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Los Privilegios de los
trabajadores en el
concurso de acreedores
Guillermo Gil Crespo
¿Qué es un concurso de acreedores ? Y
tipos de concursos de acreedores.
 Las empresas que atraviesan problemas económicos y tienen dificultades para
cumplir regularmente sus deudas exigibles deberá solicitar el concurso de
acreedores. Este concurso tiene un doble objetivo, pagar a todos los
acreedores y, en la medida de lo posible, evitar la extinción de la sociedad.
 Tipos
 Concurso voluntario
 Solicitado por el propio deudor, como puede ser el jefe de la empresa.
 Concurso necesario
 Solicitado por el acreedor, como pueden ser los propios trabajadores de la
empresa.
Legislación
 Ley concursal 22/2003 de 9 de julio
 En esta ley se establece todo el proceso, cuenta con 242 artículos y
disposiciones adicionales, sin prejuicio que hay leyes que pueden ser
complementarias como el estatuto de los trabajadores.
 -La actualización vigente es la datada en fecha del 1 de Enero del 2016.
 -Un total de 31 modificaciones ha habido en un periodo de 13 años.
 -El mayor numero de modificaciones se han hecho a partir del 2008.
Privilegios de los trabajadores en el
concurso de acreedores
 5.1 Legitimación para solicitar la declaración del concurso
 5.2 Extinción del contrato por voluntad del trabajador.
 5.3 Derecho a huelga, reunión, información, negociación colectiva y libre
sindicación.
 5.4 Anticipos a partir de FOGASA.
 5.5 Preferencia en el cobro.
5.1 Legitimación para solicitar la declaración
del concurso
 Artículo 3. Legitimación.
 1. Para solicitar la declaración de concurso están legitimados el deudor, cualquiera de sus
acreedores y el mediador concursal cuando se trate del procedimiento regulado en el Título X de
esta Ley.
 Si el deudor fuera persona jurídica, será competente para decidir sobre la solicitud el órgano de
administración o de liquidación.
 2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, no está legitimado el acreedor que, dentro
de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, hubiera adquirido el crédito por actos
ínter vivos y a título singular, después de su vencimiento.
 3. Para solicitar la declaración de concurso de una persona jurídica, están también legitimados los
socios, miembros o integrantes que sean personalmente responsables, conforme a la legislación
vigente, de las deudas de aquélla.
 4. Los acreedores del deudor fallecido, los herederos de éste y el administrador de la herencia
podrán solicitar la declaración de concurso de la herencia no aceptada pura y simplemente. La
solicitud formulada por un heredero producirá los efectos de la aceptación de la herencia a
beneficio de inventario.

 -Los trabajadores como acreedores pueden solicitar la declaración del concurso de acreedores.
 -También estarán legitimados para solicitarlo los herederos de un trabajador difunto que la
empresa le debe percepciones.
5.2 Extinción del contrato por voluntad del
trabajador.
 Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.
 Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
 a) Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin
respetar lo previsto en el artículo 41 de esta Ley y que redunden en menoscabo de la
dignidad del trabajador.
 b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
 c) Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del
empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a
reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos
previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial
haya declarado los mismos injustificados.

 En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el
despido improcedente.
5.3 Derecho a huelga, reunión, información,
negociación colectiva y libre sindicación.
Artículo 4 Estatuto de los trabajadores. Derechos laborales.
 1. Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que
para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:
 a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
 b) Libre sindicación.
 c) Negociación colectiva.
 d) Adopción de medidas de conflicto colectivo.
 e) Huelga.
 f) Reunión.
 g) Información, consulta y participación en la empresa.
5.4 Anticipos a partir de FOGASA.
Retribuciones que garantiza FOGASA.
La cantidad máxima a abonar por el Fondo de Garantía Salarial, es la que resulta de
multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, con prorrateo de
pagas extras, por el número de días pendientes de pago, con un máximo de
ciento veinte días.
Salario mínimo interprofesional
diario para 2015 (SMI)
21,62 Euros
Doble del SMI diario, con prorrateo
de extras:
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Límite Salarios 6.042 Euros
Límite Indemnizaciones 18.377,75 Euros
Que es FOGASA ?
Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social que garantiza a los
trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la
relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del
empresario.
El Plazo de solicitud
El plazo de solicitud expira al año, así lo establece el estatuto de los trabajadores.
Preferencia en el cobro.
1-los trabajadores.
2-las administraciones públicas.
3-las entidades financieras.
4-los proveedores.
5-socios.
¿Cómo afecta la crisis económica?
1147
3298
6202
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
2007 2008 2009
Número de empresas en
concurso de acreedores.
Año 2007
272 + 263 + 247 + 365 = 1.147 / 4 = 286,75.
286,75 Número medio de concursos de acreedores por trienio en 2007.
Año 2008
452 + 722 + 849 + 1.275 = 3.298 / 4 = 824,5.
824,5 Número medio de concursos de acreedores por trienio en 2008.
Año 2009
1.670 + 1.767 + 1.117 + 1.648 = 6.202 / 4 = 1.550,5.
1.550,5 Número medio de concursos de acreedores por
trienio en 2009.
Calificación del concurso como culpable o
fortuito
 Culpable –
Tiene como consecuencia responder con su patrimonio
personal y la in-habilitación de los administradores a
desempeñar ese cargo.
 Fortuito –
No tiene ninguna consecuencia hacia el empresario
referente a sus patrimonios personales.
Conclusiones
 En la práctica casi nunca los concursos de acreedores salvan a las empresas.
 Los trabajadores están muy amparados en estas situaciones.
 Tras analizar la jurisprudencia casi todos los concursos suelen ser declarados
fortuitos.
 La crisis económica ha provocado en un gran grado que aumenten los casos
de empresas en concursos de acreedores.
 La legislación es modificada más abundantemente en épocas de crisis
económica.
 Este trabajo será subido en un blog para libre acceso de todo aquel que lo
desea.
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  • 1. Los Privilegios de los trabajadores en el concurso de acreedores Guillermo Gil Crespo
  • 2. ¿Qué es un concurso de acreedores ? Y tipos de concursos de acreedores.  Las empresas que atraviesan problemas económicos y tienen dificultades para cumplir regularmente sus deudas exigibles deberá solicitar el concurso de acreedores. Este concurso tiene un doble objetivo, pagar a todos los acreedores y, en la medida de lo posible, evitar la extinción de la sociedad.  Tipos  Concurso voluntario  Solicitado por el propio deudor, como puede ser el jefe de la empresa.  Concurso necesario  Solicitado por el acreedor, como pueden ser los propios trabajadores de la empresa.
  • 3. Legislación  Ley concursal 22/2003 de 9 de julio  En esta ley se establece todo el proceso, cuenta con 242 artículos y disposiciones adicionales, sin prejuicio que hay leyes que pueden ser complementarias como el estatuto de los trabajadores.  -La actualización vigente es la datada en fecha del 1 de Enero del 2016.  -Un total de 31 modificaciones ha habido en un periodo de 13 años.  -El mayor numero de modificaciones se han hecho a partir del 2008.
  • 4. Privilegios de los trabajadores en el concurso de acreedores  5.1 Legitimación para solicitar la declaración del concurso  5.2 Extinción del contrato por voluntad del trabajador.  5.3 Derecho a huelga, reunión, información, negociación colectiva y libre sindicación.  5.4 Anticipos a partir de FOGASA.  5.5 Preferencia en el cobro.
  • 5. 5.1 Legitimación para solicitar la declaración del concurso  Artículo 3. Legitimación.  1. Para solicitar la declaración de concurso están legitimados el deudor, cualquiera de sus acreedores y el mediador concursal cuando se trate del procedimiento regulado en el Título X de esta Ley.  Si el deudor fuera persona jurídica, será competente para decidir sobre la solicitud el órgano de administración o de liquidación.  2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, no está legitimado el acreedor que, dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, hubiera adquirido el crédito por actos ínter vivos y a título singular, después de su vencimiento.  3. Para solicitar la declaración de concurso de una persona jurídica, están también legitimados los socios, miembros o integrantes que sean personalmente responsables, conforme a la legislación vigente, de las deudas de aquélla.  4. Los acreedores del deudor fallecido, los herederos de éste y el administrador de la herencia podrán solicitar la declaración de concurso de la herencia no aceptada pura y simplemente. La solicitud formulada por un heredero producirá los efectos de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario.   -Los trabajadores como acreedores pueden solicitar la declaración del concurso de acreedores.  -También estarán legitimados para solicitarlo los herederos de un trabajador difunto que la empresa le debe percepciones.
  • 6. 5.2 Extinción del contrato por voluntad del trabajador.  Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.  Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:  a) Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 de esta Ley y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.  b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.  c) Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.   En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
  • 7. 5.3 Derecho a huelga, reunión, información, negociación colectiva y libre sindicación. Artículo 4 Estatuto de los trabajadores. Derechos laborales.  1. Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:  a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio.  b) Libre sindicación.  c) Negociación colectiva.  d) Adopción de medidas de conflicto colectivo.  e) Huelga.  f) Reunión.  g) Información, consulta y participación en la empresa.
  • 8. 5.4 Anticipos a partir de FOGASA. Retribuciones que garantiza FOGASA. La cantidad máxima a abonar por el Fondo de Garantía Salarial, es la que resulta de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, con prorrateo de pagas extras, por el número de días pendientes de pago, con un máximo de ciento veinte días. Salario mínimo interprofesional diario para 2015 (SMI) 21,62 Euros Doble del SMI diario, con prorrateo de extras: 50,35 Euros Límite Salarios 6.042 Euros Límite Indemnizaciones 18.377,75 Euros Que es FOGASA ? Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario. El Plazo de solicitud El plazo de solicitud expira al año, así lo establece el estatuto de los trabajadores.
  • 9. Preferencia en el cobro. 1-los trabajadores. 2-las administraciones públicas. 3-las entidades financieras. 4-los proveedores. 5-socios.
  • 10. ¿Cómo afecta la crisis económica? 1147 3298 6202 0 1000 2000 3000 4000 5000 6000 7000 2007 2008 2009 Número de empresas en concurso de acreedores. Año 2007 272 + 263 + 247 + 365 = 1.147 / 4 = 286,75. 286,75 Número medio de concursos de acreedores por trienio en 2007. Año 2008 452 + 722 + 849 + 1.275 = 3.298 / 4 = 824,5. 824,5 Número medio de concursos de acreedores por trienio en 2008. Año 2009 1.670 + 1.767 + 1.117 + 1.648 = 6.202 / 4 = 1.550,5. 1.550,5 Número medio de concursos de acreedores por trienio en 2009.
  • 11. Calificación del concurso como culpable o fortuito  Culpable – Tiene como consecuencia responder con su patrimonio personal y la in-habilitación de los administradores a desempeñar ese cargo.  Fortuito – No tiene ninguna consecuencia hacia el empresario referente a sus patrimonios personales.
  • 12. Conclusiones  En la práctica casi nunca los concursos de acreedores salvan a las empresas.  Los trabajadores están muy amparados en estas situaciones.  Tras analizar la jurisprudencia casi todos los concursos suelen ser declarados fortuitos.  La crisis económica ha provocado en un gran grado que aumenten los casos de empresas en concursos de acreedores.  La legislación es modificada más abundantemente en épocas de crisis económica.  Este trabajo será subido en un blog para libre acceso de todo aquel que lo desea.
  • 13. Gracias por la atención