REVISIÓN FISCAL. DICHO RECURSO ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS QUE SÓLO DECLAREN LA NULIDAD LISA Y LLANA DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO, POR HABER OPERADO LA PRESCRIPCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL DETERMINADO.
Saldo a favor autorizado en una solicitud de devoluciónEX ARTHUR MEXICO
SALDO A FAVOR AUTORIZADO EN UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN, NO PUEDE SER MATERIA DE RECTIFICACIÓN EN UNA POSTERIOR, EN EL SUPUESTO DE QUE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA A LA PRIMERA QUEDE FIRME.-
DETERMINACIÓN DE CONTRIBUCIONES.- RESULTA ILEGAL CUANDO PROVIENE DE UNA ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO Y/O GABINETE QUE SE DIRIGE A UN SUJETO DISTINTO.
El documento describe el proceso contencioso tributario en Ecuador. Explica que las personas que se sientan perjudicadas por una resolución administrativa pueden impugnarla ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal dentro de los 20 días siguientes a su notificación. Detalla los requisitos para presentar una demanda, como la citación y notificación de las partes, la contestación a la demanda, la prueba admisible y los plazos probatorios.
El documento describe los procedimientos contenciosos administrativos tributarios en Perú. Explica que las instancias son la SUNAT, municipalidades y municipios distritales en primera instancia, y el Tribunal Fiscal en segunda instancia. Detalla los recursos de reclamación y apelación, los plazos para interponerlos, los actos que pueden ser impugnados, y los plazos que tienen las autoridades para resolver.
Comprobantes fiscales legalmente validos aún si el emisor fiscal es irregularSoy Ejecutivo Fiscal
El documento resume una tesis de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que establece que los comprobantes fiscales son válidos para el receptor aunque el emisor tenga irregularidades, siempre que el receptor verifique que la información básica como el nombre y RFC coincidan. Las autoridades aún pueden revisar al emisor por posibles omisiones, pero eso no afecta la deducción del receptor si cumple con los requisitos legales.
Este documento presenta el acuerdo de la Sala Primera del Tribunal Supremo sobre los criterios para admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal. Enumera siete causas de inadmisión de estos recursos, como defectos formales o falta de presupuestos para que la resolución sea recurrible. También establece criterios para determinar la existencia de interés casacional o la concurrencia de los supuestos que determinan la admisibilidad de cada modalidad de recurso.
Las principales formas de impugnación de los actos administrativos son el recurso de reposición, el recurso jerárquico y el recurso extraordinario de revisión. El recurso de reposición se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto para que lo modifique, reemplace o deje sin efecto, mientras que el recurso jerárquico se presenta ante el superior jerárquico de dicho órgano.
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SALDO A FAVOR AUTORIZADO EN UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN, NO PUEDE SER MATERIA DE RECTIFICACIÓN EN UNA POSTERIOR, EN EL SUPUESTO DE QUE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA A LA PRIMERA QUEDE FIRME.-
DETERMINACIÓN DE CONTRIBUCIONES.- RESULTA ILEGAL CUANDO PROVIENE DE UNA ORDEN DE REVISIÓN DE ESCRITORIO Y/O GABINETE QUE SE DIRIGE A UN SUJETO DISTINTO.
El documento describe el proceso contencioso tributario en Ecuador. Explica que las personas que se sientan perjudicadas por una resolución administrativa pueden impugnarla ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal dentro de los 20 días siguientes a su notificación. Detalla los requisitos para presentar una demanda, como la citación y notificación de las partes, la contestación a la demanda, la prueba admisible y los plazos probatorios.
El documento describe los procedimientos contenciosos administrativos tributarios en Perú. Explica que las instancias son la SUNAT, municipalidades y municipios distritales en primera instancia, y el Tribunal Fiscal en segunda instancia. Detalla los recursos de reclamación y apelación, los plazos para interponerlos, los actos que pueden ser impugnados, y los plazos que tienen las autoridades para resolver.
Comprobantes fiscales legalmente validos aún si el emisor fiscal es irregularSoy Ejecutivo Fiscal
El documento resume una tesis de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que establece que los comprobantes fiscales son válidos para el receptor aunque el emisor tenga irregularidades, siempre que el receptor verifique que la información básica como el nombre y RFC coincidan. Las autoridades aún pueden revisar al emisor por posibles omisiones, pero eso no afecta la deducción del receptor si cumple con los requisitos legales.
Este documento presenta el acuerdo de la Sala Primera del Tribunal Supremo sobre los criterios para admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal. Enumera siete causas de inadmisión de estos recursos, como defectos formales o falta de presupuestos para que la resolución sea recurrible. También establece criterios para determinar la existencia de interés casacional o la concurrencia de los supuestos que determinan la admisibilidad de cada modalidad de recurso.
Las principales formas de impugnación de los actos administrativos son el recurso de reposición, el recurso jerárquico y el recurso extraordinario de revisión. El recurso de reposición se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto para que lo modifique, reemplace o deje sin efecto, mientras que el recurso jerárquico se presenta ante el superior jerárquico de dicho órgano.
Este documento describe un caso de amparo constitucional interpuesto por Comercializadora Tayrona C.A. contra la Aduana Aérea de Valencia por la situación de abandono legal de una importación. El tribunal declaró la acción inadmisible ya que fue interpuesta pasado el lapso de 6 meses desde la violación establecido en la ley. Se notificó la decisión al Procurador General y Contralor General para su cumplimiento.
El documento describe los diferentes recursos y vías recursivas que pueden interponerse ante resoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en materia tributaria. Se mencionan recursos administrativos como el de reconsideración y recursos judiciales como el de apelación ante el Tribunal Fiscal o la justicia federal, con sus respectivos plazos y requisitos. También se especifican las instancias a las que puede recurrirse en casos de repetición de tributos pagados o de clausura de un establecimiento.
El recurso contencioso tributario interpuesto por Quimicas Quimsa C.A. contra el Seniat fue declarado sin lugar. Asimismo, la acción de amparo constitucional presentada por Comercializadora Tayrona C.A. contra la Aduana Aérea de Valencia fue declarada inadmisible, dado que fue interpuesta fuera del lapso establecido por ley. En ambos casos, los tribunales dictaminaron a favor de las instituciones demandadas.
Este documento describe el marco legal del contencioso tributario en Venezuela según la Constitución y el Código Orgánico Tributario. Explica que los contribuyentes pueden interponer recursos ante los tribunales cuando no están de acuerdo con las actuaciones del fisco. También describe los requisitos y procedimientos para interponer recursos, incluyendo plazos y a qué tribunales deben presentarse. Finalmente, menciona que existen tribunales contencioso-tributarios para conocer estos asuntos en primera y segunda instancia.
Este documento proporciona información sobre los recursos de revocación y el procedimiento contencioso administrativo en materia fiscal en México. Explica que el recurso de revocación es un medio de defensa que puede interponer un contribuyente ante actos o resoluciones de la autoridad fiscal que violen su esfera jurídica. También describe la integración y competencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, la instancia que conoce de los juicios contencioso-administrativos en esta materia.
Procedimientos no contenciosos no vinculados con la determinación de la oblig...junior927
Este documento describe varios procedimientos no contenciosos no vinculados a la determinación de la obligación tributaria según la legislación peruana. Estos incluyen solicitudes de baja de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes, solicitudes de inscripción en el registro de imprentas, y solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias particulares. El documento explica los requisitos, plazos y recursos disponibles para cada procedimiento.
Con este pequeño trabajo deseamos contribuir a que los funcionarios y servidores de la administración pública apurimeña, al momento de realizar los actos necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deban instruir o expedir una resolución dentro de un procedimiento administrativo, puedan desempeñar su responsabilidad con un cabal conocimiento de las normas administrativas de cumplimiento obligatorio, tanto más que dentro del proceso de descentralización y desconcentración administrativa, los Gobiernos Regionales han recibido cientos de funciones específicas que deben ejercer con base a las políticas regionales que definan en materia de: 01. Educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación; 02. Trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa; 03. Salud; 04. Población; 05. Agraria; 06. Pesquera; 07. Ambiental y de ordenamiento territorial; 08. Industria; 09. Comercio; 10. Transportes; 11. Telecomunicaciones; 12. Vivienda y saneamiento; 13. Energía, minas e hidrocarburos; 14. Desarrollo social e igualdad de oportunidades; 15. Administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado; 16. Turismo y 17. Artesanía, las que deben ser reconocidas, otorgadas y resueltas a favor de los administrados que desenvuelven sus actividades económicas, empresariales, profesionales, laborales y sociales dentro del ámbito de la Región Apurímac.
El juicio contencioso administrativo federal es un medio legal para impugnar actos administrativos u omisión de devolución de pagos indebidos dentro de los 45 días o 5 años en casos excepcionales. El proceso puede durar de 7 meses a un año e incluye la presentación de la demanda, desahogo de pruebas, alegatos y resolución y en su caso amparo directo. La duración total del proceso de notificación hasta el cumplimiento de la sentencia puede ser de varios años dependiendo de la complejidad del caso.
Este documento describe los diferentes recursos disponibles en el sistema tributario venezolano para impugnar actos administrativos de la administración tributaria. Explica el recurso jerárquico, que permite apelar ante la propia administración tributaria; el recurso de revisión, para actos administrativos firmes; y el recurso contencioso tributario, que permite apelar ante los tribunales. Detalla los procedimientos, plazos y requisitos para interponer cada uno de estos recursos.
El documento describe el contencioso administrativo en México como un conflicto entre la administración pública y los ciudadanos que debe resolverse a través de recursos administrativos. En la actualidad, existe un tribunal especializado en lo contencioso administrativo que conoce las resoluciones dictadas por otras instancias. Este tribunal, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, resuelve juicios contra actos y resoluciones administrativas federales.
Resumen de la Decision de la Sala Constitucional del 07/10/2014 que declaró la Inconstitucionalidad (parcial) del artículo 46 del Codigo Organico Tributario 2001
Este documento discute los modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela. Explica que la prescripción es uno de los principales modos, extinguiendo el derecho del Estado a exigir el cumplimiento de obligaciones tributarias luego de cierto período. Las deudas y sanciones pecuniarias prescriben a los cuatro años, mientras que las sanciones restrictivas de libertad prescriben según el término medio de la pena. El cómputo de la prescripción se suspende por recursos administrativos o judiciales hasta
El contencioso tributario. siury pinedasiurysarahy
El documento describe el recurso contencioso tributario en Venezuela. Brevemente, el recurso contencioso tributario permite a los contribuyentes impugnar actos de la administración tributaria relacionados con tributos, sanciones u otros derechos ante los tribunales contencioso tributarios. Tiene efectos suspensivos y puede ser interpuesto por el contribuyente o un tercero afectado dentro de los 20 días siguientes a la notificación del acto impugnado. Su objetivo principal es lograr una determinación negativa por parte del tribunal frente a la determinación positiva
Este documento trata sobre el recurso contencioso tributario en Venezuela. Brevemente, explica que este recurso está establecido en el Artículo 206 de la Constitución y permite impugnar actos administrativos de la administración tributaria que afecten derechos. Se interpone ante los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario y sigue un procedimiento especificado en el Código Orgánico Tributario de Venezuela.
Este documento presenta una descripción general de las visitas domiciliarias realizadas por las autoridades fiscales en México y los medios de defensa disponibles para los contribuyentes. Explica que las visitas tienen como objetivo determinar y cobrar impuestos omitidos y aumentar la recaudación fiscal. También detalla los procedimientos de la orden de visita, citatorios, notificaciones y actas parciales, así como las garantías individuales, juicios de nulidad y amparo que pueden interponer los contribuyentes.
Este documento describe los recursos jerárquico y contencioso en materia tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que el recurso jerárquico se interpone ante la administración tributaria dentro de 25 días para impugnar un acto, mientras que el recurso contencioso se interpone ante los tribunales tributarios contra actos de efecto particular o cuando se deniega el recurso jerárquico. Ambos recursos deben fundamentarse por escrito y pueden acompañarse de pruebas en un lapso probatorio de al
1) El documento describe varios medios de defensa fiscal que pueden ser tramitados por contadores públicos ante el Servicio de Administración Tributaria, como el recurso de revocación, la solicitud de condonación de multa y la reconsideración administrativa.
2) Explica los requisitos para presentar un recurso de revocación, incluyendo anexar documentación, expresar agravios y ampliar el recurso si se identifican agravios adicionales.
3) También cubre la impugnación de notificaciones, la solicitud de condon
Este documento resume los principios y aspectos generales del proceso contencioso-administrativo en Perú. Explica que su finalidad es controlar las actuaciones de la administración pública y tutelar los derechos de los administrados. Detalla los tipos de actuaciones que pueden ser impugnadas, los requisitos de las pretensiones, los plazos aplicables, y las facultades y roles de los órganos jurisdiccionales en este proceso legal.
La prescripción extingue las obligaciones tributarias cuando el Estado no reconoce o reclama el pago de un tributo durante cierto período de tiempo establecido por la ley. Generalmente el plazo es de 4 años, pero puede extenderse a 6 años en ciertas circunstancias como cuando no se declare el hecho imponible o no se presenten declaraciones tributarias. La prescripción puede interrumpirse o suspenderse por diversas acciones administrativas o judiciales iniciadas por el Estado o el contribuyente.
El documento habla sobre el proceso monitorio, un procedimiento para reclamar deudas de cualquier importe sin necesidad de abogado. Explica que se pueden reclamar deudas a través de este proceso siempre que sean líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, y se acredite la deuda mediante documentos firmados por el deudor o facturas. También describe los pasos para presentar una petición inicial de proceso monitorio, incluyendo los datos de las partes, la deuda, y documentos que la acrediten. Finalmente, resume breve
Este documento presenta el Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en México. Establece disposiciones para el Sistema Nacional de Protección Integral, incluyendo su integración, organización y funcionamiento, así como la elección de representantes de la sociedad civil. También define términos clave y establece que la interpretación del Reglamento corresponde a las Secretarías de Gobernación y Salud.
ALIMENTOS. LA MUJER QUE HA PROCREADO HIJOS, TIENE DERECHO A RECIBIRLOS DEL PADRE DE ELLOS, CON INDEPENDENCIA DE QUE EXISTA UN MATRIMONIO PREVIO, QUE IMPIDA CONFIGURAR EL CONCUBINATO O ALGUNA OTRA INSTITUCIÓN DE FAMILIA, YA QUE ES UN TRATO DISCRIMINATORIO EXIGIR ALGUNO DE ESOS VÍNCULOS, PORQUE ES EL MEDIO NATURAL DE LA PROCREACIÓN EL QUE ORIGINA LA NECESARIA RELACIÓN DE SOLIDARIDAD Y AYUDA MUTUA ENTRE MADRE E HIJOS Y PADRE.
Este documento describe un caso de amparo constitucional interpuesto por Comercializadora Tayrona C.A. contra la Aduana Aérea de Valencia por la situación de abandono legal de una importación. El tribunal declaró la acción inadmisible ya que fue interpuesta pasado el lapso de 6 meses desde la violación establecido en la ley. Se notificó la decisión al Procurador General y Contralor General para su cumplimiento.
El documento describe los diferentes recursos y vías recursivas que pueden interponerse ante resoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en materia tributaria. Se mencionan recursos administrativos como el de reconsideración y recursos judiciales como el de apelación ante el Tribunal Fiscal o la justicia federal, con sus respectivos plazos y requisitos. También se especifican las instancias a las que puede recurrirse en casos de repetición de tributos pagados o de clausura de un establecimiento.
El recurso contencioso tributario interpuesto por Quimicas Quimsa C.A. contra el Seniat fue declarado sin lugar. Asimismo, la acción de amparo constitucional presentada por Comercializadora Tayrona C.A. contra la Aduana Aérea de Valencia fue declarada inadmisible, dado que fue interpuesta fuera del lapso establecido por ley. En ambos casos, los tribunales dictaminaron a favor de las instituciones demandadas.
Este documento describe el marco legal del contencioso tributario en Venezuela según la Constitución y el Código Orgánico Tributario. Explica que los contribuyentes pueden interponer recursos ante los tribunales cuando no están de acuerdo con las actuaciones del fisco. También describe los requisitos y procedimientos para interponer recursos, incluyendo plazos y a qué tribunales deben presentarse. Finalmente, menciona que existen tribunales contencioso-tributarios para conocer estos asuntos en primera y segunda instancia.
Este documento proporciona información sobre los recursos de revocación y el procedimiento contencioso administrativo en materia fiscal en México. Explica que el recurso de revocación es un medio de defensa que puede interponer un contribuyente ante actos o resoluciones de la autoridad fiscal que violen su esfera jurídica. También describe la integración y competencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, la instancia que conoce de los juicios contencioso-administrativos en esta materia.
Procedimientos no contenciosos no vinculados con la determinación de la oblig...junior927
Este documento describe varios procedimientos no contenciosos no vinculados a la determinación de la obligación tributaria según la legislación peruana. Estos incluyen solicitudes de baja de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes, solicitudes de inscripción en el registro de imprentas, y solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias particulares. El documento explica los requisitos, plazos y recursos disponibles para cada procedimiento.
Con este pequeño trabajo deseamos contribuir a que los funcionarios y servidores de la administración pública apurimeña, al momento de realizar los actos necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deban instruir o expedir una resolución dentro de un procedimiento administrativo, puedan desempeñar su responsabilidad con un cabal conocimiento de las normas administrativas de cumplimiento obligatorio, tanto más que dentro del proceso de descentralización y desconcentración administrativa, los Gobiernos Regionales han recibido cientos de funciones específicas que deben ejercer con base a las políticas regionales que definan en materia de: 01. Educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación; 02. Trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa; 03. Salud; 04. Población; 05. Agraria; 06. Pesquera; 07. Ambiental y de ordenamiento territorial; 08. Industria; 09. Comercio; 10. Transportes; 11. Telecomunicaciones; 12. Vivienda y saneamiento; 13. Energía, minas e hidrocarburos; 14. Desarrollo social e igualdad de oportunidades; 15. Administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado; 16. Turismo y 17. Artesanía, las que deben ser reconocidas, otorgadas y resueltas a favor de los administrados que desenvuelven sus actividades económicas, empresariales, profesionales, laborales y sociales dentro del ámbito de la Región Apurímac.
El juicio contencioso administrativo federal es un medio legal para impugnar actos administrativos u omisión de devolución de pagos indebidos dentro de los 45 días o 5 años en casos excepcionales. El proceso puede durar de 7 meses a un año e incluye la presentación de la demanda, desahogo de pruebas, alegatos y resolución y en su caso amparo directo. La duración total del proceso de notificación hasta el cumplimiento de la sentencia puede ser de varios años dependiendo de la complejidad del caso.
Este documento describe los diferentes recursos disponibles en el sistema tributario venezolano para impugnar actos administrativos de la administración tributaria. Explica el recurso jerárquico, que permite apelar ante la propia administración tributaria; el recurso de revisión, para actos administrativos firmes; y el recurso contencioso tributario, que permite apelar ante los tribunales. Detalla los procedimientos, plazos y requisitos para interponer cada uno de estos recursos.
El documento describe el contencioso administrativo en México como un conflicto entre la administración pública y los ciudadanos que debe resolverse a través de recursos administrativos. En la actualidad, existe un tribunal especializado en lo contencioso administrativo que conoce las resoluciones dictadas por otras instancias. Este tribunal, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, resuelve juicios contra actos y resoluciones administrativas federales.
Resumen de la Decision de la Sala Constitucional del 07/10/2014 que declaró la Inconstitucionalidad (parcial) del artículo 46 del Codigo Organico Tributario 2001
Este documento discute los modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela. Explica que la prescripción es uno de los principales modos, extinguiendo el derecho del Estado a exigir el cumplimiento de obligaciones tributarias luego de cierto período. Las deudas y sanciones pecuniarias prescriben a los cuatro años, mientras que las sanciones restrictivas de libertad prescriben según el término medio de la pena. El cómputo de la prescripción se suspende por recursos administrativos o judiciales hasta
El contencioso tributario. siury pinedasiurysarahy
El documento describe el recurso contencioso tributario en Venezuela. Brevemente, el recurso contencioso tributario permite a los contribuyentes impugnar actos de la administración tributaria relacionados con tributos, sanciones u otros derechos ante los tribunales contencioso tributarios. Tiene efectos suspensivos y puede ser interpuesto por el contribuyente o un tercero afectado dentro de los 20 días siguientes a la notificación del acto impugnado. Su objetivo principal es lograr una determinación negativa por parte del tribunal frente a la determinación positiva
Este documento trata sobre el recurso contencioso tributario en Venezuela. Brevemente, explica que este recurso está establecido en el Artículo 206 de la Constitución y permite impugnar actos administrativos de la administración tributaria que afecten derechos. Se interpone ante los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario y sigue un procedimiento especificado en el Código Orgánico Tributario de Venezuela.
Este documento presenta una descripción general de las visitas domiciliarias realizadas por las autoridades fiscales en México y los medios de defensa disponibles para los contribuyentes. Explica que las visitas tienen como objetivo determinar y cobrar impuestos omitidos y aumentar la recaudación fiscal. También detalla los procedimientos de la orden de visita, citatorios, notificaciones y actas parciales, así como las garantías individuales, juicios de nulidad y amparo que pueden interponer los contribuyentes.
Este documento describe los recursos jerárquico y contencioso en materia tributaria según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que el recurso jerárquico se interpone ante la administración tributaria dentro de 25 días para impugnar un acto, mientras que el recurso contencioso se interpone ante los tribunales tributarios contra actos de efecto particular o cuando se deniega el recurso jerárquico. Ambos recursos deben fundamentarse por escrito y pueden acompañarse de pruebas en un lapso probatorio de al
1) El documento describe varios medios de defensa fiscal que pueden ser tramitados por contadores públicos ante el Servicio de Administración Tributaria, como el recurso de revocación, la solicitud de condonación de multa y la reconsideración administrativa.
2) Explica los requisitos para presentar un recurso de revocación, incluyendo anexar documentación, expresar agravios y ampliar el recurso si se identifican agravios adicionales.
3) También cubre la impugnación de notificaciones, la solicitud de condon
Este documento resume los principios y aspectos generales del proceso contencioso-administrativo en Perú. Explica que su finalidad es controlar las actuaciones de la administración pública y tutelar los derechos de los administrados. Detalla los tipos de actuaciones que pueden ser impugnadas, los requisitos de las pretensiones, los plazos aplicables, y las facultades y roles de los órganos jurisdiccionales en este proceso legal.
La prescripción extingue las obligaciones tributarias cuando el Estado no reconoce o reclama el pago de un tributo durante cierto período de tiempo establecido por la ley. Generalmente el plazo es de 4 años, pero puede extenderse a 6 años en ciertas circunstancias como cuando no se declare el hecho imponible o no se presenten declaraciones tributarias. La prescripción puede interrumpirse o suspenderse por diversas acciones administrativas o judiciales iniciadas por el Estado o el contribuyente.
El documento habla sobre el proceso monitorio, un procedimiento para reclamar deudas de cualquier importe sin necesidad de abogado. Explica que se pueden reclamar deudas a través de este proceso siempre que sean líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, y se acredite la deuda mediante documentos firmados por el deudor o facturas. También describe los pasos para presentar una petición inicial de proceso monitorio, incluyendo los datos de las partes, la deuda, y documentos que la acrediten. Finalmente, resume breve
Este documento presenta el Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en México. Establece disposiciones para el Sistema Nacional de Protección Integral, incluyendo su integración, organización y funcionamiento, así como la elección de representantes de la sociedad civil. También define términos clave y establece que la interpretación del Reglamento corresponde a las Secretarías de Gobernación y Salud.
ALIMENTOS. LA MUJER QUE HA PROCREADO HIJOS, TIENE DERECHO A RECIBIRLOS DEL PADRE DE ELLOS, CON INDEPENDENCIA DE QUE EXISTA UN MATRIMONIO PREVIO, QUE IMPIDA CONFIGURAR EL CONCUBINATO O ALGUNA OTRA INSTITUCIÓN DE FAMILIA, YA QUE ES UN TRATO DISCRIMINATORIO EXIGIR ALGUNO DE ESOS VÍNCULOS, PORQUE ES EL MEDIO NATURAL DE LA PROCREACIÓN EL QUE ORIGINA LA NECESARIA RELACIÓN DE SOLIDARIDAD Y AYUDA MUTUA ENTRE MADRE E HIJOS Y PADRE.
El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social aprobó un acuerdo para establecer que a partir del 1 de octubre de 2015, los costos de mano de obra por metro cuadrado y los factores de mano de obra para contratos de obras públicas que se habían fijado para el Área Geográfica "A" se aplicarían de manera uniforme en todo el país, debido a que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos creó un Salario Mínimo General Único para todo México a partir de esa fecha. El
Este documento muestra las ventas de vehículos en México de 2014 a 2015 para las principales marcas (Chrysler, Ford, General Motors, Nissan y Volkswagen), así como los totales. Todas las marcas aumentaron sus ventas de 2014 a 2015, con incrementos de entre un 14.8% para Volkswagen hasta un 34.7% para Ford. En total, las ventas de vehículos en México crecieron un 24.9% en este periodo.
Este documento es el índice de la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 2 de diciembre de 2015. Incluye avisos de la Administración Pública del Distrito Federal sobre la designación de apoderados generales para la defensa jurídica. También contiene balances financieros de varias empresas y convocatorias de asambleas de accionistas.
La tabla muestra la producción y exportación de vehículos en México de 2013 a 2015, con un aumento en la producción del 1.7% en 2013 y 9.8% en 2014, pero solo del 6.5% en 2015. Las exportaciones aumentaron a un ritmo similar, con un 2.9% en 2013, 9.1% en 2014 y 6.7% en 2015.
La Corte Suprema de Justicia en la Casación Laboral N° 5252-2014 Lima precisó que el periodo de prueba tiene por finalidad comprobar si efectivamente el trabajador puede asumir el cargo asignado por el empleador, de acuerdo a sus aptitudes y lineamientos, bajo las reglas de buena fe; en consecuencia, el trabajador debe asumir las funciones del cargo para el cual concursó y se declaró ganador.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un contribuyente contra una liquidación del IRPF. El Tribunal considera que las manifestaciones de la ex cónyuge del contribuyente corroborando el pago efectivo de la pensión compensatoria, unidas a otros elementos como extractos bancarios, son prueba suficiente del pago a efectos de la deducción, sin que sea necesaria otra forma específica de pago. Se imponen costas a la Administración demandada.
Este documento presenta un recurso de apelación contra una resolución administrativa que sancionó a Alberto Galindo Torres con una multa equivalente al 18% de la UIT por exceder los límites de velocidad. El recurso alega que la resolución carece de motivación y no se pronuncia sobre la prescripción de la acción y la acumulación de cinco procedimientos administrativos sancionadores relacionados que deberían tratarse como un solo hecho continuado. El documento solicita que se revoque la resolución y se eliminen los ant
Este documento trata sobre el recurso de revocación en materia fiscal. Explica las causas que proceden este recurso, como contra revisiones de gabinete, visitas domiciliarias o multas. También describe los pasos para interponer un recurso de revocación, incluyendo indicar los hechos, agravios y argumentos legales. El objetivo es que los particulares conozcan este medio legal para defenderse cuando se vean afectados por resoluciones administrativas fiscales.
Este documento presenta un recurso de apelación contra una resolución que sancionó a Alberto Galindo Torres con una multa equivalente al 18% de la UIT por exceder los límites de velocidad. El recurso alega que la resolución carece de motivación adecuada y no se pronuncia sobre la prescripción de la acción ni sobre la solicitud de acumulación de cinco procedimientos administrativos sancionadores relacionados que deberían tratarse como un solo hecho continuado. El documento fundamenta estos argumentos citando leyes
Recurso de apelación interpuesto por conductor de vehículo contra Resolución Administrativa sobre sanción por infracción el Reglamento General de Transito
El documento presenta un recurso de apelación contra una resolución administrativa que sancionó a Alberto Galindo Torres con una multa equivalente al 18% de la UIT por cometer una infracción de tránsito. El recurso alega la prescripción de la acción debido al tiempo transcurrido y solicita la nulidad de la resolución por falta de motivación y no pronunciarse sobre la acumulación de cinco procesos administrativos sancionadores relacionados con un solo hecho continuado.
El documento analiza la aplicación de intereses moratorios durante el procedimiento contencioso tributario. Señala que el cobro de intereses durante este periodo vulnera el derecho a recurrir en sede administrativa y el principio de razonabilidad. El Tribunal estableció que los intereses solo deben aplicarse hasta que la administración tributaria o tribunal fiscal resuelva el caso, y no de forma continua como estaba sucediendo. El documento también indica que la demanda presentada no procedía debido a que no se agotaron todas las vías administrativas.
La sentencia estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un contribuyente contra una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia. Se anula la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que no admitió la reducción de la base imponible por el pago de una pensión compensatoria a la ex esposa, al haberse realizado en efectivo. Se declara ajustado a derecho el pago en efectivo de la pensión compensatoria avalado por el recibo firmado por la receptora.
El documento describe una audiencia judicial en un caso contencioso administrativo entre Juan Pedro Quispe Vargas y la Oficina de Normalización Previsional. La Oficina de Normalización Previsional presentó excepciones de incompetencia territorial, caducidad y falta de agotamiento de la vía administrativa. El juez rechazó las excepciones y declaró saneado el proceso. Se admitieron los medios probatorios de ambas partes y el caso fue remitido al Ministerio Público para su dictamen antes de emitir un fallo sobre el fondo del asunto. La
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento establece que el Jefe del Servicio de Administración Tributaria tiene la facultad de expedir acuerdos sobre la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales sin requerir la aprobación de la Junta de Gobierno. Se determina que dichos acuerdos publicados en 2008 y su modificación en 2008 son válidos sin dicha aprobación. Adicionalmente, se resuelve un juicio contencioso administrativo relacionado a la competencia territorial de las salas regionales.
1) La emisión de facturas es obligatoria para todos los contribuyentes por ley y la falta de emisión puede acarrear sanciones como multas y clausuras. 2) En un caso, una empresa no emitió factura por un almuerzo de $89,50 realizado por un agente fiscal encubierto y fue sancionada con una multa de $4.500 y 7 días de clausura. 3) El juez confirmó la infracción pero redujo la sanción a 4 días de clausura y una multa de $3.000.
COMPULSA A TERCEROS. RESULTA OBLIGATORIO QUE SE DEN A CONOCER AL CONTRIBUYENTE LOS RESULTADOS DE ÉSTA, CORRIÉNDOLE TRASLADO CON EL O LAS ACTAS RESPECTIVAS Y SUS ANEXOS.
El documento presenta tres fallos de la Segunda Sala de lo Civil y Mercantil sobre la improcedencia del recurso de casación en juicios ejecutivos. En los tres casos, la Sala determina que el recurso de casación solo procede contra sentencias dictadas en procesos de conocimiento, no en procesos ejecutivos, dado que estos últimos no se dirigen a declarar derechos sino a ejecutarlos cuando ya han sido reconocidos en títulos ejecutivos. Por lo tanto, rechaza los recursos de casación presentados contra sentencias en ju
Auto AP Pontevedra considera tasa judicial excesiva - #PDFLawAndTweet
Este documento trata sobre un recurso de queja presentado ante la Audiencia Provincial de Pontevedra relacionado con un caso de concurso voluntario. Se inadmite el recurso de apelación presentado por un demandado por no haber abonado la tasa judicial correspondiente. El demandado presenta un recurso de queja alegando vulneración de su derecho de acceso a la justicia. La Audiencia analiza la constitucionalidad de la exigencia del pago de tasas judiciales y la jurisprudencia al respecto.
Facultades de fiscalización en los términos de los artículos 42EX ARTHUR MEXICO
El documento establece que la autoridad fiscal puede solicitar información y documentación adicional a los contribuyentes como parte de un procedimiento de fiscalización distinto a una visita domiciliaria. Si la autoridad considera necesaria más información para evaluar la situación fiscal del contribuyente, puede hacer nuevas solicitudes dentro del mismo procedimiento, siempre que cumpla con los requisitos formales establecidos por la ley. El documento también cita varios precedentes legales relacionados con este tema.
EXP N.° O5811-2015-PHC. Lima. Caso: NADINE HEREDIA ALARCÓN, del 20 de octubre de 2015.
“Sin embargo, dicho estatus (inamovilidad del archivo fiscal) se adquiere únicamente si la investigación fiscal ha cumplido, en términos razonables, con agotar la actividad necesaria para definir la atipicidad del hecho investigado. (...). En tal sentido, se aprecia que la investigación desarrollada en la carpeta fiscal 122-2009 fue deficiente y, por lo tanto, no pudo adquirir la calidad de inamovible, pues se decidió su archivamiento sin ponderar, entre otros elementos, la complejidad que implica este tipo de indagaciones, el número de investigados y la necesidad de esclarecer la licitud o ilicitud de transferencias bancarias que vienen ingresando al sistema financiero a favor de la hoy demandante; hechos que necesariamente requieren de una investigación exhaustiva, pues es necesario determinar el origen de dicho ingreso económico, a fin de cumplir con nuestras obligaciones internacionales devenidas de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Convención Interamericana contra la Corrupción, las Reglas y Prácticas de Control de las Operaciones Bancarias, elaboradas por el Comité de Basilea, y las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional para Sudamérica, en cuanto sean aplicables, que exigen de los países firmantes el establecimiento de medidas para combatir el blanqueo de dinero. Por ello, este Tribunal considera que la segunda investigación desarrollada en la carpeta fiscal 480-2014 no afecta el principio ne bis in idem, dado que el Fiscal emplazado dispuso la ampliación de la investigación, identificando nuevos hechos y material probatorio que no fueron materia de investigación en la carpeta fiscal 122-2009 (reporte UIF 025-2015-DAO-UIF-SBS y otras transferencias bancarias), y ha identificado también otros sujetos.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
Revisión fiscal
1. REVISIÓN FISCAL. DICHO RECURSO ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS
QUE SÓLO DECLAREN LA NULIDAD LISA Y LLANA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
IMPUGNADO, POR HABER OPERADO LA PRESCRIPCIÓN DEL CRÉDITO FISCAL
DETERMINADO. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en las
jurisprudencias 2a./J. 150/2010 y 2a./J. 88/2011, sostuvo que el recurso de revisión fiscal es
improcedente contra sentencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que
decreten la nulidad del acto administrativo impugnado por vicios formales, porque no se colman
los requisitos de importancia y trascendencia, pues en esos supuestos no se emite una
resolución de fondo al no declararse un derecho ni exigirse una obligación, al margen de la
materia del asunto. En este sentido, los referidos criterios son aplicables cuando la sentencia
sólo declara la nulidad lisa y llana del acto administrativo por haber operado la figura de la
prescripción del crédito fiscal determinado, en términos del artículo 146 del Código Fiscal de la
Federación, pues en este supuesto no se resuelve respecto del contenido material de la
pretensión planteada en el juicio contencioso y no se emite un pronunciamiento de fondo en el
que se declare un derecho o se exija el cumplimiento de una obligación; de manera que el
requisito de excepcionalidad previsto en el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo no se satisface, lo que torna improcedente el recurso.
PLENO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Contradicción de tesis 1/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados en Materias
Penal y Administrativa, y Civil y Administrativa, ambos del Décimo Cuarto Circuito. 7 de
septiembre de 2015. Mayoría de dos votos de los Magistrados Raquel Flores García y Jorge
Enrique Eden Wynter García. Disidente: Gabriel Alfonso Ayala Quiñones. Ponente: Jorge
Enrique Eden Wynter García. Secretario: Mario Andrés Pérez Vega.
Tesis y/o criterios contendientes:
El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Cuarto
Circuito, al resolver las revisiones fiscales 55/2014 y 56/2014, y el diverso sustentado por el
Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, al resolver las
revisiones fiscales 15/2014 y 16/2014.
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Materia
Administrativa, Tesis PC.XIV. J/4 A, Jurisprudencia, Registro: 2010527, 27 de noviembre de
2015
Nota: Las tesis de jurisprudencias citadas en este asunto son:
REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA QUE SÓLO DECLAREN LA NULIDAD
DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO POR FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y
MOTIVACIÓN, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena
Época, Tomo XXXII, p. 694, Materia Administrativa, Tesis 2a./J. 150/2010,
Jurisprudencia, diciembre 2010 y REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE CONTRA LAS
SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA QUE
SÓLO DECLAREN LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO POR VICIOS
FORMALES EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS MATERIALES PREVISTOS EN EL
ARTÍCULO 63 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO (APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 150/2010), publicada en
el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, p. 383,
Materia Administrativa, Tesis 2a./J. 88/2011, Jurisprudencia, agosto 2011