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Publicación de Lunes a Viernes, excepto festivos Nº de Reg. 1567/76 - Dep. Legal H-1-1958
Edita: Excma. Diputación Provincial
Administración: Diputación de Huelva. Avda, Martín Alonso Pinzón, 9 21003 Huelva.
Información al público de 9 a 13h. Tlf. 959 49 47 04 - Fax: 959 494 700
Edición digital: www.diphuelva.es
TARIFA VIGENTE PUBLICADA EN EL B.O.P.
“ LOS ANUNCIOS QUE HAYAN DE INSERTARSE EN ESTE B.O.P. DE HUELVA SE DIRIGIRÁN AL ILTMO. SR. PRESIDEN-
TE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL A TRAVÉS DEL REGISTRO GENERAL DE LA CORPORACIÓN, DEBIENDO
ACOMPAÑARSE DE RESGUARDO DE ABONO DE LA CORRESPONDIENTE TASA OBTENIDA MEDIANTE AUTOLIQUIDACIÓN
PROVINCIAL O INDICANDO LA DISPOSICIÓN CON RANGO DE LEY QUE LE EXIMA”
ADMINISTRACIÓN LOCAL
– Excma. Diputación Provincial de Huelva
Formalización de contratos durante el mes de octubre de 2015. 9099
– Excmo. Ayuntamiento Provincial de Huelva
Aprob. inicial del expte. de modificaciones presupuestarias nº 26/2015.. 9099
– Ayuntamiento de El Campillo
Resolución de delegación de competencia en Concejal para
celebración de matrimonio civil ...................................................... 9100
Información pública de expte. para investigación de titularidad
de inmueble...................................................................................... 9100
– Ayuntamiento de Cartaya
Aprob. de Bases para cubrir mediante oposición la provisión
con carácter interino del puesto de Interventor............................. 9100
– Ayuntamiento de Lucena del Puerto
Aprob. definitiva de las NN.SS. de Planeamiento......................... 9106
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
– Autoridad Portuaria de Huelva
Notificación ...................................................................................... 9168
OTROS ORGANISMOS
– Comunidad de Regantes El Fresno Guadalquivir
Información pública de proyectos de Estatutos u Ordenanzas
y Reglamentos de la Comunidad de Regantes............................. 9168
Jueves, 12 de Noviembre de 2015 Número 218
9100 12 de Noviembre de 2015 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218
AYUNTAMIENTOS
CARTAYA
ANUNCIO
La Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 19/10/2015, aprobó las siguientes bases:
BASES PARA CUBRIR MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LA PROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DEL
PUESTO DE INTERVENTOR VACANTE EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAYA.
Estando vacante el puesto de Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya, cuya cobertura resulta necesaria y
urgente, y que no ha sido posible proveerla por Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional por los procedimientos
de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios, es por lo que se precisa cubrir dicho puesto con carácter
interino, al amparo de lo dispuesto en el artículo 92.bis apartado 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de
la Administración Local, en concordancia con el artículo 34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de
puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 12 de Noviembre de 2015 9101
Primera. Objeto de la Convocatoria
Constituye el objeto de las presentes bases la provisión con carácter interino, del puesto de Interventor del Excmo.
Ayuntamiento de Cartaya, reservado a Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional, perteneciente a la Subescala
Intervención-Tesorería, categoría de entrada, calificada como Grupo A, Subgrupo A1, dotado con el sueldo correspondiente a la
clasificación de la plaza, nivel de Complemento de Destino y Complemento Específico anual retribuida según lo previsto en el
vigente presupuesto, hasta su cobertura por un funcionario de Administración Local con habilitación, cese o revocación en los
casos y formas previstos en el artículo 37.1 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.
Segunda. Requisitos que Deben Reunir los Aspirantes
Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en el que finalice el plazo
de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:
1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el
que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Tener cumplidos 18 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o cualquiera de las Administraciones Públicas o
de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado.
5. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que
termine el plazo de presentación de solicitudes:
• Licenciado en Economía
• Licenciado en Administración y Dirección de Empresas
• Licenciado en Derecho
• Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras
• Título de Grado equivalente
6. Haber abonado la correspondiente tasa por participación en procesos de selección de personal, a la que hace referencia
el apartado siguiente.
El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación
de instancias.
Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se esta-
blezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las
tareas o funciones correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal
adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades,
previa acreditación de estar en posesión de certificado de minusvalía donde como mínimo se reconozca un 33%.
Los aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 45,00 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la
presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.
La tasa indicada deberá liquidarse mediante abono en el siguiente número de cuenta:
ES71 2100 2701 1202 01002570
Cada solicitante deberá presentar, junto a su solicitud de participación (Anexo I), la acreditación del pago de la tasa,
mediante fotocopia compulsada u original del documento justificativo de haber realizado el abono.
Para su adecuada utilización el solicitante deberá comprobar que en el resguardo del ingreso queda reflejado: nombre y
apellidos del solicitante y, como concepto, convocatoria proceso selectivo Interventor Interino Cartaya.
La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión definitiva del/la solicitante. La exclusión definitiva
del proceso selectivo o la no presentación o realización de los ejercicios, no dará lugar a la devolución de la tasa abonada.
Tercera. Solicitudes, Documentación y Plazos
Quienes deseen tomar parte de las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia
conforme al modelo impreso establecido por el Ayuntamiento que podrá obtenerse en el Anexo I de las presentes bases que
se publicarán en la web municipal www.ayto-cartaya.es, o en el Excmo. Ayuntamiento.
Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya, se presentarán en el registro
general del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez días
naturales, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva. En el
caso de que las solicitudes de presenten en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, será requisito imprescin-
9102 12 de Noviembre de 2015 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218
dible para la admisión de las que se reciban finalizado el plazo señalado, que en anterioridad a la terminación de dicho plazo
se haya anunciado la presentación de la solicitud mediante fax (959 390220)
A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título académico acreditativo
del requisito del apartado 5 de la segunda de estas bases, fotocopia compulsada u original del documento justificativo de haber
realizado el abono a que se refiere el apartado 6 de la base segunda, así como manifestación de reunir todos y cada uno de
los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación
de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier mo-
mento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.
Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia, la relación de méritos que deban ser valorados, no valorándose
aquellos otros méritos que no se acrediten debidamente. Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias para tomar
parte en el proceso selectivo, no será admitido documento alguno justificativo de méritos.
El presentar instancia solicitando tomar parte en este proceso selectivo constituye sometimiento expreso de los aspirantes
a las bases de la convocatoria, que tienen consideración de ley reguladora de la misma.
Cuarta. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde dictará resolución, declarando aprobada la relación provisional
de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se hará pública en el Tablón de Edictos y
página web y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos y excluidos, con sus correspondientes DNI e identificación
de las causas de exclusión, concediéndose un plazo de diez días naturales para subsanación, contados a partir del siguiente
a la publicación de la resolución.
Finalizado el plazo de subsanación, el Alcalde dictará resolución aprobando la relación definitiva de admitidos y excluidos,
que se hará pública en el Tablón de Edictos y en la página Web del Ayuntamiento. En dicha Resolución se procederá a la
designación de los miembros del Tribunal, así como de la fecha de comienzo de las pruebas.
Quinta. Tribunal Calificador
La composición del Tribunal Calificador será de cinco miembros titulares e igual número de suplentes.
El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
• Presidente y cuatro vocales, con sus suplentes:
• Presidente y 4 vocales funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, subescala de
Intervención-Tesorería o de Secretaria-Intervención.
• Secretario, el de la Corporación, con voz y sin voto, suplente, funcionario del Ayuntamiento de Cartaya.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes,
indistintamente, debiendo concurrir en todo caso el Presidente y el Secretario, sean titulares o suplentes. En cada sesión del
Tribunal podrán participar los miembros titulares presentes en el momento de su constitución, y si están ausentes, los suplentes,
sin que puedan sustituirse entre sí en la misma sesión. Si constituido el Tribunal e iniciada la sesión se ausenta el Presidente,
éste designará, de entre los vocales concurrentes, el que le sustituirá durante su ausencia.
Los miembros del Tribunal Calificador actuarán bajo los principios de independencia y discrecionalidad técnica y, serán
personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la Convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos
para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Todos los miembros del Tribunal actuarán
con voz y voto, a excepción del Secretario, con voz y sin voto.
Previa convocatoria del Presidente, el Tribunal Calificador celebrará su sesión de constitución antes de proceder al inicio
de las pruebas selectivas, debiendo acordar todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso
selectivo.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el
voto del que actúe como Presidente. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan surgir en la aplicación de
las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas y velar por el exacto cumplimiento de las bases.
Los miembros del Tribunal Calificador percibirán las indemnizaciones que procedan conforme a lo dispuesto en el Anexo
IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre la indemnización por razón de servicio. A estos efectos el Tribunal queda
clasificado en la categoría primera.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificando a la Alcaldía, cuando concurra en ellos alguna de
las circunstancias previstas en el artículo 28 LRJPAC. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales
cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 de la mencionada norma.
Sexta. Sistema Selectivo
El procedimiento de selección será el Concurso-Oposición, considerando las funciones reservadas propias del puesto de
trabajo, que conllevan la idoneidad del estudio específico de las materias y funciones a desempeñar, mediante criterios objetivos
a través de la fase de concurso, con la valoración de méritos que acrediten dichos conocimientos.
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 12 de Noviembre de 2015 9103
6.1.-FASE DE CONCURSO (NO ELIMINATORIO): MÁXIMO 10 PUNTOS
Los méritos a tener en cuenta así como su valoración serán los siguientes, siendo la calificación final el resultado
de la suma de los puntos obtenidos en todos los apartados.
A) TITULACIÓN
• Formación de PostGrado, título de doctorado, master experto o universitario: 2,50 puntos
• Licenciatura en Económicas o en Administración y Dirección de Empresas: 1 punto
• Licenciatura en Derecho: 1 punto
• Licenciatura en Ciencias Actuariales y Financieras o título de grado equivalente: 1 punto
B) CURSOS
Por cada curso, jornada o seminario realizado sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir,
siempre que el curso haya sido impartido, organizado u homologado por cualquier Administración Pública o por
una entidad privada de reconocida solvencia, según la siguiente tabla, hasta un máximo de 3 puntos:
• De 20 a 30 horas, 0,25 punto cada uno.
• De 31 a 50 horas, 0,50 puntos cada uno.
• De 51 a 80 horas, 0,75 puntos cada uno
• Más de 80 horas, 1 punto cada uno.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.
Para acreditarlos se deberá aportar certificación original del Centro o fotocopia compulsada por órgano competente
de los títulos o diplomas.
C) EXPERIENCIA
Por experiencia profesional desarrollada en el Sector Público Local, hasta un máximo 3,5 puntos:
• Experiencia profesional en entidades del Sector Público Local, en puestos de trabajo reservados al grupo A,
subgrupo A1 o grupo equivalente para el personal laboral realizado funciones relacionadas con la gestión
económica: 0,05 puntos por mes.
Para acreditar la experiencia profesional se aportará certificación expedida por el órgano competente de la Ad-
ministración en donde se haya desempeñado el trabajo, donde se especifique el nombre, grupo de adscripción
y funciones de la plaza, así como periodo de cobertura.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de
instancias.
6.2.-FASE DE OPOSICION: MÁXIMO 10 PUNTOS
Consistirá en la realización de una prueba práctica, relacionada con las funciones propias del puesto a cubrir,
propuesta por el Tribunal, que se puntuará de 0 a 10 puntos, valoración que se sumará a la obtenida en la Fase de
Concurso. Se podrán utilizar textos legales sin comentar en soporte papel.
Los opositores comparecerán provistos del DNI, cuya presentación podrá ser exigida por el Tribunal, incluso durante
el desarrollo de la prueba. Serán excluidos quienes, siendo requeridos para su aportación, carezcan de dicho documento.
El Tribunal actuará con facultad para resolver las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos
que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.
6.3.-ENTREVISTA: MÁXIMO 5 PUNTOS
En la entrevista personal el Tribunal apreciará la adecuación y habilidades del aspirante al puesto de trabajo a
cumplir pudiendo realizar cuantas preguntas considere oportunas relacionadas con el supuesto práctico y con las tareas
del puesto. Se valorará con un máximo de 5 puntos.
La puntuación total será la obtenida de la suma de las puntuaciones de cada una de las pruebas.
9104 12 de Noviembre de 2015 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218
Séptima. Selección de Candidatos y Propuesta de Nombramiento
Concluido el procedimiento selectivo se hará público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página
web municipal la relación de aspirantes por orden decreciente de puntuación.
El Tribunal de selección, tras calificar a los aspirantes, propondrá a la Corporación el candidato seleccionado.
Octava. Presentación de Documentos y Toma de Posesión
El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, dentro del plazo de cinco días hábiles
desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en esta convocatoria que queden por acreditar, que son:
• Declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, y de no
haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni ha-
llarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
• Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la
función.
Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que cons-
tituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos quedarán
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la
instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de nombramiento a favor del siguiente
aspirante, según el orden de puntuación.
Presentada por el aspirante la documentación a que se refiere la base anterior, el Presidente de la Corporación
remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo a la Dirección General competente en materia de ré-
gimen local, que resolverá definitivamente. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de cinco días, a
partir del siguiente a la notificación del nombramiento.
Si no compareciera a tomar posesión en la fecha señalada, salvo los casos de fuerza mayor acreditada, quedará
sin efecto el nombramiento, decayendo en todos sus derechos, por lo que se procederá a efectuar propuesta de nom-
bramiento al aspirante que le hubiera seguido en puntuación.
Novena. Bolsa de Trabajo
Por razones de economía y eficiencia, el presente proceso selectivo también servirá para configurar una bolsa
de trabajo con el resto de personas aspirantes, no propuestas para ocupar la plaza, ordenadas según la clasificación
definitiva elaborada por el Tribunal Calificador, para el llamamiento y nombramiento, en su caso, de funcionarios interinos
de la plaza de Intervención, cuando ésta se halle vacante y sin necesidad de convocar un nuevo proceso selectivo.
Décima. Incidencias
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomas los acuerdos necesarios para el
buen orden del concurso, rigiendo, en lo no previsto en las bases, la legislación vigente sobre la materia.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados
recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada o, a su elección, el que corresponda a su domici-
lio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real
Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Re-
glamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y la Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Lo que se hace público para general conocimiento de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 55.2.a) de la Ley
7/2007, de 12 de abril.
En Cartaya (Huelva), a 6 de Noviembre de 2015
El Alcalde.
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 12 de Noviembre de 2015 9105
ANEXO I
SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DEL
PUESTO DE INTERVENTOR DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAYA.
Denominación: Interventor Clase: Entrada
Escala: Habilitación de carácter Nacional
Subescala: Intervención---Tesorería
Titulación exigida y que presenta:
Licenciado en Derecho
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas
Licenciado en Economía
Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o título
de grado correspondiente.
Publicación en el BOP Fecha:
Número:
DATOS DEL ASPIRANTE
Apellidos y nombre DNI
Domicilio a efecto de notificaciones
Código Postal Municipio Provincia Teléfono
DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA:
1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
2. Fotocopia compulsada de la titulación acreditativa del requisito del apartado 5 de la base Segunda.
3. Fotocopia compulsada u original del documento justificativo de haber realizado el abono a que se refiere el
apartado 6 de la base Segunda.
4. Manifestación de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda.
5. Méritos de la Fase de Concurso
SOLICITA:
Ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, declarando que son ciertos los datos
consignados en ella y que reúne todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base Segunda de la
convocatoria, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, comprometiéndose a
su acreditación.
LUGAR Y FECHA FIRMA
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAYA

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Puesto de interventor vacante en el ayuntamiento de Cartaya

  • 1. Publicación de Lunes a Viernes, excepto festivos Nº de Reg. 1567/76 - Dep. Legal H-1-1958 Edita: Excma. Diputación Provincial Administración: Diputación de Huelva. Avda, Martín Alonso Pinzón, 9 21003 Huelva. Información al público de 9 a 13h. Tlf. 959 49 47 04 - Fax: 959 494 700 Edición digital: www.diphuelva.es TARIFA VIGENTE PUBLICADA EN EL B.O.P. “ LOS ANUNCIOS QUE HAYAN DE INSERTARSE EN ESTE B.O.P. DE HUELVA SE DIRIGIRÁN AL ILTMO. SR. PRESIDEN- TE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL A TRAVÉS DEL REGISTRO GENERAL DE LA CORPORACIÓN, DEBIENDO ACOMPAÑARSE DE RESGUARDO DE ABONO DE LA CORRESPONDIENTE TASA OBTENIDA MEDIANTE AUTOLIQUIDACIÓN PROVINCIAL O INDICANDO LA DISPOSICIÓN CON RANGO DE LEY QUE LE EXIMA” ADMINISTRACIÓN LOCAL – Excma. Diputación Provincial de Huelva Formalización de contratos durante el mes de octubre de 2015. 9099 – Excmo. Ayuntamiento Provincial de Huelva Aprob. inicial del expte. de modificaciones presupuestarias nº 26/2015.. 9099 – Ayuntamiento de El Campillo Resolución de delegación de competencia en Concejal para celebración de matrimonio civil ...................................................... 9100 Información pública de expte. para investigación de titularidad de inmueble...................................................................................... 9100 – Ayuntamiento de Cartaya Aprob. de Bases para cubrir mediante oposición la provisión con carácter interino del puesto de Interventor............................. 9100 – Ayuntamiento de Lucena del Puerto Aprob. definitiva de las NN.SS. de Planeamiento......................... 9106 ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO – Autoridad Portuaria de Huelva Notificación ...................................................................................... 9168 OTROS ORGANISMOS – Comunidad de Regantes El Fresno Guadalquivir Información pública de proyectos de Estatutos u Ordenanzas y Reglamentos de la Comunidad de Regantes............................. 9168 Jueves, 12 de Noviembre de 2015 Número 218
  • 2. 9100 12 de Noviembre de 2015 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 AYUNTAMIENTOS CARTAYA ANUNCIO La Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 19/10/2015, aprobó las siguientes bases: BASES PARA CUBRIR MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LA PROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE INTERVENTOR VACANTE EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAYA. Estando vacante el puesto de Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya, cuya cobertura resulta necesaria y urgente, y que no ha sido posible proveerla por Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios, es por lo que se precisa cubrir dicho puesto con carácter interino, al amparo de lo dispuesto en el artículo 92.bis apartado 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en concordancia con el artículo 34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
  • 3. BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 12 de Noviembre de 2015 9101 Primera. Objeto de la Convocatoria Constituye el objeto de las presentes bases la provisión con carácter interino, del puesto de Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya, reservado a Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional, perteneciente a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada, calificada como Grupo A, Subgrupo A1, dotado con el sueldo correspondiente a la clasificación de la plaza, nivel de Complemento de Destino y Complemento Específico anual retribuida según lo previsto en el vigente presupuesto, hasta su cobertura por un funcionario de Administración Local con habilitación, cese o revocación en los casos y formas previstos en el artículo 37.1 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio. Segunda. Requisitos que Deben Reunir los Aspirantes Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos: 1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público. 2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 3. Tener cumplidos 18 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. 5. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: • Licenciado en Economía • Licenciado en Administración y Dirección de Empresas • Licenciado en Derecho • Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras • Título de Grado equivalente 6. Haber abonado la correspondiente tasa por participación en procesos de selección de personal, a la que hace referencia el apartado siguiente. El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias. Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se esta- blezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades, previa acreditación de estar en posesión de certificado de minusvalía donde como mínimo se reconozca un 33%. Los aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 45,00 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. La tasa indicada deberá liquidarse mediante abono en el siguiente número de cuenta: ES71 2100 2701 1202 01002570 Cada solicitante deberá presentar, junto a su solicitud de participación (Anexo I), la acreditación del pago de la tasa, mediante fotocopia compulsada u original del documento justificativo de haber realizado el abono. Para su adecuada utilización el solicitante deberá comprobar que en el resguardo del ingreso queda reflejado: nombre y apellidos del solicitante y, como concepto, convocatoria proceso selectivo Interventor Interino Cartaya. La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión definitiva del/la solicitante. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación o realización de los ejercicios, no dará lugar a la devolución de la tasa abonada. Tercera. Solicitudes, Documentación y Plazos Quienes deseen tomar parte de las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia conforme al modelo impreso establecido por el Ayuntamiento que podrá obtenerse en el Anexo I de las presentes bases que se publicarán en la web municipal www.ayto-cartaya.es, o en el Excmo. Ayuntamiento. Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya, se presentarán en el registro general del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez días naturales, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva. En el caso de que las solicitudes de presenten en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, será requisito imprescin-
  • 4. 9102 12 de Noviembre de 2015 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 dible para la admisión de las que se reciban finalizado el plazo señalado, que en anterioridad a la terminación de dicho plazo se haya anunciado la presentación de la solicitud mediante fax (959 390220) A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título académico acreditativo del requisito del apartado 5 de la segunda de estas bases, fotocopia compulsada u original del documento justificativo de haber realizado el abono a que se refiere el apartado 6 de la base segunda, así como manifestación de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier mo- mento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas. Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia, la relación de méritos que deban ser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no se acrediten debidamente. Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias para tomar parte en el proceso selectivo, no será admitido documento alguno justificativo de méritos. El presentar instancia solicitando tomar parte en este proceso selectivo constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases de la convocatoria, que tienen consideración de ley reguladora de la misma. Cuarta. Admisión de Aspirantes Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde dictará resolución, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se hará pública en el Tablón de Edictos y página web y contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos y excluidos, con sus correspondientes DNI e identificación de las causas de exclusión, concediéndose un plazo de diez días naturales para subsanación, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución. Finalizado el plazo de subsanación, el Alcalde dictará resolución aprobando la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Edictos y en la página Web del Ayuntamiento. En dicha Resolución se procederá a la designación de los miembros del Tribunal, así como de la fecha de comienzo de las pruebas. Quinta. Tribunal Calificador La composición del Tribunal Calificador será de cinco miembros titulares e igual número de suplentes. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma: • Presidente y cuatro vocales, con sus suplentes: • Presidente y 4 vocales funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, subescala de Intervención-Tesorería o de Secretaria-Intervención. • Secretario, el de la Corporación, con voz y sin voto, suplente, funcionario del Ayuntamiento de Cartaya. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, indistintamente, debiendo concurrir en todo caso el Presidente y el Secretario, sean titulares o suplentes. En cada sesión del Tribunal podrán participar los miembros titulares presentes en el momento de su constitución, y si están ausentes, los suplentes, sin que puedan sustituirse entre sí en la misma sesión. Si constituido el Tribunal e iniciada la sesión se ausenta el Presidente, éste designará, de entre los vocales concurrentes, el que le sustituirá durante su ausencia. Los miembros del Tribunal Calificador actuarán bajo los principios de independencia y discrecionalidad técnica y, serán personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la Convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Todos los miembros del Tribunal actuarán con voz y voto, a excepción del Secretario, con voz y sin voto. Previa convocatoria del Presidente, el Tribunal Calificador celebrará su sesión de constitución antes de proceder al inicio de las pruebas selectivas, debiendo acordar todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas y velar por el exacto cumplimiento de las bases. Los miembros del Tribunal Calificador percibirán las indemnizaciones que procedan conforme a lo dispuesto en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre la indemnización por razón de servicio. A estos efectos el Tribunal queda clasificado en la categoría primera. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificando a la Alcaldía, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 LRJPAC. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 de la mencionada norma. Sexta. Sistema Selectivo El procedimiento de selección será el Concurso-Oposición, considerando las funciones reservadas propias del puesto de trabajo, que conllevan la idoneidad del estudio específico de las materias y funciones a desempeñar, mediante criterios objetivos a través de la fase de concurso, con la valoración de méritos que acrediten dichos conocimientos.
  • 5. BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 12 de Noviembre de 2015 9103 6.1.-FASE DE CONCURSO (NO ELIMINATORIO): MÁXIMO 10 PUNTOS Los méritos a tener en cuenta así como su valoración serán los siguientes, siendo la calificación final el resultado de la suma de los puntos obtenidos en todos los apartados. A) TITULACIÓN • Formación de PostGrado, título de doctorado, master experto o universitario: 2,50 puntos • Licenciatura en Económicas o en Administración y Dirección de Empresas: 1 punto • Licenciatura en Derecho: 1 punto • Licenciatura en Ciencias Actuariales y Financieras o título de grado equivalente: 1 punto B) CURSOS Por cada curso, jornada o seminario realizado sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir, siempre que el curso haya sido impartido, organizado u homologado por cualquier Administración Pública o por una entidad privada de reconocida solvencia, según la siguiente tabla, hasta un máximo de 3 puntos: • De 20 a 30 horas, 0,25 punto cada uno. • De 31 a 50 horas, 0,50 puntos cada uno. • De 51 a 80 horas, 0,75 puntos cada uno • Más de 80 horas, 1 punto cada uno. Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán. Para acreditarlos se deberá aportar certificación original del Centro o fotocopia compulsada por órgano competente de los títulos o diplomas. C) EXPERIENCIA Por experiencia profesional desarrollada en el Sector Público Local, hasta un máximo 3,5 puntos: • Experiencia profesional en entidades del Sector Público Local, en puestos de trabajo reservados al grupo A, subgrupo A1 o grupo equivalente para el personal laboral realizado funciones relacionadas con la gestión económica: 0,05 puntos por mes. Para acreditar la experiencia profesional se aportará certificación expedida por el órgano competente de la Ad- ministración en donde se haya desempeñado el trabajo, donde se especifique el nombre, grupo de adscripción y funciones de la plaza, así como periodo de cobertura. La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de instancias. 6.2.-FASE DE OPOSICION: MÁXIMO 10 PUNTOS Consistirá en la realización de una prueba práctica, relacionada con las funciones propias del puesto a cubrir, propuesta por el Tribunal, que se puntuará de 0 a 10 puntos, valoración que se sumará a la obtenida en la Fase de Concurso. Se podrán utilizar textos legales sin comentar en soporte papel. Los opositores comparecerán provistos del DNI, cuya presentación podrá ser exigida por el Tribunal, incluso durante el desarrollo de la prueba. Serán excluidos quienes, siendo requeridos para su aportación, carezcan de dicho documento. El Tribunal actuará con facultad para resolver las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases. 6.3.-ENTREVISTA: MÁXIMO 5 PUNTOS En la entrevista personal el Tribunal apreciará la adecuación y habilidades del aspirante al puesto de trabajo a cumplir pudiendo realizar cuantas preguntas considere oportunas relacionadas con el supuesto práctico y con las tareas del puesto. Se valorará con un máximo de 5 puntos. La puntuación total será la obtenida de la suma de las puntuaciones de cada una de las pruebas.
  • 6. 9104 12 de Noviembre de 2015 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 Séptima. Selección de Candidatos y Propuesta de Nombramiento Concluido el procedimiento selectivo se hará público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal la relación de aspirantes por orden decreciente de puntuación. El Tribunal de selección, tras calificar a los aspirantes, propondrá a la Corporación el candidato seleccionado. Octava. Presentación de Documentos y Toma de Posesión El aspirante propuesto para su nombramiento aportará ante la Corporación, dentro del plazo de cinco días hábiles desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria que queden por acreditar, que son: • Declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni ha- llarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. • Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función. Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que cons- tituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios. Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación. Presentada por el aspirante la documentación a que se refiere la base anterior, el Presidente de la Corporación remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo a la Dirección General competente en materia de ré- gimen local, que resolverá definitivamente. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de cinco días, a partir del siguiente a la notificación del nombramiento. Si no compareciera a tomar posesión en la fecha señalada, salvo los casos de fuerza mayor acreditada, quedará sin efecto el nombramiento, decayendo en todos sus derechos, por lo que se procederá a efectuar propuesta de nom- bramiento al aspirante que le hubiera seguido en puntuación. Novena. Bolsa de Trabajo Por razones de economía y eficiencia, el presente proceso selectivo también servirá para configurar una bolsa de trabajo con el resto de personas aspirantes, no propuestas para ocupar la plaza, ordenadas según la clasificación definitiva elaborada por el Tribunal Calificador, para el llamamiento y nombramiento, en su caso, de funcionarios interinos de la plaza de Intervención, cuando ésta se halle vacante y sin necesidad de convocar un nuevo proceso selectivo. Décima. Incidencias El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomas los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso, rigiendo, en lo no previsto en las bases, la legislación vigente sobre la materia. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada o, a su elección, el que corresponda a su domici- lio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Re- glamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Lo que se hace público para general conocimiento de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 55.2.a) de la Ley 7/2007, de 12 de abril. En Cartaya (Huelva), a 6 de Noviembre de 2015 El Alcalde.
  • 7. BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 218 12 de Noviembre de 2015 9105 ANEXO I SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE INTERVENTOR DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAYA. Denominación: Interventor Clase: Entrada Escala: Habilitación de carácter Nacional Subescala: Intervención---Tesorería Titulación exigida y que presenta: Licenciado en Derecho Licenciado en Administración y Dirección de Empresas Licenciado en Economía Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o título de grado correspondiente. Publicación en el BOP Fecha: Número: DATOS DEL ASPIRANTE Apellidos y nombre DNI Domicilio a efecto de notificaciones Código Postal Municipio Provincia Teléfono DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA: 1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad. 2. Fotocopia compulsada de la titulación acreditativa del requisito del apartado 5 de la base Segunda. 3. Fotocopia compulsada u original del documento justificativo de haber realizado el abono a que se refiere el apartado 6 de la base Segunda. 4. Manifestación de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda. 5. Méritos de la Fase de Concurso SOLICITA: Ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, declarando que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base Segunda de la convocatoria, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, comprometiéndose a su acreditación. LUGAR Y FECHA FIRMA SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARTAYA