Este documento describe cómo la programación neurolingüística, la inteligencia emocional y el razonamiento jurídico pueden utilizarse para resolver conflictos. Explica que la programación neurolingüística se centra en los procesos neurológicos y lingüísticos que subyacen a la conducta humana. También señala que la resolución de conflictos implica procesos cognitivos y afectivos, y que los conflictos sociales que violan la reciprocidad contractual a menudo requieren un tratamiento jurídico.