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Universidad Autónoma de Santo Domingo

                 Facultad de Ciencias Económicas y Sociales

                            Escuela de Sociología




Evaluación y propuesta de readecuación de los reglamentos de la UASD

                       (Informe de Año Sabático)




                         César D. Santana M.

                           Profesor Adjunto

                            Abril de 2011
Contenido

I. Introducción
II. Precedentes
III. Alcance y Extensión
IV. Preámbulo Conceptual Sobre la Educación Superior y la UASD
V. La última Jornada de Reforma: avances y limitaciones
VI. Lineamientos para la reforma de los reglamentos
VII. Síntesis Final (A modo de conclusiones y recomendaciones)
        Notas y bibliografía




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I. Introducción.

La que sigue constituye una propuesta global de evaluación y
readecuación de la base reglamentaria de la Universidad Autónoma de
Santo Domingo. La misma se lleva a cabo a manera de informe de la
licencia sabática de que disfrutáramos durante el período académico
2010.



Tiene como antecedentes otras propuestas preliminares, planteadas a
tono con nuestra participación en la Comisión para la Reforma y
Transformación Universitaria, CERTU, establecida en virtud de la
Resolución No.2008-053, del Consejo Universitario, así como su
Resolución previa, 2008-19, que declaró el 2009 como “Año de la
Reforma y Transformación Universitaria” (1).



De igual manera, busca insertarse en los nuevos esfuerzos de
readecuación general de la normativa universitaria implícitos en lo
previsto por la Resolución 2011-06, de ese organismo, el cual, en sus
acápites “c” y “d”, ordena a la CERTU… “proseguir el proceso de
Reforma y Transformación Universitaria, dando prioridad a la
formulación de propuestas de modificación al Estatuto Orgánico, al
Reglamento de Carrera Académica y al de Carrera Administrativa;
previa consulta con los distintos actores internos y externos de la
institución que estén interesados…” (2).



II. Precedentes

Además de los mandatos específicos como resultado de la última
jornada de reforma, existen esfuerzos previos en la dirección de
sistematizar y/o recopilar la normativa adjetiva de la Universidad.

                                                                  3
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A ese tenor, cabe mencionar la publicación, a mediados de los años
ochenta, de sendos tomos contentivos de los reglamentos de la
Universidad.



En una época posterior, fueron emitidas disposiciones del Consejo
Universitario, encomendando a diferentes instancias esfuerzos por
lograr la puesta al día del inventario de los mismos. Tal es el caso, para
sólo señalar los más señeros, de la Resolución del 2005-034 de fecha
19/3/2005, que ordena la integración de los reglamentos, para lo cual,
concedía un plazo de 30 días al Secretario General y a la Comisión de
Modernización.



De igual manera, cabe citar, las 190 y 191, del 6 de julio de 2005. La
primera dispone la ampliación de la Comisión de Asuntos
Reglamentarios con miras a la revisión de aquellos que pudieren
considerarse como fundamentales, para lo cual otorgó a dicho
organismo, una vez ampliado, un plazo de 90 días. La segunda, en
cambio, dispuso el diagnóstico de los relacionados con los concursos
para puestos de estructura.



En la fase posterior al claustro de reforma de noviembre de 2009, el
Maestro Celso Benavides, en labor permanente de investigación
archivística, produjo un recuento de resoluciones del Consejo, las
cuales aprueban o modifican reglamentos de la Universidad. Dicha
enumeración contiene 127 edictos de ese tipo y parece ser la más
exhaustiva de que se disponga hasta la fecha.




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III. Alcance y extensión.

A tono con lo anterior, estamos realizando un primer esfuerzo de
sistematización de ideas, en esa dirección, la cual, ha de partir de una
visión sociológica de la problemática general de la UASD, como parte
esencial del subsector de la educación superior en República
Dominicana. La intención es contribuir a un ejercicio de diagnóstico de
la situación actual de la Universidad que ayude a focalizar los esfuerzos
complementarios de reforma a que estamos abocados.



En un segundo momento, como parte del análisis, hemos de dedicar
algunos párrafos a analizar la pasada jornada de reforma, como
escenario que permitiría entender los límites de los cambios aprobados
en la ley sustantiva de la Universidad, así como la medida en que los
mismos pueden contribuir a solventar los problemas de fondo que
padece actualmente la UASD.



En un tercer momento, abordaríamos los lineamientos generales que
podrían guiar el trabajo de adecuación del cuerpo de reglamentos de la
Universidad, a propósito de las tareas encomendadas a la CERTU, de
conformidad con lo estipulado por la Resolución 2011-06, la cual,
incluso, contempla la posibilidad de propuestas de corte estatutario,
sin aclarar, explícitamente, si las mismas serían materia a conocer por
eventuales claustros futuros.



Un último aspecto del trabajo, lo constituiría algún ejercicio de
conclusiones y de recomendaciones, como se estila en los informes de
sistematización de ideas y/o propuestas para el hacer en una entidad
de servicio público, como la UASD.




                                                                      5
IV. Preámbulo conceptual: La problemática de la UASD en el contexto de la
      educación superior en República Dominicana.



  Para entender la situación en que se encuentra el sub-sector de la
  educación superior en República Dominicana y, la UASD, particularmente,
  en su condición de principal academia superior de carácter público, es
  menester refrescar –aún sea de pasada- algunas de las premisas
  conceptuales básicas que permiten situar el rol de las universidades en la
  época actual.



  Al respecto, cabe recordar el doble papel de la educación superior como
  proveedora de formación para el trabajo, así como de mecanismo que
  sanciona la acreditación necesaria para la participación socio-política a
  determinados niveles. En la medida que llena, al menos uno de estos
  cometidos, la educación superior también se convierte en canal legítimo
  para el ascenso económico.



  Este doble papel de la educación superior es particularmente crítico para
  los sectores más carenciados, para los cuales el acceso a la misma posee
  una importancia estratégica. Para esos sectores, que componen la
  mayoría de la población, la existencia de universidades abiertas y cuasi-
  gratuitas constituye una demanda irrenunciable frente al Estado y los
  sectores dominantes.



  Por su parte, la existencia en países como República Dominicana de
  economías que se basan en servicios de bajo perfil técnico, como el
  turismo y las zonas francas de ensamblaje, o en todo caso, que dependen
  de tecnologías importadas –como las comunicaciones- hace posible el
  funcionamiento de un modelo de acumulación capitalista cuya pervivencia
  – al menos en el corto plazo- no está sujeta a la innovación tecnológica
  constante. De ahí que la investigación científico-técnica no sea
                                                                         6
sentida como una necesidad crucial por gran parte del aparato productivo
local.



Como se ve, entonces, se da una cierta conjunción de intereses, un cierto
punto de encuentro entre los intereses de subalternos y dominantes en
torno a la existencia de una educación superior que prepara al individuo,
fundamentalmente, para la participación socio-política y/o la
operacionalización instrumental de metodologías y tecnologías de origen
foráneo, muchas de las cuales, ya vienen incorporadas en los paquetes
informáticos de uso creciente en la industria y los servicios.



Es en este contexto macro donde debemos ubicar el rol socioeconómico
que ha desempeñado en las últimas décadas la Universidad Autónoma de
Santo Domingo, en su múltiple condición de institución de educación
superior de carácter estatal, pública, abierta, cuasi-gratuita y, al mismo
tiempo, académica –y políticamente- autónoma.



En el plano interno, la orientación anterior ha llevado a los sectores
dirigentes de la UASD, procedentes cada vez más de los estratos sociales
más humildes, a fortalecer la alianza con dichos sectores en la línea de
sostener frente al Estado una demanda creciente de recursos, la cual se
legitimaría por su función de formadora y –sobre todo- de canal para
movilidad social legítima de amplios contingentes de la juventud
dominicana.



Los gobiernos, por su parte, ya sea por convicción profunda, como por el
hecho de que buena parte de su plana dirigencia ha estado integrada por
egresados de nuestra Alma Mater, han mostrado receptividad ante dichos
reclamos y a la UASD le ha sido asignada una partida presupuestal
creciente, aún cuando insuficiente en términos de la magnitud de su
matrícula estudiantil.
                                                                       7
Esta doble situación presupuestal de la usad debe ser comprendida en su
justa dimensión: por una parte es insuficiente para atender al cúmulo de
demandas que plantea una matrícula estudiantil creciente. Por otro
parte, pese a lo anterior, posee la magnitud suficiente para que la
posibilidad de su manejo constituya un atractivo capaz de movilizar a los
sectores de mayor iniciativa en pro del control del aparato universitario
estatal.



Existe, por demás, una cierta dialéctica entre ambos aspectos. Mientras lo
primero sirve para justificar el escalamiento del reclamo económico frente
al Gobierno, lo segundo permite a las élites articuladas en torno a las
organizaciones académicas alimentar expectativas de ascenso económico
creíbles frente al resto de los estamentos universitarios, sobre todo, a
propósito de los certámenes electorales que tienen lugar cada tres años.



Lo anterior se ha traducido en una tendencia al primado de la racionalidad
burocrática en desmedro de lo que debería ser un auténtico orden de
prioridades, definido a partir de lo verdaderamente académico. Analícese,
simplemente, la actual estructura salarial de la Institución, a fin de
establecer cuantos de los que se dedican exclusivamente a las actividades
primordialmente académicas, como la docencia y/o la investigación,
figuran entre los primeros cien lugares en la escala de sueldos de la UASD.
Ello, para no incluir los llamados “beneficios marginales”; léase las
compensaciones, las cuales operan en el sentido de agrandar –a veces de
manera abismal- la desigualdad de ingreso entre la élite dirigente y el
resto del profesorado y la empleomanía.



Creemos que en lo anterior, está planteado el “meollo” de la problemática
actual de la UASD, sin que ello equivalga a excluir la pertinencia de otros
factores coadyuvantes.

                                                                        8
Lo anterior ha conllevado a que la Universidad reproduzca, a su escala, el
sistema parlamentario existente a nivel de la nación, consistente en
elecciones periódicas –en este caso- cada tres años, así como largos
períodos efectivos de proselitismo; de hecho, mucho más largos que la
extensión estatutaria de la campaña electoral.



A su vez, dicha situación, de más en más, propicia una participación más
activa de los sujetos con proyectos personales que se instrumentan a
través del desempeño de una posición de mando, a veces, al margen de
una vocación auténticamente académica, para no mencionar una visión
profunda –y de largo plazo- de la problemática de la educación superior y
de la UASD en particular. En ello reside uno de los factores que precipitan
la tendencia ya señalada hacia al agotamiento del actual modelo
universitario.



Sobre la Reforma y el papel de la CERTU



Es en ese contexto de proyección del futuro inmediato y mediato de la
Institución, que podemos (re)plantearnos del papel de la Reforma
Estatutaria.



Al respecto, la primera conclusión sería la necesidad, sino de una nueva
ronda de reforma universitaria, al menos de introducir reformas puntuales
al Estatuto Orgánico y demás reglamentos, que vayan en el sentido de
reducir la capacidad discrecional de las autoridades y, por esa vía, el
proselitismo como medio fundamental de ascenso económico en la
Academia.



                                                                        9
En esa onda, se impone una revisión de los criterios de compensación a las
diferentes categorías laborales: funcionarios, profesores y servidores
administrativos; de manera tal que las funciones más decantadamente
académicas, como la docencia y la investigación, posibiliten –por sí
mismas- el acceso a los rangos saláriales mayores. La idea es invertir el
funcionamiento de los incentivos –de hecho- hoy existentes.



 En el orden curricular, se precisa de una revisión profunda de la
estructura actual, sobre la base del principio de que la apertura al
ingreso necesariamente no obliga a la Universidad a garantizar el
titulación del ingresado.



Al respecto, es hora de considerar –en serio- la posibilidad de establecer el
denominado Certificado de Estudios Superiores; el cual sería otorgable en
función de unos requisitos crediticios mínimos, como una manera de darle
salida institucional a la demanda de acreditación de la mayoría. A partir
de ahí, la Universidad debe subir sus actuales niveles de exigencia para
adjudicar los títulos subsiguientes, que serían los que verdaderamente
deben facultar al detentante para el ejercicio de una función laboral
específica, comenzando con el de Licenciado o Ingeniero, según el caso.



En última instancia, la idea sería el promover la formación real e
imposibilitar que se siga confundiendo con la mera acreditación formal.
Es la única forma realista que posee la Universidad de lidiar con las taras
que suelen presentar los bachilleres dominicanos, heredadas de los
niveles previos del sistema escolar , las cuales, nadie podría garantizar que
–efectivamente- se estén resolviendo.



El colofón de las medidas antes apuntadas, debe ser el establecimiento
y/o reforzamiento –según el caso- de las pruebas de aptitud, como
requisito ineludible para acceder, ya sea a puestos de trabajo, tanto
                                                                         10
docentes como administrativos, como a los niveles subsiguientes de
formación.



Lo anterior es particularmente pertinente en lo que tiene que ver con el
postgrado, el cual – de más en más- parece estar siendo afectado con la
tendencia al empobrecimiento que suele ir aparejada a toda masificación,
sobre todo, en la medida que el mismo se constituye en una fuente
importante de ingreso para las facultades.



La conclusión de conjunto de esta exposición, no puede ser otra que la
necesidad de realizar una revisión profunda de nuestro actual modelo
universitario, en la tesitura de tomar – a tiempo – los correctivos
académicos, financieros y administrativos que el momento parece
demandar.



Para ello, no obstante, se precisa de un Acuerdo Mínimo de
Gobernabilidad, a ser convenido por las fuerzas –organizadas o no- que
definen el rumbo actual de la Academia, lo cual implicaría, a su vez, una
actitud de diálogo entre sus voceros debidamente acreditados.



   V. La última jornada de Reforma Universitaria: avances y limitaciones.

Pese a las complejidades que muestra la universidad estatal dominicana,
en función de todo lo antes señalado, como resultado de la tendencia
palpable al deterioro desde hace tiempo observable, los sectores más
conscientes han venido impulsando la necesidad de poner alto al mismo
mediante la reforma de sus estructuras y/o del modo de funcionar de sus
áreas más críticas.



Fruto de ello, honrando un compromiso concertado al tenor del proceso
electoral del 2008, la pasada gestión consintió en dar paso a una 11
nueva jornada de reforma estatutaria. La misma se asumió como el inicio
de un proceso de transformación de todo lo que, a simple vista, hace que
nuestra Universidad se esté quedando desfasada en los diferentes
aspectos de su quehacer, definidos en función de su triple misión:
docencia, investigación y extensión.

   Como ya es sabido, a tales fines, fue constituida la Comisión Ejecutiva
   para la Reforma y Transformación Universitaria, CERTU, a partir de la
   Resolución No. 2008-53. Dicha comisión tuvo a su cargo dirigir el
   proceso que culminó con el nuevo Estatuto Orgánico, aprobado por el
   Claustro Mayor, el 18 de noviembre de 2009.



   En un cuadro-resumen preparado al efecto, el nuevo Director Ejecutivo
   de la CERTU, realiza una muy descriptiva clasificación de las 158
   propuestas remitidas al Consejo Universitario, en septiembre de 2009,
   por dicho organismo, como compendio de todas las formuladas en el
   proceso de consulta abierto a propósito de la anterior jornada de
   reforma (3). Según se indica allí, de las 36 que finalmente fueron
   seleccionadas por el Consejo para ser incorporadas a la boleta del
   claustro, 20 fueron aprobadas, para una “mayoría” del 55%. Cuando se
   considera dicho número sobre el total tramitado por la CERTU, dicho
   porcentaje desciende, estrepitosamente, a algo menos del 13% (12.6,
   específicamente); cifra que de por sí dice mucho acerca de las
   debilidades del proceso.



   Si bien los resultados arrojados por el mismo ya constituyen parte de la
   legalidad actual de la Universidad y, por ende, su observancia es
   obligatoria, debemos entender que la legitimidad, y no sólo las
   formalidades legales son importantes a la hora de decidir la asunción
   real de lo establecido. De ahí que acaso resulte conveniente dedicar
   aún sea algunos párrafos a reconstruir, aún sea en sus aspectos más
   evidentes, el escenario en que la misma tuvo lugar. La idea es derivar
   lecciones útiles que nos permitan subsanar, a futuro, las situaciones
   que operaron como límites reales de dicha jornada. Para ello, no
                                                                        12
obstante, es menester destacar, previamente, las fortalezas de la
misma.



5.1.      Los avances fruto de la Reforma.

A reservas de ulteriores análisis, más detenidos, cabe señalar dos
puntos fundamentales, entre las propuestas aprobadas por el pasado
Claustro de Reformas, las cuales, en alguna medida, están conectadas
con las problemáticas señaladas en el segundo numeral de este
Informe. La primera tiene que ver con la consagración, a nivel del
Estatuto Orgánico, del concurso como vía de acceso a posiciones
docentes y administrativas. La segunda, de tipo electoral, en la medida
que reduce el porcentaje efectivo para ganar (la rectoría) en segunda
vuelta, afecta la estructura de gobierno, reduciendo la necesidad de
alianzas que, amén de académicamente artificiales, pudieren limitar la
capacidad de decisión de las autoridades electas.



De igual manera, constituyen pasos de avance las propuestas
aprobadas que van en el sentido de incrementar la responsabilidad de
la cátedra en lo atinente a la planificación, supervisión y control de la
docencia; lo mismo que las disposiciones tendentes a vincular los
incentivos al personal docente a la producción intelectual efectiva, así
como las orientadas a mejorar la calificación de la representación
estudiantil en los organismos de co-gobierno, como a promover la
igualdad de género en la participación en las posiciones de mando de la
Academia.



5.2. Sus límites.

Si bien los anteriores constituyen pasos de avance, es evidente que el
grueso de lo aprobado se concentró en lo que podríamos denominar
como aspectos “simbólicos” de la Universidad, los cuales, si bien tienen
su importancia, no van el “meollo” de la problemática actual; esto es,

                                                                      13
la necesidad de reenfocar el modelo hacia la formación, en
profundidad, de una masa crítica de cuadros, con valores
auténticamente democráticos, sensibilidad humana y solidaridad
social, que puedan dirigir el Estado, con eficiencia y pulcritud, como
aspiración legítima de una Universidad financiada con fondos del erario
público.



Dado que lo anterior perfectamente podría ser conciliable con la letra –
y el espíritu- de todas las versiones, actual y pasadas- del Estatuto, es
preciso señalar que, para que deje de ser letra muerta, se precisa una
redefinición que, revisando la incompatibilidad existente entre el
objetivo de seguir masificando la docencia, y la elevación
impostergable de su nivel, comience a darle a este último la prioridad
que reclaman los nuevos tiempos.



Lo anterior, por simple que parezca, significaría una especie de “giro
copernicano”, que generaría tensiones difíciles de solventar, salvo que
se produzca algún tipo de alianza estratégica, con un calendario a
mediano y largo plazo, entre las fuerzas que se han disputado por
décadas, casi siempre con un ánimo excluyente, la dirección de la
Universidad.



Ese espíritu de escepticismo permanente y oposición sistemática se
hizo manifiesto desde el mismo momento que fue anunciado el
propósito de la puesta en marcha de una nueva ronda de reformas, a
finales del 2008. El mismo no fue asumido por buena parte del
liderazgo de la Universidad, el cual no tardó en cuestionar su idoneidad
en virtud de la designación, al frente del proceso, de una figura señera
de la “clase política universitaria”, que, por demás, tenía planteado un
proyecto rectoral que, a la postre, resultó triunfante en los últimos
comicios.

                                                                     14
Por otro lado, como agravante, nos encontrábamos en una gestión
que, desde sus inicios, se caracterizó por una visión instrumental, en la
que la figura principal parecía orientar sus pasos en función de
objetivos políticos extra-académicos, en virtud de posibles agendas
post-gestión. De ahí que la asunción del proceso de reforma, de parte
de dichas autoridades careció de la cuota mínima de liderazgo que lo
hiciera creíble ante el resto de la comunidad universitaria, lo cual, sin
duda, afecto sus posibles alcances.



VI. Lineamientos para la reforma de los reglamentos.

Partiendo del contexto antes descrito y sus consabidas limitantes,
hemos de hacer algunas sugerencias que podrían ayudar a “ordenar la
casa”, en materia de las normas adjetivas que reglan la vida de la
Universidad. Nos referimos, esencialmente, a los reglamentos.



Al respecto y, en la línea de un posible diagnóstico, lo primero a
apuntar es la gran dispersión y fragmentación que se aprecia en los
mismos. Como señaláramos en el numeral correspondiente a los
precedentes, la última enumeración de las resoluciones reglamentarias
del Consejo Universitario asciende a 127, al margen de la sospecha
legítima de que no necesariamente constituyen el universo total de las
mismas.



Un segundo señalamiento, que ayudaría a poner en perspectiva lo
anterior, lo es la inexistencia de una jerarquía entre dichas
disposiciones. Tenemos una diversidad de normas que regulan desde
las actividades esenciales de la Universidad, como la docencia o la
investigación, hasta otras que norman el funcionamiento de alguna
que otra estructura “ad-hoc”, surgida de alguna coyuntura
circunstancial, como podría la Casa de la Rectoría o el Parlamento

                                                                     15
Estudiantil. Es decir se regla, con el mismo status, para lo general -y
esencial- como para lo particular y accesorio.



La consecuencia de lo anterior, no sólo es el elevado número de
reglamentos, sino, también las colindancias – y hasta duplicidades- que
encontramos en los mismos.



Así, en materia estudiantil, a guisa de ejemplo, encontramos las
resoluciones reglamentarias siguientes: Bienestar Estudiantil (91-56,
del 8/4/1991); Reglamento Estudiantil Académico (03-84, del
31/5/2003); Evaluación del Estudiante por Asignatura (72-346, del
12/01972);Baja Estudiantil (73-80 del 17/5/1973 y 93-146, del
6/10/1993); Representación Estudiantil (91-17, del 13/3/1991);
Funcionamiento del Consejo de Dirección del Departamento de
Bienestar Estudiantil (86-54-B, del 12/2/1986.



Asimismo, en materias estrechamente relacionadas, con la anterior,
como las becas, tenemos, igualmente, varias piezas regulatorias: Becas
Artísticas y Culturales (86-54-A, del 12/2/1986); Becas del Cuerpo de
Orden del Comedor Universitario y Becas de Servicio en otras áreas
(86-54-Bis, del 12/2/1986); Becas de Estudio y Trabajo (86-54-E, del
12/2/1986), entre otros.



De modo similar, encontramos reglamentos específicos para los
diversos institutos temáticos (Química, Psicología, Antropología, etc.),
así como reglamentos particulares para consejos directivos de
determinadas facultades.       Por otra parte, encontramos otros
referentes a entidades ya desaparecidas, como el Colegio Universitario,
sobre el cual coexistieron, hasta hace poco, varias resoluciones
reglamentarias.

                                                                    16
6.1.      Criterios a adoptar para reglamentación a futuro.

En virtud de todo lo antes planteado y, como posibles criterios, en
materia de reglamentación, para lo que sigue, nos parecen válidas las
sugerencias siguientes:

6.1.1. Preferentemente, que exhiban una relación derivada de la
       norma sustantiva, esto es, el Estatuto Orgánico.
6.1.2. Preferiblemente, que posean “jurisdicción general”, para toda la
       Universidad; de manera que haya un solo reglamento para cada
       actividad fundamental : docencia, administración, extensión, etc.
6.1.3. Que sean realmente necesarios. En tal sentido, cabe analizar la
       adopción de otros tipos de providencias normativas, apoyadas
       en los reglamentos, como podrían ser ordenanzas, resoluciones
       administrativas, procedimientos, instructivos y demás, para
       todas aquellas situaciones que, por la magnitud de su ámbito de
       incidencia, acaso no ameriten de la adopción de todo un
       “reglamento.”
6.1.4. Que prevean las consecuencias condignas, en caso de
       incumplimiento, así como las instancias llamadas a aplicarlas. En
       ese orden, también deben contemplar los derechos de los
       universitarios, así como las instancias de apelación, cuando la
       situación lo pueda requerir.



6.2.     Reorganización de la base reglamentaria actual.

       En esa tónica, conocemos de la existencia de, al menos, dos
       propuestas en relación a la sugerencia contenida en el 6.1.2.,
       más arriba mencionado, atinente a líneas temáticas en base a las
       cuales podrían consolidarse muchas de las resoluciones
       reglamentarias existentes, previa la debida depuración.

       Por una parte, estaría la que parece sugerir por el Profesor Celso
       Benavides, investigador archivístico de esta Universidad, quien,

                                                                     17
en un laborioso y paciente trabajo de recopilación, ha agrupado
        las mismas en 7 grandes bloques temáticos:

6.2.1. Organismos de Gobierno
6.2.2. Funciones Universitarias
6.2.3. Organización y Procedimiento
6.2.4. Organizaciones Periféricas
6.2.5. Acciones Académicas
6.2.6. Procedimientos Académicos
6.2.7. Acciones Administrativas



En una tesitura parecida, nos permitimos sugerir encuadrar las mismas,
igualmente, en 7 categorías comprensivas, pero que muestren un
vínculo más visible con la misión de la Academia, como podrían ser:

a.   Académico-docentes
b.   Administrativos-financieros
c.   Estudiantiles
d.   Extensión, Cooperación y Relaciones Interinstitucionales
e.   Investigación y Postgrado
f.   Procedimentales y protocolares
g.   Electorales



VII.    Síntesis Final (A modo de conclusiones y recomendaciones).

        La Universidad Autónoma de Santo Domingo es la principal
        institución de las que integran el sub-sector de la educación
        superior pública. Por su carácter de entidad abierta, que
        funciona en base al financiamiento con fondos provenientes del
        presupuesto del Estado, tiene una gran responsabilidad en todo
        lo concerniente a responder a las expectativas y necesidades
        objetivas de la sociedad dominicana.


                                                                     18
Fruto de un proceso histórico de reforma que inicia en 1966, con
el Movimiento Renovador, produjo una reorientación en su
filosofía académica que permitió el acceso al tercer nivel
educativo a amplios sectores de la población, hasta entonces,
excluidos del disfrute de dicho bien.

No obstante, habiendo pasado 45 años desde entonces, en los
cuales se han producido transformaciones importantes, a nivel
mundial, local y en el ámbito mismo de la educación superior,
parece atinado un replanteo de algunos aspectos del
funcionamiento de la Más Vieja Casa de Altos de Estudios del
Nuevo Mundo, que impida que se quede irremediablemente
rezagada en relación a otras universidades públicas de la Región,
con los consecuentes daños para el futuro de la Nación.

En ese orden, es importante aprovechar la inauguración de una
nueva gestión que ha renovado su disposición a favor de
continuar la readecuación estatutaria y del resto de la
normativa, para inducir cambios que se traduzcan en una
reorientación efectiva de sus políticas en casi todos los órdenes
esenciales de su quehacer.

A ese tenor, deben introducirse cambios en lo relativo a las
norma adjetiva de la Universidad; léase los reglamentos, que les
imprima mayor coherencia de conjunto, al tiempo de ponerlos a
tono con las transformaciones ya aprobadas en la norma
sustantiva, como de las que eventualmente puedan ser
adoptadas, a resultas de las nuevas iniciativas que pudieren
emanar del empoderamiento que le ha sido conferido para ello a
la Comisión Ejecutiva para la Reforma y Transformación
Universitaria.

Para ello, no obstante, es menester una actitud de total
apertura, la cual debe implicar la ampliación de los espacios de
participación al resto de la familia universitaria.-
Notas y Bibliografía:

(1): Collado, Faustino. Comisión Ejecutiva para la Reforma y
   Transformación Universitaria, CERTU. Propuesta Programa
   de Trabajo.
(2) Ibidem.
(3) Ibidem.




                                                          19

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No. 3 cesar santana

  • 1. Universidad Autónoma de Santo Domingo Facultad de Ciencias Económicas y Sociales Escuela de Sociología Evaluación y propuesta de readecuación de los reglamentos de la UASD (Informe de Año Sabático) César D. Santana M. Profesor Adjunto Abril de 2011
  • 2. Contenido I. Introducción II. Precedentes III. Alcance y Extensión IV. Preámbulo Conceptual Sobre la Educación Superior y la UASD V. La última Jornada de Reforma: avances y limitaciones VI. Lineamientos para la reforma de los reglamentos VII. Síntesis Final (A modo de conclusiones y recomendaciones) Notas y bibliografía 2
  • 3. I. Introducción. La que sigue constituye una propuesta global de evaluación y readecuación de la base reglamentaria de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. La misma se lleva a cabo a manera de informe de la licencia sabática de que disfrutáramos durante el período académico 2010. Tiene como antecedentes otras propuestas preliminares, planteadas a tono con nuestra participación en la Comisión para la Reforma y Transformación Universitaria, CERTU, establecida en virtud de la Resolución No.2008-053, del Consejo Universitario, así como su Resolución previa, 2008-19, que declaró el 2009 como “Año de la Reforma y Transformación Universitaria” (1). De igual manera, busca insertarse en los nuevos esfuerzos de readecuación general de la normativa universitaria implícitos en lo previsto por la Resolución 2011-06, de ese organismo, el cual, en sus acápites “c” y “d”, ordena a la CERTU… “proseguir el proceso de Reforma y Transformación Universitaria, dando prioridad a la formulación de propuestas de modificación al Estatuto Orgánico, al Reglamento de Carrera Académica y al de Carrera Administrativa; previa consulta con los distintos actores internos y externos de la institución que estén interesados…” (2). II. Precedentes Además de los mandatos específicos como resultado de la última jornada de reforma, existen esfuerzos previos en la dirección de sistematizar y/o recopilar la normativa adjetiva de la Universidad. 3 1
  • 4. A ese tenor, cabe mencionar la publicación, a mediados de los años ochenta, de sendos tomos contentivos de los reglamentos de la Universidad. En una época posterior, fueron emitidas disposiciones del Consejo Universitario, encomendando a diferentes instancias esfuerzos por lograr la puesta al día del inventario de los mismos. Tal es el caso, para sólo señalar los más señeros, de la Resolución del 2005-034 de fecha 19/3/2005, que ordena la integración de los reglamentos, para lo cual, concedía un plazo de 30 días al Secretario General y a la Comisión de Modernización. De igual manera, cabe citar, las 190 y 191, del 6 de julio de 2005. La primera dispone la ampliación de la Comisión de Asuntos Reglamentarios con miras a la revisión de aquellos que pudieren considerarse como fundamentales, para lo cual otorgó a dicho organismo, una vez ampliado, un plazo de 90 días. La segunda, en cambio, dispuso el diagnóstico de los relacionados con los concursos para puestos de estructura. En la fase posterior al claustro de reforma de noviembre de 2009, el Maestro Celso Benavides, en labor permanente de investigación archivística, produjo un recuento de resoluciones del Consejo, las cuales aprueban o modifican reglamentos de la Universidad. Dicha enumeración contiene 127 edictos de ese tipo y parece ser la más exhaustiva de que se disponga hasta la fecha. 4
  • 5. III. Alcance y extensión. A tono con lo anterior, estamos realizando un primer esfuerzo de sistematización de ideas, en esa dirección, la cual, ha de partir de una visión sociológica de la problemática general de la UASD, como parte esencial del subsector de la educación superior en República Dominicana. La intención es contribuir a un ejercicio de diagnóstico de la situación actual de la Universidad que ayude a focalizar los esfuerzos complementarios de reforma a que estamos abocados. En un segundo momento, como parte del análisis, hemos de dedicar algunos párrafos a analizar la pasada jornada de reforma, como escenario que permitiría entender los límites de los cambios aprobados en la ley sustantiva de la Universidad, así como la medida en que los mismos pueden contribuir a solventar los problemas de fondo que padece actualmente la UASD. En un tercer momento, abordaríamos los lineamientos generales que podrían guiar el trabajo de adecuación del cuerpo de reglamentos de la Universidad, a propósito de las tareas encomendadas a la CERTU, de conformidad con lo estipulado por la Resolución 2011-06, la cual, incluso, contempla la posibilidad de propuestas de corte estatutario, sin aclarar, explícitamente, si las mismas serían materia a conocer por eventuales claustros futuros. Un último aspecto del trabajo, lo constituiría algún ejercicio de conclusiones y de recomendaciones, como se estila en los informes de sistematización de ideas y/o propuestas para el hacer en una entidad de servicio público, como la UASD. 5
  • 6. IV. Preámbulo conceptual: La problemática de la UASD en el contexto de la educación superior en República Dominicana. Para entender la situación en que se encuentra el sub-sector de la educación superior en República Dominicana y, la UASD, particularmente, en su condición de principal academia superior de carácter público, es menester refrescar –aún sea de pasada- algunas de las premisas conceptuales básicas que permiten situar el rol de las universidades en la época actual. Al respecto, cabe recordar el doble papel de la educación superior como proveedora de formación para el trabajo, así como de mecanismo que sanciona la acreditación necesaria para la participación socio-política a determinados niveles. En la medida que llena, al menos uno de estos cometidos, la educación superior también se convierte en canal legítimo para el ascenso económico. Este doble papel de la educación superior es particularmente crítico para los sectores más carenciados, para los cuales el acceso a la misma posee una importancia estratégica. Para esos sectores, que componen la mayoría de la población, la existencia de universidades abiertas y cuasi- gratuitas constituye una demanda irrenunciable frente al Estado y los sectores dominantes. Por su parte, la existencia en países como República Dominicana de economías que se basan en servicios de bajo perfil técnico, como el turismo y las zonas francas de ensamblaje, o en todo caso, que dependen de tecnologías importadas –como las comunicaciones- hace posible el funcionamiento de un modelo de acumulación capitalista cuya pervivencia – al menos en el corto plazo- no está sujeta a la innovación tecnológica constante. De ahí que la investigación científico-técnica no sea 6
  • 7. sentida como una necesidad crucial por gran parte del aparato productivo local. Como se ve, entonces, se da una cierta conjunción de intereses, un cierto punto de encuentro entre los intereses de subalternos y dominantes en torno a la existencia de una educación superior que prepara al individuo, fundamentalmente, para la participación socio-política y/o la operacionalización instrumental de metodologías y tecnologías de origen foráneo, muchas de las cuales, ya vienen incorporadas en los paquetes informáticos de uso creciente en la industria y los servicios. Es en este contexto macro donde debemos ubicar el rol socioeconómico que ha desempeñado en las últimas décadas la Universidad Autónoma de Santo Domingo, en su múltiple condición de institución de educación superior de carácter estatal, pública, abierta, cuasi-gratuita y, al mismo tiempo, académica –y políticamente- autónoma. En el plano interno, la orientación anterior ha llevado a los sectores dirigentes de la UASD, procedentes cada vez más de los estratos sociales más humildes, a fortalecer la alianza con dichos sectores en la línea de sostener frente al Estado una demanda creciente de recursos, la cual se legitimaría por su función de formadora y –sobre todo- de canal para movilidad social legítima de amplios contingentes de la juventud dominicana. Los gobiernos, por su parte, ya sea por convicción profunda, como por el hecho de que buena parte de su plana dirigencia ha estado integrada por egresados de nuestra Alma Mater, han mostrado receptividad ante dichos reclamos y a la UASD le ha sido asignada una partida presupuestal creciente, aún cuando insuficiente en términos de la magnitud de su matrícula estudiantil. 7
  • 8. Esta doble situación presupuestal de la usad debe ser comprendida en su justa dimensión: por una parte es insuficiente para atender al cúmulo de demandas que plantea una matrícula estudiantil creciente. Por otro parte, pese a lo anterior, posee la magnitud suficiente para que la posibilidad de su manejo constituya un atractivo capaz de movilizar a los sectores de mayor iniciativa en pro del control del aparato universitario estatal. Existe, por demás, una cierta dialéctica entre ambos aspectos. Mientras lo primero sirve para justificar el escalamiento del reclamo económico frente al Gobierno, lo segundo permite a las élites articuladas en torno a las organizaciones académicas alimentar expectativas de ascenso económico creíbles frente al resto de los estamentos universitarios, sobre todo, a propósito de los certámenes electorales que tienen lugar cada tres años. Lo anterior se ha traducido en una tendencia al primado de la racionalidad burocrática en desmedro de lo que debería ser un auténtico orden de prioridades, definido a partir de lo verdaderamente académico. Analícese, simplemente, la actual estructura salarial de la Institución, a fin de establecer cuantos de los que se dedican exclusivamente a las actividades primordialmente académicas, como la docencia y/o la investigación, figuran entre los primeros cien lugares en la escala de sueldos de la UASD. Ello, para no incluir los llamados “beneficios marginales”; léase las compensaciones, las cuales operan en el sentido de agrandar –a veces de manera abismal- la desigualdad de ingreso entre la élite dirigente y el resto del profesorado y la empleomanía. Creemos que en lo anterior, está planteado el “meollo” de la problemática actual de la UASD, sin que ello equivalga a excluir la pertinencia de otros factores coadyuvantes. 8
  • 9. Lo anterior ha conllevado a que la Universidad reproduzca, a su escala, el sistema parlamentario existente a nivel de la nación, consistente en elecciones periódicas –en este caso- cada tres años, así como largos períodos efectivos de proselitismo; de hecho, mucho más largos que la extensión estatutaria de la campaña electoral. A su vez, dicha situación, de más en más, propicia una participación más activa de los sujetos con proyectos personales que se instrumentan a través del desempeño de una posición de mando, a veces, al margen de una vocación auténticamente académica, para no mencionar una visión profunda –y de largo plazo- de la problemática de la educación superior y de la UASD en particular. En ello reside uno de los factores que precipitan la tendencia ya señalada hacia al agotamiento del actual modelo universitario. Sobre la Reforma y el papel de la CERTU Es en ese contexto de proyección del futuro inmediato y mediato de la Institución, que podemos (re)plantearnos del papel de la Reforma Estatutaria. Al respecto, la primera conclusión sería la necesidad, sino de una nueva ronda de reforma universitaria, al menos de introducir reformas puntuales al Estatuto Orgánico y demás reglamentos, que vayan en el sentido de reducir la capacidad discrecional de las autoridades y, por esa vía, el proselitismo como medio fundamental de ascenso económico en la Academia. 9
  • 10. En esa onda, se impone una revisión de los criterios de compensación a las diferentes categorías laborales: funcionarios, profesores y servidores administrativos; de manera tal que las funciones más decantadamente académicas, como la docencia y la investigación, posibiliten –por sí mismas- el acceso a los rangos saláriales mayores. La idea es invertir el funcionamiento de los incentivos –de hecho- hoy existentes. En el orden curricular, se precisa de una revisión profunda de la estructura actual, sobre la base del principio de que la apertura al ingreso necesariamente no obliga a la Universidad a garantizar el titulación del ingresado. Al respecto, es hora de considerar –en serio- la posibilidad de establecer el denominado Certificado de Estudios Superiores; el cual sería otorgable en función de unos requisitos crediticios mínimos, como una manera de darle salida institucional a la demanda de acreditación de la mayoría. A partir de ahí, la Universidad debe subir sus actuales niveles de exigencia para adjudicar los títulos subsiguientes, que serían los que verdaderamente deben facultar al detentante para el ejercicio de una función laboral específica, comenzando con el de Licenciado o Ingeniero, según el caso. En última instancia, la idea sería el promover la formación real e imposibilitar que se siga confundiendo con la mera acreditación formal. Es la única forma realista que posee la Universidad de lidiar con las taras que suelen presentar los bachilleres dominicanos, heredadas de los niveles previos del sistema escolar , las cuales, nadie podría garantizar que –efectivamente- se estén resolviendo. El colofón de las medidas antes apuntadas, debe ser el establecimiento y/o reforzamiento –según el caso- de las pruebas de aptitud, como requisito ineludible para acceder, ya sea a puestos de trabajo, tanto 10
  • 11. docentes como administrativos, como a los niveles subsiguientes de formación. Lo anterior es particularmente pertinente en lo que tiene que ver con el postgrado, el cual – de más en más- parece estar siendo afectado con la tendencia al empobrecimiento que suele ir aparejada a toda masificación, sobre todo, en la medida que el mismo se constituye en una fuente importante de ingreso para las facultades. La conclusión de conjunto de esta exposición, no puede ser otra que la necesidad de realizar una revisión profunda de nuestro actual modelo universitario, en la tesitura de tomar – a tiempo – los correctivos académicos, financieros y administrativos que el momento parece demandar. Para ello, no obstante, se precisa de un Acuerdo Mínimo de Gobernabilidad, a ser convenido por las fuerzas –organizadas o no- que definen el rumbo actual de la Academia, lo cual implicaría, a su vez, una actitud de diálogo entre sus voceros debidamente acreditados. V. La última jornada de Reforma Universitaria: avances y limitaciones. Pese a las complejidades que muestra la universidad estatal dominicana, en función de todo lo antes señalado, como resultado de la tendencia palpable al deterioro desde hace tiempo observable, los sectores más conscientes han venido impulsando la necesidad de poner alto al mismo mediante la reforma de sus estructuras y/o del modo de funcionar de sus áreas más críticas. Fruto de ello, honrando un compromiso concertado al tenor del proceso electoral del 2008, la pasada gestión consintió en dar paso a una 11
  • 12. nueva jornada de reforma estatutaria. La misma se asumió como el inicio de un proceso de transformación de todo lo que, a simple vista, hace que nuestra Universidad se esté quedando desfasada en los diferentes aspectos de su quehacer, definidos en función de su triple misión: docencia, investigación y extensión. Como ya es sabido, a tales fines, fue constituida la Comisión Ejecutiva para la Reforma y Transformación Universitaria, CERTU, a partir de la Resolución No. 2008-53. Dicha comisión tuvo a su cargo dirigir el proceso que culminó con el nuevo Estatuto Orgánico, aprobado por el Claustro Mayor, el 18 de noviembre de 2009. En un cuadro-resumen preparado al efecto, el nuevo Director Ejecutivo de la CERTU, realiza una muy descriptiva clasificación de las 158 propuestas remitidas al Consejo Universitario, en septiembre de 2009, por dicho organismo, como compendio de todas las formuladas en el proceso de consulta abierto a propósito de la anterior jornada de reforma (3). Según se indica allí, de las 36 que finalmente fueron seleccionadas por el Consejo para ser incorporadas a la boleta del claustro, 20 fueron aprobadas, para una “mayoría” del 55%. Cuando se considera dicho número sobre el total tramitado por la CERTU, dicho porcentaje desciende, estrepitosamente, a algo menos del 13% (12.6, específicamente); cifra que de por sí dice mucho acerca de las debilidades del proceso. Si bien los resultados arrojados por el mismo ya constituyen parte de la legalidad actual de la Universidad y, por ende, su observancia es obligatoria, debemos entender que la legitimidad, y no sólo las formalidades legales son importantes a la hora de decidir la asunción real de lo establecido. De ahí que acaso resulte conveniente dedicar aún sea algunos párrafos a reconstruir, aún sea en sus aspectos más evidentes, el escenario en que la misma tuvo lugar. La idea es derivar lecciones útiles que nos permitan subsanar, a futuro, las situaciones que operaron como límites reales de dicha jornada. Para ello, no 12
  • 13. obstante, es menester destacar, previamente, las fortalezas de la misma. 5.1. Los avances fruto de la Reforma. A reservas de ulteriores análisis, más detenidos, cabe señalar dos puntos fundamentales, entre las propuestas aprobadas por el pasado Claustro de Reformas, las cuales, en alguna medida, están conectadas con las problemáticas señaladas en el segundo numeral de este Informe. La primera tiene que ver con la consagración, a nivel del Estatuto Orgánico, del concurso como vía de acceso a posiciones docentes y administrativas. La segunda, de tipo electoral, en la medida que reduce el porcentaje efectivo para ganar (la rectoría) en segunda vuelta, afecta la estructura de gobierno, reduciendo la necesidad de alianzas que, amén de académicamente artificiales, pudieren limitar la capacidad de decisión de las autoridades electas. De igual manera, constituyen pasos de avance las propuestas aprobadas que van en el sentido de incrementar la responsabilidad de la cátedra en lo atinente a la planificación, supervisión y control de la docencia; lo mismo que las disposiciones tendentes a vincular los incentivos al personal docente a la producción intelectual efectiva, así como las orientadas a mejorar la calificación de la representación estudiantil en los organismos de co-gobierno, como a promover la igualdad de género en la participación en las posiciones de mando de la Academia. 5.2. Sus límites. Si bien los anteriores constituyen pasos de avance, es evidente que el grueso de lo aprobado se concentró en lo que podríamos denominar como aspectos “simbólicos” de la Universidad, los cuales, si bien tienen su importancia, no van el “meollo” de la problemática actual; esto es, 13
  • 14. la necesidad de reenfocar el modelo hacia la formación, en profundidad, de una masa crítica de cuadros, con valores auténticamente democráticos, sensibilidad humana y solidaridad social, que puedan dirigir el Estado, con eficiencia y pulcritud, como aspiración legítima de una Universidad financiada con fondos del erario público. Dado que lo anterior perfectamente podría ser conciliable con la letra – y el espíritu- de todas las versiones, actual y pasadas- del Estatuto, es preciso señalar que, para que deje de ser letra muerta, se precisa una redefinición que, revisando la incompatibilidad existente entre el objetivo de seguir masificando la docencia, y la elevación impostergable de su nivel, comience a darle a este último la prioridad que reclaman los nuevos tiempos. Lo anterior, por simple que parezca, significaría una especie de “giro copernicano”, que generaría tensiones difíciles de solventar, salvo que se produzca algún tipo de alianza estratégica, con un calendario a mediano y largo plazo, entre las fuerzas que se han disputado por décadas, casi siempre con un ánimo excluyente, la dirección de la Universidad. Ese espíritu de escepticismo permanente y oposición sistemática se hizo manifiesto desde el mismo momento que fue anunciado el propósito de la puesta en marcha de una nueva ronda de reformas, a finales del 2008. El mismo no fue asumido por buena parte del liderazgo de la Universidad, el cual no tardó en cuestionar su idoneidad en virtud de la designación, al frente del proceso, de una figura señera de la “clase política universitaria”, que, por demás, tenía planteado un proyecto rectoral que, a la postre, resultó triunfante en los últimos comicios. 14
  • 15. Por otro lado, como agravante, nos encontrábamos en una gestión que, desde sus inicios, se caracterizó por una visión instrumental, en la que la figura principal parecía orientar sus pasos en función de objetivos políticos extra-académicos, en virtud de posibles agendas post-gestión. De ahí que la asunción del proceso de reforma, de parte de dichas autoridades careció de la cuota mínima de liderazgo que lo hiciera creíble ante el resto de la comunidad universitaria, lo cual, sin duda, afecto sus posibles alcances. VI. Lineamientos para la reforma de los reglamentos. Partiendo del contexto antes descrito y sus consabidas limitantes, hemos de hacer algunas sugerencias que podrían ayudar a “ordenar la casa”, en materia de las normas adjetivas que reglan la vida de la Universidad. Nos referimos, esencialmente, a los reglamentos. Al respecto y, en la línea de un posible diagnóstico, lo primero a apuntar es la gran dispersión y fragmentación que se aprecia en los mismos. Como señaláramos en el numeral correspondiente a los precedentes, la última enumeración de las resoluciones reglamentarias del Consejo Universitario asciende a 127, al margen de la sospecha legítima de que no necesariamente constituyen el universo total de las mismas. Un segundo señalamiento, que ayudaría a poner en perspectiva lo anterior, lo es la inexistencia de una jerarquía entre dichas disposiciones. Tenemos una diversidad de normas que regulan desde las actividades esenciales de la Universidad, como la docencia o la investigación, hasta otras que norman el funcionamiento de alguna que otra estructura “ad-hoc”, surgida de alguna coyuntura circunstancial, como podría la Casa de la Rectoría o el Parlamento 15
  • 16. Estudiantil. Es decir se regla, con el mismo status, para lo general -y esencial- como para lo particular y accesorio. La consecuencia de lo anterior, no sólo es el elevado número de reglamentos, sino, también las colindancias – y hasta duplicidades- que encontramos en los mismos. Así, en materia estudiantil, a guisa de ejemplo, encontramos las resoluciones reglamentarias siguientes: Bienestar Estudiantil (91-56, del 8/4/1991); Reglamento Estudiantil Académico (03-84, del 31/5/2003); Evaluación del Estudiante por Asignatura (72-346, del 12/01972);Baja Estudiantil (73-80 del 17/5/1973 y 93-146, del 6/10/1993); Representación Estudiantil (91-17, del 13/3/1991); Funcionamiento del Consejo de Dirección del Departamento de Bienestar Estudiantil (86-54-B, del 12/2/1986. Asimismo, en materias estrechamente relacionadas, con la anterior, como las becas, tenemos, igualmente, varias piezas regulatorias: Becas Artísticas y Culturales (86-54-A, del 12/2/1986); Becas del Cuerpo de Orden del Comedor Universitario y Becas de Servicio en otras áreas (86-54-Bis, del 12/2/1986); Becas de Estudio y Trabajo (86-54-E, del 12/2/1986), entre otros. De modo similar, encontramos reglamentos específicos para los diversos institutos temáticos (Química, Psicología, Antropología, etc.), así como reglamentos particulares para consejos directivos de determinadas facultades. Por otra parte, encontramos otros referentes a entidades ya desaparecidas, como el Colegio Universitario, sobre el cual coexistieron, hasta hace poco, varias resoluciones reglamentarias. 16
  • 17. 6.1. Criterios a adoptar para reglamentación a futuro. En virtud de todo lo antes planteado y, como posibles criterios, en materia de reglamentación, para lo que sigue, nos parecen válidas las sugerencias siguientes: 6.1.1. Preferentemente, que exhiban una relación derivada de la norma sustantiva, esto es, el Estatuto Orgánico. 6.1.2. Preferiblemente, que posean “jurisdicción general”, para toda la Universidad; de manera que haya un solo reglamento para cada actividad fundamental : docencia, administración, extensión, etc. 6.1.3. Que sean realmente necesarios. En tal sentido, cabe analizar la adopción de otros tipos de providencias normativas, apoyadas en los reglamentos, como podrían ser ordenanzas, resoluciones administrativas, procedimientos, instructivos y demás, para todas aquellas situaciones que, por la magnitud de su ámbito de incidencia, acaso no ameriten de la adopción de todo un “reglamento.” 6.1.4. Que prevean las consecuencias condignas, en caso de incumplimiento, así como las instancias llamadas a aplicarlas. En ese orden, también deben contemplar los derechos de los universitarios, así como las instancias de apelación, cuando la situación lo pueda requerir. 6.2. Reorganización de la base reglamentaria actual. En esa tónica, conocemos de la existencia de, al menos, dos propuestas en relación a la sugerencia contenida en el 6.1.2., más arriba mencionado, atinente a líneas temáticas en base a las cuales podrían consolidarse muchas de las resoluciones reglamentarias existentes, previa la debida depuración. Por una parte, estaría la que parece sugerir por el Profesor Celso Benavides, investigador archivístico de esta Universidad, quien, 17
  • 18. en un laborioso y paciente trabajo de recopilación, ha agrupado las mismas en 7 grandes bloques temáticos: 6.2.1. Organismos de Gobierno 6.2.2. Funciones Universitarias 6.2.3. Organización y Procedimiento 6.2.4. Organizaciones Periféricas 6.2.5. Acciones Académicas 6.2.6. Procedimientos Académicos 6.2.7. Acciones Administrativas En una tesitura parecida, nos permitimos sugerir encuadrar las mismas, igualmente, en 7 categorías comprensivas, pero que muestren un vínculo más visible con la misión de la Academia, como podrían ser: a. Académico-docentes b. Administrativos-financieros c. Estudiantiles d. Extensión, Cooperación y Relaciones Interinstitucionales e. Investigación y Postgrado f. Procedimentales y protocolares g. Electorales VII. Síntesis Final (A modo de conclusiones y recomendaciones). La Universidad Autónoma de Santo Domingo es la principal institución de las que integran el sub-sector de la educación superior pública. Por su carácter de entidad abierta, que funciona en base al financiamiento con fondos provenientes del presupuesto del Estado, tiene una gran responsabilidad en todo lo concerniente a responder a las expectativas y necesidades objetivas de la sociedad dominicana. 18
  • 19. Fruto de un proceso histórico de reforma que inicia en 1966, con el Movimiento Renovador, produjo una reorientación en su filosofía académica que permitió el acceso al tercer nivel educativo a amplios sectores de la población, hasta entonces, excluidos del disfrute de dicho bien. No obstante, habiendo pasado 45 años desde entonces, en los cuales se han producido transformaciones importantes, a nivel mundial, local y en el ámbito mismo de la educación superior, parece atinado un replanteo de algunos aspectos del funcionamiento de la Más Vieja Casa de Altos de Estudios del Nuevo Mundo, que impida que se quede irremediablemente rezagada en relación a otras universidades públicas de la Región, con los consecuentes daños para el futuro de la Nación. En ese orden, es importante aprovechar la inauguración de una nueva gestión que ha renovado su disposición a favor de continuar la readecuación estatutaria y del resto de la normativa, para inducir cambios que se traduzcan en una reorientación efectiva de sus políticas en casi todos los órdenes esenciales de su quehacer. A ese tenor, deben introducirse cambios en lo relativo a las norma adjetiva de la Universidad; léase los reglamentos, que les imprima mayor coherencia de conjunto, al tiempo de ponerlos a tono con las transformaciones ya aprobadas en la norma sustantiva, como de las que eventualmente puedan ser adoptadas, a resultas de las nuevas iniciativas que pudieren emanar del empoderamiento que le ha sido conferido para ello a la Comisión Ejecutiva para la Reforma y Transformación Universitaria. Para ello, no obstante, es menester una actitud de total apertura, la cual debe implicar la ampliación de los espacios de participación al resto de la familia universitaria.-
  • 20. Notas y Bibliografía: (1): Collado, Faustino. Comisión Ejecutiva para la Reforma y Transformación Universitaria, CERTU. Propuesta Programa de Trabajo. (2) Ibidem. (3) Ibidem. 19