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DÍAS DE DESCANSO.
Equipo #2
Hilares Flores Guadalupe. Hernández Mario.
González Galicia Francisco Alberto. González Aguirre Edgar Jesús.
González García Jahaziel Elías. Gastelum Nava Claudia Guadalupe.
Grijalva Guzmán José Ramon.
Guzmán Espinoza Braulio Alejandro.
González Castro Alexandra.
García Sandoval Alicia Briseyda.
Derecho Individual delTrabajo.
Dra. KarenYareli García Arizaga.
Antecedentes.
• Descanso dominical.
Naturaleza.
En lo que se refiere a su naturaleza y
objeto, todo individuo de acuerdo a estudios
sociológicos y psicológicos, necesita
descansar, para reponer sus fuerzas físicas,
relajarse psicológicamente, realizar vida
social son sus congéneres o simplemente
compartir con su familia.
Esta es una de las razones de peso por lo
que la Ley Federal del Trabajo regula los
días de descanso del artículo 69 al 74.
Menciona la ley que los trabajos que ocupen una labor continua, los
trabajadores y el patrón acordarán los días en que los trabajadores deban
disfrutar de los descansos semanales, propone esta ley que preferentemente
el día de descanso semanal sea el domingo.
Sin embargo, en caso de que los trabajadores presten servicios en día
domingo, la ley prescribe a su favor el derecho a una prima adicional de un
veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario que devenga por sus
labores en días ordinarios.
Clasificación.
Descanso semanal.
El descanso semanal, también conocido como descanso del séptimo día,
cumple con la intención del legislador de que por cada 6 días laborados el
trabajador disfrute de un día de descanso, por lo menos. Lo anterior significa
que a cambio del trabajo por seis días consecutivos, el trabajador tendrá
derecho a dejar de concurrir a su trabajo el séptimo día con disfrute de su
salario. Pero también puede suceder que la empresa conceda al trabajador,
dos días de descanso a la semana en lugar de uno solo y entonces el
trabajador prestará sus servicios durante cinco días consecutivos y
descansará los dos siguientes. Lo normal en nuestro medio es que el
descanso semanal sea el día domingo.
Descansos obligatorios.
Los descansos obligatorios son
fechas especiales señaladas por la
Ley en que el trabajador está
autorizado para dejar de concurrir a
sus labores, con el fin de
conmemorar acontecimientos
religiosos, cívicos o de solidaridad
con la clase trabajadora. Los días
de descanso obligatorio
establecidos por la ley son los
siguientes: 1 de enero 1 de mayo 16
de septiembre 20 de noviembre 25
de diciembre.
Sanciones.
Las violaciones a las normas de trabajo cometidas por los patrones,
directivos sindicales o por los trabajadores, se sancionarán de conformidad
con las disposiciones de este Título, independientemente de la
responsabilidad que les corresponda por el incumplimiento de sus
obligaciones, sin perjuicio de las sanciones previstas en otros ordenamientos
legales y de las consecuencias jurídicas que procedan en materia de bienes
y servicios concesionados.
Artículo 69 de la ley federal de trabajo, Por cada seis días de trabajo
disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos con goce de
salario íntegro.
Se impondrá multa por el equivalente de 50 a 250 veces el salario mínimo
general.
Art. 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán
de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser
inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta
llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto
año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de
servicios.
Se impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo
general.
Obligatoriedad.
La pandemia de covid-19 provocó desde inicios del 2020 el paro de las
actividades no esenciales, por ello algunos empleadores optaron por que los
trabajadores que pudieran llevarán a cabo sus labores desde sus hogares.
En los días de descanso obligatorio todos los empleados que trabajen dentro
de la república mexicana no tienen la obligación de prestar sus servicios y en
caso de que se les pida laborar en dichas fechas deberán percibir una
compensación económica mayor.
La ley mexicana sólo otorga nueve días de asueto oficiales, pero dos de ellos
no aplicarán este 2021 ya que uno tiene que ver con la realización de
elecciones ordinarias y el otro corresponde a la transmisión del poder
ejecutivo federal.
¿Qué pasa si debo trabajar en un día de descanso oficial?
La ley federal de trabajo especifica que de ser necesaria la asistencia de
algunos trabajadores en estas fechas, el empleador deberá llegar a un
acuerdo con los trabajadores para determinar el número de personas que se
presentarán a laborar.
Los empleados que laboren en los días de descanso que determina la ley de
trabajo deberán recibir una compensación del doble de su salario, esto
independientemente del sueldo que perciben por día.
Fijación.
Ley federal del trabajo.
• Artículo 70.- En los trabajos que requieran una labor continua, los
trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los
trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.
• Artículo 71.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de
descanso semanal sea el domingo.
Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una
prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de
los días ordinarios de trabajo.
• Artículo 72.- Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los
días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma
semana preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le
pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada
sobre el salario de los días en que hubiese trabajado o sobre el que
hubiese percibido de cada patrón.
• Artículo 73.- Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus
días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al
trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el
descanso, un salario doble por el servicio prestado.

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DIAS DE DESCANSO.

  • 1. DÍAS DE DESCANSO. Equipo #2 Hilares Flores Guadalupe. Hernández Mario. González Galicia Francisco Alberto. González Aguirre Edgar Jesús. González García Jahaziel Elías. Gastelum Nava Claudia Guadalupe. Grijalva Guzmán José Ramon. Guzmán Espinoza Braulio Alejandro. González Castro Alexandra. García Sandoval Alicia Briseyda. Derecho Individual delTrabajo. Dra. KarenYareli García Arizaga.
  • 3. Naturaleza. En lo que se refiere a su naturaleza y objeto, todo individuo de acuerdo a estudios sociológicos y psicológicos, necesita descansar, para reponer sus fuerzas físicas, relajarse psicológicamente, realizar vida social son sus congéneres o simplemente compartir con su familia. Esta es una de las razones de peso por lo que la Ley Federal del Trabajo regula los días de descanso del artículo 69 al 74.
  • 4. Menciona la ley que los trabajos que ocupen una labor continua, los trabajadores y el patrón acordarán los días en que los trabajadores deban disfrutar de los descansos semanales, propone esta ley que preferentemente el día de descanso semanal sea el domingo. Sin embargo, en caso de que los trabajadores presten servicios en día domingo, la ley prescribe a su favor el derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario que devenga por sus labores en días ordinarios.
  • 5. Clasificación. Descanso semanal. El descanso semanal, también conocido como descanso del séptimo día, cumple con la intención del legislador de que por cada 6 días laborados el trabajador disfrute de un día de descanso, por lo menos. Lo anterior significa que a cambio del trabajo por seis días consecutivos, el trabajador tendrá derecho a dejar de concurrir a su trabajo el séptimo día con disfrute de su salario. Pero también puede suceder que la empresa conceda al trabajador, dos días de descanso a la semana en lugar de uno solo y entonces el trabajador prestará sus servicios durante cinco días consecutivos y descansará los dos siguientes. Lo normal en nuestro medio es que el descanso semanal sea el día domingo.
  • 6. Descansos obligatorios. Los descansos obligatorios son fechas especiales señaladas por la Ley en que el trabajador está autorizado para dejar de concurrir a sus labores, con el fin de conmemorar acontecimientos religiosos, cívicos o de solidaridad con la clase trabajadora. Los días de descanso obligatorio establecidos por la ley son los siguientes: 1 de enero 1 de mayo 16 de septiembre 20 de noviembre 25 de diciembre.
  • 7. Sanciones. Las violaciones a las normas de trabajo cometidas por los patrones, directivos sindicales o por los trabajadores, se sancionarán de conformidad con las disposiciones de este Título, independientemente de la responsabilidad que les corresponda por el incumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de las sanciones previstas en otros ordenamientos legales y de las consecuencias jurídicas que procedan en materia de bienes y servicios concesionados. Artículo 69 de la ley federal de trabajo, Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos con goce de salario íntegro. Se impondrá multa por el equivalente de 50 a 250 veces el salario mínimo general.
  • 8. Art. 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios. Se impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo general.
  • 9. Obligatoriedad. La pandemia de covid-19 provocó desde inicios del 2020 el paro de las actividades no esenciales, por ello algunos empleadores optaron por que los trabajadores que pudieran llevarán a cabo sus labores desde sus hogares. En los días de descanso obligatorio todos los empleados que trabajen dentro de la república mexicana no tienen la obligación de prestar sus servicios y en caso de que se les pida laborar en dichas fechas deberán percibir una compensación económica mayor. La ley mexicana sólo otorga nueve días de asueto oficiales, pero dos de ellos no aplicarán este 2021 ya que uno tiene que ver con la realización de elecciones ordinarias y el otro corresponde a la transmisión del poder ejecutivo federal.
  • 10. ¿Qué pasa si debo trabajar en un día de descanso oficial? La ley federal de trabajo especifica que de ser necesaria la asistencia de algunos trabajadores en estas fechas, el empleador deberá llegar a un acuerdo con los trabajadores para determinar el número de personas que se presentarán a laborar. Los empleados que laboren en los días de descanso que determina la ley de trabajo deberán recibir una compensación del doble de su salario, esto independientemente del sueldo que perciben por día.
  • 11. Fijación. Ley federal del trabajo. • Artículo 70.- En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal. • Artículo 71.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
  • 12. • Artículo 72.- Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado o sobre el que hubiese percibido de cada patrón. • Artículo 73.- Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.