Este documento presenta los decretos supremos 256 y 254 que modifican los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios de la educación básica y media en Chile. Las modificaciones actualizan los sectores de lenguaje, matemática, ciencias naturales, ciencias sociales e incluyen un sector de inglés. También ajustan los objetivos de especialidades técnico-profesionales y establecen un calendario gradual de aplicación entre 2010 y 2012.
Objetivos y contenidos educativos actualizados 2009
1. C U R R I C U L U M
Objetivos Fundamentales y
Contenidos Mínimos Obligatorios
de la Educación Básica y Media
ACtUALI z ACI ó n 2009
GOBIERNO DE CHILE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
2.
3.
4. C U R R I C U L U M
Objetivos Fundamentales y
Contenidos Mínimos Obligatorios
de la Educación Básica y Media
ACtUALIzACIón 2009
5. Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Educación Básica y Media
Actualización 2009
ISBN 978-956-292-258-6
Registro de propiedad Intelectual N° 185350
Ministerio de Educación, República de Chile
Alameda 1371, Santiago
Diciembre de 2009
6. i
Decreto Supremo de Educación N° 256
GOBIERNO DE CHILE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIVISIÓN JURÍDICA
_________________________________
CMA/JVS/RCM/SFI/MVM/RFV/SMA
TRANSCRIPCIÓN RECTIFICADA
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 40 DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE ESTABLECE LOS OBJE-
TIVOS FUNDAMENTALES Y CONTENIDOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA Y FIJA NORMAS
GENERALES PARA SU APLICACIÓN.
SANTIAGO, 18 de Agosto de 2009
Nº 256
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Educación aprobó los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para la Educación
Básica y fijó normas generales para su aplicación, a través del Decreto Supremo Nº 40, de 1996, del mismo Ministerio;
Que, después de varios años de aplicación, se ha considerado necesario ajustar los Objetivos Fundamentales y Contenidos
Mínimos Obligatorios de los Subsectores de Lenguaje y Comunicación, Educación Matemática, Comprensión del Medio
Natural, Social y Cultural, Estudio y Comprensión de la Naturaleza y Estudio y Comprensión de la Sociedad para adecuar el
currículum nacional a las nuevas exigencias educacionales; e incluir un sector de Idioma Extranjero: Inglés;
Que, dada la necesidad de unificar y simplificar los conceptos y orientaciones curriculares de la Educación Básica, se ha
considerado necesario modificar la Introducción, los Objetivos Fundamentales Transversales, los Objetivos Fundamentales
Verticales y Contenidos Mínimos Obligatorios: Organización de la Matríz Curricular de Básica.
Que, el Consejo Superior de Educación por Acuerdo Nº 028 de 20 de mayo de 2009, aprobó la solicitud del Ministerio de
Educación para modificar el Capítulo Introductorio, los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la
Educación Básica en los subsectores mencionados, y
VISTO:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación; en los artículos 12, 13, 20, 41 y 90 del D.F.L.
Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.962, Or-
gánica Constitucional de Enseñanza; el Decreto Supremo Nº 40, de 1996, del Ministerio de Educación y sus modificaciones;
el Acuerdo Nº 028 de 2009, del Consejo Superior de Educación; y en los artículos 32 Nº 6 y 35 del Decreto Nº 100, de 2005
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución
Política de la República de Chile,
DECRETO:
ARTÍCULO 1º: Modificase el decreto supremo Nº 40, de 1996, del Ministerio de Educación, que establece los Objetivos
Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Educación Básica y fija normas generales para su aplicación, modi-
ficación que se acompaña en Anexo, que forma parte integrante del presente decreto y que se publicará conjuntamente con
éste en el Diario Oficial, en la forma que indica:
7. Ministerio de Educación
ii Actualización Curricular 2009
1. Sustitúyase el apartado denominado Introducción, que mantiene su denominación, y los apartados denominados: “Obje-
tivos Fundamentales Transversales de la Educación General Básica” y “Objetivos Fundamentales Verticales y Contenidos
Mínimos Obligatorios: Organización de la Matriz Curricular Básica” por el “Capítulo I Conceptos y definiciones de la orga-
nización curricular de Educación Básica y Educación Media” y por el “Capítulo II Objetivos Fundamentales Transversales
de la Educación General Básica y Educación Media”, respectivamente, pasando el apartado “Objetivos Fundamentales
Verticales y Contenidos Mínimos Obligatorios según sectores de aprendizaje” a ser el Capítulo III.
2. Reemplácense los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios del “Subsector de Lenguaje y Comuni-
cación” que pasa a denominarse “Sector de Lenguaje y Comunicación”; del “Subsector de Educación Matemática” que
pasa a denominarse “Sector de Matemática”; del “Subsector de Estudio y Comprensión de la Naturaleza” que pasa a
denominarse “Sector de Ciencias Naturales” y del “Subsector de Estudio y Comprensión de la Sociedad” que pasa a
denominarse “Sector de Historia, Geografía y Ciencias Sociales”.
3. Elimínese el “Subsector de Comprensión del Medio Natural, Social y Cultural”.
4. Incorpórese los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Formación General para el Sector de
Idioma Extranjero: Inglés. La enseñanza de otros idiomas se regirá por los Objetivos Fundamentales y Contenidos Míni-
mos Obligatorios del Subsector de Idioma Extranjero, que pasa a denominarse “Sector de Idioma Extranjero”.
ARTÍCULO 2º: Los nuevos Planes y Programas de estudio que se elaboren de acuerdo a estos Objetivos Fundamentales
y Contenidos Mínimos Obligatorios deberán aplicarse gradualmente a partir del año 2010, según el siguiente calendario:
- Año escolar 2010: 5° a 8° año de Educación Básica.
- Año escolar 2011: 1° a 4 año de Educación Básica.
ARTÍCULO TRANSITORIO: Los establecimientos educacionales que deseen elaborar planes y programas de estudio
propios para el año 2010, tendrán plazo hasta el 30 de octubre de 2009 para presentarlos ante las Secretarías Regionales
Ministeriales de Educación.
Anótese, Tómese Razón y Publíquese.
MICHELLE BACHELET JERIA MÓNICA JIMÉNEZ DE LA JARA
Presidenta de la República Ministra de Educación
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.
Saluda a usted,
CRISTIÁN MARTÍNEZ AHUMADA
Subsecretario de Educación
Distribución: Oficina de Partes: 1, Diario Oficial: 1, Contraloría: 3, Subsecretaría: 1, División de Educación General: 1, Di-
visión Jurídica: 1, Secretarías Regionales Ministeriales: 15, Asesorías Jurídicas Regionales: 15, Total: 38
8. iii
Decreto Supremo de Educación N° 254
GOBIERNO DE CHILE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIVISIÓN JURÍDICA
______________________________
CMA/JVS/RCM/SFI/MVM/RFV/SMA
TRANSCRIPCIÓN RECTIFICADA
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 220, DE 1998 DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN QUE ESTABLECE LOS OBJE-
TIVOS FUNDAMENTALES Y CONTENIDOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS DE LA EDUCACIÓN MEDIA Y FIJAS NORMAS
GENERALES PARA SU APLICACIÓN
SANTIAGO, 17 de agosto de 2009
Nº 254
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Educación aprobó los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para la Educación
Media y fijó normas generales para su aplicación, a través del Decreto Supremo Nº 220, de 1998, del mismo Ministerio;
Que, después de varios años de aplicación, se ha considerado necesario modificar los Objetivos Fundamentales y Conteni-
dos Mínimos Obligatorios de la Formación General en los Subsectores de Lengua Castellana y Comunicación, Matemática,
Historia y Ciencias Sociales, Biología, Química y Física, para adecuar el currículum nacional a las nuevas exigencias educa-
cionales; e incluir un sector de Idioma Extranjero: Inglés.
Que, dadas las modificaciones en el mundo laboral, se ha considerado necesario actualizar los Objetivos Fundamentales Ter-
minales de las especialidades de la Formación Diferenciada Técnico Profesional para adecuarlos a estas transformaciones;
Que, ante la necesidad de unificar y simplificar los conceptos y orientaciones curriculares de la Educación Media, se ha con-
siderado necesario modificar la Introducción que define la organización general del currículum y los Objetivos Fundamentales
Transversales;
Que, el Consejo Superior de Educación por Acuerdo Nº 001 del 8 de enero de 2009, aprobó la solicitud del Ministerio
de Educación para modificar los Objetivos Fundamentales Terminales de 21 especialidades de la Formación Diferenciada
Técnico-Profesional de la educación regular;
Que, el Consejo Superior de Educación por Acuerdo Nº 028, de 20 de mayo de 2009, aprobó la solicitud del Ministerio de
Educación para modificar la Introducción, los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Educación
Media en los subsectores mencionados, y
VISTO:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación; en los artículos 14, 15, 20, 41 y 90 del D.F.L. Nº
1, de 2005, del Ministerio de Educación, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.962, Orgánica
Constitucional de Enseñanza; el Decreto Supremo Nº 220, de 1998, del Ministerio de Educación y sus modificaciones; los
Acuerdos Nºs. 001 y 028 ambos de 2009, del Consejo Superior de Educación; y en los artículos 32 Nº 6 y 35 del Decreto Nº
100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de
la Constitución Política de la República de Chile,
9. Ministerio de Educación
iv Actualización Curricular 2009
DECRETO:
ARTÍCULO 1º: Modificase el Decreto Supremo Nº 220, de 1998, del Ministerio de Educación, que establece los Objetivos
Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Educación Media y fija normas generales para su aplicación, modi-
ficación que se acompaña en Anexo, que forma parte integrante del presente decreto y que se publicará conjuntamente con
éste en el Diario Oficial, en la forma que se indica:
1. Reemplácense la Introducción, y los Capítulos I y II y elimínese el Capítulo III pasando el IV a ser III y así sucesivamente.
2. Sustitúyase los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Formación General del Sector de
Historia y Ciencias Sociales, que pasa a denominarse Sector de Historia, Geografía y Ciencias Sociales; del Subsector
de Lengua Castellana y Comunicación, que pasa a denominarse Sector de Lenguaje y Comunicación; del Sector de
Matemática, y de los subsectores de Biología, Química y Física,
3. Incorpórese, Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Formación General para el Sector de
Idioma Extranjero: Inglés. La enseñanza de otros idiomas se regirá por los Objetivos Fundamentales y Contenidos Míni-
mos Obligatorios del Subsector de Idioma Extranjero, que pasa a denominarse Sector de Idioma Extranjero.
4. Modificase el Capítulo VI, que pasa a ser V, en el siguiente sentido:
Sustitúyase la parte introductoria, con sus subtítulos “Especialidades por familias ocupacionales”, “Perfiles de salida
como objetivos fundamentales terminales” , y eliminase el Subtítulo “Objetivos Transversales de la Formación Diferencia-
da Técnico-Profesional”.
Reemplácense los Objetivos Fundamentales Terminales de la Formación Diferenciada Técnico-Profesional en las siguien-
tes especialidades por las que se indican:
Sector Administración y Comercio:
- Administración
- Contabilidad
- Secretariado
- Ventas
Sector Alimentación:
- Elaboración industrial de alimentos
- Servicios de alimentación colectiva
Sector Confección:
- Vestuario y confección textil
Sector Electricidad:
- Electricidad
- Electrónica
- Telecomunicaciones
Sector Gráfico:
- Dibujo técnico
- Gráfica
Sector Metalmecánico:
- Construcciones metálicas
10. v
- Matricería
- Mecánica automotriz
- Mecánica de mantenimiento de aeronaves
- Mecánica industrial
Sector Programas y Proyectos Sociales:
- Atención de Párvulos
- Atención Social y Cultural
Sector Química:
- Laboratorio químico
- Operación de planta química
ARTÍCULO 2º: Los nuevos planes y programas de estudio que se elaboren de acuerdo a los Objetivos Fundamentales y
Contenidos Mínimos Obligatorios señalados en el artículo precedente, deberán aplicarse gradualmente a partir del año 2010,
según el siguiente calendario:
- Año escolar 2010: 1er. año de Educación Media, Formación General.
- Año escolar 2011: 2do. año de Enseñanza Media, Formación General y 3er. año de Enseñanza Media, Formación Dife-
renciada Técnico-Profesional de las 21 especialidades ajustadas.
- Año escolar 2012: 3er. año de Enseñanza Media, Formación General y 4to. año de Enseñanza Media, Formación Diferen-
ciada Técnico-Profesional de las 21 especialidades ajustadas
- Año escolar 2013: 4to. año de Enseñanza Media de Formación General.
ARTÍCULO TRANSITORIO: Los establecimientos educacionales que deseen elaborar planes y programas de estudio pro-
pios para el año 2010 tendrán plazo hasta el 30 de octubre de 2009 para presentarlos ante las Secretarías Regionales Mi-
nisteriales de Educación.
Anótese, Tómese Razón y Publíquese.
MICHELLE BACHELET JERIA MÓNICA JIMÉNEZ DE LA JARA
Presidenta de la República Ministra de Educación
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.
Saluda a usted,
CRISTIÁN MARTÍNEZ AHUMADA
Subsecretario de Educación
Distribución: Oficina de Partes: 1, Diario Oficial: 1, Contraloría: 3, Subsecretaría: 1, División de Educación General: 1, Divi-
sión Jurídica: 1, Secretarías Regionales Ministeriales: 15, Asesorías Jurídicas Regionales: 15, Total: 38
11. Ministerio de Educación
vi Actualización Curricular 2009
Decreto Supremo de Educación N° 280
GOBIERNO DE CHILE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIVISIÓN JURIDICA
______________________________
JVS/RJZ/RCM/SFI/MVM
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 40, DE 1996, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE ESTABLECE LOS OBJE-
TIVOS FUNDAMENTALES Y CONTENIDOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA Y FIJA NORMAS
GENERALES PARA SU APLICACIÓN.
SANTIAGO, 22 de septiembre de 2009.-
Nº 280
CONSIDERANDO:
Que, el decreto con Fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación, cuerpo legal que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, establece que el Ministerio de
Educación debe fijar los Objetivos Fundamentales y los Contenidos Mínimos Obligatorios de cada uno de los años de
estudio de la Enseñanza Básica, los que fueron oficializados por el Decreto Supremo Nº 40, de 1996, del Ministerio de
Educación;
Que, el decreto supremo Nº 520, de 1996, del Ministerio de Educación, establece disposiciones técnicas y de procedi-
miento para los establecimientos educacionales que opten por el régimen de enseñanza bilingüe, entendiendo como tal
aquella que, con excepción de la enseñanza del Idioma Castellano, imparte en lengua vernácula o en un determinado
idioma extranjero la mayor parte o la totalidad de las enseñanzas establecidas en el correspondiente plan de estudio de
Enseñanza Básica;
Que, es necesario dar respuesta a los intereses y necesidades técnicas planteadas por las escuelas básicas que atienden
alumnos de las comunidades indígenas reconocidas por la ley Nº 19.253: Mapuche, Aymara, Rapa Nui o Pascuense,
Quechua, Diaguita, Colla, Kawáshkar o Alacalufe, Yámana o Yagán y Atacameño o Likan Antai;
Que, el Consejo Superior de Educación, por Acuerdo Nº 029 de 2006, adoptado en la sesión ordinaria del 13 de Abril de
2006, acordó informar favorablemente la propuesta de Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para
la creación del sector Lengua Indígena, para la Enseñanza Básica, presentada por el Ministerio de Educación, y
VISTO:
Lo dispuesto en las Leyes Nºs. 18.956 y 19.253; decreto con Fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación, que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; el decreto
supremo Nº 40, de 1996, del Ministerio de Educación; el Acuerdo Nº 029 de 2006, del Consejo Superior de Educación
12. Formación General vii
y en los artículos 32 Nº 6 y 35 del decreto Nº 100, de 2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile,
DECRETO:
ARTÍCULO 1º: Modifícase el decreto supremo Nº 40, de 1996, del Ministerio de Educación, que establece los Objetivos
Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Educación Básica y fija normas generales para su aplicación, en
la forma que indica:
Incorpórense los siguientes Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para el Sector de Aprendizaje
Lengua Indígena de 1º a 8º año de Enseñanza Básica, cuyo texto se contiene en el Anexo que se acompaña al presente
decreto, que se entiende formar parte del mismo, y que se publicarán conjuntamente en el Diario Oficial.
ARTÍCULO 2º: Los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios aprobados precedentemente entrarán
en vigencia a contar de la siguiente fecha:
• Primer año de Enseñanza Básica: año 2010.
• Segundo año de Enseñanza Básica: año 2011.
• Tercer año de Enseñanza Básica: año 2012.
• Cuarto año de Enseñanza Básica: año 2013.
• Quinto año de Enseñanza Básica: año 2014.
• Sexto año de Enseñanza Básica: año 2015.
• Séptimo año de Enseñanza Básica: año 2016.
• Octavo año de Enseñanza Básica: año 2017.
ARTÍCULO 3º: Para todos los efectos, los programas de estudio del Sector Lengua Indígena para la Enseñanza Básica
que elabore el Ministerio de Educación o los establecimientos educacionales que así lo decidan, deberán ceñirse a los
Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios aprobados para cada uno de los cursos del mencionado
nivel educativo, de conformidad a lo establecido en el decreto supremo Nº 40, de 1996, del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 4º: El Sector de Aprendizaje Lengua Indígena podrá impartirse en todos los establecimientos educacionales
del país que quieran favorecer la interculturalidad, comenzando a implementarse gradualmente desde el primer año de
enseñanza básica.
Este sector tendrá un carácter optativo para el (la) alumno (a) y la familia. Los padres o apoderados deberán manifestar por
escrito, en el momento de matricular a sus hijos o pupilos, si desean o no la enseñanza del sector.
13. Ministerio de Educación
viii Actualización Curricular 2009
ARTÍCULO 5º: No obstante lo establecido en el artículo anterior, los establecimientos educacionales que cuenten al
término del año escolar con una matrícula de un 20% o más de alumnos con ascendencia indígena, de conformidad a la ley
Nº 19.253, les será obligatorio ofrecer el Sector de Lengua Indígena a partir del año escolar siguiente y a contar de la fecha
que se indica a continuación:
• Establecimientos con 50% o más de estudiantes de ascendencia indígena: año 2010.
• Establecimientos entre un 20% a un 49% de estudiantes de ascendencia indígena: año 2013.
Anótese, Tómese Razón y Publíquese.
MICHELLE BACHELET JERIA MÓNICA JIMÉNEZ DE LA JARA
Presidenta de la República Ministra de Educación
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.
Saluda a usted,
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.
Saluda a usted,
JAIME VEAS SÁNCHEZ
Subsecretario de Educación (S)
Distribución: Oficina de Partes: 1, Diario Oficial: 1, Contraloría: 3, Gabinete Ministra: 1, Gabinete Subsecretaría: 1, División
de Educ. General: 1, División Jurídica: 1, Secretarías Regionales: 15, Asesorías Jurídicas Regionales: 15, Departamentos
Provinciales: 42, Total: 81.
14. ix
Índice
IntRODUCCIón 1
CAPÍtULO I 7
Conceptos y definiciones de la organización curricular
de Educación Básica y Educación Media
CAPÍtULO II 21
Objetivos Fundamentales transversales de la Educación
Básica y Educación Media
CAPÍtULO III 29
Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos
Obligatorios para la Formación General
LEnGUAjE y COMUnICACIón 31
IDIOMA EXtRAnjERO: InGLÉS 85
LEnGUA InDÍGEnA 121
MAtEMátICA 145
HIStORIA, GEOGRAFÍA y CIEnCIAS SOCIALES 195
CIEnCIAS nAtURALES 243
Biología 274
Física 283
Química 294
Para los sectores curriculares no actualizados siguen vigentes los
Do 232/2002 y Do 220/1998 y sus modificaciones.
CAPÍtULO IV 305
Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos
Obligatorios para la Formación Diferenciada
Humanístico-Científica en la Educación Media
Para la FDHC sigue vigente el Dº 220/1998 y sus modificaciones.
Ver: documento OFCMO Actualización 2005.
15. Ministerio de Educación
x Actualización Curricular 2009
ÍNDICE
CAPÍtULO V 307
Objetivos Fundamentales terminales para la Formación
Diferenciada técnico Profesional
SECtORES
ADMInIStRACIón y COMERCIO 311
Administración 311
Contabilidad 315
Secretariado 319
Ventas 323
ALIMEntACIón 328
Elaboración Industrial de Alimentos 328
Servicios de Alimentación Colectiva 333
COnFECCIón 338
Vestuario y Cofección textil 338
ELECtRICIDAD 342
Electricidad 342
Electrónica 346
telecomunicaciones 351
GRáFICO 355
Dibujo técnico 355
Gráfica 359
MEtALMECánICO 364
Construciones Metálicas 364
Matricería 368
Mecánica Automotriz 372
Mecánica de Mantenimiento de Aeronaves 377
Mecánica Industrial 382
PROGRAMAS y PROyECtOS SOCIALES 386
Atención de Párvulos 386
Atención Social y Cultural 391
QUÍMICA 395
Laboratorio Químico 395
Operación de Planta Química 399
Para las especialidades de la FDTP no actualizadas sigue vigente
el Dº 220/1998 y sus modificaciones. Ver: documento OFCMO
Actualización 2005.
16. Formación General 1
INTRODUCCIÓN
Introducción
requerimientos
1. Los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos pósitos no se excluyen uno a otro sino que convergen
Obligatorios (OF-CMO) de la Educación Básica y en la finalidad de contribuir al desarrollo integral y
Media que se presentan en este documento han sido libre de la persona, en un contexto económico y social
formulados por el Ministerio de Educación respon- que, por el nivel de desarrollo alcanzado, potencia las
diendo a los siguientes requerimientos: posibilidades de esa libertad, creatividad, iniciativa y
crítica.
• Las necesidades de actualización, reorientación
y enriquecimiento curriculares que se derivan PrinciPios valóricos
de cambios acelerados en el conocimiento y en la
sociedad, y del propósito de ofrecer a alumnos y 3. El marco curricular se basa en los principios de la
Constitución Política y en el ordenamiento jurídico de
alumnas conocimientos, habilidades y actitudes,
la Nación, así como en la concepción antropológica y
relevantes para su vida como personas, ciudada-
ética que orienta la Declaración Universal de los De-
nos y trabajadores, así como para el desarrollo
rechos Humanos y que está presente en las grandes
económico, social y político del país.
tradiciones espirituales del país.
• La necesidad de ofrecer una base cultural común
4. Los principios aludidos tienen por base la convicción
a todo el país que favorezca la cohesión e integra-
fundamental de que los seres humanos nacen libres
ción social y que admita ser complementada para
e iguales en dignidad y derechos y que la perfectibi-
acoger la diversidad cultural del país.
lidad inherente a la naturaleza humana se despliega
• La necesidad de mejorar la articulación de los en procesos de desarrollo y autoafirmación personal
niveles educativos de parvularia, básica y media, y de búsqueda permanente de trascendencia, los que
para asegurar una trayectoria escolar fluida y una otorgan sentido a la existencia personal y colectiva.
calidad homogénea entre niveles, resguardando la A la libertad que hace de cada individuo persona y
particularidad de cada uno de ellos. sujeto de derechos y deberes, le es intrínseca la acción
de razonar, discernir y valorar fundamentos, a su vez,
2. La necesidad de encuadrarse en los propósitos de las de la conducta moral y responsable.
políticas educacionales de Estado que impulsa el Go-
bierno de Chile, en orden a mejorar la calidad de la 5. La educación debe ofrecer a todos los niños y jóvenes,
educación, asegurar su equidad y comprometer en de ambos sexos, la posibilidad de desarrollarse como
ello la participación de la comunidad nacional. personas libres, con conciencia de su propia dignidad
y como sujetos de derechos. Asimismo, la educación
3. La presente actualización curricular de OF-CMO, debe contribuir a forjar en ellos el carácter moral re-
continúa y reafirma el deber, ya expresado en las defi- gido por el amor, la solidaridad, la tolerancia, la ver-
niciones anteriores, que tiene toda enseñanza de con- dad, la justicia, la belleza, el sentido de nacionalidad
tribuir simultáneamente a dos propósitos. Primero, al y el afán de trascendencia personal. El individualismo
desarrollo personal pleno de cada uno de los chilenos extremo, que podría resultar de un ejercicio ilimitado
y chilenas, potenciando al máximo su libertad, crea- de la libertad personal, es moderado por imperativos
tividad, iniciativa y crítica. Segundo, al desarrollo que brotan de un conjunto de valores que llevan a la
equitativo, sustentable y eficiente del país. Ambos pro- persona a compartir con otros los frutos de una liber-
17. Ministerio de Educación
2 Actualización Curricular 2009
INTRODUCCIÓN
tad que humaniza y se abre a las exigencias del bien ciclos, incluido el de Educación Parvularia, de
común. Estos principios de carácter ético que deben modo que la prescripción curricular de un nivel
enmarcar la experiencia escolar fueron concordados determinado se sustente en los aprendizajes adqui-
por el Consejo Asesor Presidencial para la Calidad y ridos en los niveles anteriores.
Equidad de la Educación (2006), reafirmando los de
• Conocimientos, habilidades y actitudes son tres
la Comisión Nacional para la Modernización de la
dimensiones de lo que la experiencia escolar busca
Educación de 1994.
entregar a cada estudiante para favorecer su de-
6. El reconocimiento de la libertad, igualdad y dignidad sarrollo integral. Por ello, la selección curricular
de las personas impone al Estado el deber de garanti- se refiere no sólo al conocimiento entendido como
zar una educación de alta calidad en todos sus niveles conceptos y procedimientos, sino también a las ha-
escolares, que, sin excepciones, contribuya a que cada bilidades y las actitudes que necesitan adquirir los
hombre y cada mujer se desarrolle como persona libre alumnos y alumnas para desenvolverse en distin-
y socialmente responsable, a la vez que competente en tos ámbitos de sus vidas.
los ámbitos del ejercicio de la ciudadanía y del trabajo.
• Los conocimientos, habilidades y actitudes selec-
7. Los principios anteriores, que son asumidos por nuestra cionados en los OF-CMO apuntan al desarrollo
sociedad, no agotan la dimensión ética de la educación. de competencias. Se entienden las competencias
Corresponde también al proyecto educativo de cada como sistemas de acción complejos que interre-
establecimiento identificar y precisar la formación que lacionan habilidades prácticas y cognitivas, co-
la comunidad escolar respectiva procura desarrollar, nocimiento, motivación, orientaciones valóricas,
de acuerdo con su concepción de vida y las finalidades actitudes, emociones que en conjunto se movilizan
que le asigne a la enseñanza y al aprendizaje. Las as- para realizar una acción efectiva. Las competen-
piraciones que la comunidad escolar comparte y desea cias se desarrollan a lo largo de la vida, a través
expresar en su propio proyecto deben compatibilizarse de la acción e interacción en contextos educativos
con las finalidades más generales incorporadas en los formales e informales1.
Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obli-
• La orientación genérica del conjunto de la expe-
gatorios, de manera que en la organización curricular
riencia educativa, que se define como Formación
y en la acción pedagógica concreta de cada estableci-
General, es que ella sea relevante para la vida in-
miento escolar se conjuguen la singularidad institucio-
tegral de alumnos y alumnas, con independencia
nal o local y la identidad nacional.
de sus opciones de egreso.
orientaciones sobre el conocimiento • En el caso de la educación media se considera,
y el aPrendizaje
además, el carácter diferenciado que debe tener
8. La selección curricular de los OF-CMO obedece a los una proporción importante de esta experiencia
siguientes criterios y orientaciones respecto al conoci- formativa, la que debe ser relevante tanto para
miento y el aprendizaje: la formación de la persona y del ciudadano como
para la prosecución de estudios superiores y el des-
• Actualización del currículum de acuerdo con los empeño en actividades laborales.
avances observados en las disciplinas de conoci-
miento y en los cambios ocurridos en la vida so-
cial, e incorporación de nuevos ámbitos de saber y
habilidades. 1 Por ser una definición que representa un consenso amplio, se utili-
za como referencia para el concepto de competencias el marco del
proyecto DESECO elaborado por la OECD. Ver: OECD, 2002.
• Progresión del aprendizaje a lo largo de todos los Definition and selection of competences (DESECO): Theoretical
niveles escolares, con articulación clara entre los and conceptual foundations.
18. Formación General 3
INTRODUCCIÓN
9. El conocimiento científico, el arte y la técnica se ex- Fuentes
presan curricularmente en sectores y son concebidos
11. La construcción de una respuesta curricular adecuada
como acciones humanas, por lo tanto históricas, de
a la necesidad crecientemente compleja de ofrecer a la
permanente descubrimiento y redefinición de sus lí-
población del país, las mejores y más completas oportu-
mites. Ello lleva a ampliar el foco del conocimiento,
nidades formativas, ha considerado diversas fuentes:
ofreciendo no sólo los conceptos, criterios o procedi-
mientos, sino también, elementos sobre los procesos • Demandas sociales al currículum, concordadas por diver-
de su construcción o descubrimiento. Con el propósito sos actores y especialistas en educación. Especialmente,
de comunicar una visión contemporánea y concreta se han considerado las conclusiones y recomenda-
del proceso de conocer y crear, y la naturaleza perfec- ciones que surgieron de la Mesa Escolar para la
tible de sus logros, el marco curricular plantea como revisión de pruebas de selección universitaria; Co-
contenidos diferentes interpretaciones de los eventos misión Simce, OCDE y de Formación Ciudadana;
históricos, conocimiento de disputas científicas, prác- Congreso Pedagógico Curricular del Colegio de
ticas de diseño y realización de investigaciones y pro- Profesores y Consejo Asesor Presidencial para la
yectos diversos. Calidad de la Educación2.
10. Junto a las orientaciones precedentes sobre selección • Análisis longitudinal del currículum. Considerando la
y orientación curricular, los Objetivos Fundamentales aprobación de la reforma constitucional que estable-
de la Educación Básica y Media suponen una forma ce 12 años de Educación obligatoria3, se ha revisado
de trabajo pedagógico que tiene por sujeto a alumnos la secuencia de aprendizajes entre educación básica
y alumnas, sus características, y sus conocimientos y y media, a lo largo de toda la trayectoria escolar.
experiencias previas. Centrar el trabajo pedagógico Esta revisión ha sido reforzada por la elaboración
en el aprendizaje exige una enseñanza que desarro- de Mapas de Progreso del Aprendizaje, instrumen-
lla estrategias pedagógicas diferenciadas y adaptadas to que describe la secuencia típica de aprendizaje,
a los diversos niveles, ritmos y estilos de aprendizaje de lo más simple a lo más complejo, en un determi-
de los alumnos y las alumnas. Adicionalmente, exige nado dominio o eje curricular4. Además se ha revi-
complementar y enriquecer las estrategias lectivas, ne- sado en los primeros años de la Educación Básica la
cesarias y eficientes en relación a propósitos determi- articulación con el nivel de Educación Parvularia,
nados, con estrategias que desafíen a los estudiantes a considerando la cobertura que han alcanzado los
desarrollar una elaboración propia y a desempeñarse niveles de transición. En este trabajo de articula-
en contextos diversos, trayendo al aula situaciones ción se han considerado las Bases Curriculares de
reales. Se promueven, entonces, procedimientos di- Educación Parvularia, y el trabajo de desarrollo
dácticos que incluyen la indagación y la creación por curricular que el Mineduc ha elaborado para este
parte de los alumnos y alumnas, tanto en forma in-
dividual como colaborativamente, y las actividades
de análisis, interpretación y síntesis de información
procedente de una diversidad de fuentes; las de reso-
lución de problemas; las de comprensión sistémica de 2 Mineduc, UCE (2008), Fundamentación del ajuste a los marcos
procesos y fenómenos; las de comunicación de ideas, curriculares vigentes de educación básica y educación media me-
dia. Decretos Supremos 40/96 y 220/98 y sus modificaciones. En:
opiniones y sentimientos de manera coherente y fun- www.currículum-mineduc.cl
damentada; las de trabajo en equipo; las de manejo de 3 Información disponible en:
la incertidumbre y adaptación al cambio. http://www.curriculum-mineduc.cl/docs/informe/mensaje.pdf
4 Información sobre los Mapas de Progreso del Aprendizaje dispo-
nible en:
http://www.curriculum-mineduc.cl/docs/apoyo/boletin-profesores.pdf
y en http://www.curriculum-mineduc.cl/curriculum/mapas-de-progreso/
19. Ministerio de Educación
4 Actualización Curricular 2009
INTRODUCCIÓN
nivel, en especial los mapas de progreso de educa- b. Estudios de implementación de la formación di-
ción parvularia y los programas pedagógicos para ferenciada: Estudio de implementación de la for-
los niveles de transición5. mación diferenciada Humanístico-Científica8
y Estudio cualitativo de implementación de la
• Evidencias de Aprendizaje obtenida de pruebas SIMCE
formación diferenciada Técnico-Profesional9.
y mediciones internacionales en las que participa Chile.
El análisis de esta evidencia ha permitido revisar c. Estudios de Evaluación de aula: Estudio de ca-
la exigencia y secuencia de los objetivos de apren- sos para recoger información sobre prácticas de
dizaje. evaluación de aula y currículum evaluado10.
• Estudios de pertinencia de especialidades Técnico-Pro-
• Revisión de currículum de otros países (especialmente paí-
fesionales. Estudios realizados por universidades
ses de la OECD) y marcos de evaluación de pruebas inter-
a petición del Ministerio de Educación, que han
nacionales (Timss, Pisa, Serce, Educación Cívica). Esta
tenido como propósito recoger información sobre
revisión ha permitido confrontar las definiciones
tendencias del desarrollo productivo y dinámicas
nacionales con los requerimientos internacionales
de empleo. Estos estudios se han realizado para
en las distintas áreas, y contar con información
determinar la vigencia de cada especialidad según
comparada para tomar decisiones acerca de las
la demanda laboral de ella, y para orientar la de-
particularidades del currículum nacional.
finición de los perfiles de egreso de acuerdo con
• Estudios de implementación curricular realizados por las competencias laborales requeridas en el sector
el Ministerio de Educación. La Unidad de Currí- productivo respectivo.
culum y Evaluación del Ministerio de Educación
• Encuesta a docentes de la Red Maestros de Maestros y
ha monitoreado la implementación del currículum
Red de Profesores de Inglés. Esta encuesta se realizó
con el propósito de detectar dificultades en la apli-
durante el año 2006, con el propósito de conocer
cación del Marco Curricular y los Programas de
la opinión de docentes de excelencia sobre las ne-
Estudio elaborados por el Ministerio. Estos estu-
cesidades de ajuste curricular que ellos visualiza-
dios corresponden a tres grandes líneas:
ban a la luz de su trabajo en el aula. Participaron
a. Estudios de implementación curricular en la 211 profesores de aula, con acreditación de exce-
formación general: Serie de estudios de cober- lencia pedagógica, de las 15 regiones del país, de
tura curricular: Estudio de Implementación asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Inglés,
Curricular en NB1-NB26 y Estudios de Cober- Matemática, Ciencias y Ciencias Sociales.
tura Curricular en segundo ciclo y enseñanza • Consulta Pública, sobre una propuesta preliminar
media7. de cambios al currículum, organizada por el Mi-
nisterio de Educación y realizada entre los meses
de septiembre de 2007 y marzo de 200811.
5 Los mapas de progreso de este nivel están disponibles en:
www.curriculum-mineduc.cl
8 Estudio cualitativo y cuantitativo realizado durante el 2006, in-
6 Estudio de Escuelas Testigo en 1° ciclo básico, estudio cualitativo
formación próximamente disponible en:
con el propósito de caracterizar el currículum implementado en
http://www.curriculum-mineduc.cl/
Matemática y Lenguaje y Comunicación. Disponible en:
http://www.curriculum-mineduc.cl/ayuda/documentos/ 9 Disponible en: http://www.curriculum-mineduc.cl/docs/estudio/
implementacion_curricular_en_la-_emtp.pdf
7 Estudios de Cobertura Curricular en 2° ciclo básico y enseñan-
za media, realizados por 4 años consecutivos abarcando a un to- 10 Estudios cualitativos diseñados con la finalidad de caracterizar el
tal de 6.853 profesores, con el propósito de obtener información currículum evaluado en 4 niveles de enseñanza básica (2°, 4°, 6° y
respecto al grado de cobertura curricular y al tipo de contenidos 8° básico) y dos de enseñanza media (2° y 4° medio), en las áreas de
abordados por los docentes, a partir del segundo año de vigen- lenguaje, matemática, ciencias, ciencias sociales, inglés, educación
cia del Marco Curricular y los Programas de Estudio en todos los física, tecnológica y artística.
sectores de aprendizaje. Información disponible en: 11 Ver, Informe Consulta Pública Ajuste Curricular (2008), en:
http://www.curriculum-mineduc.cl http://www.curriculum-mineduc.cl
20. Formación General 5
INTRODUCCIÓN
marco curricular común y libertad un carácter obligatorio y es el referente en base al cual
Para la deFinición de Planes y se construyen los planes de estudio, los programas de
Programas de estudio estudio, los mapas de progreso, los textos escolares y
12. Este marco continúa y reafirma las orientaciones y se elabora la prueba Simce.
principios relacionados con la libertad curricular pre-
Los planes de estudio definen la organización del
sentes en las versiones precedentes del mismo. Se trata
tiempo de cada nivel escolar. Consignan las activida-
de principios destinados a enriquecer las oportunida-
des curriculares que los alumnos y las alumnas deben
des educativas que se ofrezcan en el futuro: en primer
cursar y el tiempo semanal que se les dedica.
término, el de la pluralidad de opciones curriculares,
basada en proyectos educativos definidos en los pro- Los Programas de estudio entregan una organi-
pios establecimientos; en segundo término, el de la zación didáctica del año escolar para el logro de los
participación de profesores y profesoras en tales defi- Objetivos Fundamentales definidos en el Marco Cu-
niciones. De acuerdo con estos principios se establece rricular. En los programas de estudio del Ministerio
un marco de objetivos y contenidos comunes que ase- de Educación se definen aprendizajes esperados, por
guran una misma experiencia formativa de calidad semestre o por unidades, que corresponden a objeti-
para la totalidad de la matrícula, y se reconoce que vos de aprendizajes acotados en el tiempo. Se ofrecen
sobre esta base curricular los establecimientos edu- además ejemplos de actividades de enseñanza y orien-
cacionales tienen la libertad de elegir o elaborar sus taciones metodológicas y de evaluación para apoyar el
propios planes y programas de estudio. trabajo docente de aula. Estos ejemplos y orientacio-
nes tienen un carácter flexible y general para que pue-
13. De acuerdo con lo señalado, cada establecimiento o
dan adaptarse a las realidades de los establecimientos
agrupación de ellos tendrá que decidir si aplicará o
educacionales.
adaptará los planes y programas de estudio que defina
el Ministerio de Educación u otra institución educacio- Los Mapas de Progreso describen el crecimiento
nal idónea, o si elaborará planes y programas de estu- de las competencias consideradas fundamentales en
dio propios, en función de los requerimientos específi- la formación de los estudiantes dentro de cada sector
cos de su comunidad escolar y el cumplimiento de los curricular y constituyen un marco de referencia para
OF-CMO. Este procedimiento es consistente con las observar y evaluar el aprendizaje promovido por el
políticas educacionales en desarrollo, que se orientan marco curricular. Los mapas describen en 7 niveles
a resolver los problemas de calidad de los aprendizajes de progreso las competencias señaladas, en palabras y
y de igualdad de oportunidades, con la participación con ejemplos de desempeño y trabajos de estudiantes
creadora de los propios agentes educativos.
ilustrativos de cada nivel.
marco curricular común y otros Los Niveles de logro del SIMCE son descripciones
instrumentos curriculares del de los desempeños que exhiben alumnos y alumnas
ministerio de educación en los sectores curriculares que al final de cada ciclo
14. El currículum nacional se expresa en un marco curri- escolar evalúa el SIMCE. Los niveles de logro se han
cular y en instrumentos curriculares que lo operacio- construido sobre la base de los desempeños efectivos
nalizan. Estos instrumentos tienen diversas funciones, de alumnos y alumnas en la prueba en relación a los
cada una orientada al logro de los aprendizajes que se objetivos del marco curricular y las competencias des-
definen en el marco curricular. critas en los Mapas de Progreso.
El Marco Curricular define el aprendizaje que se Los Textos Escolares desarrollan los contenidos
espera que todos los alumnos y las alumnas del país definidos en el Marco Curricular para apoyar el tra-
desarrollen a lo largo de su trayectoria escolar. Tiene bajo de los alumnos y las alumnas en el aula y fuera
21. Ministerio de Educación
6 Actualización Curricular 2009
INTRODUCCIÓN
de ella, y les entregan explicaciones y actividades para
favorecer su aprendizaje y su autoevaluación. Para los
profesores y las profesoras los textos constituyen una
propuesta metodológica para apoyar la implementa-
ción del currículum en el aula, y los orientan sobre la
extensión y profundidad con que pueden ser aborda-
dos los contenidos del Marco Curricular.
En el caso de la Educación Parvularia, resguardando
las características específicas de este nivel, existen de-
finiciones análogas a las anteriores: Bases curriculares
y mapas de progreso para el tramo de edad de 0 a 6
años, y programas pedagógicos y textos para los nive-
les 1 y 2 de Transición.
22. CAPÍtULO I Conceptos y definiciones de
la organización curricular de
Educación Básica y
Educación Media
23.
24. Formación General 9
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
1. OBjEtIVOS FUnDAMEntALES y COntEnIDOS • el conocimiento como información, es decir, como co-
MÍnIMOS OBLIGAtORIOS nocimiento de objetos, eventos, fenómenos, símbolos y
Objetivos Fundamentales (OF) son los aprendizajes • el conocimiento como entendimiento, es decir, la in-
que los alumnos y las alumnas deben lograr al finalizar formación puesta en relación o contextualizada, inte-
los distintos niveles de la Educación Básica y Media. Se grando marcos explicativos e interpretativos mayores,
refieren a conocimientos, habilidades y actitudes que han y dando base para discernimiento y juicios.
sido seleccionados considerando que favorezcan el de- Las habilidades se refieren a las capacidades de ejecu-
sarrollo integral de alumnos y alumnas y su desenvolvi- tar un acto cognitivo y/o motriz complejo con precisión y
miento en distintos ámbitos, lo que constituye el fin del
adaptabilidad a condiciones cambiantes13. Las habilida-
proceso educativo.
des pueden ser del ámbito intelectual o práctico, y se re-
El Marco curricular distingue entre dos clases de Obje- fieren tanto a desempeños como a la realización de proce-
tivos Fundamentales: dimientos basados en procesos rutinarios, o no rutinarios
fundados en la búsqueda, la creatividad y la imaginación.
a. Objetivos Fundamentales Verticales: son los aprendi- Las habilidades promovidas por el currículum son espe-
zajes directamente vinculados a los sectores curricula- cialmente aquellas que exigen elaboración de los sujetos
res, o a las especialidades de la formación diferencia- y que constituyen la base del desarrollo de competencias
da en la Educación Media.12 y de la transferencia del conocimiento aprendido en el
ámbito escolar a otros contextos.
En relación a los Objetivos Fundamentales Verticales es
preciso distinguir en ellos entre Objetivos Fundamentales Las actitudes son disposiciones hacia objetos, ideas o per-
por nivel y Objetivos Fundamentales Terminales. En el primer sonas, con componentes afectivos, cognitivos y valorativos,
caso, se trata de los objetivos que alumnas y alumnos de- que inclinan a las personas a determinados tipos de accio-
ben lograr en cada uno de los doce años de la Educación nes. Por ejemplo, el currículum plantea actitudes a incul-
Básica y Media. En el segundo caso, se trata de los objeti- car en alumnas y alumnos respecto a: desarrollo personal,
vos que los alumnos y las alumnas deben lograr al térmi- aprendizaje y relación con el conocimiento, relaciones con
no de la Educación Media, para el caso de la Formación los demás, derechos y deberes ciudadanos, disciplina de es-
Diferenciada técnico-profesional y artística. tudio y trabajo personal, trabajo en equipo, manejo de evi-
dencia, verdad y criticidad, diálogo y manejo de conflictos,
b. Objetivos Fundamentales Transversales: son aquellos
entorno natural, entre otras dimensiones.
aprendizajes que tienen un carácter comprensivo y ge-
neral, cuyo logro se funda en el trabajo formativo del Contenidos Mínimos Obligatorios (CMO). Los
conjunto del currículum o de subconjuntos de éste que CMO explicitan los conocimientos, habilidades y actitu-
incluyan más de un sector o especialidad. des implicados en los OF y que el proceso de enseñanza
debe convertir en oportunidades de aprendizaje para cada
Los aprendizajes definidos en los Objetivos Fundamentales
estudiante con el fin de lograr los Objetivos Fundamen-
se refieren a: conocimientos, habilidades y actitudes.
tales. Si los Objetivos Fundamentales están formulados
Los conocimientos incluyen conceptos, sistemas con- desde la perspectiva del aprendizaje que cada alumno y
ceptuales e información sobre hechos, procedimientos, alumna debe lograr, los CMO lo están desde la perspecti-
procesos y operaciones. Esto considera: va de lo que cada docente debe obligatoriamente enseñar,
12 Por facilidad de comunicación, a lo largo del texto se ha elegido ig-
norar la referencia a “Verticales”, y en cada sector la referencia es 13 OECD, 20 02. Def init ion and select ion of competences
a Objetivos Fundamentales, cuando se trata de “OF Verticales”. ( DESECO): Theoret ical and conceptual foundat ions.
25. Ministerio de Educación
10 Actualización Curricular 2009
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
cultivar y promover en el aula y en el espacio mayor del 2. nIVELES, CICLOS y SECtORES DE APREnDIzAjE
establecimiento, para desarrollar dichos aprendizajes.
Se denomina niveles educacionales a los tramos cro-
Los OF-CMO del marco curricular están orientados nológicos en que, tanto por razones técnicas como admi-
al desarrollo de competencias que se consideran nistrativas, ha sido dividido el proceso escolar que ocurre
fundamentales para el desarrollo personal y para des- dentro de cada ciclo o subciclo de aprendizaje. Cada nivel
envolverse en el ámbito social, laboral y ciudadano. corresponde a un año de estudio.
Siguiendo una definición de amplio consenso sobre
las competencias14, éstas aluden a la capacidad para Con el concepto de ciclo de aprendizaje se alude a una
responder a las exigencias individuales o sociales para forma de ordenar temporalmente el proceso escolar se-
realizar una tarea o, dicho de otra forma, correspon- gún tramos de más de un año, cada uno de los cuales
den a la capacidad de articular y movilizar recursos secuencia y ordena los diversos aprendizajes que deben
aprendidos –saberes– con vistas a un desempeño de ex- realizar alumnos y alumnas en una determinada etapa de
celencia. Las competencias se expresan en la acción y su desarrollo evolutivo personal.
suponen la movilización de conocimientos, habilidades
En Educación Básica se diferencian dos Ciclos. Un Pri-
y actitudes que la persona ha aprendido en contextos
mer Ciclo que cubre aprendizajes que deben realizarse
educativos formales e informales. Con la finalidad de
entre el 1º y el 4º año básico y, un Segundo Ciclo que sis-
promover que alumnos y alumnas desarrollen compe-
tematiza los aprendizajes a realizar entre el 5º y el 8º año
tencias, el currículum incorpora los conocimientos de
las distintas disciplinas que son fundamentales para básico. Cada Ciclo se divide, a su vez, en subciclos de dos
comprender la realidad, las habilidades cognitivas y años de extensión cada uno. Los logros de aprendizaje
procedimientos que posibilitan integrar y movilizar que cada estudiante debe haber alcanzado al finalizar un
recursos, y las actitudes personales y éticas que orien- ciclo o subciclo, según se trate, son los que se encuentran
tan una acción responsable consigo mismo y los demás. expresados en los OF correspondientes al curso que cie-
Además, asumiendo que las competencias se desarro- rra el respectivo ciclo o subciclo.
llan en la práctica y que lo relevante es que alumnos y En Educación Media se distinguen dos Ciclos. Un Primer
alumnas logren aprendizajes que puedan transferir a
ciclo que sistematiza los aprendizajes a realizar en 1º y 2°
contextos reales, el currículum prioriza la comprensión
año medio y, un Segundo Ciclo que sistematiza los apren-
profunda, el aprendizaje activo, las relaciones entre sa-
dizajes a realizar en 3º y 4º año medio.
beres y la movilización integrada de conocimientos,
habilidades y actitudes, en diversos contextos, prefe- El concepto sector de aprendizaje alude a las diversas
rentemente auténticos o reales. categorías de saber y de experiencias que deben cultivar
los niños, las niñas y jóvenes para desarrollar aquellas
En el caso de las modalidades artística y técnico-profe-
dimensiones de su personalidad que han sido puestas de
sional las competencias a desarrollar se expresan en los
relieve por los fines, objetivos generales y requisitos de
objetivos fundamentales terminales de cada mención o
egreso de la enseñanza básica y media. Cada sector de
especialidad.
aprendizaje define los tipos de saberes y experiencias que
deben ser trabajados a lo largo de cada uno de los nive-
les educacionales. Algunos de estos sectores constituyen
agrupaciones de saberes o conocimientos en sentido es-
tricto; otros, en cambio, constituyen agrupaciones de los
tipos de experiencias que la escuela debe proveer para
que la formación de alumnos y alumnas transcurra en la
dirección especificada por los objetivos generales y requi-
14 OECD (2002), op.cit. sitos de egreso de la enseñanza básica y media.
26. Formación General 11
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
3. FORMACIón GEnERAL, FORMACIón ral no regulado por el Marco curricular nacional, a ser
DIFEREnCIADA y LIBRE DISPOSICIón: tRES definido por los establecimientos y que pueden destinar
áMBItOS DE LA ORGAnIzACIón DEL MARCO a la formación general, a la diferenciada o a actividades
CURRICULAR curriculares definidas por ellos mismos.
El Marco curricular distingue tres ámbitos de formación 4. tIEMPO ESCOLAR y SECtORES OBLIGAtORIOS
de acuerdo con la naturaleza general o especializada de DE LA EDUCACIón BáSICA
sus contenidos y al carácter de regulado o no de los mis-
mos: Formación General (FG), Formación Diferenciada Para cumplir con los propósitos formativos de la Educa-
(FD) y Libre Disposición (LD). ción Básica, el currículum está orientado prioritariamente
a desarrollar la Formación General. Adicionalmente, para
El ámbito de la Formación General responde al requeri- favorecer la flexibilidad curricular, se destina un número
miento de ofrecer una educación de calidad que favorezca de horas en cada nivel de Libre Disposición (ver cuadro 1).
la formación integral de todos los alumnos y las alumnas y
los habilite para desenvolverse en forma responsable, acti- La Formación General en la Educación Básica considera
va, reflexiva y crítica en múltiples ámbitos de su vida. Desde once sectores de aprendizaje obligatorios:
la perspectiva de la sociedad, contribuye a la construcción, • Lenguaje y Comunicación
a través del sistema escolar, de la base cultural común, de la
integración social, el crecimiento económico y el desarrollo • Lengua Indígena (obligatorio ofrecerlo en los estable-
político del país. La Formación General abarca en forma cimientos con alta densidad de matrícula indígena)15
preponderante la educación básica y los dos primeros años • Idioma Extranjero (obligatorio desde 5° a 8° básico)
de la educación media, y tiene una presencia variable en
• Matemática
los dos últimos años de la escolaridad.
• Ciencias Naturales
El ámbito de la Formación Diferenciada distingue
canales de especialización en las tres modalidades de la • Historia, Geografía y Ciencias Sociales
Educación Media y se extiende y profundiza en el segun- • Educación Tecnológica
do ciclo de ésta. Desde la óptica del desarrollo personal, el
• Educación Artística
ámbito de la Formación Diferenciada se basa en la nece-
sidad de atender las aptitudes e intereses personales y las • Educación Física
disposiciones vocacionales de alumnos y alumnas, armo-
• Orientación
nizando sus decisiones individuales, con requerimientos
de la cultura nacional y del desarrollo productivo, social y • Religión (obligatorio ofrecerlo, pero opcional cursarlo
ciudadano del país. Así, la Formación Diferenciada agrupa para alumnos y alumnas).
los aprendizajes correspondientes a los diferentes planes de Al formular planes de estudio los establecimientos y
diferenciación o de especialización que ofrecerá la Educa- el Ministerio de Educación deben distribuir el tiempo de
ción Media en sus tres modalidades. Se inicia intensiva- Formación General considerando todos los sectores obli-
mente a partir del 3º Medio y constituye un espacio flexible gatorios que la componen. En el caso del sector de Len-
que podrá variar, de liceo en liceo, en términos de planes guaje y Comunicación se deben asignar al menos 6 horas
de especialización que se ofrezcan, de acuerdo a intereses y en primer ciclo básico y 4 horas en segundo ciclo básico.
aptitudes de alumnos y alumnas, y a las definiciones curri- En el caso del sector de Matemática se deben asignar al
culares e institucionales de los establecimientos. menos 5 horas en el primer ciclo básico y 4 horas en el
segundo ciclo básico (ver cuadro 1).
El ámbito de Libre Disposición, profundiza la liber-
tad que tienen los establecimientos para elaborar planes
y programas propios, al determinar un espacio tempo- 15 Este sector se aprobó por Decreto Supremo N° 280 de 2009.
27. Ministerio de Educación
12 Actualización Curricular 2009
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
Los tiempos de trabajo mínimo semanal para los distintos • 7mo y 8vo básico:
niveles son: • 33 horas, sin JECD
• 1ro a 6to básico: • 38 horas, con JECD
• 30 horas, sin Jornada Escolar Completa Diurna
En el cuadro 1 se sintetizan estas definiciones tem-
( JECD)
porales.
• 38 horas, con JECD
cuadro n° 1 matriz temPoral de la educación básica
niveles
sectores de aPrendizaje nº mínimo de horas
1º a 4º año básico 5º y 6º año básico 7º y 8º año básico
Lenguaje y Comunicación 6 4 4
Lengua Indígena16 - - -
Lengua extranjera (desde 5° básico) - -
Matemática 5 4 4
Ciencias naturales - - -
Historia, Geografía y Ciencias Sociales - - -
Educación tecnológica - - -
Educación Artística - - -
Educación Física - - -
Orientación (desde 5º básico) - -
Religión - - -
total tiempo asignado 11 8 8
tiempo a distribuir entre los sectores de aprendizaje obligatorios 15 22 22
total tiempo mínimo de trabajo en los sectores obligatorios 26 30 30
tiempo de libre disposición 4 ó 12(1) 8(2) 3 u 8(3)
total tiempo mínimo de trabajo semanal 30 ó 38 30 ó 38 33 ó 38
NOTAS:
(1) Para 1ro y 2do básico, de acuerdo con la Ley Nº19.532, las escuelas que presenten un 40% de vulnerabilidad, a lo menos, podrán incorporarse a la
Jornada Escolar Completa Diurna. En este caso, al igual que en el de las escuelas que ofrezcan 3ro y 4to básico en régimen de JECD, dispondrán
de 12 horas semanales de Libre Disposición. Las escuelas no integradas a la JECD, dispondrán de 4 horas de Libre Disposición.
(2) Las escuelas aún no incorporadas a la JECD no contarán con tiempo de libre disposición. Los establecimientos adscritos a la JECD dispondrán
de 8 horas semanales de libre disposición.
(3) Las escuelas aún no incorporadas a la JECD tendrán 3 horas de libre disposición. Los establecimientos adscritos a la JECD dispondrán de 8
horas semanales de libre disposición.
16 Este sector es obligatorio ofrecerlo en los establecimientos con alta
densidad de matrícula indígena definido según Decreto Supremo
N° 280 de 2009.
28. Formación General 13
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
5. tIEMPO ESCOLAR y áMBItOS FORMAtIVOS DE
LA EDUCACIón MEDIA
La Educación Media se organiza considerando tres mo- En 3° y 4° medio Humanístico Científico los sectores
dalidades: Humanístico-Científica, Técnico-Profesional de formación general obligatorios son:
y Artística17.
• Lenguaje y Comunicación
En estas tres modalidades los dos primeros años de la • Idioma Extranjero
Educación Media están destinados a la Formación Gene-
• Matemática
ral, ocupando esta la mayor parte del tiempo de trabajo
• Historia, Geografía y Ciencias Sociales
escolar de 1° y 2° año Medio. Por ende, la experiencia
formativa en el primer ciclo medio es común en las tres • Filosofía y Psicología
modalidades. • Dos ciencias entre Biología, Química y Física
• Artes Visuales o Artes Musicales
En 3° y 4° medio, en cambio, se establecen mayores dife-
rencias entre ellas. Mientras la modalidad Humanístico- • Educación Física
Científica está destinada principalmente a la Formación • Religión (obligatorio ofrecerlo, pero opcional cursarlo
General, en las modalidades Técnico-Profesional y Artís- para alumnos y alumnas).
tica se dedica un tiempo preponderante a la Formación
En 3° y 4° medio Técnico-Profesional los sectores de
Diferenciada correspondiente y en ambas se mantienen
formación general obligatorios son:
algunos sectores de la Formación General.
• Lenguaje y Comunicación
FORMACIón GEnERAL • Idioma Extranjero
La Formación General incluye los siguientes sectores de • Matemática
aprendizaje obligatorios en primero y segundo medio: • Historia, Geografía y Ciencias Sociales
• Lenguaje y Comunicación • Religión (obligatorio ofrecerlo, pero opcional cursarlo
para alumnos y alumnas).
• Idioma Extranjero
• Matemática En 3° y 4° medio Artístico los sectores de formación ge-
neral obligatorios son:
• Historia, Geografía y Ciencias Sociales
• Biología • Lenguaje y Comunicación
• Química • Idioma Extranjero
• Física • Matemática
• Educación Tecnológica • Historia, Geografía y Ciencias Sociales
• Artes Visuales o Artes Musicales • Filosofía y Psicología
• Educación Física • Biología
• Religión (obligatorio ofrecerlo, pero opcional cursarlo • Religión (obligatorio ofrecerlo, pero opcional cursarlo
para alumnos y alumnas). para alumnos y alumnas).
En los dos ciclos y tres modalidades de la educación me-
dia, constituye también parte de la Formación General la
actividad de Consejo de Curso.
17 Decreto Supremo N° 003 del 5 de enero de 2007.
29. Ministerio de Educación
14 Actualización Curricular 2009
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
FORMACIón DIFEREnCIADA En el caso de la Modalidad Artística, la diferenciación
En las tres modalidades de la Educación Media se incluye alude a la formación especializada en distintos campos
un ámbito de Formación Diferenciada, consistente en del arte. Esta formación define objetivos terminales para
canales de especialización que responden a la diversidad 10 menciones artísticas, que están reguladas por el Decre-
de intereses de los estudiantes. Este ámbito de formación to Supremo N° 03 de 2007.
ocupa una proporción importante del tiempo en los cur- En el caso de la modalidad Técnico-Profesional, la di-
sos 3º y 4º de la Educación Media. ferenciación alude a la formación especializada, definida
Con el inicio de la Formación Diferenciada en 3º Medio, se en términos de objetivos terminales agrupados en per-
posibilita una decisión vocacional mejor fundamentada files de egreso, correspondientes a los siguientes catorce
y más consciente. Cabe destacar la especial importancia sectores económicos y 46 canales de especialización (ver
del rol de la Orientación en este punto de la Educación cuadro 2). Los perfiles correspondientes fueron definidos
Media, la que debe contribuir tanto a la determinación con la cooperación de instituciones empresariales, de tra-
de los planes de diferenciación o especialización que el bajadores y gubernamentales, y responden a las necesida-
establecimiento ofrezca, como al apoyo efectivo de alum- des de recursos humanos calificados de una economía en
nos y alumnas en el proceso de definir sus opciones de crecimiento e integrada a los mercados globales.
Formación Diferenciada.
El Marco Curricular en este caso no define contenidos mí-
En el caso de la Educación Media Humanístico-Científi- nimos obligatorios ni objetivos específicos por nivel, sino
ca, la Formación Diferenciada consiste en planes de estudio que Objetivos Fundamentales Terminales, es decir, lo que cada
que deberán definir los establecimientos, en que alumnos estudiante debe lograr en cada una de las especialidades
y alumnas, por sobre el tiempo dedicado a la Formación referidas al final de la Educación Media. Esta particula-
General, dedican un tiempo adicional a expandir o pro- ridad se funda en la necesidad de la modalidad Técnico-
fundizar sus aprendizajes en un número reducido de sec- Profesional de responder en forma adecuada a la creciente
tores, siguiendo sus intereses, aptitudes o expectativas de velocidad de cambio en las tecnologías, mercados y orga-
salida. Para este propósito, se han definido objetivos y nización industrial de los sectores a los que sirve, lo cual
contenidos adicionales a la Formación General en cada sec- impone una flexibilidad mayor en las formas y contenidos
tor curricular. de la experiencia formativa de sus estudiantes.
30. Formación General 15
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
cuadro n° 2 sectores económicos y esPecialidades de la Formación
diFerenciada técnico-ProFesional
Sector económico eSpecialidad
1. Forestal
2. Procesamiento de la madera
MADERERO
3. Productos de la madera
4. Celulosa y papel
AGROPECUARIO 5. Agropecuaria
6. Elaboración industrial de alimentos
ALIMEntACIón
7. Ser vicios de alimentación colectiva
8. Edif icación
9. Terminaciones de construcción
10. Montaje industrial
COnStRUCCIón
11. Obras viales y de infraestructura
12. Instalaciones sanitarias
13. Refrigeración y climatización
14. Mecánica industrial
15. Construcciones metálicas
MEtALMECánICO 16. Mecánica automotriz
17. Matricería
18. Mecánica de mantenimiento de aeronaves
19. Electricidad
ELECtRICIDAD 20. Electrónica
21. Telecomunicaciones
22. Naves mercantes y especiales
23. Pesquería
MARÍtIMO
24. Acuicultura
25. Operación por tuaria
26. Explotación minera
MInERO 27. Metalurgia ex tractiva
28. Asistencia en geología
29. Gráf ica
GRáFICO
30. Dibujo técnico18
31. Tejido
32. Tex til
COnFECCIón
33. Vestuario y confección tex til
34. Productos del cuero
35. Administración
36. Contabilidad
ADMInIStRACIón y COMERCIO
37. Secretariado
38. Ventas
39. Atención de párvulos
40. Atención de adultos mayores
PROGRAMAS y PROyECtOS SOCIALES
41. Atención de enfermería19
42. Atención social y cultural
43. Operación de planta química
QUÍMICA
44. Laboratorio químico
45. Ser vicios de turismo
tURISMO y HOtELERÍA 20
46. Ser vicios hoteleros
18 Por Decreto Supremo Nº 593, del 20 de octubre del 2000, se agrega la especialidad de “Dibujo técnico”.
19 Por Decreto Supremo Nº 98, del 20 de marzo del 2002, se sustituye el capítulo VI sector Programas y Proyectos Sociales, la expresión “Atención
de Enfermos” por “Atención de Enfermería”.
20 Por Decreto Supremo Nº 593, del 20 de octubre del 2000, se crea el sector Turismo y Hotelería y la especialidad de “Servicios Hoteleros”.
31. Ministerio de Educación
16 Actualización Curricular 2009
CONCEpTOs y DEFINICIONEs DE lA ORGANIzACIÓN CURRICUlAR DE EDUCACIÓN básICA y EDUCACIÓN MEDIA
tIEMPO ESCOLAR uno de los sectores de Artes: Artes Visuales o Artes
Los tiempos de trabajo mínimo semanal para los distintos Musicales. Los establecimientos artísticos incremen-
niveles son: tarán las horas dedicadas a la formación artística con
horas de Libre Disposición, y ofrecerán al menos dos
• 1° y 2° medio: sectores artísticos21.
33 horas, sin Jornada Escolar Completa Diurna
• En los establecimientos de la modalidad Técnico-
( JECD)
Profesional, el tiempo de Libre Disposición podrá
42 horas, con JECD destinarse a actividades orientadas a una formación
• 3° y 4° medio Humanístico-Científico: técnico-vocacional, procurando en todos los casos que
ésta sea de carácter general.
36 horas, sin JECD
42 horas, con JECD b. tercer y cuarto año de educación media en la
modalidad Humanístico-científica
• 3° y 4° medio Técnico-Profesional:
En el caso de los establecimientos no adscritos al régimen
38 horas, sin JECD
de jornada completa diurna, el tiempo mínimo semanal
42 horas, con JECD de clases debe ser de 36 horas.
• 3° y 4° medio Artístico: • La Formación General abarcará obligatoriamente los
No se puede ofrecer sin JECD sectores de aprendizaje de Matemática, de Historia,
42 horas, con JECD Geografía y Ciencias Sociales, de Filosofía y Psicolo-
gía, de Educación Física, de Lenguaje y Comunica-
REGLAS PARA DEFInIR LOS PLAnES DE EStUDIO y ción, de Idioma Extranjero, dos de los tres sectores de
SUS tIEMPOS Ciencias Naturales, un sector Artístico y el sector de
Religión. Tendrá un mínimo de 27 horas a la semana,
Al elaborar sus planes y programas de estudio, los estable-
el que podrá ser aumentado con tiempos del ámbito
cimientos lo harán dentro de las siguientes regulaciones
de Libre Disposición.
sobre combinaciones de sectores del currículum por ni-
veles de la Educación Media; y de acuerdo con las horas • La Formación Diferenciada tendrá un mínimo de 9
semanales asignadas a la Formación General, a la Forma- horas semanales, que podrá ser incrementado con
ción Diferenciada y el tiempo de Libre Disposición. tiempos del ámbito de Libre Disposición22.
a. Primer y segundo año de la educación media • Sobre un mínimo obligatorio de dos, es opcional el
• En estos dos niveles la Formación General se desa- número de planes de diferenciación (o especializa-
rrollará en 33 horas mínimas semanales, abarcando ción) que puede fijar un establecimiento. La compo-
todos los sectores de ella, salvo Filosofía y Psicología, sición interna de cada plan de diferenciación debe
que sólo se considera en 3º y 4º Medio. En estas ho- considerar un mínimo de dos y un máximo de cuatro
ras se debe incluir la actividad de Consejo de Curso. sectores.
Asimismo, el límite de 33 horas puede ser ampliado
• El tiempo de Libre Disposición será de 6 horas y se po-
utilizando horas del ámbito de Libre Disposición.
drá destinar a suplementar sectores de la Formación
• Los establecimientos Técnico-Profesionales y Hu- Diferenciada, de la Formación General, o a otras acti-
manístico-Científicos pueden determinar incluir sólo vidades curriculares definidas por el establecimiento.
21 De acuerdo a Decreto Exento Nº 02508, del 18 de diciembre de
2007.
22 De acuerdo a Decreto Supremo Nº 98, del 20 de marzo del 2002.