Este documento analiza el tratamiento informativo de los menores migrantes no acompañados en la prensa escrita canaria entre 2004 y 2008. El análisis encontró que la cobertura de los medios se caracterizó por un enfoque negativo y criminalizador que incumplía los estándares de protección de los derechos de la infancia. Se recomienda que los medios de comunicación protejan mejor los derechos de los menores y promuevan un debate público más constructivo sobre este tema.
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Menores migrantes prensa
1. LOS MENORES MIGRANTES NO
ACOMPAÑADOS EN LA
PRENSA
Un análisis en perspectiva de derechos
María José Aguilar Idáñez
Catedrática de trabajo social
mariajose.aguilar@uclm.es
GIEMIC-Universidad de Castilla-La Mancha
2. El tratamiento de la prensa escrita
¿vulnera o protege los derechos de
la infancia inmigrada?
3. Esta parte de la investigación:
Objetivos:
Analizar el tratamiento informativo de los MMNA en la prensa
escrita canaria, en el período 2004-2008,
Conocer el grado de ajuste de las piezas informativas a la
normativa (internacional, nacional y regional) de protección de
menores.
Diseño:
Diseño de ficha (análisis de contenido y formal; textual y visual)
1702 piezas informativas
4 periódicos de mayor tirada (EGM) en las islas (El Día, La
Opinión de Tenerife, Diario de Avisos, La Provincia-Diarios de Las
Palmas y Canarias7)
5. Manuales y códigos de ética
(1) UNESCO: Los Principios Internacionales de Ética Profesional del Periodismo o la Declaración de la
UNESCO (1983);
(2) FIP: Declaración de principios de conducta de los periodistas de la Federación Internacional de
Periodistas (FIP);
(3) COE: Código europeo de deontología del periodismo del Consejo de Europa;
(4) UNICEF: Principios éticos para informar acerca de la infancia;
(5) SCh-UNICEF: Recomendaciones para el tratamiento de la infancia en los medios de comunicación.
Save the Children y UNICEF;
(6) CAC: Recomendaciones del Consejo Audiovisual de Cataluña sobre el tratamiento informativo de la
inmigración;
(7) CPC: Manual de estilo sobre minorías étnicas del Colegio de Periodistas de Cataluña;
(8) FAPE: Código deontológico de la Federación de Asociaciones de la Prensa;
(9) MPUV: Propuestas para el tratamiento informativo de menores (Manual de periodistas –
Universidad de Valencia);
(10) FCI: Foro Canario de Inmigración;
(11) MPV: Manual de Estilo Periodístico del País Vasco (Harresiak Apurtuz);
(12) CAA: Recomendaciones del Consejo Audiovisual de Andalucía sobre el tratamiento de la
Inmigración en los medios audiovisuales.
15. Tratamiento en la prensa canaria
Minusvaloradoras: “chicos”, “muchachos”
Descalificadoras: “de las pateras”, “de los cayucos”, “de la calle”
Criminalizadoras: “irregulares”, “sin papeles”, “indocumentados”,
“ilegales”
Xenófobas: “negro inmigrante”
16. Resultados
Híper-representación del discurso de las élites (protagonismo
absoluto de poderes públicos) y sus intereses políticos; e
inexistencia de discurso de los niños (tampoco existe el discurso de
defensa de sus derechos).
Focalización informativa en hechos que, a pesar de vulnerar
derechos, se presentan para legitimar el discurso y las acciones
políticas de “dudosa legalidad”.
Criminalización: Mantenimiento prolongado en la agenda de los
episodios aislados y escasos de posible peligrosidad (1) y ausencia
de referencias a los numerosos casos opuestos (resto).
Ocultamiento de hechos que pudieran interpelar a las autoridades
(muertes no evitadas de menores, por ejemplo).
Desprotección: Tratamiento de la infancia inmigrada como si fuera
adulta.
17. Conclusiones
El tratamiento en la prensa escrita canaria de los
menores migrantes no acompañados presenta
sistemáticamente un enfoque negativo del
fenómeno, lo que no contribuye a la integración ni a
la protección de esta infancia.
Los mensajes periodísticos referidos a menores
migrantes no acompañados en la prensa escrita
canaria, se caracterizan por un tratamiento formal,
de contenido y de contexto que incumple
claramente la normativa respecto al tratamiento de
las informaciones y el derecho a la intimidad de esta
infancia.
18. Recomendaciones (I)
Los medios de comunicación deben ser escrupulosos a la hora de
difundir informaciones relacionadas con la infancia y adolescencia,
ya que son agentes formadores de opinión pública con la
responsabilidad y el deber de protección infantil.
La prensa debe minimizar el impacto negativo de sus
informaciones cuando de menores de edad se rata, intentando
articular procesos de calidad que protejan a la infancia en los
medios de comunicación escrita en cuanto a la discriminación por
razones étnicas, sexo, lengua, religión, preferencias políticas, así
como circunstancias personales, sociales, familiares.
Los medios deben desarrollar planes de formación de sus
profesionales, para que se especialicen en cada una de las
temáticas que divulgan desde el reconocimiento de aspectos legales
y epistemológicos.
19. Recomendaciones (II)
La prensa debería realizar una profunda reflexión que permita
reinventar nuevas formas de transmitir la información, asumiendo
como propia la defensa de los derechos de esta infancia,
respetando el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de
los MMNA. En este sentido los redactores y colaboradores deberán
abstenerse de incluir en las noticias imágenes e ilustraciones que
permitan identificar los rostros de los menores, intentando que las
imágenes se contextualicen en función de los contenidos
noticiosos.
El examen de los derechos de la infancia en los medios de
comunicación debería permitir un tratamiento informativo que
promueva verdaderos espacios de debate, sirviendo para
promover y fomentar el pleno desarrollo de esta infancia en todas
y cada una de sus dimensiones.