El documento resume los plazos prescriptivos de varias prestaciones laborales de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo de México. Las vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y participación de utilidades prescriben a los un año contado a partir de fechas específicas relacionadas a su pago. La prima de antigüedad prescribe a los un año contado desde el día después de la terminación de la relación laboral.