1. Concepto y Objeto; 2. Valoración de la prueba;
3. Carga de la prueba; 4. Medios de prueba.
 Regla general: prueba de hechos, no de derecho (iura novit
curiae) ---- versión que de los hechos ofrecen las partes.
 Actividad procesal: no es prueba lo acaecido fuera del
proceso, salvo incorporación al mismo por medios legales.
 ¿Qué hechos se prueban? Los que justifican la petición: los
que integran la causa petendi y aquellos otros que resulten
relevantes para fundamentar la petición.
 Exentos de prueba:
a) Hechos no controvertidos: excepciones:
a.1) materia no dispositiva para las partes;
a.2) en perjuicio de terceros o del interés general;
a.3) los tácitamente admitidos ---- vía de admisión tácita o
mediante ficta confessio --- pero cabe probarlos si el órgano
judicial decide no aplicar las reglas de admisión tácita;
b) Hechos notorios;
c) Presunciones legales: iuris tantum y iuris et de iure
d) Presunciones judiciales: el órgano judicial puede considerar
probado, sin practicar prueba al respecto, un hecho
directamente conectado con otro que sí ha resultado probado.
e) Costumbre (si admitida existencia y contenido).
 Derecho: regla general: iura novit curiae --- alcance:
a) derecho interno (nacional o incorporado);
b) derecho escrito;
c) derecho general (publicación en BOE).
Pero----- si el órgano judicial lo conoce puede aplicarlo sin
necesidad de prueba.
 Conjunto de operaciones desarrolladas en el ámbito psicológico del
órgano judicial mediante las que logra el convencimiento acerca de la
veracidad o falsedad de los hechos alegados.
 En todo caso, los medios de prueba deben haber sido lícitamente
introducidos en el proceso.
 Valoración individualizada de medios de prueba: dos sistemas:
a) Prueba tasada: el legislador establece el valor que ha de concederse a
determinados medios probatorios (Ejs.: documento público; documentos
privados en determinadas circunstancias; reconocimiento de hechos en
el interrogatorio…)
b) Prueba libre: libertad de apreciación del medio de prueba practicado
---- pero: con límites: 1)reglas de la sana crítica (razón, lógica y
máximas de experiencia); 2) exposición en la sentencia de los
razonamientos que conducen a la conclusión probatoria (Ejs.: prueba
pericial; testificales; documentos fotocopiados, reconocimiento
judicial…)
 Valoración conjunta de la prueba:
Puesta en relación de los distintos medios de prueba
practicados para alcanzar una conclusión con base en el
conjunto. (Ejs.: reconocimiento de hechos + pericial que los
contradice + testifical que refuerza la pericial; negativa a
someterse a la pericial de investigación de la paternidad +
medios de prueba que acreditan la paternidad por otras
vías…)
 Supuesto de partida: la existencia de un hecho incierto a la hora
de dictar sentencia (ph de non liquet) --- hecho sobre el juez no
ha adquirido convencimiento porque no se ha practicado sobre
él la prueba necesaria, siempre que no sea posible adquirir el
convencimiento a través de otros medios practicados.
 Carga de la prueba y principio de aportación.
 Carga formal y carga material de la prueba:
Carga formal (criterios de disponibilidad o facilidad probatoria):
*actor – hechos integradores de la pretensión;
*demandado – hechos impeditivos, extintivos y excluyentes.
Carga material: decisión del juez en perjuicio de quien ostentara la
carga formal de la prueba y no la hubiera desarrollado
 Criterios correctivos a la distribución formal de la carga:
a) Disponibilidad probatoria --- la contraparte dispone del
medio que probaría lo alegado por el actor y éste o no
dispone de él o dispone de otros menos contundentes para
alcanzar el convencimiento judicial (Ej.: pericial biológica
para reconocimiento de paternidad);
b) Facilidad probatoria --- supuestos en los que a la
contraparte le resulta más sencillo y menos gravoso aportar
el medio de prueba (Ej. Determinados información contable
o financiera en poder de la empresa…)
c) Inversión de la carga de la prueba --- el demandado debe
probar la inexistencia de móvil de discriminación sexual
(Art. 217.5)

Regla general sobre prueba.ppt

  • 1.
    1. Concepto yObjeto; 2. Valoración de la prueba; 3. Carga de la prueba; 4. Medios de prueba.
  • 2.
     Regla general:prueba de hechos, no de derecho (iura novit curiae) ---- versión que de los hechos ofrecen las partes.  Actividad procesal: no es prueba lo acaecido fuera del proceso, salvo incorporación al mismo por medios legales.  ¿Qué hechos se prueban? Los que justifican la petición: los que integran la causa petendi y aquellos otros que resulten relevantes para fundamentar la petición.
  • 3.
     Exentos deprueba: a) Hechos no controvertidos: excepciones: a.1) materia no dispositiva para las partes; a.2) en perjuicio de terceros o del interés general; a.3) los tácitamente admitidos ---- vía de admisión tácita o mediante ficta confessio --- pero cabe probarlos si el órgano judicial decide no aplicar las reglas de admisión tácita; b) Hechos notorios; c) Presunciones legales: iuris tantum y iuris et de iure d) Presunciones judiciales: el órgano judicial puede considerar probado, sin practicar prueba al respecto, un hecho directamente conectado con otro que sí ha resultado probado. e) Costumbre (si admitida existencia y contenido).
  • 4.
     Derecho: reglageneral: iura novit curiae --- alcance: a) derecho interno (nacional o incorporado); b) derecho escrito; c) derecho general (publicación en BOE). Pero----- si el órgano judicial lo conoce puede aplicarlo sin necesidad de prueba.
  • 5.
     Conjunto deoperaciones desarrolladas en el ámbito psicológico del órgano judicial mediante las que logra el convencimiento acerca de la veracidad o falsedad de los hechos alegados.  En todo caso, los medios de prueba deben haber sido lícitamente introducidos en el proceso.  Valoración individualizada de medios de prueba: dos sistemas: a) Prueba tasada: el legislador establece el valor que ha de concederse a determinados medios probatorios (Ejs.: documento público; documentos privados en determinadas circunstancias; reconocimiento de hechos en el interrogatorio…) b) Prueba libre: libertad de apreciación del medio de prueba practicado ---- pero: con límites: 1)reglas de la sana crítica (razón, lógica y máximas de experiencia); 2) exposición en la sentencia de los razonamientos que conducen a la conclusión probatoria (Ejs.: prueba pericial; testificales; documentos fotocopiados, reconocimiento judicial…)
  • 6.
     Valoración conjuntade la prueba: Puesta en relación de los distintos medios de prueba practicados para alcanzar una conclusión con base en el conjunto. (Ejs.: reconocimiento de hechos + pericial que los contradice + testifical que refuerza la pericial; negativa a someterse a la pericial de investigación de la paternidad + medios de prueba que acreditan la paternidad por otras vías…)
  • 7.
     Supuesto departida: la existencia de un hecho incierto a la hora de dictar sentencia (ph de non liquet) --- hecho sobre el juez no ha adquirido convencimiento porque no se ha practicado sobre él la prueba necesaria, siempre que no sea posible adquirir el convencimiento a través de otros medios practicados.  Carga de la prueba y principio de aportación.  Carga formal y carga material de la prueba: Carga formal (criterios de disponibilidad o facilidad probatoria): *actor – hechos integradores de la pretensión; *demandado – hechos impeditivos, extintivos y excluyentes. Carga material: decisión del juez en perjuicio de quien ostentara la carga formal de la prueba y no la hubiera desarrollado
  • 8.
     Criterios correctivosa la distribución formal de la carga: a) Disponibilidad probatoria --- la contraparte dispone del medio que probaría lo alegado por el actor y éste o no dispone de él o dispone de otros menos contundentes para alcanzar el convencimiento judicial (Ej.: pericial biológica para reconocimiento de paternidad); b) Facilidad probatoria --- supuestos en los que a la contraparte le resulta más sencillo y menos gravoso aportar el medio de prueba (Ej. Determinados información contable o financiera en poder de la empresa…) c) Inversión de la carga de la prueba --- el demandado debe probar la inexistencia de móvil de discriminación sexual (Art. 217.5)