El Tribunal Constitucional de Perú, en octubre de 2015, evaluó una demanda de hábeas corpus presentada por Nadine Heredia Alarcón contra el inicio de una investigación por lavado de activos. La corte consideró que la investigación previa había sido archivada y, por lo tanto, el principio de cosa decidida aplicaba, invalidando el nuevo proceso. La sala superior suspendió la nueva investigación, alegando que no existían nuevos elementos que justificaran la re apertura del caso.