MONOTRIBUTO
Régimen para pequeños Contribuyentes Simplificado Al comenzar un negocio o comercio, si el mismo es pequeño, el contribuyente deberá inscribirse en la AFIP como Monotributista, y ante la Dirección General de Rentas por el impuesto a los Ingresos Brutos.
IMFORMACION GENERAL  ACERCA DE MONOTRIBUTO
¿CUÁL ES EL OBJETO DEL RÉGIMEN DE MONOTRIBUTO?Simplificar el pago de los impuestos jubilación y obra social para los pequeños contribuyentes.El Monotributo -o Sistema de Régimen Simplificado- consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo mensual, el cual está formado por:Un componente impositivo.
Un componente previsional.¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?1. Integración al sistema tributario vigente, dejando de lado la informalidad.2. Contar con obra social, y en el futuro, con una jubilación.¿QUÉ CONCEPTOS COMPRENDE?Con el pago mensual de una cuota única el Monotributista está cumpliendo con las siguientes obligaciones: Impuesto a las Ganancias. Impuesto al Valor Agregado (IVA). Aportes al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP). Aporte al Sistema Nacional del Seguro de Salud (SNSS).
¿QUIÉNES PUEDEN SER MONOTRIBUTISTAS? Las personas físicas que realicen venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios. Las sucesiones indivisas que continúan la actividad de la Persona Física. Las personas físicas integrantes de cooperativas de trabajo.  Sociedades de Hecho e Irregulares.¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SER MONOTRIBUTISTAS? Haber obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos que no superen los $200.000.- por locaciones y/o prestaciones de servicios. Haber obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos que no superen los $300.000.- para ventas de cosas muebles. No superen en el período indicado anteriormente, los parámetros máximos en cuanto a superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados.Que el precio unitario de venta de cosas muebles no supere los $ 2500. Que no realicen importaciones de cosas muebles y/o servicios. Que no realicen más de 3 actividades simultáneas o no posean más de 3 unidades de explotación.
Monotributo

Monotributo

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    Régimen para pequeñosContribuyentes Simplificado Al comenzar un negocio o comercio, si el mismo es pequeño, el contribuyente deberá inscribirse en la AFIP como Monotributista, y ante la Dirección General de Rentas por el impuesto a los Ingresos Brutos.
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    IMFORMACION GENERAL ACERCA DE MONOTRIBUTO
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    ¿CUÁL ES ELOBJETO DEL RÉGIMEN DE MONOTRIBUTO?Simplificar el pago de los impuestos jubilación y obra social para los pequeños contribuyentes.El Monotributo -o Sistema de Régimen Simplificado- consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo mensual, el cual está formado por:Un componente impositivo.
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    Un componente previsional.¿CUÁLESSON LOS BENEFICIOS?1. Integración al sistema tributario vigente, dejando de lado la informalidad.2. Contar con obra social, y en el futuro, con una jubilación.¿QUÉ CONCEPTOS COMPRENDE?Con el pago mensual de una cuota única el Monotributista está cumpliendo con las siguientes obligaciones: Impuesto a las Ganancias. Impuesto al Valor Agregado (IVA). Aportes al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP). Aporte al Sistema Nacional del Seguro de Salud (SNSS).
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    ¿QUIÉNES PUEDEN SERMONOTRIBUTISTAS? Las personas físicas que realicen venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios. Las sucesiones indivisas que continúan la actividad de la Persona Física. Las personas físicas integrantes de cooperativas de trabajo. Sociedades de Hecho e Irregulares.¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SER MONOTRIBUTISTAS? Haber obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos que no superen los $200.000.- por locaciones y/o prestaciones de servicios. Haber obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos que no superen los $300.000.- para ventas de cosas muebles. No superen en el período indicado anteriormente, los parámetros máximos en cuanto a superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados.Que el precio unitario de venta de cosas muebles no supere los $ 2500. Que no realicen importaciones de cosas muebles y/o servicios. Que no realicen más de 3 actividades simultáneas o no posean más de 3 unidades de explotación.