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• Introducción al Análisis
• Antecedentes Internacionales
• Movimientos Ecologistas
• Declaración de Founex y Desarrollo Sustentable
• Rol del Medio Ambiente a Nivel Internacional
• Conferencia de Estocolmo de 1972
• Principios del Derecho Ambiental
• Conferencia de Río de Janeiro 1992
• Declaraci n de R o sobre Medio Ambiente y
Desarrollo
• Participación Ciudadana en la Institucionalidad
Ambiental
Breve introducción al tema
de análisis de la nueva
institucionalidad ambiental
a partir de la reforma a la
Ley 19.300.
Contextualización de la
evolución de la
institucionalidad ambiental
chilena, destacando
antecedentes
internacionales.
Objetivos y alcance del
análisis en esta tesina.
Plus tip:
La sociedad comenzó a tomar conciencia de los efectos y problemáticas ambientales a
partir de la Declaración de Founex en 1971, la cual admitió que el ritmo de crecimiento
no constituye una garantía de desarrollo y de solución a los problemas sociales y
humanos.
El tema de la protección ambiental ha ido tomando un rol importante a nivel
internacional, dando lugar a conferencias y acuerdos fundamentales como la Conferencia
de Estocolmo de 1972 y la Conferencia de Río de Janeiro 1992.
El desarrollo sustentable se ha establecido como uno de los objetivos
clave de la Institucionalidad Ambiental, en aras de conciliar el
progreso con la preservación del medio ambiente.
Los primeros movimientos ecologistas significativos se registraron en la década
de los 60, como respuesta a los efectos del deterioro del Medio Ambiente
producto de la revolución industrial del siglo XIX.
1
2
3
4
Importancia de los Movimientos Ecologistas
● Los primeros movimientos ecologistas significativos se desarrollaron
en la década de los 60, posterior a la revolución industrial, cuando
los efectos del deterioro del Medio Ambiente se hicieron evidentes a
nivel mundial.
● El avance tecnológico trajo consigo contaminación y daño al
ambiente, lo que generó problemáticas que llevaron a la sociedad a
tomar conciencia de la situación.
● El concepto de desarrollo sustentable, que es uno de los objetivos
de la Institucionalidad Ambiental, surge en este contexto de
conservación y preservación del medio ambiente.
● Las conferencias internacionales, como la Conferencia de Estocolmo
de 1972 y la Conferencia de Río de Janeiro 1992, jugaron un papel
crucial en el establecimiento de principios y normativas para el
cuidado del medio ambiente.
• Estableció que el ritmo de crecimiento no garantiza
desarrollo y solución a problemas sociales.
• Enfatizó que la política ambiental debe ser parte
integral de la política de desarrollo.
• Admitió que el crecimiento no es una garantía de
desarrollo y solución a problemas sociales.
• Concepto originado en conferencias internacionales.
• Orienta a la Institucionalidad Ambiental hacia un
objetivo principal.
• Implica equilibrio entre crecimiento económico,
cuidado del medio ambiente y bienestar social.
Declaración de Founex Desarrollo Sustentable
El papel del medio ambiente a nivel internacional se ha visto afectado por el
desarrollo industrial y tecnol gico, que han tra do consigo contaminaci n y
da o al ambiente. Estos efectos han llevado a la sociedad a tomar conciencia
de la problem tica ambiental.
Se ha establecido como objetivo el desarrollo sustentable, que implica
satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las
futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades.
Antecedentes y Contexto
Desarrollo Sustentable
Importancia de las
Conferencias
Internacionales
Conferencias como la de Estocolmo en 1972 y Ri o de Janeiro en 1992, han
sentado las bases para el Derecho Ambiental y el desarrollo de pol ticas
ambientales a nivel mundial.
Importancia de la Conferencia de Estocolmo
● La Conferencia de Estocolmo de 1972 es considerada como la 
● Estableci 24 principios, entre los cuales para nuestro tema de
investigaci n destaca el n 17 el cual expresa que
02 03
01
El derecho ambiental
se basa en el
principio de que el
ritmo de crecimiento
no constituye una
garantía de
desarrollo y de
solución a los
problemas sociales y
humanos.
La política ambiental
debe ser parte
integrante de la
política general de
desarrollo y
considerarse dentro
del ámbito global del
planeamiento
económico y social.
Las instituciones
nacionales
competentes deben
planificar,
administrar o
controlar la
utilización de los
recursos ambientales
para mejorar la
calidad del medio.
04
El mejor modo de
tratar las cuestiones
ambientales es con
la participación de
todos los
ciudadanos
interesados, en el
nivel que
corresponda.
● Se llevó a cabo del 3 al 14 de junio de 1992 en Brasil.
● Reafirmó la Declaración de 1972 y tuvo como objetivo establecer una
alianza mundial nueva y equitativa mediante la cooperación entre los
Estados, la sociedad y las personas para la protección del Medio Ambiente.
● Puso énfasis en el concepto de desarrollo sustentable.
Aspectos Clave
• La Declaraci n de R o sobre Medio Ambiente y
Desarrollo, surgida de la Conferencia de R o en
1992, estableci el concepto de desarrollo
sustentable.
• Tuvo como objetivo establecer una alianza mundial
nueva y equitativa para la protecci n del Medio
Ambiente.
• Sent las bases para el desarrollo de pol ticas y
legislaciones orientadas al concepto de desarrollo
sustentable.
• La Declaraci n de R o sobre Medio Ambiente y
Desarrollo, surgida de la Conferencia de R o en
1992, estableci el concepto de desarrollo
sustentable.
• Tuvo como objetivo establecer una alianza mundial
nueva y equitativa para la protecci n del Medio
Ambiente.
• Sent las bases para el desarrollo de pol ticas y
legislaciones orientadas al concepto de desarrollo
sustentable.
Aspectos Clave
Implicaciones en la Institucionalidad
Ambiental
La ciudadanía tiene un papel
crucial en la identificación de
problemas ambientales y en la
búsqueda de soluciones
sostenibles. Su participación
activa es esencial para el éxito
de la institucionalidad
ambiental.
Se deben establecer mecanismos
que garanticen el acceso a la
información ambiental, la
participación en las decisiones y
el acceso a recursos judiciales en
asuntos ambientales.
Las instituciones ambientales
deben facilitar y fomentar la
participación activa de la
ciudadanía en la toma de
decisiones y acciones para la
protección del medio ambiente.
El Papel de la
Institucionalidad Ambiental
Importancia de la
Participación Ciudadana
Mecanismos de
Participación
• Definición de Institucionalidad e Institucionalidad
Ambiental
• Importancia de la Institucionalidad Ambiental
• Modelos doctrinarios de Institucionalidad Ambiental
• Modelos basados en la unidad de gestión
• Modelos basados en la disgregación de competencias
ambientales
• Aplicaci?n de los modelos de Institucionalidad
Ambiental
• Modelos adoptados por Chile
• Análisis de los modelos adoptados por Chile
• Cambios implementados por la reforma en la
institucionalidad ambiental
• Se establecen las bases para entender y analizar la
importancia de la Institucionalidad Ambiental en Chile
December 16, 2023
• Conjunto de organismos públicos y privados,
instrumentos legales y financieros, de
infraestructura y de articulación para actuar en un
determinado ámbito.
• Se da la sociedad civil y el Estado para actuar en un
determinado ámbito.
Institucionalidad
• Conjunto de organismos públicos y privados,
instrumentos legales y financieros, de
infraestructura y de articulación para actuar en un
determinado ámbito.
• Se da la sociedad civil y el Estado para actuar en un
determinado ámbito.
Institucionalidad Ambiental
● Coordinación y ejecución de las políticas ambientales del país.
● Aplicación y respeto de la normativa jurídica ambiental.
● Garantía de que las normas y políticas ambientales no sean solo
enunciados teóricos.
● Necesidad de una estructura administrativa que coordine y ejecute
las políticas ambientales del país.
Importancia de la Institucionalidad Ambiental
Incluye ejemplos concretos de cómo la
institucionalidad ambiental ha impactado
positivamente en la protección del medio
ambiente y el cumplimiento de las
normativas ambientales.
Plus tip:
● Modelos basados en la unidad de gestión
● Modelos basados en la disgregación de competencias ambientales
en diferentes órganos de la administración del Estado
Modelos propuestos por la doctrina
Se otorgan competencias
ambientales a un Ministerio que ya
existe con la colaboración de
comités interministeriales para
efectos de coherencia.
Potenciación de un Ministerio
existente
Comisiones o Comités
Interministeriales
Se establece un modelo de
coordinación horizontal, mediante
un órgano colegiado que se encarga
de la confección de políticas,
quedando la ejecución en los
distintos ministerios.
Puede funcionar solo como órgano
coordinador o como
superministerio, absorbiendo
competencias ambientales de otros
ministerios.
En este modelo existe una
secretaría centralizada que delega
competencias en agencias
manteniendo la dirección, control y
vigilancia de estas.
Ministerio de Medio Ambiente
Secretaría de Estado del
Ambiente con Agencias
Se asocia principalmente este
modelo a estructuras federales, se
trata de un organismo dependiente
del primer ministro con facultades
que van más allá de la mera
coordinación.
Agencia o Comisaria Central
Detalle sobre un posible sexto
modelo de gestión en
Institucionalidad Ambiental.
Nuevo Modelo
● Se centra en la división de competencias ambientales entre
diferentes órganos estatales.
● Es un enfoque sectorial que tiende a acentuar la dispersión de
esfuerzos y multiplicar las acciones paralelas.
● Conduce a rodeos y pérdidas de tiempo en la gestión de asuntos
ambientales, según Jaquenod de Zsögön.
Características de este modelo
Estos conceptos son b?sicos
para entender los modelos
adoptados por Chile en las
distintas etapas de
institucionalidad ambiental.
Esto se da seg?n las
caracter?sticas y pol?ticas
propias de cada pa?s.
Los modelos de
Institucionalidad Ambiental
han sido aplicados en los
distintos pa?ses, con diversas
variaciones seg?n sean
desarrollados o
subdesarrollados.
02 03
01
● Modelo de Ministerio de Medio Ambiente, con y sin competencias
superiores y de coordinación.
● Creación de la Superintendencia del Medio Ambiente como
organismo de control y vigilancia.
● Establecimiento de un Sistema Integrado de gestión ambiental a
nivel ministerial.
Modelos adoptados
Es importante identificar las fortalezas y debilidades de los modelos
adoptados por Chile para comprender su impacto en la gestión
ambiental.
Algunos modelos pueden ser más adecuados para ciertos contextos
o etapas de desarrollo, mientras que otros pueden ser más eficientes
en diferentes situaciones.
Ventajas y
desventajas
Adaptabilidad y
flexibilidad
Importancia del
análisis
El análisis crítico de los modelos adoptados sienta las bases para
futuras mejoras y ajustes en la institucionalidad ambiental de Chile.
1 2 3 4
Se reforzaron las
competencias y el
alcance del Ministerio
de Medio Ambiente
para garantizar la
protección del entorno
natural y la
sostenibilidad.
Se establecieron
mecanismos de control
y vigilancia más
estrictos para asegurar
el cumplimiento de la
normativa ambiental y
la aplicación efectiva de
las políticas
ambientales.
Se creó el Ministerio,
el Servicio de
Evaluación Ambiental
y la Superintendencia
del Medio Ambiente,
como parte de la
nueva estructura
administrativa para
coordinar y ejecutar
las políticas
ambientales del país.
Se asignaron mayores
recursos y se mejoró la
gestión financiera en el
ámbito ambiental, con
el fin de potenciar las
iniciativas y proyectos
en esta área.
● La Institucionalidad se refiere al conjunto de organismos y estructuras que
permiten la acción en un ámbito específico, tanto del Estado como de la
sociedad civil.
● La Institucionalidad Ambiental es crucial para coordinar y ejecutar las
políticas ambientales del país, así como para velar por el
cumplimiento de la normativa ambiental.
● Seg√∫n la ley 19.300, sin Institucionalidad Ambiental, las pol√≠ticas y
normas ambientales son solo enunciados teóricos sin aplicación real.
Resumen y Anaìlisis
December 16, 2023
• Derecho Ambiental en la Constitución de Chile
• Institucionalidad Ambiental Previa a la Ley 19.300
• Creaci n de Reservas Forestales (1912)
• Ley 9.006 y Protecci n Ambiental
• Decreto Ley 3.557 (1981) y Protección Ambiental
• Creación del Servicio Agrícola y Ganadero (1967)
• Objetivos del Servicio Agrícola y Ganadero
• Reforma Agraria y su Impacto Ambiental
• Normas y Medidas Previas a la Ley 19.300
• Protección del Medio Ambiente antes de la Ley 19.300
Antes de la implementación de la ley 19.300, el medio ambiente
estaba protegido a través de normas dispersas en distintos textos
jurídicos y medidas estatales, pero sin una institucionalidad funcional.
El Estado tiene el deber de velar por la protección de este derecho y
tutelar la preservación de la naturaleza.
La Constitución de Chile garantiza el derecho de todas las personas a
vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
En 1912 se crearon las reservas forestales de
Llanquihue, Alto Bío Bío y Villarrica como medida
de protección ambiental temprana.
Antes de la implementación de la institucionalidad
de la ley 19.300, el Medio Ambiente estaba
protegido a través de normas dispersas en
distintos textos jurídicos y medidas estatales.
La Constitución de Chile en su artículo 19 n°8
asegura el derecho a vivir en un medio ambiente
libre de contaminación y establece el deber del
Estado de velar por este derecho.
En 1948 se dictó la ley 9.006 que facultó al
Presidente para ordenar la paralización de
empresas que vacíen productos en las aguas y
perjudiquen la salud de los habitantes.
Antecedentes
● En el a o 1912 se crearon las reservas forestales de Llanquihue, Alto B o B o y Villarrica como medidas iniciales de protecci n del
medio ambiente y sus recursos naturales.
● Estas reservas forestales ten an como objetivo principal conservar la flora, fauna y recursos naturales de las zonas especificadas,
marcando un hito en las primeras iniciativas de protecci n ambiental en el pa s.
● Esta acci n temprana de creaci n de reservas forestales sent las bases para futuras leyes y regulaciones m s amplias en t rminos
de protecci n del medio ambiente.
● La ley 9.006, dictada en 1948, faculto al Presidente
para ordenar la paralizaci n de empresas que
vac en productos en las aguas, si estas perjudican
la salud de los habitantes.
● Tuvo un impacto significativo en la protecci n de
las aguas y los recursos naturales.
● Las disposiciones de la ley 9.006 fueron
incorporadas en decretos y leyes posteriores.
● Estas medidas sentaron las bases para la
protecci n ambiental y la regulaci n de impacto
ambiental en el pa s.
Antecedentes Hist ricos Legado y Continuidad
• El decreto ley facultaba al Presidente para ordenar
la paralización de actividades que causaran daño a
la salud, vida, integridad o desarrollo de los seres
vivos.
• Esto incluía la paralización total o parcial de
empresas que vacíen productos y residuos que
perjudiquen la salud de los habitantes.
• Estas medidas se tomaron como forma de
protección agrícola y control de la contaminación.
Antes de la Ley 19.300
• El decreto ley facultaba al Presidente para ordenar
la paralización de actividades que causaran daño a
la salud, vida, integridad o desarrollo de los seres
vivos.
• Esto incluía la paralización total o parcial de
empresas que vacíen productos y residuos que
perjudiquen la salud de los habitantes.
• Estas medidas se tomaron como forma de
protección agrícola y control de la contaminación.
Comparación con la Ley 19.300
● El Servicio Agrícola y Ganadero se estableció en el marco de la ley
de Reforma Agraria de 1967.
● Su objetivo principal era controlar y mejorar los aspectos
relacionados con la producción agrícola y ganadera, pero también
incluía acciones para la conservación y uso sostenible de los
recursos naturales.
● El SAG asumió un rol crucial en el control de la contaminación y la
conservación de la fauna y flora, aspectos fundamentales para la
protección del medio ambiente en el contexto de su labor en el
sector agropecuario.
Antecedentes y Objetivos
Mejora de los recursos de suelo para la producción agrícola, ganadera y forestal.
Control de la contaminación de las aguas de riego y conservación de la fauna y
flora.
Realización de acciones para la conservación y mejoramiento de los recursos
naturales renovables.
La Reforma Agraria tuvo un impacto significativo en la protección y conservación del medio
ambiente, al establecer medidas concretas para el uso sostenible de los recursos naturales
en el contexto agrario.
El SAG se encarga de controlar la contaminación de las aguas de riego, conservación de la
fauna y flora y mejorar recursos de suelo.
La ley de Reforma Agraria de 1967 transformó la Dirección General de Agricultura y Pesca
en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), con responsabilidades específicas en la
conservación de recursos naturales renovables.
Aunque no fue inicialmente concebido como un ente de protección ambiental, el SAG, como
resultado de la reforma, asumió un rol crucial en la preservación del medio ambiente en el
ámbito agrícola.
El 28 de julio del a o 1967, la ley de
Reforma Agraria transformo lo que
era la Direcci n General de
Agricultura y Pesca del Ministerio
de Agricultura en una persona
jur dica de derecho p blico,
naciendo as el Servicio Agr cola y
Ganadero (SAG).
En el a o 1948 se dict la ley 9.006
que faculto al Presidente de la
Rep blica para ordenar la
paralizaci n total o parcial de las
empresas industriales, fabriles o
mineras que vac en productos en
las aguas, si estas perjudican la
salud de los habitantes.
En el a o 1912 se crean las reservas
forestales de Llanquihue, Alto B o
B o y Villarrica.
En el a o 1994 se implementa la
institucionalidad de la ley 19.300
sobre Bases Generales del
Medio Ambiente, que marca un
hito en la protecci n ambiental
de Chile.
Antes de la ley 19.300, el Medio
Ambiente estaba protegido a
trav s de normas dispersas en
distintos textos jur dicos y de
medidas tomadas por el Estado.
Estas medidas previas no
constituyeron una
institucionalidad funcional para
la protecci n del Medio
Ambiente.
Aunque la Constitución garantizaba el derecho a un medio ambiente
libre de contaminación, no existía una institucionalidad funcional para
su protección.
La creación de reservas forestales, las leyes de protección de la salud
de los habitantes y la reforma agraria fueron pasos previos en la
protección del medio ambiente, aunque fragmentarios.
La protección del medio ambiente en Chile tuvo algunas medidas y
normativas dispersas antes de la implementación de la Ley 19.300.
1
2
3
El Código Sanitario
otorga al Servicio
Nacional de Salud la
autoridad sanitaria
para velar por el
cumplimiento de sus
disposiciones.
El Código Sanitario
incluye normas que
protegen
indirectamente el
Medio Ambiente a
través de la protección
de la salud. Por
ejemplo, se establece
la obligación de
eliminar o controlar los
factores del medio
ambiente que afecten
la salud y el bienestar
de los habitantes.
El 31 de enero del
año 1968 se publica
el Código Sanitario
que rige actualmente,
siendo el tercero en
la historia del país.
Este marco legal ha
sido sujeto de
diversas
modificaciones a lo
largo del tiempo.
Historia de los
movimientos
ecologistas
● Los primeros movimientos ecologistas en Chile se remontan a 1968, con la formación del Comité Nacional pro Defensa de
la Fauna y Flora (CODEFF) en la ciudad de Osorno.
● El CODEFF fue el pionero en la defensa de la fauna, flora y los recursos naturales en Chile, sentando las bases para futuras
iniciativas de protección ambiental.
● Estos movimientos ecologistas marcaron el inicio de una conciencia ambiental en el país y allanaron el camino para la
creación de entidades y normativas enfocadas en la protección del medio ambiente.
Su objetivo es contribuir a la conservación, incremento, manejo y aprovechamiento de los
recursos forestales del país.
CONAF es una entidad de derecho privado dependiente del Ministerio de Agricultura.
El 19 de abril del año 1973, durante el gobierno del Presidente Salvador Allende Gossens,
se crea la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
Ademas, establece el deber constitucional del Estado "velar por que este
derecho no sea afectado y tutelar la preservacialn de la naturaleza".
Esta ley asegura a todas las personas "el derecho a vivir en un medio libre
de contaminacialn".
El 19 de abril del ao 1973, se dicta el Acta Constitucional Na3 de la Repalica
de Chile, durante el gobierno del Presidente Salvador Allende Gossens.
Este acta senta las bases para la posterior inclusialn de la garantaa
constitucional del artaiculo 19 Na8, que protege el medio ambiente y la
salud de las personas.
CONADE jugó un papel crucial en la concientización sobre la
importancia de la ecología y el impacto de las actividades humanas en
el medio ambiente.
Su establecimiento marcó un hito en el enfoque del país hacia la
protección y conservación del medio ambiente, al pasar de medidas
sectorizadas a una visión más integral.
CONADE fue creada en 1984 con el propósito de formular políticas
ambientales y coordinar su implementación en Chile.
CONAMA tuvo un papel crucial en la formulación de políticas ambientales y la
coordinación de su ejecución en el país.
CONAMA actuaba bajo la supervisión del Ministerio de Bienes Nacionales.
En el año 1990, la Comisión Nacional de Ecología (CONADE) es sustituida por la
Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA).
Esta sustitución marcó un hito en el enfoque y la efectividad en la protección del
medio ambiente en Chile.
• Durante muchos años no hubo una protección
directa del Medio Ambiente a través de
instituciones efectivas.
• Las políticas públicas carecían de enfoque en la
protección del medio ambiente.
• Las actividades económicas e industriales
carecían de regulación en cuanto a su impacto
ambiental.
• Actualmente existen instituciones dedicadas a la
protección del Medio Ambiente.
• Se han establecido normativas y regulaciones
para controlar y mitigar el impacto ambiental de
las actividades económicas.
• Se ha incorporado el derecho a un medio libre de
contaminación en la constitución.
Antecedentes Históricos Situcación Actual
Legislación y Protección
Ambiental
El Código Sanitario de 1968,
junto con sus modificaciones
posteriores, ha incluido normas
que indirectamente protegen el
Medio Ambiente a través de la
protección de la salud de los
habitantes.
Historia del Código Sanitario Creación de CONAF
En 1973 se crea la Corporación
Nacional Forestal con el objetivo
de contribuir a la conservación y
manejo de los recursos forestales
del país.
La legislación en 1976 aseguró el
derecho a vivir en un medio libre
de contaminación y estableció el
deber del Estado de velar por
este derecho.
• Durante muchos años no hubo una protección
directa del Medio Ambiente a través de
instituciones efectivas.
• Las políticas públicas carecían de enfoque en la
protección del ambiente en relación a la actividad
económica e industrial.
• El actual Código Sanitario incluye normas que
indirectamente protegen el Medio Ambiente.
• Las empresas están obligadas a eliminar o
controlar factores del medio ambiente que afecten
la salud, la seguridad y el bienestar de los
habitantes.
Antecedentes Históricos Impacto de la legislación actual
Todas las normas establecidas eran en relación a la protección del
Medio Ambiente, pero no contribuían a políticas públicas dirigidas a
la protección del ambiente en relación a la actividad económicas e
industriales.
Las regulaciones existentes eran más bien de carácter consultivo y no
efectivo en la protección directa del Medio Ambiente.
Durante muchos años, las normas establecidas para la protección del
Medio Ambiente fueron sectorizadas y de orden casual.
December 16, 2023
• Introducción a la Ley 19.300
• La Declaraci n de R o y la Agenda 21
• Proyecto de Ley sobre Bases Generales del Medio
Ambiente
• Aprobación y Publicación de la Ley 19.300
• Características de la Ley 19.300
• Derecho a un Medio Ambiente Libre de
Contaminación
• Institucionalidad Ambiental de la Ley 19.300
• Comisión Nacional del Medio Ambiente
(CONAMA)
• Reforma de la Ley 20.417
• Modelo de Institucionalidad de la Ley 19.300
• Estructura Administrativa y Políticas Ambientales
• Reconocimiento de Competencias Ambientales
Sectoriales
• Mensaje de Envío de la Ley
• Capacidad de Coordinación del Poder Ejecutivo
• Análisis de la Comisión Nacional del Medio
Ambiente
• Impacto de la Ley 19.300 en el Medio Ambiente
• Evolución de la Institucionalidad Ambiental
• Desafíos de la Ley 19.300
• Conclusiones sobre la Ley 19.300
• Desafíos de la Ley 19.300
Tras largas discusiones, se aprobó la Ley 19.300 sobre Bases Generales del
Medio Ambiente en 1994, siendo reconocida como la primera ley ambiental
chilena.
El Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de Ley sobre Bases Generales del
Medio Ambiente tras la inserción de Chile en el comercio internacional.
La Declaración de Río y la Agenda 21 comprometieron a Chile a fomentar la
conservación y uso sustentable de sus recursos naturales.
● Formalizaci n en la Cumbre Mundial del Medio Ambiente en 1992,
en Rio de Janeiro
● Compromiso de los pa ses, incluido Chile, en la conservaci n y uso
sustentable de los recursos naturales
● Impacto en Chile: Env o de un proyecto de Ley sobre Bases
Generales del Medio Ambiente al Congreso
● Aprobaci n de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio
Ambiente en 1994
Antecedentes hist ricos
• La Declaración de Río y la Agenda 21, formalizadas
en la Cumbre Mundial del Medio Ambiente en 1992,
comprometieron a Chile a fomentar la conservación y
uso sustentable de sus recursos naturales.
• La inserción de Chile en el comercio internacional
llevó al Ejecutivo a enviar al Congreso el proyecto de
Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Antecedentes
• Tras largas discusiones, se aprobó la Ley 19.300
sobre Bases Generales del Medio Ambiente en 1994.
• Fue publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de
1994 y aprobada por el Congreso Nacional con
quorum ordinario.
Proceso Legislativo
Esta ley no tiene un
carácter superior en
relación a otras leyes,
pero tiene el mérito
de ser una ley marco
y ser reconocida
como la primera ley
ambiental chilena.
Fue publicada en el
Diario Oficial el 9 de
marzo de 1994,
marcando su entrada
en vigencia y
aprobada por el
Congreso Nacional
con quorum
ordinario.
La Ley 19.300 sobre
Bases Generales del
Medio Ambiente fue
aprobada después de
una larga discusión y
enviada al Congreso,
donde pasó a
Comisión Mixta.
La Ley 19.300 trata al
ambiente de forma
global y sistémica,
teniendo como centro
la protección de los
economistas y
abordando temas
fundamentales en
cuanto al Medio
Ambiente.
Institucionalidad Ambiental
La Declaración de Río y la
Agenda 21 comprometieron a
Chile a fomentar la conservación
y uso sustentable de sus
recursos naturales, lo que llevó
al envío de un proyecto de Ley
sobre Bases Generales del
Medio Ambiente al Congreso.
Antecedentes y contexto Contenido y alcance
La Ley 19.300 trata al ambiente
de forma global y sistémica,
teniendo como centro la
protección de los ecosistemas.
Establece el derecho a vivir en
un medio ambiente libre de
contaminación.
La ley estableció una
Institucionalidad Ambiental,
incluyendo la creación de la
Comisión Nacional del Medio
Ambiente (CONAMA) como
institución angular de protección
del Medio Ambiente.
• La ley establece el derecho de las personas a vivir en
un medio ambiente libre de contaminación.
• Protección del medio ambiente y preservación de la
naturaleza son aspectos fundamentales regulados por
esta ley.
Contenido de la Ley
• Las disposiciones de la Ley 19.300 regulan el derecho
a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
• Las normas de esta ley tienen vigencia sin perjuicio
de lo que otras normas legales establezcan sobre la
materia.
Alcance y Vigencia
CONAMA fue la
institución angular de
protección del Medio
Ambiente durante la
vigencia de la ley
19.300.
La institucionalidad se
encontraba regulada
en el Título final,
párrafos 1 al 5 de la ley.
El artículo 69 de la ley
instauró la Comisión
Nacional del Medio
Ambiente (CONAMA).
La Ley 19.300
estableció una
Institucionalidad
Ambiental en el país.
3
2
1 4
Establecida en el título final, párrafos 1 al 5 de la
Ley 19.300.
Encargada de realizar la evaluación de impacto
ambiental de proyectos.
Antigua institución angular de protección del
Medio Ambiente.
Promoción de la educación ambiental y la
participación ciudadana.
Principal funcióon: protección del medio
ambiente y los ecosistemas.
Reformada posteriormente por la Ley 20.417,
cambiando su estructura y funciones.
Esta reforma reforzó el marco regulatorio ambiental y estableció nuevas
políticas de protección del medio ambiente.
La CONAMA fue reemplazada por el Ministerio del Medio Ambiente como
la institución rectora en asuntos ambientales.
La reforma de la Ley 20.417 modificó la estructura de la institucionalidad
ambiental establecida en la Ley 19.300.
La Ley 20.417 marcó un hito en la evolución de la legislación ambiental
chilena, adaptándola a las necesidades actuales.
La ley adoptó un modelo basado en una estructura administrativa
coordinadora y ejecutora de las políticas ambientales del país.
La ley reconoce la multiplicidad de competencias ambientales
sectoriales y establece mecanismos para coordinar estas
competencias en el gobierno.
Estructura
Administrativa y
Políticas
Ambientales
Reconocimiento de
Competencias
Ambientales
Sectoriales
Mensaje de Envío
de la Ley
El mensaje con el que fue enviada la ley enfatizaba en la necesidad
de reconocer las competencias de los distintos ministerios y
servicios en temas ambientales.
● La ley 19.300 adopta un modelo basado en una
estructura administrativa coordinadora y ejecutora
de las políticas ambientales del país.
● Se establece una Comisión Nacional del Medio
Ambiente (CONAMA) como institución angular de
protección del Medio Ambiente.
● La CONAMA se encarga de coordinar y ejecutar
las políticas ambientales del país.
● Reconocimiento de la multiplicidad de
competencias ambientales sectoriales.
● Fomento de la conservación y uso sustentable de
los recursos naturales.
● Protección del medio ambiente como prioridad.
Estructura Administrativa Políticas Ambientales
La ley también hace
hincapié en la necesidad de
generar capacidad de
coordinación al interior del
Poder Ejecutivo en asuntos
ambientales.
Se establece la importancia
de involucrar a los distintos
ministerios y servicios en
asuntos ambientales que les
correspondan.
La ley reconoce las
competencias de los
distintos ministerios y
servicios en temas
ambientales dentro de sus
esferas de competencia.
La ley fue enviada
con el propósito de
establecer las bases
generales del medio
ambiente y regular el
derecho a vivir en un
medio ambiente libre
de contaminación,
protegiendo la
naturaleza y
conservando el
patrimonio
ambiental.
Se hizo hincapié en la
necesidad de
generar capacidad
de coordinación al
interior del Poder
Ejecutivo para
asegurar la eficaz
implementación de
las políticas
ambientales.
El mensaje de envío
de la ley destacó la
importancia de
desarrollar una
institucionalidad
ambiental basada en
el reconocimiento de
las competencias de
los distintos
ministerios y
servicios en asuntos
ambientales.
El mensaje subrayó
que las disposiciones
de la ley regularían
los derechos
ambientales, sin
perjuicio de lo que
otras normas legales
establecieran.
Es necesario generar una
capacidad de coordinación al
interior del Poder Ejecutivo
para el adecuado
funcionamiento de la
institucionalidad ambiental.
Se debe involucrar a los
ministerios y servicios en
asuntos ambientales en los
que les corresponda por sus
esferas de competencias.
La institucionalidad
ambiental debe
desarrollarse reconociendo
las competencias de los
distintos ministerios y
servicios en temas
ambientales.
02 03
01
3
2
Su rol principal era coordinar,
ejecutar y fiscalizar las políticas,
planes y programas ambientales del
país.
La CONAMA estuvo compuesta por
representantes de diversos
ministerios, servicios públicos y
organizaciones medioambientales.
La CONAMA fue establecida como
la institución angular de protección
del Medio Ambiente bajo la Ley
19.300.
1
Fomentó la participación ciudadana
en la gestión ambiental a través de
consultas públicas y audiencias.
Su labor se centraba en la
protección de los ecosistemas, la
conservación de la naturaleza y la
prevención de la contaminación.
La CONAMA fue un hito en la
gestión ambiental de Chile,
sentando las bases para futuras
reformas y mejoras en la legislación
ambiental.
4 5 6
• La ley regula el derecho a vivir en un medio
ambiente libre de contaminación.
• Protege el medio ambiente y preserva la naturaleza.
• Establece normativas para la conservación del
patrimonio ambiental.
Aspectos Regulados
• Mayor conciencia y protección del medio ambiente.
• Mejora en la conservación de los recursos naturales.
• Impacto positivo en la salud y calidad de vida de la
población.
Resultados y Beneficios
La aparición de nuevas leyes y
regulaciones ambientales ha impactado
en la evolución de la institucionalidad
ambiental.
Se han realizado reformas y ajustes para
fortalecer las políticas y mecanismos de
protección del medio ambiente.
La institucionalidad ambiental ha
experimentado cambios significativos
desde la promulgación de la Ley 19.300.
Se ha observado un mayor enfoque en la
sostenibilidad, la conservación de los
recursos naturales y la protección de los
ecosistemas.
La importancia de fortalecer y ampliar la institucionalidad ambiental para un mayor impacto
y eficacia en la protección del medio ambiente.
El reto de armonizar la legislación ambiental con otros aspectos legales y económicos del
país.
La necesidad de adaptar la ley a los cambios ambientales y a las demandas de la sociedad
actual.
● La ley 19.300 estableció un marco crucial para la
protección del medio ambiente en Chile.
● Se creó la primera ley ambiental chilena, tratando
al ambiente de forma global y sistémica.
● Se garantizó el derecho a vivir en un medio
ambiente libre de contaminación.
● A pesar de sus logros, la ley enfrenta desafíos en la
actualidad.
● Necesidad de actualizaciones y reformas para
abordar los cambios en el entorno ambiental y
legal.
● Requiere ajustes para alinearse con estándares
internacionales y mejores prácticas ambientales.
Logros Desafíos Futuros
December 16, 2023
Tenía un rol consultivo, de
análisis, comunicación y
coordinación en asuntos
ambientales entre los ministerios
y servicios públicos.
Su herramienta clave fue el
Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) para
proyectos tanto públicos como
privados.
La CONAMA fue establecida por
la ley 19.300 como el principal
organismo estatal para la
protección del Medio Ambiente
en 1994.
3
2
1
La ley 19.300 fue promulgada en el ao 1994 y senta las bases
generales para la protección del Medio Ambiente en Chile.
La ley tena como objetivo principal establecer normas y
mecanismos para la protección del medio ambiente equilibrado.
Antecedentes
Objetivos
Alcance
La ley abarcaba aspectos legales, polticas ambientales, instrumentos
de gestión y más.
1 2 3
4 5 6
Informar periódicamente al
Presidente sobre el cumplimiento
de la legislación ambiental.
Actuar como órgano de consulta,
análisis, comunicación y
coordinación en asuntos
ambientales.
Proponer al Presidente de la
República las políticas
ambientales del gobierno.
Mantener un sistema de
información ambiental a nivel
nacional.
Administrar el sistema de
evaluación de impacto ambiental
a nivel nacional.
Colaborar en programas de
educación y difusión ambiental, y
en proyectos ambientales
internacionales.
Mantener un sistema
nacional de información
ambiental, desglosada
regionalmente, de
carácter público.
Colaborar con las
autoridades competentes en
la preparación, aprobación
y desarrollo de programas
de educación y difusión
ambiental.
Coordinar el proceso de
generación de las normas
de calidad ambiental y
determinar los programas
para su cumplimiento.
Actuar como órgano de
consulta, análisis,
comunicación y
coordinación en materias
relacionadas con el Medio
Ambiente.
Administrar el sistema de
evaluación de impacto
ambiental a nivel
nacional.
Proponer al Presidente de
la República las políticas
ambientales del gobierno.
• El SEIA es un instrumento de gestión para la
protección ambiental que tiene un carácter
preventivo.
• Exige que los proyectos demuestren que sus obras
producirían un impacto mínimo en el Medio
Ambiente.
Lo que hace
• El SEIA fue la herramienta más empleada por la
CONAMA.
• Sin embargo, hubo críticas por su exceso de
aplicación y la falta de implantación de normas y
políticas ambientales.
Cómo se usaba por la CONAMA
El SEIA implicaba un
proceso de estudio
detallado para analizar el
estado del ambiente y el
probable impacto de las
obras, junto con medidas y
costos para reducir dicho
impacto.
Su carácter era de orden
preventivo, exigiendo a los
proyectos demostrar un
impacto mínimo en el
Medio Ambiente antes de su
ejecución.
El Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA)
se estableció como un
instrumento de gestión para
la protección ambiental.
El objetivo era probar que
las obras que se realizaran
producirían un impacto
mínimo en el Medio
Ambiente.
Los titulares de proyectos o
actividades que requerían
evaluación ambiental debían
someterse a este sistema.
El SEIA se aplicaba a
proyectos o actividades tanto
privadas como estatales.
02 03
01
El reglamento del SEIA no se publicó hasta 1997, retrasando su
aplicación óptima.
La CONAMA fue criticada por un exceso de SEIA y poca
preocupación por implantar normas y políticas ambientales.
Demora en la
publicación del
reglamento del
SEIA
Exceso de SEIA y
falta de políticas
ambientales
Falta de
implementación
efectiva antes de
1997
Antes de 1997, el SEIA era de carácter voluntario, lo que limitaba su
eficacia en la protección ambiental.
Críticas a la
gestión del SEIA
Se criticó la gestión de la CONAMA en la implementación del SEIA,
se consideró una de sus grandes falencias.
● Desarrollo e implementaci n de pol ticas
ambientales efectivas.
● Creaci n de conciencia nacional sobre la
protecci n del medio ambiente.
● Protecci n del patrimonio ambiental y
conservaci n de la naturaleza.
● Necesidad de implantar m s normas y pol ticas
ambientales.
● Mejorar la aplicaci n del Sistema de Evaluaci n
de Impacto Ambiental.
● Equilibrar el desarrollo de proyectos con la
protecci n ambiental.
Logros Desaf os
La CONAMA podría experimentar cambios en su estructura y
funciones para adaptarse a las nuevas demandas ambientales y
mejorar su eficacia.
Se espera que la CONAMA y otras entidades competentes desarrollen
políticas más rigurosas y programas más efectivos en el futuro para la
protección del medio ambiente.
Se plantea la necesidad de revisar y fortalecer la legislación
ambiental para abordar de manera más efectiva los desafíos actuales
en materia de medio ambiente.
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2
3
December 16, 2023
• Introducción a la CONAMA
• Consejo Directivo de la CONAMA
• Consejo Directivo de la CONAMA
• Funciones m s Importantes del Consejo Directivo
• Funciones más Importantes de la Dirección
Ejecutiva
• Funciones m s Importantes de la Direcci n
Ejecutiva
• Consejo Consultivo de la CONAMA
• Consejo Consultivo de la CONAMA
• Principio de Participación Ciudadana
• Funciones m s Importantes del Consejo Consultivo
Mención de los tres órganos
que conformaban la
CONAMA: Consejo
Directivo, Dirección
Ejecutiva y Consejo
Consultivo.
Referencia a la antigua ley
19.300 como marco de
constitución de la CONAMA.
Breve explicación de qué es
la CONAMA y su relevancia
en el contexto ambiental.
02 03
01
Estaba integrado por
varios Ministros, cada
uno responsable de
un área específica
relacionada con el
medio ambiente.
Estaba presidido por
el Ministro Secretario
General de la
Presidencia.
El Consejo Directivo
era el órgano de
dirección superior de
la CONAMA.
Sus funciones incluían
la coordinación en
asuntos ambientales
y la propuesta de
proyectos de ley al
Presidente de la
República.
Tenía la
responsabilidad de
proponer al
Presidente de la
República
proyectos de ley y
actos
administrativos en
temas ambientales.
Estaba presidido
por el Ministro
Secretario General
de la Presidencia y
compuesto por
varios Ministros de
diferentes carteras,
relacionados con
asuntos
ambientales.
El Consejo Directivo
era el órgano
superior de la
CONAMA,
encargado de su
dirección y toma de
decisiones clave.
Su rol incluía la
promoción de la
coordinación de
tareas de
fiscalización y
control de
organismos
públicos y
municipalidades en
asuntos
ambientales.
Proponer al Presidente de la
Rep blica proyectos de ley en
temas ambientales.
Velar por la coordinaci n en
asuntos ambientales entre los
ministerios y organismos
p blicos.
Ejercer todas las funciones de
direcci n superior de la
CONAMA.
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01
05 06
04
Promover la coordinaci n de
tareas de fiscalizaci n y control
de organismos p blicos y
municipalidades.
Realizar actos administrativos
relativos a materias ambientales.
Fomentar la coordinaci n en
asuntos ambientales.
Designar a los
Directores
Regionales de las
Comisiones
Regionales del Medio
Ambiente
(COREMAS).
Requerir a los
organismos del
Estado información y
antecedentes de
materia ambiental.
Cumplir y hacer
cumplir los acuerdos
e instrucciones del
Consejo Directivo y
realizar los actos y
funciones que le sean
delegados por este.
Vincularse
técnicamente con los
organismos
internacionales
dedicados a la
protección del Medio
Ambiente.
Designar a los Directores
Regionales de las Comisiones
Regionales del Medio Ambiente
(COREMAS).
Requerir a los organismos del
Estado informaci n y
antecedentes de materia
ambiental.
Cumplir y hacer cumplir los acuerdos e
instrucciones del Consejo Directivo y
realizar los actos y funciones que le sean
delegados por este.
Ejercer todas las funciones de
direcci n y administraci n del
servicio.
Representar y administrar la
CONAMA a nivel superior, siendo
designado por el Presidente de la
Rep blica.
Vincularse t cnicamente con los
organismos internacionales
dedicados a la protecci n del
Medio Ambiente.
1
2
3
4
5
6
También incluía dos representantes de centros académicos independientes que
estudian el Medio Ambiente y dos representantes del empresariado propuestos por la
organización de empresarios de mayor representatividad en Chile.
Estaba integrado por dos científicos propuestos por el Consejo de Rectores de las
universidades chilenas y dos representantes de organizaciones no gubernamentales sin
fines de lucro dedicadas a la protección del Medio Ambiente.
El Consejo Consultivo estaba presidido por el Ministro Presidente de la
CONAMA.
Además, contaba con dos representantes de los trabajadores, propuestos
por la organización sindical de mayor representatividad en el país, y un
representante del Presidente de la República.
El Consejo Consultivo tenía un claro enfoque en la participación ciudadana,
fomentando el debate, la reflexión y la comunicación para abordar los problemas
ambientales desde una perspectiva amplia y representativa.
Sus funciones principales incluían absolver consultas del Consejo Directivo, emitir opiniones
sobre anteproyectos de ley y decretos supremos en materia ambiental, y promover la
coordinación de tareas de fiscalización y control de organismos públicos.
El Consejo Consultivo estaba presidido por el Ministro Presidente de la CONAMA y estaba
integrado por representantes de diversos sectores, incluyendo científicos, organizaciones no
gubernamentales, centros académicos, empresariado y trabajadores.
Su composición reflejaba el principio de participación ciudadana, con la
inclusión de representantes de todos los sectores de la sociedad en
decisiones relacionadas con el medio ambiente.
1 2 3
La CONAMA buscaba la
participación de todos los
sectores y sensibilidades
de la sociedad en sus actos,
fomentando el debate, la
reflexión y la
comunicación.
El objetivo era favorecer el
mejor entendimiento y
resolución de los
problemas ambientales a
través de la
representatividad de
distintos sectores.
Aplicación del principio de
participación ciudadana a
través de la
representatividad de
distintos sectores en el
Consejo Consultivo.
1 2 3
Opinar sobre los planes de
descontaminaci n y prevenci n
en materia de emisiones.
Emitir opiniones sobre los
anteproyectos de ley y decretos
supremos en asuntos de calidad
ambiental, preservaci n y
conservaci n de la naturaleza y
del patrimonio ambiental.
Absolver las consultas que le
formule el Consejo Directivo.
02 03
01
05 06
04
Reflexionar sobre temas
ambientales y favorecer el
entendimiento y resoluci n de
problemas ambientales.
Relacionarse con organismos
internacionales dedicados a la
protecci n del Medio Ambiente.
Promover la coordinaci n de las
tareas de fiscalizaci n y control
de organismos p blicos y
municipalidades.
December 16, 2023
• Introducción a las COREMAS
• Funciones de las COREMAS
• Estructura de las COREMAS
• Comité Técnico de las COREMAS
• Consejo Consultivo Regional de las COREMAS
• Críticas al antiguo modelo de Institucionalidad
Ambiental - Parte 1
• Críticas al antiguo modelo de Institucionalidad
Ambiental - Parte 2
• Funciones que debió asumir la Institucionalidad
Ambiental
• Limitaciones de la CONAMA
• Conclusión sobre el antiguo modelo de
Institucionalidad Ambiental
Desconcentración territorial de la CONAMA a través de las COREMAS, con
detalles sobre su estructura y funciones.
Función principal de las COREMAS en la coordinación de la gestión ambiental a
nivel regional y la aprobación ambiental de proyectos en el SEIA.
Breve explicación de qué son las COREMAS y su base legal en el artículo 80 de la
ley 19.300.
Las COREMAS tenían la función principal de coordinar la gestión
ambiental a nivel regional, incluyendo la aprobación ambiental de
proyectos y actividades en el SEIA.
Las COREMAS eran responsables de la aprobación ambiental de los
proyectos o actividades en el Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA).
Coordinar gestión
ambiental regional
Aprobación
ambiental en el
SEIA
Otras funciones
según la ley
Además de sus funciones principales, las COREMAS también debían
cumplir con otras tareas que les entregaba la ley en el ámbito
ambiental.
Las funciones
principales de las
COREMAS incluían la
aprobación
ambiental de
proyectos en el SEIA
y la coordinación de
la gestión ambiental
a nivel regional.
Las COREMAS
estaban integradas
por el Intendente
correspondiente, los
Gobernadores de la
región, los
Secretarios
Regionales
Ministeriales y cuatro
Consejeros
Regionales, entre
otros.
La desconcentración
territorial de la
CONAMA se
realizaba a través de
las COREMAS, que
coordinaban la
gestión ambiental a
nivel regional.
02 03
01 04
Estaban criticadas
por no considerar
en la mayoría de los
casos las
recomendaciones
emitidas por su
Comité Técnico
sobre la aprobación
o rechazo de
proyectos, dando
mayor importancia
a nivel
jurisprudencial.
• Realizar el análisis técnico de la evaluación de
impacto ambiental.
• Otorgar recomendaciones para la modificación,
aprobación o rechazo de los proyectos ambientales.
• Críticas por no considerar en la mayoría de los casos
las recomendaciones emitidas por el Comité Técnico.
Función
• Presidido por el Director Regional del Medio
Ambiente y el Gobernador Marítimo.
• Incluye a los Directores Regionales de los servicios
públicos con competencia en materia ambiental.
• Críticos, científicos, representantes del empresariado
y de los trabajadores también forman parte.
Composición
• Absolver las consultas de las COREMAS.
• Composición: Dos científicos, dos representantes de
ONG ambientales, dos del empresariado, dos de los
trabajadores y un representante del Intendente
Regional.
Función y Composición
• El Consejo Consultivo juega un papel crucial en el
proceso de toma de decisiones ambientales a nivel
regional.
• Su diversa composición garantiza la representación
de diferentes intereses y sectores en las decisiones
ambientales.
Importancia
1 2 3
Las políticas ambientales
fueron creadas por cada
servicio según su interés
particular en materia medio
ambiental, sin una política
central que permitiera un
funcionamiento eficaz de la
Institucionalidad
Ambiental.
La función real de la
Institucionalidad Ambiental
vigente debió estar
destinada a la creación y
proposición de políticas
ambientales, así como a
hacerlas cumplir y a la
confección de programas,
planes y acciones que
permitieran una eficiente
protección del Medio
Ambiente.
La institucionalidad
establecida en la primitiva
ley 19.300 cumplió un rol
netamente de
coordinación entre los
distintos Ministerios,
aplicando solo políticas
sectoriales.
1 2 3
Las políticas ambientales
fueron creadas por cada
servicio según su interés
particular en materia medio
ambiental, sin una política
central que las guiara.
La Institucionalidad
Ambiental vigente no
estuvo destinada a la
creación y proposición de
políticas ambientales, ni a
hacerlas cumplir como
debía.
La falta de un directivo con
rango de ministro hizo que
las decisiones y
pronunciamientos
carecieran de fuerza
obligatoria, contribuyendo
a la ineficacia de la
Institucionalidad
Ambiental.
Diseño de programas, planes y acciones para una eficiente protección del
Medio Ambiente.
Velar por el cumplimiento de las políticas ambientales establecidas.
Elaboración y proposición de políticas ambientales a nivel nacional.
Coordinación de esfuerzos entre las distintas instituciones para el cuidado
del Medio Ambiente.
El hecho de que no tuviera un directivo con rango de ministro hacía que sus
decisiones y pronunciamientos carecieran de fuerza obligatoria.
Quedando su trabajo minimizado a estar a cargo de la administración del SEIA y
a una función coordinadora sectorial.
La CONAMA y el resto de la Institucionalidad no fue capaz de implantar una
política ambiental nacional.
• La institucionalidad establecida cumplió un rol
netamente de coordinación entre los distintos
Ministerios, aplicando solo políticas sectoriales.
• No había una política central que permitiera un
funcionamiento eficaz de la Institucionalidad
Ambiental.
Rol de coordinación sin poder central
• La CONAMA y el resto de la Institucionalidad no
fueron capaces de implantar una política ambiental
nacional.
• Su trabajo se minimizó a estar a cargo de la
administración del SEIA y a una función coordinadora
sectorial.
Limitaciones de la CONAMA
December 16, 2023
• Necesidad de un cambio en la Institucionalidad
Ambiental chilena
• Razones para la reforma de la Institucionalidad
Ambiental
• Problemas con la antigua Institucionalidad Ambiental
• Necesidades planteadas para la nueva Institucionalidad
Ambiental
• Resultados del informe de la OCDE 2005
• Recomendaciones de la OCDE: Gestión Ambiental
• Recomendaciones de la OCDE: Hacia el Desarrollo
Sustentable
• Recomendaciones de la OCDE: Integración de
consideraciones ambientales y sociales
• El camino hacia la reforma de la Institucionalidad
Ambiental
• Impacto de la Ley 20.417 en la protección del Medio
Ambiente
Superposición de
competencias y necesidad
de racionalizar las mismas
Gestión ambiental
desequilibrada basada en
un uso excesivo de SEIA
Carencia de políticas y
normas Medio
Ambientales
Falta de apoyo a la gestión
ambiental de carácter municipal.
Gestión ambiental desequilibrada
basada en un uso excesivo de
SEIA.
Carencia de políticas y normas
Medio Ambientales en Chile.
02 03
01
05 06
04
Necesidad de racionalizar y
definir las competencias medio
ambientales.
Ausencia de un órgano
encargado de las políticas medio
ambientales.
Resultados del informe de la
OCDE del 2005: Evaluación del
desempeño ambiental de Chile.
1 2 3 4
Gestión ambiental
desequilibrada basada
en un uso excesivo de
SEIA.
Falta de apoyo a la
gestión ambiental de
carácter municipal.
Carencia de políticas
y normas Medio
Ambientales en Chile.
Superposición de
competencias y falta de
definición de las
mismas.
Se necesitaba un sistema de
fiscalización eficiente y
eficaz para garantizar el
cumplimiento de las
normativas ambientales y la
protección del medio
ambiente.
La creación de un
Ministerio con fuerza para
establecer y aplicar
políticas
medioambientales fue una
necesidad imperante.
La racionalización y definición de
competencias medioambientales
era esencial debido a la
superposición de competencias
que generaba problemas en la
fiscalización y sanción de los
mismos hechos por distintos
servicios.
La antigua Institucionalidad
Ambiental carecía de un enfoque
técnico en la evaluación de
proyectos y actividades, lo que
generaba falta de certeza jurídica
y conflictos de intereses.
La implementación de un
Servicio de Evaluación
Ambiental netamente
técnico era esencial para el
equilibrio entre desarrollo
económico y
sustentabilidad.
La falta de apoyo a la
gestión ambiental a nivel
municipal era un punto
débil que necesitaba ser
abordado.
● El informe de la OCDE del año 2005 tuvo como objetivo
evaluar el desempeño ambiental del país.
● Se tomó en cuenta el grado de cumplimiento de los objetivos
nacionales y compromisos internacionales en el ámbito
medio ambiental.
● Entre las recomendaciones más importantes se destacan
aspectos como la gestión ambiental, el desarrollo sustentable
y la integración de consideraciones ambientales y sociales.
Evaluación del desempeño ambiental de Chile
Ampliar y fortalecer considerablemente las instituciones ambientales a nivel
nacional y regional, desarrollar y fortalecer los marcos normativos y buscar
formas para el fortalecimiento de la capacidad de cumplimiento y
fiscalización, a través de la creación de instituciones e instrumentos.
Criticar el hecho de que hasta esa fecha se había puesto poco énfasis en la
regulación e información y recomendar ampliar la información económica
Medio Ambiental, como los análisis costo-beneficios de los proyectos y la
legislación relacionada a la materia.
Regulación e Información
Análisis Económicos
Fiscalización y
Cumplimiento
Buscar formas para el fortalecimiento de la capacidad de cumplimiento y
fiscalización, a través de la creación de instituciones e instrumentos.
La OCDE aconseja que Chile desarrollara los análisis económicos de
las políticas relacionadas con el Medio Ambiente, incrementando
tanto la información económica Medio Ambiental, como los análisis
costo-beneficios de los proyectos y la legislación relacionada a la
materia.
Se recomienda ampliar y fortalecer considerablemente las instituciones
ambientales a nivel nacional y regional, asimismo se
deben buscar formas para el fortalecimiento de la capacidad de cumplimiento y
fiscalizaci extbf{ó}n, a través de la creación de instituciones e instrumentos.
Análisis
Económicos
Información
Económica Medio
Ambiental
Legislación
Relacionada
La OCDE aconseja que Chile desarrolle los análisis económicos de
las políticas relacionadas con el Medio Ambiente, incrementando
tanto la información económica Medio Ambiental, como los análisis
costo-beneficios de los proyectos y la legislación relacionada a la
materia.
La OCDE recomienda aumentar la producción de información ambiental y informes
de situaciones del Medio Ambiente para fortalecer la toma de decisiones y la
información pública.
La OCDE señala la necesidad de mejorar la participación pública en procesos de
evaluación del impacto ambiental, en políticas y programas públicos.
Sobre la información
ambiental
Mejora de la
participación pública
Fortalecimiento de la
educación y conciencia
ambiental
Se recomienda fortalecer la educación y conciencia ambiental con una estrategia
de aprendizaje a largo plazo y un plan nacional de educación sobre la materia.
• Carencia de políticas y normas Medio Ambientales.
• Gestión ambiental desequilibrada
• Fiscalización dispersa, inorgánica y carente de
coordinación.
Antes de la reforma
• Creación del Ministerio, el Servicio de Evaluación
Ambiental y la Superintendencia del Medio
Ambiente.
• Equilibrio entre actividad económica y desarrollo
sustentable.
• Mayor eficiencia en la gestión y fiscalización
ambiental.
Después de la reforma
Comparación de Cumplimiento de Objetivos Ambientales
Impacto en la protección del Medio
Ambiente
• Mejora significativa en el
cumplimiento de objetivos y
compromisos ambientales a nivel
nacional e internacional.
• Fortalecimiento de las instituciones
ambientales a través de la creación
del Ministerio, el Servicio de
Evaluación Ambiental y la
Superintendencia del Medio
Ambiente.
• Mayor regulación, información y
fiscalización en asuntos
ambientales, lo que ha conducido a
una protección más efectiva del
medio ambiente.
December 16, 2023
• Inicio de la Reforma Ambiental
• Elaboración del Proyecto
• Ingreso del Proyecto al Congreso
• Publicación de la Ley 20.417
• Compromisos del Ejecutivo
• Tramitaci n del Proyecto de Ley
• Audiencias de la Comisión
• Aprobación en el Senado
• Indicaciones de los Sectores
• Acuerdo Político para Aprobación
La Ley 20.173 crea el cargo de
Ministro presidente de la
CONAMA y establece la
formulación de una propuesta de
rediseño de la Institucionalidad
Ambiental.
El proceso culmina con la
publicación de la Ley 20.417 en
enero de 2010, que establece la
nueva Institucionalidad
Ambiental.
La reforma ambiental se inicia en
2006 luego del informe de la
OCDE.
3
2
1
La elaboración del proyecto comenzó en el año 2007
después del informe de la OCDE.
Se realizaron estudios, recopilación de antecedentes
y reuniones con diversos actores.
Hubo un periodo de participación ciudadana para
recoger aportes y opiniones.
El proyecto fue ingresado al Congreso en julio de
2008.
Finalmente publicada la ley 20.417 el 26 de enero
del año 2010.
Inicio de la Elaboración Finalización y Publicación
● El proyecto fue ingresado al Congreso Nacional el 19 de julio de
2008.
● El proceso de ingreso al Congreso marcó una etapa crucial en la
reforma, ya que fue el paso inicial para su consideración y debate.
● Tras su ingreso, el proyecto fue objeto de discusión y análisis por
parte de los legisladores.
Detalles del proceso legislativo
Esta ley estableció importantes cambios y regulaciones en el marco ambiental de
Chile.
La publicación de esta ley marcó la culminación del proceso de reforma de la
Institucionalidad Ambiental iniciado en 2006.
La ley 20.417 fue finalmente publicada el 26 de enero del año 2010.
• El ejecutivo se comprometió a presentar una serie
de indicaciones sobre el proyecto de reforma.
• Los compromisos incluían ajustes y mejoras al
proyecto original.
• Las indicaciones presentadas buscaban satisfacer
las preocupaciones y necesidades de los sectores
políticos y la ciudadanía.
• Como parte de los compromisos, el Ejecutivo se
comprometió a crear los Tribunales Ambientales.
• Esto implicaba una reestructuración del sistema
judicial para incluir instancias especializadas en
asuntos ambientales.
• Los Tribunales Ambientales serían una pieza clave
en la nueva Institucionalidad Ambiental.
Elaboración de indicaciones Creación de Tribunales Ambientales
Acuerdo Pol tico para
Aprobaci n
El proyecto de ley fue discutido
en una etapa prelegislativa con
diputados pertenecientes a la
Comisi n de Recursos
Naturales, Medio Ambiente y
Bienes Nacionales, adem s de
organizaciones no
gubernamentales, centros de
estudio y organizaciones
gremiales de la industria.
Discusi n Prelegislativa Aprobaci n por el Senado
El Senado aprob en general el
proyecto de ley en agosto del
a o 2009, luego de recibir
alrededor de 1.000 indicaciones
de distintos sectores.
Se lleg a un acuerdo pol tico
entre los distintos sectores para
proceder a la aprobaci n de la
ley, luego de recibir las
indicaciones de los sectores
involucrados.
● El proyecto de ley fue discutido en audiencias por cinco meses en la
Cámara de Diputados.
● Las discusiones incluyeron a diputados, organizaciones no
gubernamentales, y centros de estudio.
● Se recibieron aportes y observaciones de diversos sectores, lo que
finalmente condujo a un acuerdo político para su aprobación.
Proceso de Audiencias y Discusión
El proceso de aprobación
en el Senado fue un paso
crucial en la
implementación de la nueva
institucionalidad ambiental.
Se recibieron alrededor de
1.000 indicaciones de los
distintos sectores, lo que
llevó a un acuerdo político
para su aprobación.
El Senado aprobó en
general el proyecto de ley
en agosto del año 2009.
Las indicaciones presentadas por los sectores
abordaban aspectos cruciales de la ley.
Se recibieron alrededor de 1.000 indicaciones para
modificar y mejorar el proyecto de ley.
Las indicaciones se basaron en experiencias previas
y en la identificación de posibles falencias en la ley.
El volumen de indicaciones recibidas refleja el
interés y la preocupación de los distintos sectores
por el tema ambiental.
A pesar de la cantidad de indicaciones, se logró un
acuerdo político para proceder a la aprobación de la
ley.
El proceso de negociación y acuerdo entre los
sectores políticos fue fundamental para avanzar en la
reforma ambiental.
Contenido de las Indicaciones Acuerdo Político
El compromiso de los
distintos sectores políticos
demostró la importancia de
la reforma en la
Institucionalidad Ambiental.
El acuerdo político fue
crucial para superar los
obstáculos y desacuerdos
en la tramitación del
proyecto.
Después de recibir
alrededor de 1.000
indicaciones de distintos
sectores políticos, se logró
un acuerdo para proceder
a la aprobación del
proyecto de ley.
December 16, 2023
• Introducción a la Ley 20.417
• Objetivos del Ministerio del Medio Ambiente
• Funciones del Ministerio del Medio Ambiente
• Competencias del Ministerio del Medio Ambiente
• Composición del Ministerio del Medio Ambiente
• Caracter
• cas de la Institucionalidad Ambiental
• Desarrollo Sustentable y Políticas Públicas
• Conservación de la Biodiversidad
• Colaboración con Otros Ministerios
• Educación Ambiental y Participación Ciudadana
Los organismos creados por esta ley están jerarquizados en una
estructura vertical y funcionalmente descentralizada, pasando de un
modelo coordinador a uno centralizado con estas reformas.
La ley establece el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de
Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.
La ley 20.417 introdujo nuevas instituciones y un modelo de
Institucionalidad Ambiental basado en la división de funciones y
distribución de competencias.
1
2
3
Colaborar con el Presidente de la República en el diseño y
aplicación de políticas, planes y programas medio ambientales,
contribuir en la protección y conservación de la diversidad
biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos.
Mejorar la calidad de vida de los habitantes y de las generaciones
futuras a través de políticas públicas y regulaciones eficientes.
Fomentar buenas prácticas y contribuir a la mejora de la educación
ambiental de los chilenos.
Objetivos
Generales
Objetivos
Específicos
Referencias
Establecer un sistema de información pública sobre el cumplimiento
y aplicación de la normativa ambiental vigente, el que deberá ser de
libre acceso y disponible por medios electrónicos.
Propone políticas y
formula planes,
programas y acciones
para establecer
criterios básicos y
medidas preventivas
dirigidas a la
recuperación y
conservación de los
recursos naturales,
flora y fauna, los
hábitats, ecosistemas y
espacios naturales.
Debe velar por el
cumplimiento de las
convenciones sobre
materia ambiental en
que Chile sea parte e
intervenir como parte
en las situaciones en
que lo amerite.
Colabora con los
demás Ministerios en la
confección de criterios
ambientales para ser
aplicados en sus
políticas, planes,
evaluaciones
ambientales y procesos
de planificación, así
como en sus servicios y
relacionados.
El Ministerio del Medio
Ambiente tiene la
responsabilidad de
proponer políticas
ambientales,
programas, planes y
normas, e informar
periódicamente de sus
avances y
cumplimientos en
materia medio
ambiental.
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Colabora con los demás Ministerios
en la confección de criterios
ambientales para ser aplicados en
sus políticas, planes, evaluaciones
ambientales y procesos de
planificación, así como en sus
servicios y relacionados.
Debe velar por el cumplimiento
de las convenciones sobre materia
ambiental en que Chile sea parte
e intervenir como parte en las
situaciones en que lo amerite.
El Ministerio del Medio Ambiente
tiene la competencia de proponer
políticas ambientales, programas,
planes y normas, e informar
periódicamente de sus avances y
cumplimientos en materia
medioambiental.
02 03
01
05 06
04
Propone políticas y formula planes,
programas y acciones para establecer
criterios básicos y medidas preventivas
dirigidas a la recuperación y
conservación de los recursos naturales,
flora y fauna, los hábitats, ecosistemas y
espacios naturales.
Establece un sistema de
información pública sobre el
cumplimiento y aplicación de la
normativa ambiental vigente, el
que deberá ser de libre acceso y
disponible por medios
electrónicos.
Realiza y fomenta la capacitación
de los funcionarios públicos en
materia ambiental.
● El Ministerio está compuesto por el Ministro de
Medio Ambiente, el Subsecretario, 6 divisiones, el
Consejo Consultivo Nacional y los Consejos
Consultivos Regionales.
● Se descentraliza a nivel regional en las Secretarias
Regionales Ministeriales (SEREMIS).
● El Ministerio está regulado en el artículo 74 y
siguientes de la ley 19.300 en cuanto a su
organización interna.
● El Ministerio asume un carácter técnico en sus
funciones y organización después de la reforma.
Cargos y Divisiones Estructura Funcional
Se ha producido un cambio de un modelo coordinador a uno
centralizado, con reformas que han jerarquizado la estructura vertical.
La estructura se ha descentralizado a nivel regional, lo que ha
permitido una mayor acercamiento a la realidad ambiental de cada
regi n.
La Institucionalidad Ambiental post reforma asumi un car cter
t cnico en sus rganos y una organizaci n interna especializada.
● El Ministerio tiene como objetivo alcanzar el desarrollo
sustentable para el país, mejorando la calidad de vida de sus
habitantes y de las generaciones futuras.
● Se enfoca en el diseño y aplicación de políticas, planes y
programas medioambientales para lograr sus objetivos.
● Sus acciones se sustentan en regulaciones eficientes,
fomentando buenas prácticas y contribuyendo a mejorar la
educación ambiental de los chilenos.
Importancia del Ministerio del Medio Ambiente
● El Ministerio del Medio Ambiente tiene la responsabilidad de
contribuir a la protección y conservación de la diversidad biológica
y los recursos naturales renovables.
● Se deben establecer medidas preventivas dirigidas a la
recuperación y conservación de los recursos naturales, flora y fauna,
los hábitats y ecosistemas, en cumplimiento de los convenios
internacionales de conservación de la biodiversidad.
● El Ministerio ejecuta programas de investigación y protección de la
biodiversidad, con el objetivo de preservar las especies y sus
hábitats.
Importancia de la conservación de la biodiversidad
El Ministerio del Medio Ambiente colabora con otros
Ministerios en la creación de criterios ambientales.
Estos criterios se aplican en políticas, planes,
evaluaciones y procesos de planificación.
El Ministerio puede establecer convenios con
gobiernos regionales y municipalidades.
Estos convenios se centran en la protección
ambiental y el uso sostenible de recursos naturales.
Lo que dice la ley Estructura para la colaboración
● El Ministerio del Medio Ambiente es fundamental en el
diseño y la implementación de programas de educación
ambiental para fomentar la conciencia y el cuidado del medio
ambiente.
● Su rol en la promoción de la participación ciudadana es
esencial para involucrar a la comunidad en la toma de
decisiones ambientales y en la implementación de medidas
de protección del entorno.
● A través de iniciativas de educación ambiental y
participación ciudadana, el Ministerio fomenta el desarrollo
de una cultura de respeto y sostenibilidad ambiental en el
país.
Importancia del Ministerio del Medio Ambiente
December 16, 2023
• Visión General de la Institucionalidad Ambiental
• Funciones y Competencias del Ministro del Medio
Ambiente
• Subsecretario del Medio Ambiente: Rol y
Responsabilidades
• Divisiones Internas del Ministerio
• Descripción de las Divisiones del Ministerio
• Consejo Consultivo Nacional
• Composición del Consejo Consultivo Nacional
• Funciones del Consejo Consultivo Nacional
• Consejos Consultivos Regionales
• Comparaci n: Consejo Consultivo Nacional vs Consejos
Consultivos Regionales
Descentralización a nivel regional en las Secretarías Regionales
Ministeriales (SEREMIS)
Organización interna del Ministerio según la ley 19.300.
Características de la Institucionalidad Ambiental post reforma.
Actúa como colaborador directo del Presidente en
el diseño y aplicación de políticas, planes y
programas en materia ambiental.
Propone normas de su competencia y preside el
Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.
El Ministro tiene a su cargo la dirección superior
de las acciones del Ministerio de Medio Ambiente
y ejecuta funciones establecidas en la ley.
También preside el Consejo Consultivo del
Ministerio y tiene la facultad de crear, presidir y
coordinar comités y subcomités internos.
Diseña y aplica políticas ambientales, informando
periódicamente sobre sus avances y
cumplimientos.
Puede delegar funciones mediante resolución
fundada.
Seleccionar los proyectos o
actividades que se financiaran con
el fondo de protección Ambiental
Coordinar la gestión del
Ministerio con otros
Subsecretarios de otros
Ministerios
Coordinar a las Secretarias
Regionales Ministeriales del
Medio Ambiente
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01
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04
Dictar directrices e instrucciones
para la organización del
Ministerio
Ejercer la administración del
Ministerio de Medio Ambiente
Actuar como ministro de fe y
subrogar al Ministro en su
ausencia
La División de Recursos Naturales y
Biodiversidad se especializa en la
conservación y uso sostenible de los
recursos naturales y la biodiversidad
del país.
La División de Educación, Participación y
Gestión local se enfoca en el diseño e
implementación de programas educativos, la
promoción de la participación ciudadana y la
gestión a nivel local de asuntos ambientales.
La División de Información y Economía
Ambiental se encarga de recopilar, analizar y
difundir información sobre el medio ambiente y
los recursos naturales, incluyendo aspectos
económicos y de sostenibilidad.
La División Jurídica se encarga de
asesorar legalmente al Ministerio en
asuntos relacionados con el derecho
ambiental y otras regulaciones.
La División de Administración y Finanzas
se ocupa de la gestión administrativa y
financiera del Ministerio, incluyendo la
asignación de recursos para proyectos
ambientales.
La División de Calidad del Aire y Cambio
Climático se encarga de monitorear y
gestionar asuntos relacionados con la
calidad del aire y el cambio climático a
nivel nacional.
Responsable de recopilar,
analizar y difundir información
ambiental y económica.
Promueve el desarrollo sostenible
a través de instrumentos
económicos.
Encargada de desarrollar
programas de educación
ambiental, fomentar la
participación ciudadana y
gestionar a nivel local iniciativas
ambientales.
Especializada en el control de la
calidad del aire y la mitigación
del cambio climático. Diseña
estrategias y planes en este
sentido.
División de Información y Economía Ambiental División de Educación, Participación y Gestión Local
División de Calidad del Aire y Cambio Climático
Encargada de la gestión
administrativa y financiera del
Ministerio. Controla los recursos y
presupuestos.
División de Administración y Finanzas
Responsable de la conservación y
uso sostenible de los recursos
naturales y la biodiversidad.
Diseña y ejecuta planes en esta
área.
División de Recursos Naturales y Biodiversidad
Responsable de asesorar
legalmente en asuntos
ambientales. Diseña normativas y
resoluciones legales.
División Jurídica
Sus funciones incluyen absolver consultas del
Ministro de Medio Ambiente y el Consejo de
Ministros Para la Sustentabilidad, y dar su opinión
en relación a anteproyectos de ley y decretos
supremos en temas ambientales.
Está integrado por representantes del gobierno,
mundo académico, científico, organizaciones no
gubernamentales, mundo empresarial y
trabajadores, así como un representante del
Presidente de la República.
El Consejo Consultivo Nacional está presidido por
el Ministro del Medio Ambiente.
Tienen la responsabilidad de pronunciarse sobre
toda materia que sea de interés general
medioambiental.
1 2 3 4
Está integrado por
representantes del
gobierno, mundo
académico, científico,
organizaciones no
gubernamentales,
mundo empresarial y
trabajadores.
Los miembros del
consejo tienen un
mandato de dos años,
prorrogable por una
sola vez.
El Consejo Consultivo
Nacional está
presidido por el
Ministro del Medio
Ambiente.
El Consejo tiene la
función de absolver
consultas del Ministro
de Medio Ambiente y el
Consejo de Ministros
Para la Sustentabilidad,
y dar su opinión en
relación a
anteproyectos de ley y
decretos supremos.
Opinar sobre planes
de prevención y
descontaminación,
normas de emisión y
sobre toda materia
que sea de interés
general
medioambiental.
Dar su opinión en
relación a
anteproyectos de ley
y decretos supremos
que fijen normas de
calidad ambiental.
Absolver consultas
del Ministro de
Medio Ambiente y el
Consejo de Ministros
Para la
Sustentabilidad.
Pronunciarse de
oficio sobre asuntos
relevantes para la
protección del Medio
Ambiente y la
sustentabilidad.
Están integrados por
representantes de la
sociedad civil, el mundo
académico, el sector
empresarial y otros actores
relevantes en el ámbito
ambiental.
Su función es representar y
canalizar los intereses y
preocupaciones ambientales
de cada región.
Los Consejos Consultivos
Regionales se mantienen
como órganos de consulta a
nivel regional en el
Ministerio del Medio
Ambiente.
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• Presidido por el Ministro del Medio Ambiente.
• Integrado por representantes a nivel nacional,
incluyendo acad micos, empresarios, trabajadores y
ONGs ambientales.
• Funciones: absolver consultas del Ministro, dar
opini n sobre anteproyectos de ley, entre otros.
Consejo Consultivo Nacional
• Presentes a nivel regional en cada Secretaria
Regional Ministerial (SEREMI).
• Menos diversidad en comparaci n con el Consejo
Consultivo Nacional.
• Funciones: asesorar y consultor a en temas
ambientales a nivel regional.
Consejos Consultivos Regionales
Nombrados por el Intendente a proposición del SEREMI, duran dos
años en el cargo, renovables por una sola vez.
Absuelven consultas del Intendente, Gobierno Regional y SEREMI del
Medio Ambiente, y se pronuncian sobre temas ambientales de interés
general.
Un representante del Ministro del Medio Ambiente y un representante
del Presidente de la República integran este consejo en cada región.
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2
3
● Absolución de consultas por parte del Intendente, el
Gobierno Regional y el SEREMI del Medio Ambiente.
● Facultad de pronunciarse de oficio sobre temas ambientales
de interés general.
● Nombramiento por el Intendente a proposición del SEREMI,
renovables por una sola vez.
Función y Autoridad
Las SEREMIS son dirigidas por un Secretario Regional Ministerial,
elegido y dependen técnicamente y administrativamente del
Ministerio del Medio Ambiente.
Ejercen competencias en materia ambiental, informan sobre
progresos en políticas ambientales, asesoran al Gobierno Regional y
colaboran con municipios.
Nombramiento y
Dependencia
Funciones
Principales
Estructura y
Liderazgo
Cada región tiene una SEREMI. La SEREMI se subdivide en
unidades, cada una encargada de áreas específicas de gestión
ambiental.
Evolución del Cumplimiento de las Políticas
Ambientales
El Ministerio del Medio Ambiente ha logrado un progreso
significativo en la implementación de sus políticas
ambientales, con un enfoque especial en... (continúa en
la próxima diapositiva)
El asesoramiento en la incorporación de estos criterios ambientales es una de las funciones
clave de las SEREMIS.
Estos criterios ambientales deben considerarse para promover un desarrollo sostenible que
proteja el medio ambiente.
Las SEREMIS tienen la responsabilidad de asesorar al Gobierno Regional en la
incorporación de criterios ambientales en la elaboración de planes y estrategias de
Desarrollo Regional.
Esta incorporación de criterios ambientales debe realizarse en todos los aspectos del
desarrollo regional, asegurando un equilibrio entre crecimiento y protección ambiental.
● Las SEREMIS tienen la responsabilidad de asesorar a los municipios en la
gestión ambiental y trabajar en estrecha colaboración con ellos.
● Su papel es crucial en la incorporación de los criterios ambientales en los
planes y estrategias de desarrollo de los municipios.
● Las SEREMIS actúan como facilitadores en la implementación de prácticas y
políticas ambientales en el ámbito municipal.
● A través de la colaboración con los municipios, las SEREMIS buscan
promover un desarrollo sostenible y equilibrado a nivel local.
Funciones de las SEREMIS
La entidad está habilitada
para coordinar eficazmente
en asuntos ambientales,
tanto a nivel público como
privado, garantizando una
protección efectiva del
medio ambiente.
El Ministro de Medio
Ambiente ejerce un rol
central como cabeza visible,
encargado del diseño y
ejecución de las políticas
ambientales, demostrando
un claro avance respecto a
la antigua legislación.
La organización interna del
Ministerio de Medio
Ambiente refleja una
distribución de funciones a
nivel técnico, con una clara
jerarquía en el ejercicio de
sus responsabilidades.
• Creación de un Ministerio dedicado al Medio
Ambiente con funciones claras y definidas.
• Diseño e implementación de políticas
ambientales efectivas.
• Coordinación y desconcentración territorial a
través de las SEREMIS.
• Antes de la reforma de la ley 20.417, no había
un órgano encargado de diseñar y ejecutar
políticas ambientales de forma efectiva.
• Falta de coordinación y fuerza para obligar a
nivel ambiental antes de la creación del
Ministerio.
• Desafíos en la eficacia y eficiencia de la
protección del Medio Ambiente.
Avances Desafíos
+ ×
December 16, 2023
• Introducción al Consejo de Ministros para la
Sustentabilidad
• Composición del Consejo
• Funcionamiento del Consejo
• Importancia del Consejo de Ministros para la
Sustentabilidad
• Responsabilidades del Consejo
• Propuestas para el Presidente
• Áreas protegidas del Estado
• Participación ciudadana
• Actos administrativos y propuestas al Presidente
• Impacto ambiental y evaluación
• Cambio Climático
• Políticas y regulaciones para la
sustentabilidad
• Responsabilidad del Estado
• Retos y oportunidades
• Casos de estudio
• Conclusiones
• Preguntas y respuestas
• Recursos adicionales
• Contacto
• Créditos
Detalle sobre la composición, funciones y competencias del Consejo.
Mención de la base legal que lo sustenta, la ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio
Ambiente.
Breve explicación del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad como órgano de
deliberación de la política pública y regulación en materia ambiental.
Incluye Ministros de Agricultura, Hacienda,
Salud, Economía, Fomento y
Reconstrucción, Energía, Obras Públicas,
Vivienda y Urbanismo, Transportes y
Telecomunicaciones, Minería y
Planificación.
Compuesto por 11 ministros en
total
Presidido por el Ministro de Medio
Ambiente
Competencias y tareas específicas
definidas por ley
Acuerdos por mayoría absoluta
Sesión mínima de dos veces al año
Está presidido por el Ministro de
Medio Ambiente y compuesto
por 11 ministros, y sus acuerdos
se adoptan por mayoría absoluta
de sus asistentes.
En caso de empate en la toma de
acuerdos, decide el Ministro
presidente o quien lo esté
sustituyendo.
El Consejo se reúne un mínimo
de dos veces al año, convocado
por su presidente, para discutir
y tomar decisiones sobre
políticas y normas en materia
ambiental.
3
2
1
Las decisiones del Consejo
incidirán en toda la
Administración Pública y
afectarán a la población en
general en sus distintas
actividades.
Permite a las autoridades
encargadas tener un
espacio para la discusión y
toma de acuerdos en torno a
decisiones sobre políticas y
normas en materia
ambiental.
El tema de la protección
del Medio Ambiente es de
carácter trasversal y de
suma importancia para las
distintas áreas del país.
El Consejo es responsable de pronunciarse
acerca de los criterios y mecanismos de
participación ciudadana en las Declaraciones de
Impacto Ambiental.
También debe proponer criterios de
sustentabilidad para ser incorporados en la
elaboración de políticas y procesos de
planificación de los Ministerios y sus servicios
dependientes.
El Consejo tiene la responsabilidad de proponer
al Presidente de la República las políticas para el
manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales renovables.
Además, debe impulsar políticas y regulaciones
basadas en la sustentabilidad y la responsabilidad
del Estado para hacerse cargo de los efectos del
cambio climático.
Proponer la creación de
áreas protegidas del Estado
y las políticas sectoriales
que deben ser sometidas a
evaluación ambiental
estratégica.
Criterios de sustentabilidad
para ser incorporados en la
elaboración de políticas y
procesos de planificación
de los Ministerios y sus
servicios dependientes.
Proponer al Presidente la
República las políticas
para el manejo, uso y
aprovechamiento
sustentable de los recursos
naturales renovables.
● El Consejo propone la creación de áreas
protegidas del Estado.
● Estas 'areas deben estar' estratégicamente
seleccionadas para conservar la diversidad
biológica y garantizar el `sustento de las
comunidades aledañas.
● Se deben establecer políticas claras para regular
el uso sostenible de los recursos naturales en estas
áreas protegidas.
● El Consejo es responsable de proponer estas
iniciativas al Presidente de la República.
● Además, deben elaborar los lineamientos
generales para la creación de estas áreas
protegidas.
● Estas propuestas deben estar basadas en
evaluaciones ambientales integrales y criterios de
sustentabilidad.
Lo propuesto Responsabilidad del Consejo
• La ciudadanía tiene derecho a participar en las
Declaraciones de Impacto Ambiental según lo
establecido en la ley.
• El Consejo establece los criterios y mecanismos para
la participación ciudadana en los procesos de
evaluación ambiental.
• La participación ciudadana es un requisito esencial
para la aprobación de proyectos que afecten el
medio ambiente.
Requisitos de participación
• El Estado es responsable de garantizar la
participación activa de la ciudadanía en los procesos
de toma de decisiones ambientales.
• El Consejo se encarga de establecer los mecanismos
adecuados para la participación ciudadana en los
procesos de evaluación ambiental.
• El Estado debe asegurar que la ciudadanía esté
informada y tenga acceso a los procesos de toma de
decisiones que afecten su entorno.
Responsabilidad del Estado
Se encarga de proponer al
Presidente la creación de áreas
protegidas del Estado y las
políticas sectoriales que deben
ser sometidas a evaluación
ambiental estratégica.
Tiene la competencia de
proponer al Presidente la
República las políticas para el
manejo, uso y aprovechamiento
sustentable de los recursos
naturales renovables.
El Consejo tiene la
responsabilidad de
pronunciarse acerca de los
proyectos de ley y actos
administrativos que afecten a las
funciones del Ministerio de
Medio Ambiente.
3
2
1
También está facultado para
proponer políticas sectoriales
que deben ser sometidas a
evaluación ambiental
estratégica.
Su trabajo incluye el análisis y
pronunciamiento sobre
proyectos que afecten las
funciones del Ministerio
establecidas en la ley de Bases
Generales del Medio Ambiente.
El Consejo tiene la competencia
de pronunciarse acerca de los
criterios y mecanismos para la
participación ciudadana en las
Declaraciones de Impacto
Ambiental.
3
2
1
El cambio climático es
reconocido como un desafío
crucial, y el Consejo ha
asumido el compromiso de
trabajar en el impacto
ambiental y social de este
fenómeno.
El Consejo de Ministros
para la Sustentabilidad está
facultado para proponer al
Presidente de la República
políticas de manejo y
aprovechamiento
sustentable de los recursos
naturales, considerando el
cambio climático.
Desde el 2014, una de las
principales tareas del
Consejo es impulsar
políticas y regulaciones
basadas en la
sustentabilidad y la
responsabilidad del Estado
para hacerse cargo de los
efectos del cambio
climático.
Las regulaciones deben abordar los efectos del cambio climático y promover la
responsabilidad del Estado en este ámbito.
Estas políticas deben incorporar criterios de sustentabilidad en la planificación
de los Ministerios y afectar a toda la Administración Pública.
El Consejo tiene la responsabilidad de proponer políticas y regulaciones que
promuevan la sustentabilidad y el manejo responsable de los recursos naturales
renovables.
El Estado debe hacerse
cargo de los efectos del
cambio climático, por lo
que el Consejo debe
impulsar políticas y
regulaciones para dichos
fines.
Estas propuestas deben
incorporar criterios de
sustentabilidad en la
planificación de los
Ministerios y sus servicios
dependientes, impactando
en la administración pública
y la población en general.
El Consejo de Ministros
para la Sustentabilidad
tiene la responsabilidad de
proponer al Presidente de
la República políticas y
regulaciones basadas en la
sustentabilidad y la
responsabilidad del Estado
para el manejo, uso y
aprovechamiento
sustentable de los recursos
naturales renovables.
Promover la sostenibilidad y la responsabilidad del Estado en el manejo de los efectos del
cambio climático, plantea un reto y una oportunidad para el Consejo.
La identificación y manejo eficiente de los impactos ambientales derivados de las
actividades productivas es una oportunidad de mejora.
El Consejo enfrenta el reto de balancear el desarrollo económico del país con la
conservación del medio ambiente y los recursos naturales.
● Ejemplo 1: Implementación de políticas de manejo y aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales, con impacto positivo en la
conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible.
● Ejemplo 2: Creación de áreas protegidas del Estado, preservando zonas
de importancia ambiental y fomentando la biodiversidad.
● Ejemplo 3: Mejora en los mecanismos de participación ciudadana en
evaluaciones de impacto ambiental, garantizando una mayor
transparencia y inclusión en las decisiones ambientales.
● Ejemplo 4: Impulso de políticas y regulaciones para la sustentabilidad,
con enfoque en la responsabilidad del Estado en el manejo de efectos
del cambio climático.
● Ejemplo 5: Caso específico de una decisión o acción tomada en base a
los acuerdos del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.
Ejemplos de decisiones o acciones basadas en
los acuerdos del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad
December 16, 2023
• Superintendencia del Medio Ambiente
• Historia y Origen de la Superintendencia del Medio
Ambiente
• Funciones y Atribuciones de la Superintendencia del
Medio Ambiente
• Seguimiento y fiscalización de la normativa ambiental
• La ley 19.300 y su impacto en el Medio Ambiente
• Roles de las municipalidades en la normativa ambiental
• Acciones de fiscalización de la Superintendencia del
Medio Ambiente
• Métodos de inspección, verificación y mediciones
• Efectos de la no conformidad con las normas
ambientales
• Influencia de la Superintendencia en el Servicio de
Evaluación Ambiental
• Poderes de la Superintendencia
• Colaboraci?n con otros organismos de fiscalizaci?n
ambiental
• Procedimiento administrativo de fiscalización
• Principios de la fiscalización
• Impacto de los instrumentos de gestión ambiental
• Eficacia y eficiencia en la fiscalización
• Flexibilidad en la fiscalización
• Circunstancias especiales durante la fiscalización
• Retos y oportunidades de la Superintendencia del
Medio Ambiente
• Conclusiones y futuras direcciones para la
Superintendencia
Tiene la atribución de suspender autorizaciones de funcionamiento,
solicitar el sometimiento a evaluación ambiental y dictar instrucciones
de carácter general en el ámbito de su competencia.
Está facultada para hacer seguimiento y fiscalización del
cumplimiento de las normas e instrumentos de gestión ambiental, y
tiene la potestad de sancionar en caso de incumplimiento.
La Superintendencia del Medio Ambiente es un servicio público
descentralizado con autonomía y personalidad jurídica, cuya misión
es proteger el medio ambiente y la salud de las personas.
Antes de su reforma, la CONAMA era la Institución Ambiental encargada de
regular la materia, pero no lograba hacerlo de forma eficiente.
Esta Superintendencia es una respuesta a la problemática surgida durante
la vigencia de la ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
La Superintendencia del Medio Ambiente es un servicio público funcionalmente
descentralizado, de naturaleza autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, tiene su domicilio en la ciudad de Santiago.
La misión que le ha entregado el Estado a la Superintendencia, es la de proteger el Medio
Ambiente y la salud de las personas, asegurando el cumplimiento de la normativa ambiental,
tratando de construir un país responsable con su Medio Ambiente.
La Superintendencia puede recibir denuncias de
ciudadanos por el incumplimiento de las normas
ambientales y está facultada para suspender
autorizaciones de funcionamiento y solicitar el
sometimiento al Servicio de Evaluación
Ambiental en caso de incumplimiento.
Tiene la atribución de fiscalizar el permanente
cumplimiento de las normas y condiciones sobre la
base de las cuales se han aprobado o aceptado los
Estudios y Declaraciones de Impacto Ambiental, así
como de las medidas e Instrumentos que establezcan
los Planes de Prevención y de Descontaminación.
La principal función de la Superintendencia del
Medio Ambiente es hacer el seguimiento y
fiscalización del cumplimiento de las normas e
instrumentos de gestión ambiental y sancionar
en caso de incumplimiento.
También debe velar por el cumplimiento de las
medidas e instrumentos que se encuentran en los
planes de prevención y descontaminación
ambiental, en las normas de calidad y emisión,
sobre la base de inspecciones, controles,
mediciones y análisis.
La Superintendencia tiene la atribución de
fiscalizar el cumplimiento de las normas de
calidad ambiental y de emisión, así como de
los planes de manejo establecidos en la ley,
cuando correspondan.
Además de las funciones de seguimiento y
fiscalización, la Superintendencia del Medio
Ambiente debe colaborar con otros organismos
de fiscalización en materia ambiental y dictar
instrucciones de carácter general en su ámbito de
competencia.
Su labor de fiscalización abarca el control permanente del cumplimiento de las
normas y condiciones ambientales establecidas, utilizando inspecciones,
controles y análisis.
Está facultada para sancionar en caso de incumplimiento de la normativa
ambiental establecida.
La Superintendencia del Medio Ambiente tiene la responsabilidad de realizar
seguimiento y fiscalización del cumplimiento de las normas e instrumentos de
gestión ambiental.
La fiscalización incluye el seguimiento de los planes de prevención y
descontaminación ambiental, así como de las medidas de control de la calidad
ambiental y de emisión.
La ley 19.300 generó problemas al no regular eficientemente la
gestión ambiental. La CONAMA, encargada de la regulación,
enfrentaba limitaciones.
La ley 19.300 dio origen a la Superintendencia del Medio Ambiente
como respuesta a la ineficiencia en la regulación ambiental.
Antecedentes y
problemática
Creación de la
Superintendencia
Rol de la
Superintendencia
del Medio
Ambiente
La Superintendencia del Medio Ambiente tiene la responsabilidad
de fiscalizar y sancionar el incumplimiento de las normas e
instrumentos de gestión ambiental.
Recepción de denuncias por incumplimiento de
normas ambientales.
Establecimiento de planes y programas de gestión
ambiental.
Cooperación con la Superintendencia del Medio
Ambiente para garantizar el cumplimiento de la
normativa ambiental.
Mayor poder sancionador en casos de
incumplimiento.
Ampliación de las responsabilidades en la
fiscalización del cumplimiento de normas
ambientales.
Mayor autonomía en la toma de decisiones
ambientales.
Responsabilidades Actuales Cambios bajo la Nueva Ley
La Superintendencia puede suspender
autorizaciones de funcionamiento y
solicitar el sometimiento a evaluación
ambiental de proyectos no regulados.
Se encarga de fiscalizar el cumplimiento
de los planes de prevención y
descontaminación ambiental, así como de
las normas de calidad y emisión.
La Superintendencia realiza inspecciones,
controles y análisis para asegurar el
cumplimiento de las normas y condiciones
ambientales.
También tiene la facultad de dictar
instrucciones de carácter general y
colaborar con otros organismos de
fiscalización en materia ambiental.
1 2 3
Se realizan mediciones y
verificaciones periódicas
para asegurar el
cumplimiento de los
instrumentos de gestión
ambiental.
Se pueden contratar
terceros idóneos para
realizar inspecciones y
mediciones, garantizando
la imparcialidad y la
certificación adecuada.
La Superintendencia utiliza
inspecciones, controles y
análisis como métodos
para verificar el
cumplimiento de las
normas ambientales.
1 2 3
• Sanciones y multas por incumplimiento de la
normativa ambiental.
• Suspensión de autorizaciones o permisos
previamente otorgados.
Efectos Legales
• Daños reales al medio ambiente y a la salud de las
personas.
• Pérdida de biodiversidad, contaminación, etc.
Impacto en el Medio Ambiente y la Salud
PRESENTACIÓN 1 - UNIDAD 1 - ANÁLISIS DE  LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL DESDE LA REFORMA A LA LEY 19.300.pdf
PRESENTACIÓN 1 - UNIDAD 1 - ANÁLISIS DE  LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL DESDE LA REFORMA A LA LEY 19.300.pdf
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  • 2. • Introducción al Análisis • Antecedentes Internacionales • Movimientos Ecologistas • Declaración de Founex y Desarrollo Sustentable • Rol del Medio Ambiente a Nivel Internacional • Conferencia de Estocolmo de 1972 • Principios del Derecho Ambiental • Conferencia de Río de Janeiro 1992 • Declaraci n de R o sobre Medio Ambiente y Desarrollo • Participación Ciudadana en la Institucionalidad Ambiental
  • 3. Breve introducción al tema de análisis de la nueva institucionalidad ambiental a partir de la reforma a la Ley 19.300. Contextualización de la evolución de la institucionalidad ambiental chilena, destacando antecedentes internacionales. Objetivos y alcance del análisis en esta tesina. Plus tip:
  • 4. La sociedad comenzó a tomar conciencia de los efectos y problemáticas ambientales a partir de la Declaración de Founex en 1971, la cual admitió que el ritmo de crecimiento no constituye una garantía de desarrollo y de solución a los problemas sociales y humanos. El tema de la protección ambiental ha ido tomando un rol importante a nivel internacional, dando lugar a conferencias y acuerdos fundamentales como la Conferencia de Estocolmo de 1972 y la Conferencia de Río de Janeiro 1992. El desarrollo sustentable se ha establecido como uno de los objetivos clave de la Institucionalidad Ambiental, en aras de conciliar el progreso con la preservación del medio ambiente. Los primeros movimientos ecologistas significativos se registraron en la década de los 60, como respuesta a los efectos del deterioro del Medio Ambiente producto de la revolución industrial del siglo XIX. 1 2 3 4
  • 5. Importancia de los Movimientos Ecologistas ● Los primeros movimientos ecologistas significativos se desarrollaron en la década de los 60, posterior a la revolución industrial, cuando los efectos del deterioro del Medio Ambiente se hicieron evidentes a nivel mundial. ● El avance tecnológico trajo consigo contaminación y daño al ambiente, lo que generó problemáticas que llevaron a la sociedad a tomar conciencia de la situación. ● El concepto de desarrollo sustentable, que es uno de los objetivos de la Institucionalidad Ambiental, surge en este contexto de conservación y preservación del medio ambiente. ● Las conferencias internacionales, como la Conferencia de Estocolmo de 1972 y la Conferencia de Río de Janeiro 1992, jugaron un papel crucial en el establecimiento de principios y normativas para el cuidado del medio ambiente.
  • 6. • Estableció que el ritmo de crecimiento no garantiza desarrollo y solución a problemas sociales. • Enfatizó que la política ambiental debe ser parte integral de la política de desarrollo. • Admitió que el crecimiento no es una garantía de desarrollo y solución a problemas sociales. • Concepto originado en conferencias internacionales. • Orienta a la Institucionalidad Ambiental hacia un objetivo principal. • Implica equilibrio entre crecimiento económico, cuidado del medio ambiente y bienestar social. Declaración de Founex Desarrollo Sustentable
  • 7. El papel del medio ambiente a nivel internacional se ha visto afectado por el desarrollo industrial y tecnol gico, que han tra do consigo contaminaci n y da o al ambiente. Estos efectos han llevado a la sociedad a tomar conciencia de la problem tica ambiental. Se ha establecido como objetivo el desarrollo sustentable, que implica satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Antecedentes y Contexto Desarrollo Sustentable Importancia de las Conferencias Internacionales Conferencias como la de Estocolmo en 1972 y Ri o de Janeiro en 1992, han sentado las bases para el Derecho Ambiental y el desarrollo de pol ticas ambientales a nivel mundial.
  • 8. Importancia de la Conferencia de Estocolmo ● La Conferencia de Estocolmo de 1972 es considerada como la ● Estableci 24 principios, entre los cuales para nuestro tema de investigaci n destaca el n 17 el cual expresa que
  • 9. 02 03 01 El derecho ambiental se basa en el principio de que el ritmo de crecimiento no constituye una garantía de desarrollo y de solución a los problemas sociales y humanos. La política ambiental debe ser parte integrante de la política general de desarrollo y considerarse dentro del ámbito global del planeamiento económico y social. Las instituciones nacionales competentes deben planificar, administrar o controlar la utilización de los recursos ambientales para mejorar la calidad del medio. 04 El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.
  • 10. ● Se llevó a cabo del 3 al 14 de junio de 1992 en Brasil. ● Reafirmó la Declaración de 1972 y tuvo como objetivo establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la cooperación entre los Estados, la sociedad y las personas para la protección del Medio Ambiente. ● Puso énfasis en el concepto de desarrollo sustentable. Aspectos Clave
  • 11. • La Declaraci n de R o sobre Medio Ambiente y Desarrollo, surgida de la Conferencia de R o en 1992, estableci el concepto de desarrollo sustentable. • Tuvo como objetivo establecer una alianza mundial nueva y equitativa para la protecci n del Medio Ambiente. • Sent las bases para el desarrollo de pol ticas y legislaciones orientadas al concepto de desarrollo sustentable. • La Declaraci n de R o sobre Medio Ambiente y Desarrollo, surgida de la Conferencia de R o en 1992, estableci el concepto de desarrollo sustentable. • Tuvo como objetivo establecer una alianza mundial nueva y equitativa para la protecci n del Medio Ambiente. • Sent las bases para el desarrollo de pol ticas y legislaciones orientadas al concepto de desarrollo sustentable. Aspectos Clave Implicaciones en la Institucionalidad Ambiental
  • 12. La ciudadanía tiene un papel crucial en la identificación de problemas ambientales y en la búsqueda de soluciones sostenibles. Su participación activa es esencial para el éxito de la institucionalidad ambiental. Se deben establecer mecanismos que garanticen el acceso a la información ambiental, la participación en las decisiones y el acceso a recursos judiciales en asuntos ambientales. Las instituciones ambientales deben facilitar y fomentar la participación activa de la ciudadanía en la toma de decisiones y acciones para la protección del medio ambiente. El Papel de la Institucionalidad Ambiental Importancia de la Participación Ciudadana Mecanismos de Participación
  • 13. • Definición de Institucionalidad e Institucionalidad Ambiental • Importancia de la Institucionalidad Ambiental • Modelos doctrinarios de Institucionalidad Ambiental • Modelos basados en la unidad de gestión • Modelos basados en la disgregación de competencias ambientales • Aplicaci?n de los modelos de Institucionalidad Ambiental • Modelos adoptados por Chile • Análisis de los modelos adoptados por Chile • Cambios implementados por la reforma en la institucionalidad ambiental • Se establecen las bases para entender y analizar la importancia de la Institucionalidad Ambiental en Chile
  • 15. • Conjunto de organismos públicos y privados, instrumentos legales y financieros, de infraestructura y de articulación para actuar en un determinado ámbito. • Se da la sociedad civil y el Estado para actuar en un determinado ámbito. Institucionalidad • Conjunto de organismos públicos y privados, instrumentos legales y financieros, de infraestructura y de articulación para actuar en un determinado ámbito. • Se da la sociedad civil y el Estado para actuar en un determinado ámbito. Institucionalidad Ambiental
  • 16. ● Coordinación y ejecución de las políticas ambientales del país. ● Aplicación y respeto de la normativa jurídica ambiental. ● Garantía de que las normas y políticas ambientales no sean solo enunciados teóricos. ● Necesidad de una estructura administrativa que coordine y ejecute las políticas ambientales del país. Importancia de la Institucionalidad Ambiental Incluye ejemplos concretos de cómo la institucionalidad ambiental ha impactado positivamente en la protección del medio ambiente y el cumplimiento de las normativas ambientales. Plus tip:
  • 17. ● Modelos basados en la unidad de gestión ● Modelos basados en la disgregación de competencias ambientales en diferentes órganos de la administración del Estado Modelos propuestos por la doctrina
  • 18. Se otorgan competencias ambientales a un Ministerio que ya existe con la colaboración de comités interministeriales para efectos de coherencia. Potenciación de un Ministerio existente Comisiones o Comités Interministeriales Se establece un modelo de coordinación horizontal, mediante un órgano colegiado que se encarga de la confección de políticas, quedando la ejecución en los distintos ministerios. Puede funcionar solo como órgano coordinador o como superministerio, absorbiendo competencias ambientales de otros ministerios. En este modelo existe una secretaría centralizada que delega competencias en agencias manteniendo la dirección, control y vigilancia de estas. Ministerio de Medio Ambiente Secretaría de Estado del Ambiente con Agencias Se asocia principalmente este modelo a estructuras federales, se trata de un organismo dependiente del primer ministro con facultades que van más allá de la mera coordinación. Agencia o Comisaria Central Detalle sobre un posible sexto modelo de gestión en Institucionalidad Ambiental. Nuevo Modelo
  • 19. ● Se centra en la división de competencias ambientales entre diferentes órganos estatales. ● Es un enfoque sectorial que tiende a acentuar la dispersión de esfuerzos y multiplicar las acciones paralelas. ● Conduce a rodeos y pérdidas de tiempo en la gestión de asuntos ambientales, según Jaquenod de Zsögön. Características de este modelo
  • 20. Estos conceptos son b?sicos para entender los modelos adoptados por Chile en las distintas etapas de institucionalidad ambiental. Esto se da seg?n las caracter?sticas y pol?ticas propias de cada pa?s. Los modelos de Institucionalidad Ambiental han sido aplicados en los distintos pa?ses, con diversas variaciones seg?n sean desarrollados o subdesarrollados. 02 03 01
  • 21. ● Modelo de Ministerio de Medio Ambiente, con y sin competencias superiores y de coordinación. ● Creación de la Superintendencia del Medio Ambiente como organismo de control y vigilancia. ● Establecimiento de un Sistema Integrado de gestión ambiental a nivel ministerial. Modelos adoptados
  • 22. Es importante identificar las fortalezas y debilidades de los modelos adoptados por Chile para comprender su impacto en la gestión ambiental. Algunos modelos pueden ser más adecuados para ciertos contextos o etapas de desarrollo, mientras que otros pueden ser más eficientes en diferentes situaciones. Ventajas y desventajas Adaptabilidad y flexibilidad Importancia del análisis El análisis crítico de los modelos adoptados sienta las bases para futuras mejoras y ajustes en la institucionalidad ambiental de Chile.
  • 23. 1 2 3 4 Se reforzaron las competencias y el alcance del Ministerio de Medio Ambiente para garantizar la protección del entorno natural y la sostenibilidad. Se establecieron mecanismos de control y vigilancia más estrictos para asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental y la aplicación efectiva de las políticas ambientales. Se creó el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, como parte de la nueva estructura administrativa para coordinar y ejecutar las políticas ambientales del país. Se asignaron mayores recursos y se mejoró la gestión financiera en el ámbito ambiental, con el fin de potenciar las iniciativas y proyectos en esta área.
  • 24. ● La Institucionalidad se refiere al conjunto de organismos y estructuras que permiten la acci√≥n en un √°mbito espec√≠fico, tanto del Estado como de la sociedad civil. ● La Institucionalidad Ambiental es crucial para coordinar y ejecutar las pol√≠ticas ambientales del pa√≠s, as√≠ como para velar por el cumplimiento de la normativa ambiental. ● Seg√∫n la ley 19.300, sin Institucionalidad Ambiental, las pol√≠ticas y normas ambientales son solo enunciados te√≥ricos sin aplicaci√≥n real. Resumen y Anaìlisis
  • 26. • Derecho Ambiental en la Constitución de Chile • Institucionalidad Ambiental Previa a la Ley 19.300 • Creaci n de Reservas Forestales (1912) • Ley 9.006 y Protecci n Ambiental • Decreto Ley 3.557 (1981) y Protección Ambiental • Creación del Servicio Agrícola y Ganadero (1967) • Objetivos del Servicio Agrícola y Ganadero • Reforma Agraria y su Impacto Ambiental • Normas y Medidas Previas a la Ley 19.300 • Protección del Medio Ambiente antes de la Ley 19.300
  • 27. Antes de la implementación de la ley 19.300, el medio ambiente estaba protegido a través de normas dispersas en distintos textos jurídicos y medidas estatales, pero sin una institucionalidad funcional. El Estado tiene el deber de velar por la protección de este derecho y tutelar la preservación de la naturaleza. La Constitución de Chile garantiza el derecho de todas las personas a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
  • 28. En 1912 se crearon las reservas forestales de Llanquihue, Alto Bío Bío y Villarrica como medida de protección ambiental temprana. Antes de la implementación de la institucionalidad de la ley 19.300, el Medio Ambiente estaba protegido a través de normas dispersas en distintos textos jurídicos y medidas estatales. La Constitución de Chile en su artículo 19 n°8 asegura el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y establece el deber del Estado de velar por este derecho. En 1948 se dictó la ley 9.006 que facultó al Presidente para ordenar la paralización de empresas que vacíen productos en las aguas y perjudiquen la salud de los habitantes.
  • 29. Antecedentes ● En el a o 1912 se crearon las reservas forestales de Llanquihue, Alto B o B o y Villarrica como medidas iniciales de protecci n del medio ambiente y sus recursos naturales. ● Estas reservas forestales ten an como objetivo principal conservar la flora, fauna y recursos naturales de las zonas especificadas, marcando un hito en las primeras iniciativas de protecci n ambiental en el pa s. ● Esta acci n temprana de creaci n de reservas forestales sent las bases para futuras leyes y regulaciones m s amplias en t rminos de protecci n del medio ambiente.
  • 30. ● La ley 9.006, dictada en 1948, faculto al Presidente para ordenar la paralizaci n de empresas que vac en productos en las aguas, si estas perjudican la salud de los habitantes. ● Tuvo un impacto significativo en la protecci n de las aguas y los recursos naturales. ● Las disposiciones de la ley 9.006 fueron incorporadas en decretos y leyes posteriores. ● Estas medidas sentaron las bases para la protecci n ambiental y la regulaci n de impacto ambiental en el pa s. Antecedentes Hist ricos Legado y Continuidad
  • 31. • El decreto ley facultaba al Presidente para ordenar la paralización de actividades que causaran daño a la salud, vida, integridad o desarrollo de los seres vivos. • Esto incluía la paralización total o parcial de empresas que vacíen productos y residuos que perjudiquen la salud de los habitantes. • Estas medidas se tomaron como forma de protección agrícola y control de la contaminación. Antes de la Ley 19.300 • El decreto ley facultaba al Presidente para ordenar la paralización de actividades que causaran daño a la salud, vida, integridad o desarrollo de los seres vivos. • Esto incluía la paralización total o parcial de empresas que vacíen productos y residuos que perjudiquen la salud de los habitantes. • Estas medidas se tomaron como forma de protección agrícola y control de la contaminación. Comparación con la Ley 19.300
  • 32. ● El Servicio Agrícola y Ganadero se estableció en el marco de la ley de Reforma Agraria de 1967. ● Su objetivo principal era controlar y mejorar los aspectos relacionados con la producción agrícola y ganadera, pero también incluía acciones para la conservación y uso sostenible de los recursos naturales. ● El SAG asumió un rol crucial en el control de la contaminación y la conservación de la fauna y flora, aspectos fundamentales para la protección del medio ambiente en el contexto de su labor en el sector agropecuario. Antecedentes y Objetivos
  • 33. Mejora de los recursos de suelo para la producción agrícola, ganadera y forestal. Control de la contaminación de las aguas de riego y conservación de la fauna y flora. Realización de acciones para la conservación y mejoramiento de los recursos naturales renovables.
  • 34. La Reforma Agraria tuvo un impacto significativo en la protección y conservación del medio ambiente, al establecer medidas concretas para el uso sostenible de los recursos naturales en el contexto agrario. El SAG se encarga de controlar la contaminación de las aguas de riego, conservación de la fauna y flora y mejorar recursos de suelo. La ley de Reforma Agraria de 1967 transformó la Dirección General de Agricultura y Pesca en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), con responsabilidades específicas en la conservación de recursos naturales renovables. Aunque no fue inicialmente concebido como un ente de protección ambiental, el SAG, como resultado de la reforma, asumió un rol crucial en la preservación del medio ambiente en el ámbito agrícola.
  • 35. El 28 de julio del a o 1967, la ley de Reforma Agraria transformo lo que era la Direcci n General de Agricultura y Pesca del Ministerio de Agricultura en una persona jur dica de derecho p blico, naciendo as el Servicio Agr cola y Ganadero (SAG). En el a o 1948 se dict la ley 9.006 que faculto al Presidente de la Rep blica para ordenar la paralizaci n total o parcial de las empresas industriales, fabriles o mineras que vac en productos en las aguas, si estas perjudican la salud de los habitantes. En el a o 1912 se crean las reservas forestales de Llanquihue, Alto B o B o y Villarrica. En el a o 1994 se implementa la institucionalidad de la ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que marca un hito en la protecci n ambiental de Chile. Antes de la ley 19.300, el Medio Ambiente estaba protegido a trav s de normas dispersas en distintos textos jur dicos y de medidas tomadas por el Estado. Estas medidas previas no constituyeron una institucionalidad funcional para la protecci n del Medio Ambiente.
  • 36. Aunque la Constitución garantizaba el derecho a un medio ambiente libre de contaminación, no existía una institucionalidad funcional para su protección. La creación de reservas forestales, las leyes de protección de la salud de los habitantes y la reforma agraria fueron pasos previos en la protección del medio ambiente, aunque fragmentarios. La protección del medio ambiente en Chile tuvo algunas medidas y normativas dispersas antes de la implementación de la Ley 19.300. 1 2 3
  • 37. El Código Sanitario otorga al Servicio Nacional de Salud la autoridad sanitaria para velar por el cumplimiento de sus disposiciones. El Código Sanitario incluye normas que protegen indirectamente el Medio Ambiente a través de la protección de la salud. Por ejemplo, se establece la obligación de eliminar o controlar los factores del medio ambiente que afecten la salud y el bienestar de los habitantes. El 31 de enero del año 1968 se publica el Código Sanitario que rige actualmente, siendo el tercero en la historia del país. Este marco legal ha sido sujeto de diversas modificaciones a lo largo del tiempo.
  • 38. Historia de los movimientos ecologistas ● Los primeros movimientos ecologistas en Chile se remontan a 1968, con la formación del Comité Nacional pro Defensa de la Fauna y Flora (CODEFF) en la ciudad de Osorno. ● El CODEFF fue el pionero en la defensa de la fauna, flora y los recursos naturales en Chile, sentando las bases para futuras iniciativas de protección ambiental. ● Estos movimientos ecologistas marcaron el inicio de una conciencia ambiental en el país y allanaron el camino para la creación de entidades y normativas enfocadas en la protección del medio ambiente.
  • 39. Su objetivo es contribuir a la conservación, incremento, manejo y aprovechamiento de los recursos forestales del país. CONAF es una entidad de derecho privado dependiente del Ministerio de Agricultura. El 19 de abril del año 1973, durante el gobierno del Presidente Salvador Allende Gossens, se crea la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
  • 40. Ademas, establece el deber constitucional del Estado "velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservacialn de la naturaleza". Esta ley asegura a todas las personas "el derecho a vivir en un medio libre de contaminacialn". El 19 de abril del ao 1973, se dicta el Acta Constitucional Na3 de la Repalica de Chile, durante el gobierno del Presidente Salvador Allende Gossens. Este acta senta las bases para la posterior inclusialn de la garantaa constitucional del artaiculo 19 Na8, que protege el medio ambiente y la salud de las personas.
  • 41. CONADE jugó un papel crucial en la concientización sobre la importancia de la ecología y el impacto de las actividades humanas en el medio ambiente. Su establecimiento marcó un hito en el enfoque del país hacia la protección y conservación del medio ambiente, al pasar de medidas sectorizadas a una visión más integral. CONADE fue creada en 1984 con el propósito de formular políticas ambientales y coordinar su implementación en Chile.
  • 42. CONAMA tuvo un papel crucial en la formulación de políticas ambientales y la coordinación de su ejecución en el país. CONAMA actuaba bajo la supervisión del Ministerio de Bienes Nacionales. En el año 1990, la Comisión Nacional de Ecología (CONADE) es sustituida por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA). Esta sustitución marcó un hito en el enfoque y la efectividad en la protección del medio ambiente en Chile.
  • 43. • Durante muchos años no hubo una protección directa del Medio Ambiente a través de instituciones efectivas. • Las políticas públicas carecían de enfoque en la protección del medio ambiente. • Las actividades económicas e industriales carecían de regulación en cuanto a su impacto ambiental. • Actualmente existen instituciones dedicadas a la protección del Medio Ambiente. • Se han establecido normativas y regulaciones para controlar y mitigar el impacto ambiental de las actividades económicas. • Se ha incorporado el derecho a un medio libre de contaminación en la constitución. Antecedentes Históricos Situcación Actual
  • 44. Legislación y Protección Ambiental El Código Sanitario de 1968, junto con sus modificaciones posteriores, ha incluido normas que indirectamente protegen el Medio Ambiente a través de la protección de la salud de los habitantes. Historia del Código Sanitario Creación de CONAF En 1973 se crea la Corporación Nacional Forestal con el objetivo de contribuir a la conservación y manejo de los recursos forestales del país. La legislación en 1976 aseguró el derecho a vivir en un medio libre de contaminación y estableció el deber del Estado de velar por este derecho.
  • 45. • Durante muchos años no hubo una protección directa del Medio Ambiente a través de instituciones efectivas. • Las políticas públicas carecían de enfoque en la protección del ambiente en relación a la actividad económica e industrial. • El actual Código Sanitario incluye normas que indirectamente protegen el Medio Ambiente. • Las empresas están obligadas a eliminar o controlar factores del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes. Antecedentes Históricos Impacto de la legislación actual
  • 46. Todas las normas establecidas eran en relación a la protección del Medio Ambiente, pero no contribuían a políticas públicas dirigidas a la protección del ambiente en relación a la actividad económicas e industriales. Las regulaciones existentes eran más bien de carácter consultivo y no efectivo en la protección directa del Medio Ambiente. Durante muchos años, las normas establecidas para la protección del Medio Ambiente fueron sectorizadas y de orden casual.
  • 48. • Introducción a la Ley 19.300 • La Declaraci n de R o y la Agenda 21 • Proyecto de Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente • Aprobación y Publicación de la Ley 19.300 • Características de la Ley 19.300 • Derecho a un Medio Ambiente Libre de Contaminación • Institucionalidad Ambiental de la Ley 19.300 • Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) • Reforma de la Ley 20.417 • Modelo de Institucionalidad de la Ley 19.300 • Estructura Administrativa y Políticas Ambientales • Reconocimiento de Competencias Ambientales Sectoriales • Mensaje de Envío de la Ley • Capacidad de Coordinación del Poder Ejecutivo • Análisis de la Comisión Nacional del Medio Ambiente • Impacto de la Ley 19.300 en el Medio Ambiente • Evolución de la Institucionalidad Ambiental • Desafíos de la Ley 19.300 • Conclusiones sobre la Ley 19.300 • Desafíos de la Ley 19.300
  • 49. Tras largas discusiones, se aprobó la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente en 1994, siendo reconocida como la primera ley ambiental chilena. El Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente tras la inserción de Chile en el comercio internacional. La Declaración de Río y la Agenda 21 comprometieron a Chile a fomentar la conservación y uso sustentable de sus recursos naturales.
  • 50. ● Formalizaci n en la Cumbre Mundial del Medio Ambiente en 1992, en Rio de Janeiro ● Compromiso de los pa ses, incluido Chile, en la conservaci n y uso sustentable de los recursos naturales ● Impacto en Chile: Env o de un proyecto de Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente al Congreso ● Aprobaci n de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente en 1994 Antecedentes hist ricos
  • 51. • La Declaración de Río y la Agenda 21, formalizadas en la Cumbre Mundial del Medio Ambiente en 1992, comprometieron a Chile a fomentar la conservación y uso sustentable de sus recursos naturales. • La inserción de Chile en el comercio internacional llevó al Ejecutivo a enviar al Congreso el proyecto de Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Antecedentes • Tras largas discusiones, se aprobó la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente en 1994. • Fue publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994 y aprobada por el Congreso Nacional con quorum ordinario. Proceso Legislativo
  • 52. Esta ley no tiene un carácter superior en relación a otras leyes, pero tiene el mérito de ser una ley marco y ser reconocida como la primera ley ambiental chilena. Fue publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, marcando su entrada en vigencia y aprobada por el Congreso Nacional con quorum ordinario. La Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente fue aprobada después de una larga discusión y enviada al Congreso, donde pasó a Comisión Mixta. La Ley 19.300 trata al ambiente de forma global y sistémica, teniendo como centro la protección de los economistas y abordando temas fundamentales en cuanto al Medio Ambiente.
  • 53. Institucionalidad Ambiental La Declaración de Río y la Agenda 21 comprometieron a Chile a fomentar la conservación y uso sustentable de sus recursos naturales, lo que llevó al envío de un proyecto de Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente al Congreso. Antecedentes y contexto Contenido y alcance La Ley 19.300 trata al ambiente de forma global y sistémica, teniendo como centro la protección de los ecosistemas. Establece el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. La ley estableció una Institucionalidad Ambiental, incluyendo la creación de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) como institución angular de protección del Medio Ambiente.
  • 54. • La ley establece el derecho de las personas a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. • Protección del medio ambiente y preservación de la naturaleza son aspectos fundamentales regulados por esta ley. Contenido de la Ley • Las disposiciones de la Ley 19.300 regulan el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. • Las normas de esta ley tienen vigencia sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia. Alcance y Vigencia
  • 55. CONAMA fue la institución angular de protección del Medio Ambiente durante la vigencia de la ley 19.300. La institucionalidad se encontraba regulada en el Título final, párrafos 1 al 5 de la ley. El artículo 69 de la ley instauró la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA). La Ley 19.300 estableció una Institucionalidad Ambiental en el país. 3 2 1 4
  • 56. Establecida en el título final, párrafos 1 al 5 de la Ley 19.300. Encargada de realizar la evaluación de impacto ambiental de proyectos. Antigua institución angular de protección del Medio Ambiente. Promoción de la educación ambiental y la participación ciudadana. Principal funcióon: protección del medio ambiente y los ecosistemas. Reformada posteriormente por la Ley 20.417, cambiando su estructura y funciones.
  • 57. Esta reforma reforzó el marco regulatorio ambiental y estableció nuevas políticas de protección del medio ambiente. La CONAMA fue reemplazada por el Ministerio del Medio Ambiente como la institución rectora en asuntos ambientales. La reforma de la Ley 20.417 modificó la estructura de la institucionalidad ambiental establecida en la Ley 19.300. La Ley 20.417 marcó un hito en la evolución de la legislación ambiental chilena, adaptándola a las necesidades actuales.
  • 58. La ley adoptó un modelo basado en una estructura administrativa coordinadora y ejecutora de las políticas ambientales del país. La ley reconoce la multiplicidad de competencias ambientales sectoriales y establece mecanismos para coordinar estas competencias en el gobierno. Estructura Administrativa y Políticas Ambientales Reconocimiento de Competencias Ambientales Sectoriales Mensaje de Envío de la Ley El mensaje con el que fue enviada la ley enfatizaba en la necesidad de reconocer las competencias de los distintos ministerios y servicios en temas ambientales.
  • 59. ● La ley 19.300 adopta un modelo basado en una estructura administrativa coordinadora y ejecutora de las políticas ambientales del país. ● Se establece una Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) como institución angular de protección del Medio Ambiente. ● La CONAMA se encarga de coordinar y ejecutar las políticas ambientales del país. ● Reconocimiento de la multiplicidad de competencias ambientales sectoriales. ● Fomento de la conservación y uso sustentable de los recursos naturales. ● Protección del medio ambiente como prioridad. Estructura Administrativa Políticas Ambientales
  • 60. La ley también hace hincapié en la necesidad de generar capacidad de coordinación al interior del Poder Ejecutivo en asuntos ambientales. Se establece la importancia de involucrar a los distintos ministerios y servicios en asuntos ambientales que les correspondan. La ley reconoce las competencias de los distintos ministerios y servicios en temas ambientales dentro de sus esferas de competencia.
  • 61. La ley fue enviada con el propósito de establecer las bases generales del medio ambiente y regular el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, protegiendo la naturaleza y conservando el patrimonio ambiental. Se hizo hincapié en la necesidad de generar capacidad de coordinación al interior del Poder Ejecutivo para asegurar la eficaz implementación de las políticas ambientales. El mensaje de envío de la ley destacó la importancia de desarrollar una institucionalidad ambiental basada en el reconocimiento de las competencias de los distintos ministerios y servicios en asuntos ambientales. El mensaje subrayó que las disposiciones de la ley regularían los derechos ambientales, sin perjuicio de lo que otras normas legales establecieran.
  • 62. Es necesario generar una capacidad de coordinación al interior del Poder Ejecutivo para el adecuado funcionamiento de la institucionalidad ambiental. Se debe involucrar a los ministerios y servicios en asuntos ambientales en los que les corresponda por sus esferas de competencias. La institucionalidad ambiental debe desarrollarse reconociendo las competencias de los distintos ministerios y servicios en temas ambientales. 02 03 01
  • 63. 3 2 Su rol principal era coordinar, ejecutar y fiscalizar las políticas, planes y programas ambientales del país. La CONAMA estuvo compuesta por representantes de diversos ministerios, servicios públicos y organizaciones medioambientales. La CONAMA fue establecida como la institución angular de protección del Medio Ambiente bajo la Ley 19.300. 1 Fomentó la participación ciudadana en la gestión ambiental a través de consultas públicas y audiencias. Su labor se centraba en la protección de los ecosistemas, la conservación de la naturaleza y la prevención de la contaminación. La CONAMA fue un hito en la gestión ambiental de Chile, sentando las bases para futuras reformas y mejoras en la legislación ambiental. 4 5 6
  • 64. • La ley regula el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. • Protege el medio ambiente y preserva la naturaleza. • Establece normativas para la conservación del patrimonio ambiental. Aspectos Regulados • Mayor conciencia y protección del medio ambiente. • Mejora en la conservación de los recursos naturales. • Impacto positivo en la salud y calidad de vida de la población. Resultados y Beneficios
  • 65. La aparición de nuevas leyes y regulaciones ambientales ha impactado en la evolución de la institucionalidad ambiental. Se han realizado reformas y ajustes para fortalecer las políticas y mecanismos de protección del medio ambiente. La institucionalidad ambiental ha experimentado cambios significativos desde la promulgación de la Ley 19.300. Se ha observado un mayor enfoque en la sostenibilidad, la conservación de los recursos naturales y la protección de los ecosistemas.
  • 66. La importancia de fortalecer y ampliar la institucionalidad ambiental para un mayor impacto y eficacia en la protección del medio ambiente. El reto de armonizar la legislación ambiental con otros aspectos legales y económicos del país. La necesidad de adaptar la ley a los cambios ambientales y a las demandas de la sociedad actual.
  • 67. ● La ley 19.300 estableció un marco crucial para la protección del medio ambiente en Chile. ● Se creó la primera ley ambiental chilena, tratando al ambiente de forma global y sistémica. ● Se garantizó el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. ● A pesar de sus logros, la ley enfrenta desafíos en la actualidad. ● Necesidad de actualizaciones y reformas para abordar los cambios en el entorno ambiental y legal. ● Requiere ajustes para alinearse con estándares internacionales y mejores prácticas ambientales. Logros Desafíos Futuros
  • 69. Tenía un rol consultivo, de análisis, comunicación y coordinación en asuntos ambientales entre los ministerios y servicios públicos. Su herramienta clave fue el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para proyectos tanto públicos como privados. La CONAMA fue establecida por la ley 19.300 como el principal organismo estatal para la protección del Medio Ambiente en 1994. 3 2 1
  • 70. La ley 19.300 fue promulgada en el ao 1994 y senta las bases generales para la protección del Medio Ambiente en Chile. La ley tena como objetivo principal establecer normas y mecanismos para la protección del medio ambiente equilibrado. Antecedentes Objetivos Alcance La ley abarcaba aspectos legales, polticas ambientales, instrumentos de gestión y más.
  • 71. 1 2 3 4 5 6 Informar periódicamente al Presidente sobre el cumplimiento de la legislación ambiental. Actuar como órgano de consulta, análisis, comunicación y coordinación en asuntos ambientales. Proponer al Presidente de la República las políticas ambientales del gobierno. Mantener un sistema de información ambiental a nivel nacional. Administrar el sistema de evaluación de impacto ambiental a nivel nacional. Colaborar en programas de educación y difusión ambiental, y en proyectos ambientales internacionales.
  • 72. Mantener un sistema nacional de información ambiental, desglosada regionalmente, de carácter público. Colaborar con las autoridades competentes en la preparación, aprobación y desarrollo de programas de educación y difusión ambiental. Coordinar el proceso de generación de las normas de calidad ambiental y determinar los programas para su cumplimiento. Actuar como órgano de consulta, análisis, comunicación y coordinación en materias relacionadas con el Medio Ambiente. Administrar el sistema de evaluación de impacto ambiental a nivel nacional. Proponer al Presidente de la República las políticas ambientales del gobierno.
  • 73. • El SEIA es un instrumento de gestión para la protección ambiental que tiene un carácter preventivo. • Exige que los proyectos demuestren que sus obras producirían un impacto mínimo en el Medio Ambiente. Lo que hace • El SEIA fue la herramienta más empleada por la CONAMA. • Sin embargo, hubo críticas por su exceso de aplicación y la falta de implantación de normas y políticas ambientales. Cómo se usaba por la CONAMA
  • 74. El SEIA implicaba un proceso de estudio detallado para analizar el estado del ambiente y el probable impacto de las obras, junto con medidas y costos para reducir dicho impacto. Su carácter era de orden preventivo, exigiendo a los proyectos demostrar un impacto mínimo en el Medio Ambiente antes de su ejecución. El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se estableció como un instrumento de gestión para la protección ambiental.
  • 75. El objetivo era probar que las obras que se realizaran producirían un impacto mínimo en el Medio Ambiente. Los titulares de proyectos o actividades que requerían evaluación ambiental debían someterse a este sistema. El SEIA se aplicaba a proyectos o actividades tanto privadas como estatales. 02 03 01
  • 76. El reglamento del SEIA no se publicó hasta 1997, retrasando su aplicación óptima. La CONAMA fue criticada por un exceso de SEIA y poca preocupación por implantar normas y políticas ambientales. Demora en la publicación del reglamento del SEIA Exceso de SEIA y falta de políticas ambientales Falta de implementación efectiva antes de 1997 Antes de 1997, el SEIA era de carácter voluntario, lo que limitaba su eficacia en la protección ambiental. Críticas a la gestión del SEIA Se criticó la gestión de la CONAMA en la implementación del SEIA, se consideró una de sus grandes falencias.
  • 77. ● Desarrollo e implementaci n de pol ticas ambientales efectivas. ● Creaci n de conciencia nacional sobre la protecci n del medio ambiente. ● Protecci n del patrimonio ambiental y conservaci n de la naturaleza. ● Necesidad de implantar m s normas y pol ticas ambientales. ● Mejorar la aplicaci n del Sistema de Evaluaci n de Impacto Ambiental. ● Equilibrar el desarrollo de proyectos con la protecci n ambiental. Logros Desaf os
  • 78. La CONAMA podría experimentar cambios en su estructura y funciones para adaptarse a las nuevas demandas ambientales y mejorar su eficacia. Se espera que la CONAMA y otras entidades competentes desarrollen políticas más rigurosas y programas más efectivos en el futuro para la protección del medio ambiente. Se plantea la necesidad de revisar y fortalecer la legislación ambiental para abordar de manera más efectiva los desafíos actuales en materia de medio ambiente. 1 2 3
  • 80. • Introducción a la CONAMA • Consejo Directivo de la CONAMA • Consejo Directivo de la CONAMA • Funciones m s Importantes del Consejo Directivo • Funciones más Importantes de la Dirección Ejecutiva • Funciones m s Importantes de la Direcci n Ejecutiva • Consejo Consultivo de la CONAMA • Consejo Consultivo de la CONAMA • Principio de Participación Ciudadana • Funciones m s Importantes del Consejo Consultivo
  • 81. Mención de los tres órganos que conformaban la CONAMA: Consejo Directivo, Dirección Ejecutiva y Consejo Consultivo. Referencia a la antigua ley 19.300 como marco de constitución de la CONAMA. Breve explicación de qué es la CONAMA y su relevancia en el contexto ambiental. 02 03 01
  • 82. Estaba integrado por varios Ministros, cada uno responsable de un área específica relacionada con el medio ambiente. Estaba presidido por el Ministro Secretario General de la Presidencia. El Consejo Directivo era el órgano de dirección superior de la CONAMA. Sus funciones incluían la coordinación en asuntos ambientales y la propuesta de proyectos de ley al Presidente de la República.
  • 83. Tenía la responsabilidad de proponer al Presidente de la República proyectos de ley y actos administrativos en temas ambientales. Estaba presidido por el Ministro Secretario General de la Presidencia y compuesto por varios Ministros de diferentes carteras, relacionados con asuntos ambientales. El Consejo Directivo era el órgano superior de la CONAMA, encargado de su dirección y toma de decisiones clave. Su rol incluía la promoción de la coordinación de tareas de fiscalización y control de organismos públicos y municipalidades en asuntos ambientales.
  • 84. Proponer al Presidente de la Rep blica proyectos de ley en temas ambientales. Velar por la coordinaci n en asuntos ambientales entre los ministerios y organismos p blicos. Ejercer todas las funciones de direcci n superior de la CONAMA. 02 03 01 05 06 04 Promover la coordinaci n de tareas de fiscalizaci n y control de organismos p blicos y municipalidades. Realizar actos administrativos relativos a materias ambientales. Fomentar la coordinaci n en asuntos ambientales.
  • 85. Designar a los Directores Regionales de las Comisiones Regionales del Medio Ambiente (COREMAS). Requerir a los organismos del Estado información y antecedentes de materia ambiental. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos e instrucciones del Consejo Directivo y realizar los actos y funciones que le sean delegados por este. Vincularse técnicamente con los organismos internacionales dedicados a la protección del Medio Ambiente.
  • 86. Designar a los Directores Regionales de las Comisiones Regionales del Medio Ambiente (COREMAS). Requerir a los organismos del Estado informaci n y antecedentes de materia ambiental. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos e instrucciones del Consejo Directivo y realizar los actos y funciones que le sean delegados por este. Ejercer todas las funciones de direcci n y administraci n del servicio. Representar y administrar la CONAMA a nivel superior, siendo designado por el Presidente de la Rep blica. Vincularse t cnicamente con los organismos internacionales dedicados a la protecci n del Medio Ambiente. 1 2 3 4 5 6
  • 87. También incluía dos representantes de centros académicos independientes que estudian el Medio Ambiente y dos representantes del empresariado propuestos por la organización de empresarios de mayor representatividad en Chile. Estaba integrado por dos científicos propuestos por el Consejo de Rectores de las universidades chilenas y dos representantes de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro dedicadas a la protección del Medio Ambiente. El Consejo Consultivo estaba presidido por el Ministro Presidente de la CONAMA. Además, contaba con dos representantes de los trabajadores, propuestos por la organización sindical de mayor representatividad en el país, y un representante del Presidente de la República.
  • 88. El Consejo Consultivo tenía un claro enfoque en la participación ciudadana, fomentando el debate, la reflexión y la comunicación para abordar los problemas ambientales desde una perspectiva amplia y representativa. Sus funciones principales incluían absolver consultas del Consejo Directivo, emitir opiniones sobre anteproyectos de ley y decretos supremos en materia ambiental, y promover la coordinación de tareas de fiscalización y control de organismos públicos. El Consejo Consultivo estaba presidido por el Ministro Presidente de la CONAMA y estaba integrado por representantes de diversos sectores, incluyendo científicos, organizaciones no gubernamentales, centros académicos, empresariado y trabajadores. Su composición reflejaba el principio de participación ciudadana, con la inclusión de representantes de todos los sectores de la sociedad en decisiones relacionadas con el medio ambiente.
  • 89. 1 2 3 La CONAMA buscaba la participación de todos los sectores y sensibilidades de la sociedad en sus actos, fomentando el debate, la reflexión y la comunicación. El objetivo era favorecer el mejor entendimiento y resolución de los problemas ambientales a través de la representatividad de distintos sectores. Aplicación del principio de participación ciudadana a través de la representatividad de distintos sectores en el Consejo Consultivo. 1 2 3
  • 90. Opinar sobre los planes de descontaminaci n y prevenci n en materia de emisiones. Emitir opiniones sobre los anteproyectos de ley y decretos supremos en asuntos de calidad ambiental, preservaci n y conservaci n de la naturaleza y del patrimonio ambiental. Absolver las consultas que le formule el Consejo Directivo. 02 03 01 05 06 04 Reflexionar sobre temas ambientales y favorecer el entendimiento y resoluci n de problemas ambientales. Relacionarse con organismos internacionales dedicados a la protecci n del Medio Ambiente. Promover la coordinaci n de las tareas de fiscalizaci n y control de organismos p blicos y municipalidades.
  • 92. • Introducción a las COREMAS • Funciones de las COREMAS • Estructura de las COREMAS • Comité Técnico de las COREMAS • Consejo Consultivo Regional de las COREMAS • Críticas al antiguo modelo de Institucionalidad Ambiental - Parte 1 • Críticas al antiguo modelo de Institucionalidad Ambiental - Parte 2 • Funciones que debió asumir la Institucionalidad Ambiental • Limitaciones de la CONAMA • Conclusión sobre el antiguo modelo de Institucionalidad Ambiental
  • 93. Desconcentración territorial de la CONAMA a través de las COREMAS, con detalles sobre su estructura y funciones. Función principal de las COREMAS en la coordinación de la gestión ambiental a nivel regional y la aprobación ambiental de proyectos en el SEIA. Breve explicación de qué son las COREMAS y su base legal en el artículo 80 de la ley 19.300.
  • 94. Las COREMAS tenían la función principal de coordinar la gestión ambiental a nivel regional, incluyendo la aprobación ambiental de proyectos y actividades en el SEIA. Las COREMAS eran responsables de la aprobación ambiental de los proyectos o actividades en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Coordinar gestión ambiental regional Aprobación ambiental en el SEIA Otras funciones según la ley Además de sus funciones principales, las COREMAS también debían cumplir con otras tareas que les entregaba la ley en el ámbito ambiental.
  • 95. Las funciones principales de las COREMAS incluían la aprobación ambiental de proyectos en el SEIA y la coordinación de la gestión ambiental a nivel regional. Las COREMAS estaban integradas por el Intendente correspondiente, los Gobernadores de la región, los Secretarios Regionales Ministeriales y cuatro Consejeros Regionales, entre otros. La desconcentración territorial de la CONAMA se realizaba a través de las COREMAS, que coordinaban la gestión ambiental a nivel regional. 02 03 01 04 Estaban criticadas por no considerar en la mayoría de los casos las recomendaciones emitidas por su Comité Técnico sobre la aprobación o rechazo de proyectos, dando mayor importancia a nivel jurisprudencial.
  • 96. • Realizar el análisis técnico de la evaluación de impacto ambiental. • Otorgar recomendaciones para la modificación, aprobación o rechazo de los proyectos ambientales. • Críticas por no considerar en la mayoría de los casos las recomendaciones emitidas por el Comité Técnico. Función • Presidido por el Director Regional del Medio Ambiente y el Gobernador Marítimo. • Incluye a los Directores Regionales de los servicios públicos con competencia en materia ambiental. • Críticos, científicos, representantes del empresariado y de los trabajadores también forman parte. Composición
  • 97. • Absolver las consultas de las COREMAS. • Composición: Dos científicos, dos representantes de ONG ambientales, dos del empresariado, dos de los trabajadores y un representante del Intendente Regional. Función y Composición • El Consejo Consultivo juega un papel crucial en el proceso de toma de decisiones ambientales a nivel regional. • Su diversa composición garantiza la representación de diferentes intereses y sectores en las decisiones ambientales. Importancia
  • 98. 1 2 3 Las políticas ambientales fueron creadas por cada servicio según su interés particular en materia medio ambiental, sin una política central que permitiera un funcionamiento eficaz de la Institucionalidad Ambiental. La función real de la Institucionalidad Ambiental vigente debió estar destinada a la creación y proposición de políticas ambientales, así como a hacerlas cumplir y a la confección de programas, planes y acciones que permitieran una eficiente protección del Medio Ambiente. La institucionalidad establecida en la primitiva ley 19.300 cumplió un rol netamente de coordinación entre los distintos Ministerios, aplicando solo políticas sectoriales. 1 2 3
  • 99. Las políticas ambientales fueron creadas por cada servicio según su interés particular en materia medio ambiental, sin una política central que las guiara. La Institucionalidad Ambiental vigente no estuvo destinada a la creación y proposición de políticas ambientales, ni a hacerlas cumplir como debía. La falta de un directivo con rango de ministro hizo que las decisiones y pronunciamientos carecieran de fuerza obligatoria, contribuyendo a la ineficacia de la Institucionalidad Ambiental.
  • 100. Diseño de programas, planes y acciones para una eficiente protección del Medio Ambiente. Velar por el cumplimiento de las políticas ambientales establecidas. Elaboración y proposición de políticas ambientales a nivel nacional. Coordinación de esfuerzos entre las distintas instituciones para el cuidado del Medio Ambiente.
  • 101. El hecho de que no tuviera un directivo con rango de ministro hacía que sus decisiones y pronunciamientos carecieran de fuerza obligatoria. Quedando su trabajo minimizado a estar a cargo de la administración del SEIA y a una función coordinadora sectorial. La CONAMA y el resto de la Institucionalidad no fue capaz de implantar una política ambiental nacional.
  • 102. • La institucionalidad establecida cumplió un rol netamente de coordinación entre los distintos Ministerios, aplicando solo políticas sectoriales. • No había una política central que permitiera un funcionamiento eficaz de la Institucionalidad Ambiental. Rol de coordinación sin poder central • La CONAMA y el resto de la Institucionalidad no fueron capaces de implantar una política ambiental nacional. • Su trabajo se minimizó a estar a cargo de la administración del SEIA y a una función coordinadora sectorial. Limitaciones de la CONAMA
  • 104. • Necesidad de un cambio en la Institucionalidad Ambiental chilena • Razones para la reforma de la Institucionalidad Ambiental • Problemas con la antigua Institucionalidad Ambiental • Necesidades planteadas para la nueva Institucionalidad Ambiental • Resultados del informe de la OCDE 2005 • Recomendaciones de la OCDE: Gestión Ambiental • Recomendaciones de la OCDE: Hacia el Desarrollo Sustentable • Recomendaciones de la OCDE: Integración de consideraciones ambientales y sociales • El camino hacia la reforma de la Institucionalidad Ambiental • Impacto de la Ley 20.417 en la protección del Medio Ambiente
  • 105. Superposición de competencias y necesidad de racionalizar las mismas Gestión ambiental desequilibrada basada en un uso excesivo de SEIA Carencia de políticas y normas Medio Ambientales
  • 106. Falta de apoyo a la gestión ambiental de carácter municipal. Gestión ambiental desequilibrada basada en un uso excesivo de SEIA. Carencia de políticas y normas Medio Ambientales en Chile. 02 03 01 05 06 04 Necesidad de racionalizar y definir las competencias medio ambientales. Ausencia de un órgano encargado de las políticas medio ambientales. Resultados del informe de la OCDE del 2005: Evaluación del desempeño ambiental de Chile.
  • 107. 1 2 3 4 Gestión ambiental desequilibrada basada en un uso excesivo de SEIA. Falta de apoyo a la gestión ambiental de carácter municipal. Carencia de políticas y normas Medio Ambientales en Chile. Superposición de competencias y falta de definición de las mismas.
  • 108. Se necesitaba un sistema de fiscalización eficiente y eficaz para garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales y la protección del medio ambiente. La creación de un Ministerio con fuerza para establecer y aplicar políticas medioambientales fue una necesidad imperante. La racionalización y definición de competencias medioambientales era esencial debido a la superposición de competencias que generaba problemas en la fiscalización y sanción de los mismos hechos por distintos servicios. La antigua Institucionalidad Ambiental carecía de un enfoque técnico en la evaluación de proyectos y actividades, lo que generaba falta de certeza jurídica y conflictos de intereses. La implementación de un Servicio de Evaluación Ambiental netamente técnico era esencial para el equilibrio entre desarrollo económico y sustentabilidad. La falta de apoyo a la gestión ambiental a nivel municipal era un punto débil que necesitaba ser abordado.
  • 109. ● El informe de la OCDE del año 2005 tuvo como objetivo evaluar el desempeño ambiental del país. ● Se tomó en cuenta el grado de cumplimiento de los objetivos nacionales y compromisos internacionales en el ámbito medio ambiental. ● Entre las recomendaciones más importantes se destacan aspectos como la gestión ambiental, el desarrollo sustentable y la integración de consideraciones ambientales y sociales. Evaluación del desempeño ambiental de Chile
  • 110. Ampliar y fortalecer considerablemente las instituciones ambientales a nivel nacional y regional, desarrollar y fortalecer los marcos normativos y buscar formas para el fortalecimiento de la capacidad de cumplimiento y fiscalización, a través de la creación de instituciones e instrumentos. Criticar el hecho de que hasta esa fecha se había puesto poco énfasis en la regulación e información y recomendar ampliar la información económica Medio Ambiental, como los análisis costo-beneficios de los proyectos y la legislación relacionada a la materia. Regulación e Información Análisis Económicos Fiscalización y Cumplimiento Buscar formas para el fortalecimiento de la capacidad de cumplimiento y fiscalización, a través de la creación de instituciones e instrumentos.
  • 111. La OCDE aconseja que Chile desarrollara los análisis económicos de las políticas relacionadas con el Medio Ambiente, incrementando tanto la información económica Medio Ambiental, como los análisis costo-beneficios de los proyectos y la legislación relacionada a la materia. Se recomienda ampliar y fortalecer considerablemente las instituciones ambientales a nivel nacional y regional, asimismo se deben buscar formas para el fortalecimiento de la capacidad de cumplimiento y fiscalizaci extbf{ó}n, a través de la creación de instituciones e instrumentos. Análisis Económicos Información Económica Medio Ambiental Legislación Relacionada La OCDE aconseja que Chile desarrolle los análisis económicos de las políticas relacionadas con el Medio Ambiente, incrementando tanto la información económica Medio Ambiental, como los análisis costo-beneficios de los proyectos y la legislación relacionada a la materia.
  • 112. La OCDE recomienda aumentar la producción de información ambiental y informes de situaciones del Medio Ambiente para fortalecer la toma de decisiones y la información pública. La OCDE señala la necesidad de mejorar la participación pública en procesos de evaluación del impacto ambiental, en políticas y programas públicos. Sobre la información ambiental Mejora de la participación pública Fortalecimiento de la educación y conciencia ambiental Se recomienda fortalecer la educación y conciencia ambiental con una estrategia de aprendizaje a largo plazo y un plan nacional de educación sobre la materia.
  • 113. • Carencia de políticas y normas Medio Ambientales. • Gestión ambiental desequilibrada • Fiscalización dispersa, inorgánica y carente de coordinación. Antes de la reforma • Creación del Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. • Equilibrio entre actividad económica y desarrollo sustentable. • Mayor eficiencia en la gestión y fiscalización ambiental. Después de la reforma
  • 114. Comparación de Cumplimiento de Objetivos Ambientales Impacto en la protección del Medio Ambiente • Mejora significativa en el cumplimiento de objetivos y compromisos ambientales a nivel nacional e internacional. • Fortalecimiento de las instituciones ambientales a través de la creación del Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. • Mayor regulación, información y fiscalización en asuntos ambientales, lo que ha conducido a una protección más efectiva del medio ambiente.
  • 116. • Inicio de la Reforma Ambiental • Elaboración del Proyecto • Ingreso del Proyecto al Congreso • Publicación de la Ley 20.417 • Compromisos del Ejecutivo • Tramitaci n del Proyecto de Ley • Audiencias de la Comisión • Aprobación en el Senado • Indicaciones de los Sectores • Acuerdo Político para Aprobación
  • 117. La Ley 20.173 crea el cargo de Ministro presidente de la CONAMA y establece la formulación de una propuesta de rediseño de la Institucionalidad Ambiental. El proceso culmina con la publicación de la Ley 20.417 en enero de 2010, que establece la nueva Institucionalidad Ambiental. La reforma ambiental se inicia en 2006 luego del informe de la OCDE. 3 2 1
  • 118. La elaboración del proyecto comenzó en el año 2007 después del informe de la OCDE. Se realizaron estudios, recopilación de antecedentes y reuniones con diversos actores. Hubo un periodo de participación ciudadana para recoger aportes y opiniones. El proyecto fue ingresado al Congreso en julio de 2008. Finalmente publicada la ley 20.417 el 26 de enero del año 2010. Inicio de la Elaboración Finalización y Publicación
  • 119. ● El proyecto fue ingresado al Congreso Nacional el 19 de julio de 2008. ● El proceso de ingreso al Congreso marcó una etapa crucial en la reforma, ya que fue el paso inicial para su consideración y debate. ● Tras su ingreso, el proyecto fue objeto de discusión y análisis por parte de los legisladores. Detalles del proceso legislativo
  • 120. Esta ley estableció importantes cambios y regulaciones en el marco ambiental de Chile. La publicación de esta ley marcó la culminación del proceso de reforma de la Institucionalidad Ambiental iniciado en 2006. La ley 20.417 fue finalmente publicada el 26 de enero del año 2010.
  • 121. • El ejecutivo se comprometió a presentar una serie de indicaciones sobre el proyecto de reforma. • Los compromisos incluían ajustes y mejoras al proyecto original. • Las indicaciones presentadas buscaban satisfacer las preocupaciones y necesidades de los sectores políticos y la ciudadanía. • Como parte de los compromisos, el Ejecutivo se comprometió a crear los Tribunales Ambientales. • Esto implicaba una reestructuración del sistema judicial para incluir instancias especializadas en asuntos ambientales. • Los Tribunales Ambientales serían una pieza clave en la nueva Institucionalidad Ambiental. Elaboración de indicaciones Creación de Tribunales Ambientales
  • 122. Acuerdo Pol tico para Aprobaci n El proyecto de ley fue discutido en una etapa prelegislativa con diputados pertenecientes a la Comisi n de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Bienes Nacionales, adem s de organizaciones no gubernamentales, centros de estudio y organizaciones gremiales de la industria. Discusi n Prelegislativa Aprobaci n por el Senado El Senado aprob en general el proyecto de ley en agosto del a o 2009, luego de recibir alrededor de 1.000 indicaciones de distintos sectores. Se lleg a un acuerdo pol tico entre los distintos sectores para proceder a la aprobaci n de la ley, luego de recibir las indicaciones de los sectores involucrados.
  • 123. ● El proyecto de ley fue discutido en audiencias por cinco meses en la Cámara de Diputados. ● Las discusiones incluyeron a diputados, organizaciones no gubernamentales, y centros de estudio. ● Se recibieron aportes y observaciones de diversos sectores, lo que finalmente condujo a un acuerdo político para su aprobación. Proceso de Audiencias y Discusión
  • 124. El proceso de aprobación en el Senado fue un paso crucial en la implementación de la nueva institucionalidad ambiental. Se recibieron alrededor de 1.000 indicaciones de los distintos sectores, lo que llevó a un acuerdo político para su aprobación. El Senado aprobó en general el proyecto de ley en agosto del año 2009.
  • 125. Las indicaciones presentadas por los sectores abordaban aspectos cruciales de la ley. Se recibieron alrededor de 1.000 indicaciones para modificar y mejorar el proyecto de ley. Las indicaciones se basaron en experiencias previas y en la identificación de posibles falencias en la ley. El volumen de indicaciones recibidas refleja el interés y la preocupación de los distintos sectores por el tema ambiental. A pesar de la cantidad de indicaciones, se logró un acuerdo político para proceder a la aprobación de la ley. El proceso de negociación y acuerdo entre los sectores políticos fue fundamental para avanzar en la reforma ambiental. Contenido de las Indicaciones Acuerdo Político
  • 126. El compromiso de los distintos sectores políticos demostró la importancia de la reforma en la Institucionalidad Ambiental. El acuerdo político fue crucial para superar los obstáculos y desacuerdos en la tramitación del proyecto. Después de recibir alrededor de 1.000 indicaciones de distintos sectores políticos, se logró un acuerdo para proceder a la aprobación del proyecto de ley.
  • 128. • Introducción a la Ley 20.417 • Objetivos del Ministerio del Medio Ambiente • Funciones del Ministerio del Medio Ambiente • Competencias del Ministerio del Medio Ambiente • Composición del Ministerio del Medio Ambiente • Caracter • cas de la Institucionalidad Ambiental • Desarrollo Sustentable y Políticas Públicas • Conservación de la Biodiversidad • Colaboración con Otros Ministerios • Educación Ambiental y Participación Ciudadana
  • 129. Los organismos creados por esta ley están jerarquizados en una estructura vertical y funcionalmente descentralizada, pasando de un modelo coordinador a uno centralizado con estas reformas. La ley establece el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. La ley 20.417 introdujo nuevas instituciones y un modelo de Institucionalidad Ambiental basado en la división de funciones y distribución de competencias. 1 2 3
  • 130. Colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas medio ambientales, contribuir en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos. Mejorar la calidad de vida de los habitantes y de las generaciones futuras a través de políticas públicas y regulaciones eficientes. Fomentar buenas prácticas y contribuir a la mejora de la educación ambiental de los chilenos. Objetivos Generales Objetivos Específicos Referencias Establecer un sistema de información pública sobre el cumplimiento y aplicación de la normativa ambiental vigente, el que deberá ser de libre acceso y disponible por medios electrónicos.
  • 131. Propone políticas y formula planes, programas y acciones para establecer criterios básicos y medidas preventivas dirigidas a la recuperación y conservación de los recursos naturales, flora y fauna, los hábitats, ecosistemas y espacios naturales. Debe velar por el cumplimiento de las convenciones sobre materia ambiental en que Chile sea parte e intervenir como parte en las situaciones en que lo amerite. Colabora con los demás Ministerios en la confección de criterios ambientales para ser aplicados en sus políticas, planes, evaluaciones ambientales y procesos de planificación, así como en sus servicios y relacionados. El Ministerio del Medio Ambiente tiene la responsabilidad de proponer políticas ambientales, programas, planes y normas, e informar periódicamente de sus avances y cumplimientos en materia medio ambiental. 3 2 1 4
  • 132. Colabora con los demás Ministerios en la confección de criterios ambientales para ser aplicados en sus políticas, planes, evaluaciones ambientales y procesos de planificación, así como en sus servicios y relacionados. Debe velar por el cumplimiento de las convenciones sobre materia ambiental en que Chile sea parte e intervenir como parte en las situaciones en que lo amerite. El Ministerio del Medio Ambiente tiene la competencia de proponer políticas ambientales, programas, planes y normas, e informar periódicamente de sus avances y cumplimientos en materia medioambiental. 02 03 01 05 06 04 Propone políticas y formula planes, programas y acciones para establecer criterios básicos y medidas preventivas dirigidas a la recuperación y conservación de los recursos naturales, flora y fauna, los hábitats, ecosistemas y espacios naturales. Establece un sistema de información pública sobre el cumplimiento y aplicación de la normativa ambiental vigente, el que deberá ser de libre acceso y disponible por medios electrónicos. Realiza y fomenta la capacitación de los funcionarios públicos en materia ambiental.
  • 133. ● El Ministerio está compuesto por el Ministro de Medio Ambiente, el Subsecretario, 6 divisiones, el Consejo Consultivo Nacional y los Consejos Consultivos Regionales. ● Se descentraliza a nivel regional en las Secretarias Regionales Ministeriales (SEREMIS). ● El Ministerio está regulado en el artículo 74 y siguientes de la ley 19.300 en cuanto a su organización interna. ● El Ministerio asume un carácter técnico en sus funciones y organización después de la reforma. Cargos y Divisiones Estructura Funcional
  • 134. Se ha producido un cambio de un modelo coordinador a uno centralizado, con reformas que han jerarquizado la estructura vertical. La estructura se ha descentralizado a nivel regional, lo que ha permitido una mayor acercamiento a la realidad ambiental de cada regi n. La Institucionalidad Ambiental post reforma asumi un car cter t cnico en sus rganos y una organizaci n interna especializada.
  • 135. ● El Ministerio tiene como objetivo alcanzar el desarrollo sustentable para el país, mejorando la calidad de vida de sus habitantes y de las generaciones futuras. ● Se enfoca en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas medioambientales para lograr sus objetivos. ● Sus acciones se sustentan en regulaciones eficientes, fomentando buenas prácticas y contribuyendo a mejorar la educación ambiental de los chilenos. Importancia del Ministerio del Medio Ambiente
  • 136. ● El Ministerio del Medio Ambiente tiene la responsabilidad de contribuir a la protección y conservación de la diversidad biológica y los recursos naturales renovables. ● Se deben establecer medidas preventivas dirigidas a la recuperación y conservación de los recursos naturales, flora y fauna, los hábitats y ecosistemas, en cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad. ● El Ministerio ejecuta programas de investigación y protección de la biodiversidad, con el objetivo de preservar las especies y sus hábitats. Importancia de la conservación de la biodiversidad
  • 137. El Ministerio del Medio Ambiente colabora con otros Ministerios en la creación de criterios ambientales. Estos criterios se aplican en políticas, planes, evaluaciones y procesos de planificación. El Ministerio puede establecer convenios con gobiernos regionales y municipalidades. Estos convenios se centran en la protección ambiental y el uso sostenible de recursos naturales. Lo que dice la ley Estructura para la colaboración
  • 138. ● El Ministerio del Medio Ambiente es fundamental en el diseño y la implementación de programas de educación ambiental para fomentar la conciencia y el cuidado del medio ambiente. ● Su rol en la promoción de la participación ciudadana es esencial para involucrar a la comunidad en la toma de decisiones ambientales y en la implementación de medidas de protección del entorno. ● A través de iniciativas de educación ambiental y participación ciudadana, el Ministerio fomenta el desarrollo de una cultura de respeto y sostenibilidad ambiental en el país. Importancia del Ministerio del Medio Ambiente
  • 140. • Visión General de la Institucionalidad Ambiental • Funciones y Competencias del Ministro del Medio Ambiente • Subsecretario del Medio Ambiente: Rol y Responsabilidades • Divisiones Internas del Ministerio • Descripción de las Divisiones del Ministerio • Consejo Consultivo Nacional • Composición del Consejo Consultivo Nacional • Funciones del Consejo Consultivo Nacional • Consejos Consultivos Regionales • Comparaci n: Consejo Consultivo Nacional vs Consejos Consultivos Regionales
  • 141. Descentralización a nivel regional en las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMIS) Organización interna del Ministerio según la ley 19.300. Características de la Institucionalidad Ambiental post reforma.
  • 142. Actúa como colaborador directo del Presidente en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental. Propone normas de su competencia y preside el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. El Ministro tiene a su cargo la dirección superior de las acciones del Ministerio de Medio Ambiente y ejecuta funciones establecidas en la ley. También preside el Consejo Consultivo del Ministerio y tiene la facultad de crear, presidir y coordinar comités y subcomités internos. Diseña y aplica políticas ambientales, informando periódicamente sobre sus avances y cumplimientos. Puede delegar funciones mediante resolución fundada.
  • 143. Seleccionar los proyectos o actividades que se financiaran con el fondo de protección Ambiental Coordinar la gestión del Ministerio con otros Subsecretarios de otros Ministerios Coordinar a las Secretarias Regionales Ministeriales del Medio Ambiente 02 03 01 05 06 04 Dictar directrices e instrucciones para la organización del Ministerio Ejercer la administración del Ministerio de Medio Ambiente Actuar como ministro de fe y subrogar al Ministro en su ausencia
  • 144. La División de Recursos Naturales y Biodiversidad se especializa en la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y la biodiversidad del país. La División de Educación, Participación y Gestión local se enfoca en el diseño e implementación de programas educativos, la promoción de la participación ciudadana y la gestión a nivel local de asuntos ambientales. La División de Información y Economía Ambiental se encarga de recopilar, analizar y difundir información sobre el medio ambiente y los recursos naturales, incluyendo aspectos económicos y de sostenibilidad. La División Jurídica se encarga de asesorar legalmente al Ministerio en asuntos relacionados con el derecho ambiental y otras regulaciones. La División de Administración y Finanzas se ocupa de la gestión administrativa y financiera del Ministerio, incluyendo la asignación de recursos para proyectos ambientales. La División de Calidad del Aire y Cambio Climático se encarga de monitorear y gestionar asuntos relacionados con la calidad del aire y el cambio climático a nivel nacional.
  • 145. Responsable de recopilar, analizar y difundir información ambiental y económica. Promueve el desarrollo sostenible a través de instrumentos económicos. Encargada de desarrollar programas de educación ambiental, fomentar la participación ciudadana y gestionar a nivel local iniciativas ambientales. Especializada en el control de la calidad del aire y la mitigación del cambio climático. Diseña estrategias y planes en este sentido. División de Información y Economía Ambiental División de Educación, Participación y Gestión Local División de Calidad del Aire y Cambio Climático Encargada de la gestión administrativa y financiera del Ministerio. Controla los recursos y presupuestos. División de Administración y Finanzas Responsable de la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y la biodiversidad. Diseña y ejecuta planes en esta área. División de Recursos Naturales y Biodiversidad Responsable de asesorar legalmente en asuntos ambientales. Diseña normativas y resoluciones legales. División Jurídica
  • 146. Sus funciones incluyen absolver consultas del Ministro de Medio Ambiente y el Consejo de Ministros Para la Sustentabilidad, y dar su opinión en relación a anteproyectos de ley y decretos supremos en temas ambientales. Está integrado por representantes del gobierno, mundo académico, científico, organizaciones no gubernamentales, mundo empresarial y trabajadores, así como un representante del Presidente de la República. El Consejo Consultivo Nacional está presidido por el Ministro del Medio Ambiente. Tienen la responsabilidad de pronunciarse sobre toda materia que sea de interés general medioambiental.
  • 147. 1 2 3 4 Está integrado por representantes del gobierno, mundo académico, científico, organizaciones no gubernamentales, mundo empresarial y trabajadores. Los miembros del consejo tienen un mandato de dos años, prorrogable por una sola vez. El Consejo Consultivo Nacional está presidido por el Ministro del Medio Ambiente. El Consejo tiene la función de absolver consultas del Ministro de Medio Ambiente y el Consejo de Ministros Para la Sustentabilidad, y dar su opinión en relación a anteproyectos de ley y decretos supremos.
  • 148. Opinar sobre planes de prevención y descontaminación, normas de emisión y sobre toda materia que sea de interés general medioambiental. Dar su opinión en relación a anteproyectos de ley y decretos supremos que fijen normas de calidad ambiental. Absolver consultas del Ministro de Medio Ambiente y el Consejo de Ministros Para la Sustentabilidad. Pronunciarse de oficio sobre asuntos relevantes para la protección del Medio Ambiente y la sustentabilidad.
  • 149. Están integrados por representantes de la sociedad civil, el mundo académico, el sector empresarial y otros actores relevantes en el ámbito ambiental. Su función es representar y canalizar los intereses y preocupaciones ambientales de cada región. Los Consejos Consultivos Regionales se mantienen como órganos de consulta a nivel regional en el Ministerio del Medio Ambiente. 02 03 01
  • 150. • Presidido por el Ministro del Medio Ambiente. • Integrado por representantes a nivel nacional, incluyendo acad micos, empresarios, trabajadores y ONGs ambientales. • Funciones: absolver consultas del Ministro, dar opini n sobre anteproyectos de ley, entre otros. Consejo Consultivo Nacional • Presentes a nivel regional en cada Secretaria Regional Ministerial (SEREMI). • Menos diversidad en comparaci n con el Consejo Consultivo Nacional. • Funciones: asesorar y consultor a en temas ambientales a nivel regional. Consejos Consultivos Regionales
  • 151. Nombrados por el Intendente a proposición del SEREMI, duran dos años en el cargo, renovables por una sola vez. Absuelven consultas del Intendente, Gobierno Regional y SEREMI del Medio Ambiente, y se pronuncian sobre temas ambientales de interés general. Un representante del Ministro del Medio Ambiente y un representante del Presidente de la República integran este consejo en cada región. 1 2 3
  • 152. ● Absolución de consultas por parte del Intendente, el Gobierno Regional y el SEREMI del Medio Ambiente. ● Facultad de pronunciarse de oficio sobre temas ambientales de interés general. ● Nombramiento por el Intendente a proposición del SEREMI, renovables por una sola vez. Función y Autoridad
  • 153. Las SEREMIS son dirigidas por un Secretario Regional Ministerial, elegido y dependen técnicamente y administrativamente del Ministerio del Medio Ambiente. Ejercen competencias en materia ambiental, informan sobre progresos en políticas ambientales, asesoran al Gobierno Regional y colaboran con municipios. Nombramiento y Dependencia Funciones Principales Estructura y Liderazgo Cada región tiene una SEREMI. La SEREMI se subdivide en unidades, cada una encargada de áreas específicas de gestión ambiental.
  • 154. Evolución del Cumplimiento de las Políticas Ambientales El Ministerio del Medio Ambiente ha logrado un progreso significativo en la implementación de sus políticas ambientales, con un enfoque especial en... (continúa en la próxima diapositiva)
  • 155. El asesoramiento en la incorporación de estos criterios ambientales es una de las funciones clave de las SEREMIS. Estos criterios ambientales deben considerarse para promover un desarrollo sostenible que proteja el medio ambiente. Las SEREMIS tienen la responsabilidad de asesorar al Gobierno Regional en la incorporación de criterios ambientales en la elaboración de planes y estrategias de Desarrollo Regional. Esta incorporación de criterios ambientales debe realizarse en todos los aspectos del desarrollo regional, asegurando un equilibrio entre crecimiento y protección ambiental.
  • 156. ● Las SEREMIS tienen la responsabilidad de asesorar a los municipios en la gestión ambiental y trabajar en estrecha colaboración con ellos. ● Su papel es crucial en la incorporación de los criterios ambientales en los planes y estrategias de desarrollo de los municipios. ● Las SEREMIS actúan como facilitadores en la implementación de prácticas y políticas ambientales en el ámbito municipal. ● A través de la colaboración con los municipios, las SEREMIS buscan promover un desarrollo sostenible y equilibrado a nivel local. Funciones de las SEREMIS
  • 157. La entidad está habilitada para coordinar eficazmente en asuntos ambientales, tanto a nivel público como privado, garantizando una protección efectiva del medio ambiente. El Ministro de Medio Ambiente ejerce un rol central como cabeza visible, encargado del diseño y ejecución de las políticas ambientales, demostrando un claro avance respecto a la antigua legislación. La organización interna del Ministerio de Medio Ambiente refleja una distribución de funciones a nivel técnico, con una clara jerarquía en el ejercicio de sus responsabilidades.
  • 158. • Creación de un Ministerio dedicado al Medio Ambiente con funciones claras y definidas. • Diseño e implementación de políticas ambientales efectivas. • Coordinación y desconcentración territorial a través de las SEREMIS. • Antes de la reforma de la ley 20.417, no había un órgano encargado de diseñar y ejecutar políticas ambientales de forma efectiva. • Falta de coordinación y fuerza para obligar a nivel ambiental antes de la creación del Ministerio. • Desafíos en la eficacia y eficiencia de la protección del Medio Ambiente. Avances Desafíos + ×
  • 160. • Introducción al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad • Composición del Consejo • Funcionamiento del Consejo • Importancia del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad • Responsabilidades del Consejo • Propuestas para el Presidente • Áreas protegidas del Estado • Participación ciudadana • Actos administrativos y propuestas al Presidente • Impacto ambiental y evaluación • Cambio Climático • Políticas y regulaciones para la sustentabilidad • Responsabilidad del Estado • Retos y oportunidades • Casos de estudio • Conclusiones • Preguntas y respuestas • Recursos adicionales • Contacto • Créditos
  • 161. Detalle sobre la composición, funciones y competencias del Consejo. Mención de la base legal que lo sustenta, la ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Breve explicación del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad como órgano de deliberación de la política pública y regulación en materia ambiental.
  • 162. Incluye Ministros de Agricultura, Hacienda, Salud, Economía, Fomento y Reconstrucción, Energía, Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo, Transportes y Telecomunicaciones, Minería y Planificación. Compuesto por 11 ministros en total Presidido por el Ministro de Medio Ambiente Competencias y tareas específicas definidas por ley Acuerdos por mayoría absoluta Sesión mínima de dos veces al año
  • 163. Está presidido por el Ministro de Medio Ambiente y compuesto por 11 ministros, y sus acuerdos se adoptan por mayoría absoluta de sus asistentes. En caso de empate en la toma de acuerdos, decide el Ministro presidente o quien lo esté sustituyendo. El Consejo se reúne un mínimo de dos veces al año, convocado por su presidente, para discutir y tomar decisiones sobre políticas y normas en materia ambiental. 3 2 1
  • 164. Las decisiones del Consejo incidirán en toda la Administración Pública y afectarán a la población en general en sus distintas actividades. Permite a las autoridades encargadas tener un espacio para la discusión y toma de acuerdos en torno a decisiones sobre políticas y normas en materia ambiental. El tema de la protección del Medio Ambiente es de carácter trasversal y de suma importancia para las distintas áreas del país.
  • 165. El Consejo es responsable de pronunciarse acerca de los criterios y mecanismos de participación ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental. También debe proponer criterios de sustentabilidad para ser incorporados en la elaboración de políticas y procesos de planificación de los Ministerios y sus servicios dependientes. El Consejo tiene la responsabilidad de proponer al Presidente de la República las políticas para el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales renovables. Además, debe impulsar políticas y regulaciones basadas en la sustentabilidad y la responsabilidad del Estado para hacerse cargo de los efectos del cambio climático.
  • 166. Proponer la creación de áreas protegidas del Estado y las políticas sectoriales que deben ser sometidas a evaluación ambiental estratégica. Criterios de sustentabilidad para ser incorporados en la elaboración de políticas y procesos de planificación de los Ministerios y sus servicios dependientes. Proponer al Presidente la República las políticas para el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales renovables.
  • 167. ● El Consejo propone la creación de áreas protegidas del Estado. ● Estas 'areas deben estar' estratégicamente seleccionadas para conservar la diversidad biológica y garantizar el `sustento de las comunidades aledañas. ● Se deben establecer políticas claras para regular el uso sostenible de los recursos naturales en estas áreas protegidas. ● El Consejo es responsable de proponer estas iniciativas al Presidente de la República. ● Además, deben elaborar los lineamientos generales para la creación de estas áreas protegidas. ● Estas propuestas deben estar basadas en evaluaciones ambientales integrales y criterios de sustentabilidad. Lo propuesto Responsabilidad del Consejo
  • 168. • La ciudadanía tiene derecho a participar en las Declaraciones de Impacto Ambiental según lo establecido en la ley. • El Consejo establece los criterios y mecanismos para la participación ciudadana en los procesos de evaluación ambiental. • La participación ciudadana es un requisito esencial para la aprobación de proyectos que afecten el medio ambiente. Requisitos de participación • El Estado es responsable de garantizar la participación activa de la ciudadanía en los procesos de toma de decisiones ambientales. • El Consejo se encarga de establecer los mecanismos adecuados para la participación ciudadana en los procesos de evaluación ambiental. • El Estado debe asegurar que la ciudadanía esté informada y tenga acceso a los procesos de toma de decisiones que afecten su entorno. Responsabilidad del Estado
  • 169. Se encarga de proponer al Presidente la creación de áreas protegidas del Estado y las políticas sectoriales que deben ser sometidas a evaluación ambiental estratégica. Tiene la competencia de proponer al Presidente la República las políticas para el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales renovables. El Consejo tiene la responsabilidad de pronunciarse acerca de los proyectos de ley y actos administrativos que afecten a las funciones del Ministerio de Medio Ambiente. 3 2 1
  • 170. También está facultado para proponer políticas sectoriales que deben ser sometidas a evaluación ambiental estratégica. Su trabajo incluye el análisis y pronunciamiento sobre proyectos que afecten las funciones del Ministerio establecidas en la ley de Bases Generales del Medio Ambiente. El Consejo tiene la competencia de pronunciarse acerca de los criterios y mecanismos para la participación ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental. 3 2 1
  • 171. El cambio climático es reconocido como un desafío crucial, y el Consejo ha asumido el compromiso de trabajar en el impacto ambiental y social de este fenómeno. El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad está facultado para proponer al Presidente de la República políticas de manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, considerando el cambio climático. Desde el 2014, una de las principales tareas del Consejo es impulsar políticas y regulaciones basadas en la sustentabilidad y la responsabilidad del Estado para hacerse cargo de los efectos del cambio climático.
  • 172. Las regulaciones deben abordar los efectos del cambio climático y promover la responsabilidad del Estado en este ámbito. Estas políticas deben incorporar criterios de sustentabilidad en la planificación de los Ministerios y afectar a toda la Administración Pública. El Consejo tiene la responsabilidad de proponer políticas y regulaciones que promuevan la sustentabilidad y el manejo responsable de los recursos naturales renovables.
  • 173. El Estado debe hacerse cargo de los efectos del cambio climático, por lo que el Consejo debe impulsar políticas y regulaciones para dichos fines. Estas propuestas deben incorporar criterios de sustentabilidad en la planificación de los Ministerios y sus servicios dependientes, impactando en la administración pública y la población en general. El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad tiene la responsabilidad de proponer al Presidente de la República políticas y regulaciones basadas en la sustentabilidad y la responsabilidad del Estado para el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales renovables.
  • 174. Promover la sostenibilidad y la responsabilidad del Estado en el manejo de los efectos del cambio climático, plantea un reto y una oportunidad para el Consejo. La identificación y manejo eficiente de los impactos ambientales derivados de las actividades productivas es una oportunidad de mejora. El Consejo enfrenta el reto de balancear el desarrollo económico del país con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales.
  • 175. ● Ejemplo 1: Implementación de políticas de manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, con impacto positivo en la conservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible. ● Ejemplo 2: Creación de áreas protegidas del Estado, preservando zonas de importancia ambiental y fomentando la biodiversidad. ● Ejemplo 3: Mejora en los mecanismos de participación ciudadana en evaluaciones de impacto ambiental, garantizando una mayor transparencia y inclusión en las decisiones ambientales. ● Ejemplo 4: Impulso de políticas y regulaciones para la sustentabilidad, con enfoque en la responsabilidad del Estado en el manejo de efectos del cambio climático. ● Ejemplo 5: Caso específico de una decisión o acción tomada en base a los acuerdos del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Ejemplos de decisiones o acciones basadas en los acuerdos del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad
  • 177. • Superintendencia del Medio Ambiente • Historia y Origen de la Superintendencia del Medio Ambiente • Funciones y Atribuciones de la Superintendencia del Medio Ambiente • Seguimiento y fiscalización de la normativa ambiental • La ley 19.300 y su impacto en el Medio Ambiente • Roles de las municipalidades en la normativa ambiental • Acciones de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente • Métodos de inspección, verificación y mediciones • Efectos de la no conformidad con las normas ambientales • Influencia de la Superintendencia en el Servicio de Evaluación Ambiental • Poderes de la Superintendencia • Colaboraci?n con otros organismos de fiscalizaci?n ambiental • Procedimiento administrativo de fiscalización • Principios de la fiscalización • Impacto de los instrumentos de gestión ambiental • Eficacia y eficiencia en la fiscalización • Flexibilidad en la fiscalización • Circunstancias especiales durante la fiscalización • Retos y oportunidades de la Superintendencia del Medio Ambiente • Conclusiones y futuras direcciones para la Superintendencia
  • 178. Tiene la atribución de suspender autorizaciones de funcionamiento, solicitar el sometimiento a evaluación ambiental y dictar instrucciones de carácter general en el ámbito de su competencia. Está facultada para hacer seguimiento y fiscalización del cumplimiento de las normas e instrumentos de gestión ambiental, y tiene la potestad de sancionar en caso de incumplimiento. La Superintendencia del Medio Ambiente es un servicio público descentralizado con autonomía y personalidad jurídica, cuya misión es proteger el medio ambiente y la salud de las personas.
  • 179. Antes de su reforma, la CONAMA era la Institución Ambiental encargada de regular la materia, pero no lograba hacerlo de forma eficiente. Esta Superintendencia es una respuesta a la problemática surgida durante la vigencia de la ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. La Superintendencia del Medio Ambiente es un servicio público funcionalmente descentralizado, de naturaleza autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, tiene su domicilio en la ciudad de Santiago. La misión que le ha entregado el Estado a la Superintendencia, es la de proteger el Medio Ambiente y la salud de las personas, asegurando el cumplimiento de la normativa ambiental, tratando de construir un país responsable con su Medio Ambiente.
  • 180. La Superintendencia puede recibir denuncias de ciudadanos por el incumplimiento de las normas ambientales y está facultada para suspender autorizaciones de funcionamiento y solicitar el sometimiento al Servicio de Evaluación Ambiental en caso de incumplimiento. Tiene la atribución de fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas y condiciones sobre la base de las cuales se han aprobado o aceptado los Estudios y Declaraciones de Impacto Ambiental, así como de las medidas e Instrumentos que establezcan los Planes de Prevención y de Descontaminación. La principal función de la Superintendencia del Medio Ambiente es hacer el seguimiento y fiscalización del cumplimiento de las normas e instrumentos de gestión ambiental y sancionar en caso de incumplimiento. También debe velar por el cumplimiento de las medidas e instrumentos que se encuentran en los planes de prevención y descontaminación ambiental, en las normas de calidad y emisión, sobre la base de inspecciones, controles, mediciones y análisis. La Superintendencia tiene la atribución de fiscalizar el cumplimiento de las normas de calidad ambiental y de emisión, así como de los planes de manejo establecidos en la ley, cuando correspondan. Además de las funciones de seguimiento y fiscalización, la Superintendencia del Medio Ambiente debe colaborar con otros organismos de fiscalización en materia ambiental y dictar instrucciones de carácter general en su ámbito de competencia.
  • 181. Su labor de fiscalización abarca el control permanente del cumplimiento de las normas y condiciones ambientales establecidas, utilizando inspecciones, controles y análisis. Está facultada para sancionar en caso de incumplimiento de la normativa ambiental establecida. La Superintendencia del Medio Ambiente tiene la responsabilidad de realizar seguimiento y fiscalización del cumplimiento de las normas e instrumentos de gestión ambiental. La fiscalización incluye el seguimiento de los planes de prevención y descontaminación ambiental, así como de las medidas de control de la calidad ambiental y de emisión.
  • 182. La ley 19.300 generó problemas al no regular eficientemente la gestión ambiental. La CONAMA, encargada de la regulación, enfrentaba limitaciones. La ley 19.300 dio origen a la Superintendencia del Medio Ambiente como respuesta a la ineficiencia en la regulación ambiental. Antecedentes y problemática Creación de la Superintendencia Rol de la Superintendencia del Medio Ambiente La Superintendencia del Medio Ambiente tiene la responsabilidad de fiscalizar y sancionar el incumplimiento de las normas e instrumentos de gestión ambiental.
  • 183. Recepción de denuncias por incumplimiento de normas ambientales. Establecimiento de planes y programas de gestión ambiental. Cooperación con la Superintendencia del Medio Ambiente para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental. Mayor poder sancionador en casos de incumplimiento. Ampliación de las responsabilidades en la fiscalización del cumplimiento de normas ambientales. Mayor autonomía en la toma de decisiones ambientales. Responsabilidades Actuales Cambios bajo la Nueva Ley
  • 184. La Superintendencia puede suspender autorizaciones de funcionamiento y solicitar el sometimiento a evaluación ambiental de proyectos no regulados. Se encarga de fiscalizar el cumplimiento de los planes de prevención y descontaminación ambiental, así como de las normas de calidad y emisión. La Superintendencia realiza inspecciones, controles y análisis para asegurar el cumplimiento de las normas y condiciones ambientales. También tiene la facultad de dictar instrucciones de carácter general y colaborar con otros organismos de fiscalización en materia ambiental.
  • 185. 1 2 3 Se realizan mediciones y verificaciones periódicas para asegurar el cumplimiento de los instrumentos de gestión ambiental. Se pueden contratar terceros idóneos para realizar inspecciones y mediciones, garantizando la imparcialidad y la certificación adecuada. La Superintendencia utiliza inspecciones, controles y análisis como métodos para verificar el cumplimiento de las normas ambientales. 1 2 3
  • 186. • Sanciones y multas por incumplimiento de la normativa ambiental. • Suspensión de autorizaciones o permisos previamente otorgados. Efectos Legales • Daños reales al medio ambiente y a la salud de las personas. • Pérdida de biodiversidad, contaminación, etc. Impacto en el Medio Ambiente y la Salud