Con la publicación en el BOE núm. 273 de 11 de noviembre de 2.014 de la Orden ESS/2098/2014
de 6 de noviembre, se aprueba un nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de
salarios, para dar cumplimiento a lo previsto en el segundo párrafo del art. 104.2 LGSS.
Con la publicación en el BOE núm. 273 de 11 de noviembre de 2.014 de la Orden ESS/2098/2014
de 6 de noviembre, se aprueba un nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de
salarios, para dar cumplimiento a lo previsto en el segundo párrafo del art. 104.2 LGSS.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
1. PRESCRIBEN LAS PRESTACIONES LABORALES
Prestación Término y disposiciones de la LFT aplicables
Vacaciones Un año, contado a partir de la fecha en la cual son exigibles, es decir, al día
siguiente del vencimiento de los seis meses en los cuales los patrones
deben otórgalas (arts. 81 y 516)
Prima vacacional Por ser una prestación accesoria a las vacaciones, el término prescriptorio
es el mismo que para las vacaciones (art. 516)
Aguinaldo Un año contado a partir del día 21 de diciembre del año del que se trate
(art. 516)
Participación de utilidades Un año contado a partir de la conclusión del plazo de los 60 días con que
cuenta el patrón para efectuar el pago de reparto de utilidades, esto es, en
el caso de patrones personas:
• físicas, el 30 de junio, y
• morales, 31 de mayo del año de que se trate
(arts. 122, primer párrafo y 516)
Prima de antigüedad Un año contado a partir del día siguiente a la fecha de terminación de la
relación laboral (art. 516)