1. NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA
CONTRATACIÓN A EXTRANJEROS
Novedades en materia laboral del
Nuevo Reglamento de Extranjería
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2. NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA
Desarrolla la LO 4/2000 tras su reforma por
la LO 2/2009
Culmina la transposición de la normativa
comunitaria.
Entrará en vigor el 30-06-2011
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3. Principales novedades
En materia laboral:
Promueve la regularidad en la
contratación de extranjeros evitando el
fraude en la contratación.
Adecua el Catálogo de Ocupaciones de
Difícil Cobertura a la realidad del
mercado de trabajo.
Objetiva los criterios para la
determinación de los medios económicos
del empleador.
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4. III. Estudio del articulado
Artículo 62. Definición.
Extranjero mayor de 16 años.
Autorización para permanecer en
España (+ 90 días, -5 años).
Ejercicio de una actividad laboral
por cuenta ajena.
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5. Artículo 63. Autorización inicial de
residencia temporal y trabajo por cuenta
ajena
Residencia fuera de España.
Obtención del visado.
Ser dado de alta en Seguridad Social (en
tres meses desde la entrada legal).
Solicitud de la tarjeta de identidad de
extranjero (un mes desde el alta en SS)
Regla general: autorización inicial para un
ámbito geográfico provincial y una
ocupación (excepción: no aplicación de
la situación nacional de empleo)
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6. Artículo 64. Requisitos
Carecer de antecedentes penales durante los
últimos cinco años.
Presentación de contrato de trabajo firmado
por ambas partes. Fecha de inicio condicionada
“al momento de la eficacia de la autorización
de residencia temporal y de trabajo por cuenta
ajena”
Supuesto de contratación a tiempo parcial:
retribución igual o superior al SMI para jornada
completa y en cómputo anual
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