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CONTRATACIÓN
DE
EXTRANJEROS
01
Base Legal:
•Decreto Legislativo No. 689, Ley de Contratación de Extranjeros, modificado
por Decreto Legislativo 1246 (10-11-2016).
•Decreto Supremo No. 014-92-TR, Reglamento Decreto Legislativo No. 689.
•Decreto Legislativo No. 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación.
•Decreto Supremo No. 008-2018-TR, que modifica el D.S. 014-92-TR (vigente
desde el 13 de octubre de 2018).
•Resolución Ministerial No. 291-2018-TR (SIVICE).
02
Base Legal:
•Decisión No. 545, Instrumento Andino de Migración Laboral.
•Resolución Ministerial 009-2006-TR (norma que aprueba la Directiva Nacional
279-2004-TR).
•Nuevo Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350, que deroga el Decreto
Legislativo 703 (Ley de Extranjería).
•Decreto Supremo No. 007-2017, Reglamento del Decreto Legislativo No. 1350.
•Ley del Impuesto a la Renta y Reglamento.
03
Extranjero
Decreto Legislativo 1350 Decreto Legislativo de Migraciones:
Toda persona que no posea nacionalidad peruana.
Ley de Nacionalidad:
Aquél que no sea peruano por:
• Nacimiento.
• Naturalización.
• Opción
Concepto:
04
Extranjero
Definición Aquél que presta servicios en el Perú sin tener
nacionalidad peruana.
Formas de prestación de
servicios
Contratación directa por un empleador peruano: Relación
de dependencia con una empresa peruana.
Destacado por una empresa no domiciliada en Perú:
Relación de dependencia con empresa no domiciliada que
destaca lo destaca para prestar servicios específicos y
especializados en una empresa peruana.
Trabajador extranjero:
05
Aspectos Generales
• La contratación de los trabajadores extranjeros se encuentra sujeta al
Régimen de la Actividad Privada y a los límites establecidos en el D.
Legislativo No. 689.
• El contrato y sus modificaciones deben ser autorizados por la Autoridad
Administrativa de Trabajo (AAT).
• La prestación del servicio de los trabajadores extranjeros solo podrá
iniciarse una vez aprobado el contrato de trabajo por la AAT y obtenida
la calidad migratoria habilitante
06
Aspectos Generales
- Límites a la contratación.
Preferencia.
Contratación de trabajadores nacionales.
- Límites aplicables a los extranjeros
- Por el número de trabajadores
20% del total de trabajadores de la empresa.
- Por el monto de las remuneraciones
30% del total de remuneraciones de la empresa.
07
Excepciones
SUPUESTOS NO CONSIDERADOS
DENTRO DE LOS LÍMITES.
CASOS EN LOS QUE SE PUEDE
SOLICITAR LA EXONERACIÓN.
08
Seguimiento y
evaluación de las
actividades.
Formalidad
Contenido
Plazo del contrato
Lugar de presentación del contrato
Prórroga del contrato
Contrato de trabajo:
09
DATOS
Empleador Nombre o razón social / RUC / domicilio / partida registral / actividad económica
específica / fecha de inicio de la actividad empresarial / identificación del
representante legal.
Trabajador Nombre / lugar de nacimiento / nacionalidad / sexo / edad / estado civil / documento
de identidad / domicilio / profesión, oficio o especialidad.
Contratación Descripción de las labores / jornada / lugar donde laborará / remuneración diaria o
mensual (en moneda nacional o extranjera), desagregando los conceptos y valores
de la remuneración en especie / bonificaciones y beneficios adicionales / plazo del
contrato.
Cláusulas
especiales
•Que la aprobación del contrato no autoriza a iniciar la prestación de servicios hasta
que no se cuente con la calidad migratoria habilitante.
•El compromiso del empleador de transportar al personal extranjero y a los
miembros de la familia que se estipulen a su país de origen o al que convengan al
extinguirse la relación laboral.
•Compromiso de capacitación del personal nacional en la misma ocupación.
Información mínima del contrato de trabajo
10
Requisitos:
Solicitud de aprobación de contrato.
Tres ejemplares del contrato suscrito por las partes.
Declaración Jurada de suficiencia académica o de experiencia laboral.
Vigencia de poder solo en caso el representante de la empresa quien
suscribe el contrato no aparezca en la consulta RUC de SUNAT.
Modificación del Decreto Legislativo 689 (aprobación de
contrato de extranjero) por el Decreto Legislativo 1246
11
EVALUACIÓN o La aprobación del contrato (prórroga o
modificación) automática, una vez presentada a la
AAT.
o Posteriormente, se realiza la fiscalización.
APROBACIÓN Son aprobados desde su presentación ante AAT a
través del sistema virtual.
Agilización de aprobación de Contrato de Personal
Extranjero
12
Contratación de
Trabajador Migrante Andino
13
• ÁMBITO DE APLICACIÓN
• TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO
Trabajador Migrante Andino - TMA
14
Trabajador con desplazamiento individual: Nacional de un país miembro que
migra a otro país miembro con fines Laborales:
Trabajador de Empresa: Ciudadano andino que se traslada a otro país miembro distinto al país de
su domicilio habitual por un periodo superior a 180 días y por disposición de la empresa para la
cual labora bajo relación de dependencia, sea que la misma ya esté instalada en el otro país, tenga
en curso legal un proyecto para establecerse o realice un proyecto especial.
Se regula 4 tipos de TMA:
Tipos de TMA
15
Trabajador de Temporada: Nacional andino que se traslada a otro país miembro para ejecutar
labores cíclicas o estacionales, tales como, labores agrarias, actividad pecuaria, forestal y otras
actividades regulares de estos regímenes, cuya explotación sea de carácter cíclica o estacional.
Trabajador fronterizo: Personal andino que, manteniendo su domicilio habitual en un
país miembro, se traslada continuamente al ámbito fronterizo laboral de otro país miembro
para cumplir su actividad laboral.
Tipos de TMA
16
CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO
Empleador Nombre o razón social/RUC/domicilio/actividad económica específica
Trabajador Nombre/nacionalidad/sexo/edad/documento de identidad/domicilio
Contratación Clasificación del trabajador MA de acuerdo a la Decisión Nº 545.
Remuneración.
Duración del contrato de trabajo, según las leyes peruanas.
Actividad o puesto de trabajo que ocupará el trabajador y funciones.
Jornada laboral.
Beneficios laborales (no deben ser menores a los previstos para los
trabajadores nacionales).
Contrato de trabajo del Trabajador Migrante Andino
17
Acuerdo MERCOSUR
 Ciudadanos de: Argentina, Brasil, Paraguay,
Uruguay, Bolivia, Chile, Colombia y Ecuador
podrán regularizar su situación migratoria y
obtener la calidad migratoria habilitante para
residir y trabajar en Perú.
 Autoridad competente: Superintendencia
Nacional de Migraciones.
 Se otorgará una residencia por dos años.
Para la obtención de la misma se establecen una
serie de requisitos.
 Beneficios.
Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR,
Bolivia y Chile - 12 de junio de 2015
18
Aspectos migratorios
19
Calidad migratoria
Condición que otorga el Estado Peruano al
extranjero en atención a su situación personal o
por la actividad que va a desarrollar en el
territorio nacional.
Conforme al Reglamento, la CM otorga a la
persona extranjera una condición de estadía
regular en el territorio nacional que la faculta a
realizar actividades bajo el tiempo de
permanencia autorizado por las autoridades
migratorias.
20
Que el extranjero obtenga una Visa de Trabajador desde
antes de ingresar al Perú.
Que el extranjero obtenga una Visa de Trabajador
designado desde el exterior antes de ingresar al Perú.
1. Cambio de calidad migratoria.
2. Cambio de calidad migratoria a trabajador.
Formas para obtener la calidad migratoria habilitante de
Trabajador
21
Inicio de las labores de los trabajadores
extranjeros
Los trabajadores extranjeros sólo
podrán iniciar la prestación de
servicios:
 Una vez aprobado el contrato de trabajo
por la AAT (D.S. 008-2018-TR, luego de
presentado).
Obtenida la calidad migratoria habilitante
por parte de la Superintendencia Nacional
de Migraciones (por convenios o Permisos
Especiales).
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  • 2. 01 Base Legal: •Decreto Legislativo No. 689, Ley de Contratación de Extranjeros, modificado por Decreto Legislativo 1246 (10-11-2016). •Decreto Supremo No. 014-92-TR, Reglamento Decreto Legislativo No. 689. •Decreto Legislativo No. 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación. •Decreto Supremo No. 008-2018-TR, que modifica el D.S. 014-92-TR (vigente desde el 13 de octubre de 2018). •Resolución Ministerial No. 291-2018-TR (SIVICE).
  • 3. 02 Base Legal: •Decisión No. 545, Instrumento Andino de Migración Laboral. •Resolución Ministerial 009-2006-TR (norma que aprueba la Directiva Nacional 279-2004-TR). •Nuevo Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350, que deroga el Decreto Legislativo 703 (Ley de Extranjería). •Decreto Supremo No. 007-2017, Reglamento del Decreto Legislativo No. 1350. •Ley del Impuesto a la Renta y Reglamento.
  • 4. 03 Extranjero Decreto Legislativo 1350 Decreto Legislativo de Migraciones: Toda persona que no posea nacionalidad peruana. Ley de Nacionalidad: Aquél que no sea peruano por: • Nacimiento. • Naturalización. • Opción Concepto:
  • 5. 04 Extranjero Definición Aquél que presta servicios en el Perú sin tener nacionalidad peruana. Formas de prestación de servicios Contratación directa por un empleador peruano: Relación de dependencia con una empresa peruana. Destacado por una empresa no domiciliada en Perú: Relación de dependencia con empresa no domiciliada que destaca lo destaca para prestar servicios específicos y especializados en una empresa peruana. Trabajador extranjero:
  • 6. 05 Aspectos Generales • La contratación de los trabajadores extranjeros se encuentra sujeta al Régimen de la Actividad Privada y a los límites establecidos en el D. Legislativo No. 689. • El contrato y sus modificaciones deben ser autorizados por la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT). • La prestación del servicio de los trabajadores extranjeros solo podrá iniciarse una vez aprobado el contrato de trabajo por la AAT y obtenida la calidad migratoria habilitante
  • 7. 06 Aspectos Generales - Límites a la contratación. Preferencia. Contratación de trabajadores nacionales. - Límites aplicables a los extranjeros - Por el número de trabajadores 20% del total de trabajadores de la empresa. - Por el monto de las remuneraciones 30% del total de remuneraciones de la empresa.
  • 8. 07 Excepciones SUPUESTOS NO CONSIDERADOS DENTRO DE LOS LÍMITES. CASOS EN LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LA EXONERACIÓN.
  • 9. 08 Seguimiento y evaluación de las actividades. Formalidad Contenido Plazo del contrato Lugar de presentación del contrato Prórroga del contrato Contrato de trabajo:
  • 10. 09 DATOS Empleador Nombre o razón social / RUC / domicilio / partida registral / actividad económica específica / fecha de inicio de la actividad empresarial / identificación del representante legal. Trabajador Nombre / lugar de nacimiento / nacionalidad / sexo / edad / estado civil / documento de identidad / domicilio / profesión, oficio o especialidad. Contratación Descripción de las labores / jornada / lugar donde laborará / remuneración diaria o mensual (en moneda nacional o extranjera), desagregando los conceptos y valores de la remuneración en especie / bonificaciones y beneficios adicionales / plazo del contrato. Cláusulas especiales •Que la aprobación del contrato no autoriza a iniciar la prestación de servicios hasta que no se cuente con la calidad migratoria habilitante. •El compromiso del empleador de transportar al personal extranjero y a los miembros de la familia que se estipulen a su país de origen o al que convengan al extinguirse la relación laboral. •Compromiso de capacitación del personal nacional en la misma ocupación. Información mínima del contrato de trabajo
  • 11. 10 Requisitos: Solicitud de aprobación de contrato. Tres ejemplares del contrato suscrito por las partes. Declaración Jurada de suficiencia académica o de experiencia laboral. Vigencia de poder solo en caso el representante de la empresa quien suscribe el contrato no aparezca en la consulta RUC de SUNAT. Modificación del Decreto Legislativo 689 (aprobación de contrato de extranjero) por el Decreto Legislativo 1246
  • 12. 11 EVALUACIÓN o La aprobación del contrato (prórroga o modificación) automática, una vez presentada a la AAT. o Posteriormente, se realiza la fiscalización. APROBACIÓN Son aprobados desde su presentación ante AAT a través del sistema virtual. Agilización de aprobación de Contrato de Personal Extranjero
  • 14. 13 • ÁMBITO DE APLICACIÓN • TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO Trabajador Migrante Andino - TMA
  • 15. 14 Trabajador con desplazamiento individual: Nacional de un país miembro que migra a otro país miembro con fines Laborales: Trabajador de Empresa: Ciudadano andino que se traslada a otro país miembro distinto al país de su domicilio habitual por un periodo superior a 180 días y por disposición de la empresa para la cual labora bajo relación de dependencia, sea que la misma ya esté instalada en el otro país, tenga en curso legal un proyecto para establecerse o realice un proyecto especial. Se regula 4 tipos de TMA: Tipos de TMA
  • 16. 15 Trabajador de Temporada: Nacional andino que se traslada a otro país miembro para ejecutar labores cíclicas o estacionales, tales como, labores agrarias, actividad pecuaria, forestal y otras actividades regulares de estos regímenes, cuya explotación sea de carácter cíclica o estacional. Trabajador fronterizo: Personal andino que, manteniendo su domicilio habitual en un país miembro, se traslada continuamente al ámbito fronterizo laboral de otro país miembro para cumplir su actividad laboral. Tipos de TMA
  • 17. 16 CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO Empleador Nombre o razón social/RUC/domicilio/actividad económica específica Trabajador Nombre/nacionalidad/sexo/edad/documento de identidad/domicilio Contratación Clasificación del trabajador MA de acuerdo a la Decisión Nº 545. Remuneración. Duración del contrato de trabajo, según las leyes peruanas. Actividad o puesto de trabajo que ocupará el trabajador y funciones. Jornada laboral. Beneficios laborales (no deben ser menores a los previstos para los trabajadores nacionales). Contrato de trabajo del Trabajador Migrante Andino
  • 18. 17 Acuerdo MERCOSUR  Ciudadanos de: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Colombia y Ecuador podrán regularizar su situación migratoria y obtener la calidad migratoria habilitante para residir y trabajar en Perú.  Autoridad competente: Superintendencia Nacional de Migraciones.  Se otorgará una residencia por dos años. Para la obtención de la misma se establecen una serie de requisitos.  Beneficios. Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile - 12 de junio de 2015
  • 20. 19 Calidad migratoria Condición que otorga el Estado Peruano al extranjero en atención a su situación personal o por la actividad que va a desarrollar en el territorio nacional. Conforme al Reglamento, la CM otorga a la persona extranjera una condición de estadía regular en el territorio nacional que la faculta a realizar actividades bajo el tiempo de permanencia autorizado por las autoridades migratorias.
  • 21. 20 Que el extranjero obtenga una Visa de Trabajador desde antes de ingresar al Perú. Que el extranjero obtenga una Visa de Trabajador designado desde el exterior antes de ingresar al Perú. 1. Cambio de calidad migratoria. 2. Cambio de calidad migratoria a trabajador. Formas para obtener la calidad migratoria habilitante de Trabajador
  • 22. 21 Inicio de las labores de los trabajadores extranjeros Los trabajadores extranjeros sólo podrán iniciar la prestación de servicios:  Una vez aprobado el contrato de trabajo por la AAT (D.S. 008-2018-TR, luego de presentado). Obtenida la calidad migratoria habilitante por parte de la Superintendencia Nacional de Migraciones (por convenios o Permisos Especiales).
  • 23. ¡GRACIAS! EVELIN COLOMA ecoloma@ellb.com.pe WWW.ELLB.COM.PE PHONE: (511) 418-4860 Para más información, síguenos en nuestras redes