UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
DERECHO MERCANTIL I
PROF. JOSE MALO ALUMNA: MARIELA MACERO
C.I. V- 11.669.544
FACTOR
CORREDORES
DEPENDIENTES
VENDUTEROS
Empleados subalternos que el
comerciante tiene a su lado para
que le auxilien en sus operaciones
obrando bajo su dirección.
Gerente de una empresa o establecimiento
mercantil o fabril, o de un ramo de ellos, que
administra por cuenta del dueño. ART. 94
C.CO.
Artículo 66.- son agentes de comercio que dispensan su mediación
a los comerciantes para facilitarles la conclusión de sus contratos.
Son llamados también rematadores y
martilleros, son comisionistas pues
venden en nombre propio pero por cuenta
de otro, en pública almoneda al mejor
postor.
Normativa legal: arts. 82 al 93.
Es la persona, natural o jurídica que teniendo capacidad
para contratar, hace del comercio su profesión habitual,
es decir que toda persona que no se encuentre prohibida
por la ley para realizar actos de comercio, en un sistema
delibre empresa como el nuestro, todos podemos
comprar y vender en un determinado mercado.
El Comerciante
Individual
Las principales obligaciones
legales que tienen los
comerciantes son las de inscribir
en el Registro de Comercio los
documentos exigidos por la ley,
y la de llevar la contabilidad.
Prohibición para ser
comerciante
Existen prohibiciones de dos
clases:
Las de derecho público
Las de derecho privado

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  • 1.
    UNIVERSIDAD BICENTENARIA DEARAGUA DERECHO MERCANTIL I PROF. JOSE MALO ALUMNA: MARIELA MACERO C.I. V- 11.669.544
  • 2.
    FACTOR CORREDORES DEPENDIENTES VENDUTEROS Empleados subalternos queel comerciante tiene a su lado para que le auxilien en sus operaciones obrando bajo su dirección. Gerente de una empresa o establecimiento mercantil o fabril, o de un ramo de ellos, que administra por cuenta del dueño. ART. 94 C.CO. Artículo 66.- son agentes de comercio que dispensan su mediación a los comerciantes para facilitarles la conclusión de sus contratos. Son llamados también rematadores y martilleros, son comisionistas pues venden en nombre propio pero por cuenta de otro, en pública almoneda al mejor postor. Normativa legal: arts. 82 al 93.
  • 3.
    Es la persona,natural o jurídica que teniendo capacidad para contratar, hace del comercio su profesión habitual, es decir que toda persona que no se encuentre prohibida por la ley para realizar actos de comercio, en un sistema delibre empresa como el nuestro, todos podemos comprar y vender en un determinado mercado. El Comerciante Individual Las principales obligaciones legales que tienen los comerciantes son las de inscribir en el Registro de Comercio los documentos exigidos por la ley, y la de llevar la contabilidad. Prohibición para ser comerciante Existen prohibiciones de dos clases: Las de derecho público Las de derecho privado