Consejería de Educación
                                                                                              CEIP “ Virgen del Río”




PLAN DE CENTRO
APROBADO POR EL CONSEJO ESCOLAR EL 24 DE OCTUBRE DE 2011




  Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
Consejería de Educación
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  PROYECTO
EDUCATIVO DE
   CENTRO




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ÍNDICE
PROYECTO EDUCATIVO
  0. INTRODUCCIÓN
   MARCO NORMATIVO


A. OBJETIVOS PROPIOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR
      A1.OBJETIVOS DE MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR.
      A2.PROPUESTA DE MEJORA RESULTANTES DE LA MEMORIA DE
          AUTOEVALUACIÓN
      A.3.OBJETIVOS SELECCIONADOS EN EL PROGRAMA DE CALIDAD Y
          MEJORA
B. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA
      INTRODUCCIÓN
     B1.LOS PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA
      ADOPTADOS POR NUESTRO CENTRO SON LOS SIGUIENTES
     B2. ORIENTACIONES METODOLÓGICAS QUE DARÁN FORMA A LAS
      PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS:

C. COORDINACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES, ASÍ COMO
EL TRATAMIENTO TRANSVERSAL EN LAS ÁREAS DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y
OTRAS ENSEÑANZAS, INTEGRANDO LA IGUALDAD DE GÉNERO COMO UN OBJETIVO
PRIMORDIAL
     MARCO NORMATIVO
     C1. PROCEDIMIENTOS DE COORDINACIÓN PARA REALIZAR LA
      CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES
     C2. PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR TRANSVERSALMENTE LA
      EDUCACIÓN EN VALORES A LAS DIFERENTES ÁREAS
     C3. INCORPORACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN VALORES EN EL CENTRO


D. LOS CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE
DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE, DE CONFORMIDAD CON EL NÚMERO TOTAL DE HORAS
QUE, A TALES EFECTOS, SE ESTABLEZCA POR ORDEN DE LA CONSEJERÍA
COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN
    D1. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO
      DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE
      COORDINACIÓN DOCENTE
    D2.CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA ORGANIZAR LOS HORARIOS DE
      PRIMARIA.
    D3. HORARIO DE DEDICACIÓN DE LOS COORDINADORES DE OTROS
      PLANES Y PROYECTOS
    D4.CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE COORDINADORES


E. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL


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ALUMNADO
  E1. EDUCACIÓN INFANTIL
  E2. EDUCACIÓN PRIMARIA
   NORMATIVA
   NORMAS GENERALES DE LA EVALUACIÓN
   CRITERIOS DE PROMOCIÓN SEGÚN LA ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2007
   SESIONES DE EVALUACIÓN
   PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS
   CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL PRIMER CICLO
   CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL SEGUNDO CICLO
   CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL TERCER CICLO


F. LA FORMA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO. MEDIDAS DE
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
    F1. BASES LEGALES
    F2. FINALIDADES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
    F3. ALUMNADO
    F4. DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS CURRICULARES Y ORGANIZATIVAS
    F5. PLANES Y PROGRAMAS
    F6. ORGANIZACIÓN Y LA COORDINACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Y
        MATERIALES PARA ATENDER A LA DIVERSIDAD.
     PROFESORADO       DE PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA:ORGANIZACIÓN                                                               Y
        FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE APOYO A LA INTEGRACION
     PROFESORADO       DE AUDICIÓN Y LENGUAJE: ORGANIZACIÓN                                                                Y
        FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE AUDICIÓN Y LENGUAJE
    F7. MEDIDAS DE ACOGIDA E INTEGRACIÓN PARA EL ALUMNADO CON
        NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.
    F8. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS
    F9. EVALUACIÓN DEL PLAN

G. LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN
    G1. MARCO NORMATIVO
    G2. OBJETIVOS.
    G3. CRITERIOS

H. EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL
    H1. LOS OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO EN RELACIÓN CON
        LA ORIENTACIÓN Y LA ACCIÓN TUTORIAL.
   H2. PROGRAMA GENERAL DE ACTIVIDADES DE TUTORÍA

I. EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE
CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS, DE ACUERDO CON LO QUE SE ESTABLEZCA POR
ORDEN DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN
     I1. MARCO NORMATIVO:
     I2. COMPROMISIOS DE CONVIVENCIA:

J. EL PLAN DE CONVIVENCIA A DESARROLLAR PARA PREVENIR LA APARICIÓN DE
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y FACILITAR UN

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ADECUADO CLIMA ESCOLAR, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 22
    1.- Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro.
    2.- Objetivos del Plan para la Promoción de la Convivencia.
    3.- Normas de Convivencia.
    4.- Comisión de convivencia: composición, funciones, plan de reuniones y Actuaciones
    preventivas y para la detección de la conflictividad.
     5.- Medidas a aplicar en el centro para prevenir, detectar, regular y resolver los
    conflictos que se pudieran plantear para promover la convivencia en el centro.
    6.- Delegados/as del alumnado.
    7.- Delegados/as de padres/madres.
    8.- Necesidades de formación de la comunidad educativa.
    9.- Registro de incidencias en materia de convivencia.
    10.- Mediación en la resolución de conflictos.
    11.- Protocolos de actuación
    12.- Comunicación y cooperación educativa entre familias y profesorado
    13.- Compromisos educativos y de convivencia
    14.- Procedimiento para la suscripción de los compromisos educativos y de
    convivencia.
    15.- Actividades formativas y de extensión cultural.
    16.- Acuerdos para la atención del alumnado afectado por la medida disciplinaria de
    suspensión del derecho de asistencia al centro.
    17.- Estrategias y procedimientos par realizar la difusión, seguimiento y evaluación del
    Plan de Convivencia.
    18.- Medidas para resolver conflictos.

K. EL PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO
    K1. MARCO NORMATIVO
    K2. INTRODUCCIÓN
    K3. MODALIDADES DE FORMACIÓN
    K4. CONTENIDOS PREFERENTES DE LA FORMACIÓN
    K5. EVALUACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN
    K6. ACTUACIONES EN RELACIÓN AL PLAN DE FORMACIÓN

L. LOS CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR, ASÍ COMO
LOS OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR
    L1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS
    L2. CRITERIOS PARA REALIZAR HORARIOS DE LOS REFUERZOS
PEDAGÓGICOS
    L3. CRITERIOS PARA REALIZAR LOS HORARIOS DE PT Y AL:

M. LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA
  M1. INTRODUCCIÓN
  M2. OBJETIVOS:
  M3. ÁMBITOS EVALUABLES REFERENTES A:
  M4. INDICADORES DE CALIDAD:
  M5. RESULTADOS:
  M6. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
  M7. MEMORIA

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N. LOS CRITERIOS PARA ESTABLECER LOS AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO Y LA
ASIGNACIÓN DE LAS TUTORÍAS, DE ACUERDO CON LAS LÍNEAS GENERALES DE
ACTUACIÓN PEDAGÓGICA DEL CENTRO Y ORIENTADOS A FAVORECER EL ÉXITO
ESCOLAR DEL ALUMNADO……………………..
    N1.CRITERIOS GENERALES PARA LOS AGRUPAMIENTOS:
    N2. CRITERIOS GENERALES PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y
   ENSEÑANZAS:

Ñ. LOS CRITERIOS GENERALES PARA ELABORAR LAS PROGRAMACIONES
DIDÁCTICAS DE CADA UNA DE LAS ÁREAS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA Y DE LA
EDUCACIÓN ESPECIAL Y LAS PROPUESTAS PEDAGÓGICAS DE LA EDUCACIÓN
INFANTIL
    Ñ1. MARCO NORMATIVO
   Ñ2. CRITERIOS GENERALES
   Ñ3.CADA PROPUESTA DIDÁCTICA DEBE REFLEJAR LOS SIGUIENTES
   ELEMENTOS:
   Ñ4. TAREAS TIPO

O. LOS PLANES ESTRATÉGICOS QUE, EN SU CASO, SE DESARROLLEN EN EL CENTRO
    O1. PROPUESTA DE DESARROLLO DE LA ESCUELA TIC 2.0 EN EL PROYECTO
        EDUCATIVO DEL CENTRO
    02. PLAN DE APERTURA DE CENTROS


El proyecto educativo.
INTRODUCCIÓN
1. El proyecto educativo constituye las señas de identidad del centro docente y expresa la educación
que desea. Se va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los
valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares,
sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elemento
dinamizador de la zona donde está ubicado.

2. El proyecto educativo definirá los objetivos particulares que el centro se propone alcanzar,
partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y la Ley
17/2007, de 10 de diciembre, acerca de los principios que orientan cada una de las etapas educativas
que se imparten en el mismo y las correspondientes prescripciones acerca del currículo.
3. En la elaboración del proyecto educativo podrán realizar sugerencias y aportaciones el
profesorado, el personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria y las
asociaciones de padres y madres del alumnado.

 MARCO NORMATIVO

      LOE LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE 4-5-2006)
      LEA LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA 26-12-2007)
      REAL DECRETO 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas

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    mínimas de la educación primaria. (BOE 8-12-2006)
   DECRETO 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas
    correspondientes a la educación primaria en Andalucía. (BOJA 8-8-2007)
   ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la
    EducaciónPrimaria en Andalucía. (BOJA 30-8-2007)
   ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del
    proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de
    Andalucía. (BOJA 23-8-2007)
   ORDEN de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del
    alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía.
    (BOJA 22-8-09)
   REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas
    mínimas del segundo ciclo de Educación infantil. (BOE 4-1-2007)
   DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas
    correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 19-8-2008)
   ORDEN de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación
    Infantil en Andalucía. (BOJA 26-8-2008)
   ORDEN de 29-12-2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la
    Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-1-2009)
   DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las
    escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios
    de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial
    (BOJA 16-07-2010).
   ORDEN de 20-08-2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las
    escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios
    de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial,
    así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010).
   ORDEN de 3-08-2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza
    de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes
    públicos, así como la ampliación de horario (BOJA 12-08-2010).
   ORDEN de 10-5-2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de
    Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros
    docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en
    los Directores y Directoras de los mismos. (BOJA 25-5-2006).
   ORDEN de 16 de abril de 2008, por la que se regula el procedimiento para la elaboración,
    aprobación y registro del Plan de Autoprotección de todos los centros docentes públicos de
    Andalucía. (BOJA 8-5-2008).
   INSTRUCCIONES de 22 de junio de 2011 de la DGOEE sobre la organización y
    funcionamiento, durante el curso 2011-2012, de las bibliotecas escolares en centros públicos
    que imparten Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
   ORDEN de 27-4-2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto
    dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos
    con fondos públicos. (BOJA 13-5-2005)
   INSTRUCCIONES de 2-06-2011, de la Dirección General de Participación e Innovación
    Educativa, sobre el programa de gratuidad de los libros de texto para el curso escolar
    2010/2011.
   ORDEN de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la
    convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho

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       de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas (BOJA 07-07-2011).

A. Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar.
   Como fuentes principales para seleccionar estos objetivos hemos tenido en cuenta:
a) Los marcados en las propuestas de mejora como resultado de las Pruebas de Diagnóstico.
b) Los marcados tras el análisis de resultados de las evaluaciones finales del alumnado.
c) Los seleccionados en el Programa de Calidad y Mejora .

       A1.LOS OBJETIVOS DE MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR.

      Concienciar a las familias de la importancia de la educación de sus hijos/as.
      Incrementar el porcentaje del alumnado que presenta un desarrollo adecuado de las distintas
       competencias básicas.
      Incrementar el porcentaje de alumnado de Primaria con las áreas/materias instrumentales
       aprobadas.
      Disminuir el número de alumnos y alumnas con bajo nivel de adquisición de las
       competencias básicas
      Mejorar el porcentaje de compromisos educativo y de convivencia establecidos con las
       familias.
      Concienciar a la comunidad educativa para el buen uso de las Tics en la mejora de los
       rendimientos escolares.
      Conseguir el mayor grado de coordinación entre niveles, ciclos y etapas y fomentar el
       trabajo cooperativo entre el profesorado.
       Mejorar la atención al alumnado con altas capacidades y sobredotación intelectual.
      Priorizar el desarrollo de la competencia lingüística y con especial atención a la
       comprensión lectora y la expresión escrita.
      Potenciar el uso de la biblioteca escolar.

    A2. PROPUESTA DE MEJORA RESULTANTES DE LA MEMORIA DE
AUTOEVALUACIÓN

      Revisar de forma sistemática, a la finalización de cada evaluación, los resultados obtenidos,
       elevando propuestas si se consideran necesarias ( medidas de refuerzo, metodología..).
      Informar a la comunidad escolar acerca de las secuencias y/o agrupaciones de contenidos
       que establecen los logros a alcanzar en cada ciclo de forma que sean conocidos por todos.
      Involucrar a las familias en el seguimiento del Plan de lectura del Centro
      Dar a conocer a los padres/madres del alumnado de forma sistemática y clara los criterios de
       evaluación y promoción.
      Establer un grupo flexible en 6º de primaria que haga avanzar al alumnado con problemas de
       aprendizaje o desfases curriculares y permitirles alcanzar los objetivos mínimos del ciclo al
       acabar el mismo, informando periodicamente a las familias de su evolución.
      Establecer más compromisos educativos con las familias para el refuerzo de las áreas
       instrumentales básicas
      Dar mayor difusión en la comunidad educativa al Plan de coinvivencia del Centro y
       establecer mayor número de compromisos de convivencia con las familias.

       A.3. OBJETIVOS SELECCIONADOS EN EL PROGRAMA DE CALIDAD Y

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MEJORA

      Disminuir el porcentaje de alumnado de segundo curso de primaria que la prueba de
       ESCALA obtiene los niveles 1 o 2 en las competencias básicas
      Aumentar el porcentaje de alumnado de segundo curso de primaria que la prueba de
       ESCALA obtiene los niveles 5 o 6 en las competencias básicas
      Aumentar el porcentaje de alumnado que en las PED alcanza los niveles 5 y 6.
      Disminuir el porcentaje de alumnado que en las PED obtine los niveles 1 o 2.
      Aumentar el grado de satisfacción de las familias con el Centro, tanto en relación al
       rendimiento escolar como con los planes, programas y actuaciones desarrolladas por el
       mismo.
      Aumentar el grado de consecución se los objetivos establecidos en cada uno de los
       proyectos y actuaciones


B. Líneas generales de actuación pedagógica.
INTRODUCCIÓN

El Artículo 4 de la LEA dice textualmente que el sistema educativo andaluz, guiado por la
Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como por los principios del sistema
educativo español establecidos en el artículo 1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se
fundamenta en los siguientes principios:
a) Formación integral del alumnado en sus dimensiones individual y social que posibilite el
ejercicio de la ciudadanía, la comprensión del mundo y de la cultura y la participación
en el desarrollo de la sociedad del conocimiento.
b) Equidad del sistema educativo.
c) Mejora permanente del sistema educativo, potenciando su innovación y modernización y la
evaluación de todos los elementos que lo integran.
d) Respeto en el trato al alumnado, a su idiosincrasia y a la diversidad de sus capacidades e
intereses.
e) Promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en los ámbitos y prácticas del sistema
educativo.
f) Convivencia como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y
del profesorado, y respeto a la diversidad mediante el conocimiento mutuo, garantizándose que no
se produzca segregación del alumnado por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o
situación económica y social.
g) Reconocimiento del pluralismo y de la diversidad cultural existente en la sociedad actual, como
factor de cohesión que puede contribuir al enriquecimiento personal, intelectual y
emocional y a la inclusión social.
h) Autonomía, participación, responsabilidad y control social e institucional, como elementos
determinantes del funcionamiento y la gestión de los centros docentes.

B1.Los principios generales de actuación pedagógica adoptados por nuestro centro son los
siguientes:

      Pedagogía activa, es decir, que el alumnado sea protagonista de sus propios aprendizajes.
      Desarrollo de las competencias básicas.

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      Medidas educativas que compensen las deficiencias.
      Evaluación inicial para partir del nivel del alumnado.
      Motivación del alumnado, organizando la tarea educativa mediante distintos agrupamientos
       y fomentando la cooperación.
      Desarrollo de la tolerancia y aceptación de la diversidad.
      Fomento del diálogo y de la expresión oral como medios de comunicación hacia el respeto
       de todos los componentes de la comunidad educativa.
      Participación activa utilizando los recursos tecnológicos y la biblioteca del centro.

B2. Orientaciones metodológicas que darán forma a las Programaciones Didácticas:

      Priorizar la reflexión y el pensamiento crítico del alumnado.
      Propuesta de diferentes situaciones de aprendizaje que pongan en marcha en el alumnado
       procesos cognitivos variados.
      Contextualización de los aprendizajes. Los objetivos y contenidos deben trabajarse de
       manera contextualizada y a través de metodologías que los conecten con la realidad.
      Utilización de diferentes estrategias metodológicas, con especial relevancia del trabajo a
       partir de situaciones-problema.
      Alternancia de diferentes tipos de actuaciones, actividades y situaciones de aprendizaje,
       teniendo en cuenta las motivaciones e intereses del alumnado.
      Potenciación de la lectura, la escritura y el tratamiento de la información como estrategia de
       aprendizaje.
      Potenciación del cálculo y la resolución de problemas como elementos básicos para
       desarrollar la competencia matemática.
      Fomento del conocimiento que tiene el alumnado sobre su propio aprendizaje.
      Fomento de un clima escolar de aceptación mutua y cooperación.
      Búsqueda, selección y elaboración de materiales curriculares diversos.
      Coordinación metodológica y didáctica de los equipos docentes.
      Diversificación de las situaciones e instrumentos de evaluación y potenciación de su carácter
       formativo.

C.Coordinación y concreción de los contenidos curriculares,
así como el tratamiento transversal en las áreas de la
educación en valores y otras enseñanzas, integrando la
igualdad de género como un objetivo primordial.
MARCO NORMATIVO

Ed. Primaria: Anexo II del R/D 1513/2006 + Art. 3 y Anexo I de la Orden de 10-8-07 (Currículo en
Andalucía). - Ed. Infantil: Anexo del R/D 1630/2006 + Art. 3 y Anexo de la Orden de 5-8-07 (Currículo en
Andalucía). - Educación en valores: Art. 39 de la LEA y Art. 5.4 del Decreto 230/2007

C1. PROCEDIMIENTOS DE COORDINACIÓN PARA REALIZAR LA CONCRECIÓN DE LOS
CONTENIDOS CURRICULARES

La concreción de los contenidos curriculares (objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos

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pedagógicos y criterios de evaluación), aún cuando forme parte de este apartado c) del proyecto educativo,
para hacer más operativo y funcional y tener una visión más coherente estará incluido en las “Proyectos
curriculares de ciclo”, “Programaciones didácticas” y en “Propuestas Pedagógicas”

C2. PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR TRANSVERSALMENTE LA EDUCACIÓN EN
VALORES A LAS DIFERENTES ÁREAS
La LEA su Artículo 39 trata la Educación en valores y especifica que el desarrollo de la vida de los centros y
el currículo tomarán en consideración como elementos transversales el fortalecimiento del respeto de los
derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una
vida responsable en una sociedad libre y democrática. Con objeto de favorecer la igualdad real y efectiva
entre hombres y mujeres, el currículo contribuirá a la superación de las desigualdades por razón del género.
Tamién contemplará la presencia de contenidos y actividades que promuevan la práctica real y efectiva de la
igualdad, la adquisición de hábitos de vida saludable y deportiva y la capacitación para decidir entre las
opciones que favorezcan un adecuado bienestar físico, mental y social para sí y para los demás.
Igualmente, el currículo incluirá aspectos de educación vial, de educación para el consumo, de salud laboral,
de respeto a la interculturalidad, a la diversidad, al medio ambiente y para la utilización responsable del
tiempo libre y del ocio.
La misma LEA en su artículo 40 hace referencia a la Cultura andaluza y dice que el currículo deberá
contemplar la presencia de contenidos y de actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la
cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía, como el flamenco, para que sean conocidos, valorados
y respetados como patrimonio propio y en el marco de la cultura española y universal.

INCORPORACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN VALORES EN EL CENTRO

En educación infantil, dado su carácter globalizador, los temas transversales se trabajan diariamente a través
de los hábitos, las rutinas, las normas, etc.
 En educación primaria los temas transversales estarán incardinados en las distintas programaciones
didácticas. Además en Centro trabaja diversos planes y programas espacíficos para el tratamiento de estos.
En concreto son:
• La Educación Moral, Cívica y para la Paz se trabajará siempre en todas las áreas y especialmente cuando
surja un comportamiento que lo requiera.
• Educación vial. Se trabaja en programas que oferta la Policia Municipal y la Consejería a través del
programa MIRA
• La Educación para la salud se trabaja a través de algunos programas específicos como el de “Consumo de
frutas”, “Alimentación saludable” y “Aprende a sonreir”
• Coeducación. Está presente durante todo el horario, en todas las áreas, en los escritos del centro y sobre
todo en las actitudes diarias. Se coordina desde el Plan de Coeducación del Centro
• Educación Ambiental. Se trabaja en unidades específicas de conocimiento del medio , en la participación
en programas de educación ambiental de la Consejería de Educación como “Educación ambiental en la red
de jardines botánicos” y “Estancias en centros de educación ambiental”
• Educación para el consumidor.
• La Educación sexual
También hemos de mencionar la cultura andaluza, que estará presente en las diferentes áreas a lo largo de la
Educación Primaria y en los diferentes ámbitos de conocimiento en la etapa de Educación Infantil. El Centro
dedica unidades didácticas especiales sobre la misma en fechas próximas al Día de Andalucía.

d. Los criterios pedagógicos para la determinación del horario

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de dedicación de las personas responsables de los órganos de
coordinación docente, de conformidad con el número total de
horas que, a tales efectos, se establezca por Orden de la
Consejería competente en materia de educación.
D1. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE
DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE

La Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de estos
centros, en el artículo 15.2 establece el número total de horas lectivas semanales asignadas a cada
centro para la realización de las funciones de coordinación de los equipos de ciclo y de orientación
que será de 2 horas por cada equipo de ciclo y 1 hora por el equipo de orientación.
Como criterio fundamental para establecer las horas de reducción horaria de los coordinadores de
los dintintos ciclos se ha tenido en cuenta que, además de no coincididan las mismas, que en el
cómputo general de los horarios del profesorado exista siempre en todos los tramos horarios al
menos un profesor que pueda realizar una sustitución en caso de necesidad.

D2.CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA ORGANIZAR LOS HORARIOS DE PRIMARIA.

· La organización del horario para los alumnos garantizará la dedicación de los tiempos
mínimos que establece la legislación vigente para cada una de las áreas de aprendizaje del
currículo.
· El horario de Religión se establece en todos los niveles de Ed. Primaria con 2 sesiones en los
primeros cursos de cada uno de los ciclos (1º, 3º y 5º) y de una sesión en el resto de cursos (2º, 4º y
6º). En Ed. Infantil se dará 1 hora
· El horario de Inglés tendrá una 1 hora en Infantil 5 años y dos horas en cada unos de los cursos de
la etapa Primaria.
- Para el resto de áreas de Primaria se tendrá en cuenta lo señalado en el ANEXO II del Decreto
230/2007 de 31 de julio, en el cual se establecen las horas semanales de cada una.
· El profesor tutor será el profesor con mayor número de horas impartidas en la tutoría.
· Dentro del horario semanal asignado a área de Lengua Castellana y Literatura, se dedicará
una hora semanal para el Fomento de la lectura y desarrollo de la Comprensión Lectora, según las
Instrucciones de 30 de junio de 2011 sobre el tratamiento de la lectura durante el curso 2011/2012.
Como criterios generales para el tratamiento de la lectura se establece que:
     Las diferentes programaciones didácticas de primaria y en las propuestas pedagógicas de
        infantil, cada tutor/a haga constar las actuaciones que lleva a cabo en este sentido. En ellas
        se incluirán actividades en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma
        oral.
     En el segundo ciclo de Educación Infantil se contemplará una aproximación a la
        lectoescritura cuyo tratamiento quedará recogido en la propuesta pedagógica .
     Las actividades de lectura que se programen deberán potenciar la lectura comprensiva en
        torno a lo leido, así como la presentación oral y escrita de trabajos.
     Se procurará el uso de diferentes tipos de textos, tanto literarios, periodístico, divulgativos o
        científico, adecuados a la edad del alumnado.
· El horario regular está organizado en 5 tramos horarios, 4 de una hora y uno de media hora, los

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cuales facilitan una mejor distribución horaria de las diferentes áreas, así como ayuda a mantener la
atención de los alumnos/as. Se procura que las áreas instrumentales básicas se impartan
preferentemente en los primeros tramos horarios.
· El horario de los profesores de apoyo y refuerzo, PT Y AL responden en su elaboración a las
necesidades del alumnado del Centro

D3. HORARIO DE DEDICACIÓN DE LOS COORDINADORES DE OTROS PLANES Y
PROYECTOS

El horario de dedicación a la coordinación de los Planes estratégicos según señala la Orden de 3 de
septiembre de 2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado responsable de
la coordinación de los planes y programas estratégicos que desarrolla la CONSEJERÍA
competente en materia de educación, está en función del número de unidades que tiene asignadas el
centro, con posibilidad de ampliar el número de horas de dedicación, en función de las
disponibilidades de personal docente y de las necesidades del Centro educativo.
Entre los planes estratégicos cabe destacar:
     Plan escuela TIC 2.O
        En los colegios de educación primaria y en los colegios de educación infantil y
        primaria que desarrollen el Plan Escuela TIC 2.0, el profesorado responsable dedicará
        semanalmente a la coordinación de dicho Plan el número de horas lectivas que a
        continuación se especifica: De dieciocho a veintiséis unidades: 3 horas
     Plan de apertura de centros
        En las escuelas infantiles de segundo ciclo, en los colegios de educación primaria, en
        los colegios de educación infantil y primaria y en los centros públicos específicos de
        educación especial que desarrollen el Plan de apertura de centros docentes, el profesorado
        responsable dedicará semanalmente a la coordinación de dicho Plan el número de horas
        lectivas que a continuación se especifica: De dieciocho o más unidades: 5 horas.
     Plan lectura y bibliotecas: 2 horas
     El Plan autoprotección y PRL. y el Plan de igualdad entre hombres y mujeres en la
        Educación tendrán el tramo horario del recreo para desempeñar sus funciones


D4.CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE COORDINADORES

1. Para la asignación de la coordinación o responsabilidad en un ciclo, plan, proyecto o programa
educativo, tanto de los considerados “estratégicos” por parte de la CEJA, como los que puedan
existir específicamente en el centro, así como los puestos de convocatorias anuales específicas
(acompañamiento, etc.), regirán los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad.
2. Al comenzar el curso escolar, el profesorado con destino en el centro informará a la Directora
de su disponibilidad para ocupar la coordinación de ciclo, plan o proyecto que desarrolla el Centro,
reflejando las actividades de formación, la experiencia en cargos, coordinaciones y
responsabilidades que cada docente quiera destacar, así como sus intereses y expectativas.
3. La dirección, oído el Claustro de Profesorado, formulará propuesta de nombramiento de los
coordinadores/as de ciclo, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro,
salvo que por las características de la plantilla no exista profesorado definitivo disponible. En el
nombramiento de los coordinadores de ciclo se procurará la participación equilibrada de hombres y
mujeres.
4. Para las coordinaciones de ciclos, programas y proyectos se tendrán en cuenta la formación

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acreditada para los mismos así como la experiencia anterior. Igualmente el equipo directivo tendrá
en consideración el compromiso y la implicación que cada maestra/o está dispuesto a asumir en la
responsabilidad del ciclo, proyecto o programa.
5. En el caso de profesorado que ha tenido destino en el colegio en cursos anteriores, el equipo
directivo considerará la trayectoria anterior en el centro y el conocimiento de su labor.

E. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO.

 E1. EDUCACIÓN INFANTIL
La evaluación en educación infantil según la ORDEN de 29 de diciembre de 2008, por la que se
establece la ordenación de la evaluación en la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de
Andalucía pretende señalar el grado en que se van desarrollando las diferentes capacidades, así
como orientar las medidas de refuerzo o adaptaciones curriculares necesarias. La evaluación tiene
en esta etapa una evidente función formativa, sin carácter de promoción, ni de calificación del
alumnado.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Decreto 428/2008, de 29 de julio, por
el que se establece la ordenación de las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en
Andalucía, la evaluación en esta etapa será global,
continua y formativa, y tendrá como referente los objetivos establecidos para la misma.La
evaluación en esta etapa servirá para detectar, analizar y valorar los procesos de desarrollo del
alumnado así como sus aprendizajes, siempre en función de las características personales de cada
uno. A estos efectos, los criterios de evaluación se utilizarán como referente para la identificación
de las posibilidades y dificultades de cada alumno o alumna y para observar su proceso de
desarrollo y los aprendizajes adquiridos.
La evaluación del aprendizaje del alumnado corresponderá a la persona que ejerza la tutoría, que
recogerá, en su caso, la información proporcionada por otros profesionales
que puedan incidir en el grupo o atiendan a algún alumno o alumna en particular. Dicha evaluación
se realizará preferentemente a través de la observación continua y sistemática del alumnado y de las
entrevistas con la familia.
La valoración del proceso de aprendizaje se expresará en términos cualitativos, recogiéndose los
progresos efectuados por el alumnado y, en su caso, las medidas de refuerzo y adaptación llevadas a
cabo.

Criterios de valoración de los procesos de aprendizaje

Conocimiento de sí mismo y autonomía personal.

      Conocimiento progresivo que los niños y niñas tengan de su esquema corporal y el
       progresivo control de su cuerpo, manifestando confianza en sus posibilidades.
      Formación de una imagen personal ajustada y positiva
      Respeto y aceptación por las características de los demás, sin discriminaciones de ningún
       tipo, y actitudes de ayuda y colaboración.
      Participación en juegos, mostrando destrezas motoras y habilidades manipulativas, y
       regulando la expresión de sentimientos y emociones
      Realización autónoma y la iniciativa en actividades habituales para satisfacer necesidades
       básicas, consolidando hábitos de cuidado personal, higiene, salud y bienestar.

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Conocimiento del entorno.

      Capacidad de discriminar objetos y elementos del entorno inmediato, su actuación sobre
       ellos y el establecimiento de relaciones: agrupar, clasificar y ordenar elementos y
       colecciones según semejanzas y diferencias.
      Discriminar y comparar algunas magnitudes y cuantificar colecciones mediante el uso de la
       serie numérica.
      Se tendrá en cuenta si los niños y niñas muestran interés por el medio natural, identifican y
       nombran algunos elementos, establece relaciones de interdependencia, manifiestan actitudes
       de cuidado y respeto hacia la naturaleza, y participa en actividades para conservarla.
      Conocimiento de los grupos sociales más significativos de su entorno y algunas
       características de su organización, así como el conocimiento algunos servicios comunitarios,
       la comprensión de elementos y manifestaciones culturales y el respeto a la pluralidad
       cultural
      Integración y vinculación afectiva a los grupos más cercanos, la adecuación de su conducta
       a los valores y normas de convivencia, y la capacidad que muestren para el análisis de
       situaciones conflictivas y las competencias generadas en el tratamiento y resolución pacífica
       de éstas.

Lenguajes: Comunicación y representación.

      Desarrollo del lenguaje oral ha de ir encaminada a la observación de la capacidad de
       expresarse y comunicarse oralmente, con claridad y corrección suficientes, en situaciones
       diversas y con diferentes propósitos o intenciones
      Interés y gusto por la utilización creativa de la expresión oral, la utilización en la regulación
       de la propia conducta y del grupo, para relatar vivencias, comunicar sus estados de ánimo y
       emociones, etc.
      Capacidad para escuchar y comprender mensajes, relatos, producciones literarias,
       descripciones, explicaciones e informaciones y todo aquello que le permita participar en la
       vida social en diferentes contextos.
      Respeto a los demás, a diferentes puntos de vista y argumentos, la atención a lo que dicen y
       el uso de las convenciones sociales en conversaciones así como la aceptación de las
       diferencias también se evaluarán en esta etapa.
      Respecto a la evaluación del lenguaje escrito se considerará el interés que muestran por los
       textos escritos presentes en el aula y el entorno, iniciándose en su uso, en la compresión de
       sus finalidades y en el conocimiento de algunas características del código escrito, así como
       la participación en las situaciones de lectura y escritura que se producen en el aula y otros
       contextos sociales.
      Observación del desarrollo de habilidades expresivas y el interés mostrado por explorar
       las posibilidades expresivas de diversos medios, materiales y técnicas propios de los
       lenguajes musical, audiovisual, plástico y corporal.

E2. EDUCACIÓN PRIMARIA

NORMATIVA

La evaluación del alumnado en la Educación Primaria aparece regulada en el Decreto 230 /2007, de

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31 de julio por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a esta etapa en
Andalucía, en la Orden de 10 de agosto de 2007 por la que se establece la ordenación de la
evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y en las Instrucciones de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección
General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre
evaluación del alumnado en la Educación Primaria.

NORMAS GENERALES DE LA EVALUACIÓN

 La ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del
proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en su Artículo 2 establece las normas
generales de ordenación de la evaluación.
1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y
global, tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas del currículo y se llevará a cabo
teniendo en cuenta los diferentes elementos del mismo.
2. La evaluación será global en cuanto que se referirá a las competencias básicas y a los objetivos
generales de la etapa y tendrá como referente el progreso del alumnado en el conjunto de las
áreas del currículo, las características propias del mismo y el contexto sociocultural del centro
docente.
3. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y
aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se
producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que
permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje.
4. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y
proporcionará una información constante que permita mejorar tanto los procesos como los
resultados de la intervención educativa.
5. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio,
el profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente a través de la observación
continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su
maduración personal. En todo caso, los criterios de evaluación de las áreas serán referente
fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas, asícomo el de
consecución de los objetivos.
6. .Los centros docentes harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de
cada área que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y para la promoción del
alumnado.
7. Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar al maestro tutor o maestra tutora
aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de sus
hijos e hijas.
8. Los criterios de evaluación comunes deben permitir valorar las competencias básicas alcanzadas,
el grado de consecución de los objetivos generales de la etapa, así como las posibilidades de
progreso del alumnado con objeto de facilitar al equipo docente la toma de decisiones en la
promoción y la adopción de medidas de refuerzo en materias instrumentales básicas o
de adaptación curricular.


CRITERIOS DE PROMOCIÓN SEGÚN LA ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2007.

      Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo

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       docente, de forma colegiada, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo
       ciclo o etapa siguiente. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en
       consideración la información y el criterio del profesor o profesora tutor/a.
      El alumnado promocionará al ciclo o etapa siguiente siempre que el equipo docente
       considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas, la
       consecución de los objetivos generales de la etapa y a sus posibilidades de progreso
       Asimismo promocionará siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir
       con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa.
      Cuando no se cumplan las condiciones señaladas anteriormente, el alumno o alumna
       permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo
       largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o
       recuperación.
      De conformidad con lo recogido en el artículo 16.1 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el
       equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o
       los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con
       necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse
       un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.
      De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio,
       la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de
       conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la
       etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más
       adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.
      Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada alumno
       o alumna dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos
       alcanzados y las competencias básicas adquiridas. Dicho informe será elaborado por el
       equipo docente, de acuerdo con lo que, a tales efectos, establezca por Orden la Consejería
       competente en materia de educación.


SESIONES DE EVALUACIÓN

1. La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por el maestro tutor o
maestra tutora para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje
del alumnado orientadas a su mejora.

2. A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo, se realizarán para cada grupo de
alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, sin perjuicio de lo que, a estos efectos,
los centros docentes puedan recoger en sus respectivos proyectos educativos.

3. El tutor o tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán
constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos
acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

4. Los resultados de la evaluación de cada área se expresarán en los siguientes términos:
Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), considerándose
calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás.

5. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal

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de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales,
de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en el Decreto 230/2007, de 31 de
julio, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación.

PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS.

1. La participación de las familias en el proceso de evaluación viene legislado en el artículo 9 de
la ORDEN de 10 de agosto de 2007, el cual expresa que con el fin de garantizar el derecho de las
familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, los tutores y tutoras, así como el
resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales sobre la evolución escolar
de sus hijos e hijas.
2. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y
dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución
de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso,
la colaboración de los restantes miembros del equipo docente.
3. Al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres,
madres o tutores legales del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución
de su proceso educativo.
4. Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o tutores legales acerca de los
resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas
en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y
las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y
los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación
correspondientes.
5. Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al
reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, los maestros y maestras
informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principios de curso, acerca de los
objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas.
6. Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre a evaluación
final del aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos, así como sobre la decisión de promoción, de
acuerdo con el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto
educativo. Dicho procedimiento deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus
familias contemplados en la normativa en vigor, y los criterios de evaluación y promoción
establecidos en el proyecto educativo del centro.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL PRIMER CICLO

LENGUA:
   Conseguir leer comprensivamente con la entonación adecuada sencillos textos.
   Utilizar letra legible
   Componer frases con sentido de hasta seis palabras
   Escribir sin juntar palabras
   Partir las palabras adecuadamente por medio del guión
   Utilizar correctamente la mayúscula, el punto y la coma
   Lograr escribir correctamente al dictado
MATEMÁTICAS
   Conocer, leer y escribir los números hasta el 999
   Ordenar, seriar, comparar, descomponer y componer números (centenas, decenas y


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    unidades).
    Conseguir sumar y restar con y sin llevada.
    Conocer las unidades de longitud, de peso y de capacidad
    Saber estimar el tiempo (saber que es una hora, un día, una semana y un mes)
    Distinguir los billetes y monedas de Euro
    Identificar las principales líneas (recta y curva) y las figuras planas (triángulo, cuadrado y
    círculo).
INGLÉS
    Participa en interaciones orales muy dirigidas sobre temas conocidos en situaciones de
     comunicación fácilmente predecibles: responde a peticiones e instrucciones sencillas
     interactúa en situaciones cercanas y rutinarias: saludos, despedidas,rutinas de clase.
    Da informaciones sencillas sobre sí mismo y su entorno más cercano.
    Capta la idea global e identifica algunos elementos específicos de un mensaje oral con
     apoyo gestual y mímico
    Lee e identifica palabras y frases sencillas conocidas previamente de forma oral a través de
     todo tipo de actividades y apoyándose en elementos visuales.
    Escribe palabras, expresiones conocidas y frases sencillas partiendo de la observación de un
     modelo.
    Reconoce y reproduce aspectos sonoros de ritmo y entonación a partir de modelos en
     contextos comunicativos habituales.
    Utiliza estrategias básicas para aprender a aprender: pide ayuda, acompaña la comunicación
     oral con gestos, utiliza diccionarios visuales, …
    Participa, se esfuerza y muestra interés en aprender Inglés
ÁREA DE CONOCIMIENTO DEL MEDIO NATURAL, SOCIAL Y CULTURAL
    Conoce su cuerpo y tiene conocimiento de los sentidos y sus funciones.
    Manifiesta la adquisición de hábitos de salud y cuidado corporal.
    Participa en la conservación y mejora del entorno.
    Reconoce algunas de las actuaciones humanas más visibles del entorno y los efectos
     positivos y negativos.
    Ordena cronológicamente hechos relevantes de su vida utilizando las unidades básicas de
     tiempo: hora, día, mes y año.
    Reconoce los elementos principales del paisaje de su comunidad autónoma.
    Diferencia peces, anfibios, reptiles, insectos y mamíferos, conociendo las características
     principales de estos.
    Distingue las diferentes partes de una planta.
    Reconoce las funciones básicas que identifican a los seres vivos.
    Describe los trabajos de las personas de su entorno y relaciona el nombre de algunas
     actividades con el tipo de trabajo que realizan.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL SEGUNDO CICLO

LENGUA:
   Lee en voz alta con la fluidez, la entonación y el ritmo adecuado
   Comprende textos orales y escritos
   Expresa opiniones personales sobre el contenido de textos orales y escritos
   Presenta las expresiones escritas y cualquier otro tipo de ejercicio de carácter personal con
    orden, limpieza y claridad
   Escribe correctamente las palabras del vocabulario básico


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    Utiliza de forma adecuada las reglas ortográficas básicas
    Reconoce estructuras gramaticales sencillas
MATEMÁTICAS
    Resuelve problemas sencillos aplicando las operaciones de Cálculo necesarias y utilizando
    estrategias personales de resolución
    Razona las soluciones dadas o halladas a las diferentes situaciones problemáticas planteadas
    Lee, escribe y ordena números hasta las centenas de millar. Interpreta el orden de magnitud
     de cada dígito del número y utiliza los números para cuantificar de manera exacta o
     aproximada, contando o estimando
    Realiza mediciones diversas y hace estimaciones de longitud, de capacidad, de masa y de
     superficie.
INGLÉS
    Participa en interacciones orales reales o simuladas: pide permiso, localiza objetos o
     personas, habla sobre el tiempo o sobre gustos y habilidades, participa en situaciones
     cotidianas: rutina, hábitos, lenguaje del aula, …
    Capta el sentido global de un texto oral apoyándose en elementos lingüísticos y no
     lingüísticos
    Reconoce y extrae palabras y expresiones conocidas de un texto más extenso aunque no se
     comprenda en su totalidad.
    Lee diferentes tipos de textos comunicativos con vocabulario y expresiones conocidas y
     extrae la información global.
    Utiliza elementos lingüísticos y no lingüísticos para extraer información específica de un
     texto.
    Escribe frases de al menos 5 palabras y textos sencillos de 4 ó 5 frases basados en modelos
    Reconoce y reproduce estructuras y aspectos sonoros del Inglés: ritmo, acentuación y
     entonación siempre a partir de modelos.
    Usa estrategias básicas de aprendizaje como recursos visuales, petición de ayuda, valoración
     de su trabajo, …
    Identifica diferencias y similitudes de aspectos socioculturales y de la vida cotidiana entre
     los países de habla inglesa y el suyo propio.
ÁREA DE CONOCIMIENTO DEL MEDIO NATURAL, SOCIAL Y CULTURAL:
    Practica hábitos de higiene y de alimentación.
    Conoce su cuerpo, las funciones vitales que realizamos los seres humanos y los órganos y
     aparatos que intervienen en ellas.
    Localiza en el mapa su localidad, comunidad autónoma y su país.
    Clasifica animales y plantas según sus características.
    Reconoce algunas propiedades de los materiales, los clasifica y entiende la utilidad de cada
     uno en función de esas propiedades.
    Utiliza convenientemente las nociones espaciales para reconocer y representar, en planos
     sencillos, los lugares y objetos más significativos de la localidad y de la comunidad
     autónoma.
    Maneja conceptos sobre población :natalidad ,mortalidad,…sectores económicos….
    Conoce la organización de nuestra comunidad autónoma y también nuestra cultura y
     tradiciones..
    Sitúa nuestro planeta en el Universo, entiende los movimientos de la Tierra y sus
     consecuencias y los cambios que se producen en ella.
    Entiende el paso del tiempo y la evolución de nuestra sociedad a través de algunos hechos
     históricos relevantes.

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CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL TERCER CICLO

LENGUA:
    Leer con entonación, pronunciación, velocidad y ritmo adecuados
    Comprensión de textos sencillos, distinguiendo las ideas fundamentales de las secundarias
    Clasificación de las palabras en categorías gramaticales básicas (verbo, adjetivo, y adverbio)
    Iniciación al análisis sintáctico: grupo del sujeto y grupo del predicado
    Reconoce el núcleo del sujeto y el núcleo del predicado y algunos complementos
    Realización de resúmenes sobre un texto
    Realización de sencillas narraciones respetando el orden de los acontecimientos,
     descripciones, cartas, poemas, …, cuidando la ortografía y evitando la repetición de palabras
     e ideas
    Análisis morfológico de oraciones
    Aplicación correcta de reglas ortográficas
MATEMÁTICAS
    Leer, escribir y ordenar números naturales y decimales
    Realizar cálculos por escrito y mentales de las operaciones con números naturales y
     decimales
    Resolver problemas sencillos de su entorno
    Conocer las unidades de medida estudiar y asociar cada una de ellas con la magnitudque
     mide y con su valor real.
    Expresar medidas de longitud, superficie, masa, capacidad y tiempo, utilizando múltiplos y
     divisores, y convirtiendo unas unidades en otras.
    Clasificar formas y cuerpos geométricos más usuales, utilizar los conceptos de simetría,
     paralelismo, perpendicularidad, perímetro y superficie para describir y comprender el
     espacio en el que se mueve.
    Resolución de problemas con operaciones sencillas y con varias operaciones combinadas.
    Conocer el concepto de potencias y operaciones
INGLÉS
    Mantiene conversaciones sencillas sobre temas conocidos
    Utiliza expresiones y frases para hablar en términos sencillos sobre temas cercanos
    Participa en los intercambios orales interesándose por la opinión de los demás.
    Comprende expresiones y vocabulario frecuente sobre su entorno, mensajes orales y
    conversaciones claras y sencillas.
    Lee diferentes textos y extrae las ideas globales
    Extrae información explicita de un texto y deduce información no explícita
    Utiliza el contexto lingüístico y no lingüístico como estrategia de comprensión escrita.
    Produce, a partir de modelos, textos cortos, de al menos 8 frases
    Reproduce aspectos sonoros, ritmo, acentuación y entonación en expresiones breves,
    conversaciones o lecturas
    Utiliza estrategias para aprender a aprender: hace preguntas para obtener información, usa
    diccionario, utiliza las tecnologías de la información
    Identifica rasgos, costumbres y tradiciones de países de habla inglesa.


CONOCIMIENTO DEL MEDIO
   Identifique los animales y plantas autóctonos de su paisaje pudiendo clasificarlos según las


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       principales características.
      Reconozca los principales órganos del cuerpo y sus funciones
      Sea capaz de buscar información acerca de algo en libros de consulta, …
      Sepa datos fundamentales de la Comunidad Autónoma, de España y de Europa
      Identifique las actividades económicas más importantes de su entorno y conozca los
       distintos trabajos y su necesidad para la sociedad.


F. LA FORMA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL
ALUMNADO.



   F1. BASES LEGALES

    Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE 4-5-2006). LOE
    Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA 26-12-2007) LEA
    Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas
correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 19-8-2008)
    Orden de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil
en Andalucía. (BOJA 26-8-2008)
    Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas
correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía. (BOJA)
    Orden de 10-8-2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación
Primaria en Andalucía. (BOJA 30-8-2007)
    Orden de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de
aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA
23-8-2007)
    Orden de 16-11-2007, por la que se regula la organización de la orientación y la acción tutorial
en los centros públicos que imparten las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. (BOJA 17-
12-2007)
    Orden de 25-7-2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la
Educación Básica. (BOJA 22-8-2008)
    Decreto 328/2010, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación
Infantil y de los Colegios de Educación Primaria
    Instrucciones de 16-1-2007, de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la
Educación, sobre aplicación del procedimiento para flexibilizar la duración del período de
escolaridad obligatoria, del alumnado con necesidades educativas asociadas a condiciones
personales de sobredotación intelectual.

   F2. FINALIDADES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

      Responder a las necesidades educativas concretas del alumnado, a conseguir que alcance el
       máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y a la adquisición de las
       competencias básicas y de los objetivos del currículo establecidos para la educación
       primaria y la educación secundaria obligatoria, garantizando así el derecho a la educación

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       que les asiste.

      Establecer los mecanismos adecuados y las medidas de apoyo y refuerzo precisas que
       permitan detectar las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan y superar el
       retraso escolar que pudiera presentar el alumnado, así como el desarrollo intelectual del
       alumnado con altas capacidades intelectuales.

      Establecer medidas curriculares y organizativas para atender a la diversidad y estas deberán
       contemplar la inclusión escolar y social, y no podrán, en ningún caso, suponer una
       discriminación que impida al alumnado alcanzar los objetivos de la educación básica y la
       titulación correspondiente.

      Asegurar la coordinación de todos los miembros del equipo docente que atienda al alumno o
       alumna y, en su caso, o de los equipos de orientación educativa.

      Garantizar el acceso y la permanencia en el sistema educativo del alumnado con necesidad
       específica de apoyo educativo, entendiendo por tal el alumnado con necesidades educativas
       especiales, el que se incorpore deforma tardía al sistema educativo, el que precise de
       acciones de carácter compensatorio y el que presente altas capacidades intelectuales.

      Establecer medidas de detección y atención temprana durante todo el proceso de
       escolarización, con el objeto de que el alumnado que la requiera alcance el máximo
       desarrollo personal, intelectual, social y emocional

     F3. ALUMNADO

       Alumnado desfavorecido socioeconómica y socioculturalmente.
       Alumnado extranjero, con desconocimiento de la lengua, o con graves carencias en
conocimientos básicos por incorporación tardía.
       Alumnado superdotado intelectualmente.
       Alumnado con necesidades educativas especiales, asociadas a discapacidad física, psíquica,
sensorial, o a graves trastornos de la personalidad o de conducta.
       Y en general a cualquier alumno que necesite a lo largo de su escolarización una
intervención especial, alumno con necesidades especificas de apoyo educativo.

     F4. DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS CURRICULARES Y ORGANIZATIVAS

        Atendiendo a la orden de 25 de julio de 2008, por la que se regulara atención a la diversidad
del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía se
podrán implementar las siguientes medidas y programas:
        Medidas
        a.- Agrupamientos flexibles
        b.- Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales,
        c.- Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula,
preferentemente para reforzarlos aprendizajes instrumentales básicos en los casos del alumnado que
presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua
castellana y literatura y de Matemáticas.
        d.- Modelo flexible de horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a las

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            necesidades educativas concretas del alumnado.

         F5. PLANES Y PROGRAMAS

           PROGRAMAS DE REFUERZO DE ÁREAS O MATERIAS INSTRUMENTALES
            BÁSICAS.

             Los programas de refuerzo son programas de actividades motivadoras que buscan
     alternativas al programa curricular de las materias instrumentales. Dichas actividades deben
     responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural. Entre éstas,
     se consideran actividades que favorezcan la expresión y comunicación oral y escrita, tales como la
     realización de teatros, periódicos escolares, así como el dominio de la competencia matemática, a
     través de la resolución de problemas cotidianos

            Estará dirigido a
            a) El alumnado que no promociona de curso.
            b) El alumnado que aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o
     materias instrumentales del curso anterior.
            c) Aquellos en quienes se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades
     en las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Matemáticas y Primera
     lengua extranjera.

            Dichos programas tendrán las siguientes características:

     1.- El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias
     instrumentales básicas no podrá ser superior a quince. El alumnado que supere los déficitsde
     aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras
     actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado.
     2 . El profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas
     realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará
     periódicamente de dicha evolución a las familias. A tales efectos, y sin perjuicio de otras
     actuaciones, en las sesiones de evaluación se acordará la información que sobre el proceso personal
     de aprendizaje seguido se transmitirá al alumnado y sus familias. No obstante lo anterior, los
     programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni
     constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.


   PROGRAMAS DE REFUERZO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS APRENDIZAJES NO
    ADQUIRIDOS.

            Dichos programas tendrán las siguientes características

             1. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un
     programa de refuerzo destinado la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar
     la evaluación correspondiente a dicho programa.

             2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos
     incluirán el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la

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atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como
las estrategias y criterios de evaluación.

       3. En el caso de áreas y materias no superadas que tengan continuidad en el curso siguiente,
el profesorado responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros y maestras
especialistas, en la etapa de educación primaria .

      PLANES ESPECÍFICOS PERSONALIZADOS PARA EL ALUMNADO QUE NO
       PROMOCIONE DE CURSO.

       Con las siguientes características:

       1. Dirigido al alumnado que no promocione de curso. Este seguirá un plan específico
personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior.
2.- Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o
materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un
seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello

         Del contenido de estos planes se informará al alumnado y a sus padres y madres o tutores
legales al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de incorporación del alumnado a
los mismos, de acuerdo con el procedimiento que establezca el centro en su proyecto educativo.
        Asimismo, los centros, con el objetivo de mejorar el rendimiento del alumnado y los
resultados de estos planes y programas, facilitarán la suscripción de compromisos educativos

      PROGRAMAS DE ADAPTACIÓN CURRICULAR

       Características:

        La adaptación curricular es una medida de modificación de los elementos del currículo, a fin
de dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

       Los programas de adaptación curricular están dirigidos al alumnado de educación primaria o
de educación secundaria obligatoria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:
       a) Alumnado con necesidades educativas especiales.
       b) Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo.
       c) Alumnado con dificultades graves de aprendizaje.
       d) Alumnado con necesidades de compensación educativa.
       e) Alumnado con altas capacidades intelectuales.

        La escolarización del alumnado que sigue programas de adaptación curricular se regirá por
los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización
de la enseñanza.

          La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo se
realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico.
Cuando presenten graves carencias en la lengua española, recibirán una atención específica que
será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los
que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal.

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                Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo en
        educación primaria o de dos o más años en educación secundaria obligatoria, podrán ser
        escolarizados, respectivamente, en un curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les
        correspondería por edad, en los términos recogidos en el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31
        de julio, y en el 20.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio.


               Tipos de programas de adaptación curricular y apoyos.

               Las adaptaciones curriculares podrán ser:

               Adaptaciones curriculares no significativas, cuando el desfase curricular con respecto al
        grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará a los elementos del currículo que se
        consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa
        educativa ni los criterios de evaluación.
               Adaptaciones curriculares significativas, cuando el desfase curricular con respecto al grupo
        de edad del alumnado haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los
        objetivos de la etapa y los criterios de evaluación.
                Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

               Las adaptaciones curriculares podrán contar con apoyo educativo, preferentemente dentro
        del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo, de acuerdo con los
        recursos humanos asignados al centro.

              ADAPTACIONES CURRICULARES NO SIGNIFICATIVAS.

                Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas al alumnado que presente
        desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado, por
        presentar dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o
        trastornos graves de conducta, por encontrarse en situación social desfavorecida o por haberse
        incorporado tardíamente al sistema educativo.
                Las adaptaciones curriculares no significativas podrán ser grupales, cuando estén dirigidas a
        un grupo de alumnado que tenga un nivel de competencia curricular relativamente homogéneo, o
        individuales.
                Las adaptaciones curriculares serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la
        coordinación del profesor    o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo de orientación.
        En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la
        organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios.
            En ningún caso, las adaptaciones curriculares grupales podrán suponer agrupamientos
        discriminatorios para el alumnado.

                Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser propuestas, asimismo, por el profesor
        o profesora del área o materia en la que el alumnado tenga el desfase curricular
         , que será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo o
        departamento de orientación.

   ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS.



                      Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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                                                                                                          CEIP “ Virgen del Río”


 Las adaptaciones curriculares significativas irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas
especiales, a fin de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo.

        Las adaptaciones curriculares significativas se realizarán buscando el máximo desarrollo
posible de las competencias básicas; la evaluación y la promoción tomarán como referente los
criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones.

          Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una evaluación psicopedagógica
previa, realizada por el equipo de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al
alumnado. De dicha evaluación se emitirá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá,
al menos, los siguientes apartados:
        a) Datos personales y escolares.
        b) Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta.
        c) Entorno familiar y social del alumnado.
        d) Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales.
        e) Valoración del nivel de competencia curricular.
        f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales
del alumnado.

.        El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el
profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del
área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento
del equipos de orientación.
       Sin perjuicio de su inclusión en el proyecto educativo del centro, las adaptaciones
curriculares significativas quedarán recogidos en un documento, que estará disponible en la
aplicación informática «Séneca», y que contendrá, al menos, los siguientes apartados:
       a) Informe de evaluación psicopedagógica
       b) Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los
objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo.
       c) Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la
propuesta curricular.
       d) Organización de los apoyos educativos.
       e) Seguimiento y valoración de los progresos realizados por el alumnado, con información al
mismo y a la familia.

       La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del
profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de
educación especial y el asesoramiento del equipo o departamento
de orientación.

        La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad compartida del profesorado que
las imparte y, en su caso, del profesorado de apoyo.
Las decisiones sobre la evaluación de las adaptaciones curriculares y la promoción y titulación del
alumnado se realizarán de acuerdo a los objetivos fijados en la adaptación
curricular significativa y será realizada por el equipo docente,
oído el equipo de orientación.

        De igual manera y en             conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 del Decreto

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231/2007, de 31 de julio, la escolarización de este alumnado en la etapa de educación secundaria
obligatoria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más de lo establecido con carácter
general, siempre que ello favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y sin menoscabo de lo dispuesto en el artículo 28.6 la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo.


      ADAPTACIONES CURRICULARES                                PARA         EL ALUMNADO                     CON        ALTAS
       CAPACIDADES INTELECTUALES.

         Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales están
destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas
educativas, contemplando medidas extraordinarias orientadas a ampliar y enriquecer los contenidos
del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización.

          Dichas adaptaciones curriculares requieren una evaluación psicopedagógica previa,
realizada por los equipos o departamentos de orientación, en la que se determine la conveniencia o
no de la aplicación las mismas. De dicha evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos,
los siguientes apartados:
        a) Datos personales y escolares del alumnado.
        b) Diagnóstico de la alta capacidad intelectual.
        c) Entorno familiar y social del alumnado.
        d) Determinación de las necesidades específicas de apoyo educativo.
        e) Valoración del nivel de competencia curricular.
        f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.

       Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales
establecerán una propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la ampliación
y enriquecimiento de los contenidos y las actividades específicas de profundización.
         La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares será responsabilidad del
profesor o profesora del área o materia correspondiente, con el asesoramiento del equipo o
departamento de orientación.

        De igual manera se podrá solicitad a la delegación y a propuesta de la dirección del centro,
previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, las siguientes medidas de
flexibilización de la escolarización de este alumnado:
a) Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la educación primaria.
b) Reducción de un año de permanencia en la educación primaria.
c) Reducción de un año de permanencia en la educación secundaria obligatoria.

      ANÁLISIS DE LOS ALUMNOS CON NECESIDADES DE APOYO EDUCATIVO. Y
       PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS Y
       PLANES DE ATENCIÓN


         Cada curso se realizará un análisis de los resultados de las actas de evaluación del curso
anterior y el del programa Séneca , donde observaremos donde se expresaran los alumnos con
necesidades especificas de apoyo educativo es decir:

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       Alumnado desfavorecido socioeconómica y socioculturalmente. (DES)
       Alumnado extranjero, con desconocimiento de la lengua, o con graves carencias en
conocimientos básicos por incorporación tardía.(DES)
       Alumnado superdotado intelectualmente.(SOB)
       Alumnado con necesidades educativas especiales, asociadas a discapacidad física, psíquica,
sensorial, o a graves trastornos de la personalidad o de conducta.(DIS)
        Alumnado con graves problemas de aprendizaje (DIA)

       Todos estos casos deben de tener informe de evaluación psicopedagógica
       Además y si no están incluídos en los anteriores se tendrán en cuenta a los siguientes tipos
de alumnos:
     Los que han repetido de curso.
     Los que han pasado con áreas o asignaturas no superadas.
     Los alumnos que precisan intervención logopédica.


   Y en general cualquier otra tipología de alumnado que necesite tenerse en cuenta para dar
   respuesta educativa especial.

    F6. ORGANIZACIÓN Y LA COORDINACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Y
MATERIALES PARA ATENDER A LA DIVERSIDAD.

     PROFESORADO ORDINARIO PARA REFUERZOS, APOYOS, Y
      AGRUPAMIENTOS ESPECÍFICOS POR DESFASES DE CURRÍCULO. APOYO AL
      CURRICULO
      Desde principio de curso se organizará los apoyos a los diferentes cursos tanto en infantil
como en primaria teniendo en cuenta con los profesionales que se cuente y expresaremos:

       Profesores y horario de disposición.
       Profesor de apoyo ordinario: número de horas
       Profesores tutores con horario de libre disposición: Numero de horas

        La programación del profesor de apoyo, en unos casos, coincidirá con la del profesor tutor
realizando apoyo del mismo currículo que se está llevando en clase, en otros se establecerá por
escrito cualquier otro tipo de adaptación o intervención que se separe de la programación general de
elementos básicos del currículo. . Pudiendo apoyar a alumnos distintos en distintos tiempos.
        Este tipo de apoyo se llevara a cabo dentro de clase siempre que sea posible.
        Con las horas que quedan libres del resto del profesorado se llevará a una distribución
horaria, donde exprese alumnos y curso atendidos.



      PROFESORADO DE PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA:        ORGANIZACIÓN Y
       FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE APOYO A LA INTEGRACION

       1.- Introducción.

      La diversidad del alumnado que es atendido en nuestro centro educativo requiere una
respuesta educativa diversa, adaptada a las necesidades educativas que cada alumno y alumna

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presente según sus peculiaridades.
        El objetivo fundamental que aporta el aula de apoyo a la integración al plan de atención a la
diversidad es dar respuesta al alumnado que presente necesidades educativas especiales tanto por
discapacidad física, psíquica y/ o sensoriales, por sobredotación, y en general los que presenten
necesidades de apoyo educativo es decir, intentar proporcionar una respuesta educativa lo más
adecuada posible a las necesidades educativas especiales de los alumnos, asegurando así el
principio de normalización e individualización como base del proceso integrador.

   2.- Ojetivos generales del aula.
      Revisar los expedientes (junto al Orientador) para sacar datos sobre los posibles alumnos
       nuevos con A.C.I.S.
      Valorar la situación inicial del proceso educativo de cada alumno/a, estableciendo la línea
       base que nos permita elaborar el plan de trabajo.
      Diseñar un modelo organizativo, que permita atender a los/as alumnos/as de n.e.e., teniendo
       en cuenta él numero de horas que debe asistir cada uno y las áreas que se dan en su curso.
      Seleccionar y confeccionar el material didáctico especifico que sea necesario.
      Favorecer y apoyar la integración de los/as alumnos/as con n.e.e. en el grupo clase,
       proporcionándoles las adaptaciones necesarias para el progreso de su proceso educativo.
      Facilitar las A.C.I.S. realizadas con anterioridad a este curso a los/as tutores/as y
       profesores/as de alumnos/as con necesidades educativas.
      Elaborar con la colaboración de los/as tutores/as, personal docente y Orientador, las
       Adaptaciones Curriculares Individualizadas para los/as alumnos/as con n.e.e.
      Evaluación y seguimiento de las A.C.I.
      Colaborar con el Orientador.
      Orientar a los/as profesores/as y tutores/as que tengan alumnos/as en régimen de
       integración.
      Concienciar a toda la comunidad escolar (profesores/as, alumnos/as, padres...), de los
       verdaderos fines del Aula de A.A.I., eliminando los prejuicios e ideas erróneas que pudieran
       existir sobre ésta.
      Concienciar a los padres de la importancia que tiene su colaboración en el correcto proceso
       educativo de sus hijos.
      Conseguir una buena coordinación con las familias de los/as alumnos/as del A.A.I.
      Convertir nuestra aula de apoyo a la integración en un aula de recursos y consulta para la
       atención a la diversidad, que ayude al resto de docentes del centro.
      Favorecer un clima de cooperación y comprensión, así como de coeducación, donde no
       exista la discriminación, en ningún sentido, dando especial atención a los ACNEE para
       conseguir su plena integración escolar y social.

    3. - Evaluación: criterios, estrategias y procedimientos de evaluación y promoción de los/as
    alumnos/as.
       Criterios generales: La Ley Orgánica de Educación (LOE) establece, en los artículos 71 y
74, el marco adecuado para que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda alcanzar


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los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos, y dispone que a final de cada
curso se evalúen los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos y alumnas con
necesidades educativas especiales, evaluación que ha de hacerse en función de los objetivos
propuestos a partir de la evaluación inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la
orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de
modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un mayor régimen
de integración.
      La decisión con respecto al qué evaluar implica tres tipos de consideraciones vinculadas a la
dimensión temporal de todo proceso educativo:
      Evaluación inicial: evaluación de los aprendizajes previos.
      Evaluación formativa: avances, bloqueos y retrocesos que se producen durante el proceso de
       enseñanza y aprendizaje.
       Evaluación final: conocimientos y experiencias que pueden haber construido los/as
        alumnos/as.
       Los/as alumnos/as trabajarán de acuerdo a su A.C.I. y a la Programación Anual de Centro.
       El instrumento básico para la evaluación de estos alumnos es la observación directa de su
trabajo diario que se recoge en el Diario de Evaluación del profesor. A lo largo del trimestre se
realizan algunas pruebas de control para disponer de más datos a la hora de dar una evaluación
trimestral.
       A estos/as alumnos/as también se les dará para la casa el mismo boletín que al resto de los/as
alumnos/as de su curso. Junto con el boletín llevan una información detallada del Aula de Apoyo a
la Integración.
        En cuanto a la promoción de estos/as alumnos/as se tendrán en cuenta criterios como:
    La evolución de los progresos alcanzados.
    La edad del alumno/a.
    El grado de integración en el grupo-clase.

    4.- Metodología.
      La metodología que se llevará a cabo será activa, participativa, significativa, diversa y
flexible, con el fin último de ofrecer la ayuda pedagógica más adecuada a las características de cada
alumno/a en concreto. Partiremos de estos tres principios fundamentales:
    Partir de los conocimientos previos de los alumnos/as (aprendizaje significativo), como
     medio de motivación.
    Respetar sus diferentes ritmos de aprendizaje.
    Conocer su estilo de aprendizaje, intereses y motivaciones, que será lo que determine la
      metodología concreta a seguir con cada alumno/a.
     Conocer estos aspectos de cada niño/a nos permite escoger el camino más rápido para llegar a
una meta.

     Los enfoques y principios didácticos para abordar la intervención educativa deben ser:
   14. La globalización e interdisciplinariedad. La práctica de la globalización es compatible con
       nuestro diseño curricular abierto y flexible.
   15. El principio de individualización me obliga a respetar el modo particular de enfrentarse al

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       aprendizaje que tienen los alumnos, sus necesidades y posibilidades, los procesos que
       utilizan y cual es su propio ritmo.
   16. Que los conocimientos sean funcionales para el desarrollo de su vida diaria.
   17. Que los nuevos aprendizajes partan de los conocimientos previos.
   18. Matizaré más los objetivos procurando un escalonamiento gradual en la consecución de
       metas.
   19. Potenciar la autoestima y la autonomía.
   20. Llevar a cabo actividades motivadoras para el alumndo.
   21. La flexibilidad es muy importante, ya que la combinación de métodos, técnicas y
        actividades diferentes resulta fundamental.
      En todo momento, se contará con todos los recursos técnicos y personales disponibles en el
centro, que faciliten el entrenamiento del alumno/a en habilidades de autonomía personal y
conductual, muy importante en el aprendizaje de estos alumnos/as.
        El alumnado recibirá la atención generalmente en el aula ordinaria.

    5.- Relación y actividades con alumnos/as.
Desde este objetivo y considerando que la atención pedagógica es individualizada, la relación de la
profesora con los/as alumnos/as será estrecha y personalizada, desde la que se llegará a un buen
conocimiento de los mismos, así como a establecer una relación de empatía positiva con ellos.
Hecho que considero de gran importancia para conseguir del alumno una buena aptitud para el
aprendizaje.

       Las actividades a desarrollar con estos/as alumnos/as tienen una finalidad última: conseguir
minorizar las dificultades de aprendizaje que presenten cada uno de ellos, para que puedan,
posteriormente, seguir el ritmo de su grupo-clase o, en su caso, su propio ritmo de aprendizaje,
teniendo siempre presente conseguir el mayor grado de integración y socialización en todas las
áreas.

      Las actividades son variadas y precisas para hacer posible la consecución de los objetivos a
través del trabajo con los contenidos. La respuesta de los alumnos en el desarrollo de las actividades
será decisiva para lograr el ajuste de nuestras previsiones a la realidad.

     Por ello es esencial que las actividades planteadas resulten atractivas y motivadoras para el
alumnado.

    6.- Relación con la familia.
      La familia es el primer contexto socializador por excelencia. La familia constituye un recurso
personal imprescindible desde que hacemos la valoración e identificación de las NEE del alumnado,
ya que serán una fuente de información indispensable.

      Recibirán asesoramiento sobre las dificultades de aprendizaje que presentan sus hijos/as y a la
vez formación para que desde casa me ayuden a generalizar los aprendizajes que se llevan a cabo en
el aula.
      La relación que debemos mantener con los padres de nuestros/as alumnos/as ha de ser lo más
estrecha posible, con el fin de conseguir:


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   13. La máxima información sobre nuestros/as alumnos/as para que nos faciliten la intervención
       con ellos.
    14. Una estrecha colaboración para desarrollar en casa aquellas recomendaciones que les
        indiquemos.
       Por nuestra parte, mantendremos informados a los padres de todos los progresos de
nuestros/as alumnos/as. Esta información se les proporcionará en las entrevistas que se mantendrán
a lo largo del curso, así como trimestralmente, en los boletines informativos que se elaborarán del
Aula de Apoyo.

7.- Relación y actividades con los profesores/as del centro.
       La relación de debemos mantener, tanto con los profesores-tutores como con los distintos
especialistas de nuestros/as alumnos/as, ha de ser de máxima colaboración y de un feedback
continuo.
      Hemos de trabajar de forma conjunta, tanto en la selección y consecución de los objetivos,
como en los procedimientos que nos lleven a ellos. Para ello, mantendremos reuniones periódicas
que nos ayudarán a evaluar los progresos en el aprendizaje, así como a evaluar el propio proceso de
enseñanza.
      La profesora de Apoyo colaborará en la elaboración de las A.C.I.S con los profesores
especialistas de las áreas que tengan que realizarlas. Éstas se realizarán teniendo en cuenta las
necesidades educativas especiales, las competencias curriculares y el entorno en el se debe actuar.

8.- Coordinación con tutores, equipos y servicios.
       La modalidad de apoyo se ha planteado, partiendo de las características de alumnos y
alumnas y de las sugerencias de sus tutores y tutoras, teniendo en cuenta las orientaciones del
E.O.E.. En este sentido, se lleva a cabo una coordinación estrecha y positiva con el, E.O.E., tutor o
tutora, profesora de Audición y Lenguaje colaborando en la realización de actividades,
programando conjuntamente, elaborando material, etc
        Respecto a la organización, me coordino con todos los ciclos, al menos una vez al mes, y
sobre todo con los tutores de los alumnos con NEE que acuden al aula de apoyo a la integración ,
cuya coordinación al ser un centro de una sola línea, nos coordinamos bastante a menudo y
tomamos decisiones conjuntas sobre el proceso educativo del alumno.
        Igualmente y al menos una vez a la quincena el profesor de P.T. se coordina con el E.O.E.
         Mensualmente se presentará una programación al tutor a desarrollar con cada alumno, para
que así éste sepa que se está trabajando en el aula de apoyo a la integración.
        Las ACIs se desarrollan tanto por el profesor especialista en P.T., el tutor y todos aquellos
profesionales implicados en el proceso de enseñanza y aprendizaje de aquellos alumnos que
precisen dichas ACIs.

Se expresará en el Plan Anual de atención a la diversidad incluido en el PAC, los alumnos atendidos
y tipología, las los distintos tipos de intervención previstos (Adaptaciones Curriculares, u otros
tipos), donde se intervendrá, que de forma general será dentro del aula ordinaria y el horario
semanal del especialista en Pedagogía terapéutica.

        Dentro de ese apartado expresaremos que un alumno con DIS, visual está atendido a parte de
de la profesora de especialista en Pedagogía terapéutica con otra profesora especialista en déficit
visual fundamentalmente trabajando las modificaciones de los elementos de acceso al currículo.



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    9.- Materiales y recursos.
      En primer lugar trataré de conseguir que el alumnado utilice los mismos recursos materiales
generales que sus compañeros para cumplir el principio de normalización. Parto de la premisa de
que los mejores materiales siempre serán los que se usen en clase con carácter general, aunque para
estos alumnos/as sean necesarias algunas adaptaciones.

      En otros casos será precisa la utilización de materiales específicos para dar respuesta a las
necesidades más concretas.
      El alumnado de esta aula no necesita un material muy específico para llevar a cabo nuestros
objetivos, sino recursos didácticos muy habituales:
−    Folios, libretas, lápices, lápices de colores, ceras, gomas, rotuladores, tijeras, pegamento,
     cuadernillos de actividades, etc.
−   Muchos de los materiales de trabajo se les entregarán fotocopiados.
      Además, cuenta con diverso material específico de lectoescritura, de español para extranjeros,
libros de texto, de lectura, programas de reeducación logopédica, de estimulación sensorial, puzzles,
material de manualidades, construcciones, recursos educativos en CD, etc.


        PROFESORADO DE AUDICIÓN Y LENGUAJE: ORGANIZACIÓN                                                                          Y
         FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE AUDICIÓN Y LENGUAJE

      1.-Líneas generales

      En Audición y Lenguaje se atiende a alumnos con problemas en el lenguaje oral (que
pueden afectar también al lenguaje escrito).

        Los alumnos atendidos son muy heterogéneos, los casos van desde leves dislalias hasta
retrasos del lenguaje ocasionados por distintas razones. Desde el Aula de Audición y Lenguaje se
intentará dar respuesta (en la medida de lo posible) a aquellos problemas del lenguaje que surjan a
lo largo del curso, interviniendo de manera directa y/o de manera indirecta a través de los padres,
tutores o demás especialistas relacionados con el proceso de enseñanza- aprendizaje del alumno/a
(especialmente cuando por falta de tiempo no se pueda realizar una adecuada intervención
logopédica directa).

        Las sesiones de Logopedia o Audición y Lenguaje se llevarán a cabo los lunes y viernes de
9 a 14 horas. Dichas sesiones serán individuales o en pequeño grupo (siempre y cuando se disponga
del tiempo necesario) y tendrán una duración de 30 minutos.

      2.-Objetivos

          El objetivo fundamental que se propone desde Audición y Lenguaje es: favorecer la
    comunicación en cualquiera de sus modalidades, ya que el lenguaje es el instrumento básico
    para la construcción del conocimiento, un elemento imprescindible para el aprendizaje y un medio
    incuestionable para la integración social y cultural de las personas. Más concretamente, los
    objetivos de este aula serán:

                Mejorar el lenguaje comprensivo y expresivo en sus diferentes facetas: (forma,

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              contenido y uso) trabajando fonética y fonología, morfología, sintaxis, semántica y
              pragmática.
             Desarrollar en los alumnos/as el interés por la comunicación.
             Fomentar la autoestima del alumno/a.
             Establecer con todo el personal implicado en la educación del alumno/a una
              comunicación que permita hacer un seguimiento más completo, a la vez que
              generalizar los logros y dar funcionalidad a los aprendizajes.

3.-Contenidos

             Respiración
             Soplo
             Discriminación auditiva.
             Memoria auditiva.
             Praxias linguales y bucales
             Articulación
             Ritmo
             Vocabulario comprensivo y expresivo
             Morfología
             Sintaxis
             Uso del lenguaje en diferentes situaciones (Pragmática)
             Generalización de lo aprendido

4.- Metodología

       Las sesiones tendrán un carácter funcional, que parta de los conocimientos que posean los
alumnos/as y de las necesidades educativas que presenten. Se intentará que los alumnos/as sepan
desenvolverse en su vida diaria a través del lenguaje. Se procurará que las actividades tengan un
carácter lúdico (en la medida de lo posible) y que resulten motivadoras para los alumnos/as. El
refuerzo de tipo social será muy importante.

      Se procurará crear un clima de aula de confianza, para que los alumnos se sientan a gusto y
en confianza. El refuerzo de la autoestima de los alumnos será primordial en estas clases.

       Por todo ello, la metodología será activa y globalizadora.

5. Evaluación

       La evaluación será continua y procesual, y presentará tres momentos:

             Evaluación inicial: con pruebas, observación, entrevista a tutores y padres,
              psicólogo/orientador..etc. de la que se extraerá la información necesaria para la
              elaboración del Programa de Intervención con cada alumno/a.
             Evaluación continua: se irá anotando en hojas de registro apropiadas y en el diario de
              clase los avances o retrocesos, actitudes, respuestas, manifestaciones del alumno/a,
              según las sesiones programadas.
             Evaluación final: se tendrá en cuenta la evaluación inicial y los resultados obtenidos
              a lo largo del curso para ver cómo ha evolucionado el alumno/a.

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 6.-Coordinación con tutores y padres
    La familia, como punto de referencia y elemento esencial del entorno del niño/a es, junto con la
escuela, la principal responsable del aprendizaje. De esta manera, en el desarrollo del lenguaje no
podemos olvidarnos de esto. Así pues, nadie mejor que la propia familia y el entorno social habitual
del niño/a para convertirse en un elemento fundamental en el buen desarrollo del lenguaje.

    7.-Coordinación con los tutores:
    Será necesaria para ponerse de acuerdo con respecto a los contenidos que se van a trabajar con
los alumnos/as, la metodología a seguir y los materiales más apropiados en cada caso. Además, será
en el grupo- clase del alumno/a uno de los lugares por los que se empiece el programa de
generalización de lo aprendido en Audición y Lenguaje. Estas entrevistas se harán una vez al mes

   8.-Coordinación con la maestra de PT:
   Será necesario establecer un plan de actuación conjunto para los alumnos/as que acuden a
ambas clases (PT y AL) y valorar el progreso de dichos alumnos/as. Esta coordinación será
semanal.

    9.-Coordinación con el orientador:
    El orientador proporcionará las directrices generales que habrá que tener en cuenta para llevar a
cabo el plan de intervención con los alumnos, sobre los materiales adecuados, las sesiones que
debería recibir y los agrupamientos más adecuados. Esta coordinación se realizará al menos una vez
al mes.

    10.-Coordinación con los padres:
    Está coordinación será fundamental para el Aula de Audición y Lenguaje, ya que los programas
de intervención (principalmente los de articulación) sólo funcionarán adecuadamente si se practica
en casa, además, en muchas ocasiones, y por falta de tiempo para atender a todos los alumnos/as (el
puesto de Logopedia es itinerante) serán los padres los encargados de poner en marcha, con las
debidas orientaciones, los programas de articulación y de generalización.

    Esta coordinación se hará al menos, un vez al trimestre de manera directa. A través de los
tutores o los propios alumnos/as y cada vez que sea necesario

   Se expresará en el Plan Anual de Atención a la diversidad incluido e n el PAC:

    -Número de alumnos a atender
    -Días y horas de atención de atención
13. Distribución horaria.


     F7. MEDIDAS DE ACOGIDA E INTEGRACIÓN PARA EL ALUMNADO CON
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

       Por sus características singulares el alumnado con N.E.E requiere de unas medidas de
acogida e integración, iniciadas antes, durante y después del proceso de escolarización, que deben
fundamentarse en los principios de actuación siguientes:



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      Igualdad de oportunidades: Las medidas de acogida e integración deberán compensar las
posibles desventajas para participar en el proceso de enseñanza-aprendizaje de este alumnado,
mejorar las circunstancias ambientales del entorno educativo, que pueden tener una incidencia
favorecedora u obstaculizadora. Se trata pues, de poner en marcha medidas que supongan apoyos
complementarios así como eliminación de circunstancias que dificultan su libre acceso a un
currículo ajustado a sus necesidades.

      Valoración de las diferencias: Todas las actuaciones contenidas en un programa de acogida,
favorecedor de la creación de grupo, de la convivencia y de la interacción como factor potencial de
enriquecimiento mutuo, requiere de una consideración positiva de la diversidad para poder hacerse
efectivo.

     Individualización: Las características diferenciales que presentan los alumnos con N.E.E en el
ámbito educativo obligan a una adecuación del currículo que se les ofrece que debe incluir de
manera personalizada actuaciones de acogida e integración.

      Inclusión: Los tres principios anteriores, nos llevan a considerar que las medidas de acogida e
integración no pueden realizarse al margen de la organización de contextos inclusivos. En este
sentido, la educación inclusiva orienta el conjunto de medidas de acogida e integración tanto del
alumnado con N.E.E como del resto del alumnado.

     Normalización: La educación del alumnado con NEE tenderá a alcanzar, dentro del sistema
educativo, los objetivos establecidos con carácter general para cada uno de los niveles de
enseñanza. Es decir, favorecer que estos alumnos/as se beneficien, siempre que sea posible, del
mayor número de servicios educativos ordinarios.

      Globalidad: La intervención educativa con el alumnado que presenta N.E.E debe
estructurarse armónicamente con el conjunto de actuaciones aportadas desde otros ámbitos
buscando conseguir el objetivo último de un desarrollo óptimo de sus posibilidades y teniendo en
cuenta siempre la globalidad de su persona.

      Corresponsabilidad:: Las medidas adoptadas por los centros de acogida e integración del
alumnado con NEE exige que se asegure la participación, el compromiso y la coordinación de
actuaciones de acuerdo

       Planificación y programación de la acogida e integración del alumnado con NEE

      Antes de adoptar las medidas de acogida debe planificarse el proceso de atención con este
alumnado. Para ello se propone realizar un conjunto de tareas. Estas han de guiarse por los
principios de igualdad, valoración, individualización, inclusión, normalización, globalidad y
corresponsabilidad. En este proceso es muy importante que las medidas estén orientadas por la
normativa correspondiente. Por ello, es importante que sea conocida por todos/as y no sólo por
parte del equipo directivo y/u orientador/a. En el sentido anterior, el Art. 13 de la Orden 16 de
noviembre de 2007 ( BOJA núm. 246) determina las medidas mínimas referidas a tres ámbitos de
actuación: accesibilidad del alumnado ( servicios/ dependencias y currículo); socialización e
interacción social y acogida al inicio de cada curso escolar. Para su elaboración la Jefatura de
Estudios y, en su caso, el profesorado de educación especial del centro cuenta con el asesoramiento
del EOE y cuando se requiera de los equipos específicos del ETPOEP.

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Entre las tareas implicadas en la acogida e integración del alumnado con nesidades especificas de
apoyo educativo cabe destacar:
         Identificar las necesidades educativas del alumnado. Llevada a cabo por el orientador de
            referencia del E.O.E. del centro
         Tomar decisiones sobre su modalidad de escolarización. Llevada a cabo por el
            orientador de referencia del E.O.E. del centro
         Organizar la respuesta educativa, tanto en los aspectos curriculares como organizativos .
            llevada a cabo por todos los profesionales implicado y realcionados con el alumnos.
            Orientador, profesor de P.T., de A.L. y el tutor
         Realizar un seguimiento de los alumnos. Por los profesionales implicados
         Coordinar recursos. Por los profesionales implicados
        Evaluar la respuesta educativa. Por los profesionales implicados

        F8. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS


        Cuando un alumno se detecten necesidades educativas de apoyo educativo se informa a sus tutores
legales en los siguientes casos:
     Para realizarle exploración psicopedagógica ( la realizará el tutor)
     Para darle información de los resultados de la evaluación psicopedagógica( la realizará el orientador
        de E.O.E.)
     Para revisión e información de valoración psicopedagógica. Tutor y orientador.
     Para incluir al alumnado en algún grupo, programa o plan de apoyo. El orientador o el tutor, o el
        profesor de apoyo ( de apoyo al currículo, de integración , logopeda, de apoyo a déficit visual)
        según el caso.
     Para realizar seguimiento, mensual o trimestralmente. Tutor
     Cuando lo requiera el tutor legal o académico por otras causas.

        F9. EVALUACIÓN DEL PLAN

        Se revisará el plan trimestralmente junto con el plan anual de centro, recogiendo las incidencias que
se produzcan así como ajustándolo a las necesidades que surjan.
        Al final de curso se evaluará junto con la memoria. Realizando propuestas me mejora para el curso
próximo.


G. LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO
Y RECUPERACIÓN.

G1. MARCO NORMATIVO:
    DECRETO 328/2010, de 13 de julio,, art. 21.g (BOJA núm. 39 de 16 de Julio de 2010).
    ORDEN de 20-08-2010, Cap. V, art. 18º, por la que se regula la Organización y
     Funcionamiento de los Colegios de Infantil y Primaria (BOJA de 30 de Agosto de 2010).
    Orden de 25 de Julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad (BOJA núm.
     169 de 22 de Agosto de 2008).
    ORDEN de 25-7-2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que

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      cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía. (BOJA núm. 167
      de 22 de Agosto de 2008).
    DECRETO 231/2007, de 31 de julio,, art. 15, (BOJA núm. 156, de 8 de Agosto de 2007)
    ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de
      aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma
      de Andalucía. Art. 6. (BOJA núm. 166 de 23 de agosto 2007).
G2. OBJETIVOS.
    Atender de forma adecuada a los alumnos/as que presentan dificultades de aprendizaje
      significativas en las materias instrumentales: Lengua-Matemáticas-Inglés.
    Organizar de forma sistemática los recursos humanos y materiales que dispone el Centro
      para una atención individualizada de estos alumnos/as.
    Ofrecer un refuerzo educativo basado en la superación de los problemas específicos que
      presenta cada alumno/a en cada área.
G3. CRITERIOS
    El Programa se aplicará al alumnado cuyo Tutor/a haya comprobado que no siguen el
      CURRÍCULO y se apartan progresivamente del mismo, a pesar de otras adaptaciones de
      acceso aplicadas previamente, y que no tengan un desfase curricular superior a dos años.
    Con carácter general, la decisión sobre qué alumnado debe recibir apoyo, será tomada por el
      tutor/a, con la supervisión de la jefatura de estudios y en todo caso con el orientador de
      referencia.
    El Programa será de aplicación para toda la Primaria y 1º Ciclo de ESO . La priorización
      será:
      - De menor a mayor nivel, es decir, Primer Ciclo, Segundo Ciclo, Tercer Ciclo.
      - Aquellas unidades con dos o más cursos juntos.
      - El número de alumnos/as con dificultades o repetidores.
      - El número de alumnos/as de la unidad.
    El Programa cuenta con Fichas por Niveles de propuestas de APOYO, y que deberán ser
      trabajadas y cumplimentadas para cada alumno/a.(Ver Anexo 7.G)
    El Tutor/a marcará con una X las propuestas de apoyo que considere necesarias en la Ficha
      del Programa que necesite el alumno.
    Los Contenidos de Apoyo se limitarán a las áreas de Lenguaje, Matemáticas e Inglés.
    Los Tiempos de Ejecución del Apoyo de un alumno NO PUEDEN COINCIDIR con las
      Especialidades, salvo raras y justificadas excepciones.
    El tiempo dedicado a Apoyo debe coincidir con el Área que trabaje en ese momento el
      Grupo al que pertenece al alumno, y de manera excepcional con el Área de Conocimiento
    del Medio.
    Se procurará que el Apoyo sea realizado por el Profesorado preferentemente del mismo
      ciclo.
    El número de horas dedicadas a la realización de este Programa dependerá de las
      necesidades de los Alumnos y de la Organización y Planificación de cada uno de los Centros
    Los apoyos se realizarán, siempre que sea posible, dentro del aula del curso apoyado.
    Cuando el Tutor o la Tutora deba informar a los padres del desarrollo del alumno/a,
      solicitará al Profesor/a de APOYO una copia de la FICHA, o un INFORME DE
      EVALUACIÓN, donde éste/a deberá reflejar los logros alcanzados por el alumno/a en lo
      referente a las propuestas de Apoyo.
    El Programa de Apoyo de un alumno/a finalizará cuando haya conseguido los OBJETIVOS
      PROPUESTOS. A tal fin podrá celebrarse una reunión en la que participen la Jefatura de
      Estudios y la totalidad del Equipo Docente.

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     El E.O.E. prestará orientación en todo el proceso de aplicación del Programa.
     La FICHA DE APOYO, una vez cerrada, se incorporará al EXPEDIENTE del alumno/a.

H. El plan de orientación y acción tutorial.


  H1. LOS OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO EN RELACIÓN CON
  LA ORIENTACIÓN Y LA ACCIÓN TUTORIAL.

          a. Favorecer la adaptación del alumnado al contexto escolar y la integración del mismo
             en el grupo clase.
          b. Realizar un seguimiento personalizado del proceso de aprendizaje del alumnado,
             haciendo especial hincapié en la prevención y, en su caso, detección temprana de las
             dificultades en el aprendizaje, y promoviendo las medidas correctoras oportunas tan
             pronto como dichas dificultades aparezcan.
          c. Potenciar el desarrollo de hábitos básicos de autonomía, así como la adquisición de
             aprendizajes instrumentales básicos, estrategias de aprendizaje y técnicas de trabajo
             intelectual.
          d. Contribuir a la equidad en la educación, potenciando la compensación de
             desigualdades y la inclusión social.
          e. Impulsar medidas organizativas y curriculares que posibilite en la atención a la
             diversidad del conjunto del alumnado del centro, así como la inclusión educativa y la
             integración escolar del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
          f. Iniciar la adquisición de habilidades y conocimientos que favorezcan la posterior
             toma de decisiones.
          g. Establecer vínculos de colaboración y cooperación entre el centro, las familias del
             alumnado y el entorno.
          h. Facilitar la socialización, la adaptación escolar y la transición entre etapas
             educativas del conjunto del alumnado.

H2. PROGRAMA GENERAL DE ACTIVIDADES DE TUTORÍA

      Los programas de tutoría se adecuarán a los siguientes objetivos:

      -   Adquirir valores de cooperación, convivencia y solidaridad, propios de una sociedad
          democrática, concibiendo el diálogo como herramienta fundamental para la resolución
          pacífica de conflictos.
      -   Desarrollar progresivamente un adecuado conocimiento y valoración de sí mismo,
          adquiriendo una imagen positiva sobre sus propias posibilidades y capacidades.
      -   Tomar conciencia de los propios sentimientos y emociones, desarrollando habilidades de
          control y autorregulación de los mismos.
      -   Adquirir las habilidades sociales necesarias para relacionarse, expresar los propios
          sentimientos e ideas, cooperar y trabajar en equipo.
      -   Adquirir hábitos de vida saludable, aprendiendo a valorar la incidencia de las propias
          acciones y hábitos de vida sobre la salud individual y colectiva.
      -   Promover un consumo responsable, respetuoso con la conservación y mejora del medio

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          ambiente.
       -  Afianzar y reforzar el conjunto de capacidades, competencias, hábitos y actitudes
          necesarias para la mejora del rendimiento académico.
       -  Acercar al alumnado al conocimiento de las distintas profesiones, concienciándole sobre
          la relevancia de la dimensión laboral sobre el propio proyecto vital.
       -  Afianzar en el alumnado una serie de competencias laborales fundamentales también en
          el ámbito escolar, tales como la responsabilidad, la perseverancia, la toma de decisiones,
          la resolución de problemas, el trabajo en equipo.
       -  Respetar la diversidad de características personales, creencias, opiniones, culturas y
          formas de vida, desarrollando actitudes comprometidas y solidarias con los menos
          favorecidos.
       -  Educar en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como un derecho
   irrenunciable en los diferente

    Para la consecución de dichas objetivos se atenderá a las siguientes competencias y elementos
formativos:
        a) Desarrollo personal y social: auto concepto y autoestima, educación emocional,
habilidades y competencias socia- les; hábitos de vida saludable, educación afectiva y sexual y
coeducación; educación medioambiental y para el consumo, uso racional y crítico de las tecnologías
de la información y
la comunicación; aprendizaje de una ciudadanía democrática, educación para la paz y para la
resolución pacífica de conflictos; utilización del tiempo libre.
        b) Prevención de las dificultades en el proceso de enseñanza y aprendizaje: comprensión
lectora y hábito lector; pro- gramas específicos para la mejora de capacidades o competencias
básicas; mejora de la motivación, refuerzo del interés y apoyo al aprendizaje de hábitos y técnicas
de estudio.
        c) Orientación académica y profesional: exploración de los propios intereses;
conocimiento del sistema educativo y acercamiento al mundo de las profesiones, educando en la
igualdad de género para la futura elección de estudios y profesiones; iniciación a la toma de
decisiones.


I. El procedimiento para suscribir compromisos educativos y
de convivencia con las familias, de acuerdo con lo que se
establezca por Orden de la Consejería competente en materia
de educación.

I1. MARCO NORMATIVO:
     Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.( BOE núm. 106 de 4 Mayo de 2006).
      - Título V. Capítulo II.
      - Art. 121.5 Proyecto Educativo.
     LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA nº 252 de 6 de
      Diciembre de 2007): Título I. La Comunidad Educativa.
      - Art. 31. El Compromiso Educativo.
      - Art. 32. El Compromiso de Convivencia.

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    DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas
     correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA nº 164 de 19 de Agosto
     de2008): art. 7
    DECRETO 328/2010, de 13 de julio. (BOJA nº. 139 de 16 de julio de 2010): Título III.
     - Art. 10, Derechos de las familias.
     - Art. 11. Colaboración de las familias
     - Art. 50. Competencias del Consejo Escolar.

I2. COMPROMISIOS DE CONVIVENCIA:

A iniciativa de las familias o de la tutoría del alumnado que presente problemas de conducta y
de aceptación de las normas
escolares, aquellas podrán suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia.
a) Canalización de los compromisos de convivencia:
El tutor/a dará traslado a la dirección del centro de cualquier propuesta de compromiso de
convivencia, con carácter previo a su suscripción, para que éste verifique el cumplimiento de las
condiciones previstas en el Plan de Convivencia para la aplicación de esta medida. Una vez
verificadas las condiciones, la dirección autorizará al tutor/a para que lo suscriba.
b) Modelo escrito de compromiso de convivencia: Figura como Anexo I y podrá ser
modificado en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no
den el resultado esperado.
Una vez suscrito el compromiso de convivencia, el tutor/a dará traslado del mismo a la
dirección del centro, que lo comunicará a la comisión de convivencia.
c) Procedimiento para el seguimiento por parte de la Comisión de Convivencia de los
compromisos suscritos en el centro:
- Análisis de los compromisos suscritos en reuniones periódicas o extraordinarias

Los compromisos serán suscritos por las familias, maestros/as tutores/as y el director/a anualmente.
Dichos documentos (anexos I, II) serán revisados cada año al comienzo de curso o finalizado el
mismo; con objeto de recoger las diversas situaciones que puedan surgir y no estén reflejadas en los
compromisos.
   1. Los compromisos se firmarán en reunión celebrada con las familias en el mes de septiembre,
       o en su caso lo antes posible. En dicha sesión de tutoría se informará del contenido de los
       documentos y de la importancia de la participación de las familias en el proceso educativo.
   2. Una vez firmados se entregará copia de dichos compromisos a las familias.
   3. Para asegurar que las familias conservan en todo momento copia de los acuerdos adoptados,
       se puede adjuntar dicho documento en las agendas escolares de sus hijos/as.
   4. Así mismo en las reuniones periódicas mantenidas con las familias se recordará el contenido
       de los compromisos suscritos, haciendo hincapié los puntos no respetados., informando al
       equipo directivo de cualquier incidencia significativa.
   5. Los compromisos firmados por las partes serán custodiados por la tutoría del grupo; después
       se adjuntarán a los respectivos expedientes del alumnado, y custodiados en la Secretaría del
       Centro.

j. El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la
aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia
y facilitar un adecuado clima escolar, a que se refiere el
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artículo 22.

Indice
1.- Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro.
2.- Objetivos del Plan para la Promoción de la Convivencia.
3.- Normas de Convivencia.
4.- Comisión de convivencia: composición, funciones, plan de reuniones y Actuaciones
preventivas y para la detección de la conflictividad.
 5.- Medidas a aplicar en el centro para prevenir, detectar, regular y resolver los conflictos que
se pudieran plantear para promover la convivencia en el centro.
6.- Delegados/as del alumnado.
7.- Delegados/as de padres/madres.
8.- Necesidades de formación de la comunidad educativa.
9.- Registro de incidencias en materia de convivencia.
10.- Mediación en la resolución de conflictos.
11.- Protocolos de actuación
12.- Comunicación y cooperación educativa entre familias y profesorado
13.- Compromisos educativos y de convivencia
14.- Procedimiento para la suscripción de los compromisos educativos y de convivencia.
15.- Actividades formativas y de extensión cultural.
16.- Acuerdos para la atención del alumnado afectado por la medida disciplinaria de
suspensión del derecho de asistencia al centro.
17.- Estrategias y procedimientos par realizar la difusión, seguimiento y evaluación del Plan
de Convivencia.
18.- Medidas para resolver conflictos.


  1.- Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro.
1.1.- Características del centro y su entorno.
       Nuestro centro, C.E.I.P. VIRGEN DEL RIO, está compuesto por dos edificios:
               a) En el nuevo se imparte las enseñanzas de Educación Infantil y el Primer Ciclo de
Educación Primaria.
               b) El más antiguo se imparte las enseñanzas de Educación Primaria ( 2º y 3º ciclo).
       El número de unidades es de 19: Educación Infantil (6) , Educación Primaria (13).
       El número de Profesores es de 27.
       El número de Personal laboral es de 2.
       El centro está abierto desde las 09 horas hasta las 14 horas de lunes a viernes.
       Los Proyectos y planes que se llevan a cabo: Centro TIC , Plan de Autoprotección, Deporte
en la Escuela, Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en educación, Plan de acompañamiento,
Plan lector y uso de la biblioteca escolar y el Plan de convivencia.
       La biblioteca está abierta de lunes a viernes en los recreos y los miércoles de 17h a 19h.,
para toda la comunidad educativa, con ordenadores y con conexión a Internet.

       El Plan de Acompañamiento se realiza los martes y jueves de 17:00 h. a 19:00 h.

1.2.- Comunidad Educativa.

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        La plantilla del centro está compuesta por 27 docentes: 20 maestros/as con destino
definitivo,
4 con destino provisional, 2 con destino en prácticas, 1 interinos/as, 2 profesor de religión católica
( uno de ellos a tiempo parcial ), 1 profesora de Audición y Lenguaje ( horario a tiempo parcial), y
1 Orientador (psicólogo del EOE).
        El personal de administración y servicios está compuesto por: 1 monitora escolar y un
conserje.
        Existe una asociación de padres/madres de alumnos/as (AMPA).
        El nivel socio-económico y cultural de las familias es medio.

1.3.- Situación actual de convivencia en el Centro.
        Las relaciones alumnado-profesorado son normales, sin conflictos ni indisciplina.
        La relaciones entre el alumnado son buenas, dándose muy pocas peleas, abusos, acoso,
intimidación, aislamiento…
        La relación entre el profesorado es buena, colaborando en los proyectos y actividades
programadas.
        La relación familia-centro es buena, asistiendo con regularidad a las entrevistas con los
tutores y a las reuniones de clases. Participan en las actividades programadas por el centro.

1.4.- Relación con otras instituciones.
        Hay una buena disposición de algunas instituciones de la localidad para colaborar con el
centro, sobretodo en las actividades que se programan. (AMPA, , Ayuntamiento, Bancos, …).

       2.- Objetivos del Plan para la Promoción de la Convivencia.
    2.1.- Generales.
    Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos en relación con
     la promoción de la cultura de paz, la prevención de la violencia y la mejora de la
     convivencia en el centro.
    Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de una adecuada
     convivencia escolar y sobre los procedimientos para mejorarla.
    Fomentar en los centros educativos los valores, las actitudes y las prácticas que permitan
     mejorar el grado de aceptación y cumplimiento de las normas y avanzar en el respeto a la
     diversidad y en el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.
    Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de los conflictos
     que pudieran plantearse en el centro y aprender a utilizarlos como fuente de experiencia de
     aprendizaje.
    Facilitar la prevención, detección y eliminación de todas las manifestaciones de violencia,
     especialmente del acoso escolar, de la violencia de género y de las actitudes y
     comportamientos xenófobos y racistas.
    Facilitar la mediación para la resolución pacífica de los conflictos.
    Contribuir desde el ámbito de la convivencia a la adquisición de las competencias básicas,
     particularmente de las competencias social y ciudadana y para la autonomía e iniciativa
     personal.
    Fomentar y facilitar la participación, la comunicación y la cooperación de las familias.


      Favorecer la cooperación con entidades e instituciones
    del entorno que contribuyan a la construcción de comunidades educadoras.


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     2.2.- Específicos.

 Sector profesorado:
     Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza, sexo o 
        edad.
     Fomentar la participación de las familias.
     Mejorar las relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa implicándolos 
        en todas las actividades encaminadas a facilitar la convivencia en el centro.
     Prevenir los conflictos dentro y entre los distintos sectores de la comunidad educativa.
     Priorizar la educación en valores de entre los demás contenidos del currículo asignándoles 
        espacios y tiempos específicos.
     Fomentar   la   existencia   de   actividades,   espacios   y   tiempos   comunes   para   facilitar   la 
        convivencia entre el alumnado.
     Prever   una   atención   específica   al   alumnado   que,   por   diversas   causas,   presente 
        comportamientos que alteren la convivencia en el centro y la de aquel otro alumnado que 
        padece sus consecuencias.
     Reducir, al mínimo, las conductas disruptivas que perturban el clima de clase para evitar la 
        conflictividad y disminuir las conductas más graves.
     Priorizar la resolución de los conflictos de manera formativa mediante la negociación y el 
        esfuerzo conjunto del profesorado, alumnado y familia.

  Sector familia:
      Conocer el Plan de Convivencia.
      Tomar conciencia de que la familia es la primera escuela de la convivencia.
      Conocer técnicas y estrategias educativas basadas en el afecto y la disciplina.
      Interiorizar la importancia de unas relaciones fluidas entre el centro y la familia, a partir de 
          las cuales se asienta la autonomía moral, coherente con el alumnado.
      Considerar el centro como el mejor aliado en la educación de los hijos/as.
      Aunar criterios de actuación entre familia y centro escolar.
      Cumplir y hacer cumplir las normas.


 Sector alumnado:
     Conocer el Plan de Convivencia.
     Asumir los derechos y deberes como elementos básicos de cualquier convivencia pacífica.
     Aprender a enfrentarse a los conflictos y a la vida sin violencia.
     Pasar de la influencia ambiental y social a la propia autonomía moral.
     Desarrollar las competencias propias de la inteligencia intrapersonal e interpersonal.
     Aprender que  “la diferencia” es un recurso y no un problema.
     Colaborar de forma activa en la convivencia pacífica del centro.


      3.- Normas de Convivencia.

      3.1.- Normas relativas al alumnado.
        Asistir a clase.
      Llegar con puntualidad.
      Seguir las orientaciones del profesorado y del personal no docente en el ejercicio de sus



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        funciones.
       Tratar con respeto y consideración a todos los miembros de la comunidad educativa.
       Estudiar con aprovechamiento, así como respetar el derecho al estudio de los
        compañeros/as.
       Respetar la dignidad, integridad, intimidad, ideas y creencias de todos los miembros de la
        comunidad educativa.
       No discriminar a ningún miembro de la comunidad escolar por razón de nacimiento, raza,
        sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
       Cuidar y utilizar correctamente los bienes e instalaciones del centro.
       Respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
       Participar en la vida y funcionamiento del centro.
       No realizar actividades perjudiciales para la salud ni incitar a ellas.
       Aprender habilidades pacíficas y no violentas en la resolución de conflictos.
       Todos los integrantes de la Comunidad educativa están obligados al reconocimiento y
        respeto de los derechos de todos sus miembros, conforme a las disposiciones legales
        vigentes.
       Se debe acudir al centro debidamente vestido y aseado.
       El respeto al edificio, instalaciones, mobiliario y material del centro, será objetivo
        permanente de la conducta de todos sus miembros.
       La puerta de acceso al centro estará cerrada durante el recreo. Sólo se podrá salir por
        motivos justificados.
       Todos los miembros del centro colaborarán a que los pasillos, aulas y demás dependencias
        estén permanentemente limpias de papeles, residuos, … utilizando para ello las papeleras
        instaladas al efecto.
       Cuidar y mantener limpias las instalaciones del centro y el mobiliario del mismo, por ello el
        consumo de bocadillos y demás comestibles queda restringido al patio.
       Se procurará no elevar el tono de voz en el interior del centro, y se evitarán los juegos,
        carreras y cualquier actitud que deteriore el orden del centro, que moleste a los demás.
       Procurar un ambiente de diálogo. El diálogo directo y respetuoso, con todos es siempre
        mejor que la crítica, el desprecio y los malos modos.
       El alumnado que tenga que realizar dentro del horario escolar una salida, solo la hará con su
        padre/madre o tutor legal.
.
     3.2.- Normas de aula.
     Tener un trato respetuoso con los profesores y personal al servicio del centro.
     No agredir, insultar, ni humillar a sus compañeros.
     Puntualidad en la entrada a clase.
     El aula debe mantenerse limpia y ordenada. No se debe comer ni beber en el interior de la
        misma.
     Traer el material de cada área.
     Mantener silencio en el desarrollo de la clase, cuando explique el maestro/a y cuando
        intervenga algún compañero.
     Colaborar y trabajar en clase cuando así lo requiera el maestro/a.


    3.3.- Normas relativas a los docentes.
      Asistir con puntualidad a las clases y reuniones para las que fuera convocado.
      Vigilar a sus alumnos/as durante su permanencia en el centro.
      Respetar la personalidad de cada alumno/a intentando escucharle, comprenderle y ayudarle.


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      Atender a la diversidad del alumnado.
      Colaborar en el mantenimiento del orden y la disciplina dentro del recinto escolar.
      Recibir la visita de los padres/madres dentro del horario establecido para este fin.
      El profesorado/tutor será responsable del control de las faltas de asistencia del alumnado,
       las incidencias y de su justificación. Ante cualquier falta sin justificar el tutor/ra enviará
       comunicación escrita a los padres/madres/tutores.

   3.4.- Normas relativas a los padres.
    Atender a las citaciones del centro.
    No desautorizar la acción de los profesores.
    Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos. Así como contactar con el centro cuando los
       alumnos/as vayan a faltar prolongadamente,( en el caso de enfermedad o de cualquier otra
       circunstancia).
    Facilitar todo tipo de información y datos relevantes de sus hijos/as al profesorado que lo
       soliciten.
    Colaborar con el centro en todo aquello que le sea requerido.
    Vigilar y controlar las actividades de sus hijos/as.
    Estimular a sus hijos/as en el respeto a las normas de convivencia del centro como elemento
       que contribuye a su formación.
    Cuando un alumno/a deba salir del Centro por un motivo justificado,tiene que rellenar un
       impreso en secretaría y esperarlo en dicha dependencia , no se puede entrar en las clases
       para no interrumpir el normal desarrollo de las mismas.

     3.5.- Prohibiciones.
            La distribución de carteles y publicidad en la que se mencionen bebidas alcohólicas y
tabaco, salvo para su trabajo en clase como ejercicio de reflexión sobre lo perjudicial de su
consumo.
Fumar dentro del centro, incluido el patio y en los accesos al mismo (Ley 42/2010, de 30 de
diciembre que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al
tabaquismo)
Consumir bebidas alcohólicas en el Centro (ORDEN de 23 de noviembre de 1993).
Queda prohibido traer móviles al Centro


     4.- Comisión de convivencia: composición, funciones, plan de reuniones y
         Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad.

     4.1.- Composición.
      La comisión de Convivencia se constituye en el seno del Consejo Escolar y está integrada por
el Director o Directora, que ejercerá la presidencia, el Jefe o Jefa de Estudios, dos maestros/as y
cuatro Padres/Madres o representantes legales del alumnado elegidos por los representantes de cada
uno de los sectores en el Consejo Escolar. Uno de los padres/madres será el miembro designado por
la AMPA del centro.

    4.2.- Funciones
   a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la
convivencia y el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los

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conflictos.
    b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los
miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro.
    c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de
acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
    d) Mediar en los conflictos planteados.
    e) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en
los términos que hayan sido impuestas.
    f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia
en el centro.
    g) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las
actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
    h) Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro.
    i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas
de convivencia en el centro.

    4.2.- Plan de reuniones.

        La comisión de Convivencia se reunirá de carácter periódico:
       - En el mes de septiembre para revisar el Plan de convivencia con las propuestas de mejora
recogidas en la memoria final de curso anterior.
       - En el mes de enero para hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas en el primer
trimestre y de las correcciones y medidas disciplinarias, informando de ellas al Consejo Escolar.
       - En el mes de abril para hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas en el segundo
trimestre y de las correcciones y medidas disciplinarias, informando de ellas al Consejo Escolar.
       - En el mes de junio para hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas en el tercer
trimestre y de las correcciones y medidas disciplinarias, informando de ellas al Consejo Escolar. En
esta reunión se valorarán los avances producidos en su desarrollo y proponer al Consejo Escolar las
medidas de mejora de la convivencia.
         1. Todas las necesarias cuando la situación conflictiva lo requiera.

    4.3.Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad.

         La comisión de Convivencia, por delegación del Consejo Escolar llevará a cabo las
siguientes actuaciones:
        a) Actividades de acogida para el alumnado que se matricula en el centro por primera vez y
para sus familias, así como actividades que faciliten el conocimiento por parte de todo el alumnado
y las familias de las normas de convivencia, tanto generales del centro como particulares del aula,
especificando los derechos y deberes del alumnado y las correcciones o medidas disciplinarias que,
en su caso, se aplicarían.
        b) Actividades para la sensibilización frente a los casos de acoso e intimidación entre
iguales, dirigidas a la comunidad educativa.
       c) Actividades dirigidas a la sensibilización de la comunidad educativa en la igualdad entre
hombres y mujeres.
       d) Medidas de carácter organizativo que posibiliten la adecuada vigilancia de los espacios y
tiempos considerados de riesgo, como los recreos, las entradas y salidas del centro y los cambios de
clase.
       e) Hacer un seguimiento del Plan de Convivencia y coordinar las actuaciones y medidas

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contenidas en el.


 5.- Medidas a aplicar en el centro para prevenir, detectar, regular y resolver los
conflictos que se pudieran plantear para promover la convivencia en el centro.
       Las medidas a aplicar tendrán como finalidad el mejorar la convivencia, prevenir el acoso, el
maltrato infantil, la violencia de género, agresión al profesorado y personal no docente y resolver de
forma pacífica los conflictivos que se pueden plantear en el centro.

      La directora podrá delimitar las zonas que suelen producirse situaciones de conflictos y
establecer medidas preventivas consistente en el incremento de la vigilancia :

       −   Entradas y salidas del centro.
       −   Periodos de recreos.
       −   Pistas Deportivas.
       −   Aseos.

      Pautas para prevenir posibles situaciones violentas:

      - Establecer en el primer claustro unas normas de convivencia a nivel de centro y de aula.
      - Dar a conocer a los padres/madres del alumnado las normas de convivencia del centro.
      - Conocer los protocolos de actuación en los casos detectados de acoso escolar, maltrato
infantil o violencia de género.
      - Sensibilizar a los padres/madres de la necesidad de educar en un modelo de convivencia
pacífico.
      - Posibilitar la formación de una escuela de Padres/madres.
      - Definición de maltrato, acoso, y sus diferentes tipologías: físico, psíquico, sexual, ...
      - Actividades de Coeducación, igualdad entre hombres y mujeres..

  6.- Delegados/as del alumnado.
        El alumnado de cada clase de educación primaria elegirá, por sufragio directo y secreto, por
mayoría simple, durante el primer mes del curso escolar, un delegado o delegada de clase, así como
un subdelegado o subdelegada, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de
vacante, ausencia o enfermedad, de acuerdo con el procedimiento que establezca el reglamento de
organización y funcionamiento del centro.
        Los delegados y delegadas cesarán en sus funciones al finalizar el periodo por el que fueron
elegidos, a propuesta de la asamblea de aula, por dimisión de los interesados o por apertura de
expediente disciplinario.
        Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al
funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor o tutora las sugerencias y
reclamaciones del grupo al que representan.
        Promoverán la participación de sus compañeros en la vida escolar.
        Colaborarán con el profesor/ra tutor/ra en la organización interna de la clase, cerrará las
puertas a las salidas y cuidará de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del
centro.
        El reglamento de organización y funcionamiento del centro podrá recoger otras funciones de
los delegados y delegadas de clase.


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    7.- Delegados/as de padres/madres.

       De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 del Decreto 328/2010, de 13 de julio,
el plan de convivencia contemplará la figura del delegado o delegada de los padres y madres del
alumnado en cada uno de los grupos.

       Las personas delegadas de padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos serán
elegidas para cada curso escolar por los propios padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del
alumnado en la reunión que el profesorado que ejerza la tutoría debe realizar con las familias.

       Funciones de las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo.

   Atendiendo al artículo 10 de la Orden de 20 de Junio de 2011 las personas delegadas de los
padres y madres en cada grupo tendrán las siguientes funciones:

        a) Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus
inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.
        b) Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y
obligaciones
        c) Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el
grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.
        d) Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con el tutor
o tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.
        e) Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la
asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el Consejo
Escolar.
        f) Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar a las
familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso educativo de sus
hijos e hijas.
        g) Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o entre
éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, de acuerdo con lo que, a tales efectos,
disponga el plan de convivencia.
        h) Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de
convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.
         i) Cualesquiera otras que les sean atribuidas en el plan de convivencia del centro.


    8.- Necesidades de formación de la comunidad educativa.

       La formación de los miembros de la Comunidad Educativa, según el Artículo 11, en materia
de convivencia escolar, seguirá el mismo cauce que para el resto de necesidades de formación del
proceso de enseñanza, de acuerdo con los objetivos, actuaciones y medidas que se planteen.
       Las necesidades de formación del profesorado y del personal de administración y servicios y
de atención educativa complementaria serán propuestas al equipo directivo por el equipo técnico de
coordinación pedagógica o por el departamento de formación, evaluación e innovación educativa,
según corresponda de acuerdo con lo recogido en el Decretos 328/2010, de 13 de julio.
       Las necesidades de formación del alumnado y de las familias podrán ser propuestas por la

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comisión de convivencia y por las asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado
legalmente constituidas en el centro, así como por la Junta de delegados y delegadas del alumnado.
        De las necesidades de formación que se determinen se dará traslado al correspondiente
centro del profesorado para su inclusión, en su caso, en el plan de actuación del mismo.
        Los Centros del Profesorado promoverán la formación del profesorado en el seno del propio
centro educativo, la creación de grupos de trabajo y acciones formativas dirigidas a mejorar su
cualificación en el ámbito de la educación para la cultura de la paz, la mejora de las prácticas
educativas en relación con la convivencia escolar, la igualdad entre hombres y mujeres, la
mediación escolar y la resolución pacífica de los conflictos.

  9.- Registro de incidencias en materia de convivencia.

        Según el artículo 12 de la orden de 20 de junio de 2011, el registro de incidencias en materia
de convivencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1.del Decreto 285/2010, de 11
de mayo, los centros docentes facilitarán a la Administración educativa, a través del Sistema de
Información Séneca, la información referida al seguimiento de las conductas contrarias a la
convivencia escolar.
        A tales efectos, los centros registrarán tanto las conductas gravemente perjudiciales para
 la convivencia que se produzcan y sus correspondientes medidas disciplinarias, como aquellas
conductas contrarias a la convivencia que comporten la imposición de correcciones a las mismas.
        El análisis de la información recogida servirá de base para la adopción de las medidas de
planificación de recursos, asesoramiento, orientación, formación e intervención que correspondan a
cada centro.

       El/la Director/ra, el/la Jefe/a de estudios y los tutores/as serán los profesionales
responsables del registro sistemático de las incidencias en un plazo máximo de treinta días hábiles
desde que se produzcan.

10.- Mediación en la resolución de conflictos .

        Según el artículo 13 de la orden de 20 de junio de 2011, y de conformidad con lo establecido
en el artículo 6, corresponde a la comisión de convivencia la función de mediar en los conflictos
planteados en el centro.

         De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1.g) del Decreto 328/2010, de 13 de
julio, la dirección del centro garantizará la posibilidad de recurrir a la mediación en la resolución de
los conflictos que pudieran plantearse.
         Para el desarrollo de la mediación será preciso tener en cuenta lo siguiente:
         a) La mediación tiene carácter voluntario pudiendo solicitarla todos los miembros de la
comunidad educativa que lo deseen, con la finalidad de restablecer la comunicación, establecer
acuerdos entre las personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas
que se pudieran producir.
         b) Las personas mediadoras actuarán como facilitadoras del proceso de comunicación y
acuerdo entre las partes.
         La comisión de convivencia podrá proponer a cualquier miembro de la comunidad educativa
que así lo desee para que realice funciones de mediación, siempre que haya recibido la formación
para su desempeño.
         El equipo de mediación puede estar constituido por un profesor, por la persona responsable

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de la orientación en el centro, por un delegados de padres y madres, por un alumno/a y por un
padre/madre.
        La dirección del centro designará, con la aceptación de las partes en conflicto, las personas
que realizarán la mediación, de entre las que formen parte del equipo de mediación del centro.
        Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito, debiendo quedar
constancia de la aceptación de las condiciones por todas las partes, así como de los compromisos
asumidos y del plazo para su ejecución.

   11.- Protocolos de actuación
       De acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Decreto 19/2007, de 23 de enero, se
establecen los protocolos de actuación que se recogen como Anexos I, II, III y IV, en los supuestos
de acoso escolar, maltrato infantil, violencia de género en el ámbito educativo, y agresión al
profesorado o el personal de administración y servicios y de atención educativa.

   12.- Comunicación y cooperación educativa entre familias y profesorado
        Según el artículo 15 de la orden de 20 de junio de 2011 se informará de forma periódica a las
familias sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas, así como sobre sus derechos y obligaciones
 y estimularán su participación en el proceso educativo de los mismos. A tales efectos, el profesor
que ejerza la tutoría deberá mantener una relación permanente con los padres, madres, o quienes
ejerzan la tutela del alumnado.
        Cada profesor o profesora que ejerza la tutoría celebrará antes de la finalización del mes de
noviembre una reunión con los padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del alumnado de su grupo
en la que se informará, al menos, de los siguientes aspectos:
        a) Plan global de trabajo del curso.
        b) Criterios y procedimientos de evaluación del alumnadoen las diferentes áreas o materias.
        d) Organización de la tutoría , así como del horario de atención a las familias, que deberá
posibilitar la asistencia de las mismas y que se fijará en horario de tarde.
        e) Procedimiento para facilitar la relación de las familias con el profesorado que integra el
equipo docente que imparte docencia en el grupo y para ser oídas en las decisiones que afecten a la
evolución escolar de los hijos e hijas.
        f) Derechos y obligaciones de las familias, de acuerdo con lo recogido en los artículos 10 y
11 del Decreto 328/2010, de 13 de julio.
        g) Funciones de las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo.
        h) Compromisos educativos y de convivencia.

       En la reunión a que se refiere el apartado anterior se procederá a la elección de los delegados
de padres y madres del alumnado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.

        Al finalizar el curso escolar, el profesorado que ejerza la tutoría atenderá a los representantes
legales del alumnado que deseen conocer con detalle su evolución a lo largo del curso y recibir
información que oriente la toma de decisiones personales, académicas y profesionales.


   13.- Compromisos educativos y de convivencia
        En el artículo 18 de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que según lo dispuesto en el
artículo 10.g) Decreto 328/2010, de 13 de julio, las familias suscribirán con el centro un
compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus
hijos e hijas.

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        El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel alumnado que presente
dificultades de aprendizaje y tiene por objeto estimular y apoyar el proceso educativo de este
alumnado y estrechar la colaboración de sus familias con el profesorado que lo atiende.

       El centro ofrecerá la posibilidad de suscribir el compromiso educativo a las familias del
alumnado que que curse enseñanzas obligatorias con tres o más áreas o materias no superadas tras
la primera o la segunda evaluación.

        En el artículo 19 de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10.k) del Decreto 328/2010, de 13 de julio, las familias tienen derecho a
suscribir con el centro un compromiso de convivencia.
        Dicho compromiso está indicado para el alumnado que presente problemas de conducta o de
aceptación de las normas escolares y tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación entre
las familias y el profesorado y otros profesionales que atienden al alumno o alumna, así como
colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, en el tiempo escolar para superar esta
situación.

       El plan de convivencia concretará las situaciones en que podrá aplicarse esta medida,
tratando siempre de potenciar el carácter preventivo de la misma y procurando que sirva
para evitar situaciones de alteración de la convivencia o para prevenir su agravamiento.

  14.- Procedimiento para la suscripción de los compromisos educativos y de
convivencia.

       En el artículo 20 de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 23.i) del Decreto 327/2010 y en el artículo 21.i) del Decreto 328/2010,
 ambos de 13 de julio, el proyecto educativo establecerá el procedimiento para suscribir
compromisos educativos y de convivencia con las familias. Asimismo, recogerá el procedimiento
para realizar el seguimiento por parte del Consejo Escolar del cumplimiento y efectividad de las
medidas incluidas en los mismos.

       Los compromisos educativos y de convivencia se adoptarán por escrito y podrán ajustarse a
los modelos que se adjuntan como Anexos V y VI, respectivamente. En ellos se establecerán las
medidas concretas y la fecha y los cauces de evaluación de la efectividad de las mismas. Asimismo,
deberá quedar constancia escrita de la posibilidad de modificar el compromiso en caso de
incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado
esperado.

       Una vez suscrito el compromiso educativo o de convivencia, el tutor o tutora dará traslado
del mismo al director o directora del centro, que lo comunicará al Consejo Escolar.

  15.- Actividades formativas y de extensión cultural.

       En el artículo 21 de la orden de 20 de junio de 2011 recoge ,que los centros docentes podrán
programar acciones formativas en las que participen las familias y el profesorado, dirigidas
principalmente a fomentar la participación de los padres y madres del alumnado en la vida de los


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centros. Asimismo, los equipos directivos favorecerán la participación del profesorado en las
escuelas de padres y madres que se desarrollen en el centro.


 16.- Acuerdos para la atención del alumnado afectado por la medida
disciplinaria de suspensión del derecho de asistencia al centro.

        En la Disposición adicional primera de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que los
directores y directoras de los centros docentes podrán suscribir acuerdos con las asociaciones de
madres y padres del alumnado, así como con otras entidades que desarrollen programas de acción
voluntaria en el ámbito educativo, para la atención del alumnado al que se haya impuesto la medida
disciplinaria de suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres
días lectivos e inferior a un mes.

        Dichos acuerdos podrán ajustarse al modelo que en dicha orden se adjunta como Anexo VII
y en los mismos se concretarán las actuaciones a realizar, entre las que se incluirá, en todo caso, el
apoyo al alumnado en la realización de las actividades formativas establecidas por el centro para
evitar la interrupción de su proceso formativo.

       El director o directora del centro docente informará al Consejo Escolar sobre la suscripción
de estos acuerdos y su desarrollo.

       La persona titular de la jefatura de estudios atenderá al desarrollo de estos acuerdos en
relación con el cumplimiento de su finalidad y el seguimiento del proceso formativo del alumnado.

   17- Estrategias y procedimientos par realizar la difusión, seguimiento y
evaluación del Plan de Convivencia.

        La primera actividad se refiere a la presentación del Plan a todos los sectores de la
Comunidad Educativa, utilizando diferentes cauces: charlas coloquio dirigidas a los padres/madres,
boletín informativo para las familias monográfico, sesiones del Claustro de Profesores, copiado del
documento que contiene el presente Plan de Convivencia en soporte informático, para ser instalado
en los ordenadores de la sala de profesores, actividades específicas incluidas en el Plan de Acción
Tutorial…
        La segunda actividad tiene que ver de alguna forma con su seguimiento al propiciar su
revisión durante todo el curso.
        Será la Comisión de Convivencia, quien en primera instancia realizará el seguimiento y
una evaluación del Plan con una periodicidad trimestral, elaborando un informe que incluya todo lo
ocurrido en cada trimestre en materia de convivencia, las actividades y actuaciones realizadas, su
valoración y las propuestas para el periodo siguiente.
        Asimismo, el Consejo Escolar participará del seguimiento y evaluación del Plan,
trimestralmente, pues analizará los informes que elabore la Comisión de Convivencia.
        En nuestro centro docente se llevará a cabo la actuación de seguimiento y evaluación
trimestralmente y la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar elaborará un informe que debe
recoger las incidencias producidas en este período, las actuaciones llevadas a cabo y los resultados
conseguidos se llevarán al Consejo Escolar.



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Actividades:
    1.Actividad. Presentación del Plan de convivencia al principio de curso a los
    padres/madres, alumnos/as y profesores/as.

      Responsables: Equipo directivo, tutores y departamento de Orientación.
       Recursos:
      Material impreso con lo más significativo del Plan de Convivencia y las Normas de
    convivencia.
         Disquetes con el Plan de convivencia y las Normas de Convivencia e instalar su
    contenido en los ordenadores existentes en cada tutoría
    .
      Espacios físicos: Aulas de tutoría. Sala de Profesores.
      Temporalización: Primer trimestre.

    2.Actividad. Establecimiento de un clima de clase adecuado desde las primeras
    semanas para mantenerlo durante todo el curso.

    Responsables: Todos los profesores en general y los profesores del grupo en particular.
    Recursos: Normas de convivencia del R.O.F.
    Espacios físicos: Todo el Centro, especialmente las aulas.
    Temporalización: Primer mes del curso.

    3. Actividad: actuación coherente de todo el profesorado en materia de convivencia para
    evitar ambigüedades y contradicciones que puedan confundir al alumnado y propiciar
    diferentes comportamientos según el profesor presente.

    Responsables: Todo el profesorado.
    Recursos: Decisión tomada por el Claustro para llevar a cabo una actuación coherente
    de todo el profesorado. Ser consecuentes con la responsabilidad contraída.
    Plan de convivencia y Normas de Convivencia del R.O.F.
    Espacios: Todo el Centro, especialmente las aulas.
    Temporalización: Todo el curso.

    4.Actividad: Asambleas de clase para analizar la marcha de la convivencia en cada
    grupo    y proponer actuaciones de mejora y comunicación de las conclusiones en la
    Junta de Evaluación.

    Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de Estudios.
    Recursos: Cuestionario sobre la convivencia y posterior debate.
    Espacios físicos: el aula de tutoría y el lugar donde se reúna la Junta de Evaluación.
    Temporalización: Una vez al final de cada trimestre en una reunión de la Jefe de
    Estudios y la Orientadora con los tutores; en la última sesión de tutoría previa a la Junta
    de Evaluación y en la Junta de Evaluación trimestral.

     5.Actividad. Sensibilización y prevención contra el mal.

    Espacios físicos: Aulas de tutoría y aulas específicas. Expositores de los pasillos.
    Temporalización: 2 ª quincena del mes de enero y 30 de enero. trato entre iguales en

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           Primaria .
           Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de Estudios.
           Recursos: “Programa de sensibilización contra el maltrato entre iguales”
           Espacios físicos: Despacho de Jefatura de Estudios y aulas de tutoría.
           Temporalización: al menos dos sesiones de tutoría en cada grupo de alumnos/as.

                 6.Actividad. Celebración del “Día Escolar de la Paz y la No Violencia”
           .
           Responsables: Equipo Directivo, comisión de convivencia, Departamento de
           Orientación, tutores y todos los profesores/as que lo deseen.
           Recursos: Normas de convivencia. Documentos escritos y audiovisuales que hablen
           de la paz y de la no violencia.
           Espacios físicos: Aulas de tutoría y aulas específicas. Expositores de los pasillos.
           Temporalización: 2 ª quincena del mes de enero y 30 de enero.


  18.- Medidas para resolver conflictos.

       En nuestro centro podemos hablar de agresiones esporádicas que no suponen continuidad en
el tiempo.
        Las medidas aplicadas para resolver los conflictos que pudieran plantearse en el Centro
serán las recogidas en el ROF, aprobado por el Consejo Escolar.
        Para registrar y analizar las situaciones conflictivas en nuestro centro utilizamos un
cuaderno de registro de incidencias, con los siguientes aspectos: Lugar y situación del hecho,
hora personas que intervienen, causas y si es conducta reiterada.

       La gradación de las correcciones y las medidas disciplinarias se verán atenuadas:
          Por el reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta.
          La falta de intencionalidad.
          La petición de excusas.

      Las circunstancias que agravan la responsabilidad:
      22. La premeditación.
      23. Si la infracción es a un maestro o maestra.
      24. Los daños, injurias u ofensas al personal no docente compañeros/as y alumnado recién
          incorporado.
      25. Acciones de discriminación por raza, sexo, …
      26. incitación colectiva lesiva a de los derechos de los demás miembros de la comunidad
          educativa.
      27. La naturaleza de los daños causados.
      28. La difusión a través de Internet de imágenes de conductas contrarias para la convivencia,
          si son ofensivas o degradantes.

      Pautas para mejorar la convivencia y el orden en el centro:
      1.- Puntualidad para todas las actividades y actuaciones en el centro.
      2,. Orden en todas las dependencias.
3.- Disciplina para garantizar el derecho a la educación.


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k. El plan de formación del profesorado.


K1. MARCO NORMATIVO
    II Plan andaluz de formación permanente del profesorado.
    Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, artículo 102.1 ( BOE nº 106 de 4 de mayo de 2006)
    LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. Artículo 19 (BOJA nº. 252,
     26 de diciembre 2007).
    DECRETO 230/2007, de 31 de julio, Artículo 20 (BOJA nº 156, 8 de agosto 2007).
    DECRETO 328/2010, de 13 de julio, Artículos 7 y 88 (BOJA nº 139 , 16 de julio 2010)
    DECRETO 231/2007, de 31 de julio, Artículo 26 (BOJA nº 156, 8 de agosto 2007).
    DECRETO 327/2010, Artículos 9, 10, 23 y 87 (BOJA nº 139, 16 de julio 2010).


K2. INTRODUCCIÓN

La formación del profesorado como instrumento al servicio de la calidad de educación debe
contribuir a una mayor calidad de los aprendizajes del alumnado a través de la mejora de las
prácticas profesionales que los generan propiciando los procesos de reflexión, deliberación,
indagación y trabajo cooperativo en los que se fundamentan estas prácticas.
Los Centros del Profesorado deben desempeñar un papel relevante, constituyéndose en espacios que
dinamicen, asesoren y favorezcan las iniciativas de formación en Grupos de Trabajo, Formación en
Centros, Cursos…
Para elaborar el Plan Anual de Formación, el centro tendrá que tener en cuenta la Memoria del
curso anterior, las Propuestas de Mejora, las Pruebas de Diagnóstico. Los objetivos definidos en el
Plan de Formación deben ser realistas y coherentes con el contexto educativo y social.
Este plan de formación pretende:
     Contribuir a la mejora de la calidad del proceso de enseñanzaaprendizaje.
     Adecuar los conocimientos del profesorado a las necesidades reales del
        centro y su contexto.
     Facilitar el diseño de estrategias metodológicas que mejoran la práctica
        docente en el aula.
     Motivar a la participación activa de todo el profesorado en el proceso de
        formación y perfeccionamiento.

K3. MODALIDADES DE FORMACIÓN

Para el desarrollo de la formación se podrán utilizar las siguientes modalidades formativas.
- Autoformación:
El plan de actuación a seguir viene recogido en las instrucciones que publica anualmente la
Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para el desarrollo de grupos de
trabajo y la formación en centros.
- Cursos: A título individual o en grupo, previo asesoramiento o consulta con la asesoría del CEP
(en este último caso), el profesorado del centro podrá matricularse en cursos puntuales tendentes a
conseguir la formación necesaria para mejorar el desarrollo de sus funciones en el centro y su
desarrollo profesional. Este tipo de formación podrá ser en la modalidad presencial o no presencial,

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Consejería de Educación
                                                                                                          CEIP “ Virgen del Río”


a través de teleformación.
- Otros: Seminarios, Jornadas, Encuentros, etc.

K4. CONTENIDOS PREFERENTES DE LA FORMACIÓN (Líneas prioritarias)

Los contenidos preferentes de la formación serán los que se deriven de la evaluación interna y
externas del centro.
En líneas generales se podrían tener en cuenta los que a continuación se relacionan:
     Actualización didáctica.
     Transmisión de principios y valores.
     Las tic en la educación.
     Actualización de los equipos directivos
     Estrategias de atención al alumnado con especiales dificultades en el aprendizaje.
     El tratamiento del alumnado superdotado.
     Competencias docentes necesarias para gestionar el grupo de alumnos y para la atención a la
       diversidad del alumnado.
     La participación de las familias en el centro docente.


K5. EVALUACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN.

La evaluación tendrá en cuenta indicadores relacionados con:
    El logro de la finalidad esperada.
    Valoración de la mejora.
    Cambios producidos como consecuencia de los aprendizajes adquiridos.

K6. ACTUACIONES EN RELACIÓN AL PLAN DE FORMACIÓN

Para llevar a cabo una gestión adecuada del Plan de Formación del Profesorado, éste debe estar
finalizado en mayo, analizando las necesidades de formación a final del curso escolar. Para ello,
cada equipo de ciclo analizará sus necesidades de formación y elaborará una propuesta para el curso
siguiente.
Una vez estudiadas las propuestas por el Equipo Directivo, se elaborará en Claustro la propuesta
final, priorizando las actuaciones formativas más necesarias. Esta se comunicará al Centro de
Profesorado para que sea tenida en cuenta en su planificación anual.
Las actividades de formación que se hayan realizado durante el curso escolar serán evaluadas por el
claustro de profesores y profesoras y así valorar su inclusión en el plan de formación del curso
siguiente.
Se considerarán prioritarias las formaciones demandadas por la totalidad del Claustro.

       L. Los criterios para organizar y distribuir el tiempo
       escolar, así como los objetivos y programas de
       intervención en el tiempo extraescolar.


L1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS


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Consejería de Educación
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El régimen de dedicación horaria del profesorado será el establecido en la Orden de 20 de agosto de
2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo
ciclo, colegios de educación primaria, así como el horario de los centros, el alumnado y del
profesorado (BOJA nº 169 de 30 de agosto de 2010), según la cual los maestros y maestras
permanecerán en el Centro treinta horas semanales. El resto hasta las treinta y cinco horas
semanales serán de libre disposición de los maestros y maestras para la preparación de actividades
docentes, o cualquier otra actividad pedagógica complementaria.
El horario lectivo se desarrolla en jornada de lunes a viernes en horario de 5 mañanas. Las jornadas
se distribuyen en 5 sesiones y recreo de 30 min.
La parte del horario semanal no destinada a horario lectivo, pero de permanencia en el Centro se
estructura en cuatro horas dentro del horario regular los lunes de 16,30 a 20,30 horas y una hora de
horario irregular a la semana.

CUADRO HORARIO
TRAMOS HORARIOS                      DE LUNES A
                                     VIERNES
TRAMO 1                              9,00-10,00                       ACTIVIDAD DOCENTE
TRAMO 2                              10,00-10,30                      ACTIVIDAD DOCENTE
TRAMO 3                              10,30-11,30                      ACTIVIDAD DOCENTE
TRAMO 4                              11,30-12,00                      RECREO
TRAMO 5                              12,00-13,00                      ACTIVIDAD DOCENTE
TRAMO 6                              13,00-14,00                      ACTIVIDAD DOCENTE
TRAMOS HORARIO                       LUNES TARDE
PERMANENCIA NO
LECTIVA
TRAMO 7                              16,30-17,30                      REUNIONES DE EQUIPOS DE CICLO
TRAMO 8                              17,30-18,30                      TUTORÍA DE ATENCIÓN A PADRES Y
                                                                      MADRES
TRAMO 9                              18,30-19,30                      PREPARACIÓN DE ACTIVIDADES
TRAMO 10                             19,30-20,30                      ORDENACIÓN DE MATERIAL
                                                                      EDUCATIVO

L2. CRITERIOS PARA REALIZAR HORARIOS DE LOS REFUERZOS PEDAGÓGICOS

      Tener en cuenta el horario al que pertenece el grupo para que no coincida con las
       especialidades.
      Intentar que coincidan con las áreas instrumentales de Lengua y Matemáticas.
      Informe de los tutores sobre dificultades encontradas a partir de los resultados escolares del
       curso anterior y de la realización de las pruebas iniciales del curso actual. Concreción en
       reunión colegiada de ETCP.
      Atención preferente a los alumnos por parte de profesores del mismo nivel y ciclo al que
       pertenece.


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      Se prioriza a los alumnos que terminan ciclo, a los alumnos extranjeros con el objetivo de
       adquirir elementos básicos del idioma que les permita integrarse cuanto antes, así como al
       resto de alumnos con dificultades en el aprendizaje.

L3. CRITERIOS PARA REALIZAR LOS HORARIOS DE PT Y AL:

      Tener en cuenta el horario de clase de cada alumno/a para no sacarle de su aula en las
       especialidades.
      Informe individual del alumno/a teniendo en cuenta el número de horas de atención que
       aconseja el equipo (EOE).
      La atención en el aula ordinaria, preferentemente, haciendo coincidir con las áreas
       instrumentales.
      Aspectos relacionados con el carácter del alumno.
      Pertenencia a un mismo nivel y/o ciclo para agrupamientos que lleven un programa
       específico.
      Los horarios de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo o integración tardía
       en el sistema educativo se estructurarán de manera que respondan a sus necesidades sea
       dentro o fuera del aula. Se potenciará el apoyo educativo dentro del aula.
      La especialista de PT atenderá e impartirá docencia directa para el desarrollo del currículo al
       alumnado con NEAE, cuyo dictamen recomiende esta intervención. Asimismo, atenderá al
       alumnado con otras necesidades específicas de apoyo educativo en el desarrollo de
       intervenciones especializadas que contribuyan a la mejora de sus capacidades.


M. Los procedimientos de evaluación interna.
M1. INTRODUCCIÓN

1. Todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos realizarán una autoevaluación de su
propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y
aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la
prevención de las dificultades de aprendizaje.
2. El resultado de este proceso se plasmará anualmente en una memoria, que incluirá las
correspondientes propuestas de mejora, cuya aprobación corresponderá al Consejo Escolar.
3. El equipo de evaluación estará compuesto por el equipo directivo, los/as coordinadores/as de
ciclo y un padre-madre del Consejo Escolar.
La responsabilidad de llevar a la práctica esta labor recae sobre el equipo directivo y el ETCP. En
cuanto a la temporalización, debe realizarse durante el tercer trimestre, comprometiéndose a
entregar la memoria de autoevaluación al claustro y al Consejo Escolar, al cual corresponde su
aprobación.
El procedimiento para llevar a cabo la autoevaluación será el siguiente:
1º- Los Equipos de Ciclo coordinados por el Equipo Directivo y el ETCP realizaran la evaluación
de los diferentes indicadores establecidos y aspectos a evaluar. Por otro lado el profesorado
responsable de la coordinación de planes y programas, delegados-as de clase, delegadosas de padres
y madres, comisión de convivencia... realizaran la valoración y evaluación de su cometido.
Temporalización: 2ª quincena de mayo. La información estará recogida por la jefatura de estudios
en la 1ª semana de junio.
2º- Los resultados de este proceso se plasmarán en la memoria de autoevaluación que elaborará el

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equipo de evaluación.
Temporalización: 2ª semana de junio.
3º- Esta memoria se analizará en Claustro en el que se incluirán las últimas aportaciones, valoración
de logros y dificultades y propuestas de
mejora para su inclusión en el Plan de Centro.
Temporalización: 2ª quincena de junio.
4º- Aprobación de ésta por el Consejo Escolar. Temporalización: último Consejo Escolar del curso.

M2. OBJETIVOS:

      Orientación y asesoramiento a los distintos sectores de la Comunidad Educativa sobre las
       posibilidades de cumplimiento de los principios sobre los que se asienta la organización y
       funcionamiento del Centro.
      Corrección y reorientación de las estrategias y actividades que se llevan a cabo para la
       consecución de los objetivos propuestos.
      Control de la Comunidad Educativa, que tienen la obligación de realizar los órganos de
       gobierno y que se materializa en la comprobación del cumplimiento de las normas
       establecidas en el Plan de Centro.
      Evaluación continua y objetiva de la Comunidad Educativa, dado que se realiza con respecto
       a principios y criterios establecidos en la fase de programación y organización del Centro.

M3. ÁMBITOS EVALUABLES REFERENTES A:

      Evaluación interna del funcionamiento del Centro.
      Autoevaluación de los programas que desarrolla el Centro.
      Evaluación interna del desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje: evaluación de
       la práctica docente y de los resultados.
      Autoevaluación de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de dificultades de
       aprendizaje.

M4. INDICADORES DE CALIDAD:

Funcionamiento del Centro

- Funcionamiento de los órganos de gobierno y coordinación didáctica.
- Recursos humanos.
- Recursos materiales.
- Formación.
- Implicación en la Comunidad Educativa.
- Clima de convivencia en la Comunidad Educativa.

Factores/Dimensiones que conforman la práctica docente:
- Factor: Programación de la enseñanza:
Planificación del trabajo docente.
La programación didáctica.
La contextualización.
- Factor: Desarrollo de la enseñanza:
- Metodología y aprovechamiento de los recursos:

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Coherencia entre la metodología desarrollada en el aula y la expuesta en la programación.
Motivación para el aprendizaje.
Organización del proceso de enseñanza-aprendizaje.
Actividades desarrolladas y orientación del trabajo del alumnado.
Utilización de los recursos.
- Formación y evaluación de la enseñanza:
Formación e innovación educativa.
Evaluación de la práctica docente.
- Tutoría:
Actuaciones con el alumnado.
Contenido de la tutoría.
Relaciones con padres/madres de alumnos.Coordinación con el equipo docente.
- Atención a la diversidad:
Refuerzos y apoyos.
Profundización y enriquecimiento.
Atención a alumnos con necesidades educativas especiales.
Otras medidas.
- Clima del aula:
Distribución del mobiliario y del material en el aula.
Interacción profesorado-alumnado.
Trabajo en equipo del profesorado.
La resolución de conflictos en el aula.
Evaluación:
Evaluación de los aprendizajes.
− Evaluación inicial: instrumentos.
− Evaluación continua: instrumentos.
− Evaluación final: instrumentos.
− Coevaluación y autoevaluación.
− Información a las familias y al alumnado


M5. RESULTADOS:

      Porcentaje de alumnos/as que promocionan cada curso académico, respecto a los
       evaluados.
      Porcentaje del cumplimiento global del Centro de las programaciones impartidas en el
       curso académico.
      Absentismo escolar de no asistencia con respecto al número de días anuales).
      Absentismo laboral (número de días de no asistencia con respecto al número de días
       anuales).
      Seguimiento del rendimiento escolar de ex alumnos y alumnas.

M6. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

      Las técnicas más usuales para la evaluación suelen ser la observación, la entrevista y la
       encuesta a través de la triangulación. La triangulación consiste en la utilización de diferentes
       métodos, sujetos y fuentes de datos para evaluar un mismo fenómeno. Los tipos de
       triangulación más utilizados son:
       - de las fuentes: se recoge información de diversa procedencia (por ejemplo, padres,

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       profesores, alumnado, etc.).
       - de métodos y técnicas: en el mismo estudio se obtiene información mediante estrategias
       metodológicas distintas (cuestionarios, tests, escalas, etc.).
       - de evaluadores: los datos son obtenidos y/o analizados por diversos sujetos.
      Los instrumentos más comunes para la recogida de datos son los cuestionarios, las listas de
       control, las escalas de valoración, los tests.

M7. MEMORIA

Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará
integrado, al menos, por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los sectores de la
comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el
procedimiento que se establezca en el ROF.
Los cuestionarios, la valoración de logros y dificultades, escalas,... se llevarán a cabo a final de cada
curso. El equipo directivo coordinará la recogida de datos. El equipo de evaluación elaborará un
borrador para la realización de la memoria en donde aparezcan los mismos y las propuestas de
mejora que se derivan de estos.

N. Los criterios para establecer los agrupamientos del
alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las
líneas generales de actuación pedagógica del centro y
orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado.



   N1.CRITERIOS GENERALES PARA LOS AGRUPAMIENTOS:

Se establecerán los siguientes tipos de agrupamientos:
     Grupo de clase o nivel se hará de forma alfabética. En caso de que no se consiga la
       hetereogeneidad deseada se tendrá en cuenta: las edades (tener en cuenta un reparto
       equilibrado del alumnado repetidor), de forma equitativa en cuanto a sexo (similar número
       niños-as) y madurez o nivel curricular (reparto equilibrado de alumnado repetidor y
       problemático) a fin de que los grupos sean lo más heterogéneos posibles.
     Pequeño grupo ( 3-6 alumnos/as). Se constituirán para trabajar en apoyos, refuerzos o
       cualquier otra situación didáctica.
     Agrupamientos flexibles interniveles por ciclos, para afianzar contenidos no adquiridos en
       áreas instrumentales.
     Gran grupo ( dos o más grupos clase). Para actividades puntuales contempladas en el Plan
       Anual o en la programación de cualquier ciclo.



   N2. CRITERIOS GENERALES PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y
   ENSEÑANZAS:


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 1) Base legal:
(Artículos 89 y 90 del Decreto 308/2010) Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendrá un
tutor o tutora que será nombrado por la Dirección del Centro, a propuesta de la Jefatura de Estudios,
de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo.
Art. 20 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el
funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria,
de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación
especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010).
Criterios para la asignación de enseñanzas:
1. La asignación de los diferentes cursos, grupos de alumnos y alumnas y áreas dentro de cada
enseñanza la realizará la dirección del centro, en la primera semana del mes de septiembre de cada
año, atendiendo a los criterios establecidos en el proyecto educativo para la asignación de las
tutorías , de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados
a favorecer el éxito escolar del alumnado, y a lo dispuesto en el artículo 89 del Reglamento
Orgánico de estos centros.
2. A los maestros y maestras que impartan el área de idiomas, una vez cubierto el horario de los
grupos de educación primaria, se les encomendará la iniciación en la lengua extranjera de los niños
y niñas de educación infantil.
3. La adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime al profesorado de impartir otras
enseñanzas o actividades que pudieran corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica
del centro y con la normativa que resulte deaplicación.
Se procurará que los miembros del Equipo Directivo impartan clase en el segundo o tercer ciclo de
E. Primaria. En caso de permanecer en el 1º Ciclo o pertenecer a E. Infantil, las horas de función
directiva serán cubiertas por un solo docente. Siempre que sea posible al E. Directivo no se le
asignará tutoría.
Se procurará que el profesorado especialista con tutoría, esta sea en el 2º o 3º Ciclo y que imparta el
mayor número de horas en el mismo, siendo sustituido por un solo docente.
Para impartir docencia en el 3º Ciclo de E. Primaria será tenida en cuenta la formación del
profesorado o su compromiso de aprendizaje, en la utilización de las Nuevas Tecnologías.
En la asignación de ciclo y nivel se tendrá en cuenta la experiencia y el perfil del profesorado,
intentando que el 1º Ciclo, preferentemente, sea cubierto con profesorado definitivo.
Se procurará adjudicar las tutorías teniendo en cuenta la continuidad del profesorado.

Ñ. Los criterios generales para elaborar las programaciones
didácticas de cada una de las áreas de la educación primaria y
de la educación especial y las propuestas pedagógicas de la
educación infantil.

Ñ1. MARCO NORMATIVO

EDUCACIÓN INFANTIL.

      REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas
       mínimas del 2º ciclo de Educación Infantil (BOE núm. 4 de 04 de Enero de 2007).
      DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas

               Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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       correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (Boja nº164 de 19 de Agosto 2008).
      ORDEN de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación
       Infantil en Andalucía. (BOJA núm 169 26 de Agosto 2008)
      ORDEN de 29-12-2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la
       Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA núm. 314 de 30 de
       Diciembre de 2008).

PRIMARIA.

      DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las
       escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios
       de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial.
       (BOJA núm. 139 de 16 de Julio de 2010).
      DECRETO 230/2007, de 31 de julio, (BOJA núm. 156, de 8 de Agosto de 2007).
      ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de
       aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
       (BOJA 23-8-2007)

Ñ2. CRITERIOS GENERALES

      Cada ciclo debe elaborar la programación didáctica de cada una de las áreas o materias,
       distribuidas en unidades didácticas que se desarrollarán en los cursos que componen el ciclo.
      La programación didáctica tiene un carácter unitario, es decir, sirve para dar unidad y
       coherencia a las enseñanzas de una misma área en los distintos cursos.
      La programación didáctica del área debe incluir las enseñanzas de todos los cursos en los
       que ésta se imparte.
      Los criterios sobre metodología y evaluación deben ser comunes, aun con alguna
       matización, dadas las diferencias existentes entre las características de estas edades, para
       todos los cursos de una misma etapa en los que se imparte el área.
      Las unidades didácticas constituyen la denominada programación de aula.
      Concretar en la programación todos los elementos que deben componerla atendiendo a la
       norma que lo regula.
      La programación didáctica no tiene por qué cambiar cada año, una vez que se hayan
       realizado las revisiones y mejoras convenientes. Cuando no proceda realizar modificaciones,
       podría bastar con se indique el curso en que fue remitida y, si es el caso, la fecha en que fue
       informada favorablemente por el Servicio de Inspección
      Las distintas programaciones deben responder a unos criterios homogéneos que den unidad
       y coherencia a todas ellas dentro de un centro educativo.
      Estas directrices deberían incluir el establecimiento de un mismo orden en la redacción de
       los distintos apartados.(Se puede elaborar un guión didáctico común)
      La programación debe especificar los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación
       para cada ciclo y, en su caso, para cada uno de los cursos.
      Los objetivos y criterios de evaluación deben ir relacionados entre sí.

Ñ3.CADA PROPUESTA DIDÁCTICA DEBE REFLEJAR LOS SIGUIENTES
ELEMENTOS:
    Distribución de objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación para cada ciclo y
     curso.

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    Contribución al desarrollo de las competencias básicas.
    Actividades
    Metodología didáctica. En ella hay que contemplar:
    - Organización: que son los agrupamientos, los espacios y los tiempos
    - Recursos y equipamientos
    - Relaciones de comunicación
    Evaluación: instrumentos, procedimientos, y criterios de calificación.
    Temporalización
    Temas transversales del currículo.
    Medidas previstas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la
     expresión oral y escrita del alumnado, en todas las áreas.
    Medidas de atención a la diversidad
    Actividades complementarias y extraescolares.

Ñ4. TAREAS TIPO

    Tareas de Iniciales o previas:
    Planteamos la unidad, proponemos lluvia de ideas, generamos predisposición hacia la
     participación....
    Tareas de Desarrollo (actividades de desarrollo y profundización):
    Corresponde probablemente al bloque central de la unidad, donde se van a desarrollar las
     tareas fundamentales, utilizando estilos de búsqueda, indagación....
    Tareas Finales:
    Son el bloque de tareas finales de la unidad. Son tareas que dan significatividad y
     funcionalidad a aquello que se ha estado haciendo durante toda la unidad. Tareas de refuerzo
     o retroacción:
    Para aquel alumnado que presenta dificultad ante la tarea y otras estrategias que nos
     permitan adecuarnos a su estilo o ritmo de aprendizaje

 Programaciones didácticas de las áreas y de las materias (concreciones, desarrollos curriculares de
segundo nivel o proyectos curriculares)
Las programaciones didácticas en la Educación Primaria son instrumentos específicos de
planificación, desarrollo y evaluación de cada área del currículo establecido por la normativa
vigente. Se atendrán a los criterios generales recogidos en el Proyecto educativo y tendrán en cuenta
las necesidades y características del alumnado. Serán elaboradas por los equipos de ciclo y su
aprobación corresponderá al Claustro de Profesorado.
Las programaciones didácticas incluirán :
• Los objetivos, los contenidos y su distribución temporal y los criterios de evaluación para cada
curso y ciclo, posibilitando la adaptación de la secuenciación de contenidos al contexto del centro.
• La contribución de las áreas a la adquisición de las competencias básicas.
• La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo.
• La metodología que se va a aplicar.
• Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación, en consonancia con
las orientaciones metodológicas establecidas.
• Las medidas previstas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión
oral y escrita del alumnado, en todas las áreas.
• La medidas de atención a la diversidad.

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• Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar incluidos los libros para uso del
alumnado.
• Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el currículo, que se propone
realizar por los equipos de ciclo.
Las programaciones didácticas de todas las áreas incluirán actividades en las que el alumnado
deberá leer, escribir y expresarse de forma oral.
Los maestros y maestras desarrollarán su actividad docente de acuerdo con las programaciones
didácticas de los equipos de ciclo a los que pertenezcan.
Las propuestas pedagógicas
Las propuestas pedagógicas en el segundo ciclo de Educación Infantil respetarán las características
propias del crecimiento y el aprendizaje de los niños y niñas. Serán elaboradas por el equipo de
ciclo de educación infantil y su aprobación corresponderá al Claustro de Profesorado.
Las propuestas pedagógicas incluirán :
• La concreción del currículo para los niños y las niñas del centro.
• La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo.
• La metodología que se va a aplicar.
• Las medidas de atención a la diversidad.
• El diseño y la organización de los espacios individuales y colectivos.
• La distribución del tiempo.
• La selección y organización de los recursos didácticos y materiales.
• Los procedimientos de evaluación del alumnado, en consonancia con las orientaciones
metodológicas establecidas.

O. Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el
centro.


O1. PROPUESTA DE DESARROLLO DE LA ESCUELA TIC 2.0 EN EL PROYECTO
EDUCATIVO DEL CENTRO
MARCO NORMATIVO:
    DECRETO 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la
      prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información
      y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad. (BOJA núm. 39 22 de
      febrero 2007)
    DECRETO 328/2010, de 13 de julio. Artículo 21, apartado O. (BOJA nº 139 de 16 de Julio
      2010)
    ORDEN de 3-09-2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado
      responsable de la coordinación de los planes y programas estratégicos que desarrolla la
      Consejería competente en materia de educación. Artículo 3, puntos:1 y 2 ( BOJA nº 182 de
      16 de Septiembre de 2010)

OBJETIVOS:
Objetivos que se pretenden alcanzar, relacionados con el profesorado:
    Realizar actividades de formación a través de la Red.
    Intercambiar información y experiencias con otros centros.
    Descargar de la Red los programas informáticos que se vean útiles para el centro o el


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       alumnado.
      Crear/Actualizar la página web del centro.
      Elaborar material didáctico que pueda ser utilizado por el alumnado.
      Recopilar información a través de Internet y utilizarla como herramienta para realizar
       unidades didácticas que complemente el proceso de enseñanza y aprendizaje.
      Utilizar estas herramientas para motivar al alumnado.
      Aplicar los nuevos conocimientos informáticos en la consecución de los objetivos de las
       distintas áreas del currículo.
      Objetivos que se pretenden alcanzar, relacionados con el alumnado:
      Dar a conocer básicamente el ordenador y su manejo.
      Habituar al alumnado a utilizar el ordenador como instrumento de adquisición de
       conocimientos, desarrollo de la creatividad, actitudes, destrezas y hábitos.
      Desarrollar una actitud crítica hacia las redes sociales de comunicación.
      Utilizar las nuevas tecnologías de forma habitual, en el aula.
      Fomentar la participación del alumnado en la vida educativa del centro a través de la página
       web y utilizar los recursos que se vayan incorporando.
      Utilizar estas tecnologías desarrollando un espíritu crítico para hacer un uso responsable y
       útil de ellas.

   EVALUACIÓN:
Evaluaremos los aspectos mencionados a continuación:
    Utilización y adecuación de los recursos empleados (ordenadores, software, cursos,…).
    Los materiales elaborados.
    El grado de participación, implicación y utilización de los distintos miembros de la
       comunidad educativa.
    Grado de consecución de los objetivos planteados.


COMPROMISO DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO
El Compromiso de Formación debería desarrollarse atendiendo a los siguientes contenidos:
     Sistema operativo Guadalinex a nivel de usuario.
     Uso adecuado de las herramientas que provee el sistema operativo:
      - Procesador de textos
      - Hoja de cálculo
      - Presentaciones
      - Programa gráfico.
     Uso del programa de gestión Séneca.
     Completar conocimientos de Helvia , Pasen y otras plataformas (Moodle, Colabora…)
      mediante:
      - Conocimiento del entorno
      - Posibilidades del mismo.
      - Gestión de la comunicación
     Dominar los distintos niveles que presentan las Pizarras Digitales y Mochila Digital.
     Elaborar recursos didácticos como Hot- potatoes, Webquest, Caza tesoros…
     Usar didácticamente los recursos de la Web 2.0 ( Blogs, flicker, slidshare…)


02. PLAN DE APERTURA DE CENTROS
MARCO NORMATIVO:
     LEY 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía


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     (BOJA 07-11-2006). art. 44.2 (BOJA 07-11-2006).
    LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, art. 2.2 y 50 , (BOJA núm.
     252, de 26 de Diciembre de 2007).
    DECRETO 137/2002, de 30 de abril, de Apoyo a las Familias andaluzas, art. 13 (BOJA de
     4-5-2002) Decreto 328/2010 de 14 de Julio (BOJA 05/11/2010).
    ORDEN de 3-08-2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza
     de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes
     públicos, así como la ampliación de horario (BOJA 12-08-2010).
    ORDEN de 3-09-2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado
     responsable de la coordinación de los planes y programas estratégicos que desarrolla la
     Consejería competente en materia de educación (BOJA 16-09-2010).
OBJETIVOS:
    Favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral para hombres y mujeres.
    Ofrecer al alumnado las actividades que necesitan para completar su formación y utilizar de
     una manera educativa y provechosa su tiempo libre.
    Apoyar al alumnado más desfavorecido socioeconómica y culturalmente.
CRITERIOS:
    Los centros podrán abrir sus instalaciones desde las 7.30 hasta las 18 horas, todos los días
     lectivos con excepción de los viernes, en los que el cierre será a las 16 horas.
    Se podrán ofertar los servicios de: aula matinal (7.30 a 9 horas), comedor escolar (14 a 16
     horas) y actividades extraescolares (16 a 18 horas de lunes a jueves).
    La organización y funcionamiento de los servicios del PAC estará recogido en el ROF del
     centro.
    El centro podrá estar abierto durante los días no lectivos de 8 a 20 horas, previo proyecto
     elaborado por el centro o, en su caso, por el Ayuntamiento o cualquier otra institución.

P. Cualesquiera otros que le sean atribuidos por Orden de la
persona titular de la Consejería competente en materia de
educación.




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REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO




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ÍNDICE


CAPÍTULO I:    DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO II:    PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES.
CAPÍTULO III: CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA
                COMUNIDAD EDUCATIVA
                               Órganos Colegiados: Consejo escolar y claustro.
                               Equipo directivo.
                               Equipos Docentes.
                               Equipos de ciclo
                               Equipo de orientación.
                               Equipo técnico de coordinación pedagógica.
                               Tutores
                               Personal no Docente.
CAPÍTULO IV: CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTIZAN EL VIGOR Y
               LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES.
CAPÍTULO V: ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN.
CAPÍTULO VI: DE LA ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE
               RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADA Y SALIDA DE
               CLASE.
CAPÍTULO VII:FORMA DE COLABORACIÓN DE LOS TUTORES/AS EN LA GESTIÓN
               DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO.
CAPÍTULO VIII: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN.
CAPÍTULO IX:PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE
               LOS EQUIPÒS DE EVALUACIÓN
CAPÍTULO X:SOBRE LA UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES, OTROS
              APARATOS ELECTRÓNICOS Y ACCESO SEGURO A INTERNET
              DEL ALUMNADO.
CAPÍTULO XI: SOBRE LA UTILIZACIÓN DE UNIFORME.
CAPÍTULO XII: COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE
                RIESGOS LABORALES.
CAPÍTULO      XIII:    SOBRE LA REVGISIÓN DE ESTE                                             REGLAMENTO                   DE
                      ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

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                                                  CAPÍTULO I

                                 DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El presente Reglamento es el documento básico que regula el funcionamiento del
C.E.I.P. Virgen del río de Huércal-Overa (Almería) y recoge las normas organizativas y funcionales
que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya
propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto confianza y colaboración entre todos los
sectores de la comunidad educativa.


Artículo 2. Este Reglamento, así mismo, regula las relaciones entre los distintos estamentos que
integran la Comunidad Educativa donde está enclavado el Centro.


Artículo 3. Es el marco legal, dentro del cual se ha de desarrollar toda la vida del Centro. Recoge
los principios educativos generales reflejados en la Ley 17/2007 de 10 de diciembre , de Educación
de Andalucía y en el DECRETO 328/2010 de 13 de julio por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de los colegios de educación infantil y primaria y tiene como finalidad el desarrollo de la
convivencia de las distintas personas y estamentos, respetando los derechos personales garantizados
en la Constitución.


Artículo 4. Ha sido elaborado de acuerdo con la normativa legal vigente, participando en su
elaboración todos los sectores de la Comunidad Educativa del Centro.


Artículo 5. La Comunidad Educativa del Centro estará integrada por todos los que participan en la
tarea educativa: alumnos/as, padres/madres, profesores/as, educadores/as, personal no docente y
administración.


                                                 CAPÍTULO II

                        PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES

Artículo 6. La Comunidad Educativa del C.E.I.P. VIRGEN DEL RÍO, basándose en los criterios
que en materia de educación contiene la Constitución Española, desarrollados en la L.E.A. y
Decreto 328/2010 que regula la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil

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y primaria, ajustará su actividad a los siguientes principios generales:
a) Pleno desarrollo de la personalidad del alumno/a.
b) La adquisición de hábitos intelectuales y de trabajo.
c) La transmisión de conocimientos científicos, humanos y estéticos.
d) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.
e) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales, dentro de los principios
       democráticos de convivencia y del ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
f) Todos los miembros de esta comunidad educativa tienen derecho a exigir el respeto a sus
       convicciones filosóficas, morales, religiosas, etc... Así mismo, tienen obligación de respetar
       a los demás.
g) Todos los miembros tendrán derecho a intervenir en las decisiones que les afecten, a través de las
       personas que, libremente elegidas, habrán de representarles en el seno de los órganos
       colegiados del Centro.
h) Los alumnos/as recibirán las orientaciones precisas para que puedan asumir progresivamente la
       responsabilidad de su propia educación y las actividades complementarias de carácter
       cultural y educativo que contribuyan a completar su formación y su preparación para
       participar activamente en la vida social y cultural.
i) Los profesores/as tendrán derecho a que sean respetadas las libertades académicas que legalmente
        les corresponden, siempre desarrolladas en un marco de respeto a la Constitución. Así
        mismo, tienen el derecho y el deber de velar por el respeto a la verdad histórica, a la verdad
        científica y a la libertad de expresión en el ámbito y opinión de esta Comunidad Educativa.
j) El Centro colaborará con su entorno social (organismos, asociaciones legalmente constituidas) en
        todas las actividades que contribuyan la formación del alumno/a, siempre que no interfieran
        el normal desarrollo de las actividades educativas.
k) Según los principios de igualdad de derechos y no discriminación que inspira la actividad
      educativa, la enseñanza que se proporcione a los alumnos/as será igual y se desarrollará en
      un marco de coeducación y no sexista.


                                                  CAPÍTULO III

   CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA
                    COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 7. De la comunidad educativa
La comunidad educativa CE.I.P. VIRGEN DEL RÍO está estructurado en:


               1. Órganos Colegiados.
               2. Equipo directivo.


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               3.Equipos Docentes.
               4.Personal Docente.
               5.Personal no Docente.
               6.- Alumnos
               7.- Las Familias de los alumnos y sus asociaciones..
               8.- Ayuntamiento.


Artículo 8. Órganos Colegiados:


       A).El Consejo Escolar.
       1. Composición:
       El Consejo Escolar del C.E.I.P. VIRGEN DEL RÍO estará formado por los siguientes
miembros, según el articulo 49 del decreto 328/2010 de 13 de julio y el articulo 14 punto 2 y 3 del
disposición n 200 de 13/10 /2010.


               El/la Director/a del Centro.
               El/la Jefe/a de Estudios.
               Un/una representante designado por el Ayuntamiento.
               Ocho profesores/as elegidos por el Claustro.
               Ocho representantes elegidos por los padres/madres.
               Un representante designado por la AMPA más representativa.
               Un/una representante del Personal de Administración y Servicios.
               El/la Secretario/a del Centro, con voz y sin voto.
       2. Competencias:
      Las competencias de este órgano colegiado están recogidas en el articulo 50 del decreto
328/2010 de 13 de julio (ver anexo o decreto)
       4. Comisiones del Consejo Escolar:
En el seno del consejo escolar se constituirán dos comisiones:
a) comisión permanente.
b) comisión de convivencia.
       a)Comisión Permanente
a.1 . Composición:
       La composición de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el articulo 64. 1 del
decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1)
a.2. Competencias

              Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
Consejería de Educación
                                                                                                           CEIP “ Virgen del Río”


       Las competencias de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el artículo 64. 2 del
decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1)


       b)Comisión de convivencia
a.1 . Composición:
La composición de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el articulo 64. 3 del decreto
328/2010 de 13 de junio (ANEXO 1)
a.2. Competencias
       Las competencias de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el artículo 64. 4 del
decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1)
       B).El Claustro de profesores.


       1. Composición.
         El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de éstos en el Centro y estará
integrado por la totalidad de profesores/as que prestan servicios en el mismo, así como los maestros
y maestras que impartan en este centro mayor número de horas y el orientador de referencia que así
lo elija. Estará presidido por el Director/a.


       2. Son competencias del Claustro de Profesores:
        Las competencias del claustro de profesores vendrán dadas por lo establecido en el artículo
66 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1)


        3. El Claustro de Profesores se reunirá en sesión ordinaria una vez al trimestre, como
mínimo. En sesión extraordinaria cuantas veces sean necesarias convocado por el Director/a o a
petición de un tercio de sus miembros.


        4. Las sesiones ordinarias del Claustro de Profesores serán convocadas por el secretario /a
por orden del director /a con el correspondiente orden del día con una antelación mínima de cuatro
días. De igual manera se convocaran las extraordinarias pero con una antelación mínima de dos días
de antelación.


       5. Los miembros del Claustro podrán hacer constar en acta su voto contrario a cualquier
acuerdo adoptado y las razones en que lo fundamentan, si lo creen oportuno, quedando salvada su
responsabilidad respecto al mismo.
       6. La asistencia a las sesiones del Claustro es obligatoria para todos los componentes
considerándose las faltas injustificadas a los mismos como un incumplimiento del horario laboral .


       7. El Secretario/a del Centro, que lo será también del Claustro de Profesores levantará acta
de las sesiones del Claustro. Esta contendrá la indicación de los asistentes, así como las

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circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de deliberación; la
forma y resultados de las votaciones y el contenido de los acuerdos.


      8.- Los acuerdos serán adoptados por mayoría absoluta de los asistentes y dirimirá los
empates el voto de calidad del Presidente.


Artículo 9. Funcionamiento de los Órganos Colegiados.


       1. Todas las reuniones de los Órganos Colegiados se celebrarán fuera del horario lectivo
      2. El funcionamiento genérico de los órganos colegiados se ajustará a la Ley Orgánica de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.


       3. El Director/a del Centro tendrá obligación de proporcionar a los miembros de los Órganos
Colegiados toda la documentación necesaria para su estudio, previo a la reunión, con el objetivo de
que cada miembro tenga suficiente información para poder tomar decisiones sobre el asunto o
problema que se plantee.



Artículo 10. El equipo directivo
         1.- El equipo directivo vendrá definido según del artículo 68.1 del decreto 328/2010 de 13
de julio (ANEXO 1)
2.- Son funciones del equipo directivo:
Las funciones del equipo vendrán dadas por lo establecido en el artículo 68. 2 del decreto 328/2010
de 13 de julio (ANEXO 1)
3.- Composición del equipo directivo:
 Dado que nuestro colegio tiene nueve unidades cuenta con lo establecido el artículo 69.1.c, es
decir:
                - Director/a
                -Secretario/a.
                - Jefe/a de estudios.
En el caso que se modificara el número de unidades podrá modificarse la composición de este
equipo siguiendo lo establecido en artículo 69 del citado decreto.
Del director.
4.- Las competencias de la dirección son las recogidas en el artículo 70 del decreto). 328/2010 de 13
de julio (ANEXO 1).
5.- La dirección tendrá potestad disciplinaria según lo recogido en el artículo 70 del decreto
328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).


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Del jefe de estudios
6.- Las competencias de la jefatura de estudios son las recogidas en el artículo 73 del decreto
328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
Del secretario
      7.- Las competencias de la secretaría son las recogidas en el artículo 74 del decreto
328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
Artículo 10.- Equipos docentes
        Los equipos docentes estarán constituidos según el artículo 79.1 del decreto 328/2010 de 13
de julio (ANEXO 1).
      Las competencias de los equipos docentes están recogidas en el artículo 79.2 del decreto
328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
       Artículo 11.- Equipos de ciclo
        Los equipos de ciclo estarán integrados según el artículo 80.1 del decreto 328/2010 de 13 de
julio (ANEXO 1).
       1.- Las competencias de los equipos de ciclo están recogidas en el artículo 81 del
       decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
       2.- Cada Equipo de ciclo cuenta con un coordinador/ra. En nuestro son cinco.
        El nombramiento de los coordinadores de ciclo corresponde a la dirección según dicta el
artículo 84 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
      El cese de los coordinadores de ciclo vendrá dado siguiendo el artículo 85 del decreto
328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).


       3.- Periodicidad.-
       El equipo de ciclo se reunirá de forma ordinaria una vez a la semana y de forma
extraordinaria a propuesta del coordinador.


       Artículo 12.- Equipo de orientación.


       1.- Composición.
       El equipo de orientación estará formado por el orientador del equipo de orientación
educativa, los maestros/as especialistas en PT y AL así como cualquier maestro que intervenga en
apoyo o atención a la diversidad.
      El orientador del EOE podrá integrarse en el claustro de profesores si lo desea teniendo los
mismos derechos y obligaciones que el resto de los componentes.
       2.- Competencias.
        Las competencias de dicho equipo vienen dadas en el art. 86.2 del decreto 328/2010 de 13
de julio (ANEXO 1).


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       3.- Coordinador.
        Este equipo contará con un coordinador cuyas competencias, nombramiento y cese se
ajustará a lo previsto para los coordinadores/as de ciclo en los artículos 83, 84 y 85 del decreto
328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
       4.- Del orientador.
       El centro contará con un orientador de referencia designado según lo previsto en el art. 86.4
del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
       5.- Funciones del orientador.
       Las expresadas en el art. 86.5 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
       6.- Periodicidad.-
       El equipo de orientación se reunirá de forma ordinaria una vez al mes y de forma
extraordinaria a propuesta del coordinador


       Articulo 13.- El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica


       1.- Composición.
       Estará compuesto según lo previsto en el art. 87.1 y 87.2 del decreto 328/2010 de 13 de julio
       (ANEXO 1).
       2.- Competencias.
       Serán las expresadas en el art. 88 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1).
       3.- Periodicidad.-
       El ETCP se reunirá de forma ordinaria una vez al mes y de forma extraordinaria a propuesta
de la Dirección.



       Artículo 14-. Tutorías y asignación de tutores.
       Se asignarán las tutorías según lo previsto en el artículo 89. apartados 1,2, 3,y 4.


       Artículo 15.-Funciones del tutor/a
        Las funciones del tutor/a serán las recogidas en el art. 90.2 del decreto 328/2010 de 13 de
julio (ANEXO 1).


       Artículo 16. Personal no Docente.
       a) Personal Administrativo
        Dependerá del Secretario/a del Centro, al que podrá presentar todos las sugerencias,
iniciativas o reclamaciones que considere oportunas en relación a las tareas administrativas.

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          Cumplirá sus funciones de acuerdo con la legislación vigente y la normativa interna del
Centro.
       Actualmente nuestro Centro está dotado con una persona dedicada a tiempo total a estas
funciones
       Realizará las tareas de apoyo administrativo en la secretaría del Centro.
       En ningún caso podrá realizar tareas docentes.
      Velará por el material de su lugar de trabajo, informando a la Dirección de cualquier
anomalía, faltas, etc, que se detecte.
          b) Conserje.
        Si bien su dependencia administrativa corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Huércal-
Overa, su vinculación profesional depende de la Dirección del Centro, en particular del Secretario/a
del Centro, quien a comienzos de cada curso y de acuerdo con las necesidades establecerá el horario
de trabajo, distribuyendo su jornada marcada por la legislación a lo largo de la semana, de manera
que el Centro siempre quede atendido en el desarrollo de su actividad docente.
          Sus funciones específicas serán las siguientes:
                 Cerrar y abrir el Centro.
                 Hacer sonar el timbre de acuerdo con el horario establecido.
                 Control de entradas y salidas de personas y vehículos ajenos al Centro.
                 Permanecer siempre en Conserjería y responsabilizarse de las llaves.
                 Mantener el orden en los pasillos y escaleras.
                 Cerrar las puertas de acceso al Centro, desde el viernes al lunes y en días festivos.
                 Encargarse de los aparatos y material fungible existente y entregárselo a los
                 profesores cuando se lo soliciten.
                 Mantenimiento y cuidado de jardines, evitando destrozos y cuidándolo con riego
                 periódico, poda del arbolado, y dando cuenta al Secretario/a de cualquier anomalía o
                 incidencia que pueda ser grave para el normal desarrollo de la actividad académica.
                 Comprobar periódicamente el estado de las clases, comunicando cualquier anomalía
                 o deficiencia al Secretario/a. Si la avería fuera grave la Dirección del Centro
                 recabaría la ayuda del Excmo. Ayuntamiento.
                 Encender y apagar los sistemas de calefacción siguiendo las indicaciones de la
                 dirección del Centro.
                 Control de combustibles.
                 Recogida y entrega de la correspondencia oficial del Centro.
                 Limpieza de patios y papeleras.
                 Mantenimiento del material de los aseos colectivos: papel higiénico y dispensadores
                 de jabón
                 Supervisión de la limpieza diaria realizada por el personal contratado al efecto.
                 Control de alumnos/as cuando éstos acuden o tratan de salir del Centro fuera de los

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               horarios oficiales establecidos.
               Vigilancia del edificio y realización de pequeñas tareas de mantenimiento.
               Comunicar a la Dirección del Centro cualquier anomalía que se produzca fuera del
               horario lectivo, muy especialmente las derivadas del uso inadecuado de las
               dependencias por parte de los responsables de las actividades extraescolares.
               Ocasionalmente, podrá realizar otras funciones siempre que las mismas se
               encuentren en el ámbito de sus competencias o que voluntariamente quiera asumir
               para mejor funcionamiento del Centro.
- Es el encargado de conectar/desconectar el sistema de alarma del Edifico nuevo dentro del plan de
evacuación. (Por Orden del Cargo Directivo que en ese momento se encuentre en el mismo).


                                                  CAPÍTULO IV

 CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTIZAN EL RIGOR Y LA
         TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES

Artículo 17 Toma de decisiones en los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente..
En los Órganos colegiados las decisiones se tomarán siempre por mayoría simple. En caso de
empate el voto de calidad lo dará el Director. En el caso de que no lo presida el Director
Asumirá esta prerrogativa la persona que ocupe el cargo de dirección o coordinación.


Artículo 18.- Toma de decisiones con respecto a la escolarización


1.-.Se seguirán los criterios establecidos en el Decreto 53/2007 de 20 de febrero y las
modificaciones expresadas en el Decreto 47/2010 de 27 de febrero por el que se regulan los
criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados
concertados, así como las Órdenes ( 26/02/2010 y 12/03/2010 ) e Instrucciones que los desarrollan.
2.1.- En el caso de alumnos que se tengan que escolarizar presentando necesidades específicas de
apoyo educativo por incorporación tardía al sistema educativo y presenten un desfase en su nivel de
competencia curricular de más de un ciclo en educación primaria podrán ser escolarizados en un
curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad, en los términos
recogidos en el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y en el 20.2 del Decreto
231/2007
de 31 de julio y la Orden de atención a la diversidad de 25 de julio de 2008 en su artículo 12.4.
Procedimiento de escolarización
1º.- Cuando existan serias dificultades de idioma o se sospeche un excesivamente bajo nivel
curricular del alumnado se le realizará un informe de evaluación psicopedagógica por parte del
orientador e informará al E.T.C.P.
2º.- El E.T.C.P. se reunirá con carácter de urgencia y decidirá por mayoría la aplicación o no del

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apartado 2.1 de este mismo artículo.
Artículo 19.- Toma de decisiones con respecto a la evaluación


Con respecto a la evaluación se seguirá lo establecido en las Órdenes de 10/08/2007 por la que se
establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación
Primaria, así como las Instrucciones de 17/12/2007 por las que se complementa la normativa sobre
evaluación en Educación Primaria así como las Instrucciones de 5/6/2008 por las que se
complementa la normativa sobre la evaluación en Educación Infantil.


                                         CAPÍTULO V

  ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN.

Artículo 20.- Criterios de distribución del espacio.


Nuestro Centro Consta de dos edificios:
a)Edificio nuevo
Consta de dos plantas:
               - Plan baja: - dos aulas de educación infantil 3 años, servicios administrativo
                  ( Secretaría Jefatura, Dirección y archivo), Sala de profesores, Salón de Actos,
                  aula de PT, sala de calderas, dos almacenes y aseos de profesorado y alumnado.
               -Planta alta: cuatro aulas de educación infantil, tres aulas de primero, dos de
                   segundo, una de AL y servicios de alumnado y profesorado


c)Edificio antiguo
               -Planta baja: aula matinal y de música, dos aulas de tercero, dos de cuarto y
                   biblioteca del Centro
-Planta alta: dos aulas de quinto, dos de sexto, sala de informática, aula de inglés, una tutoría y un
almacén.
Articulo 21.- Instalaciones y recursos materiales del centro.
       1.- Espacios de uso específico.
              Son aquellos que por su característica espacial o por albergar instalaciones o material
       especial necesitan de un uso exclusivo para una determinada función. Tales son:


                                    Aula de Informática
                                    Aula de PT.
                                    Aula de idiomas

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                                   Aula de AL


        2.- Espacios de uso múltiple o diversificado.
               Permiten una gran variedad de agrupamientos y adaptaciones a diferentes tipos de
       situaciones educativas. Resulta muy necesaria la existencia de estos espacios dada la
       multiplicidad de situaciones que pueden crearse no sólo desde el punto de vista del
       tratamiento individualizado o selectivo ( apoyos ), sino además, por la utilidad que los
       mismos dan a actividades creativas como talleres, ensayos, trabajos de equipo, etc. Entre
       este tipo de espacio nuestro Centro tiene:
                Un salón de usos múltiples.
                                    Una Biblioteca.
                                   Pistas deportivas.
                                   Gimnasio
                                   Aula matinal
        3.-Las Aulas.
 La distribución del alumnado en el aula será realizada por el tutor atendiendo a las características
del alumnado, desde criterios facilitadotes del trabajo


               Artículo 22:- Sobre la biblioteca y su uso


               1.- La biblioteca:




                                                 CAPÍTULO VI

   DE LA ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE
   RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADA Y SALIDA DE CLASE..

Artículo 23 .-Horario de entrada y salida.
1.- Horario lectivo:
a.- Infantil y primaria de 9:00 a 14:00 horas
2.- Horario de apertura del centro.
2.1 Horario de mañana.
El centro abrirá las puertas todos os días a las 7:30 horas ( aula matinal) y a las 8:55 para el resto del
alumnado .



               Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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2.2 El horario de tarde:
Lunes de 16:30 a 20:30 dedicado a horario irregular del profesorado.
Actividades extraescolares de lunes a jueves de 16 a 18 horas
Artículo 24.- Horario de recreo y criterios de su organización.


3.1.- El horario de recreo quedará fijado de 11:30 a 12 horas para todos los niveles.
3.2.- Criterios de organización.
 Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse3 un turno entre los maestros y
maestras del Centro a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos/as o
fracción, del que quedará exento el Equipo Directivo
                                                 CAPÍTULO VII

  FORMA DE COLABORACIÓN DE LOS TUTORAS/ES EN LA GESTIÓN
    DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO.

Artículo 25.- Actividades a realizar por los tutore/as en el programa.
1.- Sobre el cheque libro.
 De forma ordinaria durante el mes de Junio, el tutor/a de cada alumno entregará a los padres el
correspondiente cheque libro en la entrega de boletines de la tercera evaluación.
De forma extraordinaria, alumno de nueva incorporación, se le dará el cheque libro cuando éste se
incorpore al centro.
2.- Sobre los libros:
 2.1.-Cuando los alumno hayan comprados los libros, el tutor/a , pondrá un sello en los libros donde
quede reflejado el nombre del alumno, curso y estado de conservación, de manera que si un alumno
hace mal uso del libro tendrá que reponerlo.
2.2.-Al final de curso el tutor recogerá los libros de sus alumnos guardándose en las tutorías.
2.3.-Al principio del curso los tutores/as entregaran los libros usados reflejando en ellos el nombre
del alumno, curso y estado de conservación, de manera que si un alumno hace mal uso del libro
tendrá que reponerlo.


                                                CAPÍTULO VIII

                                   PLAN DE AUTOPROTECCION
Artículo 26.- Plan de autoprotección.
El centro cuenta con un plan de protección desarrollado en el ANEXO II



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                                                  CAPÍTULO IX

PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS
                 EQUIPOS DE EVALUACIÓN

Artículo 27.- Composición del equipo de evaluación.
El equipo de evaluación estará compuesto por el Equipo Directivo y por un representante de cada
uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar


                                                  CAPÍTULO X

     SOBRE LA UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES, OTROS
  APARATOS ELECTRÓNICOS Y ACCESO SEGURO DE INTERNET DEL
                        ALUMNADO.

Artículo 28.- Utilización de de teléfonos móviles.
Queda prohibido el que los alumnos traigan teléfonos móviles al colegio durante la jornada
escolar.En el caso de que algún/a alumno/a traiga teléfonos móviles durante la jornada escolar, el
profesorado del centro se lo retirará y llamará a los tutores del alumnos para que lo recoja
apercibiéndolo oralmente de lo ocurrido.


Artículo 29.- Utilización de otros aparatos electrónicos.
Queda prohibido el que los alumnos traigan otros aparatos electrónicos tipo MP3, consolas, etc. al
colegio durante la jornada escolar.
En el caso que lo traigan se actuará de igual manera que con los teléfonos móviles.


Artículo 30.- Sobre las llamadas a profesores o equipo directivo durante las horas lectivas.


Solo se interrumpirán las clases para asuntos de extrema urgencia y nunca para llamadas para
atender a comerciales.


Artículo 31.-Sobre el acceso seguro a Internet por parte del alumnado.


1.-Se tendrá en cuenta todo lo especificado en el Decreto 25/2.007 de 6 de febrero por el que se
establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y
las tecnologías de la información y comunicación por parte de las personas menores de edad.


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2.- Los profesores darán instrucciones precisas a los alumnos sobre las páginas a acceder en su
práctica docente. Dichos profesores vigilaran a los alumnos para que se cumplan estas
instrucciones.
3.- El coordinador T.I.C. del centro revisará periódicamente los filtros de páginas y contenidos a los
que pudiera tener acceso el alumnado.


                                                  CAPÍTULO XI

                        SOBRE LA UTILIZACIÓN DE UNIFORME

Artículo 31.- La posibilidad de establecer un uniforme para el alumnado. En el supuesto de que el
Centro decidiera el uso de un uniforme, este, además de la identificación del Centro, llevará en la
parte superior izquierda la marca genérica de la Junta de Andalucía asociada al aconsejaría
competente en materia de educación ( art. 24, apartado i del DECRETO 328/2010)




                                                 CAPÍTULO XII

   COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE
                    RIESGOS LABORALES.

Artículo 31.- Las competencias y funciones se ajustaran a los expresado “ PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES” expresado en “ consideraciones sobre la prevención de riesgos laborales
a la entrada en vigor de los decretos 327/2010 y 328/2010 por los que se aprueba los reglamentos
orgánicos de los centros” (ANEXO III)


Artículo 32.- El director con la ayuda del equipo directivo velará por el cumplimiento y aplicación
del punto anterior.


                                                CAPÍTULO XIII

 SOBRE LA REVISIÓN DE ESTE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
                     FUNCIONAMIENTO
Artículo 33.- El presente reglamento podrá ser modificado a instancia de la dirección del centro,
con las sugerencias y aportaciones del claustro de profesores, del personal de administración y
servicios y de las asociaciones de padres y madres, y aprobado posteriormente por el consejo
escolar.


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PROYECTO DE
  GESTIÓN




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ÍNDICE:

0. CONCEPTUALIZACIÓN Y MARCO LEGAL GENERAL.
1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL
DEL CURSO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS
DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO.
2. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS
AUSENCIAS DEL PROFESORADO.
3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS
INSTALACIONES Y EL EQUIPAMIENTO ESCOLAR.
4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS Y OTROS FONDOS.
5. PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO
GENERAL DEL CENTRO.
6. CRITERIOS PARA UNA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS
DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE.
7. PRESUPUESTOS ANUALES Y CUENTAS DE GESTIÓN.
8. REGISTRO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
ANEXO 1. Programa de gratuidad de libros de texto
ANEXO 2. Normativa




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0. Conceptualización y marco legal

El proyecto de gestión de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación
primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de
educación especial recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales
como humanos. Los presupuestos anuales y las cuentas de gestión formarán
parte del proyecto de gestión.

MARCO LEGAL

ORDEN de 10-5-2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por
la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos
dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y
Directoras de los mismos. (BOJA 25-5-2006)
ORDEN de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de
las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de esta Consejería
(BOJA 17-09-2010).
DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas
infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación
infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial (BOJA 16-07-2010).
ORDEN de 20-08-2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas
infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación
infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario
de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010).
Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 27 de febrero de 1996, por la que se
regulan las cuentas de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma abiertas en las entidades
financieras.
ORDEN de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de
texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con
fondos públicos.
22 de dic.
1. Criterios para la elaboración del presupuesto anual del curso y para la
distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto.

Estructura del presupuesto.

El presupuesto de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación para
cada curso escolar estará formado por el estado de ingresos y el de gastos.

Estado de ingresos.

1. El estado de ingresos de cada centro docente estará formado por los créditos que le sean
asignados por la Consejería de Educación, por otros fondos procedentes de Estado, Comunidad

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Consejería de Educación
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Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro Ente público o privado, por los ingresos
derivados de la prestación de servicios, distintos de los gravados por tasas, por los que se obtengan
de la venta de material y de mobiliario obsoleto o deteriorado que deberá ser aprobada por el
Consejo Escolar y por cualesquiera otros que le pudiera corresponder.
2. Para cada curso escolar, la Consejería de Educación, a través de la Dirección General
competente, fijará provisionalmente para cada uno de los centros docentes las cantidades asignadas
para gastos de funcionamiento y procederá a su comunicación a los mismos antes del día 30 de
noviembre de cada año.
Con anterioridad al pago de liquidación del curso escolar, la Consejería de Educación, a través de la
Dirección General competente, fijará la cantidad asignada definitivamente a cada centro.
3. Asimismo, con anterioridad al 31 de enero de cada año, la Consejería de Educación, a través de la
Dirección General competente, comunicará a los centros que proceda la cantidad que con destino a
inversiones deba recibir el centro para reparaciones, mejora, adecuación y equipamiento de sus
instalaciones.
4. El presupuesto de ingresos se confeccionará de acuerdo con el modelo que figura como Anexo I
de la ORDEN de 10 de mayo de 2006 por la que se dictan instrucciones para la gestión económica
de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, separando las partidas
en tres columnas:
a) La primera de ellas contendrá la previsión de ingresos propios.
b) La segunda contendrá la previsión de ingresos como recursos procedentes de la Consejería de
Educación, subdividiéndose a su vez en dos columnas, una para anotar los ingresos para gastos de
funcionamiento y otra para anotar, en su caso, los ingresos para inversiones.
c) Cuando proceda, en la tercera columna se recogerán los fondos procedentes de otras personas o
entidades. La suma de los importes de las tres columnas se corresponderá con el global total de
ingresos.

Estado de gastos.

1. La confección del estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o
procedentes del presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, se
efectuará conforme al modelo que figura como Anexo II de la ORDEN de 10 de mayo de 2006, sin
más limitaciones que su ajuste a los créditos disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto
que sean necesarias para su normal funcionamiento, según la estructura que figura en el Anexo III
de esta Orden, y a la consecución de los objetivos o finalidades para los que han sido librados tales
fondos.
2. Los centros docentes podrán efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con
cargo a los fondos percibidos con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de
funcionamiento,
siempre que concurran las circunstancias siguientes:
a) Que queden cubiertas todas las necesidades para el normal funcionamiento del centro.
b) Que dichas adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10 % del
crédito anual librado a cada centro con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para
gastos de funcionamiento del mismo y se realicen previo informe de la correspondiente Delegación
Provincial de la Consejería de Educación sobre la inclusión o no del material de que se trate en la
programación anual de adquisición centralizada para ese centro. No estará sujeto a esta limitación el
material bibliográfico que el centro adquiera.
c) Que la propuesta de adquisición sea aprobada por el Consejo Escolar del centro.
3. La confección del estado de gastos, con cargo a recursos procedentes del presupuesto de la

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Consejería de Educación para inversiones, se efectuará conforme al modelo que figura como Anexo
II de la ORDEN de 10 de mayo de 2006, ajustándose a los fondos disponibles, a la finalidad para
la que han sido librados tales fondos y a su distribución entre las cuentas de gastos que sean
necesarias para su mejor control, según la estructura que figura como Anexo III de la Orden citada
anteriormente

Elaboración y aprobación del presupuesto.

1. El proyecto del presupuesto será elaborado por el Secretario o Secretaria del Centro.
2. El proyecto de presupuesto del centro será inicialmente elaborado sobre la base de los recursos
económicos consolidados recibidos por el mismo en los cursos académicos anteriores. Una vez
comunicadas por la Consejería de Educación las cantidades asignadas a cada centro para gastos de
funcionamiento y, en su caso, para inversiones, se procederá al ajuste del presupuesto a tales
disponibilidades económicas.
3. Corresponde al Consejo Escolar, previo informe de su Comisión Económica, el estudio y
aprobación del presupuesto, que deberá realizarse dentro de las limitaciones presupuestarias
derivadas de la asignación fijada por la Consejería de Educación. La referida aprobación tendrá
lugar, para el presupuesto inicialmente elaborado, antes de la finalización del mes de octubre de
cada año. La aprobación del ajuste presupuestario que proceda se realizará en el plazo de un mes,
contado a partir de la fecha en la que el centro recibe la comunicación de la cantidad asignada por la
Consejería de Educación para gastos de funcionamiento y, en
su caso, para inversiones.
4. La aprobación del presupuesto en los centros que no tuvieran constituido el Consejo Escolar
corresponderá a la respectiva Delegación Provincial de la Consejería de Educación, debiendo
efectuarse ésta en los mismos plazos establecidos en el apartado anterior.

Vinculación.

El presupuesto vinculará al centro docente en su cuantía total, pudiendo reajustarse, con las mismas
formalidades previstas para su aprobación, en función de las necesidades que se produzcan. No
obstante, no podrán realizarse reajustes que permitan destinar las cantidades recibidas para
inversiones a otros gastos de funcionamiento, ni tampoco aplicar las cantidades correspondientes a
estos últimos a gastos de inversión, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del artículo 3 de
la ORDEN de 10 de mayo de 2006

Otras consideraciones acerca del presupuesto

1. El Equipo Directivo contará con un estudio de la evolución del gasto del último curso, durante la
primera quincena de octubre, para ajustar las previsiones a las necesidades del Centro con criterios
realistas.
2.. Para la elaboración del presupuesto, se tendrá en cuenta la reserva del porcentaje que establezca
la ley para la adquisición o reposición de material inventariable.
3. El Equipo Directivo tendrá en cuenta la situación de partida del Centro para compensar las
desigualdades que puedan encontrarse en cuanto a dotación y recursos de los distintos equipos en el
momento de la elaboración del presupuesto.
4. El presupuesto deberá satisfacer, en cualquier caso, todas las necesidades de funcionamiento
general (mantenimiento básico de la seguridad de las instalaciones, mantenimiento de las
comunicaciones telefónicas, postales, electrónicas y comunicaciones escritas del Centro a la

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comunidad y administraciones, soporte de las tareas básicas del profesorado, tutores y tutoras…)
5. Una vez satisfechas esas necesidades consideradas básicas, se destinará una parte del presupuesto
a los distintos cursos, equipos y especialidades a fin de que puedan reponer completar, de manera
participativa y descentralizada, los recursos de sus respectivos equipos.
6. El Equipo Directivo expondrá a la Comisión Permanente del Consejo Escolar el borrador del
presupuesto. Esta exposición a la Comisión tendrá lugar con una antelación mínima de una
semana a la celebración del Consejo Escolar que estudie su aprobación.
7.Todos los pagos que realice el Centro serán a través de cheques, transferencias o domiciliaciones
en su cuenta bancaria oficial para garantizar la total transparencia de la actividad económica
del Centro.

2. Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.

Se seguirán los criterios establecidos en la ORDEN de 8 de septiembre de 2010 por la que se
establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros
docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación.
● Bajas de corta duración (hasta tres días): Se cubren con el cuadrante del Profesorado de Apoyo
( primera baja-primer apoyo, segunda baja-segundo apoyo en primaria; primera baja de infantil-
apoyo de infantil ). No obstante, cuando un profesor de apoyo realiza numerosas sustituciones en
una clase, se intenta que sea el mismo docente el que imparta la docencia en esa clase por el bien
del alumnado. Cuando todo el profesorado de apoyo esté cubriendo una baja serán los maestros y
maestras liberados de módulos horarios por las distintas especialidades de su grupo/aula
● Bajas de larga duración: La dirección del centro será la competente para decidir cuándo se
sustituirán las ausencias del profesorado con personal externo y, por tanto, con cargo al número de
jornadas completas de profesorado sustituto puesto a disposición del centro para esta función, y
cuándo se atenderán con los recursos propios del centro.(Orden de 8 de Septiembre de 2010). Si la
ausencia no se cubre con personal externo se tendrá en cuenta el maestro o maestra de apoyo.

Puntos a tener en cuenta en las ausencias:
1. Se requiere a todo el personal la notificación de cualquier ausencia prevista con la mayor
antelación posible a fin de gestionar de manera eficiente su sustitución.
2. En todas las ausencias previstas, el profesorado que se vaya a ausentar facilitará la programación
concreta prevista a la Jefatura de Estudios para que pueda contar con ella el profesorado que vaya a
sustituir la ausencia.
3. En las ausencias imprevistas, la persona que cubra dicha ausencia acudirá al compañero/a del
curso paralelo para informarse del Plan de Trabajo que siguen. El horario ha de estar en lugar
visible tanto en primaria como en el ciclo de Infantil.
4. Las ausencias de hasta tres días se sustituirán por el profesorado que figure en el plan de
sustituciones cortas.
5. Para garantizar el derecho constitucional a la huelga, el profesorado y el resto del personal en
huelga no puede ser sustituido.
6. . Para garantizar el derecho constitucional a la educación, la Dirección recabará la información
sobre el personal que la secunda hasta el día antes de la huelga. Esa información se facilitará a las
familias.
7. El alumnado de grupos cuyo tutor o tutora secunde la huelga no tendrá clase.
8. Los servicios mínimos garantizarán la normalidad en las clases del profesorado que no secunde
la huelga y atenderá al alumnado que haya sido llevado al Centro por sus padres o tutores legales y
cuyos maestros-tutores se encuentren en huelga.

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3. Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del
equipamiento escolar.

Procedimiento de adquisición de material.

MATERIAL FUNGIBLE.
Este material engloba a aquellos materiales que, por su uso, tienen una duración limitada, tales
son: Folios y material de oficina, material de aula y escritura, material para uso de los
alumnos, etc.
El centro en estos casos operará de la siguiente forma:
- El material de oficina corre a cargo del centro.
- El material básico del profesor y del aula corre a cargo del centro. Se entiende por material
básico aquellos útiles imprescindibles en el aula, tales como cinta adhesiva, tizas, folios,
tijeras, grapadora, clips...
- Los materiales del alumno como pinturas, cartulinas, lápiz, goma, cuadernos, etc. correrán a cargo
de éstos salvo en algunas ocasiones en que correrán a cargo del centro si la actividad forma parte de
actividades programas e incluidas en el Proyecto Educativo del Centro.
 Para la adquisición de este material no será precisa la aprobación del Consejo Escolar.
MATERIAL NO FUNGIBLE.
Se englobará aquí el material que puede durar varios años. Puede ser la compra de aparatos
electrónicos, informáticos, de reprografía, material de biblioteca, etc.
Si el presupuesto lo permite, se adquirirán tales elementos. Es necesaria la aprobación del
Consejo Escolar para poder efectuar estas compras si el importe de la misma supera los 600 euros,
así como su inclusión en el registro de inventario de material no fungible del centro.

Custodia y responsabilidad sobre los recursos
Según la normativa vigente, corresponderá al Secretario la custodia del material del
centro, siendo éste el que vele por su utilización y uso,
- Todo el material del centro estará a disposición del profesorado en el archivo o secretaría.
- Una vez usado el material, el profesor lo devolverá a su lugar de origen.

1. Consideramos una norma de convivencia el uso adecuado de los materiales, instalaciones y
edificios del centro. El uso negligente o malintencionado de los mismos será considerado una
conducta contraria o gravemente contraria a las normas de convivencia y será será sancionado con
la reposición o reparación de éste por parte de los infractores.
3. Cualquier miembro de la comunidad es responsable de cumplir y hacer cumplir estas normas de
buen uso de los materiales, instalaciones, edificios y otros recursos del Centro.
4. En el caso de daños producidos por mal uso con intencionalidad hacia los materiales,
instalaciones o edificios del Centro, la Dirección podrá exigir a las personas responsables la
reparación de los daños o desperfectos ocasionados, la realización de tareas
de mantenimiento o embellecimiento del Centro que compense el daño producido, o el abono de los
gastos producidos por los daños ocasionados.
5. Conocida una deficiencia y no pudiéndose ésta resolver por el personal del Centro, será tramitada
por la Dirección a la mayor brevedad posible ante el Ayuntamiento (si se trata de una tarea de
mantenimiento) o a la Delegación (si se trata de una obra de mayor envergadura). De ello quedará
constancia escrita.
6. Las instalaciones, juegos, mobiliario, etc., que no reúnan garantías de seguridad se inutilizarán

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inmediatamente, procediendo a la gestión de la incidencia a la mayor brevedad.
7 . El material o mobiliario que no esté en buen uso, no se almacena en los pasillos. Deberá
quedarse, con las debidas garantías de seguridad, en la dependencia donde se encontraba
inventariado hasta que, por el Equipo Directivo, se decida su reparación, su almacenamiento en otro
lugar o darlo de baja de inventario.

4. Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios
distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes
públicos, privados o particulares.

1. El posible uso de las pistas polideportivas,gimnasio, aula de informática, aula de música, salón de
Actos, biblioteca y, en general, cualquier instalación del Centro no debe ocasionar ningún tipo de
gastos al Centro, por lo que su mantenimiento, limpieza y gastos derivados de su uso deberán
corresponder a las instituciones, asociaciones o particulares a quienes se autorice su utilización.
2. Los ingresos que el Centro pueda recibir de entes públicos, privados o particulares por los
motivos que sean, lo serán en la cuenta oficial del Centro y, salvo que tengan un destino específico,
engrosarán la cuenta de ingresos del presupuesto oficial.
3. De la misma manera, las aportaciones materiales de cualquier tipo al Centro que puedan realizar
editoriales, empresas, entes públicos, asociaciones o particulares se harán a través del Equipo
Directivo y se incluirán en el inventario del Centro.
4. El Equipo Directivo podrá recabar ingresos de organismos, entidades, asociaciones o particulares
aún a cambio del uso de instalaciones y materiales del colegio, siempre que no afecten a la normal
actividad del Centro ni contradigan las normas legales, asegurándose de su buen uso y de la
reposición de pérdidas y daños. Todo previo informe al Consejo Escolar.
5. La elección de libros de texto se hace en función de su adecuación didáctica al proyecto
educativo y nuestro alumnado, nunca por las ofertas o regalos editoriales.
6. En cuanto a los artículos para recaudar fondos para el viaje de estudios de final de etapa se
permite la venta en el centro de artículos varios ( loterías, rifas, artículos de regalo, etc..) por parte
de los alumnos/as, siempre que las ganancias se destinen al viaje fin de curso.

5. Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del Centro.
2
 El Registro de inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centro incluyendo
tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan. Tendrá carácter de material
inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo
audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas,
material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible.
2. El Registro de inventario se confeccionará conforme a los modelos que figuran como Anexos
VIII y VIII (bis) de la ORDEN de 10 de mayo de 2006 por la que se dictan instrucciones para la
gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación
para las altas y bajas, respectivamente, que se produzcan durante el curso escolar, teniendo en
cuenta lo siguiente:
a) Número de registro: Numeración correlativa de las adquisiciones de material inventariable.
b) Fecha de alta: Fecha en la que el material es puesto a disposición del centro.
c) Fecha de baja: Fecha en la que el material deja de formar parte del inventario del centro.
d) Número de unidades: Número de unidades que causan alta o baja.
e) Descripción del material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus características
técnicas.

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f) Dependencia de adscripción: Departamentos o unidades organizativas a las que se adscribe el
material de que se trate.
g) Localización: Lugar o dependencia física donde se encuentra ubicado el material de que se trate.
h) Procedencia de la entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la incorporación al
centro del material de que se trate.
i) Motivo de la baja: Causa que provoca la baja del material afectado.
3. Independientemente del Registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por
servicios, departamentos, talleres y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales
existentes en dicha unidad así lo aconsejen.
Por sus especiales características, existirá también un libro Registro de inventario de biblioteca, que
recoja los libros que pasen a formar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su
procedencia.
Artículo 13. Aprobación de los registros. Una vez finalizado el curso escolar, los mencionados
registros serán aprobados por el Consejo Escolar.
Otras consideraciones
1. La persona responsable de la Secretaría del Centro actualizará el inventario del Centro en el mes
de junio.
2. En el mes de junio, y supervisado por la Secretaría del centro, se elaborará, según modelo
realizado por el Colegio, el inventario anual general del Centro con las variaciones ocurridas, en el
que constarán los siguientes apartados:
a. Mobiliario: mesas y sillas del alumnado; mesas y sillas del profesorado; perchas; pizarras
digitales, verdes y blancas; tableros de corcho; bancos y armarios.
b. Equipos Informáticos: ordenadores personales para uso del alumnado; ordenadores personales
para uso del profesorado; ordenadores portátiles para uso del alumnado; ordenadores
portátiles para uso del profesorado; maletines para portátiles; ratones y programas informáticos,
impresoras, escáner.
c. Material audio-visual: cámaras fotográficas; cámaras de videos; proyectores; radios CD;
televisores; vídeos; cargadores de cámaras; películas y programas educativos; CD y DVD vírgenes.
d. Libros: biblioteca de aula; biblioteca del Centro; libros y guías del profesorado.
e. Música: instrumentos musicales.
f. Deportes: material deportivo.
g. Dependencias administrativas: Secretaría, Dirección, Material,
Jefatura de Estudios, Sala de Profesores, Tutorías, Aula matinal.
3. No se podrá dar de baja ningún elemento inventariado sin el previo conocimiento del Equipo
Directivo a quien corresponderá la toma de decisiones al respecto.
4. Antes del 30 de junio se recogerán los aparatos audiovisuales así como el material más valioso de
todo el Centro y se guardarán en sitio seguro para evitar hurtos.
5. Todos los libros de texto del Programa de Gratuidad se empaquetará y etiquetará por cursos por
los equipos de ciclo antes del 30 de junio y se guardarán debidamente clasificados en un lugar que
quedará anotado.

6. Criterios para una gestión sostenible de los recursos del Centro y de los
residuos que, en todo caso, será eficiente y compatible con la conservación del
medio ambiente.

1. Se utilizará el papel por las dos caras. También en los documentos impresos.
2. Evitaremos las copias impresas de ningún documento o material didáctico que pueda ser usado
por sus destinatarios sin necesidad de papel.

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3. Antes de salir al recreo, el alumnado deposita en las papeleras de aula los envoltorios de sus
alimentos.
4. En cada clase se tendrá un depósito de papel para facilitar su reciclado.
5. En el Centro se depositará el papel y el cartón en contenedores específicos.
6. En el interior del Centro dispondremos también de un contenedor de pilas usadas.
7. En el entorno del Centro dispondremos de contenedores para envases, vidrio, etc, cuyo uso
divulgaremos y fomentaremos en el colegio.
8. Utilizaremos tóner y cartuchos de tinta reciclados.2 de dic.
9. Se solicitará la revisión del cierre de los grifos y de las cisternas de los aseos del Centro para
evitar pérdidas de agua.
10. Cada usuario de ordenador o de otros aparatos eléctricos es responsable de apagarlos al final de
su uso o de la jornada escolar.
11. La última persona que salga de una dependencia, deberá apagar la luz y los ventiladores.
12. Los maestros/as deben usar preferentemente la luz natural a la artificial en las aulas, cuando esta
permita las actividades.
13. Los maestros/as fomentan un uso no derrochador, la conservación, restauración y reutilización
de materiales escolares y libros del alumnado del colegio.
14.En el Centro valoramos positivamente el reciclado de materiales y realizamos actividades
motivadoras con el alumnado relacionadas con distintas áreas.
15.El Centro fomenta la participación en campañas medioambientales organizadas por instituciones
y entidades del entorno.
16.Valoraremos la forma de trabajo que reduzca la producción de residuos y fomentaremos su
reciclado.

7. Presupuestos anuales y cuentas de gestión.

1. La persona responsable de la Secretaría presentará el proyecto de presupuesto anual y la cuenta
de gestión en la Comisión Permanente del Consejo Escolar en la segunda quincena del mes de
octubre.
2. El Consejo Escolar estudiará y, en su caso, aprobará el presupuesto anual del Centro y la cuenta
de gestión antes del 30 de octubre.
3. Una vez aprobados, tanto los presupuestos como el resumen de la cuenta de gestión figurarán
como anexos a este proyecto de gestión.

8. Registro de la actividad económica

Libramientos.
1. Las cantidades asignadas por la Consejería de Educación a cada uno de los centros docentes
públicos se pondrán a disposición de los citados centros mediante los correspondientes libramientos
y las consiguientes transferencias bancarias a las cuentas corrientes autorizadas de dichos centros.
2. Durante cada curso escolar se realizarán para cada centro, al menos cuatro libramientos relativos
a gastos de funcionamiento, todos ellos con carácter de entregas “a cuenta” excepto el último que
comprenderá la liquidación de la asignación fijada definitivamente al mismo.
3. Durante cada curso escolar se realizará a los centros docentes que corresponda, un libramiento
relativo a gastos de inversión, si bien podrá efectuarse algún libramiento adicional con carácter
excepcional.

Registro de la actividad económica

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1. Para el registro y control de la actividad económica todos los centros docentes públicos
dependientes de la Consejería de Educación deberán cumplimentar la siguiente documentación de la
actividad económica:
a) Registro de ingresos.
b) Registro de movimientos en cuenta corriente.
c) Registro de movimientos de caja.
d) Registro de gastos.
e) Registro de inventario.
2. La documentación contable se llevará claramente por orden de fecha, sin espacios en blanco,
interpolaciones, raspaduras, tachaduras o cualesquiera otras alteraciones.

Cuenta corriente autorizada y registro de sus movimientos.
1. Para el manejo de los fondos monetarios disponibles en los centros docentes públicos
dependientes de la Consejería de Educación, éstos contarán con una sola cuenta corriente, de las
previstas en la letra d) del artículo 5 del Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos
aprobado por Decreto 46/1986, de 5 de marzo, abierta a nombre del centro en cualquier entidad de
crédito y ahorro de la localidad, previamente autorizada por la Dirección General de Tesorería y
Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda, a solicitud de la Dirección General de
Planificación y Centros de la Consejería de Educación, conforme a la Orden de la Consejería de
Economía y Hacienda de 27 de febrero de 1996, por la que se regulan las cuentas de la Tesorería
General de la Comunidad Autónoma abiertas en las entidades financieras, y la Resolución de 12 de
septiembre de 2004, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se
delegan competencias en otros órganos.
2. Todas las cuentas serán corrientes. Las entidades de crédito y ahorro no podrán anotar cargos por
gastos ni comisiones de ningún tipo derivados de la gestión de las cuentas. En ellas no se producirán
descubiertos que, en su caso, serán de cuenta exclusiva de la entidad de crédito y ahorro. Los
centros docentes serán responsables de las cuentas corrientes por ellos gestionadas y de su adecuado
funcionamiento, por lo que requerirán de las entidades de crédito la subsanación de las anomalías
que en ellas se hubieran producido.
3. Las disposiciones de fondos de la citada cuenta lo serán bajo la firma conjunta del Director o
Directora y el Secretario o Secretaria del centro.
4. Los pagos ordenados con cargo a la cuenta corriente se realizarán, preferentemente, mediante
transferencias bancarias. En aquellos casos en que sea imprescindible la utilización del cheque
comomedio de pago deberá ser, en cualquier caso, nominativo.
5. El Registro de movimientos en cuenta corriente recogerá todos los ingresos y pagos que se
efectúen en la misma.

Registro de gastos.
Se confeccionará un Registro de gastos por cada una de las subcuentas que sean necesarias, según la
estructura de cuentas prevista en el Anexo III de esta Orden. En este Registro se recogerán todos los
gastos producidos en el centro a lo largo del curso escolar.
 .
Justificación de los gastos.
1. De conformidad con lo dispuesto en a Ley 7/1987, de 26 de junio, la justificación de la cuenta de
gestión se realizará por medio de una certificación del acuerdo del Consejo Escolar aprobatorio de
las cuentas y de la aplicación dada a los recursos totales, que sustituirá a los justificantes originales.
2. La justificación global de las cuentas referida al curso escolar, habrá de elaborarse y elevarse a
aprobación por los Directores y Directoras de los centros docentes conforme al modelo contenido

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en el Anexo X de esta Orden, con el desglose que se indica a continuación de acuerdo, igualmente,
con el presupuesto del centro:
a) Los ingresos habrán de desglosarse según su procedencia, distinguiendo también por su finalidad,
entre ingresos para gastos de funcionamiento y, si procede, ingresos para inversiones.
b) En cuanto al empleo de los recursos, el desglose se efectuará, atendiendo a su naturaleza, en:
gastos de bienes corrientes y servicios; gastos de adquisiciones de material inventariable; e
inversiones, cuando proceda.
3. Los Directores y Directoras de los centros docentes enviarán a la correspondiente Delegación
Provincial de la Consejería de Educación, una vez aprobado por mayoría absoluta de los miembros
del Consejo Escolar con derecho a voto y, en cualquier caso, antes del día 30 de octubre, una
certificación delacuerdo del Consejo Escolar aprobatorio de las cuentas conforme al modelo que
figura comoAnexo XI de esta Orden, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la
Ley 7/1987, de 26 de junio.
4. En los centros que no tuvieran constituido el Consejo Escolar, los justificantes originales, unidos
al Estado de Cuentas del centro, se remitirán a la correspondiente Delegación Provincial de la
Consejería de Educación, que revisará el cumplimiento de la normativa contenida en la presente
Orden y procederá a cumplimentar la certificación conforme al modelo que figura como Anexo XI
(bis) de esta Orden. Una vez expedida la certificación, con copia de la misma, se devolverá toda la
documentación al centro para su custodia.
5. En la certificación mencionada en los apartados 3 y 4 se harán constar los números que,
comunicados por la Consejería de Educación, corresponden a cada uno de los documentos contables
que ordenan los diferentes pagos librados en el curso escolar correspondiente. Igualmente se
consignará elimporte de cada libramiento y la fecha de recepción de los mismos.
6. Las justificaciones originales y demás documentación de carácter económico del
gasto realizado, se custodiarán por los centros, figurando como anexo del documento de
justificación global de las cuentas.


ANEXO 1. Programa de gratuidad de libros de texto

La ORDEN de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de
texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con
fondos públicos tiene por objeto regular el programa de gratuidad de libros de texto dirigido al
alumnado que curse la enseñanza obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de
Andalucía sostenidos con fondos públicos.
2. A los efectos de la presente Orden, se entiende por libro de texto el material impreso, no fungible
y autosuficiente, destinado a ser utilizado por el alumnado y que desarrolla, atendiendo a las
orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes, los contenidos establecidos
por la normativa educativa vigente para el área o materia y el ciclo o curso de que en cada caso se
trate.
3. No se consideran incluidos en el Programa de Gratuidad aquellos materiales asociados a los
libros de texto, que por su propia naturaleza no puedan ser reutilizados por el alumnado en cursos
sucesivos.
Artículo 2. Beneficiarios.1. Serán beneficiarios del programa de gratuidad de los libros de texto
todos los alumnos y alumnas que cursen la enseñanza obligatoria en los centros docentes de la
Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos.
2. El representante legal del alumno o alumna que no desee participar en el programa de gratuidad
en un determinado año académico lo comunicará en el centro docente en el que el alumno o alumna

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vaya a cursar las enseñanzas, en el momento de formalizar la inscripción en las mismas, entregando
cumplimentado el modelo de renuncia que se adjunta como Anexo I a la presente Orden.
Artículo 3. Régimen de préstamo de los libros de texto.
1. El alumnado beneficiario del presente programa dispondrá gratuitamente, en régimen de
préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que esté
cursando.
2. Los libros de texto serán propiedad de la Administración educativa y permanecerán, una vez
concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumno o alumna haya cursado las
enseñanzas, de forma que puedan ser utilizados por otros alumnos y alumnas en años académicos
sucesivos.
3. Los centros docentes sostenidos con fondos públicos quedan sometidos a la obligación de guarda
y custodia respecto de los libros de texto utilizados por el alumnado inscrito en ellos, durante los
períodos de tiempo en que actúen como depositarios de los mismos.
4. Los libros de texto serán renovados cada cuatro cursos escolares, salvo los correspondientes al
primer ciclo de la Educación Primaria que serán renovados todos los cursos por tratarse de un
material que no puede ser utilizado por otros alumnos y alumnas en años sucesivos.
Artículo 4. Utilización y conservación de los materiales.
1. El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto queda sujeto a la
obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de reintegrarlos al centro una vez
finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.
2. El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la
obligación, por parte de los representantes legales del alumno o alumna, de reponer el material
deteriorado o extraviado, de acuerdo con lo que se recoge en la presente Orden.
3. Los centros incorporarán en su Reglamento de Organización y Funcionamiento las normas de
utilización y conservación de los libros de texto y demás material curricular puesto a disposición del
alumnado, así como las sanciones que corresponderían en caso de extravío, o deterioro culpable o
malintencionado de los mismos, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente sobre derechos
y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes públicos y privados
concertados no universitarios.
4. Todos los libros de texto serán registrados por el centro e identificados con una etiqueta que se
fijará en la primera hoja de los mismos, donde aparecerá el nombre del centro y el del alumno o
alumna que lo tenga en préstamo en cada curso escolar, de acuerdo con el procedimiento que a tales
efectos establezca el Consejo Escolar.
Artículo 5. Obligaciones de los beneficiarios.
1. El alumnado que participe en el programa de gratuidad de los libros de texto, así como sus
representantes legales, tendrán las siguientes obligaciones:
a) Entregar en la librería o establecimiento comercial el correspondiente cheque-libro, al que hace
referencia el artículo 10 de la presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado una vez
recibidos los libros de texto.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación o por el
centro docente donde cursa la enseñanza obligatoria y a las de control financiero que correspondan
de acuerdo con la legislación que resulte de aplicación.
c) Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros y reintegrar los mismos al centro docente donde
ha estado escolarizado, en la fecha que el Consejo Escolar del mismo determine, una vez finalizado
el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.
d) Reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada.
2. Desde los diversos sectores de la comunidad educativa, se instará al alumnado que participe en el
programa de gratuidad de los libros de texto, así como a sus representantes legales, al cuidado y

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conservación del material puesto a su disposición.
Artículo 6. Elección de los libros de texto.
1. De acuerdo con el procedimiento establecido los centros docentes elegirán, en el caso de que
consideren necesario para su alumnado la utilización de este material curricular, los libros de texto
que estimen más adecuados para cada uno de los cursos de la enseñanza obligatoria.
2. Los libros de texto adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un período mínimo de
cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del programa de gratuidad para el curso de que
se trate o de la última sustitución realizada en el marco del citado programa.
Artículo 7. Dotación de libros nuevos a los centros.
1. La dotación de libros a los centros se realizará de acuerdo con el calendario de implantación
progresiva del programa de gratuidad de libros de texto.
2. Antes del 15 de julio de cada año los centros grabarán en el sistema de gestión "Séneca" la
relación de alumnos y alumnas inscritos en cada uno de los cursos de la enseñanza obligatoria en
los que corresponda la dotación de libros de texto, así como la de aquellos que no desean ser
incluidos en el programa de gratuidad.
3. En las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, se realizará un seguimiento del
proceso de grabación de los datos a que se refiere el apartado anterior, velando por el cumplimiento
del plazo establecido. Asimismo, se prestará el oportuno apoyo técnico a los centros que, por
cualquier circunstancia no imputable a los mismos, no pudieran disponer de acceso al programa de
gestión "Séneca".
4. Una vez finalizado el plazo a que se refiere el apartado y siempre antes del 20 de julio, las
Delegaciones Provinciales comunicarán a la Dirección General de Participación y Solidaridad en la
Educación la finalización del proceso de grabación y las incidencias detectadas en el mismo.
5. Si, transcurrido el período mínimo de cuatro años necesario para realizar la sustitución de los
libros de texto, el centro docente opta por la continuidad de los mismos, podrá renunciar a la
sustitución y proceder a la reposición de acuerdo con lo recogido en el artículo siguiente.
Artículo 8. Reposición de los libros de texto.
1. Los libros de texto serán dados de baja cuando se cumpla el período de cuatro años establecido
con carácter general para su utilización. Asimismo, podrán darse de baja con
anterioridad a este plazo cuando su grado de deterioro no permita su utilización por otro alumnado
en cursos sucesivos.
2. Los Consejos Escolares de los centros, de acuerdo con el procedimiento que los mismos
establezcan, procederán, antes del 30 de junio de cada año, a la revisión de todos los libros de texto
que no hayan cumplido el período de cuatro años de uso establecido con carácter general.
3. Una vez revisados, comunicarán a los representantes legales del alumnado que haya realizado un
uso incorrecto de los mismos la obligación de reponer el material extraviado o deteriorado de forma
culpable o malintencionada, así como el plazo para hacerlo que, en ningún caso, será inferior a diez
días hábiles contados a partir de la recepción de dicha comunicación. Si, una vez transcurrido dicho
plazo, los representantes legales del alumnado no hubiesen procedido a la reposición del material, el
alumno o alumna podrá ser sancionado de acuerdo con lo que establezca el Reglamento de
Organización y Funcionamiento del centro.
4. La Dirección del centro grabará, antes del 15 de julio de cada año, en el sistema de gestión
"Séneca" las necesidades de reposición de libros de texto, así como los nuevos lotes que pudieran
ser necesarios por incremento respecto del año académico anterior del alumnado inscrito en algún
curso.
5. En el caso de que las necesidades de reposición de libros de texto superasen el 10% del total, la
Dirección del centro elaborará un informe en el que justificará, de forma individualizada para cada
libro, las causas por las que se requiere su reposición y por qué éstas no son imputables al alumnado

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del centro.
6. El informe a que se refiere el apartado anterior será remitido a la Delegación Provincial de la
Consejería de Educación de la que dependa el centro, para su revisión. En caso de disconformidad
la Administración educativa podrá exigir a los centros la entrega del material deteriorado para su
examen y comprobación así como, en su caso, la modificación de los criterios utilizados para la
determinación de las necesidades de reposición.
7. Una vez revisadas favorablemente las necesidades de reposición de libros de texto, las
Delegaciones Provinciales lo comunicarán a la Dirección General de Participación y Solidaridad en
la Educación, la cual comunicará a los centros la conformidad con el número de libros de texto que
se resuelva reponer.
Artículo 9. Transferencia del importe de los libros de texto a los centros docentes.
1. El importe de los libros de texto se hará efectivo a los centros en los que esté escolarizado el
alumnado.
2. La Consejería de Educación procederá a transferir a las cuentas autorizadas de gastos de
funcionamiento de los centros docentes las cantidades que correspondan, procedentes del programa
de Servicios de Apoyo a la Familia, las cuales se consideran afectadas al cumplimiento de esta
finalidad, no pudiendo destinarse a otro concepto distinto de gasto. El importe se abonará en dos
pagos: el 80% del total durante el mes de agosto de cada año y el 20% restante antes de la
finalización del primer trimestre.
3. Los centros asumen el compromiso de gestionar la aplicación de los fondos, de acuerdo con su
finalidad, responsabilizándose de comunicar las bajas definitivas y los traslados del alumnado
beneficiario a las Delegaciones Provin ciales de la Consejería de Educación a la que pertenezcan los
citados centros.
4. Los centros concertados tendrán, a los efectos de la presente Orden, la consideración de entidades
colaboradoras en el programa de gratuidad de los libros de texto, correspondiéndoles las
obligaciones que se recogen en los artículos 10, 11 y 12 de la presente Orden.
Artículo 10. Procedimiento para la adquisición de los libros de texto nuevos.
1. Para la adquisición de los libros de texto nuevos, se procederá de la siguiente forma:
a) Los Directores y Directoras de los centros docentes entregarán a los representantes legales del
alumnado beneficiario, debidamente cumplimentados, los Cheque-Libros, de los cuales se adjunta
un modelo en el Anexo II de la presente Orden.
b) Estos Cheque-Libros serán canjeados por los libros de texto en la librería o establecimiento
comercial de su elección, firmando el representante legal del alumno o de la alumna el "recibí" en la
zona dispuesta para tal fin una vez recibidos los mismos, y quedándose la librería o establecimiento
comercial el cheque-libros y la factura para su posterior reintegro.
c) Las librerías o establecimientos comerciales remitirán a los centros escolares las correspondientes
facturas, que deberán contemplar todos los requisitos formales exigibles a las mismas, a nombre de
la Consejería de Educación, figurando entre paréntesis el nombre del centro docente y el del alumno
o alumna, acompañándolas de los respectivos Cheque-Libros debidamente cumplimentados y
sellados. Si el número de cheque- libros en un establecimiento fuese superior a diez, se podrá
presentar en el centro una única factura por el importe total, adjuntando una relación del alumnado
que ha retirado los libros de texto y el importe que corresponde a cada uno.
d) Las facturas que presenten las librerías o establecimientos comerciales recogerán el precio
efectivo a abonar por los libros de texto, incluyendo en su caso los descuentos que, de acuerdo con
lo establecido en la normativa vigente, pudieran realizarse sobre los mismos.
e) Las facturas y los cheque-libros a que se refiere el apartado anterior serán presentados con
anterioridad al 30 de noviembre de cada año, y los centros procederán a su abono en el plazo
máximo de un mes a contar desde la fecha de su presentación o, si se presentan antes del 1 de

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octubre, un mes a contar desde esta última fecha.
Artículo 11. Procedimiento para la reposición de los libros de texto.
Para la adquisición de los libros de texto que deban reponerse por aumento de matrícula, o por
deterioro o extravío antes de los cuatro años de utilización general de los mismos, se procederá de la
siguiente forma:
a) Los Directores y Directoras de los centros docentes, una vez autorizada por la Dirección General
de Participación y Solidaridad en la Educación la reposición de los libros de texto y con
anterioridad al comienzo del curso escolar, procederán a comprar los correspondientes libros de
texto.
b) Las librerías o establecimientos comerciales remitirán a los centros escolares las
correspondientes facturas a nombre de la Consejería de Educación, figurando entre paréntesis la
denominación del centro. Dichas facturas deberán contemplar todos los requisitos formales
exigibles a las mismas.
c) Las facturas a que se refiere el apartado anterior serán presentadas con anterioridad al 30 de
noviembre de cada año, y los centros procederán a su abono en el plazo máximo de un mes a contar
desde la fecha de su presentación o, si se presentan antes del 1 de octubre, un mes a contar desde
esta última fecha.
Artículo 12. Justificación de las cantidades recibidas por parte de los centros docentes con
alumnado beneficiario.
1. La actividad derivada de las actuaciones reguladas en la presente Orden figurará aparte en una
contabilidad específica que refleje la misma, mediante un registro de ingresos y un registro de
gastos según los modelos que se adjuntan como Anexos IV y V de la presente Orden,
respectivamente.
2. La justificación de ingresos y gastos de dicha actividad se llevará a cabo en un plazo máximo de
dos meses a partir de la finalización del curso correspondiente, mediante la aprobación por el
Consejo Escolar de un informe específico del estado de cuentas del centro para la adquisición de
libros de texto, según el modelo que figura como Anexo III de la presente Orden (III.a para los
centros públicos y III.b para los centros concertados).
3. Los centros docentes devolverán los remanentes que pudieran producirse como consecuencia de
la actividad desarrollada.
4. Los justificantes originales y demás documentación original de carácter económico del gasto
realizado se custodiarán por los centros, quedando a disposición de la Consejería de Educación, de
la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Cámara de Cuentas.
Artículo 13. Incompatibilidad para percibir ayudas dirigidas a la misma finalidad.
1. La participación en el programa de gratuidad de libros de texto será incompatible con la
percepción de ayudas para la misma finalidad que pudiera financiar cualquier otra Entidad Pública o
privada. A tales efectos, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad otorgadas
por otras Administraciones o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, deberá ser
comunicada a la Administración educativa, de inmediato y por escrito.
2. No obstante lo anterior, este Programa de Gratuidad será compatible con las ayudas convocadas
por el Ministerio de Educación y Ciencia para adquisición de libros de texto y material didáctico
complementario, y para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, para el curso
académico correspondiente.
3. Los materiales curriculares adaptados utilizados por este alumnado podrán ser renovados todos
los cursos, en caso de que no puedan ser utilizados en cursos sucesivos por otros alumnos y
alumnas.
Disposición Adicional Tercera. Incorporación de alumnado a lo largo del curso.
Si a lo largo del curso escolar se produce la incorporación de alumnado a un centro docente que

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Consejería de Educación
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suponga la necesidad de adquisición de nuevos libros de texto, se abonará a los centros las
cantidades que correspondan para la compra de los mismos. Los pagos se realizarán, previa
solicitud del centro dirigida al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, al
finalizar cada uno de los trimestres del curso escolar. Junto con la solicitud, el centro acompañará la
justificación del gasto y la documentación acreditativa de que el alumno o alumna ha formalizado la
inscripción en el centro. Disposición Adicional Cuarta. Elección de materiales curriculares de uso
común.
1. En el supuesto de que un centro docente sostenido con fondos públicos opte por utilizar
materiales curriculares de uso común en lugar de libros de texto en todas o algunas áreas o materias
de algún curso de la enseñanza obligatoria, procederán de acuerdo con lo recogido en la presente
Disposición Adicional.
2. A los efectos de lo recogido en esta disposición, se entiende por materiales curriculares de uso
común aquellos materiales, en cualquier medio o soporte, de uso compartido por el alumnado y, en
su caso, por el profesorado. Dichos materiales deberán perseguir la consecución de los objetivos
pedagógicos previstos en el proyecto educativo, el proyecto curricular y la programación de ciclo o
aula.
3. Los materiales curriculares serán renovados cada cuatro cursos escolares, siguiendo el mismo
calendario de implantación que para el programa de gratuidad de libros de texto, sin perjuicio de la
reposición del material deteriorado o inservible.
4. Los materiales curriculares correspondientes al primer ciclo de la Educación Primaria serán
renovados todos los cursos si sus características impiden su utilización por otro alumnado en años
académicos sucesivos.
5. Las condiciones de conservación y utilización de los materiales por parte del alumnado serán las
recogidas en el artículo 4 de la presente Orden.
6. La dotación de materiales curriculares nuevos a los centros, así como la reposición de los
mismos, se realizará en los mismos plazos y con el mismo procedimiento establecido para los libros
de texto en los artículos 7 y 8 de la presente Orden. Asimismo, la transferencia del importe de los
materiales curriculares a los centros docentes se realizará tal como establece el artículo 9 de esta
Orden.
7. Para la adquisición de los nuevos materiales curriculares, así como para la reposición de los
mismos, los centros seguirán el procedimiento establecido en el artículo 11 de la presente Orden.
8. La justificación de las cantidades recibidas se realizará de acuerdo con lo establecido en el
artículo 12 de la presente Orden.
9. Los aspectos recogidos en los artículos 5, 13, 14 y 15 y en las disposiciones adicionales segunda
y tercera de la presente Orden serán, asimismo, de aplicación en el supuesto regulado en la presente
Disposición Adicional.
Disposición Adicional Quinta. Elección de materiales curriculares de elaboración propia. En el caso
de que un centro docente sostenido con fondos públicos opte por utilizar materiales de elaboración
propia para el desarrollo del curriculum presentará su proyecto de trabajo de acuerdo con lo que a
tales efectos determine la Consejería de Educación para la financiación de los mismos.
 Disposición Final Primera. Información y asesoramiento a la comunidad educativa.
1. Con objeto de informar al alumnado que participe en el programa de gratuidad de libros de texto,
se autoriza a aquellas librerías o establecimientos comerciales que
colaboren con la Consejería de Educación admitiendo la tramitación de los Cheque-Libros como
forma de pago de los libros de texto, a exponer en lugar visible la aceptación de esta forma de pago
incluyendo, al menos, el siguiente texto: "Aceptamos como forma de pago para la adquisición de
libros de texto el Cheque-Libros emitido por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía".
2. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación atenderán cualquier consulta que

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pudiera plantearse en relación con las actuaciones a que se refiere la presente Orden, arbitrarán las
medidas necesarias para difundir toda la información pertinente entre los centros docentes afectados
e informarán y asesorarán a los centros educativos sobre las estrategias para la mejor gestión y
supervisión de los libros de texto.
3. Los Directores o Directoras de los centros docentes dispondrán lo necesario para que los
representantes legales del alumnado al que corresponda la utilización de libros de texto nuevos
conozcan esta circunstancia y dispongan de los correspondientes cheque-libros.
4. Los Directores y Directoras de los centros docentes dispondrán lo necesario para que la presente
Orden sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa del centro. Para ello, se
entregará copia de la misma al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores y Profesoras, a las
Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas y, en su caso, a la Junta de Delegados y
Delegadas de Alumnos y Alumnas y a las Asociaciones de Alumnos y Alumnas.
Disposición Final Segunda. Desarrollo de la presente Orden. Se autoriza a la Dirección General de
Participación y Solidaridad en la Educación y a la Secretaría General Técnica a dictar cuantas
disposiciones resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden, en el
ámbito de sus respectivas competencias.




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Plan de centro 2012

  • 1.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” PLAN DE CENTRO APROBADO POR EL CONSEJO ESCOLAR EL 24 DE OCTUBRE DE 2011 Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
  • 2.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
  • 3.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” ÍNDICE PROYECTO EDUCATIVO 0. INTRODUCCIÓN  MARCO NORMATIVO A. OBJETIVOS PROPIOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR A1.OBJETIVOS DE MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR. A2.PROPUESTA DE MEJORA RESULTANTES DE LA MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN A.3.OBJETIVOS SELECCIONADOS EN EL PROGRAMA DE CALIDAD Y MEJORA B. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA INTRODUCCIÓN  B1.LOS PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA ADOPTADOS POR NUESTRO CENTRO SON LOS SIGUIENTES  B2. ORIENTACIONES METODOLÓGICAS QUE DARÁN FORMA A LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS: C. COORDINACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES, ASÍ COMO EL TRATAMIENTO TRANSVERSAL EN LAS ÁREAS DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y OTRAS ENSEÑANZAS, INTEGRANDO LA IGUALDAD DE GÉNERO COMO UN OBJETIVO PRIMORDIAL  MARCO NORMATIVO  C1. PROCEDIMIENTOS DE COORDINACIÓN PARA REALIZAR LA CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES  C2. PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR TRANSVERSALMENTE LA EDUCACIÓN EN VALORES A LAS DIFERENTES ÁREAS  C3. INCORPORACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN VALORES EN EL CENTRO D. LOS CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE, DE CONFORMIDAD CON EL NÚMERO TOTAL DE HORAS QUE, A TALES EFECTOS, SE ESTABLEZCA POR ORDEN DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN  D1. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE  D2.CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA ORGANIZAR LOS HORARIOS DE PRIMARIA.  D3. HORARIO DE DEDICACIÓN DE LOS COORDINADORES DE OTROS PLANES Y PROYECTOS  D4.CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE COORDINADORES E. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
  • 4.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” ALUMNADO E1. EDUCACIÓN INFANTIL E2. EDUCACIÓN PRIMARIA  NORMATIVA  NORMAS GENERALES DE LA EVALUACIÓN  CRITERIOS DE PROMOCIÓN SEGÚN LA ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2007  SESIONES DE EVALUACIÓN  PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS  CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL PRIMER CICLO  CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL SEGUNDO CICLO  CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL TERCER CICLO F. LA FORMA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO. MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. F1. BASES LEGALES F2. FINALIDADES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD F3. ALUMNADO F4. DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS CURRICULARES Y ORGANIZATIVAS F5. PLANES Y PROGRAMAS F6. ORGANIZACIÓN Y LA COORDINACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES PARA ATENDER A LA DIVERSIDAD.  PROFESORADO DE PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA:ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE APOYO A LA INTEGRACION  PROFESORADO DE AUDICIÓN Y LENGUAJE: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE AUDICIÓN Y LENGUAJE F7. MEDIDAS DE ACOGIDA E INTEGRACIÓN PARA EL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. F8. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS F9. EVALUACIÓN DEL PLAN G. LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN G1. MARCO NORMATIVO G2. OBJETIVOS. G3. CRITERIOS H. EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL H1. LOS OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO EN RELACIÓN CON LA ORIENTACIÓN Y LA ACCIÓN TUTORIAL. H2. PROGRAMA GENERAL DE ACTIVIDADES DE TUTORÍA I. EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS, DE ACUERDO CON LO QUE SE ESTABLEZCA POR ORDEN DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN I1. MARCO NORMATIVO: I2. COMPROMISIOS DE CONVIVENCIA: J. EL PLAN DE CONVIVENCIA A DESARROLLAR PARA PREVENIR LA APARICIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y FACILITAR UN Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
  • 5.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” ADECUADO CLIMA ESCOLAR, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 22 1.- Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro. 2.- Objetivos del Plan para la Promoción de la Convivencia. 3.- Normas de Convivencia. 4.- Comisión de convivencia: composición, funciones, plan de reuniones y Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad. 5.- Medidas a aplicar en el centro para prevenir, detectar, regular y resolver los conflictos que se pudieran plantear para promover la convivencia en el centro. 6.- Delegados/as del alumnado. 7.- Delegados/as de padres/madres. 8.- Necesidades de formación de la comunidad educativa. 9.- Registro de incidencias en materia de convivencia. 10.- Mediación en la resolución de conflictos. 11.- Protocolos de actuación 12.- Comunicación y cooperación educativa entre familias y profesorado 13.- Compromisos educativos y de convivencia 14.- Procedimiento para la suscripción de los compromisos educativos y de convivencia. 15.- Actividades formativas y de extensión cultural. 16.- Acuerdos para la atención del alumnado afectado por la medida disciplinaria de suspensión del derecho de asistencia al centro. 17.- Estrategias y procedimientos par realizar la difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia. 18.- Medidas para resolver conflictos. K. EL PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO K1. MARCO NORMATIVO K2. INTRODUCCIÓN K3. MODALIDADES DE FORMACIÓN K4. CONTENIDOS PREFERENTES DE LA FORMACIÓN K5. EVALUACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN K6. ACTUACIONES EN RELACIÓN AL PLAN DE FORMACIÓN L. LOS CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR, ASÍ COMO LOS OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR L1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS L2. CRITERIOS PARA REALIZAR HORARIOS DE LOS REFUERZOS PEDAGÓGICOS L3. CRITERIOS PARA REALIZAR LOS HORARIOS DE PT Y AL: M. LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA M1. INTRODUCCIÓN M2. OBJETIVOS: M3. ÁMBITOS EVALUABLES REFERENTES A: M4. INDICADORES DE CALIDAD: M5. RESULTADOS: M6. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN M7. MEMORIA Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
  • 6.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” N. LOS CRITERIOS PARA ESTABLECER LOS AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO Y LA ASIGNACIÓN DE LAS TUTORÍAS, DE ACUERDO CON LAS LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA DEL CENTRO Y ORIENTADOS A FAVORECER EL ÉXITO ESCOLAR DEL ALUMNADO…………………….. N1.CRITERIOS GENERALES PARA LOS AGRUPAMIENTOS: N2. CRITERIOS GENERALES PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y ENSEÑANZAS: Ñ. LOS CRITERIOS GENERALES PARA ELABORAR LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS DE CADA UNA DE LAS ÁREAS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA Y DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Y LAS PROPUESTAS PEDAGÓGICAS DE LA EDUCACIÓN INFANTIL Ñ1. MARCO NORMATIVO Ñ2. CRITERIOS GENERALES Ñ3.CADA PROPUESTA DIDÁCTICA DEBE REFLEJAR LOS SIGUIENTES ELEMENTOS: Ñ4. TAREAS TIPO O. LOS PLANES ESTRATÉGICOS QUE, EN SU CASO, SE DESARROLLEN EN EL CENTRO O1. PROPUESTA DE DESARROLLO DE LA ESCUELA TIC 2.0 EN EL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO 02. PLAN DE APERTURA DE CENTROS El proyecto educativo. INTRODUCCIÓN 1. El proyecto educativo constituye las señas de identidad del centro docente y expresa la educación que desea. Se va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elemento dinamizador de la zona donde está ubicado. 2. El proyecto educativo definirá los objetivos particulares que el centro se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, acerca de los principios que orientan cada una de las etapas educativas que se imparten en el mismo y las correspondientes prescripciones acerca del currículo. 3. En la elaboración del proyecto educativo podrán realizar sugerencias y aportaciones el profesorado, el personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria y las asociaciones de padres y madres del alumnado. MARCO NORMATIVO  LOE LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE 4-5-2006)  LEA LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA 26-12-2007)  REAL DECRETO 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
  • 7.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” mínimas de la educación primaria. (BOE 8-12-2006)  DECRETO 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía. (BOJA 8-8-2007)  ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la EducaciónPrimaria en Andalucía. (BOJA 30-8-2007)  ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-8-2007)  ORDEN de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía. (BOJA 22-8-09)  REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil. (BOE 4-1-2007)  DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 19-8-2008)  ORDEN de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 26-8-2008)  ORDEN de 29-12-2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-1-2009)  DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial (BOJA 16-07-2010).  ORDEN de 20-08-2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010).  ORDEN de 3-08-2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario (BOJA 12-08-2010).  ORDEN de 10-5-2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos. (BOJA 25-5-2006).  ORDEN de 16 de abril de 2008, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y registro del Plan de Autoprotección de todos los centros docentes públicos de Andalucía. (BOJA 8-5-2008).  INSTRUCCIONES de 22 de junio de 2011 de la DGOEE sobre la organización y funcionamiento, durante el curso 2011-2012, de las bibliotecas escolares en centros públicos que imparten Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.  ORDEN de 27-4-2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos. (BOJA 13-5-2005)  INSTRUCCIONES de 2-06-2011, de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa, sobre el programa de gratuidad de los libros de texto para el curso escolar 2010/2011.  ORDEN de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
  • 8.
    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas (BOJA 07-07-2011). A. Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar. Como fuentes principales para seleccionar estos objetivos hemos tenido en cuenta: a) Los marcados en las propuestas de mejora como resultado de las Pruebas de Diagnóstico. b) Los marcados tras el análisis de resultados de las evaluaciones finales del alumnado. c) Los seleccionados en el Programa de Calidad y Mejora . A1.LOS OBJETIVOS DE MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR.  Concienciar a las familias de la importancia de la educación de sus hijos/as.  Incrementar el porcentaje del alumnado que presenta un desarrollo adecuado de las distintas competencias básicas.  Incrementar el porcentaje de alumnado de Primaria con las áreas/materias instrumentales aprobadas.  Disminuir el número de alumnos y alumnas con bajo nivel de adquisición de las competencias básicas  Mejorar el porcentaje de compromisos educativo y de convivencia establecidos con las familias.  Concienciar a la comunidad educativa para el buen uso de las Tics en la mejora de los rendimientos escolares.  Conseguir el mayor grado de coordinación entre niveles, ciclos y etapas y fomentar el trabajo cooperativo entre el profesorado.  Mejorar la atención al alumnado con altas capacidades y sobredotación intelectual.  Priorizar el desarrollo de la competencia lingüística y con especial atención a la comprensión lectora y la expresión escrita.  Potenciar el uso de la biblioteca escolar. A2. PROPUESTA DE MEJORA RESULTANTES DE LA MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN  Revisar de forma sistemática, a la finalización de cada evaluación, los resultados obtenidos, elevando propuestas si se consideran necesarias ( medidas de refuerzo, metodología..).  Informar a la comunidad escolar acerca de las secuencias y/o agrupaciones de contenidos que establecen los logros a alcanzar en cada ciclo de forma que sean conocidos por todos.  Involucrar a las familias en el seguimiento del Plan de lectura del Centro  Dar a conocer a los padres/madres del alumnado de forma sistemática y clara los criterios de evaluación y promoción.  Establer un grupo flexible en 6º de primaria que haga avanzar al alumnado con problemas de aprendizaje o desfases curriculares y permitirles alcanzar los objetivos mínimos del ciclo al acabar el mismo, informando periodicamente a las familias de su evolución.  Establecer más compromisos educativos con las familias para el refuerzo de las áreas instrumentales básicas  Dar mayor difusión en la comunidad educativa al Plan de coinvivencia del Centro y establecer mayor número de compromisos de convivencia con las familias. A.3. OBJETIVOS SELECCIONADOS EN EL PROGRAMA DE CALIDAD Y Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” MEJORA  Disminuir el porcentaje de alumnado de segundo curso de primaria que la prueba de ESCALA obtiene los niveles 1 o 2 en las competencias básicas  Aumentar el porcentaje de alumnado de segundo curso de primaria que la prueba de ESCALA obtiene los niveles 5 o 6 en las competencias básicas  Aumentar el porcentaje de alumnado que en las PED alcanza los niveles 5 y 6.  Disminuir el porcentaje de alumnado que en las PED obtine los niveles 1 o 2.  Aumentar el grado de satisfacción de las familias con el Centro, tanto en relación al rendimiento escolar como con los planes, programas y actuaciones desarrolladas por el mismo.  Aumentar el grado de consecución se los objetivos establecidos en cada uno de los proyectos y actuaciones B. Líneas generales de actuación pedagógica. INTRODUCCIÓN El Artículo 4 de la LEA dice textualmente que el sistema educativo andaluz, guiado por la Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como por los principios del sistema educativo español establecidos en el artículo 1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se fundamenta en los siguientes principios: a) Formación integral del alumnado en sus dimensiones individual y social que posibilite el ejercicio de la ciudadanía, la comprensión del mundo y de la cultura y la participación en el desarrollo de la sociedad del conocimiento. b) Equidad del sistema educativo. c) Mejora permanente del sistema educativo, potenciando su innovación y modernización y la evaluación de todos los elementos que lo integran. d) Respeto en el trato al alumnado, a su idiosincrasia y a la diversidad de sus capacidades e intereses. e) Promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en los ámbitos y prácticas del sistema educativo. f) Convivencia como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y del profesorado, y respeto a la diversidad mediante el conocimiento mutuo, garantizándose que no se produzca segregación del alumnado por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o situación económica y social. g) Reconocimiento del pluralismo y de la diversidad cultural existente en la sociedad actual, como factor de cohesión que puede contribuir al enriquecimiento personal, intelectual y emocional y a la inclusión social. h) Autonomía, participación, responsabilidad y control social e institucional, como elementos determinantes del funcionamiento y la gestión de los centros docentes. B1.Los principios generales de actuación pedagógica adoptados por nuestro centro son los siguientes:  Pedagogía activa, es decir, que el alumnado sea protagonista de sus propios aprendizajes.  Desarrollo de las competencias básicas. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  Medidas educativas que compensen las deficiencias.  Evaluación inicial para partir del nivel del alumnado.  Motivación del alumnado, organizando la tarea educativa mediante distintos agrupamientos y fomentando la cooperación.  Desarrollo de la tolerancia y aceptación de la diversidad.  Fomento del diálogo y de la expresión oral como medios de comunicación hacia el respeto de todos los componentes de la comunidad educativa.  Participación activa utilizando los recursos tecnológicos y la biblioteca del centro. B2. Orientaciones metodológicas que darán forma a las Programaciones Didácticas:  Priorizar la reflexión y el pensamiento crítico del alumnado.  Propuesta de diferentes situaciones de aprendizaje que pongan en marcha en el alumnado procesos cognitivos variados.  Contextualización de los aprendizajes. Los objetivos y contenidos deben trabajarse de manera contextualizada y a través de metodologías que los conecten con la realidad.  Utilización de diferentes estrategias metodológicas, con especial relevancia del trabajo a partir de situaciones-problema.  Alternancia de diferentes tipos de actuaciones, actividades y situaciones de aprendizaje, teniendo en cuenta las motivaciones e intereses del alumnado.  Potenciación de la lectura, la escritura y el tratamiento de la información como estrategia de aprendizaje.  Potenciación del cálculo y la resolución de problemas como elementos básicos para desarrollar la competencia matemática.  Fomento del conocimiento que tiene el alumnado sobre su propio aprendizaje.  Fomento de un clima escolar de aceptación mutua y cooperación.  Búsqueda, selección y elaboración de materiales curriculares diversos.  Coordinación metodológica y didáctica de los equipos docentes.  Diversificación de las situaciones e instrumentos de evaluación y potenciación de su carácter formativo. C.Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial. MARCO NORMATIVO Ed. Primaria: Anexo II del R/D 1513/2006 + Art. 3 y Anexo I de la Orden de 10-8-07 (Currículo en Andalucía). - Ed. Infantil: Anexo del R/D 1630/2006 + Art. 3 y Anexo de la Orden de 5-8-07 (Currículo en Andalucía). - Educación en valores: Art. 39 de la LEA y Art. 5.4 del Decreto 230/2007 C1. PROCEDIMIENTOS DE COORDINACIÓN PARA REALIZAR LA CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES La concreción de los contenidos curriculares (objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” pedagógicos y criterios de evaluación), aún cuando forme parte de este apartado c) del proyecto educativo, para hacer más operativo y funcional y tener una visión más coherente estará incluido en las “Proyectos curriculares de ciclo”, “Programaciones didácticas” y en “Propuestas Pedagógicas” C2. PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR TRANSVERSALMENTE LA EDUCACIÓN EN VALORES A LAS DIFERENTES ÁREAS La LEA su Artículo 39 trata la Educación en valores y especifica que el desarrollo de la vida de los centros y el currículo tomarán en consideración como elementos transversales el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática. Con objeto de favorecer la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, el currículo contribuirá a la superación de las desigualdades por razón del género. Tamién contemplará la presencia de contenidos y actividades que promuevan la práctica real y efectiva de la igualdad, la adquisición de hábitos de vida saludable y deportiva y la capacitación para decidir entre las opciones que favorezcan un adecuado bienestar físico, mental y social para sí y para los demás. Igualmente, el currículo incluirá aspectos de educación vial, de educación para el consumo, de salud laboral, de respeto a la interculturalidad, a la diversidad, al medio ambiente y para la utilización responsable del tiempo libre y del ocio. La misma LEA en su artículo 40 hace referencia a la Cultura andaluza y dice que el currículo deberá contemplar la presencia de contenidos y de actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía, como el flamenco, para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco de la cultura española y universal. INCORPORACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN VALORES EN EL CENTRO En educación infantil, dado su carácter globalizador, los temas transversales se trabajan diariamente a través de los hábitos, las rutinas, las normas, etc. En educación primaria los temas transversales estarán incardinados en las distintas programaciones didácticas. Además en Centro trabaja diversos planes y programas espacíficos para el tratamiento de estos. En concreto son: • La Educación Moral, Cívica y para la Paz se trabajará siempre en todas las áreas y especialmente cuando surja un comportamiento que lo requiera. • Educación vial. Se trabaja en programas que oferta la Policia Municipal y la Consejería a través del programa MIRA • La Educación para la salud se trabaja a través de algunos programas específicos como el de “Consumo de frutas”, “Alimentación saludable” y “Aprende a sonreir” • Coeducación. Está presente durante todo el horario, en todas las áreas, en los escritos del centro y sobre todo en las actitudes diarias. Se coordina desde el Plan de Coeducación del Centro • Educación Ambiental. Se trabaja en unidades específicas de conocimiento del medio , en la participación en programas de educación ambiental de la Consejería de Educación como “Educación ambiental en la red de jardines botánicos” y “Estancias en centros de educación ambiental” • Educación para el consumidor. • La Educación sexual También hemos de mencionar la cultura andaluza, que estará presente en las diferentes áreas a lo largo de la Educación Primaria y en los diferentes ámbitos de conocimiento en la etapa de Educación Infantil. El Centro dedica unidades didácticas especiales sobre la misma en fechas próximas al Día de Andalucía. d. Los criterios pedagógicos para la determinación del horario Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” de dedicación de las personas responsables de los órganos de coordinación docente, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación. D1. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE La Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de estos centros, en el artículo 15.2 establece el número total de horas lectivas semanales asignadas a cada centro para la realización de las funciones de coordinación de los equipos de ciclo y de orientación que será de 2 horas por cada equipo de ciclo y 1 hora por el equipo de orientación. Como criterio fundamental para establecer las horas de reducción horaria de los coordinadores de los dintintos ciclos se ha tenido en cuenta que, además de no coincididan las mismas, que en el cómputo general de los horarios del profesorado exista siempre en todos los tramos horarios al menos un profesor que pueda realizar una sustitución en caso de necesidad. D2.CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA ORGANIZAR LOS HORARIOS DE PRIMARIA. · La organización del horario para los alumnos garantizará la dedicación de los tiempos mínimos que establece la legislación vigente para cada una de las áreas de aprendizaje del currículo. · El horario de Religión se establece en todos los niveles de Ed. Primaria con 2 sesiones en los primeros cursos de cada uno de los ciclos (1º, 3º y 5º) y de una sesión en el resto de cursos (2º, 4º y 6º). En Ed. Infantil se dará 1 hora · El horario de Inglés tendrá una 1 hora en Infantil 5 años y dos horas en cada unos de los cursos de la etapa Primaria. - Para el resto de áreas de Primaria se tendrá en cuenta lo señalado en el ANEXO II del Decreto 230/2007 de 31 de julio, en el cual se establecen las horas semanales de cada una. · El profesor tutor será el profesor con mayor número de horas impartidas en la tutoría. · Dentro del horario semanal asignado a área de Lengua Castellana y Literatura, se dedicará una hora semanal para el Fomento de la lectura y desarrollo de la Comprensión Lectora, según las Instrucciones de 30 de junio de 2011 sobre el tratamiento de la lectura durante el curso 2011/2012. Como criterios generales para el tratamiento de la lectura se establece que:  Las diferentes programaciones didácticas de primaria y en las propuestas pedagógicas de infantil, cada tutor/a haga constar las actuaciones que lleva a cabo en este sentido. En ellas se incluirán actividades en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma oral.  En el segundo ciclo de Educación Infantil se contemplará una aproximación a la lectoescritura cuyo tratamiento quedará recogido en la propuesta pedagógica .  Las actividades de lectura que se programen deberán potenciar la lectura comprensiva en torno a lo leido, así como la presentación oral y escrita de trabajos.  Se procurará el uso de diferentes tipos de textos, tanto literarios, periodístico, divulgativos o científico, adecuados a la edad del alumnado. · El horario regular está organizado en 5 tramos horarios, 4 de una hora y uno de media hora, los Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” cuales facilitan una mejor distribución horaria de las diferentes áreas, así como ayuda a mantener la atención de los alumnos/as. Se procura que las áreas instrumentales básicas se impartan preferentemente en los primeros tramos horarios. · El horario de los profesores de apoyo y refuerzo, PT Y AL responden en su elaboración a las necesidades del alumnado del Centro D3. HORARIO DE DEDICACIÓN DE LOS COORDINADORES DE OTROS PLANES Y PROYECTOS El horario de dedicación a la coordinación de los Planes estratégicos según señala la Orden de 3 de septiembre de 2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas estratégicos que desarrolla la CONSEJERÍA competente en materia de educación, está en función del número de unidades que tiene asignadas el centro, con posibilidad de ampliar el número de horas de dedicación, en función de las disponibilidades de personal docente y de las necesidades del Centro educativo. Entre los planes estratégicos cabe destacar:  Plan escuela TIC 2.O En los colegios de educación primaria y en los colegios de educación infantil y primaria que desarrollen el Plan Escuela TIC 2.0, el profesorado responsable dedicará semanalmente a la coordinación de dicho Plan el número de horas lectivas que a continuación se especifica: De dieciocho a veintiséis unidades: 3 horas  Plan de apertura de centros En las escuelas infantiles de segundo ciclo, en los colegios de educación primaria, en los colegios de educación infantil y primaria y en los centros públicos específicos de educación especial que desarrollen el Plan de apertura de centros docentes, el profesorado responsable dedicará semanalmente a la coordinación de dicho Plan el número de horas lectivas que a continuación se especifica: De dieciocho o más unidades: 5 horas.  Plan lectura y bibliotecas: 2 horas  El Plan autoprotección y PRL. y el Plan de igualdad entre hombres y mujeres en la Educación tendrán el tramo horario del recreo para desempeñar sus funciones D4.CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE COORDINADORES 1. Para la asignación de la coordinación o responsabilidad en un ciclo, plan, proyecto o programa educativo, tanto de los considerados “estratégicos” por parte de la CEJA, como los que puedan existir específicamente en el centro, así como los puestos de convocatorias anuales específicas (acompañamiento, etc.), regirán los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad. 2. Al comenzar el curso escolar, el profesorado con destino en el centro informará a la Directora de su disponibilidad para ocupar la coordinación de ciclo, plan o proyecto que desarrolla el Centro, reflejando las actividades de formación, la experiencia en cargos, coordinaciones y responsabilidades que cada docente quiera destacar, así como sus intereses y expectativas. 3. La dirección, oído el Claustro de Profesorado, formulará propuesta de nombramiento de los coordinadores/as de ciclo, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro, salvo que por las características de la plantilla no exista profesorado definitivo disponible. En el nombramiento de los coordinadores de ciclo se procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres. 4. Para las coordinaciones de ciclos, programas y proyectos se tendrán en cuenta la formación Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” acreditada para los mismos así como la experiencia anterior. Igualmente el equipo directivo tendrá en consideración el compromiso y la implicación que cada maestra/o está dispuesto a asumir en la responsabilidad del ciclo, proyecto o programa. 5. En el caso de profesorado que ha tenido destino en el colegio en cursos anteriores, el equipo directivo considerará la trayectoria anterior en el centro y el conocimiento de su labor. E. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO. E1. EDUCACIÓN INFANTIL La evaluación en educación infantil según la ORDEN de 29 de diciembre de 2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía pretende señalar el grado en que se van desarrollando las diferentes capacidades, así como orientar las medidas de refuerzo o adaptaciones curriculares necesarias. La evaluación tiene en esta etapa una evidente función formativa, sin carácter de promoción, ni de calificación del alumnado.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, la evaluación en esta etapa será global, continua y formativa, y tendrá como referente los objetivos establecidos para la misma.La evaluación en esta etapa servirá para detectar, analizar y valorar los procesos de desarrollo del alumnado así como sus aprendizajes, siempre en función de las características personales de cada uno. A estos efectos, los criterios de evaluación se utilizarán como referente para la identificación de las posibilidades y dificultades de cada alumno o alumna y para observar su proceso de desarrollo y los aprendizajes adquiridos. La evaluación del aprendizaje del alumnado corresponderá a la persona que ejerza la tutoría, que recogerá, en su caso, la información proporcionada por otros profesionales que puedan incidir en el grupo o atiendan a algún alumno o alumna en particular. Dicha evaluación se realizará preferentemente a través de la observación continua y sistemática del alumnado y de las entrevistas con la familia. La valoración del proceso de aprendizaje se expresará en términos cualitativos, recogiéndose los progresos efectuados por el alumnado y, en su caso, las medidas de refuerzo y adaptación llevadas a cabo. Criterios de valoración de los procesos de aprendizaje Conocimiento de sí mismo y autonomía personal.  Conocimiento progresivo que los niños y niñas tengan de su esquema corporal y el progresivo control de su cuerpo, manifestando confianza en sus posibilidades.  Formación de una imagen personal ajustada y positiva  Respeto y aceptación por las características de los demás, sin discriminaciones de ningún tipo, y actitudes de ayuda y colaboración.  Participación en juegos, mostrando destrezas motoras y habilidades manipulativas, y regulando la expresión de sentimientos y emociones  Realización autónoma y la iniciativa en actividades habituales para satisfacer necesidades básicas, consolidando hábitos de cuidado personal, higiene, salud y bienestar. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Conocimiento del entorno.  Capacidad de discriminar objetos y elementos del entorno inmediato, su actuación sobre ellos y el establecimiento de relaciones: agrupar, clasificar y ordenar elementos y colecciones según semejanzas y diferencias.  Discriminar y comparar algunas magnitudes y cuantificar colecciones mediante el uso de la serie numérica.  Se tendrá en cuenta si los niños y niñas muestran interés por el medio natural, identifican y nombran algunos elementos, establece relaciones de interdependencia, manifiestan actitudes de cuidado y respeto hacia la naturaleza, y participa en actividades para conservarla.  Conocimiento de los grupos sociales más significativos de su entorno y algunas características de su organización, así como el conocimiento algunos servicios comunitarios, la comprensión de elementos y manifestaciones culturales y el respeto a la pluralidad cultural  Integración y vinculación afectiva a los grupos más cercanos, la adecuación de su conducta a los valores y normas de convivencia, y la capacidad que muestren para el análisis de situaciones conflictivas y las competencias generadas en el tratamiento y resolución pacífica de éstas. Lenguajes: Comunicación y representación.  Desarrollo del lenguaje oral ha de ir encaminada a la observación de la capacidad de expresarse y comunicarse oralmente, con claridad y corrección suficientes, en situaciones diversas y con diferentes propósitos o intenciones  Interés y gusto por la utilización creativa de la expresión oral, la utilización en la regulación de la propia conducta y del grupo, para relatar vivencias, comunicar sus estados de ánimo y emociones, etc.  Capacidad para escuchar y comprender mensajes, relatos, producciones literarias, descripciones, explicaciones e informaciones y todo aquello que le permita participar en la vida social en diferentes contextos.  Respeto a los demás, a diferentes puntos de vista y argumentos, la atención a lo que dicen y el uso de las convenciones sociales en conversaciones así como la aceptación de las diferencias también se evaluarán en esta etapa.  Respecto a la evaluación del lenguaje escrito se considerará el interés que muestran por los textos escritos presentes en el aula y el entorno, iniciándose en su uso, en la compresión de sus finalidades y en el conocimiento de algunas características del código escrito, así como la participación en las situaciones de lectura y escritura que se producen en el aula y otros contextos sociales.  Observación del desarrollo de habilidades expresivas y el interés mostrado por explorar las posibilidades expresivas de diversos medios, materiales y técnicas propios de los lenguajes musical, audiovisual, plástico y corporal. E2. EDUCACIÓN PRIMARIA NORMATIVA La evaluación del alumnado en la Educación Primaria aparece regulada en el Decreto 230 /2007, de Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 31 de julio por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a esta etapa en Andalucía, en la Orden de 10 de agosto de 2007 por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en las Instrucciones de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se complementa la normativa sobre evaluación del alumnado en la Educación Primaria. NORMAS GENERALES DE LA EVALUACIÓN La ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en su Artículo 2 establece las normas generales de ordenación de la evaluación. 1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y global, tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas del currículo y se llevará a cabo teniendo en cuenta los diferentes elementos del mismo. 2. La evaluación será global en cuanto que se referirá a las competencias básicas y a los objetivos generales de la etapa y tendrá como referente el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo, las características propias del mismo y el contexto sociocultural del centro docente. 3. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje. 4. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permita mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa. 5. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal. En todo caso, los criterios de evaluación de las áreas serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas, asícomo el de consecución de los objetivos. 6. .Los centros docentes harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada área que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y para la promoción del alumnado. 7. Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar al maestro tutor o maestra tutora aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas. 8. Los criterios de evaluación comunes deben permitir valorar las competencias básicas alcanzadas, el grado de consecución de los objetivos generales de la etapa, así como las posibilidades de progreso del alumnado con objeto de facilitar al equipo docente la toma de decisiones en la promoción y la adopción de medidas de refuerzo en materias instrumentales básicas o de adaptación curricular. CRITERIOS DE PROMOCIÓN SEGÚN LA ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2007.  Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” docente, de forma colegiada, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo ciclo o etapa siguiente. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del profesor o profesora tutor/a.  El alumnado promocionará al ciclo o etapa siguiente siempre que el equipo docente considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas, la consecución de los objetivos generales de la etapa y a sus posibilidades de progreso  Asimismo promocionará siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa.  Cuando no se cumplan las condiciones señaladas anteriormente, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación.  De conformidad con lo recogido en el artículo 16.1 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.  De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.  Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada alumno o alumna dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas. Dicho informe será elaborado por el equipo docente, de acuerdo con lo que, a tales efectos, establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. SESIONES DE EVALUACIÓN 1. La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por el maestro tutor o maestra tutora para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora. 2. A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, sin perjuicio de lo que, a estos efectos, los centros docentes puedan recoger en sus respectivos proyectos educativos. 3. El tutor o tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación. 4. Los resultados de la evaluación de cada área se expresarán en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. 5. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales, de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en el Decreto 230/2007, de 31 de julio, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS. 1. La participación de las familias en el proceso de evaluación viene legislado en el artículo 9 de la ORDEN de 10 de agosto de 2007, el cual expresa que con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, los tutores y tutoras, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. 2. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente. 3. Al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres, madres o tutores legales del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo. 4. Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o tutores legales acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación correspondientes. 5. Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, los maestros y maestras informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas. 6. Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre a evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto educativo. Dicho procedimiento deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus familias contemplados en la normativa en vigor, y los criterios de evaluación y promoción establecidos en el proyecto educativo del centro. CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL PRIMER CICLO LENGUA:  Conseguir leer comprensivamente con la entonación adecuada sencillos textos.  Utilizar letra legible  Componer frases con sentido de hasta seis palabras  Escribir sin juntar palabras  Partir las palabras adecuadamente por medio del guión  Utilizar correctamente la mayúscula, el punto y la coma  Lograr escribir correctamente al dictado MATEMÁTICAS  Conocer, leer y escribir los números hasta el 999  Ordenar, seriar, comparar, descomponer y componer números (centenas, decenas y Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  unidades).  Conseguir sumar y restar con y sin llevada.  Conocer las unidades de longitud, de peso y de capacidad  Saber estimar el tiempo (saber que es una hora, un día, una semana y un mes)  Distinguir los billetes y monedas de Euro  Identificar las principales líneas (recta y curva) y las figuras planas (triángulo, cuadrado y  círculo). INGLÉS  Participa en interaciones orales muy dirigidas sobre temas conocidos en situaciones de comunicación fácilmente predecibles: responde a peticiones e instrucciones sencillas interactúa en situaciones cercanas y rutinarias: saludos, despedidas,rutinas de clase.  Da informaciones sencillas sobre sí mismo y su entorno más cercano.  Capta la idea global e identifica algunos elementos específicos de un mensaje oral con apoyo gestual y mímico  Lee e identifica palabras y frases sencillas conocidas previamente de forma oral a través de todo tipo de actividades y apoyándose en elementos visuales.  Escribe palabras, expresiones conocidas y frases sencillas partiendo de la observación de un modelo.  Reconoce y reproduce aspectos sonoros de ritmo y entonación a partir de modelos en contextos comunicativos habituales.  Utiliza estrategias básicas para aprender a aprender: pide ayuda, acompaña la comunicación oral con gestos, utiliza diccionarios visuales, …  Participa, se esfuerza y muestra interés en aprender Inglés ÁREA DE CONOCIMIENTO DEL MEDIO NATURAL, SOCIAL Y CULTURAL  Conoce su cuerpo y tiene conocimiento de los sentidos y sus funciones.  Manifiesta la adquisición de hábitos de salud y cuidado corporal.  Participa en la conservación y mejora del entorno.  Reconoce algunas de las actuaciones humanas más visibles del entorno y los efectos positivos y negativos.  Ordena cronológicamente hechos relevantes de su vida utilizando las unidades básicas de tiempo: hora, día, mes y año.  Reconoce los elementos principales del paisaje de su comunidad autónoma.  Diferencia peces, anfibios, reptiles, insectos y mamíferos, conociendo las características principales de estos.  Distingue las diferentes partes de una planta.  Reconoce las funciones básicas que identifican a los seres vivos.  Describe los trabajos de las personas de su entorno y relaciona el nombre de algunas actividades con el tipo de trabajo que realizan. CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL SEGUNDO CICLO LENGUA:  Lee en voz alta con la fluidez, la entonación y el ritmo adecuado  Comprende textos orales y escritos  Expresa opiniones personales sobre el contenido de textos orales y escritos  Presenta las expresiones escritas y cualquier otro tipo de ejercicio de carácter personal con orden, limpieza y claridad  Escribe correctamente las palabras del vocabulario básico Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  Utiliza de forma adecuada las reglas ortográficas básicas  Reconoce estructuras gramaticales sencillas MATEMÁTICAS  Resuelve problemas sencillos aplicando las operaciones de Cálculo necesarias y utilizando  estrategias personales de resolución  Razona las soluciones dadas o halladas a las diferentes situaciones problemáticas planteadas  Lee, escribe y ordena números hasta las centenas de millar. Interpreta el orden de magnitud de cada dígito del número y utiliza los números para cuantificar de manera exacta o aproximada, contando o estimando  Realiza mediciones diversas y hace estimaciones de longitud, de capacidad, de masa y de superficie. INGLÉS  Participa en interacciones orales reales o simuladas: pide permiso, localiza objetos o personas, habla sobre el tiempo o sobre gustos y habilidades, participa en situaciones cotidianas: rutina, hábitos, lenguaje del aula, …  Capta el sentido global de un texto oral apoyándose en elementos lingüísticos y no lingüísticos  Reconoce y extrae palabras y expresiones conocidas de un texto más extenso aunque no se comprenda en su totalidad.  Lee diferentes tipos de textos comunicativos con vocabulario y expresiones conocidas y extrae la información global.  Utiliza elementos lingüísticos y no lingüísticos para extraer información específica de un texto.  Escribe frases de al menos 5 palabras y textos sencillos de 4 ó 5 frases basados en modelos  Reconoce y reproduce estructuras y aspectos sonoros del Inglés: ritmo, acentuación y entonación siempre a partir de modelos.  Usa estrategias básicas de aprendizaje como recursos visuales, petición de ayuda, valoración de su trabajo, …  Identifica diferencias y similitudes de aspectos socioculturales y de la vida cotidiana entre los países de habla inglesa y el suyo propio. ÁREA DE CONOCIMIENTO DEL MEDIO NATURAL, SOCIAL Y CULTURAL:  Practica hábitos de higiene y de alimentación.  Conoce su cuerpo, las funciones vitales que realizamos los seres humanos y los órganos y aparatos que intervienen en ellas.  Localiza en el mapa su localidad, comunidad autónoma y su país.  Clasifica animales y plantas según sus características.  Reconoce algunas propiedades de los materiales, los clasifica y entiende la utilidad de cada uno en función de esas propiedades.  Utiliza convenientemente las nociones espaciales para reconocer y representar, en planos sencillos, los lugares y objetos más significativos de la localidad y de la comunidad autónoma.  Maneja conceptos sobre población :natalidad ,mortalidad,…sectores económicos….  Conoce la organización de nuestra comunidad autónoma y también nuestra cultura y tradiciones..  Sitúa nuestro planeta en el Universo, entiende los movimientos de la Tierra y sus consecuencias y los cambios que se producen en ella.  Entiende el paso del tiempo y la evolución de nuestra sociedad a través de algunos hechos históricos relevantes. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL TERCER CICLO LENGUA:  Leer con entonación, pronunciación, velocidad y ritmo adecuados  Comprensión de textos sencillos, distinguiendo las ideas fundamentales de las secundarias  Clasificación de las palabras en categorías gramaticales básicas (verbo, adjetivo, y adverbio)  Iniciación al análisis sintáctico: grupo del sujeto y grupo del predicado  Reconoce el núcleo del sujeto y el núcleo del predicado y algunos complementos  Realización de resúmenes sobre un texto  Realización de sencillas narraciones respetando el orden de los acontecimientos, descripciones, cartas, poemas, …, cuidando la ortografía y evitando la repetición de palabras e ideas  Análisis morfológico de oraciones  Aplicación correcta de reglas ortográficas MATEMÁTICAS  Leer, escribir y ordenar números naturales y decimales  Realizar cálculos por escrito y mentales de las operaciones con números naturales y decimales  Resolver problemas sencillos de su entorno  Conocer las unidades de medida estudiar y asociar cada una de ellas con la magnitudque mide y con su valor real.  Expresar medidas de longitud, superficie, masa, capacidad y tiempo, utilizando múltiplos y divisores, y convirtiendo unas unidades en otras.  Clasificar formas y cuerpos geométricos más usuales, utilizar los conceptos de simetría, paralelismo, perpendicularidad, perímetro y superficie para describir y comprender el espacio en el que se mueve.  Resolución de problemas con operaciones sencillas y con varias operaciones combinadas.  Conocer el concepto de potencias y operaciones INGLÉS  Mantiene conversaciones sencillas sobre temas conocidos  Utiliza expresiones y frases para hablar en términos sencillos sobre temas cercanos  Participa en los intercambios orales interesándose por la opinión de los demás.  Comprende expresiones y vocabulario frecuente sobre su entorno, mensajes orales y  conversaciones claras y sencillas.  Lee diferentes textos y extrae las ideas globales  Extrae información explicita de un texto y deduce información no explícita  Utiliza el contexto lingüístico y no lingüístico como estrategia de comprensión escrita.  Produce, a partir de modelos, textos cortos, de al menos 8 frases  Reproduce aspectos sonoros, ritmo, acentuación y entonación en expresiones breves,  conversaciones o lecturas  Utiliza estrategias para aprender a aprender: hace preguntas para obtener información, usa  diccionario, utiliza las tecnologías de la información  Identifica rasgos, costumbres y tradiciones de países de habla inglesa. CONOCIMIENTO DEL MEDIO  Identifique los animales y plantas autóctonos de su paisaje pudiendo clasificarlos según las Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” principales características.  Reconozca los principales órganos del cuerpo y sus funciones  Sea capaz de buscar información acerca de algo en libros de consulta, …  Sepa datos fundamentales de la Comunidad Autónoma, de España y de Europa  Identifique las actividades económicas más importantes de su entorno y conozca los distintos trabajos y su necesidad para la sociedad. F. LA FORMA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO. F1. BASES LEGALES Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (BOE 4-5-2006). LOE Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA 26-12-2007) LEA Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 19-8-2008) Orden de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA 26-8-2008) Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía. (BOJA) Orden de 10-8-2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía. (BOJA 30-8-2007) Orden de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-8-2007) Orden de 16-11-2007, por la que se regula la organización de la orientación y la acción tutorial en los centros públicos que imparten las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. (BOJA 17- 12-2007) Orden de 25-7-2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la Educación Básica. (BOJA 22-8-2008) Decreto 328/2010, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria Instrucciones de 16-1-2007, de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, sobre aplicación del procedimiento para flexibilizar la duración del período de escolaridad obligatoria, del alumnado con necesidades educativas asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual. F2. FINALIDADES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD  Responder a las necesidades educativas concretas del alumnado, a conseguir que alcance el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y a la adquisición de las competencias básicas y de los objetivos del currículo establecidos para la educación primaria y la educación secundaria obligatoria, garantizando así el derecho a la educación Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” que les asiste.  Establecer los mecanismos adecuados y las medidas de apoyo y refuerzo precisas que permitan detectar las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan y superar el retraso escolar que pudiera presentar el alumnado, así como el desarrollo intelectual del alumnado con altas capacidades intelectuales.  Establecer medidas curriculares y organizativas para atender a la diversidad y estas deberán contemplar la inclusión escolar y social, y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que impida al alumnado alcanzar los objetivos de la educación básica y la titulación correspondiente.  Asegurar la coordinación de todos los miembros del equipo docente que atienda al alumno o alumna y, en su caso, o de los equipos de orientación educativa.  Garantizar el acceso y la permanencia en el sistema educativo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, entendiendo por tal el alumnado con necesidades educativas especiales, el que se incorpore deforma tardía al sistema educativo, el que precise de acciones de carácter compensatorio y el que presente altas capacidades intelectuales.  Establecer medidas de detección y atención temprana durante todo el proceso de escolarización, con el objeto de que el alumnado que la requiera alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional F3. ALUMNADO Alumnado desfavorecido socioeconómica y socioculturalmente. Alumnado extranjero, con desconocimiento de la lengua, o con graves carencias en conocimientos básicos por incorporación tardía. Alumnado superdotado intelectualmente. Alumnado con necesidades educativas especiales, asociadas a discapacidad física, psíquica, sensorial, o a graves trastornos de la personalidad o de conducta. Y en general a cualquier alumno que necesite a lo largo de su escolarización una intervención especial, alumno con necesidades especificas de apoyo educativo. F4. DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS CURRICULARES Y ORGANIZATIVAS Atendiendo a la orden de 25 de julio de 2008, por la que se regulara atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía se podrán implementar las siguientes medidas y programas: Medidas a.- Agrupamientos flexibles b.- Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales, c.- Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula, preferentemente para reforzarlos aprendizajes instrumentales básicos en los casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua castellana y literatura y de Matemáticas. d.- Modelo flexible de horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a las Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” necesidades educativas concretas del alumnado. F5. PLANES Y PROGRAMAS  PROGRAMAS DE REFUERZO DE ÁREAS O MATERIAS INSTRUMENTALES BÁSICAS. Los programas de refuerzo son programas de actividades motivadoras que buscan alternativas al programa curricular de las materias instrumentales. Dichas actividades deben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural. Entre éstas, se consideran actividades que favorezcan la expresión y comunicación oral y escrita, tales como la realización de teatros, periódicos escolares, así como el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución de problemas cotidianos Estará dirigido a a) El alumnado que no promociona de curso. b) El alumnado que aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias instrumentales del curso anterior. c) Aquellos en quienes se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Matemáticas y Primera lengua extranjera. Dichos programas tendrán las siguientes características: 1.- El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince. El alumnado que supere los déficitsde aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado. 2 . El profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las familias. A tales efectos, y sin perjuicio de otras actuaciones, en las sesiones de evaluación se acordará la información que sobre el proceso personal de aprendizaje seguido se transmitirá al alumnado y sus familias. No obstante lo anterior, los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.  PROGRAMAS DE REFUERZO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS APRENDIZAJES NO ADQUIRIDOS. Dichos programas tendrán las siguientes características 1. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un programa de refuerzo destinado la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. 2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos incluirán el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación. 3. En el caso de áreas y materias no superadas que tengan continuidad en el curso siguiente, el profesorado responsable de estos programas será su tutor o tutora, o los maestros y maestras especialistas, en la etapa de educación primaria .  PLANES ESPECÍFICOS PERSONALIZADOS PARA EL ALUMNADO QUE NO PROMOCIONE DE CURSO. Con las siguientes características: 1. Dirigido al alumnado que no promocione de curso. Este seguirá un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. 2.- Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello Del contenido de estos planes se informará al alumnado y a sus padres y madres o tutores legales al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de incorporación del alumnado a los mismos, de acuerdo con el procedimiento que establezca el centro en su proyecto educativo. Asimismo, los centros, con el objetivo de mejorar el rendimiento del alumnado y los resultados de estos planes y programas, facilitarán la suscripción de compromisos educativos  PROGRAMAS DE ADAPTACIÓN CURRICULAR Características: La adaptación curricular es una medida de modificación de los elementos del currículo, a fin de dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Los programas de adaptación curricular están dirigidos al alumnado de educación primaria o de educación secundaria obligatoria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes: a) Alumnado con necesidades educativas especiales. b) Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo. c) Alumnado con dificultades graves de aprendizaje. d) Alumnado con necesidades de compensación educativa. e) Alumnado con altas capacidades intelectuales. La escolarización del alumnado que sigue programas de adaptación curricular se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza. La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. Cuando presenten graves carencias en la lengua española, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo en educación primaria o de dos o más años en educación secundaria obligatoria, podrán ser escolarizados, respectivamente, en un curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad, en los términos recogidos en el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y en el 20.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio. Tipos de programas de adaptación curricular y apoyos. Las adaptaciones curriculares podrán ser: Adaptaciones curriculares no significativas, cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación. Adaptaciones curriculares significativas, cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación. Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales. Las adaptaciones curriculares podrán contar con apoyo educativo, preferentemente dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo, de acuerdo con los recursos humanos asignados al centro.  ADAPTACIONES CURRICULARES NO SIGNIFICATIVAS. Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas al alumnado que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado, por presentar dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, por encontrarse en situación social desfavorecida o por haberse incorporado tardíamente al sistema educativo. Las adaptaciones curriculares no significativas podrán ser grupales, cuando estén dirigidas a un grupo de alumnado que tenga un nivel de competencia curricular relativamente homogéneo, o individuales. Las adaptaciones curriculares serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo de orientación. En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios. En ningún caso, las adaptaciones curriculares grupales podrán suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado. Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser propuestas, asimismo, por el profesor o profesora del área o materia en la que el alumnado tenga el desfase curricular , que será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.  ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Las adaptaciones curriculares significativas irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, a fin de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo. Las adaptaciones curriculares significativas se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas; la evaluación y la promoción tomarán como referente los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una evaluación psicopedagógica previa, realizada por el equipo de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado. De dicha evaluación se emitirá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados: a) Datos personales y escolares. b) Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta. c) Entorno familiar y social del alumnado. d) Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales. e) Valoración del nivel de competencia curricular. f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado. . El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento del equipos de orientación. Sin perjuicio de su inclusión en el proyecto educativo del centro, las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidos en un documento, que estará disponible en la aplicación informática «Séneca», y que contendrá, al menos, los siguientes apartados: a) Informe de evaluación psicopedagógica b) Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo. c) Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la propuesta curricular. d) Organización de los apoyos educativos. e) Seguimiento y valoración de los progresos realizados por el alumnado, con información al mismo y a la familia. La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y, en su caso, del profesorado de apoyo. Las decisiones sobre la evaluación de las adaptaciones curriculares y la promoción y titulación del alumnado se realizarán de acuerdo a los objetivos fijados en la adaptación curricular significativa y será realizada por el equipo docente, oído el equipo de orientación. De igual manera y en conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 del Decreto Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 231/2007, de 31 de julio, la escolarización de este alumnado en la etapa de educación secundaria obligatoria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más de lo establecido con carácter general, siempre que ello favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y sin menoscabo de lo dispuesto en el artículo 28.6 la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.  ADAPTACIONES CURRICULARES PARA EL ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES. Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales están destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas educativas, contemplando medidas extraordinarias orientadas a ampliar y enriquecer los contenidos del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización. Dichas adaptaciones curriculares requieren una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, en la que se determine la conveniencia o no de la aplicación las mismas. De dicha evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos, los siguientes apartados: a) Datos personales y escolares del alumnado. b) Diagnóstico de la alta capacidad intelectual. c) Entorno familiar y social del alumnado. d) Determinación de las necesidades específicas de apoyo educativo. e) Valoración del nivel de competencia curricular. f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado. Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales establecerán una propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la ampliación y enriquecimiento de los contenidos y las actividades específicas de profundización. La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. De igual manera se podrá solicitad a la delegación y a propuesta de la dirección del centro, previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización de este alumnado: a) Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la educación primaria. b) Reducción de un año de permanencia en la educación primaria. c) Reducción de un año de permanencia en la educación secundaria obligatoria.  ANÁLISIS DE LOS ALUMNOS CON NECESIDADES DE APOYO EDUCATIVO. Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS Y PLANES DE ATENCIÓN Cada curso se realizará un análisis de los resultados de las actas de evaluación del curso anterior y el del programa Séneca , donde observaremos donde se expresaran los alumnos con necesidades especificas de apoyo educativo es decir: Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Alumnado desfavorecido socioeconómica y socioculturalmente. (DES) Alumnado extranjero, con desconocimiento de la lengua, o con graves carencias en conocimientos básicos por incorporación tardía.(DES) Alumnado superdotado intelectualmente.(SOB) Alumnado con necesidades educativas especiales, asociadas a discapacidad física, psíquica, sensorial, o a graves trastornos de la personalidad o de conducta.(DIS) Alumnado con graves problemas de aprendizaje (DIA) Todos estos casos deben de tener informe de evaluación psicopedagógica Además y si no están incluídos en los anteriores se tendrán en cuenta a los siguientes tipos de alumnos:  Los que han repetido de curso.  Los que han pasado con áreas o asignaturas no superadas.  Los alumnos que precisan intervención logopédica. Y en general cualquier otra tipología de alumnado que necesite tenerse en cuenta para dar respuesta educativa especial. F6. ORGANIZACIÓN Y LA COORDINACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES PARA ATENDER A LA DIVERSIDAD.  PROFESORADO ORDINARIO PARA REFUERZOS, APOYOS, Y AGRUPAMIENTOS ESPECÍFICOS POR DESFASES DE CURRÍCULO. APOYO AL CURRICULO Desde principio de curso se organizará los apoyos a los diferentes cursos tanto en infantil como en primaria teniendo en cuenta con los profesionales que se cuente y expresaremos: Profesores y horario de disposición. Profesor de apoyo ordinario: número de horas Profesores tutores con horario de libre disposición: Numero de horas La programación del profesor de apoyo, en unos casos, coincidirá con la del profesor tutor realizando apoyo del mismo currículo que se está llevando en clase, en otros se establecerá por escrito cualquier otro tipo de adaptación o intervención que se separe de la programación general de elementos básicos del currículo. . Pudiendo apoyar a alumnos distintos en distintos tiempos. Este tipo de apoyo se llevara a cabo dentro de clase siempre que sea posible. Con las horas que quedan libres del resto del profesorado se llevará a una distribución horaria, donde exprese alumnos y curso atendidos.  PROFESORADO DE PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE APOYO A LA INTEGRACION 1.- Introducción. La diversidad del alumnado que es atendido en nuestro centro educativo requiere una respuesta educativa diversa, adaptada a las necesidades educativas que cada alumno y alumna Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” presente según sus peculiaridades. El objetivo fundamental que aporta el aula de apoyo a la integración al plan de atención a la diversidad es dar respuesta al alumnado que presente necesidades educativas especiales tanto por discapacidad física, psíquica y/ o sensoriales, por sobredotación, y en general los que presenten necesidades de apoyo educativo es decir, intentar proporcionar una respuesta educativa lo más adecuada posible a las necesidades educativas especiales de los alumnos, asegurando así el principio de normalización e individualización como base del proceso integrador. 2.- Ojetivos generales del aula.  Revisar los expedientes (junto al Orientador) para sacar datos sobre los posibles alumnos nuevos con A.C.I.S.  Valorar la situación inicial del proceso educativo de cada alumno/a, estableciendo la línea base que nos permita elaborar el plan de trabajo.  Diseñar un modelo organizativo, que permita atender a los/as alumnos/as de n.e.e., teniendo en cuenta él numero de horas que debe asistir cada uno y las áreas que se dan en su curso.  Seleccionar y confeccionar el material didáctico especifico que sea necesario.  Favorecer y apoyar la integración de los/as alumnos/as con n.e.e. en el grupo clase, proporcionándoles las adaptaciones necesarias para el progreso de su proceso educativo.  Facilitar las A.C.I.S. realizadas con anterioridad a este curso a los/as tutores/as y profesores/as de alumnos/as con necesidades educativas.  Elaborar con la colaboración de los/as tutores/as, personal docente y Orientador, las Adaptaciones Curriculares Individualizadas para los/as alumnos/as con n.e.e.  Evaluación y seguimiento de las A.C.I.  Colaborar con el Orientador.  Orientar a los/as profesores/as y tutores/as que tengan alumnos/as en régimen de integración.  Concienciar a toda la comunidad escolar (profesores/as, alumnos/as, padres...), de los verdaderos fines del Aula de A.A.I., eliminando los prejuicios e ideas erróneas que pudieran existir sobre ésta.  Concienciar a los padres de la importancia que tiene su colaboración en el correcto proceso educativo de sus hijos.  Conseguir una buena coordinación con las familias de los/as alumnos/as del A.A.I.  Convertir nuestra aula de apoyo a la integración en un aula de recursos y consulta para la atención a la diversidad, que ayude al resto de docentes del centro.  Favorecer un clima de cooperación y comprensión, así como de coeducación, donde no exista la discriminación, en ningún sentido, dando especial atención a los ACNEE para conseguir su plena integración escolar y social. 3. - Evaluación: criterios, estrategias y procedimientos de evaluación y promoción de los/as alumnos/as. Criterios generales: La Ley Orgánica de Educación (LOE) establece, en los artículos 71 y 74, el marco adecuado para que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda alcanzar Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos, y dispone que a final de cada curso se evalúen los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, evaluación que ha de hacerse en función de los objetivos propuestos a partir de la evaluación inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un mayor régimen de integración. La decisión con respecto al qué evaluar implica tres tipos de consideraciones vinculadas a la dimensión temporal de todo proceso educativo:  Evaluación inicial: evaluación de los aprendizajes previos.  Evaluación formativa: avances, bloqueos y retrocesos que se producen durante el proceso de enseñanza y aprendizaje.  Evaluación final: conocimientos y experiencias que pueden haber construido los/as alumnos/as. Los/as alumnos/as trabajarán de acuerdo a su A.C.I. y a la Programación Anual de Centro. El instrumento básico para la evaluación de estos alumnos es la observación directa de su trabajo diario que se recoge en el Diario de Evaluación del profesor. A lo largo del trimestre se realizan algunas pruebas de control para disponer de más datos a la hora de dar una evaluación trimestral. A estos/as alumnos/as también se les dará para la casa el mismo boletín que al resto de los/as alumnos/as de su curso. Junto con el boletín llevan una información detallada del Aula de Apoyo a la Integración. En cuanto a la promoción de estos/as alumnos/as se tendrán en cuenta criterios como:  La evolución de los progresos alcanzados.  La edad del alumno/a.  El grado de integración en el grupo-clase. 4.- Metodología. La metodología que se llevará a cabo será activa, participativa, significativa, diversa y flexible, con el fin último de ofrecer la ayuda pedagógica más adecuada a las características de cada alumno/a en concreto. Partiremos de estos tres principios fundamentales:  Partir de los conocimientos previos de los alumnos/as (aprendizaje significativo), como medio de motivación.  Respetar sus diferentes ritmos de aprendizaje.  Conocer su estilo de aprendizaje, intereses y motivaciones, que será lo que determine la metodología concreta a seguir con cada alumno/a. Conocer estos aspectos de cada niño/a nos permite escoger el camino más rápido para llegar a una meta. Los enfoques y principios didácticos para abordar la intervención educativa deben ser: 14. La globalización e interdisciplinariedad. La práctica de la globalización es compatible con nuestro diseño curricular abierto y flexible. 15. El principio de individualización me obliga a respetar el modo particular de enfrentarse al Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” aprendizaje que tienen los alumnos, sus necesidades y posibilidades, los procesos que utilizan y cual es su propio ritmo. 16. Que los conocimientos sean funcionales para el desarrollo de su vida diaria. 17. Que los nuevos aprendizajes partan de los conocimientos previos. 18. Matizaré más los objetivos procurando un escalonamiento gradual en la consecución de metas. 19. Potenciar la autoestima y la autonomía. 20. Llevar a cabo actividades motivadoras para el alumndo. 21. La flexibilidad es muy importante, ya que la combinación de métodos, técnicas y actividades diferentes resulta fundamental. En todo momento, se contará con todos los recursos técnicos y personales disponibles en el centro, que faciliten el entrenamiento del alumno/a en habilidades de autonomía personal y conductual, muy importante en el aprendizaje de estos alumnos/as. El alumnado recibirá la atención generalmente en el aula ordinaria. 5.- Relación y actividades con alumnos/as. Desde este objetivo y considerando que la atención pedagógica es individualizada, la relación de la profesora con los/as alumnos/as será estrecha y personalizada, desde la que se llegará a un buen conocimiento de los mismos, así como a establecer una relación de empatía positiva con ellos. Hecho que considero de gran importancia para conseguir del alumno una buena aptitud para el aprendizaje. Las actividades a desarrollar con estos/as alumnos/as tienen una finalidad última: conseguir minorizar las dificultades de aprendizaje que presenten cada uno de ellos, para que puedan, posteriormente, seguir el ritmo de su grupo-clase o, en su caso, su propio ritmo de aprendizaje, teniendo siempre presente conseguir el mayor grado de integración y socialización en todas las áreas. Las actividades son variadas y precisas para hacer posible la consecución de los objetivos a través del trabajo con los contenidos. La respuesta de los alumnos en el desarrollo de las actividades será decisiva para lograr el ajuste de nuestras previsiones a la realidad. Por ello es esencial que las actividades planteadas resulten atractivas y motivadoras para el alumnado. 6.- Relación con la familia. La familia es el primer contexto socializador por excelencia. La familia constituye un recurso personal imprescindible desde que hacemos la valoración e identificación de las NEE del alumnado, ya que serán una fuente de información indispensable. Recibirán asesoramiento sobre las dificultades de aprendizaje que presentan sus hijos/as y a la vez formación para que desde casa me ayuden a generalizar los aprendizajes que se llevan a cabo en el aula. La relación que debemos mantener con los padres de nuestros/as alumnos/as ha de ser lo más estrecha posible, con el fin de conseguir: Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 13. La máxima información sobre nuestros/as alumnos/as para que nos faciliten la intervención con ellos. 14. Una estrecha colaboración para desarrollar en casa aquellas recomendaciones que les indiquemos. Por nuestra parte, mantendremos informados a los padres de todos los progresos de nuestros/as alumnos/as. Esta información se les proporcionará en las entrevistas que se mantendrán a lo largo del curso, así como trimestralmente, en los boletines informativos que se elaborarán del Aula de Apoyo. 7.- Relación y actividades con los profesores/as del centro. La relación de debemos mantener, tanto con los profesores-tutores como con los distintos especialistas de nuestros/as alumnos/as, ha de ser de máxima colaboración y de un feedback continuo. Hemos de trabajar de forma conjunta, tanto en la selección y consecución de los objetivos, como en los procedimientos que nos lleven a ellos. Para ello, mantendremos reuniones periódicas que nos ayudarán a evaluar los progresos en el aprendizaje, así como a evaluar el propio proceso de enseñanza. La profesora de Apoyo colaborará en la elaboración de las A.C.I.S con los profesores especialistas de las áreas que tengan que realizarlas. Éstas se realizarán teniendo en cuenta las necesidades educativas especiales, las competencias curriculares y el entorno en el se debe actuar. 8.- Coordinación con tutores, equipos y servicios. La modalidad de apoyo se ha planteado, partiendo de las características de alumnos y alumnas y de las sugerencias de sus tutores y tutoras, teniendo en cuenta las orientaciones del E.O.E.. En este sentido, se lleva a cabo una coordinación estrecha y positiva con el, E.O.E., tutor o tutora, profesora de Audición y Lenguaje colaborando en la realización de actividades, programando conjuntamente, elaborando material, etc Respecto a la organización, me coordino con todos los ciclos, al menos una vez al mes, y sobre todo con los tutores de los alumnos con NEE que acuden al aula de apoyo a la integración , cuya coordinación al ser un centro de una sola línea, nos coordinamos bastante a menudo y tomamos decisiones conjuntas sobre el proceso educativo del alumno. Igualmente y al menos una vez a la quincena el profesor de P.T. se coordina con el E.O.E. Mensualmente se presentará una programación al tutor a desarrollar con cada alumno, para que así éste sepa que se está trabajando en el aula de apoyo a la integración. Las ACIs se desarrollan tanto por el profesor especialista en P.T., el tutor y todos aquellos profesionales implicados en el proceso de enseñanza y aprendizaje de aquellos alumnos que precisen dichas ACIs. Se expresará en el Plan Anual de atención a la diversidad incluido en el PAC, los alumnos atendidos y tipología, las los distintos tipos de intervención previstos (Adaptaciones Curriculares, u otros tipos), donde se intervendrá, que de forma general será dentro del aula ordinaria y el horario semanal del especialista en Pedagogía terapéutica. Dentro de ese apartado expresaremos que un alumno con DIS, visual está atendido a parte de de la profesora de especialista en Pedagogía terapéutica con otra profesora especialista en déficit visual fundamentalmente trabajando las modificaciones de los elementos de acceso al currículo. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 9.- Materiales y recursos. En primer lugar trataré de conseguir que el alumnado utilice los mismos recursos materiales generales que sus compañeros para cumplir el principio de normalización. Parto de la premisa de que los mejores materiales siempre serán los que se usen en clase con carácter general, aunque para estos alumnos/as sean necesarias algunas adaptaciones. En otros casos será precisa la utilización de materiales específicos para dar respuesta a las necesidades más concretas. El alumnado de esta aula no necesita un material muy específico para llevar a cabo nuestros objetivos, sino recursos didácticos muy habituales: − Folios, libretas, lápices, lápices de colores, ceras, gomas, rotuladores, tijeras, pegamento, cuadernillos de actividades, etc. − Muchos de los materiales de trabajo se les entregarán fotocopiados. Además, cuenta con diverso material específico de lectoescritura, de español para extranjeros, libros de texto, de lectura, programas de reeducación logopédica, de estimulación sensorial, puzzles, material de manualidades, construcciones, recursos educativos en CD, etc.  PROFESORADO DE AUDICIÓN Y LENGUAJE: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL AULA DE AUDICIÓN Y LENGUAJE 1.-Líneas generales En Audición y Lenguaje se atiende a alumnos con problemas en el lenguaje oral (que pueden afectar también al lenguaje escrito). Los alumnos atendidos son muy heterogéneos, los casos van desde leves dislalias hasta retrasos del lenguaje ocasionados por distintas razones. Desde el Aula de Audición y Lenguaje se intentará dar respuesta (en la medida de lo posible) a aquellos problemas del lenguaje que surjan a lo largo del curso, interviniendo de manera directa y/o de manera indirecta a través de los padres, tutores o demás especialistas relacionados con el proceso de enseñanza- aprendizaje del alumno/a (especialmente cuando por falta de tiempo no se pueda realizar una adecuada intervención logopédica directa). Las sesiones de Logopedia o Audición y Lenguaje se llevarán a cabo los lunes y viernes de 9 a 14 horas. Dichas sesiones serán individuales o en pequeño grupo (siempre y cuando se disponga del tiempo necesario) y tendrán una duración de 30 minutos. 2.-Objetivos El objetivo fundamental que se propone desde Audición y Lenguaje es: favorecer la comunicación en cualquiera de sus modalidades, ya que el lenguaje es el instrumento básico para la construcción del conocimiento, un elemento imprescindible para el aprendizaje y un medio incuestionable para la integración social y cultural de las personas. Más concretamente, los objetivos de este aula serán:  Mejorar el lenguaje comprensivo y expresivo en sus diferentes facetas: (forma, Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” contenido y uso) trabajando fonética y fonología, morfología, sintaxis, semántica y pragmática.  Desarrollar en los alumnos/as el interés por la comunicación.  Fomentar la autoestima del alumno/a.  Establecer con todo el personal implicado en la educación del alumno/a una comunicación que permita hacer un seguimiento más completo, a la vez que generalizar los logros y dar funcionalidad a los aprendizajes. 3.-Contenidos  Respiración  Soplo  Discriminación auditiva.  Memoria auditiva.  Praxias linguales y bucales  Articulación  Ritmo  Vocabulario comprensivo y expresivo  Morfología  Sintaxis  Uso del lenguaje en diferentes situaciones (Pragmática)  Generalización de lo aprendido 4.- Metodología Las sesiones tendrán un carácter funcional, que parta de los conocimientos que posean los alumnos/as y de las necesidades educativas que presenten. Se intentará que los alumnos/as sepan desenvolverse en su vida diaria a través del lenguaje. Se procurará que las actividades tengan un carácter lúdico (en la medida de lo posible) y que resulten motivadoras para los alumnos/as. El refuerzo de tipo social será muy importante. Se procurará crear un clima de aula de confianza, para que los alumnos se sientan a gusto y en confianza. El refuerzo de la autoestima de los alumnos será primordial en estas clases. Por todo ello, la metodología será activa y globalizadora. 5. Evaluación La evaluación será continua y procesual, y presentará tres momentos:  Evaluación inicial: con pruebas, observación, entrevista a tutores y padres, psicólogo/orientador..etc. de la que se extraerá la información necesaria para la elaboración del Programa de Intervención con cada alumno/a.  Evaluación continua: se irá anotando en hojas de registro apropiadas y en el diario de clase los avances o retrocesos, actitudes, respuestas, manifestaciones del alumno/a, según las sesiones programadas.  Evaluación final: se tendrá en cuenta la evaluación inicial y los resultados obtenidos a lo largo del curso para ver cómo ha evolucionado el alumno/a. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 6.-Coordinación con tutores y padres La familia, como punto de referencia y elemento esencial del entorno del niño/a es, junto con la escuela, la principal responsable del aprendizaje. De esta manera, en el desarrollo del lenguaje no podemos olvidarnos de esto. Así pues, nadie mejor que la propia familia y el entorno social habitual del niño/a para convertirse en un elemento fundamental en el buen desarrollo del lenguaje. 7.-Coordinación con los tutores: Será necesaria para ponerse de acuerdo con respecto a los contenidos que se van a trabajar con los alumnos/as, la metodología a seguir y los materiales más apropiados en cada caso. Además, será en el grupo- clase del alumno/a uno de los lugares por los que se empiece el programa de generalización de lo aprendido en Audición y Lenguaje. Estas entrevistas se harán una vez al mes 8.-Coordinación con la maestra de PT: Será necesario establecer un plan de actuación conjunto para los alumnos/as que acuden a ambas clases (PT y AL) y valorar el progreso de dichos alumnos/as. Esta coordinación será semanal. 9.-Coordinación con el orientador: El orientador proporcionará las directrices generales que habrá que tener en cuenta para llevar a cabo el plan de intervención con los alumnos, sobre los materiales adecuados, las sesiones que debería recibir y los agrupamientos más adecuados. Esta coordinación se realizará al menos una vez al mes. 10.-Coordinación con los padres: Está coordinación será fundamental para el Aula de Audición y Lenguaje, ya que los programas de intervención (principalmente los de articulación) sólo funcionarán adecuadamente si se practica en casa, además, en muchas ocasiones, y por falta de tiempo para atender a todos los alumnos/as (el puesto de Logopedia es itinerante) serán los padres los encargados de poner en marcha, con las debidas orientaciones, los programas de articulación y de generalización. Esta coordinación se hará al menos, un vez al trimestre de manera directa. A través de los tutores o los propios alumnos/as y cada vez que sea necesario Se expresará en el Plan Anual de Atención a la diversidad incluido e n el PAC: -Número de alumnos a atender -Días y horas de atención de atención 13. Distribución horaria. F7. MEDIDAS DE ACOGIDA E INTEGRACIÓN PARA EL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. Por sus características singulares el alumnado con N.E.E requiere de unas medidas de acogida e integración, iniciadas antes, durante y después del proceso de escolarización, que deben fundamentarse en los principios de actuación siguientes: Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Igualdad de oportunidades: Las medidas de acogida e integración deberán compensar las posibles desventajas para participar en el proceso de enseñanza-aprendizaje de este alumnado, mejorar las circunstancias ambientales del entorno educativo, que pueden tener una incidencia favorecedora u obstaculizadora. Se trata pues, de poner en marcha medidas que supongan apoyos complementarios así como eliminación de circunstancias que dificultan su libre acceso a un currículo ajustado a sus necesidades. Valoración de las diferencias: Todas las actuaciones contenidas en un programa de acogida, favorecedor de la creación de grupo, de la convivencia y de la interacción como factor potencial de enriquecimiento mutuo, requiere de una consideración positiva de la diversidad para poder hacerse efectivo. Individualización: Las características diferenciales que presentan los alumnos con N.E.E en el ámbito educativo obligan a una adecuación del currículo que se les ofrece que debe incluir de manera personalizada actuaciones de acogida e integración. Inclusión: Los tres principios anteriores, nos llevan a considerar que las medidas de acogida e integración no pueden realizarse al margen de la organización de contextos inclusivos. En este sentido, la educación inclusiva orienta el conjunto de medidas de acogida e integración tanto del alumnado con N.E.E como del resto del alumnado. Normalización: La educación del alumnado con NEE tenderá a alcanzar, dentro del sistema educativo, los objetivos establecidos con carácter general para cada uno de los niveles de enseñanza. Es decir, favorecer que estos alumnos/as se beneficien, siempre que sea posible, del mayor número de servicios educativos ordinarios. Globalidad: La intervención educativa con el alumnado que presenta N.E.E debe estructurarse armónicamente con el conjunto de actuaciones aportadas desde otros ámbitos buscando conseguir el objetivo último de un desarrollo óptimo de sus posibilidades y teniendo en cuenta siempre la globalidad de su persona. Corresponsabilidad:: Las medidas adoptadas por los centros de acogida e integración del alumnado con NEE exige que se asegure la participación, el compromiso y la coordinación de actuaciones de acuerdo Planificación y programación de la acogida e integración del alumnado con NEE Antes de adoptar las medidas de acogida debe planificarse el proceso de atención con este alumnado. Para ello se propone realizar un conjunto de tareas. Estas han de guiarse por los principios de igualdad, valoración, individualización, inclusión, normalización, globalidad y corresponsabilidad. En este proceso es muy importante que las medidas estén orientadas por la normativa correspondiente. Por ello, es importante que sea conocida por todos/as y no sólo por parte del equipo directivo y/u orientador/a. En el sentido anterior, el Art. 13 de la Orden 16 de noviembre de 2007 ( BOJA núm. 246) determina las medidas mínimas referidas a tres ámbitos de actuación: accesibilidad del alumnado ( servicios/ dependencias y currículo); socialización e interacción social y acogida al inicio de cada curso escolar. Para su elaboración la Jefatura de Estudios y, en su caso, el profesorado de educación especial del centro cuenta con el asesoramiento del EOE y cuando se requiera de los equipos específicos del ETPOEP. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Entre las tareas implicadas en la acogida e integración del alumnado con nesidades especificas de apoyo educativo cabe destacar:  Identificar las necesidades educativas del alumnado. Llevada a cabo por el orientador de referencia del E.O.E. del centro  Tomar decisiones sobre su modalidad de escolarización. Llevada a cabo por el orientador de referencia del E.O.E. del centro  Organizar la respuesta educativa, tanto en los aspectos curriculares como organizativos . llevada a cabo por todos los profesionales implicado y realcionados con el alumnos. Orientador, profesor de P.T., de A.L. y el tutor  Realizar un seguimiento de los alumnos. Por los profesionales implicados  Coordinar recursos. Por los profesionales implicados Evaluar la respuesta educativa. Por los profesionales implicados F8. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS Cuando un alumno se detecten necesidades educativas de apoyo educativo se informa a sus tutores legales en los siguientes casos:  Para realizarle exploración psicopedagógica ( la realizará el tutor)  Para darle información de los resultados de la evaluación psicopedagógica( la realizará el orientador de E.O.E.)  Para revisión e información de valoración psicopedagógica. Tutor y orientador.  Para incluir al alumnado en algún grupo, programa o plan de apoyo. El orientador o el tutor, o el profesor de apoyo ( de apoyo al currículo, de integración , logopeda, de apoyo a déficit visual) según el caso.  Para realizar seguimiento, mensual o trimestralmente. Tutor  Cuando lo requiera el tutor legal o académico por otras causas. F9. EVALUACIÓN DEL PLAN Se revisará el plan trimestralmente junto con el plan anual de centro, recogiendo las incidencias que se produzcan así como ajustándolo a las necesidades que surjan. Al final de curso se evaluará junto con la memoria. Realizando propuestas me mejora para el curso próximo. G. LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN. G1. MARCO NORMATIVO:  DECRETO 328/2010, de 13 de julio,, art. 21.g (BOJA núm. 39 de 16 de Julio de 2010).  ORDEN de 20-08-2010, Cap. V, art. 18º, por la que se regula la Organización y Funcionamiento de los Colegios de Infantil y Primaria (BOJA de 30 de Agosto de 2010).  Orden de 25 de Julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad (BOJA núm. 169 de 22 de Agosto de 2008).  ORDEN de 25-7-2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía. (BOJA núm. 167 de 22 de Agosto de 2008).  DECRETO 231/2007, de 31 de julio,, art. 15, (BOJA núm. 156, de 8 de Agosto de 2007)  ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Art. 6. (BOJA núm. 166 de 23 de agosto 2007). G2. OBJETIVOS.  Atender de forma adecuada a los alumnos/as que presentan dificultades de aprendizaje significativas en las materias instrumentales: Lengua-Matemáticas-Inglés.  Organizar de forma sistemática los recursos humanos y materiales que dispone el Centro para una atención individualizada de estos alumnos/as.  Ofrecer un refuerzo educativo basado en la superación de los problemas específicos que presenta cada alumno/a en cada área. G3. CRITERIOS  El Programa se aplicará al alumnado cuyo Tutor/a haya comprobado que no siguen el CURRÍCULO y se apartan progresivamente del mismo, a pesar de otras adaptaciones de acceso aplicadas previamente, y que no tengan un desfase curricular superior a dos años.  Con carácter general, la decisión sobre qué alumnado debe recibir apoyo, será tomada por el tutor/a, con la supervisión de la jefatura de estudios y en todo caso con el orientador de referencia.  El Programa será de aplicación para toda la Primaria y 1º Ciclo de ESO . La priorización será: - De menor a mayor nivel, es decir, Primer Ciclo, Segundo Ciclo, Tercer Ciclo. - Aquellas unidades con dos o más cursos juntos. - El número de alumnos/as con dificultades o repetidores. - El número de alumnos/as de la unidad.  El Programa cuenta con Fichas por Niveles de propuestas de APOYO, y que deberán ser trabajadas y cumplimentadas para cada alumno/a.(Ver Anexo 7.G)  El Tutor/a marcará con una X las propuestas de apoyo que considere necesarias en la Ficha del Programa que necesite el alumno.  Los Contenidos de Apoyo se limitarán a las áreas de Lenguaje, Matemáticas e Inglés.  Los Tiempos de Ejecución del Apoyo de un alumno NO PUEDEN COINCIDIR con las Especialidades, salvo raras y justificadas excepciones.  El tiempo dedicado a Apoyo debe coincidir con el Área que trabaje en ese momento el Grupo al que pertenece al alumno, y de manera excepcional con el Área de Conocimiento  del Medio.  Se procurará que el Apoyo sea realizado por el Profesorado preferentemente del mismo ciclo.  El número de horas dedicadas a la realización de este Programa dependerá de las necesidades de los Alumnos y de la Organización y Planificación de cada uno de los Centros  Los apoyos se realizarán, siempre que sea posible, dentro del aula del curso apoyado.  Cuando el Tutor o la Tutora deba informar a los padres del desarrollo del alumno/a, solicitará al Profesor/a de APOYO una copia de la FICHA, o un INFORME DE EVALUACIÓN, donde éste/a deberá reflejar los logros alcanzados por el alumno/a en lo referente a las propuestas de Apoyo.  El Programa de Apoyo de un alumno/a finalizará cuando haya conseguido los OBJETIVOS PROPUESTOS. A tal fin podrá celebrarse una reunión en la que participen la Jefatura de Estudios y la totalidad del Equipo Docente. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  El E.O.E. prestará orientación en todo el proceso de aplicación del Programa.  La FICHA DE APOYO, una vez cerrada, se incorporará al EXPEDIENTE del alumno/a. H. El plan de orientación y acción tutorial. H1. LOS OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO EN RELACIÓN CON LA ORIENTACIÓN Y LA ACCIÓN TUTORIAL. a. Favorecer la adaptación del alumnado al contexto escolar y la integración del mismo en el grupo clase. b. Realizar un seguimiento personalizado del proceso de aprendizaje del alumnado, haciendo especial hincapié en la prevención y, en su caso, detección temprana de las dificultades en el aprendizaje, y promoviendo las medidas correctoras oportunas tan pronto como dichas dificultades aparezcan. c. Potenciar el desarrollo de hábitos básicos de autonomía, así como la adquisición de aprendizajes instrumentales básicos, estrategias de aprendizaje y técnicas de trabajo intelectual. d. Contribuir a la equidad en la educación, potenciando la compensación de desigualdades y la inclusión social. e. Impulsar medidas organizativas y curriculares que posibilite en la atención a la diversidad del conjunto del alumnado del centro, así como la inclusión educativa y la integración escolar del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. f. Iniciar la adquisición de habilidades y conocimientos que favorezcan la posterior toma de decisiones. g. Establecer vínculos de colaboración y cooperación entre el centro, las familias del alumnado y el entorno. h. Facilitar la socialización, la adaptación escolar y la transición entre etapas educativas del conjunto del alumnado. H2. PROGRAMA GENERAL DE ACTIVIDADES DE TUTORÍA Los programas de tutoría se adecuarán a los siguientes objetivos: - Adquirir valores de cooperación, convivencia y solidaridad, propios de una sociedad democrática, concibiendo el diálogo como herramienta fundamental para la resolución pacífica de conflictos. - Desarrollar progresivamente un adecuado conocimiento y valoración de sí mismo, adquiriendo una imagen positiva sobre sus propias posibilidades y capacidades. - Tomar conciencia de los propios sentimientos y emociones, desarrollando habilidades de control y autorregulación de los mismos. - Adquirir las habilidades sociales necesarias para relacionarse, expresar los propios sentimientos e ideas, cooperar y trabajar en equipo. - Adquirir hábitos de vida saludable, aprendiendo a valorar la incidencia de las propias acciones y hábitos de vida sobre la salud individual y colectiva. - Promover un consumo responsable, respetuoso con la conservación y mejora del medio Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” ambiente. - Afianzar y reforzar el conjunto de capacidades, competencias, hábitos y actitudes necesarias para la mejora del rendimiento académico. - Acercar al alumnado al conocimiento de las distintas profesiones, concienciándole sobre la relevancia de la dimensión laboral sobre el propio proyecto vital. - Afianzar en el alumnado una serie de competencias laborales fundamentales también en el ámbito escolar, tales como la responsabilidad, la perseverancia, la toma de decisiones, la resolución de problemas, el trabajo en equipo. - Respetar la diversidad de características personales, creencias, opiniones, culturas y formas de vida, desarrollando actitudes comprometidas y solidarias con los menos favorecidos. - Educar en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como un derecho irrenunciable en los diferente Para la consecución de dichas objetivos se atenderá a las siguientes competencias y elementos formativos: a) Desarrollo personal y social: auto concepto y autoestima, educación emocional, habilidades y competencias socia- les; hábitos de vida saludable, educación afectiva y sexual y coeducación; educación medioambiental y para el consumo, uso racional y crítico de las tecnologías de la información y la comunicación; aprendizaje de una ciudadanía democrática, educación para la paz y para la resolución pacífica de conflictos; utilización del tiempo libre. b) Prevención de las dificultades en el proceso de enseñanza y aprendizaje: comprensión lectora y hábito lector; pro- gramas específicos para la mejora de capacidades o competencias básicas; mejora de la motivación, refuerzo del interés y apoyo al aprendizaje de hábitos y técnicas de estudio. c) Orientación académica y profesional: exploración de los propios intereses; conocimiento del sistema educativo y acercamiento al mundo de las profesiones, educando en la igualdad de género para la futura elección de estudios y profesiones; iniciación a la toma de decisiones. I. El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias, de acuerdo con lo que se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación. I1. MARCO NORMATIVO:  Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.( BOE núm. 106 de 4 Mayo de 2006). - Título V. Capítulo II. - Art. 121.5 Proyecto Educativo.  LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA nº 252 de 6 de Diciembre de 2007): Título I. La Comunidad Educativa. - Art. 31. El Compromiso Educativo. - Art. 32. El Compromiso de Convivencia. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA nº 164 de 19 de Agosto de2008): art. 7  DECRETO 328/2010, de 13 de julio. (BOJA nº. 139 de 16 de julio de 2010): Título III. - Art. 10, Derechos de las familias. - Art. 11. Colaboración de las familias - Art. 50. Competencias del Consejo Escolar. I2. COMPROMISIOS DE CONVIVENCIA: A iniciativa de las familias o de la tutoría del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares, aquellas podrán suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia. a) Canalización de los compromisos de convivencia: El tutor/a dará traslado a la dirección del centro de cualquier propuesta de compromiso de convivencia, con carácter previo a su suscripción, para que éste verifique el cumplimiento de las condiciones previstas en el Plan de Convivencia para la aplicación de esta medida. Una vez verificadas las condiciones, la dirección autorizará al tutor/a para que lo suscriba. b) Modelo escrito de compromiso de convivencia: Figura como Anexo I y podrá ser modificado en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado. Una vez suscrito el compromiso de convivencia, el tutor/a dará traslado del mismo a la dirección del centro, que lo comunicará a la comisión de convivencia. c) Procedimiento para el seguimiento por parte de la Comisión de Convivencia de los compromisos suscritos en el centro: - Análisis de los compromisos suscritos en reuniones periódicas o extraordinarias Los compromisos serán suscritos por las familias, maestros/as tutores/as y el director/a anualmente. Dichos documentos (anexos I, II) serán revisados cada año al comienzo de curso o finalizado el mismo; con objeto de recoger las diversas situaciones que puedan surgir y no estén reflejadas en los compromisos. 1. Los compromisos se firmarán en reunión celebrada con las familias en el mes de septiembre, o en su caso lo antes posible. En dicha sesión de tutoría se informará del contenido de los documentos y de la importancia de la participación de las familias en el proceso educativo. 2. Una vez firmados se entregará copia de dichos compromisos a las familias. 3. Para asegurar que las familias conservan en todo momento copia de los acuerdos adoptados, se puede adjuntar dicho documento en las agendas escolares de sus hijos/as. 4. Así mismo en las reuniones periódicas mantenidas con las familias se recordará el contenido de los compromisos suscritos, haciendo hincapié los puntos no respetados., informando al equipo directivo de cualquier incidencia significativa. 5. Los compromisos firmados por las partes serán custodiados por la tutoría del grupo; después se adjuntarán a los respectivos expedientes del alumnado, y custodiados en la Secretaría del Centro. j. El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar, a que se refiere el Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” artículo 22. Indice 1.- Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro. 2.- Objetivos del Plan para la Promoción de la Convivencia. 3.- Normas de Convivencia. 4.- Comisión de convivencia: composición, funciones, plan de reuniones y Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad. 5.- Medidas a aplicar en el centro para prevenir, detectar, regular y resolver los conflictos que se pudieran plantear para promover la convivencia en el centro. 6.- Delegados/as del alumnado. 7.- Delegados/as de padres/madres. 8.- Necesidades de formación de la comunidad educativa. 9.- Registro de incidencias en materia de convivencia. 10.- Mediación en la resolución de conflictos. 11.- Protocolos de actuación 12.- Comunicación y cooperación educativa entre familias y profesorado 13.- Compromisos educativos y de convivencia 14.- Procedimiento para la suscripción de los compromisos educativos y de convivencia. 15.- Actividades formativas y de extensión cultural. 16.- Acuerdos para la atención del alumnado afectado por la medida disciplinaria de suspensión del derecho de asistencia al centro. 17.- Estrategias y procedimientos par realizar la difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia. 18.- Medidas para resolver conflictos. 1.- Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro. 1.1.- Características del centro y su entorno. Nuestro centro, C.E.I.P. VIRGEN DEL RIO, está compuesto por dos edificios: a) En el nuevo se imparte las enseñanzas de Educación Infantil y el Primer Ciclo de Educación Primaria. b) El más antiguo se imparte las enseñanzas de Educación Primaria ( 2º y 3º ciclo). El número de unidades es de 19: Educación Infantil (6) , Educación Primaria (13). El número de Profesores es de 27. El número de Personal laboral es de 2. El centro está abierto desde las 09 horas hasta las 14 horas de lunes a viernes. Los Proyectos y planes que se llevan a cabo: Centro TIC , Plan de Autoprotección, Deporte en la Escuela, Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en educación, Plan de acompañamiento, Plan lector y uso de la biblioteca escolar y el Plan de convivencia. La biblioteca está abierta de lunes a viernes en los recreos y los miércoles de 17h a 19h., para toda la comunidad educativa, con ordenadores y con conexión a Internet. El Plan de Acompañamiento se realiza los martes y jueves de 17:00 h. a 19:00 h. 1.2.- Comunidad Educativa. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” La plantilla del centro está compuesta por 27 docentes: 20 maestros/as con destino definitivo, 4 con destino provisional, 2 con destino en prácticas, 1 interinos/as, 2 profesor de religión católica ( uno de ellos a tiempo parcial ), 1 profesora de Audición y Lenguaje ( horario a tiempo parcial), y 1 Orientador (psicólogo del EOE). El personal de administración y servicios está compuesto por: 1 monitora escolar y un conserje. Existe una asociación de padres/madres de alumnos/as (AMPA). El nivel socio-económico y cultural de las familias es medio. 1.3.- Situación actual de convivencia en el Centro. Las relaciones alumnado-profesorado son normales, sin conflictos ni indisciplina. La relaciones entre el alumnado son buenas, dándose muy pocas peleas, abusos, acoso, intimidación, aislamiento… La relación entre el profesorado es buena, colaborando en los proyectos y actividades programadas. La relación familia-centro es buena, asistiendo con regularidad a las entrevistas con los tutores y a las reuniones de clases. Participan en las actividades programadas por el centro. 1.4.- Relación con otras instituciones. Hay una buena disposición de algunas instituciones de la localidad para colaborar con el centro, sobretodo en las actividades que se programan. (AMPA, , Ayuntamiento, Bancos, …). 2.- Objetivos del Plan para la Promoción de la Convivencia. 2.1.- Generales.  Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos en relación con la promoción de la cultura de paz, la prevención de la violencia y la mejora de la convivencia en el centro.  Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de una adecuada convivencia escolar y sobre los procedimientos para mejorarla.  Fomentar en los centros educativos los valores, las actitudes y las prácticas que permitan mejorar el grado de aceptación y cumplimiento de las normas y avanzar en el respeto a la diversidad y en el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.  Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de los conflictos que pudieran plantearse en el centro y aprender a utilizarlos como fuente de experiencia de aprendizaje.  Facilitar la prevención, detección y eliminación de todas las manifestaciones de violencia, especialmente del acoso escolar, de la violencia de género y de las actitudes y comportamientos xenófobos y racistas.  Facilitar la mediación para la resolución pacífica de los conflictos.  Contribuir desde el ámbito de la convivencia a la adquisición de las competencias básicas, particularmente de las competencias social y ciudadana y para la autonomía e iniciativa personal.  Fomentar y facilitar la participación, la comunicación y la cooperación de las familias.  Favorecer la cooperación con entidades e instituciones del entorno que contribuyan a la construcción de comunidades educadoras. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 2.2.- Específicos. Sector profesorado:  Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza, sexo o  edad.  Fomentar la participación de las familias.  Mejorar las relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa implicándolos  en todas las actividades encaminadas a facilitar la convivencia en el centro.  Prevenir los conflictos dentro y entre los distintos sectores de la comunidad educativa.  Priorizar la educación en valores de entre los demás contenidos del currículo asignándoles  espacios y tiempos específicos.  Fomentar   la   existencia   de   actividades,   espacios   y   tiempos   comunes   para   facilitar   la  convivencia entre el alumnado.  Prever   una   atención   específica   al   alumnado   que,   por   diversas   causas,   presente  comportamientos que alteren la convivencia en el centro y la de aquel otro alumnado que  padece sus consecuencias.  Reducir, al mínimo, las conductas disruptivas que perturban el clima de clase para evitar la  conflictividad y disminuir las conductas más graves.  Priorizar la resolución de los conflictos de manera formativa mediante la negociación y el  esfuerzo conjunto del profesorado, alumnado y familia.   Sector familia:  Conocer el Plan de Convivencia.  Tomar conciencia de que la familia es la primera escuela de la convivencia.  Conocer técnicas y estrategias educativas basadas en el afecto y la disciplina.  Interiorizar la importancia de unas relaciones fluidas entre el centro y la familia, a partir de  las cuales se asienta la autonomía moral, coherente con el alumnado.  Considerar el centro como el mejor aliado en la educación de los hijos/as.  Aunar criterios de actuación entre familia y centro escolar.  Cumplir y hacer cumplir las normas. Sector alumnado:  Conocer el Plan de Convivencia.  Asumir los derechos y deberes como elementos básicos de cualquier convivencia pacífica.  Aprender a enfrentarse a los conflictos y a la vida sin violencia.  Pasar de la influencia ambiental y social a la propia autonomía moral.  Desarrollar las competencias propias de la inteligencia intrapersonal e interpersonal.  Aprender que  “la diferencia” es un recurso y no un problema.  Colaborar de forma activa en la convivencia pacífica del centro. 3.- Normas de Convivencia. 3.1.- Normas relativas al alumnado.  Asistir a clase.  Llegar con puntualidad.  Seguir las orientaciones del profesorado y del personal no docente en el ejercicio de sus Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” funciones.  Tratar con respeto y consideración a todos los miembros de la comunidad educativa.  Estudiar con aprovechamiento, así como respetar el derecho al estudio de los compañeros/as.  Respetar la dignidad, integridad, intimidad, ideas y creencias de todos los miembros de la comunidad educativa.  No discriminar a ningún miembro de la comunidad escolar por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.  Cuidar y utilizar correctamente los bienes e instalaciones del centro.  Respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.  Participar en la vida y funcionamiento del centro.  No realizar actividades perjudiciales para la salud ni incitar a ellas.  Aprender habilidades pacíficas y no violentas en la resolución de conflictos.  Todos los integrantes de la Comunidad educativa están obligados al reconocimiento y respeto de los derechos de todos sus miembros, conforme a las disposiciones legales vigentes.  Se debe acudir al centro debidamente vestido y aseado.  El respeto al edificio, instalaciones, mobiliario y material del centro, será objetivo permanente de la conducta de todos sus miembros.  La puerta de acceso al centro estará cerrada durante el recreo. Sólo se podrá salir por motivos justificados.  Todos los miembros del centro colaborarán a que los pasillos, aulas y demás dependencias estén permanentemente limpias de papeles, residuos, … utilizando para ello las papeleras instaladas al efecto.  Cuidar y mantener limpias las instalaciones del centro y el mobiliario del mismo, por ello el consumo de bocadillos y demás comestibles queda restringido al patio.  Se procurará no elevar el tono de voz en el interior del centro, y se evitarán los juegos, carreras y cualquier actitud que deteriore el orden del centro, que moleste a los demás.  Procurar un ambiente de diálogo. El diálogo directo y respetuoso, con todos es siempre mejor que la crítica, el desprecio y los malos modos.  El alumnado que tenga que realizar dentro del horario escolar una salida, solo la hará con su padre/madre o tutor legal. . 3.2.- Normas de aula.  Tener un trato respetuoso con los profesores y personal al servicio del centro.  No agredir, insultar, ni humillar a sus compañeros.  Puntualidad en la entrada a clase.  El aula debe mantenerse limpia y ordenada. No se debe comer ni beber en el interior de la misma.  Traer el material de cada área.  Mantener silencio en el desarrollo de la clase, cuando explique el maestro/a y cuando intervenga algún compañero.  Colaborar y trabajar en clase cuando así lo requiera el maestro/a. 3.3.- Normas relativas a los docentes.  Asistir con puntualidad a las clases y reuniones para las que fuera convocado.  Vigilar a sus alumnos/as durante su permanencia en el centro.  Respetar la personalidad de cada alumno/a intentando escucharle, comprenderle y ayudarle. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  Atender a la diversidad del alumnado.  Colaborar en el mantenimiento del orden y la disciplina dentro del recinto escolar.  Recibir la visita de los padres/madres dentro del horario establecido para este fin.  El profesorado/tutor será responsable del control de las faltas de asistencia del alumnado, las incidencias y de su justificación. Ante cualquier falta sin justificar el tutor/ra enviará comunicación escrita a los padres/madres/tutores. 3.4.- Normas relativas a los padres.  Atender a las citaciones del centro.  No desautorizar la acción de los profesores.  Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos. Así como contactar con el centro cuando los alumnos/as vayan a faltar prolongadamente,( en el caso de enfermedad o de cualquier otra circunstancia).  Facilitar todo tipo de información y datos relevantes de sus hijos/as al profesorado que lo soliciten.  Colaborar con el centro en todo aquello que le sea requerido.  Vigilar y controlar las actividades de sus hijos/as.  Estimular a sus hijos/as en el respeto a las normas de convivencia del centro como elemento que contribuye a su formación.  Cuando un alumno/a deba salir del Centro por un motivo justificado,tiene que rellenar un impreso en secretaría y esperarlo en dicha dependencia , no se puede entrar en las clases para no interrumpir el normal desarrollo de las mismas. 3.5.- Prohibiciones. La distribución de carteles y publicidad en la que se mencionen bebidas alcohólicas y tabaco, salvo para su trabajo en clase como ejercicio de reflexión sobre lo perjudicial de su consumo. Fumar dentro del centro, incluido el patio y en los accesos al mismo (Ley 42/2010, de 30 de diciembre que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo) Consumir bebidas alcohólicas en el Centro (ORDEN de 23 de noviembre de 1993). Queda prohibido traer móviles al Centro 4.- Comisión de convivencia: composición, funciones, plan de reuniones y Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad. 4.1.- Composición. La comisión de Convivencia se constituye en el seno del Consejo Escolar y está integrada por el Director o Directora, que ejercerá la presidencia, el Jefe o Jefa de Estudios, dos maestros/as y cuatro Padres/Madres o representantes legales del alumnado elegidos por los representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar. Uno de los padres/madres será el miembro designado por la AMPA del centro. 4.2.- Funciones a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia y el respeto mutuo, así como promover la cultura de paz y la resolución pacífica de los Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” conflictos. b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del centro. c) Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas. d) Mediar en los conflictos planteados. e) Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas. f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. g) Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. h) Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro. i) Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro. 4.2.- Plan de reuniones. La comisión de Convivencia se reunirá de carácter periódico: - En el mes de septiembre para revisar el Plan de convivencia con las propuestas de mejora recogidas en la memoria final de curso anterior. - En el mes de enero para hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas en el primer trimestre y de las correcciones y medidas disciplinarias, informando de ellas al Consejo Escolar. - En el mes de abril para hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas en el segundo trimestre y de las correcciones y medidas disciplinarias, informando de ellas al Consejo Escolar. - En el mes de junio para hacer un seguimiento de las actuaciones realizadas en el tercer trimestre y de las correcciones y medidas disciplinarias, informando de ellas al Consejo Escolar. En esta reunión se valorarán los avances producidos en su desarrollo y proponer al Consejo Escolar las medidas de mejora de la convivencia. 1. Todas las necesarias cuando la situación conflictiva lo requiera. 4.3.Actuaciones preventivas y para la detección de la conflictividad. La comisión de Convivencia, por delegación del Consejo Escolar llevará a cabo las siguientes actuaciones: a) Actividades de acogida para el alumnado que se matricula en el centro por primera vez y para sus familias, así como actividades que faciliten el conocimiento por parte de todo el alumnado y las familias de las normas de convivencia, tanto generales del centro como particulares del aula, especificando los derechos y deberes del alumnado y las correcciones o medidas disciplinarias que, en su caso, se aplicarían. b) Actividades para la sensibilización frente a los casos de acoso e intimidación entre iguales, dirigidas a la comunidad educativa. c) Actividades dirigidas a la sensibilización de la comunidad educativa en la igualdad entre hombres y mujeres. d) Medidas de carácter organizativo que posibiliten la adecuada vigilancia de los espacios y tiempos considerados de riesgo, como los recreos, las entradas y salidas del centro y los cambios de clase. e) Hacer un seguimiento del Plan de Convivencia y coordinar las actuaciones y medidas Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” contenidas en el. 5.- Medidas a aplicar en el centro para prevenir, detectar, regular y resolver los conflictos que se pudieran plantear para promover la convivencia en el centro. Las medidas a aplicar tendrán como finalidad el mejorar la convivencia, prevenir el acoso, el maltrato infantil, la violencia de género, agresión al profesorado y personal no docente y resolver de forma pacífica los conflictivos que se pueden plantear en el centro. La directora podrá delimitar las zonas que suelen producirse situaciones de conflictos y establecer medidas preventivas consistente en el incremento de la vigilancia : − Entradas y salidas del centro. − Periodos de recreos. − Pistas Deportivas. − Aseos. Pautas para prevenir posibles situaciones violentas: - Establecer en el primer claustro unas normas de convivencia a nivel de centro y de aula. - Dar a conocer a los padres/madres del alumnado las normas de convivencia del centro. - Conocer los protocolos de actuación en los casos detectados de acoso escolar, maltrato infantil o violencia de género. - Sensibilizar a los padres/madres de la necesidad de educar en un modelo de convivencia pacífico. - Posibilitar la formación de una escuela de Padres/madres. - Definición de maltrato, acoso, y sus diferentes tipologías: físico, psíquico, sexual, ... - Actividades de Coeducación, igualdad entre hombres y mujeres.. 6.- Delegados/as del alumnado. El alumnado de cada clase de educación primaria elegirá, por sufragio directo y secreto, por mayoría simple, durante el primer mes del curso escolar, un delegado o delegada de clase, así como un subdelegado o subdelegada, que sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad, de acuerdo con el procedimiento que establezca el reglamento de organización y funcionamiento del centro. Los delegados y delegadas cesarán en sus funciones al finalizar el periodo por el que fueron elegidos, a propuesta de la asamblea de aula, por dimisión de los interesados o por apertura de expediente disciplinario. Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor o tutora las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan. Promoverán la participación de sus compañeros en la vida escolar. Colaborarán con el profesor/ra tutor/ra en la organización interna de la clase, cerrará las puertas a las salidas y cuidará de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del centro. El reglamento de organización y funcionamiento del centro podrá recoger otras funciones de los delegados y delegadas de clase. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 7.- Delegados/as de padres/madres. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 del Decreto 328/2010, de 13 de julio, el plan de convivencia contemplará la figura del delegado o delegada de los padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos. Las personas delegadas de padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos serán elegidas para cada curso escolar por los propios padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del alumnado en la reunión que el profesorado que ejerza la tutoría debe realizar con las familias. Funciones de las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo. Atendiendo al artículo 10 de la Orden de 20 de Junio de 2011 las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo tendrán las siguientes funciones: a) Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor. b) Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y obligaciones c) Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen. d) Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con el tutor o tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo. e) Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el Consejo Escolar. f) Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar a las familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso educativo de sus hijos e hijas. g) Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, de acuerdo con lo que, a tales efectos, disponga el plan de convivencia. h) Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo. i) Cualesquiera otras que les sean atribuidas en el plan de convivencia del centro. 8.- Necesidades de formación de la comunidad educativa. La formación de los miembros de la Comunidad Educativa, según el Artículo 11, en materia de convivencia escolar, seguirá el mismo cauce que para el resto de necesidades de formación del proceso de enseñanza, de acuerdo con los objetivos, actuaciones y medidas que se planteen. Las necesidades de formación del profesorado y del personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria serán propuestas al equipo directivo por el equipo técnico de coordinación pedagógica o por el departamento de formación, evaluación e innovación educativa, según corresponda de acuerdo con lo recogido en el Decretos 328/2010, de 13 de julio. Las necesidades de formación del alumnado y de las familias podrán ser propuestas por la Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” comisión de convivencia y por las asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado legalmente constituidas en el centro, así como por la Junta de delegados y delegadas del alumnado. De las necesidades de formación que se determinen se dará traslado al correspondiente centro del profesorado para su inclusión, en su caso, en el plan de actuación del mismo. Los Centros del Profesorado promoverán la formación del profesorado en el seno del propio centro educativo, la creación de grupos de trabajo y acciones formativas dirigidas a mejorar su cualificación en el ámbito de la educación para la cultura de la paz, la mejora de las prácticas educativas en relación con la convivencia escolar, la igualdad entre hombres y mujeres, la mediación escolar y la resolución pacífica de los conflictos. 9.- Registro de incidencias en materia de convivencia. Según el artículo 12 de la orden de 20 de junio de 2011, el registro de incidencias en materia de convivencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1.del Decreto 285/2010, de 11 de mayo, los centros docentes facilitarán a la Administración educativa, a través del Sistema de Información Séneca, la información referida al seguimiento de las conductas contrarias a la convivencia escolar. A tales efectos, los centros registrarán tanto las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia que se produzcan y sus correspondientes medidas disciplinarias, como aquellas conductas contrarias a la convivencia que comporten la imposición de correcciones a las mismas. El análisis de la información recogida servirá de base para la adopción de las medidas de planificación de recursos, asesoramiento, orientación, formación e intervención que correspondan a cada centro. El/la Director/ra, el/la Jefe/a de estudios y los tutores/as serán los profesionales responsables del registro sistemático de las incidencias en un plazo máximo de treinta días hábiles desde que se produzcan. 10.- Mediación en la resolución de conflictos . Según el artículo 13 de la orden de 20 de junio de 2011, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6, corresponde a la comisión de convivencia la función de mediar en los conflictos planteados en el centro. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1.g) del Decreto 328/2010, de 13 de julio, la dirección del centro garantizará la posibilidad de recurrir a la mediación en la resolución de los conflictos que pudieran plantearse. Para el desarrollo de la mediación será preciso tener en cuenta lo siguiente: a) La mediación tiene carácter voluntario pudiendo solicitarla todos los miembros de la comunidad educativa que lo deseen, con la finalidad de restablecer la comunicación, establecer acuerdos entre las personas y proporcionar nuevos elementos de respuesta en situaciones parecidas que se pudieran producir. b) Las personas mediadoras actuarán como facilitadoras del proceso de comunicación y acuerdo entre las partes. La comisión de convivencia podrá proponer a cualquier miembro de la comunidad educativa que así lo desee para que realice funciones de mediación, siempre que haya recibido la formación para su desempeño. El equipo de mediación puede estar constituido por un profesor, por la persona responsable Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” de la orientación en el centro, por un delegados de padres y madres, por un alumno/a y por un padre/madre. La dirección del centro designará, con la aceptación de las partes en conflicto, las personas que realizarán la mediación, de entre las que formen parte del equipo de mediación del centro. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito, debiendo quedar constancia de la aceptación de las condiciones por todas las partes, así como de los compromisos asumidos y del plazo para su ejecución. 11.- Protocolos de actuación De acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Decreto 19/2007, de 23 de enero, se establecen los protocolos de actuación que se recogen como Anexos I, II, III y IV, en los supuestos de acoso escolar, maltrato infantil, violencia de género en el ámbito educativo, y agresión al profesorado o el personal de administración y servicios y de atención educativa. 12.- Comunicación y cooperación educativa entre familias y profesorado Según el artículo 15 de la orden de 20 de junio de 2011 se informará de forma periódica a las familias sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas, así como sobre sus derechos y obligaciones y estimularán su participación en el proceso educativo de los mismos. A tales efectos, el profesor que ejerza la tutoría deberá mantener una relación permanente con los padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del alumnado. Cada profesor o profesora que ejerza la tutoría celebrará antes de la finalización del mes de noviembre una reunión con los padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del alumnado de su grupo en la que se informará, al menos, de los siguientes aspectos: a) Plan global de trabajo del curso. b) Criterios y procedimientos de evaluación del alumnadoen las diferentes áreas o materias. d) Organización de la tutoría , así como del horario de atención a las familias, que deberá posibilitar la asistencia de las mismas y que se fijará en horario de tarde. e) Procedimiento para facilitar la relación de las familias con el profesorado que integra el equipo docente que imparte docencia en el grupo y para ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de los hijos e hijas. f) Derechos y obligaciones de las familias, de acuerdo con lo recogido en los artículos 10 y 11 del Decreto 328/2010, de 13 de julio. g) Funciones de las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo. h) Compromisos educativos y de convivencia. En la reunión a que se refiere el apartado anterior se procederá a la elección de los delegados de padres y madres del alumnado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9. Al finalizar el curso escolar, el profesorado que ejerza la tutoría atenderá a los representantes legales del alumnado que deseen conocer con detalle su evolución a lo largo del curso y recibir información que oriente la toma de decisiones personales, académicas y profesionales. 13.- Compromisos educativos y de convivencia En el artículo 18 de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que según lo dispuesto en el artículo 10.g) Decreto 328/2010, de 13 de julio, las familias suscribirán con el centro un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel alumnado que presente dificultades de aprendizaje y tiene por objeto estimular y apoyar el proceso educativo de este alumnado y estrechar la colaboración de sus familias con el profesorado que lo atiende. El centro ofrecerá la posibilidad de suscribir el compromiso educativo a las familias del alumnado que que curse enseñanzas obligatorias con tres o más áreas o materias no superadas tras la primera o la segunda evaluación. En el artículo 19 de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.k) del Decreto 328/2010, de 13 de julio, las familias tienen derecho a suscribir con el centro un compromiso de convivencia. Dicho compromiso está indicado para el alumnado que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares y tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación entre las familias y el profesorado y otros profesionales que atienden al alumno o alumna, así como colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, en el tiempo escolar para superar esta situación. El plan de convivencia concretará las situaciones en que podrá aplicarse esta medida, tratando siempre de potenciar el carácter preventivo de la misma y procurando que sirva para evitar situaciones de alteración de la convivencia o para prevenir su agravamiento. 14.- Procedimiento para la suscripción de los compromisos educativos y de convivencia. En el artículo 20 de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.i) del Decreto 327/2010 y en el artículo 21.i) del Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, el proyecto educativo establecerá el procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias. Asimismo, recogerá el procedimiento para realizar el seguimiento por parte del Consejo Escolar del cumplimiento y efectividad de las medidas incluidas en los mismos. Los compromisos educativos y de convivencia se adoptarán por escrito y podrán ajustarse a los modelos que se adjuntan como Anexos V y VI, respectivamente. En ellos se establecerán las medidas concretas y la fecha y los cauces de evaluación de la efectividad de las mismas. Asimismo, deberá quedar constancia escrita de la posibilidad de modificar el compromiso en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado. Una vez suscrito el compromiso educativo o de convivencia, el tutor o tutora dará traslado del mismo al director o directora del centro, que lo comunicará al Consejo Escolar. 15.- Actividades formativas y de extensión cultural. En el artículo 21 de la orden de 20 de junio de 2011 recoge ,que los centros docentes podrán programar acciones formativas en las que participen las familias y el profesorado, dirigidas principalmente a fomentar la participación de los padres y madres del alumnado en la vida de los Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” centros. Asimismo, los equipos directivos favorecerán la participación del profesorado en las escuelas de padres y madres que se desarrollen en el centro. 16.- Acuerdos para la atención del alumnado afectado por la medida disciplinaria de suspensión del derecho de asistencia al centro. En la Disposición adicional primera de la orden de 20 de junio de 2011 se recoge que los directores y directoras de los centros docentes podrán suscribir acuerdos con las asociaciones de madres y padres del alumnado, así como con otras entidades que desarrollen programas de acción voluntaria en el ámbito educativo, para la atención del alumnado al que se haya impuesto la medida disciplinaria de suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Dichos acuerdos podrán ajustarse al modelo que en dicha orden se adjunta como Anexo VII y en los mismos se concretarán las actuaciones a realizar, entre las que se incluirá, en todo caso, el apoyo al alumnado en la realización de las actividades formativas establecidas por el centro para evitar la interrupción de su proceso formativo. El director o directora del centro docente informará al Consejo Escolar sobre la suscripción de estos acuerdos y su desarrollo. La persona titular de la jefatura de estudios atenderá al desarrollo de estos acuerdos en relación con el cumplimiento de su finalidad y el seguimiento del proceso formativo del alumnado. 17- Estrategias y procedimientos par realizar la difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia. La primera actividad se refiere a la presentación del Plan a todos los sectores de la Comunidad Educativa, utilizando diferentes cauces: charlas coloquio dirigidas a los padres/madres, boletín informativo para las familias monográfico, sesiones del Claustro de Profesores, copiado del documento que contiene el presente Plan de Convivencia en soporte informático, para ser instalado en los ordenadores de la sala de profesores, actividades específicas incluidas en el Plan de Acción Tutorial… La segunda actividad tiene que ver de alguna forma con su seguimiento al propiciar su revisión durante todo el curso. Será la Comisión de Convivencia, quien en primera instancia realizará el seguimiento y una evaluación del Plan con una periodicidad trimestral, elaborando un informe que incluya todo lo ocurrido en cada trimestre en materia de convivencia, las actividades y actuaciones realizadas, su valoración y las propuestas para el periodo siguiente. Asimismo, el Consejo Escolar participará del seguimiento y evaluación del Plan, trimestralmente, pues analizará los informes que elabore la Comisión de Convivencia. En nuestro centro docente se llevará a cabo la actuación de seguimiento y evaluación trimestralmente y la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar elaborará un informe que debe recoger las incidencias producidas en este período, las actuaciones llevadas a cabo y los resultados conseguidos se llevarán al Consejo Escolar. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Actividades: 1.Actividad. Presentación del Plan de convivencia al principio de curso a los padres/madres, alumnos/as y profesores/as. Responsables: Equipo directivo, tutores y departamento de Orientación. Recursos: Material impreso con lo más significativo del Plan de Convivencia y las Normas de convivencia. Disquetes con el Plan de convivencia y las Normas de Convivencia e instalar su contenido en los ordenadores existentes en cada tutoría . Espacios físicos: Aulas de tutoría. Sala de Profesores. Temporalización: Primer trimestre. 2.Actividad. Establecimiento de un clima de clase adecuado desde las primeras semanas para mantenerlo durante todo el curso. Responsables: Todos los profesores en general y los profesores del grupo en particular. Recursos: Normas de convivencia del R.O.F. Espacios físicos: Todo el Centro, especialmente las aulas. Temporalización: Primer mes del curso. 3. Actividad: actuación coherente de todo el profesorado en materia de convivencia para evitar ambigüedades y contradicciones que puedan confundir al alumnado y propiciar diferentes comportamientos según el profesor presente. Responsables: Todo el profesorado. Recursos: Decisión tomada por el Claustro para llevar a cabo una actuación coherente de todo el profesorado. Ser consecuentes con la responsabilidad contraída. Plan de convivencia y Normas de Convivencia del R.O.F. Espacios: Todo el Centro, especialmente las aulas. Temporalización: Todo el curso. 4.Actividad: Asambleas de clase para analizar la marcha de la convivencia en cada grupo y proponer actuaciones de mejora y comunicación de las conclusiones en la Junta de Evaluación. Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de Estudios. Recursos: Cuestionario sobre la convivencia y posterior debate. Espacios físicos: el aula de tutoría y el lugar donde se reúna la Junta de Evaluación. Temporalización: Una vez al final de cada trimestre en una reunión de la Jefe de Estudios y la Orientadora con los tutores; en la última sesión de tutoría previa a la Junta de Evaluación y en la Junta de Evaluación trimestral. 5.Actividad. Sensibilización y prevención contra el mal. Espacios físicos: Aulas de tutoría y aulas específicas. Expositores de los pasillos. Temporalización: 2 ª quincena del mes de enero y 30 de enero. trato entre iguales en Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Primaria . Responsables: Tutores, Departamento de Orientación y Jefatura de Estudios. Recursos: “Programa de sensibilización contra el maltrato entre iguales” Espacios físicos: Despacho de Jefatura de Estudios y aulas de tutoría. Temporalización: al menos dos sesiones de tutoría en cada grupo de alumnos/as. 6.Actividad. Celebración del “Día Escolar de la Paz y la No Violencia” . Responsables: Equipo Directivo, comisión de convivencia, Departamento de Orientación, tutores y todos los profesores/as que lo deseen. Recursos: Normas de convivencia. Documentos escritos y audiovisuales que hablen de la paz y de la no violencia. Espacios físicos: Aulas de tutoría y aulas específicas. Expositores de los pasillos. Temporalización: 2 ª quincena del mes de enero y 30 de enero. 18.- Medidas para resolver conflictos. En nuestro centro podemos hablar de agresiones esporádicas que no suponen continuidad en el tiempo. Las medidas aplicadas para resolver los conflictos que pudieran plantearse en el Centro serán las recogidas en el ROF, aprobado por el Consejo Escolar. Para registrar y analizar las situaciones conflictivas en nuestro centro utilizamos un cuaderno de registro de incidencias, con los siguientes aspectos: Lugar y situación del hecho, hora personas que intervienen, causas y si es conducta reiterada. La gradación de las correcciones y las medidas disciplinarias se verán atenuadas:  Por el reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta.  La falta de intencionalidad.  La petición de excusas. Las circunstancias que agravan la responsabilidad: 22. La premeditación. 23. Si la infracción es a un maestro o maestra. 24. Los daños, injurias u ofensas al personal no docente compañeros/as y alumnado recién incorporado. 25. Acciones de discriminación por raza, sexo, … 26. incitación colectiva lesiva a de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa. 27. La naturaleza de los daños causados. 28. La difusión a través de Internet de imágenes de conductas contrarias para la convivencia, si son ofensivas o degradantes. Pautas para mejorar la convivencia y el orden en el centro: 1.- Puntualidad para todas las actividades y actuaciones en el centro. 2,. Orden en todas las dependencias. 3.- Disciplina para garantizar el derecho a la educación. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” k. El plan de formación del profesorado. K1. MARCO NORMATIVO  II Plan andaluz de formación permanente del profesorado.  Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, artículo 102.1 ( BOE nº 106 de 4 de mayo de 2006)  LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. Artículo 19 (BOJA nº. 252, 26 de diciembre 2007).  DECRETO 230/2007, de 31 de julio, Artículo 20 (BOJA nº 156, 8 de agosto 2007).  DECRETO 328/2010, de 13 de julio, Artículos 7 y 88 (BOJA nº 139 , 16 de julio 2010)  DECRETO 231/2007, de 31 de julio, Artículo 26 (BOJA nº 156, 8 de agosto 2007).  DECRETO 327/2010, Artículos 9, 10, 23 y 87 (BOJA nº 139, 16 de julio 2010). K2. INTRODUCCIÓN La formación del profesorado como instrumento al servicio de la calidad de educación debe contribuir a una mayor calidad de los aprendizajes del alumnado a través de la mejora de las prácticas profesionales que los generan propiciando los procesos de reflexión, deliberación, indagación y trabajo cooperativo en los que se fundamentan estas prácticas. Los Centros del Profesorado deben desempeñar un papel relevante, constituyéndose en espacios que dinamicen, asesoren y favorezcan las iniciativas de formación en Grupos de Trabajo, Formación en Centros, Cursos… Para elaborar el Plan Anual de Formación, el centro tendrá que tener en cuenta la Memoria del curso anterior, las Propuestas de Mejora, las Pruebas de Diagnóstico. Los objetivos definidos en el Plan de Formación deben ser realistas y coherentes con el contexto educativo y social. Este plan de formación pretende:  Contribuir a la mejora de la calidad del proceso de enseñanzaaprendizaje.  Adecuar los conocimientos del profesorado a las necesidades reales del centro y su contexto.  Facilitar el diseño de estrategias metodológicas que mejoran la práctica docente en el aula.  Motivar a la participación activa de todo el profesorado en el proceso de formación y perfeccionamiento. K3. MODALIDADES DE FORMACIÓN Para el desarrollo de la formación se podrán utilizar las siguientes modalidades formativas. - Autoformación: El plan de actuación a seguir viene recogido en las instrucciones que publica anualmente la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para el desarrollo de grupos de trabajo y la formación en centros. - Cursos: A título individual o en grupo, previo asesoramiento o consulta con la asesoría del CEP (en este último caso), el profesorado del centro podrá matricularse en cursos puntuales tendentes a conseguir la formación necesaria para mejorar el desarrollo de sus funciones en el centro y su desarrollo profesional. Este tipo de formación podrá ser en la modalidad presencial o no presencial, Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” a través de teleformación. - Otros: Seminarios, Jornadas, Encuentros, etc. K4. CONTENIDOS PREFERENTES DE LA FORMACIÓN (Líneas prioritarias) Los contenidos preferentes de la formación serán los que se deriven de la evaluación interna y externas del centro. En líneas generales se podrían tener en cuenta los que a continuación se relacionan:  Actualización didáctica.  Transmisión de principios y valores.  Las tic en la educación.  Actualización de los equipos directivos  Estrategias de atención al alumnado con especiales dificultades en el aprendizaje.  El tratamiento del alumnado superdotado.  Competencias docentes necesarias para gestionar el grupo de alumnos y para la atención a la diversidad del alumnado.  La participación de las familias en el centro docente. K5. EVALUACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN. La evaluación tendrá en cuenta indicadores relacionados con:  El logro de la finalidad esperada.  Valoración de la mejora.  Cambios producidos como consecuencia de los aprendizajes adquiridos. K6. ACTUACIONES EN RELACIÓN AL PLAN DE FORMACIÓN Para llevar a cabo una gestión adecuada del Plan de Formación del Profesorado, éste debe estar finalizado en mayo, analizando las necesidades de formación a final del curso escolar. Para ello, cada equipo de ciclo analizará sus necesidades de formación y elaborará una propuesta para el curso siguiente. Una vez estudiadas las propuestas por el Equipo Directivo, se elaborará en Claustro la propuesta final, priorizando las actuaciones formativas más necesarias. Esta se comunicará al Centro de Profesorado para que sea tenida en cuenta en su planificación anual. Las actividades de formación que se hayan realizado durante el curso escolar serán evaluadas por el claustro de profesores y profesoras y así valorar su inclusión en el plan de formación del curso siguiente. Se considerarán prioritarias las formaciones demandadas por la totalidad del Claustro. L. Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. L1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” El régimen de dedicación horaria del profesorado será el establecido en la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, colegios de educación primaria, así como el horario de los centros, el alumnado y del profesorado (BOJA nº 169 de 30 de agosto de 2010), según la cual los maestros y maestras permanecerán en el Centro treinta horas semanales. El resto hasta las treinta y cinco horas semanales serán de libre disposición de los maestros y maestras para la preparación de actividades docentes, o cualquier otra actividad pedagógica complementaria. El horario lectivo se desarrolla en jornada de lunes a viernes en horario de 5 mañanas. Las jornadas se distribuyen en 5 sesiones y recreo de 30 min. La parte del horario semanal no destinada a horario lectivo, pero de permanencia en el Centro se estructura en cuatro horas dentro del horario regular los lunes de 16,30 a 20,30 horas y una hora de horario irregular a la semana. CUADRO HORARIO TRAMOS HORARIOS DE LUNES A VIERNES TRAMO 1 9,00-10,00 ACTIVIDAD DOCENTE TRAMO 2 10,00-10,30 ACTIVIDAD DOCENTE TRAMO 3 10,30-11,30 ACTIVIDAD DOCENTE TRAMO 4 11,30-12,00 RECREO TRAMO 5 12,00-13,00 ACTIVIDAD DOCENTE TRAMO 6 13,00-14,00 ACTIVIDAD DOCENTE TRAMOS HORARIO LUNES TARDE PERMANENCIA NO LECTIVA TRAMO 7 16,30-17,30 REUNIONES DE EQUIPOS DE CICLO TRAMO 8 17,30-18,30 TUTORÍA DE ATENCIÓN A PADRES Y MADRES TRAMO 9 18,30-19,30 PREPARACIÓN DE ACTIVIDADES TRAMO 10 19,30-20,30 ORDENACIÓN DE MATERIAL EDUCATIVO L2. CRITERIOS PARA REALIZAR HORARIOS DE LOS REFUERZOS PEDAGÓGICOS  Tener en cuenta el horario al que pertenece el grupo para que no coincida con las especialidades.  Intentar que coincidan con las áreas instrumentales de Lengua y Matemáticas.  Informe de los tutores sobre dificultades encontradas a partir de los resultados escolares del curso anterior y de la realización de las pruebas iniciales del curso actual. Concreción en reunión colegiada de ETCP.  Atención preferente a los alumnos por parte de profesores del mismo nivel y ciclo al que pertenece. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  Se prioriza a los alumnos que terminan ciclo, a los alumnos extranjeros con el objetivo de adquirir elementos básicos del idioma que les permita integrarse cuanto antes, así como al resto de alumnos con dificultades en el aprendizaje. L3. CRITERIOS PARA REALIZAR LOS HORARIOS DE PT Y AL:  Tener en cuenta el horario de clase de cada alumno/a para no sacarle de su aula en las especialidades.  Informe individual del alumno/a teniendo en cuenta el número de horas de atención que aconseja el equipo (EOE).  La atención en el aula ordinaria, preferentemente, haciendo coincidir con las áreas instrumentales.  Aspectos relacionados con el carácter del alumno.  Pertenencia a un mismo nivel y/o ciclo para agrupamientos que lleven un programa específico.  Los horarios de alumnado con necesidad específica de apoyo educativo o integración tardía en el sistema educativo se estructurarán de manera que respondan a sus necesidades sea dentro o fuera del aula. Se potenciará el apoyo educativo dentro del aula.  La especialista de PT atenderá e impartirá docencia directa para el desarrollo del currículo al alumnado con NEAE, cuyo dictamen recomiende esta intervención. Asimismo, atenderá al alumnado con otras necesidades específicas de apoyo educativo en el desarrollo de intervenciones especializadas que contribuyan a la mejora de sus capacidades. M. Los procedimientos de evaluación interna. M1. INTRODUCCIÓN 1. Todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje. 2. El resultado de este proceso se plasmará anualmente en una memoria, que incluirá las correspondientes propuestas de mejora, cuya aprobación corresponderá al Consejo Escolar. 3. El equipo de evaluación estará compuesto por el equipo directivo, los/as coordinadores/as de ciclo y un padre-madre del Consejo Escolar. La responsabilidad de llevar a la práctica esta labor recae sobre el equipo directivo y el ETCP. En cuanto a la temporalización, debe realizarse durante el tercer trimestre, comprometiéndose a entregar la memoria de autoevaluación al claustro y al Consejo Escolar, al cual corresponde su aprobación. El procedimiento para llevar a cabo la autoevaluación será el siguiente: 1º- Los Equipos de Ciclo coordinados por el Equipo Directivo y el ETCP realizaran la evaluación de los diferentes indicadores establecidos y aspectos a evaluar. Por otro lado el profesorado responsable de la coordinación de planes y programas, delegados-as de clase, delegadosas de padres y madres, comisión de convivencia... realizaran la valoración y evaluación de su cometido. Temporalización: 2ª quincena de mayo. La información estará recogida por la jefatura de estudios en la 1ª semana de junio. 2º- Los resultados de este proceso se plasmarán en la memoria de autoevaluación que elaborará el Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” equipo de evaluación. Temporalización: 2ª semana de junio. 3º- Esta memoria se analizará en Claustro en el que se incluirán las últimas aportaciones, valoración de logros y dificultades y propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. Temporalización: 2ª quincena de junio. 4º- Aprobación de ésta por el Consejo Escolar. Temporalización: último Consejo Escolar del curso. M2. OBJETIVOS:  Orientación y asesoramiento a los distintos sectores de la Comunidad Educativa sobre las posibilidades de cumplimiento de los principios sobre los que se asienta la organización y funcionamiento del Centro.  Corrección y reorientación de las estrategias y actividades que se llevan a cabo para la consecución de los objetivos propuestos.  Control de la Comunidad Educativa, que tienen la obligación de realizar los órganos de gobierno y que se materializa en la comprobación del cumplimiento de las normas establecidas en el Plan de Centro.  Evaluación continua y objetiva de la Comunidad Educativa, dado que se realiza con respecto a principios y criterios establecidos en la fase de programación y organización del Centro. M3. ÁMBITOS EVALUABLES REFERENTES A:  Evaluación interna del funcionamiento del Centro.  Autoevaluación de los programas que desarrolla el Centro.  Evaluación interna del desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje: evaluación de la práctica docente y de los resultados.  Autoevaluación de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de dificultades de aprendizaje. M4. INDICADORES DE CALIDAD: Funcionamiento del Centro - Funcionamiento de los órganos de gobierno y coordinación didáctica. - Recursos humanos. - Recursos materiales. - Formación. - Implicación en la Comunidad Educativa. - Clima de convivencia en la Comunidad Educativa. Factores/Dimensiones que conforman la práctica docente: - Factor: Programación de la enseñanza: Planificación del trabajo docente. La programación didáctica. La contextualización. - Factor: Desarrollo de la enseñanza: - Metodología y aprovechamiento de los recursos: Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Coherencia entre la metodología desarrollada en el aula y la expuesta en la programación. Motivación para el aprendizaje. Organización del proceso de enseñanza-aprendizaje. Actividades desarrolladas y orientación del trabajo del alumnado. Utilización de los recursos. - Formación y evaluación de la enseñanza: Formación e innovación educativa. Evaluación de la práctica docente. - Tutoría: Actuaciones con el alumnado. Contenido de la tutoría. Relaciones con padres/madres de alumnos.Coordinación con el equipo docente. - Atención a la diversidad: Refuerzos y apoyos. Profundización y enriquecimiento. Atención a alumnos con necesidades educativas especiales. Otras medidas. - Clima del aula: Distribución del mobiliario y del material en el aula. Interacción profesorado-alumnado. Trabajo en equipo del profesorado. La resolución de conflictos en el aula. Evaluación: Evaluación de los aprendizajes. − Evaluación inicial: instrumentos. − Evaluación continua: instrumentos. − Evaluación final: instrumentos. − Coevaluación y autoevaluación. − Información a las familias y al alumnado M5. RESULTADOS:  Porcentaje de alumnos/as que promocionan cada curso académico, respecto a los evaluados.  Porcentaje del cumplimiento global del Centro de las programaciones impartidas en el curso académico.  Absentismo escolar de no asistencia con respecto al número de días anuales).  Absentismo laboral (número de días de no asistencia con respecto al número de días anuales).  Seguimiento del rendimiento escolar de ex alumnos y alumnas. M6. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN  Las técnicas más usuales para la evaluación suelen ser la observación, la entrevista y la encuesta a través de la triangulación. La triangulación consiste en la utilización de diferentes métodos, sujetos y fuentes de datos para evaluar un mismo fenómeno. Los tipos de triangulación más utilizados son: - de las fuentes: se recoge información de diversa procedencia (por ejemplo, padres, Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” profesores, alumnado, etc.). - de métodos y técnicas: en el mismo estudio se obtiene información mediante estrategias metodológicas distintas (cuestionarios, tests, escalas, etc.). - de evaluadores: los datos son obtenidos y/o analizados por diversos sujetos.  Los instrumentos más comunes para la recogida de datos son los cuestionarios, las listas de control, las escalas de valoración, los tests. M7. MEMORIA Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el ROF. Los cuestionarios, la valoración de logros y dificultades, escalas,... se llevarán a cabo a final de cada curso. El equipo directivo coordinará la recogida de datos. El equipo de evaluación elaborará un borrador para la realización de la memoria en donde aparezcan los mismos y las propuestas de mejora que se derivan de estos. N. Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado. N1.CRITERIOS GENERALES PARA LOS AGRUPAMIENTOS: Se establecerán los siguientes tipos de agrupamientos:  Grupo de clase o nivel se hará de forma alfabética. En caso de que no se consiga la hetereogeneidad deseada se tendrá en cuenta: las edades (tener en cuenta un reparto equilibrado del alumnado repetidor), de forma equitativa en cuanto a sexo (similar número niños-as) y madurez o nivel curricular (reparto equilibrado de alumnado repetidor y problemático) a fin de que los grupos sean lo más heterogéneos posibles.  Pequeño grupo ( 3-6 alumnos/as). Se constituirán para trabajar en apoyos, refuerzos o cualquier otra situación didáctica.  Agrupamientos flexibles interniveles por ciclos, para afianzar contenidos no adquiridos en áreas instrumentales.  Gran grupo ( dos o más grupos clase). Para actividades puntuales contempladas en el Plan Anual o en la programación de cualquier ciclo. N2. CRITERIOS GENERALES PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y ENSEÑANZAS: Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 1) Base legal: (Artículos 89 y 90 del Decreto 308/2010) Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendrá un tutor o tutora que será nombrado por la Dirección del Centro, a propuesta de la Jefatura de Estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo. Art. 20 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010). Criterios para la asignación de enseñanzas: 1. La asignación de los diferentes cursos, grupos de alumnos y alumnas y áreas dentro de cada enseñanza la realizará la dirección del centro, en la primera semana del mes de septiembre de cada año, atendiendo a los criterios establecidos en el proyecto educativo para la asignación de las tutorías , de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado, y a lo dispuesto en el artículo 89 del Reglamento Orgánico de estos centros. 2. A los maestros y maestras que impartan el área de idiomas, una vez cubierto el horario de los grupos de educación primaria, se les encomendará la iniciación en la lengua extranjera de los niños y niñas de educación infantil. 3. La adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime al profesorado de impartir otras enseñanzas o actividades que pudieran corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica del centro y con la normativa que resulte deaplicación. Se procurará que los miembros del Equipo Directivo impartan clase en el segundo o tercer ciclo de E. Primaria. En caso de permanecer en el 1º Ciclo o pertenecer a E. Infantil, las horas de función directiva serán cubiertas por un solo docente. Siempre que sea posible al E. Directivo no se le asignará tutoría. Se procurará que el profesorado especialista con tutoría, esta sea en el 2º o 3º Ciclo y que imparta el mayor número de horas en el mismo, siendo sustituido por un solo docente. Para impartir docencia en el 3º Ciclo de E. Primaria será tenida en cuenta la formación del profesorado o su compromiso de aprendizaje, en la utilización de las Nuevas Tecnologías. En la asignación de ciclo y nivel se tendrá en cuenta la experiencia y el perfil del profesorado, intentando que el 1º Ciclo, preferentemente, sea cubierto con profesorado definitivo. Se procurará adjudicar las tutorías teniendo en cuenta la continuidad del profesorado. Ñ. Los criterios generales para elaborar las programaciones didácticas de cada una de las áreas de la educación primaria y de la educación especial y las propuestas pedagógicas de la educación infantil. Ñ1. MARCO NORMATIVO EDUCACIÓN INFANTIL.  REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del 2º ciclo de Educación Infantil (BOE núm. 4 de 04 de Enero de 2007).  DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía. (Boja nº164 de 19 de Agosto 2008).  ORDEN de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. (BOJA núm 169 26 de Agosto 2008)  ORDEN de 29-12-2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación en la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA núm. 314 de 30 de Diciembre de 2008). PRIMARIA.  DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial. (BOJA núm. 139 de 16 de Julio de 2010).  DECRETO 230/2007, de 31 de julio, (BOJA núm. 156, de 8 de Agosto de 2007).  ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-8-2007) Ñ2. CRITERIOS GENERALES  Cada ciclo debe elaborar la programación didáctica de cada una de las áreas o materias, distribuidas en unidades didácticas que se desarrollarán en los cursos que componen el ciclo.  La programación didáctica tiene un carácter unitario, es decir, sirve para dar unidad y coherencia a las enseñanzas de una misma área en los distintos cursos.  La programación didáctica del área debe incluir las enseñanzas de todos los cursos en los que ésta se imparte.  Los criterios sobre metodología y evaluación deben ser comunes, aun con alguna matización, dadas las diferencias existentes entre las características de estas edades, para todos los cursos de una misma etapa en los que se imparte el área.  Las unidades didácticas constituyen la denominada programación de aula.  Concretar en la programación todos los elementos que deben componerla atendiendo a la norma que lo regula.  La programación didáctica no tiene por qué cambiar cada año, una vez que se hayan realizado las revisiones y mejoras convenientes. Cuando no proceda realizar modificaciones, podría bastar con se indique el curso en que fue remitida y, si es el caso, la fecha en que fue informada favorablemente por el Servicio de Inspección  Las distintas programaciones deben responder a unos criterios homogéneos que den unidad y coherencia a todas ellas dentro de un centro educativo.  Estas directrices deberían incluir el establecimiento de un mismo orden en la redacción de los distintos apartados.(Se puede elaborar un guión didáctico común)  La programación debe especificar los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación para cada ciclo y, en su caso, para cada uno de los cursos.  Los objetivos y criterios de evaluación deben ir relacionados entre sí. Ñ3.CADA PROPUESTA DIDÁCTICA DEBE REFLEJAR LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:  Distribución de objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación para cada ciclo y curso. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río”  Contribución al desarrollo de las competencias básicas.  Actividades  Metodología didáctica. En ella hay que contemplar:  - Organización: que son los agrupamientos, los espacios y los tiempos  - Recursos y equipamientos  - Relaciones de comunicación  Evaluación: instrumentos, procedimientos, y criterios de calificación.  Temporalización  Temas transversales del currículo.  Medidas previstas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado, en todas las áreas.  Medidas de atención a la diversidad  Actividades complementarias y extraescolares. Ñ4. TAREAS TIPO  Tareas de Iniciales o previas:  Planteamos la unidad, proponemos lluvia de ideas, generamos predisposición hacia la participación....  Tareas de Desarrollo (actividades de desarrollo y profundización):  Corresponde probablemente al bloque central de la unidad, donde se van a desarrollar las tareas fundamentales, utilizando estilos de búsqueda, indagación....  Tareas Finales:  Son el bloque de tareas finales de la unidad. Son tareas que dan significatividad y funcionalidad a aquello que se ha estado haciendo durante toda la unidad. Tareas de refuerzo o retroacción:  Para aquel alumnado que presenta dificultad ante la tarea y otras estrategias que nos permitan adecuarnos a su estilo o ritmo de aprendizaje Programaciones didácticas de las áreas y de las materias (concreciones, desarrollos curriculares de segundo nivel o proyectos curriculares) Las programaciones didácticas en la Educación Primaria son instrumentos específicos de planificación, desarrollo y evaluación de cada área del currículo establecido por la normativa vigente. Se atendrán a los criterios generales recogidos en el Proyecto educativo y tendrán en cuenta las necesidades y características del alumnado. Serán elaboradas por los equipos de ciclo y su aprobación corresponderá al Claustro de Profesorado. Las programaciones didácticas incluirán : • Los objetivos, los contenidos y su distribución temporal y los criterios de evaluación para cada curso y ciclo, posibilitando la adaptación de la secuenciación de contenidos al contexto del centro. • La contribución de las áreas a la adquisición de las competencias básicas. • La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo. • La metodología que se va a aplicar. • Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación, en consonancia con las orientaciones metodológicas establecidas. • Las medidas previstas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado, en todas las áreas. • La medidas de atención a la diversidad. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” • Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar incluidos los libros para uso del alumnado. • Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el currículo, que se propone realizar por los equipos de ciclo. Las programaciones didácticas de todas las áreas incluirán actividades en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma oral. Los maestros y maestras desarrollarán su actividad docente de acuerdo con las programaciones didácticas de los equipos de ciclo a los que pertenezcan. Las propuestas pedagógicas Las propuestas pedagógicas en el segundo ciclo de Educación Infantil respetarán las características propias del crecimiento y el aprendizaje de los niños y niñas. Serán elaboradas por el equipo de ciclo de educación infantil y su aprobación corresponderá al Claustro de Profesorado. Las propuestas pedagógicas incluirán : • La concreción del currículo para los niños y las niñas del centro. • La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo. • La metodología que se va a aplicar. • Las medidas de atención a la diversidad. • El diseño y la organización de los espacios individuales y colectivos. • La distribución del tiempo. • La selección y organización de los recursos didácticos y materiales. • Los procedimientos de evaluación del alumnado, en consonancia con las orientaciones metodológicas establecidas. O. Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el centro. O1. PROPUESTA DE DESARROLLO DE LA ESCUELA TIC 2.0 EN EL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO MARCO NORMATIVO:  DECRETO 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad. (BOJA núm. 39 22 de febrero 2007)  DECRETO 328/2010, de 13 de julio. Artículo 21, apartado O. (BOJA nº 139 de 16 de Julio 2010)  ORDEN de 3-09-2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas estratégicos que desarrolla la Consejería competente en materia de educación. Artículo 3, puntos:1 y 2 ( BOJA nº 182 de 16 de Septiembre de 2010) OBJETIVOS: Objetivos que se pretenden alcanzar, relacionados con el profesorado:  Realizar actividades de formación a través de la Red.  Intercambiar información y experiencias con otros centros.  Descargar de la Red los programas informáticos que se vean útiles para el centro o el Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” alumnado.  Crear/Actualizar la página web del centro.  Elaborar material didáctico que pueda ser utilizado por el alumnado.  Recopilar información a través de Internet y utilizarla como herramienta para realizar unidades didácticas que complemente el proceso de enseñanza y aprendizaje.  Utilizar estas herramientas para motivar al alumnado.  Aplicar los nuevos conocimientos informáticos en la consecución de los objetivos de las distintas áreas del currículo.  Objetivos que se pretenden alcanzar, relacionados con el alumnado:  Dar a conocer básicamente el ordenador y su manejo.  Habituar al alumnado a utilizar el ordenador como instrumento de adquisición de conocimientos, desarrollo de la creatividad, actitudes, destrezas y hábitos.  Desarrollar una actitud crítica hacia las redes sociales de comunicación.  Utilizar las nuevas tecnologías de forma habitual, en el aula.  Fomentar la participación del alumnado en la vida educativa del centro a través de la página web y utilizar los recursos que se vayan incorporando.  Utilizar estas tecnologías desarrollando un espíritu crítico para hacer un uso responsable y útil de ellas. EVALUACIÓN: Evaluaremos los aspectos mencionados a continuación:  Utilización y adecuación de los recursos empleados (ordenadores, software, cursos,…).  Los materiales elaborados.  El grado de participación, implicación y utilización de los distintos miembros de la comunidad educativa.  Grado de consecución de los objetivos planteados. COMPROMISO DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO El Compromiso de Formación debería desarrollarse atendiendo a los siguientes contenidos:  Sistema operativo Guadalinex a nivel de usuario.  Uso adecuado de las herramientas que provee el sistema operativo: - Procesador de textos - Hoja de cálculo - Presentaciones - Programa gráfico.  Uso del programa de gestión Séneca.  Completar conocimientos de Helvia , Pasen y otras plataformas (Moodle, Colabora…) mediante: - Conocimiento del entorno - Posibilidades del mismo. - Gestión de la comunicación  Dominar los distintos niveles que presentan las Pizarras Digitales y Mochila Digital.  Elaborar recursos didácticos como Hot- potatoes, Webquest, Caza tesoros…  Usar didácticamente los recursos de la Web 2.0 ( Blogs, flicker, slidshare…) 02. PLAN DE APERTURA DE CENTROS MARCO NORMATIVO:  LEY 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” (BOJA 07-11-2006). art. 44.2 (BOJA 07-11-2006).  LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, art. 2.2 y 50 , (BOJA núm. 252, de 26 de Diciembre de 2007).  DECRETO 137/2002, de 30 de abril, de Apoyo a las Familias andaluzas, art. 13 (BOJA de 4-5-2002) Decreto 328/2010 de 14 de Julio (BOJA 05/11/2010).  ORDEN de 3-08-2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario (BOJA 12-08-2010).  ORDEN de 3-09-2010, por la que se establece el horario de dedicación del profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas estratégicos que desarrolla la Consejería competente en materia de educación (BOJA 16-09-2010). OBJETIVOS:  Favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral para hombres y mujeres.  Ofrecer al alumnado las actividades que necesitan para completar su formación y utilizar de una manera educativa y provechosa su tiempo libre.  Apoyar al alumnado más desfavorecido socioeconómica y culturalmente. CRITERIOS:  Los centros podrán abrir sus instalaciones desde las 7.30 hasta las 18 horas, todos los días lectivos con excepción de los viernes, en los que el cierre será a las 16 horas.  Se podrán ofertar los servicios de: aula matinal (7.30 a 9 horas), comedor escolar (14 a 16 horas) y actividades extraescolares (16 a 18 horas de lunes a jueves).  La organización y funcionamiento de los servicios del PAC estará recogido en el ROF del centro.  El centro podrá estar abierto durante los días no lectivos de 8 a 20 horas, previo proyecto elaborado por el centro o, en su caso, por el Ayuntamiento o cualquier otra institución. P. Cualesquiera otros que le sean atribuidos por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” ÍNDICE CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO II: PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES. CAPÍTULO III: CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Órganos Colegiados: Consejo escolar y claustro. Equipo directivo. Equipos Docentes. Equipos de ciclo Equipo de orientación. Equipo técnico de coordinación pedagógica. Tutores Personal no Docente. CAPÍTULO IV: CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTIZAN EL VIGOR Y LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES. CAPÍTULO V: ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN. CAPÍTULO VI: DE LA ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADA Y SALIDA DE CLASE. CAPÍTULO VII:FORMA DE COLABORACIÓN DE LOS TUTORES/AS EN LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO. CAPÍTULO VIII: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN. CAPÍTULO IX:PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS EQUIPÒS DE EVALUACIÓN CAPÍTULO X:SOBRE LA UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES, OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS Y ACCESO SEGURO A INTERNET DEL ALUMNADO. CAPÍTULO XI: SOBRE LA UTILIZACIÓN DE UNIFORME. CAPÍTULO XII: COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. CAPÍTULO XIII: SOBRE LA REVGISIÓN DE ESTE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento es el documento básico que regula el funcionamiento del C.E.I.P. Virgen del río de Huércal-Overa (Almería) y recoge las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa. Artículo 2. Este Reglamento, así mismo, regula las relaciones entre los distintos estamentos que integran la Comunidad Educativa donde está enclavado el Centro. Artículo 3. Es el marco legal, dentro del cual se ha de desarrollar toda la vida del Centro. Recoge los principios educativos generales reflejados en la Ley 17/2007 de 10 de diciembre , de Educación de Andalucía y en el DECRETO 328/2010 de 13 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los colegios de educación infantil y primaria y tiene como finalidad el desarrollo de la convivencia de las distintas personas y estamentos, respetando los derechos personales garantizados en la Constitución. Artículo 4. Ha sido elaborado de acuerdo con la normativa legal vigente, participando en su elaboración todos los sectores de la Comunidad Educativa del Centro. Artículo 5. La Comunidad Educativa del Centro estará integrada por todos los que participan en la tarea educativa: alumnos/as, padres/madres, profesores/as, educadores/as, personal no docente y administración. CAPÍTULO II PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES Artículo 6. La Comunidad Educativa del C.E.I.P. VIRGEN DEL RÍO, basándose en los criterios que en materia de educación contiene la Constitución Española, desarrollados en la L.E.A. y Decreto 328/2010 que regula la organización y funcionamiento de los colegios de educación infantil Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” y primaria, ajustará su actividad a los siguientes principios generales: a) Pleno desarrollo de la personalidad del alumno/a. b) La adquisición de hábitos intelectuales y de trabajo. c) La transmisión de conocimientos científicos, humanos y estéticos. d) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos. e) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales, dentro de los principios democráticos de convivencia y del ejercicio de la tolerancia y de la libertad. f) Todos los miembros de esta comunidad educativa tienen derecho a exigir el respeto a sus convicciones filosóficas, morales, religiosas, etc... Así mismo, tienen obligación de respetar a los demás. g) Todos los miembros tendrán derecho a intervenir en las decisiones que les afecten, a través de las personas que, libremente elegidas, habrán de representarles en el seno de los órganos colegiados del Centro. h) Los alumnos/as recibirán las orientaciones precisas para que puedan asumir progresivamente la responsabilidad de su propia educación y las actividades complementarias de carácter cultural y educativo que contribuyan a completar su formación y su preparación para participar activamente en la vida social y cultural. i) Los profesores/as tendrán derecho a que sean respetadas las libertades académicas que legalmente les corresponden, siempre desarrolladas en un marco de respeto a la Constitución. Así mismo, tienen el derecho y el deber de velar por el respeto a la verdad histórica, a la verdad científica y a la libertad de expresión en el ámbito y opinión de esta Comunidad Educativa. j) El Centro colaborará con su entorno social (organismos, asociaciones legalmente constituidas) en todas las actividades que contribuyan la formación del alumno/a, siempre que no interfieran el normal desarrollo de las actividades educativas. k) Según los principios de igualdad de derechos y no discriminación que inspira la actividad educativa, la enseñanza que se proporcione a los alumnos/as será igual y se desarrollará en un marco de coeducación y no sexista. CAPÍTULO III CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 7. De la comunidad educativa La comunidad educativa CE.I.P. VIRGEN DEL RÍO está estructurado en: 1. Órganos Colegiados. 2. Equipo directivo. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 3.Equipos Docentes. 4.Personal Docente. 5.Personal no Docente. 6.- Alumnos 7.- Las Familias de los alumnos y sus asociaciones.. 8.- Ayuntamiento. Artículo 8. Órganos Colegiados: A).El Consejo Escolar. 1. Composición: El Consejo Escolar del C.E.I.P. VIRGEN DEL RÍO estará formado por los siguientes miembros, según el articulo 49 del decreto 328/2010 de 13 de julio y el articulo 14 punto 2 y 3 del disposición n 200 de 13/10 /2010. El/la Director/a del Centro. El/la Jefe/a de Estudios. Un/una representante designado por el Ayuntamiento. Ocho profesores/as elegidos por el Claustro. Ocho representantes elegidos por los padres/madres. Un representante designado por la AMPA más representativa. Un/una representante del Personal de Administración y Servicios. El/la Secretario/a del Centro, con voz y sin voto. 2. Competencias: Las competencias de este órgano colegiado están recogidas en el articulo 50 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ver anexo o decreto) 4. Comisiones del Consejo Escolar: En el seno del consejo escolar se constituirán dos comisiones: a) comisión permanente. b) comisión de convivencia. a)Comisión Permanente a.1 . Composición: La composición de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el articulo 64. 1 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1) a.2. Competencias Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Las competencias de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el artículo 64. 2 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1) b)Comisión de convivencia a.1 . Composición: La composición de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el articulo 64. 3 del decreto 328/2010 de 13 de junio (ANEXO 1) a.2. Competencias Las competencias de esta comisión vendrá dada por lo establecido en el artículo 64. 4 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1) B).El Claustro de profesores. 1. Composición. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de éstos en el Centro y estará integrado por la totalidad de profesores/as que prestan servicios en el mismo, así como los maestros y maestras que impartan en este centro mayor número de horas y el orientador de referencia que así lo elija. Estará presidido por el Director/a. 2. Son competencias del Claustro de Profesores: Las competencias del claustro de profesores vendrán dadas por lo establecido en el artículo 66 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1) 3. El Claustro de Profesores se reunirá en sesión ordinaria una vez al trimestre, como mínimo. En sesión extraordinaria cuantas veces sean necesarias convocado por el Director/a o a petición de un tercio de sus miembros. 4. Las sesiones ordinarias del Claustro de Profesores serán convocadas por el secretario /a por orden del director /a con el correspondiente orden del día con una antelación mínima de cuatro días. De igual manera se convocaran las extraordinarias pero con una antelación mínima de dos días de antelación. 5. Los miembros del Claustro podrán hacer constar en acta su voto contrario a cualquier acuerdo adoptado y las razones en que lo fundamentan, si lo creen oportuno, quedando salvada su responsabilidad respecto al mismo. 6. La asistencia a las sesiones del Claustro es obligatoria para todos los componentes considerándose las faltas injustificadas a los mismos como un incumplimiento del horario laboral . 7. El Secretario/a del Centro, que lo será también del Claustro de Profesores levantará acta de las sesiones del Claustro. Esta contendrá la indicación de los asistentes, así como las Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de deliberación; la forma y resultados de las votaciones y el contenido de los acuerdos. 8.- Los acuerdos serán adoptados por mayoría absoluta de los asistentes y dirimirá los empates el voto de calidad del Presidente. Artículo 9. Funcionamiento de los Órganos Colegiados. 1. Todas las reuniones de los Órganos Colegiados se celebrarán fuera del horario lectivo 2. El funcionamiento genérico de los órganos colegiados se ajustará a la Ley Orgánica de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. 3. El Director/a del Centro tendrá obligación de proporcionar a los miembros de los Órganos Colegiados toda la documentación necesaria para su estudio, previo a la reunión, con el objetivo de que cada miembro tenga suficiente información para poder tomar decisiones sobre el asunto o problema que se plantee. Artículo 10. El equipo directivo 1.- El equipo directivo vendrá definido según del artículo 68.1 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1) 2.- Son funciones del equipo directivo: Las funciones del equipo vendrán dadas por lo establecido en el artículo 68. 2 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1) 3.- Composición del equipo directivo: Dado que nuestro colegio tiene nueve unidades cuenta con lo establecido el artículo 69.1.c, es decir: - Director/a -Secretario/a. - Jefe/a de estudios. En el caso que se modificara el número de unidades podrá modificarse la composición de este equipo siguiendo lo establecido en artículo 69 del citado decreto. Del director. 4.- Las competencias de la dirección son las recogidas en el artículo 70 del decreto). 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 5.- La dirección tendrá potestad disciplinaria según lo recogido en el artículo 70 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Del jefe de estudios 6.- Las competencias de la jefatura de estudios son las recogidas en el artículo 73 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). Del secretario 7.- Las competencias de la secretaría son las recogidas en el artículo 74 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). Artículo 10.- Equipos docentes Los equipos docentes estarán constituidos según el artículo 79.1 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). Las competencias de los equipos docentes están recogidas en el artículo 79.2 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). Artículo 11.- Equipos de ciclo Los equipos de ciclo estarán integrados según el artículo 80.1 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 1.- Las competencias de los equipos de ciclo están recogidas en el artículo 81 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 2.- Cada Equipo de ciclo cuenta con un coordinador/ra. En nuestro son cinco. El nombramiento de los coordinadores de ciclo corresponde a la dirección según dicta el artículo 84 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). El cese de los coordinadores de ciclo vendrá dado siguiendo el artículo 85 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 3.- Periodicidad.- El equipo de ciclo se reunirá de forma ordinaria una vez a la semana y de forma extraordinaria a propuesta del coordinador. Artículo 12.- Equipo de orientación. 1.- Composición. El equipo de orientación estará formado por el orientador del equipo de orientación educativa, los maestros/as especialistas en PT y AL así como cualquier maestro que intervenga en apoyo o atención a la diversidad. El orientador del EOE podrá integrarse en el claustro de profesores si lo desea teniendo los mismos derechos y obligaciones que el resto de los componentes. 2.- Competencias. Las competencias de dicho equipo vienen dadas en el art. 86.2 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 3.- Coordinador. Este equipo contará con un coordinador cuyas competencias, nombramiento y cese se ajustará a lo previsto para los coordinadores/as de ciclo en los artículos 83, 84 y 85 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 4.- Del orientador. El centro contará con un orientador de referencia designado según lo previsto en el art. 86.4 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 5.- Funciones del orientador. Las expresadas en el art. 86.5 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 6.- Periodicidad.- El equipo de orientación se reunirá de forma ordinaria una vez al mes y de forma extraordinaria a propuesta del coordinador Articulo 13.- El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica 1.- Composición. Estará compuesto según lo previsto en el art. 87.1 y 87.2 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 2.- Competencias. Serán las expresadas en el art. 88 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). 3.- Periodicidad.- El ETCP se reunirá de forma ordinaria una vez al mes y de forma extraordinaria a propuesta de la Dirección. Artículo 14-. Tutorías y asignación de tutores. Se asignarán las tutorías según lo previsto en el artículo 89. apartados 1,2, 3,y 4. Artículo 15.-Funciones del tutor/a Las funciones del tutor/a serán las recogidas en el art. 90.2 del decreto 328/2010 de 13 de julio (ANEXO 1). Artículo 16. Personal no Docente. a) Personal Administrativo Dependerá del Secretario/a del Centro, al que podrá presentar todos las sugerencias, iniciativas o reclamaciones que considere oportunas en relación a las tareas administrativas. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Cumplirá sus funciones de acuerdo con la legislación vigente y la normativa interna del Centro. Actualmente nuestro Centro está dotado con una persona dedicada a tiempo total a estas funciones Realizará las tareas de apoyo administrativo en la secretaría del Centro. En ningún caso podrá realizar tareas docentes. Velará por el material de su lugar de trabajo, informando a la Dirección de cualquier anomalía, faltas, etc, que se detecte. b) Conserje. Si bien su dependencia administrativa corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Huércal- Overa, su vinculación profesional depende de la Dirección del Centro, en particular del Secretario/a del Centro, quien a comienzos de cada curso y de acuerdo con las necesidades establecerá el horario de trabajo, distribuyendo su jornada marcada por la legislación a lo largo de la semana, de manera que el Centro siempre quede atendido en el desarrollo de su actividad docente. Sus funciones específicas serán las siguientes: Cerrar y abrir el Centro. Hacer sonar el timbre de acuerdo con el horario establecido. Control de entradas y salidas de personas y vehículos ajenos al Centro. Permanecer siempre en Conserjería y responsabilizarse de las llaves. Mantener el orden en los pasillos y escaleras. Cerrar las puertas de acceso al Centro, desde el viernes al lunes y en días festivos. Encargarse de los aparatos y material fungible existente y entregárselo a los profesores cuando se lo soliciten. Mantenimiento y cuidado de jardines, evitando destrozos y cuidándolo con riego periódico, poda del arbolado, y dando cuenta al Secretario/a de cualquier anomalía o incidencia que pueda ser grave para el normal desarrollo de la actividad académica. Comprobar periódicamente el estado de las clases, comunicando cualquier anomalía o deficiencia al Secretario/a. Si la avería fuera grave la Dirección del Centro recabaría la ayuda del Excmo. Ayuntamiento. Encender y apagar los sistemas de calefacción siguiendo las indicaciones de la dirección del Centro. Control de combustibles. Recogida y entrega de la correspondencia oficial del Centro. Limpieza de patios y papeleras. Mantenimiento del material de los aseos colectivos: papel higiénico y dispensadores de jabón Supervisión de la limpieza diaria realizada por el personal contratado al efecto. Control de alumnos/as cuando éstos acuden o tratan de salir del Centro fuera de los Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” horarios oficiales establecidos. Vigilancia del edificio y realización de pequeñas tareas de mantenimiento. Comunicar a la Dirección del Centro cualquier anomalía que se produzca fuera del horario lectivo, muy especialmente las derivadas del uso inadecuado de las dependencias por parte de los responsables de las actividades extraescolares. Ocasionalmente, podrá realizar otras funciones siempre que las mismas se encuentren en el ámbito de sus competencias o que voluntariamente quiera asumir para mejor funcionamiento del Centro. - Es el encargado de conectar/desconectar el sistema de alarma del Edifico nuevo dentro del plan de evacuación. (Por Orden del Cargo Directivo que en ese momento se encuentre en el mismo). CAPÍTULO IV CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTIZAN EL RIGOR Y LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES Artículo 17 Toma de decisiones en los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente.. En los Órganos colegiados las decisiones se tomarán siempre por mayoría simple. En caso de empate el voto de calidad lo dará el Director. En el caso de que no lo presida el Director Asumirá esta prerrogativa la persona que ocupe el cargo de dirección o coordinación. Artículo 18.- Toma de decisiones con respecto a la escolarización 1.-.Se seguirán los criterios establecidos en el Decreto 53/2007 de 20 de febrero y las modificaciones expresadas en el Decreto 47/2010 de 27 de febrero por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, así como las Órdenes ( 26/02/2010 y 12/03/2010 ) e Instrucciones que los desarrollan. 2.1.- En el caso de alumnos que se tengan que escolarizar presentando necesidades específicas de apoyo educativo por incorporación tardía al sistema educativo y presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo en educación primaria podrán ser escolarizados en un curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad, en los términos recogidos en el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y en el 20.2 del Decreto 231/2007 de 31 de julio y la Orden de atención a la diversidad de 25 de julio de 2008 en su artículo 12.4. Procedimiento de escolarización 1º.- Cuando existan serias dificultades de idioma o se sospeche un excesivamente bajo nivel curricular del alumnado se le realizará un informe de evaluación psicopedagógica por parte del orientador e informará al E.T.C.P. 2º.- El E.T.C.P. se reunirá con carácter de urgencia y decidirá por mayoría la aplicación o no del Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” apartado 2.1 de este mismo artículo. Artículo 19.- Toma de decisiones con respecto a la evaluación Con respecto a la evaluación se seguirá lo establecido en las Órdenes de 10/08/2007 por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria, así como las Instrucciones de 17/12/2007 por las que se complementa la normativa sobre evaluación en Educación Primaria así como las Instrucciones de 5/6/2008 por las que se complementa la normativa sobre la evaluación en Educación Infantil. CAPÍTULO V ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN. Artículo 20.- Criterios de distribución del espacio. Nuestro Centro Consta de dos edificios: a)Edificio nuevo Consta de dos plantas: - Plan baja: - dos aulas de educación infantil 3 años, servicios administrativo ( Secretaría Jefatura, Dirección y archivo), Sala de profesores, Salón de Actos, aula de PT, sala de calderas, dos almacenes y aseos de profesorado y alumnado. -Planta alta: cuatro aulas de educación infantil, tres aulas de primero, dos de segundo, una de AL y servicios de alumnado y profesorado c)Edificio antiguo -Planta baja: aula matinal y de música, dos aulas de tercero, dos de cuarto y biblioteca del Centro -Planta alta: dos aulas de quinto, dos de sexto, sala de informática, aula de inglés, una tutoría y un almacén. Articulo 21.- Instalaciones y recursos materiales del centro. 1.- Espacios de uso específico. Son aquellos que por su característica espacial o por albergar instalaciones o material especial necesitan de un uso exclusivo para una determinada función. Tales son: Aula de Informática Aula de PT. Aula de idiomas Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Aula de AL 2.- Espacios de uso múltiple o diversificado. Permiten una gran variedad de agrupamientos y adaptaciones a diferentes tipos de situaciones educativas. Resulta muy necesaria la existencia de estos espacios dada la multiplicidad de situaciones que pueden crearse no sólo desde el punto de vista del tratamiento individualizado o selectivo ( apoyos ), sino además, por la utilidad que los mismos dan a actividades creativas como talleres, ensayos, trabajos de equipo, etc. Entre este tipo de espacio nuestro Centro tiene: Un salón de usos múltiples. Una Biblioteca. Pistas deportivas. Gimnasio Aula matinal 3.-Las Aulas. La distribución del alumnado en el aula será realizada por el tutor atendiendo a las características del alumnado, desde criterios facilitadotes del trabajo Artículo 22:- Sobre la biblioteca y su uso 1.- La biblioteca: CAPÍTULO VI DE LA ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADA Y SALIDA DE CLASE.. Artículo 23 .-Horario de entrada y salida. 1.- Horario lectivo: a.- Infantil y primaria de 9:00 a 14:00 horas 2.- Horario de apertura del centro. 2.1 Horario de mañana. El centro abrirá las puertas todos os días a las 7:30 horas ( aula matinal) y a las 8:55 para el resto del alumnado . Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 2.2 El horario de tarde: Lunes de 16:30 a 20:30 dedicado a horario irregular del profesorado. Actividades extraescolares de lunes a jueves de 16 a 18 horas Artículo 24.- Horario de recreo y criterios de su organización. 3.1.- El horario de recreo quedará fijado de 11:30 a 12 horas para todos los niveles. 3.2.- Criterios de organización. Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse3 un turno entre los maestros y maestras del Centro a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos/as o fracción, del que quedará exento el Equipo Directivo CAPÍTULO VII FORMA DE COLABORACIÓN DE LOS TUTORAS/ES EN LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO. Artículo 25.- Actividades a realizar por los tutore/as en el programa. 1.- Sobre el cheque libro. De forma ordinaria durante el mes de Junio, el tutor/a de cada alumno entregará a los padres el correspondiente cheque libro en la entrega de boletines de la tercera evaluación. De forma extraordinaria, alumno de nueva incorporación, se le dará el cheque libro cuando éste se incorpore al centro. 2.- Sobre los libros: 2.1.-Cuando los alumno hayan comprados los libros, el tutor/a , pondrá un sello en los libros donde quede reflejado el nombre del alumno, curso y estado de conservación, de manera que si un alumno hace mal uso del libro tendrá que reponerlo. 2.2.-Al final de curso el tutor recogerá los libros de sus alumnos guardándose en las tutorías. 2.3.-Al principio del curso los tutores/as entregaran los libros usados reflejando en ellos el nombre del alumno, curso y estado de conservación, de manera que si un alumno hace mal uso del libro tendrá que reponerlo. CAPÍTULO VIII PLAN DE AUTOPROTECCION Artículo 26.- Plan de autoprotección. El centro cuenta con un plan de protección desarrollado en el ANEXO II Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” CAPÍTULO IX PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS EQUIPOS DE EVALUACIÓN Artículo 27.- Composición del equipo de evaluación. El equipo de evaluación estará compuesto por el Equipo Directivo y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar CAPÍTULO X SOBRE LA UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES, OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS Y ACCESO SEGURO DE INTERNET DEL ALUMNADO. Artículo 28.- Utilización de de teléfonos móviles. Queda prohibido el que los alumnos traigan teléfonos móviles al colegio durante la jornada escolar.En el caso de que algún/a alumno/a traiga teléfonos móviles durante la jornada escolar, el profesorado del centro se lo retirará y llamará a los tutores del alumnos para que lo recoja apercibiéndolo oralmente de lo ocurrido. Artículo 29.- Utilización de otros aparatos electrónicos. Queda prohibido el que los alumnos traigan otros aparatos electrónicos tipo MP3, consolas, etc. al colegio durante la jornada escolar. En el caso que lo traigan se actuará de igual manera que con los teléfonos móviles. Artículo 30.- Sobre las llamadas a profesores o equipo directivo durante las horas lectivas. Solo se interrumpirán las clases para asuntos de extrema urgencia y nunca para llamadas para atender a comerciales. Artículo 31.-Sobre el acceso seguro a Internet por parte del alumnado. 1.-Se tendrá en cuenta todo lo especificado en el Decreto 25/2.007 de 6 de febrero por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y comunicación por parte de las personas menores de edad. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 2.- Los profesores darán instrucciones precisas a los alumnos sobre las páginas a acceder en su práctica docente. Dichos profesores vigilaran a los alumnos para que se cumplan estas instrucciones. 3.- El coordinador T.I.C. del centro revisará periódicamente los filtros de páginas y contenidos a los que pudiera tener acceso el alumnado. CAPÍTULO XI SOBRE LA UTILIZACIÓN DE UNIFORME Artículo 31.- La posibilidad de establecer un uniforme para el alumnado. En el supuesto de que el Centro decidiera el uso de un uniforme, este, además de la identificación del Centro, llevará en la parte superior izquierda la marca genérica de la Junta de Andalucía asociada al aconsejaría competente en materia de educación ( art. 24, apartado i del DECRETO 328/2010) CAPÍTULO XII COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Artículo 31.- Las competencias y funciones se ajustaran a los expresado “ PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES” expresado en “ consideraciones sobre la prevención de riesgos laborales a la entrada en vigor de los decretos 327/2010 y 328/2010 por los que se aprueba los reglamentos orgánicos de los centros” (ANEXO III) Artículo 32.- El director con la ayuda del equipo directivo velará por el cumplimiento y aplicación del punto anterior. CAPÍTULO XIII SOBRE LA REVISIÓN DE ESTE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Artículo 33.- El presente reglamento podrá ser modificado a instancia de la dirección del centro, con las sugerencias y aportaciones del claustro de profesores, del personal de administración y servicios y de las asociaciones de padres y madres, y aprobado posteriormente por el consejo escolar. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” PROYECTO DE GESTIÓN Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” ÍNDICE: 0. CONCEPTUALIZACIÓN Y MARCO LEGAL GENERAL. 1. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CURSO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTO. 2. CRITERIOS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUSTITUCIONES DE LAS AUSENCIAS DEL PROFESORADO. 3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y EL EQUIPAMIENTO ESCOLAR. 4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS Y OTROS FONDOS. 5. PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO GENERAL DEL CENTRO. 6. CRITERIOS PARA UNA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CENTRO Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE. 7. PRESUPUESTOS ANUALES Y CUENTAS DE GESTIÓN. 8. REGISTRO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA ANEXO 1. Programa de gratuidad de libros de texto ANEXO 2. Normativa Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 0. Conceptualización y marco legal El proyecto de gestión de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos. Los presupuestos anuales y las cuentas de gestión formarán parte del proyecto de gestión. MARCO LEGAL ORDEN de 10-5-2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos. (BOJA 25-5-2006) ORDEN de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de esta Consejería (BOJA 17-09-2010). DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial (BOJA 16-07-2010). ORDEN de 20-08-2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010). Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 27 de febrero de 1996, por la que se regulan las cuentas de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma abiertas en las entidades financieras. ORDEN de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos. 22 de dic. 1. Criterios para la elaboración del presupuesto anual del curso y para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto. Estructura del presupuesto. El presupuesto de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación para cada curso escolar estará formado por el estado de ingresos y el de gastos. Estado de ingresos. 1. El estado de ingresos de cada centro docente estará formado por los créditos que le sean asignados por la Consejería de Educación, por otros fondos procedentes de Estado, Comunidad Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro Ente público o privado, por los ingresos derivados de la prestación de servicios, distintos de los gravados por tasas, por los que se obtengan de la venta de material y de mobiliario obsoleto o deteriorado que deberá ser aprobada por el Consejo Escolar y por cualesquiera otros que le pudiera corresponder. 2. Para cada curso escolar, la Consejería de Educación, a través de la Dirección General competente, fijará provisionalmente para cada uno de los centros docentes las cantidades asignadas para gastos de funcionamiento y procederá a su comunicación a los mismos antes del día 30 de noviembre de cada año. Con anterioridad al pago de liquidación del curso escolar, la Consejería de Educación, a través de la Dirección General competente, fijará la cantidad asignada definitivamente a cada centro. 3. Asimismo, con anterioridad al 31 de enero de cada año, la Consejería de Educación, a través de la Dirección General competente, comunicará a los centros que proceda la cantidad que con destino a inversiones deba recibir el centro para reparaciones, mejora, adecuación y equipamiento de sus instalaciones. 4. El presupuesto de ingresos se confeccionará de acuerdo con el modelo que figura como Anexo I de la ORDEN de 10 de mayo de 2006 por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, separando las partidas en tres columnas: a) La primera de ellas contendrá la previsión de ingresos propios. b) La segunda contendrá la previsión de ingresos como recursos procedentes de la Consejería de Educación, subdividiéndose a su vez en dos columnas, una para anotar los ingresos para gastos de funcionamiento y otra para anotar, en su caso, los ingresos para inversiones. c) Cuando proceda, en la tercera columna se recogerán los fondos procedentes de otras personas o entidades. La suma de los importes de las tres columnas se corresponderá con el global total de ingresos. Estado de gastos. 1. La confección del estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o procedentes del presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, se efectuará conforme al modelo que figura como Anexo II de la ORDEN de 10 de mayo de 2006, sin más limitaciones que su ajuste a los créditos disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto que sean necesarias para su normal funcionamiento, según la estructura que figura en el Anexo III de esta Orden, y a la consecución de los objetivos o finalidades para los que han sido librados tales fondos. 2. Los centros docentes podrán efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con cargo a los fondos percibidos con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, siempre que concurran las circunstancias siguientes: a) Que queden cubiertas todas las necesidades para el normal funcionamiento del centro. b) Que dichas adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10 % del crédito anual librado a cada centro con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento del mismo y se realicen previo informe de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación sobre la inclusión o no del material de que se trate en la programación anual de adquisición centralizada para ese centro. No estará sujeto a esta limitación el material bibliográfico que el centro adquiera. c) Que la propuesta de adquisición sea aprobada por el Consejo Escolar del centro. 3. La confección del estado de gastos, con cargo a recursos procedentes del presupuesto de la Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Consejería de Educación para inversiones, se efectuará conforme al modelo que figura como Anexo II de la ORDEN de 10 de mayo de 2006, ajustándose a los fondos disponibles, a la finalidad para la que han sido librados tales fondos y a su distribución entre las cuentas de gastos que sean necesarias para su mejor control, según la estructura que figura como Anexo III de la Orden citada anteriormente Elaboración y aprobación del presupuesto. 1. El proyecto del presupuesto será elaborado por el Secretario o Secretaria del Centro. 2. El proyecto de presupuesto del centro será inicialmente elaborado sobre la base de los recursos económicos consolidados recibidos por el mismo en los cursos académicos anteriores. Una vez comunicadas por la Consejería de Educación las cantidades asignadas a cada centro para gastos de funcionamiento y, en su caso, para inversiones, se procederá al ajuste del presupuesto a tales disponibilidades económicas. 3. Corresponde al Consejo Escolar, previo informe de su Comisión Económica, el estudio y aprobación del presupuesto, que deberá realizarse dentro de las limitaciones presupuestarias derivadas de la asignación fijada por la Consejería de Educación. La referida aprobación tendrá lugar, para el presupuesto inicialmente elaborado, antes de la finalización del mes de octubre de cada año. La aprobación del ajuste presupuestario que proceda se realizará en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha en la que el centro recibe la comunicación de la cantidad asignada por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento y, en su caso, para inversiones. 4. La aprobación del presupuesto en los centros que no tuvieran constituido el Consejo Escolar corresponderá a la respectiva Delegación Provincial de la Consejería de Educación, debiendo efectuarse ésta en los mismos plazos establecidos en el apartado anterior. Vinculación. El presupuesto vinculará al centro docente en su cuantía total, pudiendo reajustarse, con las mismas formalidades previstas para su aprobación, en función de las necesidades que se produzcan. No obstante, no podrán realizarse reajustes que permitan destinar las cantidades recibidas para inversiones a otros gastos de funcionamiento, ni tampoco aplicar las cantidades correspondientes a estos últimos a gastos de inversión, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del artículo 3 de la ORDEN de 10 de mayo de 2006 Otras consideraciones acerca del presupuesto 1. El Equipo Directivo contará con un estudio de la evolución del gasto del último curso, durante la primera quincena de octubre, para ajustar las previsiones a las necesidades del Centro con criterios realistas. 2.. Para la elaboración del presupuesto, se tendrá en cuenta la reserva del porcentaje que establezca la ley para la adquisición o reposición de material inventariable. 3. El Equipo Directivo tendrá en cuenta la situación de partida del Centro para compensar las desigualdades que puedan encontrarse en cuanto a dotación y recursos de los distintos equipos en el momento de la elaboración del presupuesto. 4. El presupuesto deberá satisfacer, en cualquier caso, todas las necesidades de funcionamiento general (mantenimiento básico de la seguridad de las instalaciones, mantenimiento de las comunicaciones telefónicas, postales, electrónicas y comunicaciones escritas del Centro a la Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” comunidad y administraciones, soporte de las tareas básicas del profesorado, tutores y tutoras…) 5. Una vez satisfechas esas necesidades consideradas básicas, se destinará una parte del presupuesto a los distintos cursos, equipos y especialidades a fin de que puedan reponer completar, de manera participativa y descentralizada, los recursos de sus respectivos equipos. 6. El Equipo Directivo expondrá a la Comisión Permanente del Consejo Escolar el borrador del presupuesto. Esta exposición a la Comisión tendrá lugar con una antelación mínima de una semana a la celebración del Consejo Escolar que estudie su aprobación. 7.Todos los pagos que realice el Centro serán a través de cheques, transferencias o domiciliaciones en su cuenta bancaria oficial para garantizar la total transparencia de la actividad económica del Centro. 2. Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado. Se seguirán los criterios establecidos en la ORDEN de 8 de septiembre de 2010 por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación. ● Bajas de corta duración (hasta tres días): Se cubren con el cuadrante del Profesorado de Apoyo ( primera baja-primer apoyo, segunda baja-segundo apoyo en primaria; primera baja de infantil- apoyo de infantil ). No obstante, cuando un profesor de apoyo realiza numerosas sustituciones en una clase, se intenta que sea el mismo docente el que imparta la docencia en esa clase por el bien del alumnado. Cuando todo el profesorado de apoyo esté cubriendo una baja serán los maestros y maestras liberados de módulos horarios por las distintas especialidades de su grupo/aula ● Bajas de larga duración: La dirección del centro será la competente para decidir cuándo se sustituirán las ausencias del profesorado con personal externo y, por tanto, con cargo al número de jornadas completas de profesorado sustituto puesto a disposición del centro para esta función, y cuándo se atenderán con los recursos propios del centro.(Orden de 8 de Septiembre de 2010). Si la ausencia no se cubre con personal externo se tendrá en cuenta el maestro o maestra de apoyo. Puntos a tener en cuenta en las ausencias: 1. Se requiere a todo el personal la notificación de cualquier ausencia prevista con la mayor antelación posible a fin de gestionar de manera eficiente su sustitución. 2. En todas las ausencias previstas, el profesorado que se vaya a ausentar facilitará la programación concreta prevista a la Jefatura de Estudios para que pueda contar con ella el profesorado que vaya a sustituir la ausencia. 3. En las ausencias imprevistas, la persona que cubra dicha ausencia acudirá al compañero/a del curso paralelo para informarse del Plan de Trabajo que siguen. El horario ha de estar en lugar visible tanto en primaria como en el ciclo de Infantil. 4. Las ausencias de hasta tres días se sustituirán por el profesorado que figure en el plan de sustituciones cortas. 5. Para garantizar el derecho constitucional a la huelga, el profesorado y el resto del personal en huelga no puede ser sustituido. 6. . Para garantizar el derecho constitucional a la educación, la Dirección recabará la información sobre el personal que la secunda hasta el día antes de la huelga. Esa información se facilitará a las familias. 7. El alumnado de grupos cuyo tutor o tutora secunde la huelga no tendrá clase. 8. Los servicios mínimos garantizarán la normalidad en las clases del profesorado que no secunde la huelga y atenderá al alumnado que haya sido llevado al Centro por sus padres o tutores legales y cuyos maestros-tutores se encuentren en huelga. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 3. Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar. Procedimiento de adquisición de material. MATERIAL FUNGIBLE. Este material engloba a aquellos materiales que, por su uso, tienen una duración limitada, tales son: Folios y material de oficina, material de aula y escritura, material para uso de los alumnos, etc. El centro en estos casos operará de la siguiente forma: - El material de oficina corre a cargo del centro. - El material básico del profesor y del aula corre a cargo del centro. Se entiende por material básico aquellos útiles imprescindibles en el aula, tales como cinta adhesiva, tizas, folios, tijeras, grapadora, clips... - Los materiales del alumno como pinturas, cartulinas, lápiz, goma, cuadernos, etc. correrán a cargo de éstos salvo en algunas ocasiones en que correrán a cargo del centro si la actividad forma parte de actividades programas e incluidas en el Proyecto Educativo del Centro. Para la adquisición de este material no será precisa la aprobación del Consejo Escolar. MATERIAL NO FUNGIBLE. Se englobará aquí el material que puede durar varios años. Puede ser la compra de aparatos electrónicos, informáticos, de reprografía, material de biblioteca, etc. Si el presupuesto lo permite, se adquirirán tales elementos. Es necesaria la aprobación del Consejo Escolar para poder efectuar estas compras si el importe de la misma supera los 600 euros, así como su inclusión en el registro de inventario de material no fungible del centro. Custodia y responsabilidad sobre los recursos Según la normativa vigente, corresponderá al Secretario la custodia del material del centro, siendo éste el que vele por su utilización y uso, - Todo el material del centro estará a disposición del profesorado en el archivo o secretaría. - Una vez usado el material, el profesor lo devolverá a su lugar de origen. 1. Consideramos una norma de convivencia el uso adecuado de los materiales, instalaciones y edificios del centro. El uso negligente o malintencionado de los mismos será considerado una conducta contraria o gravemente contraria a las normas de convivencia y será será sancionado con la reposición o reparación de éste por parte de los infractores. 3. Cualquier miembro de la comunidad es responsable de cumplir y hacer cumplir estas normas de buen uso de los materiales, instalaciones, edificios y otros recursos del Centro. 4. En el caso de daños producidos por mal uso con intencionalidad hacia los materiales, instalaciones o edificios del Centro, la Dirección podrá exigir a las personas responsables la reparación de los daños o desperfectos ocasionados, la realización de tareas de mantenimiento o embellecimiento del Centro que compense el daño producido, o el abono de los gastos producidos por los daños ocasionados. 5. Conocida una deficiencia y no pudiéndose ésta resolver por el personal del Centro, será tramitada por la Dirección a la mayor brevedad posible ante el Ayuntamiento (si se trata de una tarea de mantenimiento) o a la Delegación (si se trata de una obra de mayor envergadura). De ello quedará constancia escrita. 6. Las instalaciones, juegos, mobiliario, etc., que no reúnan garantías de seguridad se inutilizarán Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” inmediatamente, procediendo a la gestión de la incidencia a la mayor brevedad. 7 . El material o mobiliario que no esté en buen uso, no se almacena en los pasillos. Deberá quedarse, con las debidas garantías de seguridad, en la dependencia donde se encontraba inventariado hasta que, por el Equipo Directivo, se decida su reparación, su almacenamiento en otro lugar o darlo de baja de inventario. 4. Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares. 1. El posible uso de las pistas polideportivas,gimnasio, aula de informática, aula de música, salón de Actos, biblioteca y, en general, cualquier instalación del Centro no debe ocasionar ningún tipo de gastos al Centro, por lo que su mantenimiento, limpieza y gastos derivados de su uso deberán corresponder a las instituciones, asociaciones o particulares a quienes se autorice su utilización. 2. Los ingresos que el Centro pueda recibir de entes públicos, privados o particulares por los motivos que sean, lo serán en la cuenta oficial del Centro y, salvo que tengan un destino específico, engrosarán la cuenta de ingresos del presupuesto oficial. 3. De la misma manera, las aportaciones materiales de cualquier tipo al Centro que puedan realizar editoriales, empresas, entes públicos, asociaciones o particulares se harán a través del Equipo Directivo y se incluirán en el inventario del Centro. 4. El Equipo Directivo podrá recabar ingresos de organismos, entidades, asociaciones o particulares aún a cambio del uso de instalaciones y materiales del colegio, siempre que no afecten a la normal actividad del Centro ni contradigan las normas legales, asegurándose de su buen uso y de la reposición de pérdidas y daños. Todo previo informe al Consejo Escolar. 5. La elección de libros de texto se hace en función de su adecuación didáctica al proyecto educativo y nuestro alumnado, nunca por las ofertas o regalos editoriales. 6. En cuanto a los artículos para recaudar fondos para el viaje de estudios de final de etapa se permite la venta en el centro de artículos varios ( loterías, rifas, artículos de regalo, etc..) por parte de los alumnos/as, siempre que las ganancias se destinen al viaje fin de curso. 5. Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del Centro. 2 El Registro de inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan. Tendrá carácter de material inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible. 2. El Registro de inventario se confeccionará conforme a los modelos que figuran como Anexos VIII y VIII (bis) de la ORDEN de 10 de mayo de 2006 por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación para las altas y bajas, respectivamente, que se produzcan durante el curso escolar, teniendo en cuenta lo siguiente: a) Número de registro: Numeración correlativa de las adquisiciones de material inventariable. b) Fecha de alta: Fecha en la que el material es puesto a disposición del centro. c) Fecha de baja: Fecha en la que el material deja de formar parte del inventario del centro. d) Número de unidades: Número de unidades que causan alta o baja. e) Descripción del material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus características técnicas. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” f) Dependencia de adscripción: Departamentos o unidades organizativas a las que se adscribe el material de que se trate. g) Localización: Lugar o dependencia física donde se encuentra ubicado el material de que se trate. h) Procedencia de la entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la incorporación al centro del material de que se trate. i) Motivo de la baja: Causa que provoca la baja del material afectado. 3. Independientemente del Registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por servicios, departamentos, talleres y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales existentes en dicha unidad así lo aconsejen. Por sus especiales características, existirá también un libro Registro de inventario de biblioteca, que recoja los libros que pasen a formar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia. Artículo 13. Aprobación de los registros. Una vez finalizado el curso escolar, los mencionados registros serán aprobados por el Consejo Escolar. Otras consideraciones 1. La persona responsable de la Secretaría del Centro actualizará el inventario del Centro en el mes de junio. 2. En el mes de junio, y supervisado por la Secretaría del centro, se elaborará, según modelo realizado por el Colegio, el inventario anual general del Centro con las variaciones ocurridas, en el que constarán los siguientes apartados: a. Mobiliario: mesas y sillas del alumnado; mesas y sillas del profesorado; perchas; pizarras digitales, verdes y blancas; tableros de corcho; bancos y armarios. b. Equipos Informáticos: ordenadores personales para uso del alumnado; ordenadores personales para uso del profesorado; ordenadores portátiles para uso del alumnado; ordenadores portátiles para uso del profesorado; maletines para portátiles; ratones y programas informáticos, impresoras, escáner. c. Material audio-visual: cámaras fotográficas; cámaras de videos; proyectores; radios CD; televisores; vídeos; cargadores de cámaras; películas y programas educativos; CD y DVD vírgenes. d. Libros: biblioteca de aula; biblioteca del Centro; libros y guías del profesorado. e. Música: instrumentos musicales. f. Deportes: material deportivo. g. Dependencias administrativas: Secretaría, Dirección, Material, Jefatura de Estudios, Sala de Profesores, Tutorías, Aula matinal. 3. No se podrá dar de baja ningún elemento inventariado sin el previo conocimiento del Equipo Directivo a quien corresponderá la toma de decisiones al respecto. 4. Antes del 30 de junio se recogerán los aparatos audiovisuales así como el material más valioso de todo el Centro y se guardarán en sitio seguro para evitar hurtos. 5. Todos los libros de texto del Programa de Gratuidad se empaquetará y etiquetará por cursos por los equipos de ciclo antes del 30 de junio y se guardarán debidamente clasificados en un lugar que quedará anotado. 6. Criterios para una gestión sostenible de los recursos del Centro y de los residuos que, en todo caso, será eficiente y compatible con la conservación del medio ambiente. 1. Se utilizará el papel por las dos caras. También en los documentos impresos. 2. Evitaremos las copias impresas de ningún documento o material didáctico que pueda ser usado por sus destinatarios sin necesidad de papel. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 3. Antes de salir al recreo, el alumnado deposita en las papeleras de aula los envoltorios de sus alimentos. 4. En cada clase se tendrá un depósito de papel para facilitar su reciclado. 5. En el Centro se depositará el papel y el cartón en contenedores específicos. 6. En el interior del Centro dispondremos también de un contenedor de pilas usadas. 7. En el entorno del Centro dispondremos de contenedores para envases, vidrio, etc, cuyo uso divulgaremos y fomentaremos en el colegio. 8. Utilizaremos tóner y cartuchos de tinta reciclados.2 de dic. 9. Se solicitará la revisión del cierre de los grifos y de las cisternas de los aseos del Centro para evitar pérdidas de agua. 10. Cada usuario de ordenador o de otros aparatos eléctricos es responsable de apagarlos al final de su uso o de la jornada escolar. 11. La última persona que salga de una dependencia, deberá apagar la luz y los ventiladores. 12. Los maestros/as deben usar preferentemente la luz natural a la artificial en las aulas, cuando esta permita las actividades. 13. Los maestros/as fomentan un uso no derrochador, la conservación, restauración y reutilización de materiales escolares y libros del alumnado del colegio. 14.En el Centro valoramos positivamente el reciclado de materiales y realizamos actividades motivadoras con el alumnado relacionadas con distintas áreas. 15.El Centro fomenta la participación en campañas medioambientales organizadas por instituciones y entidades del entorno. 16.Valoraremos la forma de trabajo que reduzca la producción de residuos y fomentaremos su reciclado. 7. Presupuestos anuales y cuentas de gestión. 1. La persona responsable de la Secretaría presentará el proyecto de presupuesto anual y la cuenta de gestión en la Comisión Permanente del Consejo Escolar en la segunda quincena del mes de octubre. 2. El Consejo Escolar estudiará y, en su caso, aprobará el presupuesto anual del Centro y la cuenta de gestión antes del 30 de octubre. 3. Una vez aprobados, tanto los presupuestos como el resumen de la cuenta de gestión figurarán como anexos a este proyecto de gestión. 8. Registro de la actividad económica Libramientos. 1. Las cantidades asignadas por la Consejería de Educación a cada uno de los centros docentes públicos se pondrán a disposición de los citados centros mediante los correspondientes libramientos y las consiguientes transferencias bancarias a las cuentas corrientes autorizadas de dichos centros. 2. Durante cada curso escolar se realizarán para cada centro, al menos cuatro libramientos relativos a gastos de funcionamiento, todos ellos con carácter de entregas “a cuenta” excepto el último que comprenderá la liquidación de la asignación fijada definitivamente al mismo. 3. Durante cada curso escolar se realizará a los centros docentes que corresponda, un libramiento relativo a gastos de inversión, si bien podrá efectuarse algún libramiento adicional con carácter excepcional. Registro de la actividad económica Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” 1. Para el registro y control de la actividad económica todos los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación deberán cumplimentar la siguiente documentación de la actividad económica: a) Registro de ingresos. b) Registro de movimientos en cuenta corriente. c) Registro de movimientos de caja. d) Registro de gastos. e) Registro de inventario. 2. La documentación contable se llevará claramente por orden de fecha, sin espacios en blanco, interpolaciones, raspaduras, tachaduras o cualesquiera otras alteraciones. Cuenta corriente autorizada y registro de sus movimientos. 1. Para el manejo de los fondos monetarios disponibles en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, éstos contarán con una sola cuenta corriente, de las previstas en la letra d) del artículo 5 del Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos aprobado por Decreto 46/1986, de 5 de marzo, abierta a nombre del centro en cualquier entidad de crédito y ahorro de la localidad, previamente autorizada por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda, a solicitud de la Dirección General de Planificación y Centros de la Consejería de Educación, conforme a la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 27 de febrero de 1996, por la que se regulan las cuentas de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma abiertas en las entidades financieras, y la Resolución de 12 de septiembre de 2004, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se delegan competencias en otros órganos. 2. Todas las cuentas serán corrientes. Las entidades de crédito y ahorro no podrán anotar cargos por gastos ni comisiones de ningún tipo derivados de la gestión de las cuentas. En ellas no se producirán descubiertos que, en su caso, serán de cuenta exclusiva de la entidad de crédito y ahorro. Los centros docentes serán responsables de las cuentas corrientes por ellos gestionadas y de su adecuado funcionamiento, por lo que requerirán de las entidades de crédito la subsanación de las anomalías que en ellas se hubieran producido. 3. Las disposiciones de fondos de la citada cuenta lo serán bajo la firma conjunta del Director o Directora y el Secretario o Secretaria del centro. 4. Los pagos ordenados con cargo a la cuenta corriente se realizarán, preferentemente, mediante transferencias bancarias. En aquellos casos en que sea imprescindible la utilización del cheque comomedio de pago deberá ser, en cualquier caso, nominativo. 5. El Registro de movimientos en cuenta corriente recogerá todos los ingresos y pagos que se efectúen en la misma. Registro de gastos. Se confeccionará un Registro de gastos por cada una de las subcuentas que sean necesarias, según la estructura de cuentas prevista en el Anexo III de esta Orden. En este Registro se recogerán todos los gastos producidos en el centro a lo largo del curso escolar. . Justificación de los gastos. 1. De conformidad con lo dispuesto en a Ley 7/1987, de 26 de junio, la justificación de la cuenta de gestión se realizará por medio de una certificación del acuerdo del Consejo Escolar aprobatorio de las cuentas y de la aplicación dada a los recursos totales, que sustituirá a los justificantes originales. 2. La justificación global de las cuentas referida al curso escolar, habrá de elaborarse y elevarse a aprobación por los Directores y Directoras de los centros docentes conforme al modelo contenido Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” en el Anexo X de esta Orden, con el desglose que se indica a continuación de acuerdo, igualmente, con el presupuesto del centro: a) Los ingresos habrán de desglosarse según su procedencia, distinguiendo también por su finalidad, entre ingresos para gastos de funcionamiento y, si procede, ingresos para inversiones. b) En cuanto al empleo de los recursos, el desglose se efectuará, atendiendo a su naturaleza, en: gastos de bienes corrientes y servicios; gastos de adquisiciones de material inventariable; e inversiones, cuando proceda. 3. Los Directores y Directoras de los centros docentes enviarán a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación, una vez aprobado por mayoría absoluta de los miembros del Consejo Escolar con derecho a voto y, en cualquier caso, antes del día 30 de octubre, una certificación delacuerdo del Consejo Escolar aprobatorio de las cuentas conforme al modelo que figura comoAnexo XI de esta Orden, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Ley 7/1987, de 26 de junio. 4. En los centros que no tuvieran constituido el Consejo Escolar, los justificantes originales, unidos al Estado de Cuentas del centro, se remitirán a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación, que revisará el cumplimiento de la normativa contenida en la presente Orden y procederá a cumplimentar la certificación conforme al modelo que figura como Anexo XI (bis) de esta Orden. Una vez expedida la certificación, con copia de la misma, se devolverá toda la documentación al centro para su custodia. 5. En la certificación mencionada en los apartados 3 y 4 se harán constar los números que, comunicados por la Consejería de Educación, corresponden a cada uno de los documentos contables que ordenan los diferentes pagos librados en el curso escolar correspondiente. Igualmente se consignará elimporte de cada libramiento y la fecha de recepción de los mismos. 6. Las justificaciones originales y demás documentación de carácter económico del gasto realizado, se custodiarán por los centros, figurando como anexo del documento de justificación global de las cuentas. ANEXO 1. Programa de gratuidad de libros de texto La ORDEN de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos tiene por objeto regular el programa de gratuidad de libros de texto dirigido al alumnado que curse la enseñanza obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos. 2. A los efectos de la presente Orden, se entiende por libro de texto el material impreso, no fungible y autosuficiente, destinado a ser utilizado por el alumnado y que desarrolla, atendiendo a las orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes, los contenidos establecidos por la normativa educativa vigente para el área o materia y el ciclo o curso de que en cada caso se trate. 3. No se consideran incluidos en el Programa de Gratuidad aquellos materiales asociados a los libros de texto, que por su propia naturaleza no puedan ser reutilizados por el alumnado en cursos sucesivos. Artículo 2. Beneficiarios.1. Serán beneficiarios del programa de gratuidad de los libros de texto todos los alumnos y alumnas que cursen la enseñanza obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos. 2. El representante legal del alumno o alumna que no desee participar en el programa de gratuidad en un determinado año académico lo comunicará en el centro docente en el que el alumno o alumna Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” vaya a cursar las enseñanzas, en el momento de formalizar la inscripción en las mismas, entregando cumplimentado el modelo de renuncia que se adjunta como Anexo I a la presente Orden. Artículo 3. Régimen de préstamo de los libros de texto. 1. El alumnado beneficiario del presente programa dispondrá gratuitamente, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que esté cursando. 2. Los libros de texto serán propiedad de la Administración educativa y permanecerán, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumno o alumna haya cursado las enseñanzas, de forma que puedan ser utilizados por otros alumnos y alumnas en años académicos sucesivos. 3. Los centros docentes sostenidos con fondos públicos quedan sometidos a la obligación de guarda y custodia respecto de los libros de texto utilizados por el alumnado inscrito en ellos, durante los períodos de tiempo en que actúen como depositarios de los mismos. 4. Los libros de texto serán renovados cada cuatro cursos escolares, salvo los correspondientes al primer ciclo de la Educación Primaria que serán renovados todos los cursos por tratarse de un material que no puede ser utilizado por otros alumnos y alumnas en años sucesivos. Artículo 4. Utilización y conservación de los materiales. 1. El alumnado beneficiario del programa de gratuidad de libros de texto queda sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado. 2. El deterioro culpable o malintencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumno o alumna, de reponer el material deteriorado o extraviado, de acuerdo con lo que se recoge en la presente Orden. 3. Los centros incorporarán en su Reglamento de Organización y Funcionamiento las normas de utilización y conservación de los libros de texto y demás material curricular puesto a disposición del alumnado, así como las sanciones que corresponderían en caso de extravío, o deterioro culpable o malintencionado de los mismos, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente sobre derechos y deberes del alumnado y normas de convivencia en los centros docentes públicos y privados concertados no universitarios. 4. Todos los libros de texto serán registrados por el centro e identificados con una etiqueta que se fijará en la primera hoja de los mismos, donde aparecerá el nombre del centro y el del alumno o alumna que lo tenga en préstamo en cada curso escolar, de acuerdo con el procedimiento que a tales efectos establezca el Consejo Escolar. Artículo 5. Obligaciones de los beneficiarios. 1. El alumnado que participe en el programa de gratuidad de los libros de texto, así como sus representantes legales, tendrán las siguientes obligaciones: a) Entregar en la librería o establecimiento comercial el correspondiente cheque-libro, al que hace referencia el artículo 10 de la presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado una vez recibidos los libros de texto. b) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación o por el centro docente donde cursa la enseñanza obligatoria y a las de control financiero que correspondan de acuerdo con la legislación que resulte de aplicación. c) Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros y reintegrar los mismos al centro docente donde ha estado escolarizado, en la fecha que el Consejo Escolar del mismo determine, una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado. d) Reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada. 2. Desde los diversos sectores de la comunidad educativa, se instará al alumnado que participe en el programa de gratuidad de los libros de texto, así como a sus representantes legales, al cuidado y Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” conservación del material puesto a su disposición. Artículo 6. Elección de los libros de texto. 1. De acuerdo con el procedimiento establecido los centros docentes elegirán, en el caso de que consideren necesario para su alumnado la utilización de este material curricular, los libros de texto que estimen más adecuados para cada uno de los cursos de la enseñanza obligatoria. 2. Los libros de texto adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un período mínimo de cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del programa de gratuidad para el curso de que se trate o de la última sustitución realizada en el marco del citado programa. Artículo 7. Dotación de libros nuevos a los centros. 1. La dotación de libros a los centros se realizará de acuerdo con el calendario de implantación progresiva del programa de gratuidad de libros de texto. 2. Antes del 15 de julio de cada año los centros grabarán en el sistema de gestión "Séneca" la relación de alumnos y alumnas inscritos en cada uno de los cursos de la enseñanza obligatoria en los que corresponda la dotación de libros de texto, así como la de aquellos que no desean ser incluidos en el programa de gratuidad. 3. En las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, se realizará un seguimiento del proceso de grabación de los datos a que se refiere el apartado anterior, velando por el cumplimiento del plazo establecido. Asimismo, se prestará el oportuno apoyo técnico a los centros que, por cualquier circunstancia no imputable a los mismos, no pudieran disponer de acceso al programa de gestión "Séneca". 4. Una vez finalizado el plazo a que se refiere el apartado y siempre antes del 20 de julio, las Delegaciones Provinciales comunicarán a la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación la finalización del proceso de grabación y las incidencias detectadas en el mismo. 5. Si, transcurrido el período mínimo de cuatro años necesario para realizar la sustitución de los libros de texto, el centro docente opta por la continuidad de los mismos, podrá renunciar a la sustitución y proceder a la reposición de acuerdo con lo recogido en el artículo siguiente. Artículo 8. Reposición de los libros de texto. 1. Los libros de texto serán dados de baja cuando se cumpla el período de cuatro años establecido con carácter general para su utilización. Asimismo, podrán darse de baja con anterioridad a este plazo cuando su grado de deterioro no permita su utilización por otro alumnado en cursos sucesivos. 2. Los Consejos Escolares de los centros, de acuerdo con el procedimiento que los mismos establezcan, procederán, antes del 30 de junio de cada año, a la revisión de todos los libros de texto que no hayan cumplido el período de cuatro años de uso establecido con carácter general. 3. Una vez revisados, comunicarán a los representantes legales del alumnado que haya realizado un uso incorrecto de los mismos la obligación de reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada, así como el plazo para hacerlo que, en ningún caso, será inferior a diez días hábiles contados a partir de la recepción de dicha comunicación. Si, una vez transcurrido dicho plazo, los representantes legales del alumnado no hubiesen procedido a la reposición del material, el alumno o alumna podrá ser sancionado de acuerdo con lo que establezca el Reglamento de Organización y Funcionamiento del centro. 4. La Dirección del centro grabará, antes del 15 de julio de cada año, en el sistema de gestión "Séneca" las necesidades de reposición de libros de texto, así como los nuevos lotes que pudieran ser necesarios por incremento respecto del año académico anterior del alumnado inscrito en algún curso. 5. En el caso de que las necesidades de reposición de libros de texto superasen el 10% del total, la Dirección del centro elaborará un informe en el que justificará, de forma individualizada para cada libro, las causas por las que se requiere su reposición y por qué éstas no son imputables al alumnado Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” del centro. 6. El informe a que se refiere el apartado anterior será remitido a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de la que dependa el centro, para su revisión. En caso de disconformidad la Administración educativa podrá exigir a los centros la entrega del material deteriorado para su examen y comprobación así como, en su caso, la modificación de los criterios utilizados para la determinación de las necesidades de reposición. 7. Una vez revisadas favorablemente las necesidades de reposición de libros de texto, las Delegaciones Provinciales lo comunicarán a la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, la cual comunicará a los centros la conformidad con el número de libros de texto que se resuelva reponer. Artículo 9. Transferencia del importe de los libros de texto a los centros docentes. 1. El importe de los libros de texto se hará efectivo a los centros en los que esté escolarizado el alumnado. 2. La Consejería de Educación procederá a transferir a las cuentas autorizadas de gastos de funcionamiento de los centros docentes las cantidades que correspondan, procedentes del programa de Servicios de Apoyo a la Familia, las cuales se consideran afectadas al cumplimiento de esta finalidad, no pudiendo destinarse a otro concepto distinto de gasto. El importe se abonará en dos pagos: el 80% del total durante el mes de agosto de cada año y el 20% restante antes de la finalización del primer trimestre. 3. Los centros asumen el compromiso de gestionar la aplicación de los fondos, de acuerdo con su finalidad, responsabilizándose de comunicar las bajas definitivas y los traslados del alumnado beneficiario a las Delegaciones Provin ciales de la Consejería de Educación a la que pertenezcan los citados centros. 4. Los centros concertados tendrán, a los efectos de la presente Orden, la consideración de entidades colaboradoras en el programa de gratuidad de los libros de texto, correspondiéndoles las obligaciones que se recogen en los artículos 10, 11 y 12 de la presente Orden. Artículo 10. Procedimiento para la adquisición de los libros de texto nuevos. 1. Para la adquisición de los libros de texto nuevos, se procederá de la siguiente forma: a) Los Directores y Directoras de los centros docentes entregarán a los representantes legales del alumnado beneficiario, debidamente cumplimentados, los Cheque-Libros, de los cuales se adjunta un modelo en el Anexo II de la presente Orden. b) Estos Cheque-Libros serán canjeados por los libros de texto en la librería o establecimiento comercial de su elección, firmando el representante legal del alumno o de la alumna el "recibí" en la zona dispuesta para tal fin una vez recibidos los mismos, y quedándose la librería o establecimiento comercial el cheque-libros y la factura para su posterior reintegro. c) Las librerías o establecimientos comerciales remitirán a los centros escolares las correspondientes facturas, que deberán contemplar todos los requisitos formales exigibles a las mismas, a nombre de la Consejería de Educación, figurando entre paréntesis el nombre del centro docente y el del alumno o alumna, acompañándolas de los respectivos Cheque-Libros debidamente cumplimentados y sellados. Si el número de cheque- libros en un establecimiento fuese superior a diez, se podrá presentar en el centro una única factura por el importe total, adjuntando una relación del alumnado que ha retirado los libros de texto y el importe que corresponde a cada uno. d) Las facturas que presenten las librerías o establecimientos comerciales recogerán el precio efectivo a abonar por los libros de texto, incluyendo en su caso los descuentos que, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, pudieran realizarse sobre los mismos. e) Las facturas y los cheque-libros a que se refiere el apartado anterior serán presentados con anterioridad al 30 de noviembre de cada año, y los centros procederán a su abono en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de su presentación o, si se presentan antes del 1 de Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” octubre, un mes a contar desde esta última fecha. Artículo 11. Procedimiento para la reposición de los libros de texto. Para la adquisición de los libros de texto que deban reponerse por aumento de matrícula, o por deterioro o extravío antes de los cuatro años de utilización general de los mismos, se procederá de la siguiente forma: a) Los Directores y Directoras de los centros docentes, una vez autorizada por la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación la reposición de los libros de texto y con anterioridad al comienzo del curso escolar, procederán a comprar los correspondientes libros de texto. b) Las librerías o establecimientos comerciales remitirán a los centros escolares las correspondientes facturas a nombre de la Consejería de Educación, figurando entre paréntesis la denominación del centro. Dichas facturas deberán contemplar todos los requisitos formales exigibles a las mismas. c) Las facturas a que se refiere el apartado anterior serán presentadas con anterioridad al 30 de noviembre de cada año, y los centros procederán a su abono en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de su presentación o, si se presentan antes del 1 de octubre, un mes a contar desde esta última fecha. Artículo 12. Justificación de las cantidades recibidas por parte de los centros docentes con alumnado beneficiario. 1. La actividad derivada de las actuaciones reguladas en la presente Orden figurará aparte en una contabilidad específica que refleje la misma, mediante un registro de ingresos y un registro de gastos según los modelos que se adjuntan como Anexos IV y V de la presente Orden, respectivamente. 2. La justificación de ingresos y gastos de dicha actividad se llevará a cabo en un plazo máximo de dos meses a partir de la finalización del curso correspondiente, mediante la aprobación por el Consejo Escolar de un informe específico del estado de cuentas del centro para la adquisición de libros de texto, según el modelo que figura como Anexo III de la presente Orden (III.a para los centros públicos y III.b para los centros concertados). 3. Los centros docentes devolverán los remanentes que pudieran producirse como consecuencia de la actividad desarrollada. 4. Los justificantes originales y demás documentación original de carácter económico del gasto realizado se custodiarán por los centros, quedando a disposición de la Consejería de Educación, de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Cámara de Cuentas. Artículo 13. Incompatibilidad para percibir ayudas dirigidas a la misma finalidad. 1. La participación en el programa de gratuidad de libros de texto será incompatible con la percepción de ayudas para la misma finalidad que pudiera financiar cualquier otra Entidad Pública o privada. A tales efectos, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad otorgadas por otras Administraciones o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, deberá ser comunicada a la Administración educativa, de inmediato y por escrito. 2. No obstante lo anterior, este Programa de Gratuidad será compatible con las ayudas convocadas por el Ministerio de Educación y Ciencia para adquisición de libros de texto y material didáctico complementario, y para alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, para el curso académico correspondiente. 3. Los materiales curriculares adaptados utilizados por este alumnado podrán ser renovados todos los cursos, en caso de que no puedan ser utilizados en cursos sucesivos por otros alumnos y alumnas. Disposición Adicional Tercera. Incorporación de alumnado a lo largo del curso. Si a lo largo del curso escolar se produce la incorporación de alumnado a un centro docente que Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” suponga la necesidad de adquisición de nuevos libros de texto, se abonará a los centros las cantidades que correspondan para la compra de los mismos. Los pagos se realizarán, previa solicitud del centro dirigida al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, al finalizar cada uno de los trimestres del curso escolar. Junto con la solicitud, el centro acompañará la justificación del gasto y la documentación acreditativa de que el alumno o alumna ha formalizado la inscripción en el centro. Disposición Adicional Cuarta. Elección de materiales curriculares de uso común. 1. En el supuesto de que un centro docente sostenido con fondos públicos opte por utilizar materiales curriculares de uso común en lugar de libros de texto en todas o algunas áreas o materias de algún curso de la enseñanza obligatoria, procederán de acuerdo con lo recogido en la presente Disposición Adicional. 2. A los efectos de lo recogido en esta disposición, se entiende por materiales curriculares de uso común aquellos materiales, en cualquier medio o soporte, de uso compartido por el alumnado y, en su caso, por el profesorado. Dichos materiales deberán perseguir la consecución de los objetivos pedagógicos previstos en el proyecto educativo, el proyecto curricular y la programación de ciclo o aula. 3. Los materiales curriculares serán renovados cada cuatro cursos escolares, siguiendo el mismo calendario de implantación que para el programa de gratuidad de libros de texto, sin perjuicio de la reposición del material deteriorado o inservible. 4. Los materiales curriculares correspondientes al primer ciclo de la Educación Primaria serán renovados todos los cursos si sus características impiden su utilización por otro alumnado en años académicos sucesivos. 5. Las condiciones de conservación y utilización de los materiales por parte del alumnado serán las recogidas en el artículo 4 de la presente Orden. 6. La dotación de materiales curriculares nuevos a los centros, así como la reposición de los mismos, se realizará en los mismos plazos y con el mismo procedimiento establecido para los libros de texto en los artículos 7 y 8 de la presente Orden. Asimismo, la transferencia del importe de los materiales curriculares a los centros docentes se realizará tal como establece el artículo 9 de esta Orden. 7. Para la adquisición de los nuevos materiales curriculares, así como para la reposición de los mismos, los centros seguirán el procedimiento establecido en el artículo 11 de la presente Orden. 8. La justificación de las cantidades recibidas se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la presente Orden. 9. Los aspectos recogidos en los artículos 5, 13, 14 y 15 y en las disposiciones adicionales segunda y tercera de la presente Orden serán, asimismo, de aplicación en el supuesto regulado en la presente Disposición Adicional. Disposición Adicional Quinta. Elección de materiales curriculares de elaboración propia. En el caso de que un centro docente sostenido con fondos públicos opte por utilizar materiales de elaboración propia para el desarrollo del curriculum presentará su proyecto de trabajo de acuerdo con lo que a tales efectos determine la Consejería de Educación para la financiación de los mismos. Disposición Final Primera. Información y asesoramiento a la comunidad educativa. 1. Con objeto de informar al alumnado que participe en el programa de gratuidad de libros de texto, se autoriza a aquellas librerías o establecimientos comerciales que colaboren con la Consejería de Educación admitiendo la tramitación de los Cheque-Libros como forma de pago de los libros de texto, a exponer en lugar visible la aceptación de esta forma de pago incluyendo, al menos, el siguiente texto: "Aceptamos como forma de pago para la adquisición de libros de texto el Cheque-Libros emitido por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía". 2. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación atenderán cualquier consulta que Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” pudiera plantearse en relación con las actuaciones a que se refiere la presente Orden, arbitrarán las medidas necesarias para difundir toda la información pertinente entre los centros docentes afectados e informarán y asesorarán a los centros educativos sobre las estrategias para la mejor gestión y supervisión de los libros de texto. 3. Los Directores o Directoras de los centros docentes dispondrán lo necesario para que los representantes legales del alumnado al que corresponda la utilización de libros de texto nuevos conozcan esta circunstancia y dispongan de los correspondientes cheque-libros. 4. Los Directores y Directoras de los centros docentes dispondrán lo necesario para que la presente Orden sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa del centro. Para ello, se entregará copia de la misma al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores y Profesoras, a las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas y, en su caso, a la Junta de Delegados y Delegadas de Alumnos y Alumnas y a las Asociaciones de Alumnos y Alumnas. Disposición Final Segunda. Desarrollo de la presente Orden. Se autoriza a la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación y a la Secretaría General Técnica a dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden, en el ámbito de sus respectivas competencias. Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es
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    Consejería de Educación CEIP “ Virgen del Río” Avd. Guillermo Reyna s/n. Tfno. 950451618 Corp 798618 Fax: 950451715 C. electrón. : 04002696.edu@juntadeandalucia.es