3. EEDDUUCCAACCIIÓÓNN YY TTRRIIBBUUTTOO
Educación:
Puede definirse como el proceso de
socialización de los individuos. Al
educarse, una persona asimila y
aprende conocimientos. Kant 2007
(Filosofía de la educación)
Tributo :
. Ingresos públicos exigidos por una
administración Pública como
consecuencia de la realización del
presupuesto de hecho al que la Ley
vincula el deber de contribuir con el fin
primordial de obtener ingresos
necesarios para el sostenimiento de
los gastos públicos
Dra. Peris García.(Derecho Financiero y
Tributario )
4. CCOONNCCEEPPTTOOSS
La Educación Fiscal tiene como
objetivo transmitir ideas, valores y
actitudes favorables a la
responsabilidad fiscal y contrarios a las
conductas defraudadoras.
OCDE/CEPAL (2011). Organización
para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos(OCDE)
Contribuye a la formación integral de la
personalidad del educando,
fomentando en el niño el sentido del
deber tributario.
(Guía Didáctica de Educación
Tributaria. Ministerio de Educación .
Andrés Bello. 1968)
La educación fiscal es el proceso de
socialización que hace posible la
transmisión de pautas culturales de
una generación a otra. Mediante este
proceso, el individuo va adoptando
interiormente los conceptos, normas,
valores y actitudes propios del grupo
social en el que está inserto, de
manera que lleguen a formar parte de
su propia personalidad.
Educación Fiscal y cohesión social
Experiencias de América Latina 2010
(Instituto de Estudios Fiscales)Madrid.
La cultura fiscal es el conjunto de
ideas, normas, valores y actitudes que
inspiran y orientan la conducta fiscal
de los ciudadanos.
Durkeim 1987(Fiscalidad y Cohesión
social)
5.
6. NNOORRMMAATTIIVVIIDDAADD
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU DE 1993
CAPÍTULO IV
DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL
Artículo 74°. Los tributos se crean, modifican o derogan, o se
establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto
legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y
tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo.
PROMULGADA POR EL
CONGRESO CONSTITUYENTE
DEMOCRATICO EN 1993
7. CODIGO TRIBUTARIO PERUANO
TITULO PRELIMINAR
NORMA I: CONTENIDO
El presente Código establece los principios generales, instituciones,
procedimientos y normas del ordenamiento jurídico-tributario.
NORMA II: ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos:
a) Impuesto: Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una
contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado.
b) Contribución: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho
generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de
actividades estatales.
c) Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la
prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en
el contribuyente.
D.S. 133 – 2013-EF – (22-06-13)
Aprueba el Texto Único Ordenado
del Código Tributario
8. LEY GGEENNEERRAALL DDEE EEDDUUCCAACCIIÓÓNN NN°° 2288004444
Los fines de la
educación peruana y
los desafíos
nacionales
Realización personal:
Ámbitos de capacidades a
desarrollar:
- Identidad y autoestima
- Ciudadanía
- Vida laboral
- Conocimientos cambiantes
Aporte a la sociedad:
Ámbitos de contribución:
- Sociedad democrática
- Desarrollo sostenible
- Integración a aldea global
Publicada el 28 de julio del
2003
9. PPRROOYYEECCTTOO EEDDUUCCAATTIIVVOO NNAACCIIOONNAALL
DESAFIOS DEL PAIS
(ACUERDO
NACIONAL )
Desarrollo
económico y
competitividad.
Equidad y justicia
social
Democracia y Estado
de Derecho
Eficiencia,
transparencia y
descentralización.
Conjunto de políticas que
dan el marco estratégico a
las decisiones que conducen
al desarrollo de la educación.
ESTADO - SOCIEDAD
DIALOGO
10. Diseño Curricular Nacional
2009
1.- Nivel Primaria: Actividades sugeridas para desarrollar los
temas de Cultura Tributaria incluidos en el área de Personal
Social
Diseño Curricular Nacional 2009.
2.- Nivel Secundaria:
•Programa de Cultura Tributaria
•Contenidos de Cultura Tributaria
•Área de Formación Ciudadana y Cívica
Educación Básica Regular del 1° al 5° de Secundaria
11. EXPERIENCIAS DDEE EEDDUUCCAACCIIÓÓNN TTRRIIBBUUTTAARRIIAA
¿En qué países de América Latina han surgido y
potenciado la iniciativa de la Educación Tributaria?
¿En qué países de América Latina han surgido y
potenciado la iniciativa de la Educación Tributaria?
¿PPoorr qquuéé
ssuurrggeenn eessttaass
iinniicciiaattiivvaass??
¿PPoorr qquuéé
ssuurrggeenn eessttaass
iinniicciiaattiivvaass??
Borja Díaz Rivillas, FIIAPP / EUROsociALPanorama de la
Educación Fiscal en América Latina
14. Convenio MINEDU
Inclusión de contenidos en los planes
curriculares regionales
Curso para docentes
Réplica en los alumnos de inicial primaria y
secundaria
Encuentros Universitarios
Página web educativa
Actividades extracurriculares
Red de colegios
Videos
Materiales Didácticos
Educadores Fiscales
http://cultura.sunat.gob.pe/
16. ¿CCuuáálleess ssoonn ssuuss ddiiffeerreenncciiaass??
El modelo de gestión de los programas.
Estrategias de alianza del estado con la
sociedad civil.
17. PAÍSES DE EUROPA
DINAMARCA - Costa del Tax ITALIA – Fisco e Scuola
ESPAÑA - Portal de
educación cívico-tributaria
REINO UNIDO - Tax Matters
18. CCOONNCCLLUUSSIIOONNEESS
La Educación tributaria se desarrolla en una persona, cuando ha sido socializada
adecuadamente, no necesita la presión coactiva externa para cumplir las normas
sociales. Mientras lo haya interiorizado, es capaz de comprender sus derechos y las
obligaciones que tiene con el Estado.
Dentro del marco de la normatividad peruana no se encuentra el término de
Educación Tributaria sino encontramos la concepción bajo lo que se sustenta el marco
de la tributación nacional.
EL DCN aprueba y ejecuta la propuesta educativa de SUNAT sobre cultura tributaria
en el Sistema Escolar.
Las experiencias de Educación Tributaria son innovadoras, fomentan un trabajo en el
aula basado en valores, ciudadanía y cultura fiscal, va dirigido a niños, jóvenes y
adultos. Estas actividades promueven la reflexión de los derechos individuales y
colectivos.
19. RREECCOOMMEENNDDAACCIIOONNEESS
En el Perú el concepto de cultura tributaria aún no ha sido fortalecida desde edad
temprana, contar con una política educativa tributaria como lo tienen otros países
vecinos sería una alternativa para que los contribuyentes paguen con gusto sus tributos
y nuestros gobernantes atiendan las necesidades y no malgasten nuestros impuestos.
Dentro de la política y la normatividad educativa nacional se debe considerar como un
área especifica la formación del estudiante en Educación Tributaria, demostrando sus
beneficios que tiene para la atención del Estado en los principales servicios públicos
para el desarrollo de la nación.
El programa de Cultura Tributaria de la SUNAT es uno de los más sólidos en América
Latina por ello debe ser difundido en todo el país por la televisión, el internet y las redes
sociales.
20. “En este mundo no hay nada cierto,
excepto la muerte y los impuestos”
Benjamín Franklin. (Enero, 1706 –
Abril, 1790
“Los impuestos son el precio que
pagamos por una sociedad civilizada”
Oliver Wendell