Resolución 4/2014 sobre Esquema metodológico del Informe sobre las previsiones macroeconómicas contenidas en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2015
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) evalúa las previsiones macroeconómicas del gobierno español. El documento describe la metodología de AIReF para evaluar si las previsiones pasadas estuvieron sesgadas y si las previsiones para 2015 son realistas y están basadas en el escenario más probable. AIReF comparará las previsiones del gobierno con las de otras instituciones y analizará los supuestos, modelos y consistencia interna para determinar si avala o no las previsiones del gobierno.
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Este documento presenta una guía para encontrar soluciones a problemas complejos. Explica qué es un problema público, cómo podríamos definir un problema público, cómo podríamos definir un problema público de forma innovadora, cómo podríamos resolver un problema público con herramientas de pensamiento sistémico, sistemas complejos y pensamiento sistémico: ¿con qué herramientas contamos?
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Resolución 4/2014 sobre Esquema metodológico del Informe sobre las previsiones macroeconómicas contenidas en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2015
1. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) nace con la misión de velar por el estricto cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera recogidos en el artículo 135 de la Constitución Española.
Contacto AIReF:
C/José Abascal, 2, 2º planta. 28003 Madrid. Tel. +34 917 017 990
Email: Info@airef.es.
Web: www.airef.es
Esta documentación puede ser utilizada y reproducida en parte o en su integridad citando necesariamente que proviene de la AIReF.
Resolución
4/ 14
Esquema metodológico del
informe sobre las previsiones macroeconómicas contenidas en el proyecto de Presupuestos
Generales del Estado para 2015
La Ley Orgánica de creación de la AIReF dispone que las previsiones ma- croeconómicas que se incorporen en los proyectos de presupuestos de todas las Administraciones Públicas deberán contar con informe de la Autoridad y se indicará si han sido avaladas por la mis- ma.
Las Administraciones Públicas han de solicitar previamente a la AIReF la emi- sión del informe, el cual se tendrá en cuenta en la elaboración de las previsio- nes definitivas a incorporar en sus pro- yectos de presupuestos.
A tal efecto, el informe de la AIReF sobre las previsiones macroeconómicas deberá remitirse al gobierno unos días antes de que el Consejo de Ministros apruebe el proyecto de presupuestos pa- ra el año 2015. Para su elaboración, el informe sobre las previsiones macroeco- nómicas precisa de previo envío de la documentación necesaria. La ley no es- pecifica un plazo para la emisión de este informe, por lo que se aplica un plazo de 10 días desde la remisión de la informa- ción, plazo que puede acortarse por ra- zones de urgencia. En todo caso, la Administración deberá remitir la docu- mentación necesaria para la elaboración del informe con un plazo de antelación razonable.
El informe de la AIReF se hará público el mismo día de la aprobación del proyecto de presupuestos por el Consejo de Ministros. La presente resolución del Presidente de la AIReF define y da pu- blicidad a los aspectos específicos a va- lorar en este informe, a la metodología, y a los criterios objetivos de valoración que utilizará, como requiere su Estatuto.
2. 11 septiembre 2014 Esquema metodológico del informe sobre las previsiones macroeconómicas Pág.2
Resolución
. Contenido del informe
El informe constará de dos partes, una para evaluar el posible sesgo en las previsio- nes macroeconómicas realizadas en ejercicios anteriores y otra para evaluar las pre- visiones para el año 2015.
En primer lugar, el informe incluirá una evaluación de si ha existido un sesgo impor- tante en las previsiones macroeconómicas en un periodo mínimo de cuatro años, de acuerdo con la DIRECTIVA 2011/85/UE DEL CONSEJO, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miem- bros. En este sentido, el artículo 4.6 de la mencionada Directiva se refiere a que “las previsiones macroeconómicas y presupuestarias a efectos de la planificación presu- puestaria estarán sometidas a una evaluación periódica, no sesgada y general que se basará en criterios objetivos, y que incluirá la evaluación ex post.” Por tanto, el infor- me debe contener una evaluación ex post de las previsiones de, al menos, los cuatro ejercicios anteriores, a fin de identificar si ha habido un sesgo importante.
En segundo lugar, el informe valorará la adecuación de las previsiones realizadas a la Directiva anteriormente mencionada, y se pronunciará, en particular, sobre los si- guientes requisitos que deben satisfacer las previsiones:
• Ser realistas y utilizar la información más actualizada.
• Estar basadas en el escenario macro-presupuestario más probable o en un esce- nario más prudente.
• Ser comparadas con las previsiones de la Comisión más actualizadas y, en su caso, las de otros órganos independientes. Si las diferencias entre el escenario ma- cro-presupuestario elegido y la previsión de la Comisión son importantes, se examina- rá si tales diferencias están suficientemente motivadas, y en particular si el nivel o el crecimiento de las variables de los supuestos externos se aparta significativamente de los valores expuestos en las previsiones de la Comisión.
• Incluir las metodologías, los supuestos y los parámetros pertinentes que sosten- gan dichas previsiones.
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Resolución
Metodología y valoración
Para evaluar, en la primera parte del informe, si ha existido un sesgo en las previsio- nes que se hicieron en años anteriores, se compararán las previsiones del gobierno para las principales variables macroeconómicas, por una parte, con las de otras insti- tuciones independientes privadas y públicas --singularmente con las de la Comisión Europea--, y por otra, con los resultados observados. Se podrá constatar así si las previsiones del gobierno estaban sesgadas con respecto a las previsiones de estas otras instituciones y si, ex post, el posible sesgo produjo una sobrevaloración o infra- valoración del resultado que realmente se observó. El sesgo se considerará importan- te si es sistemático, es decir, repetido en años consecutivos, y si, además, no se justi- fica por una mejor aproximación a los resultados observados. Los instrumentos técni- cos y la información básica utilizados en estas comparaciones se publicarán en la web de la AIReF.
La evaluación de las previsiones del gobierno para 2015, en la segunda parte del in- forme, no se limitará a comprobar si existe un sesgo en ellas, como se hizo para los años anteriores, sino que, además: i) comprobará que la información en que se basan las previsiones está actualizada; y ii) examinará los métodos, parámetros y supuestos utilizados. Para evaluar si las previsiones del gobierno son realistas y juzgar si están basadas en el escenario macroeconómico más probable, o en uno más prudente, se- rá necesario profundizar en el análisis económico de ese escenario. Específicamente, se analizarán los supuestos y resultados de las ecuaciones o modelos que hayan sido utilizados para preparar las previsiones, así como los juicios técnicos introducidos en el análisis y la consistencia interna de las distintas variables.
Este análisis más detallado incluirá comparaciones de las previsiones del gobierno con las de la Comisión Europea y otras instituciones, hasta donde la información dis- ponible lo permita. Se centrará el análisis en el cuadro macroeconómico y en las cuentas simplificadas de los sectores institucionales, de manera que sea posible en- tender la conexión existente entre variables reales, como el empleo o el producto, y variables nominales, como los salarios o los precios, y entre objetivos como el creci- miento del PIB real o la ratio déficit público/PIB. La AIReF desarrollará, contrastará y hará públicos gradualmente una diversidad de modelos. Los modelos utilizados en cada informe se publicarán en la web de la AIReF antes de emitir el propio informe. Del análisis de los residuos de las ecuaciones y modelos utilizados, es decir, de las di- ferencias entre los valores previstos para las variables clave y los valores que se ex- plicarían por sus principales determinantes, se concluirá, teniendo en cuenta cualquier juicio técnico específico que contribuya a la explicación de esos residuos, si las previ- siones de las distintas variables son realistas. De la integración de estas variables en el cuadro macroeconómico y en las cuentas simplificadas de los sectores instituciona-
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Resolución
les, se concluirá si el escenario macroeconómico es consistente en sus supuestos y objetivos, y si es en conjunto el más probable, o uno más prudente.
Una consideración global de las valoraciones anteriores concluirá si las previsiones del gobierno son avaladas o no por la AIReF.
EL PRESIDENTE DE LA
AUTORIDAD INDEPENDIENTE
DE RESPONSABILIDAD FISCAL
Fdo.- José Luis Escrivá Belmonte