadas
por personas del mismo sexo, deberán suscribir la Ley de Convivencia, pues para estos
no aplicara el paso del tiempo como un derecho positivo y solamente gozaran de las
pequeñas prerrogativas que les ofrece la Ley.
La Ley de Convivencia en sí, solo es una manifestación de voluntades o un contrato que
suscriben las personas del mismo sexo, con el que adquieren derechos y obligaciones
similares a las que por la vía del matrimonio, las parejas heterosexuales adquieren, pero
limitados simplemente a la sucesión, la tutela y en casos extremos y justificados a la
petición de alimentos, por mencionar algunos.
Si bien la Ley de Convivencia otorga ciertos derechos, no existe un reconocimiento total
del matrimonio entre personas del mismo sexo, pues el estado civil de estos no cambia,
para el Estado, ya que ellos continúan siendo solteros, situación que les afecta al
momento de querer exigir al Estado los derechos que este brinda a las parejas
heterosexuales, derechos como lo son la Seguridad Social (Este último recientemente fue
modificado), Créditos de vivienda mancomunados, adopción, por citar solo algunos.
Es decir, esta Ley de Convivencia si bien es un avance muy importante en los derechos
de las personas homosexuales, es solo eso, un avance, ya que hasta el momento no
existe un reconocimiento de los derechos que por el simple hecho de ser personas tienen,
pues además de la discriminación del Estado, las personas homosexuales enfrentan la
discriminación de la sociedad día tras día.
Las sucesiones entre familias siempre han sido difíciles, quizá las menos complicadas se
dan cuando sigue vivo el conyugue, pero para los hogares formados por parejas del
mismo sexo, resulta imposible acceder a los bienes de su pareja al morir, pues la familia
podía pelear los bienes que este deja y al no reconocer el Estado las uniones de estas
personas, el conyugue estaba destinado a perder en caso de abrir un juicio, situación que
los deja en un estado de vulnerabilidad y que el Estado consiente de esto, no ha hecho
nada por garantizar el acceso a la justicia para estos casos a este sector de la población.
Si bien la Declaración Universal de Derechos Humanos considera que el desconocimiento
y menosprecio de los derechos humanos han traído como consecuencia actos de barbarie
y violaciones para la humanidad, y que su creación no es otra que para reconocer
derechos iguales a todos los miembros que conforman la familia humana, esta misma
Declaración Universal en su artículo 16, excluye a las personas homosexuales o parejas
del mismo sexo, pues el artículo en cuestión establece “Los hombres y las mujeres, a
partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza,
nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos
en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio”.
Quizá el lector podrá pensar, en ninguna parte del texto dice que esto no aplica a las
parejas del mismo sexo, y si, no dice explícitamente eso, pero si dos personas del mismo
sexo se presentan ante un juez civil con la intención de suscribir el contrato del
matrimonio, este no se los permitirá. Pero como es esto posible?, si México esta obligado
a dar cumplimiento a tratados suscritos y nuestro derecho cada día es mas garantista,
pero con todo esto, no se les permite, pues los derechos humanos no dicen que no, pero
tampoco que si, mientras que nuestra legislación si dice que no pueden, o bueno aclara
que el matrimonio solo será para un hombre y una mujer, así como ellos pueden
argumentar la convencionalidad, si las disposiciones internacionales los han dejado fuera.
El que la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 16 excluya o no a
las parejas del mismo sexo quizá ocupe de un estudio mas profundo, que en este
momento no nos ocupa, quizá lo mas importante es reconocer que los Derechos
Humanos, deben evolucionar a la par de la humanidad, es decir, ahora la ONU promueve
como un derecho humano el acceso a Internet, a un Internet no bloqueado, libre para el
trafico de información sin las restricciones que muchos países están imponiendo en el
animo de mantener desinformada a la población. Quizá en este momento valoremos la
importancia del Internet, aun y cuando a esta red solamente el 40% de los mexicanos
tienen acceso de acuerdo con el último censo del INEGI, es decir, como puede ser
declarado como derecho humano el internet, aun y cuando en México mas de la mitad de
la población no tiene acceso a esta o no la conoce. Pero lo anterior obedece a la
evolución de los Derechos Humanos, no podemos decir que los derechos que tenemos
ahora, serán los mismos en cien años, quizá para ese entonces el internet ya no sea lo
que es ahora, pues quizá en cien años, pueda ser sustituido el internet por otro tipo de
red, a lo que me refiero, es que así como ahora tenemos derechos humanos nuevos,
alineados a la era tecnológica del momento, también lo es que, los derechos humanos
que fueron suscritos hace décadas, merecen evolucionar para dar cabida a la protección
de las parejas del mismo sexo, aún y cuando, como los usuarios de internet en México y
el mundo sean minorías.
También es importante mencionar que para cuando les sea reconocido este derecho al
matrimonio, se vendrá la necesidad de otorgarles el derecho a la adopción y quizá sea por
esto por lo que no se les quiere dar el primero, pues la sociedad piensa que los menores
que el Estado entregue a estos hogares, o serán abusados sexualmente o serán estos
hogares fabricantes de nuevos homosexuales. Quizá deberíamos advertir en primer
instancia que las parejas homosexuales son personas con atracción hacia personas de su
mismo sexo, pero estos no son pedófilos, es decir, sus gustos sexuales no están
inclinados hacia los niños, lo segundo no lo creo tampoco como un hecho, pero en cambio
si veo que de estos hogares saldrán personas mas tolerantes.
Conclusiones
Finalmente, la familia como la conocemos actualmente ya ha evolucionado, pues hace
apenas un par de décadas, las familias con un solo tutor, es decir, los núcleos familiares
uniparentales, resultado de vuidas(os), separadas(os), divorciadas(os) y padres o madres
solteras, eran rechazados por la sociedad, al creer que los valores y el ejemplo que estas
familias darían a sus hijos serían los peores, valores de libertinaje y promiscuidad al faltar
una de las figuras, sobre todo al faltar la figura paterna que nuestra sociedad contempla
como una figura de autoridad, pero lejos de acertar la sociedad, esta se equivoco y esto
ha quedado mas que demostrado, y lejos de replicar el ejemplo, muchos de los hijos que
han salido de familias uniparentales, consagran mas la figura de la familia, al no haber
tenido a ambos padres, muchos de estos, procuran que sus hijos no pasen por lo que
ellos pasaron. Aclaro que no todas son historias de éxito y que estos comentarios solo
versan en mi opinión personal.
Sin embargo, hoy en día las familias uniparentales no sufren de la discriminación que
antes, tampoco podemos decir que son bien vistas, pero al menos el estigma que tenían
antes ya desapareció, tan es así, que ahora en el registro civil les permiten registrar a las
madres solteras a sus hijos con sus dos apellidos, mientras que antes solo podían hacerlo
con uno, creando así una marca en el menor que le acompañaría de por vida.
Como hemos mencionado anteriormente, los derechos y la manera en que la sociedad ve
las cosas esta evolucionando constantemente y ahora mas que nada, ocupamos
paciencia para que este cambio se de por si mismo, afortunadamente nuestra sociedad se
ha prestado para estos cambios, si bien es cerrada, ha permitido muchos cambios a lo
largo de su historia, no nos enfrentamos a una sociedad ultra conservadora que a lo largo
de los años no ha cambiado.
Cuando este cambio se de, podremos ver a más personas homosexuales ocupando
cargos de cada vez mayor importancia, pues como ya habíamos comentado
anteriormente, sus preferencias no afectan a sus capacidades de trabajar.

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Los matrimonios de personas del mismo sexo y la evolución de los derechos humanos

  • 1. Los matrimonios de personas del mismo sexo y la evolución de los derechos humanos. Introducción Es lamentable que en nuestros días, cuando México ha logrado tantos avances en el tema de Derechos Humanos y con tantos tratados internacionales en la materia suscritos, aún continuemos pensando que estos derechos no son aplicables para todos los seres humanos, pues aquí como en todo el mundo, pensamos que los derechos humanos no son aplicables para los homosexuales, que ellos no tienen los mismos derechos que tienen las mujeres, los niños, los ancianos y los hombres, aun y cuando por el simple hecho de ser personas, sin importar sus preferencias u orientaciones sexuales, gozan de la protección de los mismos. Si nos remontamos a los tiempos de la antigua Grecia o Roma, las relaciones homosexuales no eran mal vistas, si no todo lo contrario, eran aceptadas, quizá pese a ser pueblos antiguos estaban mas avanzados que nosotros, pues tan es así que nuestro derecho en estos días, se basa de los avances que estas civilizaciones dejaron atrás de si. Históricamente en la humanidad las personas con preferencias sexuales diferentes han sufrido persecuciones y violaciones de sus derechos fundamentales, si bien en México a las personas homosexuales no se les encarcela por el solo hecho de ser homosexuales y hasta se han promulgado leyes donde se prohíbe su discriminación, como fue el caso de las palabras prohibidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (Gay, Joto, Tortillera, Maricon, por mencionar algunas), estos esfuerzos no han sido suficientes y se continua estigmatizándolos. La sociedad de México es tremendamente conservadora y resulta increíble que en toda nuestra historia solo se tenga registro de un gobernante homosexual, bueno al menos uno que lo reconoce abiertamente, (Presidente Municipal de Fresnillo, Zacatecas 2013 - 2016), pues es muy sabido que en el poder han existido gobernantes homosexuales, solo que estos por el temor al escandalo o la discriminación de la sociedad, han preferido ocultar sus preferencias, que han resultado muy conocidas por el pueblo y los gobernados. No olvidemos las pasadas elecciones a la presidencia municipal de Zacatecas, donde al candidato del partido político PVEM, le acusaron de ser homosexual y de haber contraído matrimonio en Argentina con su pareja, pareja que este oculta, pues a diferencia del candidato de Fresnillo que abiertamente ha declarado sus preferencias, este a preferido no manifestarse al respecto, pues como ya mencionamos el temor a la discriminación es muy grande y que lamentable que valoremos a las personas mas por sus preferencias sexuales que por su capacidad para gobernar, quizá por eso nos han tocado los gobernantes que tenemos. El presente artículo trata de mirar con ojos imparciales las medidas que México ha tomado por disminuir la brecha entre el tercer sexo, por poner en un plano de igualdad a las parejas del mismo sexo y ver si estos esfuerzos han sido suficientes o solo estamos simulando que tienen las mismas libertades.
  • 2. Desarrollo En el Distrito Federal desde el diecisiete de marzo de dos mil siete, existe una Ley de Convivencia, la cual da reconocimiento legal a los hogares formados por personas que son del mismo sexo, es decir, los hogares formados exclusivamente por parejas de hombres o parejas de mujeres. Esta Ley de Convivencia brinda algunos derechos así como obligaciones para los que por mutuo acuerdo la suscriben, tales como lo son la sucesión, tutela y el recibir alimentos en caso de necesidad. Es importante señalar que únicamente en el Distrito Federal se permiten este tipo de uniones, en ningún estado del territorio mexicano se permiten este tipo de uniones, bueno si son permitidas, pues nuestra legislación no les prohíbe formar un hogar, pero solamente en el Distrito Federal, el Estado reconoce este tipo de uniones. Esta Ley finalmente viene a tratar de dar certidumbre jurídica a las parejas formadas por personas del mismo sexo, que anteriormente no contaban con un reconocimiento del Estado y que tampoco podían aspirar a los beneficios que intrínsecamente las parejas formadas por hombres y mujeres obtienen por el matrimonio o por el concubinato, desafortunadamente, además de modificar otras leyes, para que esta Ley de Convivencia pueda surtir los efectos que persigue, como lo son las de seguridad social, también será necesario modificar las conciencias de la sociedad, que aun en estos días se considera como una descomposición de la familia, el permitir este tipo de uniones entre personas del mismo sexo. También nos demuestra la intolerancia que existe en nuestro país, al solamente contar con este tipo de legislación en el Distrito Federal, si bien algunas legislaciones estatales tienen avances en la materia, estos avances solo son dados a conocer en periodos de elecciones y de manera reservada, ante en temor de perder el apoyo de la mayoría conservadora, pero en el animo de ganar el apoyo de las minorías beneficiadas con este tipo de legislación. En este mismo sentido, nuestra Constitución Política establece que el hombre y la mujer son iguales ante la Ley, pero esto no es del todo cierto, pues de ser así, no tendríamos que promulgar Leyes de Convivencia que solo aplican a un determinado espacio dentro del territorio nacional, es decir, el Distrito Federal si reconoce ciertos derechos a los homosexuales o equipara a las parejas del mismo sexo algunos de los derechos que la Ley otorga a las parejas conformadas por hombre y mujer, sin embargo, existe una brecha de derechos en los reconocidos a unas parejas y a las otras. Las parejas heterosexuales son protegidos por toda una gama de derechos, tan es así, que no importa si estos suscribieron el contrato del matrimonio, pues el simple paso del tiempo les otorga el beneficio del concubinato, mientras que para las parejas formadas por personas del mismo sexo, deberán suscribir la Ley de Convivencia, pues para estos no aplicara el paso del tiempo como un derecho positivo y solamente gozaran de las pequeñas prerrogativas que les ofrece la Ley. La Ley de Convivencia en sí, solo es una manifestación de voluntades o un contrato que suscriben las personas del mismo sexo, con el que adquieren derechos y obligaciones similares a las que por la vía del matrimonio, las parejas heterosexuales adquieren, pero limitados simplemente a la sucesión, la tutela y en casos extremos y justificados a la petición de alimentos, por mencionar algunos.
  • 3. Si bien la Ley de Convivencia otorga ciertos derechos, no existe un reconocimiento total del matrimonio entre personas del mismo sexo, pues el estado civil de estos no cambia, para el Estado, ya que ellos continúan siendo solteros, situación que les afecta al momento de querer exigir al Estado los derechos que este brinda a las parejas heterosexuales, derechos como lo son la Seguridad Social (Este último recientemente fue modificado), Créditos de vivienda mancomunados, adopción, por citar solo algunos. Es decir, esta Ley de Convivencia si bien es un avance muy importante en los derechos de las personas homosexuales, es solo eso, un avance, ya que hasta el momento no existe un reconocimiento de los derechos que por el simple hecho de ser personas tienen, pues además de la discriminación del Estado, las personas homosexuales enfrentan la discriminación de la sociedad día tras día. Las sucesiones entre familias siempre han sido difíciles, quizá las menos complicadas se dan cuando sigue vivo el conyugue, pero para los hogares formados por parejas del mismo sexo, resulta imposible acceder a los bienes de su pareja al morir, pues la familia podía pelear los bienes que este deja y al no reconocer el Estado las uniones de estas personas, el conyugue estaba destinado a perder en caso de abrir un juicio, situación que los deja en un estado de vulnerabilidad y que el Estado consiente de esto, no ha hecho nada por garantizar el acceso a la justicia para estos casos a este sector de la población. Si bien la Declaración Universal de Derechos Humanos considera que el desconocimiento y menosprecio de los derechos humanos han traído como consecuencia actos de barbarie y violaciones para la humanidad, y que su creación no es otra que para reconocer derechos iguales a todos los miembros que conforman la familia humana, esta misma Declaración Universal en su artículo 16, excluye a las personas homosexuales o parejas del mismo sexo, pues el artículo en cuestión establece “Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio”. Quizá el lector podrá pensar, en ninguna parte del texto dice que esto no aplica a las parejas del mismo sexo, y si, no dice explícitamente eso, pero si dos personas del mismo sexo se presentan ante un juez civil con la intención de suscribir el contrato del matrimonio, este no se los permitirá. Pero como es esto posible?, si México esta obligado a dar cumplimiento a tratados suscritos y nuestro derecho cada día es mas garantista, pero con todo esto, no se les permite, pues los derechos humanos no dicen que no, pero tampoco que si, mientras que nuestra legislación si dice que no pueden, o bueno aclara que el matrimonio solo será para un hombre y una mujer, así como ellos pueden argumentar la convencionalidad, si las disposiciones internacionales los han dejado fuera. El que la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 16 excluya o no a las parejas del mismo sexo quizá ocupe de un estudio mas profundo, que en este momento no nos ocupa, quizá lo mas importante es reconocer que los Derechos Humanos, deben evolucionar a la par de la humanidad, es decir, ahora la ONU promueve como un derecho humano el acceso a Internet, a un Internet no bloqueado, libre para el trafico de información sin las restricciones que muchos países están imponiendo en el animo de mantener desinformada a la población. Quizá en este momento valoremos la importancia del Internet, aun y cuando a esta red solamente el 40% de los mexicanos tienen acceso de acuerdo con el último censo del INEGI, es decir, como puede ser declarado como derecho humano el internet, aun y cuando en México mas de la mitad de
  • 4. la población no tiene acceso a esta o no la conoce. Pero lo anterior obedece a la evolución de los Derechos Humanos, no podemos decir que los derechos que tenemos ahora, serán los mismos en cien años, quizá para ese entonces el internet ya no sea lo que es ahora, pues quizá en cien años, pueda ser sustituido el internet por otro tipo de red, a lo que me refiero, es que así como ahora tenemos derechos humanos nuevos, alineados a la era tecnológica del momento, también lo es que, los derechos humanos que fueron suscritos hace décadas, merecen evolucionar para dar cabida a la protección de las parejas del mismo sexo, aún y cuando, como los usuarios de internet en México y el mundo sean minorías. También es importante mencionar que para cuando les sea reconocido este derecho al matrimonio, se vendrá la necesidad de otorgarles el derecho a la adopción y quizá sea por esto por lo que no se les quiere dar el primero, pues la sociedad piensa que los menores que el Estado entregue a estos hogares, o serán abusados sexualmente o serán estos hogares fabricantes de nuevos homosexuales. Quizá deberíamos advertir en primer instancia que las parejas homosexuales son personas con atracción hacia personas de su mismo sexo, pero estos no son pedófilos, es decir, sus gustos sexuales no están inclinados hacia los niños, lo segundo no lo creo tampoco como un hecho, pero en cambio si veo que de estos hogares saldrán personas mas tolerantes. Conclusiones Finalmente, la familia como la conocemos actualmente ya ha evolucionado, pues hace apenas un par de décadas, las familias con un solo tutor, es decir, los núcleos familiares uniparentales, resultado de vuidas(os), separadas(os), divorciadas(os) y padres o madres solteras, eran rechazados por la sociedad, al creer que los valores y el ejemplo que estas familias darían a sus hijos serían los peores, valores de libertinaje y promiscuidad al faltar una de las figuras, sobre todo al faltar la figura paterna que nuestra sociedad contempla como una figura de autoridad, pero lejos de acertar la sociedad, esta se equivoco y esto ha quedado mas que demostrado, y lejos de replicar el ejemplo, muchos de los hijos que han salido de familias uniparentales, consagran mas la figura de la familia, al no haber tenido a ambos padres, muchos de estos, procuran que sus hijos no pasen por lo que ellos pasaron. Aclaro que no todas son historias de éxito y que estos comentarios solo versan en mi opinión personal. Sin embargo, hoy en día las familias uniparentales no sufren de la discriminación que antes, tampoco podemos decir que son bien vistas, pero al menos el estigma que tenían antes ya desapareció, tan es así, que ahora en el registro civil les permiten registrar a las madres solteras a sus hijos con sus dos apellidos, mientras que antes solo podían hacerlo con uno, creando así una marca en el menor que le acompañaría de por vida. Como hemos mencionado anteriormente, los derechos y la manera en que la sociedad ve las cosas esta evolucionando constantemente y ahora mas que nada, ocupamos paciencia para que este cambio se de por si mismo, afortunadamente nuestra sociedad se ha prestado para estos cambios, si bien es cerrada, ha permitido muchos cambios a lo largo de su historia, no nos enfrentamos a una sociedad ultra conservadora que a lo largo de los años no ha cambiado.
  • 5. Cuando este cambio se de, podremos ver a más personas homosexuales ocupando cargos de cada vez mayor importancia, pues como ya habíamos comentado anteriormente, sus preferencias no afectan a sus capacidades de trabajar.